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Full text of "Actas del Cabildo Eclesiástico de Caracas; compendio cronológico"

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P.IMCETON 


I  5  2000 

I  

THEOLOGICAL  SEMINakY 


BX4625.V4  C352  1963  v.l 
Catedral  de  Caracas.  Cabildo. 
Actas  del  Cabildo  Eclesiáastico 
Caracas;   compendio  cronoláogico 


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in  2014 


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BIBLIOTECA  DE  LA  ACADEMIA  NACIONAL  DE  LA  HISTORIA 
  64   


ACTAS 

DEL  CABILDO  ECLESIASTICO 
DE  CARACAS 

COMPENDIO  CRONOLOGICO 

TOMO  I 
(1580  -  1770) 


Fuentes  para  la  Historia  Colonial  de  Venezuela 
CARACAS  -  1963 


LI8HARY  OF  PHINCETON 


AUG  1  7  2000 


THEOLOÜICAL  Sl.MINAHY 


BIBLIOTECA  DE  LA  ACADEMIA 
NACIONAL  DE  LA  HISTORIA 


64 


ACTAS 

DEL  CABILDO  ECLESIASTICO 
DE  CARACAS 


Director  de  la  Academia  Nacional  de  la  Historia: 
Cristóbal  L.  Mendoza 


Comisión  Editora: 

Héctor  García  Chuecos 
Carlos  Felice  Cardot 
Guillermo  Morón 
Joaquín  Gabaldón  Márquez 
Mario  Briceño  Perozo 


Jefe  de  la  Oficina  de  Publicaciones: 
Guillermo  Morón 


BIBLIOTECA  DE  LA  ACADEMIA  NACIONAL  DE  LA  HISTORIA 
  64   


ACTAS 

DEL  CABILDO  ECLESIASTICO 
DE  CARACAS 

COMPENDIO  CRONOLOGICO 

TOMO  I 
(1580  -  1770) 


LIBHAHY  OF  PRINCETON 


JUL  2  1  2000 


THEOLOGICAL  SEMINARY 


Fuentes  para  la  Historia  Colonial  de  Venezuela 
CARACAS  -  1963 


Copyright  by 

ACADEMIA  NACIONAL  DE  LA  HISTORIA 

Caracas,  1963 


Impreso  en   Venezuela   por    Italgráflca.  c.  a. 


teléfono  4 1 . 26 . 8 6  -  ca rae  a s 


Portada  manuscrita  del  Indice  -  Compendio  Cronológico  de  las  actas  del 
Cabildo,  elaborado  por  Juan  José  Guzmán. 


La  Academia  Nacional  de  la  Historia  expresa  su 
gratitud  al  muy  Venerable  Deán  y  Cabildo  de  la  Iglesia 
Catedral  de  Caracas  por  haber  autorizado  la  transcrip- 
ción de  este  Indice,  cuyo  manuscrito  original  se  conserva 
en  su  Archivo,  en  la  Sala  Capitular.  Igualmente  agra- 
dece a  la  Fundación  John  Boullon  la  cooperación  pres- 
tada para  llevar  a  cabo  la  transcripción. 


ESTUDIO  PRELIMINAR 

DE 

Manuel   Pérez  Vila 


A  comienzos  del  siglo  XIX,  la  Iglesia  Venezolana  había  alcan- 
zado una  plena  y  bien  lograda  madurez,  tanto  en  su  organización 
como  en  las  junciones  que  a  la  jerarquía  y  al  clero  les  correspondía 
desarrollar.  En  el  proceso  de  la  integración  j  urídico-territorial  ve- 
nezolana, que  culminó  durante  las  últimas  décadas  del  siglo  XVIII 
y  primeros  años  del  siguiente,  todavía  dentro  del  marco  del  imperio 
hispánico,  instituciones  como  la  Capitanía  General  y  la  Real  Au- 
diencia habían  extendido  ya  su  jurisdicción,  antes  de  que  lo  hiciera 
la  Iglesia,  sobre  todo  el  territorio  que  más  tarde  iba  a  constituir  la 
República  de  Venezuela.  En  materia  eclesiástica,  aquella  integración 
sólo  se  produjo  en  1804,  al  quedar  erigida  en  Metropolitana  la 
sede  de  Caracas,  con  los  Obispados  sufragáneos  de  Mérida  y  de 
Guayana} .  Mas  es  digno  de  ser  tomado  en  cuenta,  por  tratarse  de  un 
hecho  no  jrecuente  en  la  historia  de  los  dominios  españoles  de  Amé- 
rica, que  a  la  cabeza  del  Arzobispado  de  Caracas  jiguraba  un  prelado 
nativo  de  la  propia  provincia* ,  el  Dr.  Francisco  de  Ibarra,  quien 
había  sido  años  atrás,  desde  1778,  chantre  del  Cabildo  eclesiástico 
de  la  catedral  caraqueña,  hasta  que  jue  promovido  en  1791  al  obis- 


1  La  Bula  de  erección  del  Arzobispado  fue  dada  por  el  Papa  Pío  VII  en 
Roma  el  24  de  noviembre  de  1803.  El  pase  regio  estaba  contenido  en  una  Real 
Cédula  de  Carlos  IV,  fechada  en  Madrid  el  16  de  julio  de  1804.  La  publicación 
de  ambos  documentos  en  Caracas  —  es  decir,  la  fecha  del  establecimiento  efec- 
tivo del  Arzobispado  Metropolitano  —  fue  el  15  de  noviembre  de  1804.  Adsum, 
Organo  oficial  del  Arzobispado,  Año  48,  N°  207,  Caracas,  abril-mayo  1955, 
pág.  315. 

2  Había  nacido  en  Guacara  en  1726.  Murió  en  Caracas  en  1806.  Véase, 
para  datos  biográficos:  Nicolás  Eugenio  Navarro,  Anales  Eclesiásticos  Ve- 
nezolanos. Caracas,  1951  (2a  edición),  págs.  177-186.  Mencionado  en  lo  sucesivo. 
Anales. 


XIV 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


pado  de  Guayaría,  de  donde  se  le  trasladó  en  1799  al  de  Caracas, 
y  al  ser  convertido  éste  en  Arzobispado  continuó  al  frente  de  él  como 
primer  Arzobispo  de  Venezuela,  luego  de  haber  sido  el  primer  Obispo 
venezolano. 

Este  hecho,  simple  en  apariencia,  y  que  podría  ser  considerado 
como  baladí  por  un  observador  superficial,  es  índice  elocuente,  sin 
embargo,  de  que  la  Iglesia  Venezolana  había  sabido  cumplir  a  ca- 
balidad  su  tarea,  suscitando  las  vocaciones  en  el  medio  vernáculo  y 
llevando  a  los  más  altos  puestos  de  la  jerarquía  eclesiástica,  dentro 
de  la  propia  Capitanía  General,  a  meritorios  hijos  de  Venezuela. 
Así,  a  partir  de  los  comienzos  dijíciles  a  los  que  más  adelante  me  re- 
feriré, las  creencias  religiosas  y  el  desarrollo  del  espíritu  nacional 
tuvieron  entre  sí  íntima  vinculación.  Si  se  compara  el  caso  del  Obispo- 
Arzobispo  /barra  con  tos  de  los  Capitanes  Genera/es,  Intendentes  o 
Regentes  de  Audiencia,  la  dijerencia  se  hace  bien  patente,  pues  nunca 
se  vio  en  Venezuela  a  alguien  nacido  en  la  Provincia  —  y  por  lo 
común,  ni  siquiera  a  un  criollo  de  cualquier  región  de  Hispano- 
américa —  desempeñar  tan  alias  funciones1. 

Dejemos,  sin  embargo,  apuntado  el  lema,  sin  insistir  por  ahora 
en  él.  Tampoco  habremos  de  intentar  aquí  —  en  sus  aspectos  posi- 
tivos, como  en  sus  limitaciones  y  errores  —  el  balance  de  la  acción 
de  la  Iglesia  en  Venezuela  durante  el  dominio  hispánico,  en  el  triple 
campo  de  lo  espiritual,  lo  cultural  y  lo  económico-social.  Nos  inte- 
resaba destacar  cómo  la  Iglesia  jue  —  a  la  par  del  Cabildo  secular  — 
la  institución  que  más  pronta  y  projundamente  se  criollizó,  no  en 
dogmas  y  doctrinas,  claro,  pero  sí  en  hombres  y  en  procedimientos. 
Y  poner  de  relieve  asimismo  el  importante  papel  que  desempeñó  du- 
rante aquellos  siglos,  papel  que  sintetiza  agudamente  Octavio  Paz  al 
escribir:  «  La  Iglesia  Católica  es  el  centro  de  la  sociedad  colonial 
porque  de  verdad  es  la  juente  de  la  vida  que  nutre  las  actividades,  las 
pasiones,  las  virtudes  y  hasta  los  pecados  de  siervos  y  señores,  de 
juncionarios  y  sacerdotes,  de  comerciantes  y  militares.  Gracias  a  la 


1  Distinto  es  el  caso,  naturalmente,  del  Cabildo  secular,  del  Municipio, 
que  por  sus  atribuciones  fue  en  Hispanoamérica  el  órgano  específico  de  las 
aspiraciones  populares,  o  tal  vez  sea  más  exacto  decir,  vehículo  de  la  presión 
económico-política  de  los  grupos  dirigentes  criollos.  Sin  embargo,  recuérdese 
que  el  19  de  abril  de  1810,  si  uno  de  los  dos  Alcaldes  que  luego  compartieron  la 
jefatura  de  la  Junta,  Martín  Tovar  Ponte,  era  vastago  de  una  linajuda  familia 
mantuana  de  Caracas,  el  otro  Alcalde,  Joseph  de  las  Llamozas,  era  un  español 
europeo,  como  entonces  se  decía. 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XV 


religión,  el  orden  colonial  no  es  una  mera  superposición  de  nuevas 
formas  históricas,  sino  un  organismo  viviente.  Con  la  llave  del  bau- 
tismo, el  catolicismo  abre  las  puertas  de  la  sociedad  y  la  convierte 
en  un  orden  universal  abierto  a  todos  los  pobladores  »*.  Así,  colocada 
la  Iglesia  en  el  centro  mismo  de  la  vida  colonial,  la  publicación  de 
sus  fuentes  documentales  habrá  de  interesar  no  tan  sólo  a  quienes 
cultiven  la  Historia  Eclesiástica,  sino  asimismo  a  los  estudiosos  de 
la  cultura,  de  la  economía,  de  la  evolución  política  y  social  del  país. 

* 

*  * 

Se  ha  dicho,  y  con  razón,  que  ta  preocupación  por  conservar  los 
testimonios  del  pasado  —  edificios,  utensilios,  escritos,  monedas,  etc. 
—  es  propia  de  pueblos  o  comunidades  que  han  alcanzado  un  grado 
de  plenitud  en  su  desarrollo.  Y  claro  exponente  de  la  madurez  que, 
como  se  dijo  más  arriba,  había  logrado  la  Iglesia  Católica  en  Ve- 
nezuela, jueron  los  acuerdos  tomados  en  septiembre  de  1806  y  en 
julio  de  1807  por  el  Cabildo  Eclesiástico  de  la  Catedral  de  Caracas, 
para  que  se  procediese  a  reordenar,  restaurar  y  encuadernar  los 
Libros  manuscritos  de  Actas  del  Cabildo,  y  para  que  se  elaborasen 
dos  índices,  cronológico  y  alfabético,  del  contenido  de  dichos  libros. 
Queden  aquí  consignados,  como  tributo  de  gratitud  que  les  debe  la 
posteridad,  los  nombres  de  quienes  constituían  el  Cabildo  cuando  se 
adoptaron  aquellos  acuerdos,  que  salvaron  un  archivo  de  inapreciable 
valor  para  la  Historia  de  Venezuela:  el  Deán  Pedro  Martínez,  el  Ar- 
cediano Antonio  Patricio  de  Alcalá,  el  Chantre  Joseph  Francisco 
López  Aléndez,  el  Al aestr escuela  Baltasar  Alarrero,  el  Tesorero  San- 
tiago de  Zuloaga,  el  Canónigo  Alagistral  Juan  Vicente  de  Echeverría, 
el  Canónigo  Penitenciario  Joseph  Suárez  de  Aguado,  el  Canónigo 
Doctoral  Domingo  Blandín,  el  Canónigo  de  Merced  Joseph  Cortés 
Madariaga,  los  racioneros  Raymundo  Bolea  y  Justo  Buroz,  y  los 
medio  racioneros  Francisco  Antonio  Pimentel,  Domingo  Díaz  Argote, 
y  Nicolás  Antonio  Osío. 

* 

*  * 

La  misión  de  reorganizar  y  preservar  el  archivo  capitular,  así 
como  la  elaboración  de  los  índices  cronológico  y  alfabético,  recayó 


1  Citado  por  Jaime  Delgado,  en  «  La  cultura  en  la  colonización  de  Amé- 
rica ».  Bolívar  (Revista  Colombiana  de  Cultura),  vol.  XIII,  Nos.  55-58.  Bogotá, 
enero-diciembre  1960,  pág.  50. 


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Portada  manuscrita  del  más  antiguo  Libro  de  Actas  del  Cabildo  Eclesiástico 

(1580  -  1625). 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XVII 


en  el  meritorio  sacerdote  que  desempeñaba  entonces  las  Junciones  de 
Secretario  del  Cabildo:  el  presbítero  Juan  Joseph  Guzmán.  No  hubiera 
podido  encontrarse  persona  más  apta  e  idónea  para  aquella  tarea,  ni 
que  hubiera  sido  capaz  de  llevarla  a  jeliz  término  con  el  entusiasmo, 
la  dedicación  y  la  constancia  realmente  ejemplares  de  que  dio  pruebas 
Guzmán.  Este,  cuando  aún  vestía  sólo  traje  talar,  había  acompañado 
al  gran  Obispo  Jlariano  Martí  en  la  visita  pastoral  realizada  de 
diciembre  de  1771  a  marzo  de  1784,  como  notario,  sustituto  del  se- 
cretario, y  hombre  de  confianza.  Lo  jué  también  del  sucesor  de  Martí, 
el  Obispo  jray  Juan  Antonio  de  la  Virgen  Alaría  y  Viana  quien  Le 
conjirió  en  1793  las  Sagradas  Ordenes  y  años  después,  cuando  jue 
trasladado  al  Obispado  de  Almería,  en  España,  quiso  llevárselo  con- 
sigo, lo  cual  no  se  llevó  a  efecto.  Consumado  latinista  —  como  lo 
demuestra  su  elogio  fúnebre  del  Obispo  Martí  —  el  presbítero  Guzmán 
desempeñó  luego  las  Junciones  de  V ice-Secretario  del  Arzobispo 
Ibarra.  En  los  dijíciles  tiempos  de  la  guerra  de  la  independencia, 
mereció  la  entera  conjianza  que  en  él  depositó  el  Arzobispo  Narciso 
Cotí  y  Prat,  a  quien  secundó  Guzmán  con  discreta  e  ilustrada  Jide- 
lidad.  Cuando  bajó  al  sepulcro,  en  octubre  de  1819,  desempeñaba 
aún  el  cargo  de  Secretario  del  Cabildo  Eclesiástico.  De  él  ha  escrito 
quien  mejor  ha  estudiado  su  persona  y  sus  actuaciones:  «  Durante 
más  de  cuarenta  años  Jue  el  hombre  de  la  máxima  conjianza  de  sus 
cuatro  prelados,  Jidelísimo  y  leal  servidor,  llevando  los  libros,  lo  mismo 
del  Archivo  episcopal  que  los  del  Cabildo,  con  tal  exactitud  y  escru- 
pulosidad, al  mismo  tiempo  que  con  la  más  hermosa  caligrajía  del 
Archivo,  que  se  desearía  hubiese  durado  un  siglo  más  en  el  ojicio  »'. 

Hasta  el  año  de  1807,  las  Actas  del  Cabildo  Eclesiástico  se  habían 
asentado  en  25  volúmenes,  numerados  de  1  a  23  inclusive,  pues  había 
dos  de  ellos  {el  7  y  el  18)  que  tenían  repetido  el  número.  Al  volumen 
más  antiguo,  que  abarcaba  el  período  1580-1625,  luego  de  haber  sido 
convenientemente  restaurado  y  reencuadernado  bajo  el  cuidado  del 
Secretario  Guzmán,  se  le  colocó  una  carátula  redactada  por  éste,  que 
a  la  letra  rezaba  así: 

«  Libro  primero  de  Acuerdos  Capitulares  del  M[uy]  V[enerable] 
Se[ñor]  Deán  y  Cabildo  de  esta  Santa  Iglesia,  entonces  Catedral  y 

1  Jaime  SuriÁ,  El  eximio  Prelado  doctor  Jlariano  Martí,  Obispo  de  Caracas 
y  Venezuela.  Caracas,  1962,  págs.  30-31.  De  este  trabajo  hemos  extractado 
la  mayor  parte  de  los  datos  que  proporcionamos  sobre  Guzmán.  Es  de  desear 
que  el  Padre  Suriá  publique  pronto  su  anunciado  estudio  biográfico  sobre  tan 
interesante  personaje,  precursor  de  los  archiveros  venezolanos. 


la  —  Aclat,  I. 


XVIII 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


hoy  Aletropolitana.  Está,  joliado  desde  el  número  1  hasta  el  281, 
pero  le  Ja/tan  el  198  y  199,  y  otros  dos  más  que  no  le  hacen  Jaita,  pues 
sigue  bien  lo  escrito,  y  acaso  sería  error  al  numerar;  pero  también 
tiene  menos  el  245  y  246  que  le  pueden  hacer  Jaita  y  no  se  hallaron 
al  tiempo  de  hacerse  esta  nueva  encuademación  en  el  presente  año 
de  1807  de  mandato  del  M.  V.S.  Deán  y  Cabildo  en  acta  de  12  de 
septiembre  de  1800.  Comienza  en  3  de  septiembre  de  1580,  y  sigue 
hasta  25  de  agosto  de  1625.  Del Jolio  258  hasta  el  Jin  contiene  algunos 
inventarios.  Es  el  Libro  más  antiguo  que  existe  en  este  Archivo  Ca- 
pitular ».  Y  al  pie,  Jirmaba  y  rubricaba:  «  Juan  Joseph  Guzmán, 
Secretario  del  Cabildo  ». 

Los  pormenores  que  Jiguran  en  esta  carátula,  toda  de  puño  y 
letra  de  Guzmán,  dan  Je  del  celo  y  la  escrupulosidad  con  que  se 
abocó  a  su  tarea.  Haciendo  gala  de  una  extraordinaria  capacidad  de 
trabajo,  el  Secretario  del  Cabildo,  luego  de  haberse  concluido  la  encua- 
demación de  los  25  libros  y  de  haber  provisto  a  cada  uno  de  éstos 
de  una  carátula  similar  a  la  transcrita,  emprendió  la  elaboración 
de  los  índices  cronológico  y  alfabético,  el  primero  de  tos  cuales 
quedó  terminado  el  31  de  diciembre  de  1808,  al  cumplirse  los  diez 
y  ocho  meses  de  haberle  sido  encomendado  aquel  trabajo  por  el  Ca- 
bildo. Es  verdad  que  Guzmán  hubo  de  contar  con  la  cooperación  de 
uno  o  más  amanuenses.  Por  otra  parte,  varios  indicios  permiten  su- 
poner que  tal  vez  él  hubiera  ya  empezado  por  su  cuenta  los  índices 
antes  de  la  resolución  ojicial  del  Cabildo.  Es  cierto  igualmente  que 
el  índice  alfabético1  hubo  Jorzosamente  de  ser  terminado  más  tarde, 
pues  sus  entradas  no  rejerían  directamente  a  los  Libros  de  Actas, 
sino  al  índice  cronológico.  Pero  así  y  todo,  la  labor  que  llevó  a  cabo 
es  de  una  magnitud  extraordinaria.  Piénsese  que  sólo  para  redactar 
el  índice  cronológico,  hubo  de  leer  unos  7.500  Jolios,  o  sea,  15.000 
páginas,  de  letra  manuscrita,  a  veces  casi  ilegible,  ya  Juese  por  ha- 
berse desvaído  la  tinta,  o  porque  el  exceso  de  anilina  había  corroído 


1  He  aquí  su  carátula:  «  Indice  Alfabético  de  lo  contenido  en  los  Acuerdos 
del  M[uy]  V[enerable]  S[eñor]  Deán  y  Cabildo  de  esta  Santa  Iglesia  antes  Ca- 
tedral y  ahora  Metropolitana  del  Arzobispado  de  Caracas  y  Venezuela  exten- 
didos en  sus  respectivos  Libros  Capitulares  y  substancialmente  extractados  en 
otro  Indice  Cronológico  de  ellos,  a  que  es  relativo  el  presente,  el  cual  se  ha  for- 
mado en  virtud  de  lo  dispuesto  por  su  Señoría  Muy  Venerable  en  sus  actas  de 
3,  17  y  31  de  julio  de  1807.  Consta  de  184  hojas  todas  sucesivamente  numeradas 
desde  la  que  sigue  por  el  infrascrito  Presbítero  Juan  Joseph  Guzmán  [rubricado], 
Secretario  de  Cabildo  ». 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XIX 


el  papel;  amén  de  que  la  escritura  encadenada  o  curialesca  en  que 
aparecen  asentadas  no  pocas  actas  desde  Jines  del  XVI  hasta  me- 
diados del  XVII  no  debía  de  facilitarle  la  tarea.  Pero  Guzmán  su- 
peró todos  los  obstáculos  y  pudo  presentar  ante  el  Cabildo  un  grueso 
tomo  de  554  folios  en  el  cual,  por  orden  cronológico  estricto,  figu- 
raban los  extractos,  clara  y  elegantemente  redactados,  del  contenido 
de  cada  una  de  las  actas  de  las  sesiones  celebradas  por  el  Cabildo 
Eclesiástico  desde  el  3  de  septiembre  de  1580  hasta  el  31  de  diciembre 
de  1808,  siempre  que  tales  actas  hubiesen  sido  consignadas  en  los 
Libros  del  Cabildo.  Al  margen  de  cada  extracto,  Guzmán  había  ano- 
tado el  Libro  y  el  folio  en  donde  se  hallaba  el  acta  original,  con  lo 
cual  la  obra  que  había  elaborado  era  a  la  vez  un  índice  y  un  compendio 
de  las  actividades  del  Cabildo  Eclesiástico  durante  aquel  período. 
La  portada  decía  así: 

«  Indice  Cronológico  de  los  Acuerdos  del  M\uy\  V[enerable\ 
S[eño]r  Deán  y  Cabildo  de  esta  Santa  Iglesia  antes  Catedral,  y  ahora 
Metropolitana  del  Arzobispado  de  Caracas  y  Venezuela  extendidos 
en  sus  respectivos  Libros  Capitulares.  Se  ha  formado  en  virtud  de 
lo  dispuesto  por  su  Señoría  Jluy  Venerable  en  sus  actas  de  3,  17  y 
31  de  julio  de  1807.  Consta  de  554  fofas  todas  sucesivamente  nume- 
radas desde  la  que  sigue  por  el  infrascrito  Presbítero  Juan  Joseph 
Guzmán  [rúbrica],  Secretario  de  Cabildo  ». 

Tal  es  la  obra  que  publica  ahora  en  dos  volúmenes  de  su  Biblio- 
teca la  Academia  Nacional  de  la  Historia,  en  la  serie  «  Fuentes  para 
la  Historia  Colonial  de  Venezuela  ». 

* 

*  * 

«  Los  Cabildos  — -  escribe  un  ¿lustrado  sacerdote  venezolano1  — 
se  llamaron  también  Capítulos,  por  el  Capítulo  de  la  Escritura  o 
de  las  Reglas  que  leían  en  sus  reuniones;  etimológicamente,  ambos 
nombres  se  derivan  de  ¿a  palabra  latina  Caput;  históricamente  toman 
su  origen  del  antiguo  Presbiterium,  que  ayudaba  al  Obispo,  con  su 
obra  y  su  consejo,  en  el  gobierno  de  la  Diócesis;  sus  miembros  se 
llamaron  canónigos,  porque  estaban  inscritos  en  la  matrícula  de  la 
Iglesia  Catedral,  llamada  Canon,  o  porque  vivían  según  una  regla, 


1  Guillermo  Figuera,  La  Iglesia  y  su  Doctrina  en  (a  Independencia  de 
América.  Contribución  al  estudio  de  las  causas  de  la  Independencia.  Biblioteca 
de  la  Academia  Nacional  de  la  Historia.  Vol.  33.  Caracas,  1960,  pág.  21. 


XX 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


dicha  Canon;  o  porque  vivían  del  estipendio  que  se  les  daba  de  los 
proventos  de  la  Iglesia,  cuyas  rentas  jormaban  el  Canon:  por  primera 
vez  se  les  llama  «  Capítulos  »  en  el  concilio  II  de  Letrán;  jurídica- 
mente, los  Cabildos,  como  no  se  concibe  principado  sin  Senado,  ni 
autoridad  sin  Consejo,  desde  el  siglo  XII  adquieren  ciertos  honores 
y  derechos  propios,  cuando  antes  constituían  una  sola  Corporación 
con  el  Obispo;  Jueron  sujeto  de  derecho,  por  consiguiente  persona 
jurídica,  con  atribuciones  propias  y  exclusivas,  como  el  derecho  de 
elegir  el  Obispo,  de  gobernar  la  diócesis,  sede  vacante,  y  de  ayudar 
al  Ordinario  en  el  régimen  de  la  diócesis  ».  Luego  de  haber  expuesto 
así,  con  insuperable  concisión,  tanto  el  origen  como  las  junciones  de 
los  Cabildos  Eclesiásticos,  el  historiador  que  nos  sirve  de  guía  en  la 
materia  agrega,  entre  otros  pormenores  de  interés,  que  «  el  Derecho 
Canónico  vigente  lo  dejine  [al  Cabildo]  como  Colegio  Sacerdotal  dec- 
linado a  servir  al  culto  de  la  Catedral  y  a  asistir  al  Obispo  con  su 
consejo  o  asentimiento,  como  Senado,  y  a  gobernar  la  Diócesis,  sede 
vacante  o  impedida  »'. 

En  efecto,  entre  las  junciones  esenciales  del  Cabildo  jiguraban 
las  de  sostener  el  culto  divino  en  la  iglesia  catedral,  celebrando  dia- 
riamente la  misa  conventual  y  recitando  en  el  coro  la,r  horas  canónicas. 
Además,  en  sede  plena,  es  decir,  mientras  el  Obispo  se  hallase  a  la 
cabeza  de  la  diócesis,  el  Cabildo  actuaba  como  cuerpo  consultivo  del 
Prelado  en  ciertos  negocios  trascendentales  que  requerían  meditación 
y  consejo.  En  los  casos  de  sede  vacante  —  es  decir,  luego  del  jalleci- 
miento  de  un  Obispo,  antes  de  que  tomase  posesión  el  sucesor,  la  cual 
podía  retrasarse  por  años  durante  el  período  colonial  —  el  Cabildo 
se  convertía  en  la  más  alta  autoridad  eclesiástica  de  la  diócesis,  a  la 
cual  gobernaba  directamente.  A  partir  del  Concilio  de  Trento,  o  sea, 
desde  el  último  tercio  del  siglo  XVI,  el  Cabildo  hubo  de  designar  un 
Vicario  Capitular  que  gobernase  en  su  nombre.  Este  vicario  era  gene- 
ralmente algún  prebendado,  si  bien  no  jue  tampoco  raro  que  se  le  eli- 
giese entre  los  sacerdotes  ajenos  al  Cabildo.  En  todo  caso,  éste  solía  re- 
servar para  sí  importantes  jacultades,  y  conservaba  el  derecho  de  revocar 
el  nombramiento.  De  este  modo,  la  jurisdicción  ejecutiva  del  Cabildo 
Eclesiástico  que,  en  sede  plena,  apenas  si  trascendía  los  muros  de  la 
catedral,  hacíase  extraordinariamente  amplia,  hasta  abarcar  el  terri- 
torio entero  de  la  diócesis,  en  los  casos  de  hallarse  vaca  la  sede  epis- 
copal. Como  estos  casos,  dadas  las  dijicultades  en  las  comunicaciones, 


1    Guillermo  Figuera,  op.  cit.,  págs.  21-22. 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XXI 


se  presentaron  con  relativa  frecuencia  en  Venezuela  durante  el  do- 
minio hispánico,  el  Cabildo  hubo  de  asumir  en  numerosas  ocasiones^ 
por  períodos  de  dos  a  tres  años  generalmente,  pero  a  veces  hasta  de 
seis  o  siete,  el  gobierno  del  Obispado,  ya  por  sí,  ya  mediante  Vicario 
Capitular. 

* 

*  * 

La  primera  sede  episcopal  venezolana  —  y  en  ella,  su  corres- 
pondiente capítulo  —  Jue  erigida  en  la  ciudad  de  Coro,  mediante 
Bula  expedida  en  Roma  el  21  de  junio  de  1531  por  el  Papa  Cle- 
mente VII,  que  en  la  parte  que  nos  interesa,  decía  así: 

«...  por  el  tenor  de  las  presentes  señalamos  con  título  de  ciudad 
el  pueblo  llamado  Coro  que  está  en  la  dicha  provincia  de  Venezuela 
en  la  cual  hay  algunos  cristianos  e  instituímos  en  ella  una  iglesia 
catedral  debajo  la  invocación  que  parecerá  al  mesmo  don  Carlos 
Emperador,  en  la  cual  esté  un  Obispo  llamado  de  Coro  que  en  la 
iglesia  y  ciudad  dicha  y  diócesis  que  se  le  señalare  predique  la  pa- 
labra de  Dios  y  convierta  los  naturales  infieles  delta  y  las  gentes 
bárbaras  al  culto  de  la  Santa  Fe  Católica  y  les  dé  la  gracia  del  bau- 
tismo y  administre  y  haga  administrar  así  a  todos  los  convertidos 
como  a  los  demás  fieles  que  hubiere  en  la  dicha  ciudad  y  diócesis  y 
a  los  que  a  ella  y  de  otras  partes  vinieren,  los  sacramentos  eclesiás- 
ticos y  las  demás  cosas  espirituales.  E  instituya  en  la  dicha  iglesia, 
ciudad  y  diócesis  dignidades,  canonjías,  prebendas  y  beneficios  ecle- 
siásticos con  cura  y  sin  cura,  y  distribuya  y  siembre  las  demás  cosas 
espirituales  como  mejor  le  parezca  que  convenga  al  culto  divino  y 
salud  de  las  ánimas  de  los  naturales  .  .  .  »2. 


1  Por  varios  años,  aunque  sin  poderse  precisar  bien  cuáles,  en  tiempos 
del  Obispo  fundador,  Diego  de  Bastidas,  a  partir  de  1531;  luego,  desde  el  tras- 
lado de  Bastidas  hasta  la  llegada  del  sucesor,  Miguel  Jerónimo  de  Ballesteros, 
entre  1542  y  1547  posiblemente;  por  corto  tiempo  también  a  la  muerte  del 
tercer  Obispo,  Fray  Pedro  de  Agreda,  en  1579-1580;  y  luego,  de  1592  a  1595; 
de  1596  a  1599;  de  1600  a  1603;  de  1610  a  1612;  en  1618-1619;  de  1633  a  1635; 
de  1637  a  1640;  de  1653  a  1661;  de  1668  a  1672;  de  1682  a  1684;  de  1706  a  1712; 
en  1717-1718;  de  1729  a  1731;  en  1741-1742;  de  1747  a  1750;  en  1752-1753; 
en  1755-1756;  en  1769-1770;  en  1792-1793;  de  1806  a  1808.  Es  decir,  en  números 
redondos,  unos  75  años  sobre  un  total  de  277  que  corrieron  de  1531  a  1808. 
Véase  Anales,  págs.  505  sgs. 

2  Anales,  págs.  11-12.  Hemos  modernizado  la  ortografía. 


XXII 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


Las  «  dignidades,  canonjías,  prebendas  *,  del  párrajo  tránsenlo, 
apuntan,  aun  cuando  no  se  le  mencione  expresamente,  al  Cabildo 
Eclesiástico.  De  acuerdo  con  la  Bula  de  Clemente  VII,  el  primer 
Obispo  «  de  Coro  y  Venezuela  »,  Rodrigo  de  Ba.rtida.r,  Jirmó  en 
Medina  del  Campo  el  4  de  junio  de  1532  unas  «  letras  *  o  consti- 
tuciones para  la  organización  de  su  diócesis.  En  ellas,  luego  de  se- 
ñalar la  iniciativa  de  los  monarcas  españoles  al  pedir  a  la  Santa 
Sede  la  creación  de  nuevas  diócesis  en  tas  tierras  recién  descubiertas, 
y  después  de  insertar  el  texto  de  la  Bula  citada,  el  Obispo  escribía: 

«  Después  de  la  presentación  y  recibimiento  de  las  letras  Apos- 
tólicas fuimos  con  debida  instancia  requeridos  de  la  serenísima  Reina 
Doña  Juana  y  del  Emperador  don  Carlos  su  hijo  nuestros  señores 
Reyes  de  Castilla  que  procediendo  al  cumplimiento  de  las  dichas 
letras  Apostólicas  y  de  las  cosas  en  ellas  contenidas  ordenásemos  e 
instituyésemos  en  la  dicha  nuestra  iglesia  catedral  en  honor  de  Santa 
Ana  en  la  dicha  provincia  de  Venezuela  tierra  Jirme  del  mar  océano, 
dignidades,  canonjías,  prebendas,  raciones  y  otros  benejicios  y  o/icios 
eclesiásticos  todos  los  que  nos  parecieren  más  convenir  ansi  en  la 
dicha  ciudad  como  por  toda  la  diócesis,  por  lo  cual  

«  Nos  don  Rodrigo  de  Bastidas  Obispo  y  Comisario  Apos- 
tólico ya  dicho  considerando  la  petición  y  requerimiento  ser  justo  y 
muy  allegado  a  razón  queriendo  como  verdadero  hijo  de  obediencia 
guardar  y  cumplir  los  mandamientos  apostólicos  a  Nos  dirigidos 
como  somos  obligados  aceptamos  la  dicha  comisión  y  con  la  misma 
autoridad  apostólica  de  la  cual  usamos  en  esta  parte  y  pidiéndolo 
su  Jlajestad  en  la  dicha  iglesia  catedral  de  la  ciudad  de  Coro  y  de 
la  dicha  provincia  de  Venezuela  a  honra  de  Dios  y  de  Nuestro  Señor 
Jesucristo  y  de  la  bienaventurada  Virgen  Santa  Alaría  su  madre  y 
de  La  bienaventurada  Santa  Ana  en  el  título  y  debajo  del  título  de  la 
cual  por  el  dicho  nuestro  Santísimo  Padre  la  catedral  Iglesia  es 
elegida. 

«  Deán.  Por  el  tenor  de  las  presentes  letras  elegimos  criamos  e 
instituimos  el  deanazgo  la  cual  dignidad  primera  después  de  la 
Obispal  asista  en  la  misma  Iglesia  —  el  cual  Deán  provea  y  procure 
el  o/icio  divino  y  todas  las  demás  cosas  que  al  culto  divino  perte- 
necen ansi  en  el  coro  como  en  el  altar  y  en  las  procesiones  y  en  el 
cabildo  —  y  donde  quiera  que  el  cabildo  estuviere  junto  procure  que  con 
todo  silencio,  honestidad  y  modestia  recta  y  religiosamente  sea  hecho, 
al  cual  asimismo  te  pertenezca  dar  licencia  a  tos  que  con  justa  causa 
explicándola  y  no  de  otra  manera  les  conviniere  salir  juera  del  coro. 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XXIII 


«  Arcediano.  Elegimos  más  en  la  dicha  iglesia  catedral  un  arce- 
dianazgo  a  la  cual  dignidad  le  pertenezca  el  examen  de  tos  clérigos 
que  hubieren  de  ser  ordenados  y  la  administración  al  Obispo  en  el 
altar  cuando  hubiere  de  administrar  el  oficio  de  pontifical  y  siendo 
nombrado  por  el  Obispo  podrá  ser  visitador  y  ejercer  otras  cosas  que 
de  derecho  le  competen  y  el  que  a  esta  dignidad  ha  de  ser  presentado 
ha  de  ser  bachiller  en  cánones  o  leyes. 

«  Chantre.  Instituimos  y  ordenamos  una  chantría  a  la  cual 
ninguno  pueda  ser  presentado  si  a  lo  menos  no  fuere  músico  en 
canto  llano,  el  oficio  del  cual  sea  cantar  en  el  facistol  y  enseñar  a 
cantar  a  los  ministros  de  la  iglesia  y  finalmente  ordenar  y  corregir 
y  enmendar  en  el  dicho  coro  y  donde  quiera  por  sí  mismo  y  no  por 
otra  persona  todo  aquello  que  conviniere  al  canto. 

<  Maestrescuela.  Item  erigimos  una  maestrescolía  a  la  cual  Dig- 
nidad ninguno  sea  presentado  si  no  fuere  por  alguna  de  las  univer- 
sidades de  España  graduado  de  bachiller  en  santa  teología  o  en  artes 
el  cual  sea  obligado  por  sí  o  por  otra  persona  enseñar  gramática  a 
los  clérigos  y  a  los  ministros  de  la  iglesia  y  a  todos  los  parroquianos 
que  lo  quisieren  o  ir. 

«  El  Tesorero.  Item  asimismo  instituimos  una  tesorería  y  el 
oficio  del  que  a  ella  fuere  presentado  ha  de  ser  cerrar  y  abrir  la  iglesia, 
mandar  hacer  tañer  las  campanas  guardar  todos  los  muebles  perte- 
necientes al  servicio  de  la  iglesia  y  tener  cuidado  de  las  lámparas, 
del  incienso,  de  las  candelas  y  pan  y  vino  y  de  todas  las  demás  cosas 
necesarias  para  celebrar  y  también  proveer  que  sean  guardadas  y 
gastadas  con  parecer  del  cabildo  de  la  iglesia  las  rentas  y  frutos  de 
la  dicha  iglesia 

Seguían  los  parágrafos  que  trataban  de  la  institución  de  un 
prior  y  seis  canónigos,  de  cuatro  racioneros  y  otros  tantos  medio 
racioneros,  dos  curas  párrocos  de  la  Catedral,  seis  acólitos,  seis  ca- 
pellanes, y  sacristán,  organista,  pertiguero,  mayordomo  o  procu- 
rador, notario,  hasta  llegar  al  perrero  o  caniculario.  Mas  lo  cierto 
es  que  muchas  de  las  plazas  previstas  en  este  documento  no  vinieron 
a  llenarse  sino  muchos  años  más  tarde,  e  inclusive  hubo  alguna  —  la 
del  prior,  si  no  andamos  desencaminados  —  que  nunca  se  estableció 
formalmente,  y  quedó  tan  sólo  en  el  papel.  El  mismo  Obispo,  que  había 
planeado  la  organización  de  su  catedral  cor  ¿ana  de  acuerdo  con  mo- 


1     Anales,  págs.  13-15.  Se  ha  modernizado  la  ortografía. 


XXIV 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


délos  de  la  Península  —  Sevilla,  y  Palencia  —  comprendió  que  su 
establecimiento  de  hecho  había  de  llevarse  a  cabo  paulatinamente  en 
tierras  de  América.  Y  por  tal  motivo,  se  decía  acto  seguido  en  las 
mencionadas  «  tetras  »,  que  a  causa  de  no  haber  diezmos  bastantes  para 
sustentar  todas  las  dignidades  y  canonicatos  previstos,  se  suspendía 
o  difería  la  creación  del  deanazgo,  del  arcedeanazgo,  de  la  tesorería 
y  del  priorato;  de  los  seis  canónigos  se  suspendían  cuatro;  de  los 
cuatro  racioneros,  dos;  y  asimismo  quedaban  aplazados  entonces  los 
cuatro  medio  racioneros,  los  acólitos  y  capellanes,  el  organista,  el 
pertiguero,  el  mayordomo,  el  notario  y  el  perrero,  «  hasta  tanto  y 
cuando  juere  Dios  servido  que  mejorándose  los  tiempos  y  los  réditos 
y  /rulos  de  la  dicha  santa  Iglesia  vayan  en  aumento  y  se  acrecienten 
y  haya  bastantes  diezmos  ■».  En  tal  caso,  y  sin  necesidad  de  nuevas 
disposiciones,  se  procedería  a  llenar  las  plazas  del  Deán,  del  Arce- 
diano, Tesorero  y  otras  dignidades,  prebendas  y  oj icios  previstos,  por 
orden  jerárquico. 

De  manera  que  el  Cabildo  Eclesiástico  de  la  primera  Catedral 
venezolana  —  la  de  Coro,  posteriormente  trasladada  a  Caracas  — 
constaba  en  sus  comienzos  de  sólo  Chantre,  Maestrescuela  y  dos  ca- 
nónigos. Y  esto  aun  en  teoría,  pues  en  la  práctica  la  plaza  del  ¿Maes- 
trescuela no  jue  llenada  sino  muchos  años  más  tarde.  De  hecho,  el 
Cabildo  actuó,  durante  el  resto  del  siglo  XVI  y  casi  todo  el  siglo  XVII 
con  sólo  las  cuatro  dignidades  siguientes:  Deán,  Arcediano,  Chantre 
y  Tesorero,  cuyas  junciones  respectivas  se  desprenden  de  las  «  letras  * 
del  Obispo  Bastidas  arriba  transcritas.  Es  de  advertir,  sin  embargo, 
que  durante  el  siglo  XVI  y  primera  mitad  del  XVII  jue  muy  raro 
que  esas  cuatro  dignidades  se  hallasen  presentes  al  mismo  tiempo 
en  Coro.  A  veces,  y  esto  jue  lo  más  usual,  había  únicamente  dos; 
en  ocasiones,  una  sola  persona  jormó  Cabildo,  y  aun  hubo  largos 
períodos  durante  los  cuales  parece  que  el  Cabildo  estuvo  enteramente 
desierto.  Sin  embargo,  a  partir  de  la  traslación  de  la  sede  episcopal 
a  Caracas,  la  situación  se  regularizó  mucho.  En  cuanto  a  las  demás 
prebendas,  el  primer  canónigo  de  merced  que  tomó  posesión  lo  hizo 
en  1688;  el  primer  canónigo  penitenciario,  en  1697 ;  el  primer  canó- 
nigo magistral,  en  1700;  los  primeros  racionero  y  medio  racionero, 
respectivamente,  en  1725  y  1726;  el  primer  canónigo  doctoral,  en 
1732,  y  el  maestrescuela  en  17 37* . 


1  Ya  se  ha  visto,  más  arriba,  por  declaración  del  Obispo  Bastidas,  cuales 
eran  las  funciones  del  maestrescuela  y  de  los  racioneros  y  medio  racioneros- 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XXV 


Volviendo  ahora  a  las  constituciones  del  Obispo  Bastidas,  diremos 
que  jijaban  la  «  paga  a  las  dignidades  y  ojie  i  ales  »  del  modo  si- 
guiente: 200  pesos  anuales  al  Deán;  150  al  Arcediano,  Chantre, 
Al aestr escuela  y  Tesorero;  130  a  los  canónigos;  100  a  cada  racionero, 
80  a  cada  medio  racionero,  y  así  iba  descendiendo  la  escala  jerárquica 
hasta  llegar  al  perrero,  que  percibía  12  pesos  anuales.  Y  como  sea 
—  añadía  el  Obispo  —  que  «  el  benejicio  se  da  por  el  ojicio,  man- 
damos en  virtud  de  santa  obediencia  que  estos  estipendios  se  den  a 
los  que  de  día  y  de  noche  estuvieren  presentes  a  los  Ojicios  Divinos, 
de  suerte  que  desde  el  deán  hasta  el  acólito  y  el  ínfimo  ojicio  que  no 
estuviere  presente  a  los  Divinos  Ojicios  sea  multado  todas  las  veces 
[a]  rata  del  sueldo  en  su  salario  ».  Las  dignidades,  canónigos  y  ra- 
cioneros estaban  obligados  a  residir  y  servir  ocho  meses  por  año  en 
la  Catedral  so  pena  de  perder  el  empleo,  si  bien  se  exceptuaban,  bajo 
ciertas  condiciones,  los  casos  de  enfermedad,  así  como  los  viajes 
emprendidos  para  servicio  y  utilidad  de  la  Iglesia,  con  anuencia 
del  Obispo  y  del  Cabildo.  De  los  diezmos  de  la  diócesis  habían  de 
hacerse  cuatro  partes  iguales,  una  de  ellas  para  el  Prelado  y  otra 
para  el  Deán  y  Cabildo,  la  cual  había  de  dividirse  entre  sus  miembros 
de  acuerdo  con  el  monto  de  los  sueldos  que  les  habían  sido  asignados. 
Las  dos  cuartas  partes  restantes  proveían  a  los  «  novenos  reales  », 
a  la  edijicación  y  reparo  de  iglesias,  al  sostenimiento  de  hospitales, 
y  al  sustento  de  los  curas  de  la  diócesis. 

Un  parágrajo  del  documento  que  glosamos  se  rejería  al  «  escusado 
de  la  Catedral »,  expresión  que  por  aparecer  con  jrecuencia  en  el 
texto  que  ahora  se  edita,  consideramos  necesario  aclarar,  acudiendo 
para  ello  a  la  autoridad  de  Monseñor  Navarro,  quien  expone  así  el 
punto:  «  Llamábase  Casa  del  Escusado,  en  lenguaje  'decimal' ,  una 
casa  o  dezmero  cuyos  diezmos,  tanto  en  la  ciudad  episcopal  como  en 
cada  una  de  las  parroquias,  cedían  exclusivamente  en  javor  de  la 
Iglesia  Catedral,  de  manera  que  no  se  incluían  en  la  masa  común 
de  los  diezmos.  Era  éste  un  privilegio  para  cada  Catedral,  en  recono- 
cimiento de  su  principalidad,  como  madre  de  todas  las  demás  iglesias 
de  la  Diócesis.  Pero  bajo  la  regla  de  que  no  debía  elegirse  para  tal 
decimación  al  parroquiano  mayor,  o  más  rico  de  la  localidad,  sino 
al  que  le  siguiere  en  opulencia:  secundus  post  primum 

El  canónigo  doctoral  era  el  asesor  jurídico  del  Cabildo,  y  había  de  estar  doc- 
torado, o  ser  perito,  en  Derecho  Canónico;  el  canónigo  magistral  era  el  predi- 
cador propio  del  Cabildo;  el  penitenciario  era  su  confesor. 
1    Anales,  págs.  20-21,  nota  15. 


XXVI 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


En  otros  parágrafos,  tras  de  estipular  que  el  O/icio  Divino  había 
de  decirse  según  la  costumbre  de  la  Catedral  de  Sevilla,  se  jijaban 
de  un  modo  detallado  las  obligaciones  de  los  prebendados  en  lo  tocante 
a  la  celebración  de  la  misa  y  a  las  horas  canónica-t,  así  como  los 
proventos  que  en  cada  caso  les  correspondían:  «  Item  en  la  Iglesia 
Catedral  en  los  días  de  Jiesta  ha  de  haber  una  solemne  misa  en  la 
hora  de  tercia,  y  en  todos  los  otros  días  ha  de  haber  dos  misas  una 
en  la  hora  de  prima  y  ésta  todos  los  primeros  viernes  de  cada  mes 
ha  de  ser  de  aniversario  por  los  Reyes  de  España,  los  sábados  se  ha 
de  decir  solemne  por  la  salud  de  los  Reyes  presentes. 

«  Item  todos  los  lunes  primeros  de  cada  mes  se  ha  de  decir  una 
misa  solemne  por  las  Animas  del  Purgatorio,  en  todos  los  demás 
días  la  primera  misa  se  puede  decir  por  quien  mejor  la  dotare  a 
contento  del  ordenamiento  del  Cabildo,  la  segunda  misa  que  se  ha 
de  decir  a  la  hora  de  tercia  cada  día  ha  de  ser  de  la  jiesta  o  de  la  feria 
según  la  costumbre  de  la  Iglesia  de  Sevilla. 

«  Item  al  que  celebrare  la  misa  mayor  juera  de  la  común  distri- 
bución señalada  le  concedemos  el  triple  de  la  distribución  corres- 
pondiente a  cualquiera  hora  del  día,  y  el  diácono  la  lleve  doblada 
y  el  subdiácono  sencilla,  y  el  que  no  estuviere  presente  a  la  misa,  no 
gane  la  tercia  y  sexta  de  aquel  día  si  no  juera  por  justa  causa  y  con 
licencia  del  que  en  el  coro  presidiere;  al  cual  sobre  el  dar  la  dicha 
licencia  le  encargamos  la  conciencia. 

«  Item  mandamos  que  el  que  estuviere  presente  en  maitines  y  en 
las  laudes  gane  tres  veces  más  que  en  cualquiera  de  las  horas  diurnas 
y  pueda  llevar  el  estipendio  de  la  prima  aunque  a  ésta  no  esté  pre- 
sente 

Finalmente,  para  concluir  esta  glosa  de  los  párrafos  que  en  ei 
escrito  del  Obispo  Bastidas  hacen  rejerencia  al  establecimiento  y  a 
las  junciones  del  Cabildo  Eclesiástico  de  la  primera  Catedral  vene- 
zolana, anotaremos  que,  dos  veces  por  semana,  había  de  reunirse 
el  Cabildo  en  dicha  Catedral:  «  la  una  vez  el  martes,  adonde  se  ha 
de  tratar  de  los  negocios  que  hubiere,  y  la  otra  el  viernes  en  la  cual 
no  se  ha  de  tratar  sino  de  la  corrección  y  enmienda  de  la  vida  y  de 
las  cosas  que  pertenecieren  al  divino  culto  ».  En  tales  reuniones 
—  llamadas  también  cabildos  o  capítulos  —  tenían  voz  y  voto,  en 
igualdad  de  condiciones,  Deán,  Arcediano,  Chantre  y  Tesorero.  En 


1    Anales,  págs.  21-22. 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XXVII 


cuanto  a  los  racioneros  y  medio  racioneros,  se  disponía  que  tuviesen 
también  voto,  en  lo  espiritual  y  en  lo  temporal,  «  pero  no  —  se  agre- 
gaba —  en  las  elecciones  y  cosas  prohibidas  por  derecho,  que  en 
éstas  [sólo]  las  dignidades  han  de  tener  voto  ». 

El  13  de  septiembre  de  1505,  cinco  lustros  antes  de  la  erección 
de  la  Catedral  de  Coro  y  Venezuela,  Fernando  el  Católico  le  escribía 
a  su  embajador  en  Roma: 

«  Yo  mandé  ver  las  Bulas  que  se  expidieron  para  la  creación  y 
provisión  del  Arzobispado  y  Obispados  de  la  Española;  en  los  cuales 
no  se  nos  concede  el  Patronazgo  de  los  dichos  Arzobispados  y  Obis- 
pados, ni  de  las  dignidades  y  canonjías,  raciones  y  beneficios  con 
cura  y  sin  cura  que  en  la  dicha  isla  Española  se  han  de  erigir.  Es 
menester  que  Su  Santidad  conceda  el  dicho  Patronazgo  de  todo  ello 
perpetuamente  a  mí  y  a  los  Reyes  que  en  estos  Reinos  de  Castilla 
y  de  León  sucedieren,  aunque  en  las  dichas  bulas  no  haya  sido  hecha 
mención  de  ello,  como  hizo  en  las  del  Reino  de  Granada  »1. 

A  consecuencia  de  éstas  y  de  posteriores  gestiones  del  monarca 
español,  el  Papa  Julio  II  le  concedió  el  deseado  Patronato  Regio 
sobre  la  Iglesia  en  América,  por  la  célebre  Bula  Universalis  Ec- 
clesiae  regimini,  de  28  de  julio  de  1508.  Para  lo  que  hace  a  nuestro 
propósito,  bastará  recordar  que  en  ella  se  concedía  al  Rey  y  a  sus 
sucesores,  entre  otras  prerrogativas,  el  derecho  de  «  presentación  »  de 
Obispos,  Dignidades  de  los  Cabildos,  Canónigos,  Párrocos,  derecho 
que  en  la  práctica  equivalía  al  nombramiento  efectivo.  Los  Arzo- 
bispos, Obispos  y  Abades  eran  presentados  directamente  por  el  Rey 
al  Santo  Padre.  Los  miembros  de  los  Cabildos  Catedralicios,  canó- 
nigos, racioneros  y  medio  racioneros  eran  presentados  por  el  propio 
Monarca,  o  su  Consejo  de  Indias,  al  Prelado  de  la  Diócesis.  En  el 
nombramiento  de  párrocos  y  doctrineros  intervenían,  por  la  potestad 
civil,  los  Virreyes,  Capitanes  Generales  o  Regentes  de  Audiencias. 
Los  diversos  aspectos  del  Regio  Patronato  Indiano  fueron  más  tarde 
recogidos  en  la  llamada  «  Cédula  Magna  »  de  Felipe  II,  dada  en 
el  Escorial  a  Ia  de  junio  de  1574,  de  la  cual  se  reproducen  a  conti- 
nuación los  párrafos  relativos  a  los  Cabildos  y  a  sus  miembros: 


1  Pedro  de  Leturia,  S.  I.,  Relaciones  entre  la  Santa  Sede  e  Hispano- 
américa. Roma-Caracas,  1959,  vol.  I,  pág.  13. 


XXVIII 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


«  Queremos  y  mandamos  que  no  se  elija,  instituya,  junde  ni 
constituya  Iglesia  Catedral  ni  parroquial,  monasterio,  hospital, 
Iglesia  votiva  ni  otro  lugar  pío  ni  religioso  sin  consentimiento  ex- 
preso nuestro  o  de  la  persona  que  tuviere  nuestra  autoridad  y  veces 
para  ello  y  otro.  Y  que  no  se  pueda  proveer  ni  instituir  Arzobispado, 
dignidad  canónica,  ración  ni  media  ración,  benejicio  curado  ni 
simple  ni  otro  cualquier  benejicio  eclesiástico  o  religioso  sin  consen- 
timiento o  presentación  nuestra  o  de  quien  tuviere  nuestras  veces  y 
que  la  tal  presentación  y  consentimiento  sea  por  escrito  en  el  estilo 
acostumbrado. 

«  Los  Arzobispados  u  Obispados  se  provean  por  nuestra  presen- 
tación hecha  a  nuestro  muy  Santo  Padre  que  por  tiempo  fuere  como 
hasta  aquí  se  ha  hecho. 

«  Las  dignidades,  canonjías,  raciones  y  medias  raciones  de  todas 
las  iglesias  catedrales  de  las  Indias  se  provean  por  presentación 
hecha  por  nuestra  provisión  real  librada  por  nuestro  Consejo  Real 
de  las  Indias  y  jtrmada  de  nuestro  nombre  y  por  virtud  de  la  cual 
el  Arzobispo  u  Obispo  de  la  Iglesia  donde  juere  la  dicha  dignidad, 
canonicato  o  ración  le  haga  colación  y  canónica  institución  la  cual 
asimismo  sea  por  escrito  sellada  con  su  sello  y  jirmada  de  su  mano, 
y  sin  la  dicha  presentación  y  título,  colación  y  canónica  institución 
por  escrito  no  se  dé  la  posesión  de  la  tal  dignidad  canónica,  ración 
y  media  ración  ni  se  le  acuda  con  los  jrutos  y  emolumentos  de  ella 
con  las  penas  contenidas  en  las  leyes  contra  los  que  van  contra  nuestro 
Patronazgo  Real. 

«  Cuando  en  alguna  de  las  Iglesias  catedrales  de  las  Indias  no 
hubiere  cuatro  benejiciados  por  lo  menos  residentes  proveídos  por 
nuestra  presentación  y  provisión  y  canónica  institución  del  prelado, 
por  estar  las  demás  prebendas  vacantes  o  estando  proveídas  por  estar 
los  beneficiados  ausentes  aunque  sea  por  legítima  causa  por  más  de 
ocho  meses,  el  prelado,  entre  tanto  que  Nos  presentamos,  elija  al 
cumplimiento  de  cuatro  clérigos  sobre  los  que  hubiere  proveídos  resi- 
dentes de  los  más  hábiles  y  suficientes  que  se  ojrecieren  o  pudieren 
hallar  para  que  sirvan  el  coro,  altar  e  Iglesia  de  curas  si  juere  me- 
nester en  la  dicha  iglesia  en  lugar  de  las  prebendas  vacantes  o  de  los 
ausentes,  como  dicho  es,  a  los  cuales  señalará  salario  competente 
como  Nos  lo  tenemos  ordenado  a  cuenta  de  las  prebendas  vacantes 
o  de  los  ausentes  y  la  dicha  provisión  no  sea  en  título  sino  ad  nutum 
et  amovibilem.  Y  no  tendrá  silla  de  benejicio  en  el  coro  ni  entrarán 
ni  tendrán  voto  en  Cabildo  y  habiendo  cuatro  benej ¿ciados  o  más  en 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XXIX 


la  Iglesia  Catedral  los  prelados  no  se  entremetan  a  proveer  ninguna 
prebenda  ni  poner  sustituto  en  ella  así  en  las  que  mearen  como  en 
las  que  estuvieren  ausentes,  sino  darnos  lian  noticia  para  que  Nos 
presentemos  o  proveamos  lo  que  convenga. 

«  Ningún  Prelado,  aunque  tenga  cierta  relación  e  información  de 
que  Nos  hemos  presentado  alguna  persona  a  dignidad,  canonicato  u 
otro  cualquier  benejicio,  no  le  hará  colación  ni  canónica  institución 
ni  le  mandará  dar  la  posesión  sin  que  primero  le  sea  presentada 
nuestra  provisión  original  de  la  dicha  presentación,  ni  los  nuestros 
Viso-Reyes  y  Audiencias  se  entremetan  en  lo  hacer  recibir  sin  la 
dicha  presentación. 

«  Habiéndoles  presentado  la  provisión  original  de  nuestra  pre- 
sentación, sin  dilación  alguna  le  harán  la  colación  y  canónica  insti- 
tución y  le  mandarán  acudir  con  los  jrutos  excepto  teniendo  alguna 
legítima  excepción  contra  la  persona  presentada  y  que  se  le  pueda 
probar  sin  excepción  legítima  o  poniéndole  otra  que  legítima  sea  no 
se  la  probando  el  Prelado  le  dilatare  la  provisión  e  institución  y  po- 
sesión sea  obligado  a  le  pagar  los  jrutos  y  rentas,  costas  e  intereses 
que  por  la  dilación  se  le  recrecieren. 

«  Queremos  que  para  las  dignidades,  canonjías  y  prebendas  de 
las  iglesias  catedrales  de  las  Indias,  en  las  presentaciones  que  hubié- 
remos de  hacer  sean  prejeridos  los  letrados  a  los  que  no  lo  jueren, 
y  los  que  hubieren  servido  en  iglesias  catedrales  de  estos  nuestros 
Reinos  si  tuvieren  más  ejercicio  en  el  servicio  del  coro  y  culto  divino 
sean  prejeridos  a  los  que  no  lo  hubieren  servido  en  iglesias  catedrales. 

«  Por  lo  menos  en  las  partes  donde  cómodamente  se  pueda  hacer, 
se  presente  un  jurista  graduado  en  estudio  general  para  un  Canonicato 
Doctoral,  y  otro  Letrado  Teólogo  graduado  en  estudio  general  para 
otro  Canonicato  Magistral  que  tenga  el  pulpito  con  la  obligación  que 
en  las  iglesias  de  estos  Reinos  tienen  los  Canónigos  Doctorales  y 
Magistrales;  presentarse  otro  Letrado  Teólogo  aprobado  por  estudio 
general  para  leer  la  lección  de  la  Sagrada  Escritura,  y  otro  Letrado 
Jurista  o  Teólogo  para  el  Canonicato  de  Penitenciario,  conforme  lo 
establecido  por  los  decretos  del  Sacro  Concilio  Tridentino,  los  cuales 
dichos  cuatro  canónigos  sean  del  número  de  los  de  la  erección  de  la 
Iglesia  .  .  . 

Posteriormente,  la  sustancia  de  la  Real  Cédula  precedente  y  de 
otros  instrumentos  jurídicos  se  incorporó  a  las  Leyes  de  Indias,  en 


1    Anales,  págs.  28-31.  Se  ha  modernizado  la  ortografía. 


XXX 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


cuya  Recopilación  {Libro  Ia,  título  VI:  «  Del  Patronazgo  Real  de 
las  Indias  »)  figuran  leyes  con  los  acápites  siguientes: 

Ley  1.  Que  el  patronazgo  de  todas  las  Indias  pertenece  privativa- 
mente al  Rey  y  a  su  Real  Corona,  y  no  puede  salir  de  ella  en  todo 
ni  en  parte. 

Ley  2.    Que  no  se  erija  Iglesia  ni  lugar  pío  sin  licencia  del  Rey. 

Ley  3.  Que  los  Arzobispados,  Obispados  y  Abadías  sean  pro- 
veídos por  presentación  del  Rey  a  Su  Santidad. 

Ley  4.  Que  las  Dignidades  y  Prebendas  se  provean  por  presen- 
tación del  Rey  a  sus  Prelados. 

Ley  7.  Que  las  cuatro  Canonjías  [Doctoral,  Jlagislral,  Teologal 
y  Penitenciaria]  se  provean  en  las  Iglesias  y  en  la  forma  que  esta 
ley  declara  [era  mediante  oposición,  previo  edicto,  con  asistencia  del 
Virrey  o  la  más  alta  autoridad  civil]. 

Ley  15.  Que  los  Prelados  y  Cabildos  en  sede  vacante  hagan  di- 
ligente examen  de  los  presentados  a  Prebendas. 

Ley  19.  Que  los  Prelados  envíen  en  todas  las  /Iotas  relación 
de  las  Prebendas  y  beneficios  vacos,  y  de  los  sacerdotes  beneméritos, 
y  qué  diligencias  han  de  preceder  a  la  presentación. 

Ley  20.  Que  ningún  clérigo  pueda  tener  a  un  tiempo  dos  Dig- 
nidades ni  beneficios. 

* 

*  * 

Otra  importante  fuente  de  información  relativa  a  las  actividades, 
la  composición  y  el  funcionamiento  del  Cabildo  Eclesiástico  de  ta 
Diócesis  venezolana  —  luego  de  trasladada  ya  a  Caracas  la  sede  — 
son  las  Constituciones  Sinodales  aprobadas  en  Caracas  en  1687, 
en  tiempos  del  Obispo  Diego  de  Baños  y  Sotomayor1 .  El  sínodo  se 
abrió  el  31  de  agosto  de  aquel  año,  con  una  solemne  procesión,  cuya 
reseña  —  que  extractamos  de  la  obra  mencionada  —  permite  apreciar 
el  importante  lugar  que  el  Cabildo  Eclesiástico  ocupaba  en  la  so- 
ciedad colonial: 

«...  salió  de  la  Santa  Iglesia  Catedral,  con  repique  de  cam- 
panas, el  Cabildo  de  ella,  acompañado  del  Clero,  que  para  este  efecto 
fue  llamado  por  edicto,  y  juntamente  las  religiones  de  esta  ciudad, 


1  Constituciones  Sinodales  del  Obispado  de  Venezuela  y  Santiago  de  León 
de  Caracas  hechas  en  la  Santa  Iglesia  Catedral  de  dicha  ciudad  de  Caracas  en  el 
año  de  1687.  Madrid,  1698.  Citamos  por  la  reimpresión  de  1761. 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XXXI 


cada  una  con  preste,  diáconos,  cruz  y  ciriales,  llevando  los  Preben- 
dados capas  pluviales  carmesíes,  presidiendo  la  Cruz  del  Cabildo 
al  Clero,  acompañada  de  ciriales;  y  después  de  dicho  Cabildo  Ecle- 
siástico, el  Secular  de  esta  ciudad,  llegaron  procesionalmente  a  la 
puerta  del  Palacio  Episcopal,  donde  salió  Su  Ilustrísima  [el  Obispo 
Baños]  con  capa  consistorial  carmesí,  y  se  hizo  la  procesión  por  el 
circuito  de  la  plaza  principal,  en  que  se  Jueron  cantando  los  salmos 
e  himnos .  .  »  *.  Durante  la  misa  pontifical  que  el  Obispo  ojició  de 
inmediato  en  la  Catedral,  el  Licenciado  Sebastián  Moreno,  Deán, 
actuó  como  primer  asistente  del  Prelado.  El  Cabildo,  como  era  lógico, 
tuvo  parte  muy  destacada,  tanto  en  la  preparación  como  en  el  des- 
arrollo del  sínodo.  La  nómina  de  los  asistentes  al  mismo  estaba  enca- 
bezada por  el  Licenciado  Nicolás  Fernández  Ortiz,  Chantre,  «  Di- 
putado por  el  Venerable  Deán  y  Cabildo  de  esta  Santa  Iglesia  Ca- 
tedral »,  y  seguíale  en  la  lista  el  nombre  de  su  hermano  el  Maestro 
Juan  Fernández  Ortiz,  Tesorero  del  Cabildo,  quien  desempeñaba, 
además,  las  junciones  de  Provisor  y  Vicario  General  del  Obispado. 
Alas  lo  que  aquí  interesa  destacar  ahora  es  lo  que  en  las  Constitu- 
ciones Sinodales  se  consignaba  sobre  el  Capítulo  caraqueño.  En  el 
Libro  segundo,  dedicado  a  «  las  personas  eclesiásticas  »,  iniciábase 
así  el  título  l: 

«  De  la  Iglesia  Catedral  y  sus  Ministros:  Así  como  la  Santa  Aladre 
Iglesia  Católica  Romana  es  Aladre  y  Alaestra  de  la  Verdad,  y  ejemplar 
de  todas  las  demás  iglesias  del  orbe  cristiano,  así  las  Catedrales,  en 
cada  Provincia  y  Diócesis,  deben  ser  el  ejemplo  y  jorma  de  gobierno 
para  todas  las  demás  iglesias  de  su  distrito,  de  suerte  que  a  su  imi- 
tación todos  los  ministros  de  las  iglesias  inferiores  compongan  sus 
acciones  y  regulen  sus  ministerios  por  la  influencia  que  reciban  de 
los  superiores. 

«  1.    —    De  los  Prebendados. 

«  Deben  ser  los  Prebendados  de  Nuestra  Santa  Iglesia  Católica 
Varones  Perfectos  en  letras,  virtud  y  ejemplo,  estudiando  cada  día 
en  el  cumplimiento  de  sus  obligaciones  en  lo  que  toca  al  gobierno  de 
su  iglesia  y  al  ministerio  del  Altar  y  Coro,  procurando  se  celebre 
el  culto  de  Dios,  y  sus  divinas  alabanzas  con  la  mayor  perfección 
que  sea  posible. 

<  Tengan  muy  presente  lo  que  dispone  la  erección  de  este  Obis- 
pado, hecha  con  autoridad  Pontijicia  y  Real  por  el  Illmo.  Señor 


1    Id.,  Id.,  págs.  13-14. 


XXXII 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


don  Rodrigo  de  Bastidas,  Primero  Obispo  de  esta  Diócesis,  en  Ale- 
dina  del  Campo,  el  año  de  1532,  la  cual  Su  Majestad  repetidas  veces, 
manda  guardar  por  sus  Reales  Leyes  del  Gobierno  de  las  Indias  y 
Nos  queremos  y  mandamos  se  guarde  y  cumpla  sin  que  se  Jal/e  a 
ella  en  cosa  alguna,  y  los  estatutos,  que  se  hallan  en  los  libros  capi- 
tulares, hechos  por  nuestros  predecesores,  de  consensu  capituli,  y  los 
que  en  adelante,  con  ayuda  de  Dios,  hiciéremos.  Y  queremos  se  tenga 
especial  cuidado  en  la  celebración  de  los  capítulos  que  señala  dicha 
erección  en  cada  semana  haciendo  se  ponga  en  ejecución  ¿o  que  se 
resotviere,  de  que  Nos  darán  cuenta  para  que  por  Nos,  o  Nuestro 
Provisor,  lo  hagamos  ejecutar.  Y  porque  es  de  Nuestra  obligación 
conservar  en  Nuestros  subditos  la  paz,  que  de  ordinario  se  suele 
turbar  entre  las  personas  eclesiásticas  por  no  constar  a  cada  uno  el 
lugar  que  le  toca,  por  razón  de  su  ojicio,  grado  o  ministerio:  por 
tanto,  para  que  cada  uno  se  contenga  en  la  autoridad  que  le  toca, 
sin  ojensa  de  otros,  tenemos  por  bien  declarar  y  ordenar  los  puntos 
siguientes: 

«  Por  derecho,  y  erección  de  este  Nuestro  Obispado,  es  el  Deanato 
la  Primera  Dignidad,  a  quien,  después  de  Nos,  deben  todos  en  el 
Gobierno  de  Coro  y  Altar,  reverencia  y  obediencia.  Por  tanto,  man- 
damos tenga  en  el  coro,  altar,  procesiones,  capítulo  y  dondequiera 
que  se  hiciere  concurso  de  prebendados  y  demás  ministros,  el  primero 
lugar. 

«  Haga  principio  de  asiento  en  el  Coro,  y  de  ninguna  manera 
ocupe  la  Sede  Obispal. 

«  Lo  que  mandare  el  Deán  en  lo  tocante  al  ministerio  de  la  Iglesia 
se  haga  y  cumpla  sin  réplica  alguna,  sin  que  obste  el  decir  que  es 
mandato  injusto;  pues  si  lo  juere,  se  debe  ocurrir  a  Nos,  o  al  capítulo 
en  Sede  Vacante,  para  que  lo  remedie. 

«  Toca  al  Deán  mandar  penar  las  Jaitas  de  los  demás  prebendados 
y  demás  ministros  del  Coro  y  Altar;  y  ninguno  puede  penar  las 
jaitas  que  hiciere  dicho  Deán,  sino  el  Prelado.  Toca  al  Deán  dar 
licencia  para  hacer  ausencia  del  Coro,  con  causa  expresa;  y  por 
ausencia  de  dicho  Deán,  toca  todo  lo  sobredicho  al  Arcediano  o  Dig- 
nidad más  antigua. 

«  Las  demás  Dignidades  y  Prebendas  que  se  siguen  guarden  en 
todo  y  por  todo  el  orden  y  disposición  que  por  dicha  erección  se  les 
da,  no  sólo  en  la  precedencia  sino  en  el  ministerio  y  obligación  que 
cada  uno  tiene  y  debe  observar. 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XXXIII 


«  Nuestro  Provisor  y  Vicario  General,  siendo  Prebendado,  tenga 
en  el  coro  el  lugar  que  te  toca  por  razón  de  su  Prebenda,  asistiendo 
con  sobrepelliz;  y  no  siendo  Prebendado  se  sentará  a  la  mano  de- 
recha, después  del  capítulo,  según  que  por  costumbre  está  dispuesto 
y  practicado  en  Nuestra  Iglesia. 

«  En  caso  que  por  Nos  fuese  nombrado  algún  eclesiástico  para 
servir  alguna  prebenda  vaca,  declaramos  no  le  toca  la  silla  alta  y 
demás  preeminencias  que  tocan  al  Prebendado  propietario  y  pre- 
sentado por  Su  /Majestad,  según  que  lo  tiene  dispuesto  por  las  Leyes 
del  Gobierno  de  estas  Indias  »*. 

*  * 

El  12  de  enero  de  1725,  tras  maduras  deliberaciones,  acordó  el 
Cabildo  que  era  conveniente  formar  unas  Constituciones  y  Regla  de 
Coro,  que  sirviesen  de  norma  para  el  Gobierno  interno  de  la  Ca- 
tedral y  del  propio  Cabildo.  Se  encomendó  la  redacción  de  un  pro- 
yecto «  al  Arcediano  Dr.  Don  Gabriel  Matías  de  Ibarra,  por  parte 
del  Cabildo,  y  se  mandó  remitir  testimonio  de  este  acuerdo  al  Ilus- 
trísimo  Señor  Obispo  a  fin  de  que  por  la  suya  nombrase  otro  de  los 
señores  capitulares.  Y  que  hechas  las  Constituciones,  se  remitiesen 
al  Rey  ».  Estaba  entonces  a  la  cabeza  de  la  Diócesis  el  Dr.  Juan 
José  de  Escalona  y  Calatayud,  quien  acogió  de  un  modo  favorable 
la  idea  del  Cabildo,  y  designó  al  Canónigo  Penitenciario  Dr.  Fran- 
cisco Martínez  de  Porras  para  que  cooperase  con  el  Arcediano  Ibarra. 
El  18  de  octubre  de  1728,  luego  de  haber  sido  examinado  el  proyecto 
por  todos  los  eclesiásticos  interesados  en  el  asunto,  el  Obispo  Escalona 
lo  firmó,  previa  declaración  de  que  se  daría  cuenta  al  Rey  para  ob- 
tener su  aprobación.  Mas  el  Gobernador  de  Caracas,  apoyado  en  las 
leyes  del  Real  Patronato,  se  opuso  terminantemente  a  que  la  «  Regla 
de  Coro  y  Altar  de  la  Catedral  de  Caracas  »  —  que  así  se  llamaba 
oficialmente  al  largo  documento,  de  treintidós  capítulos  —  se  pu- 
siera en  práctica,  ni  siquiera  interinamente,  hasta  que  no  le  hubiera 
dado  el  pase  la  Real  Audiencia  de  Santo  Domingo.  En  1730,  aun 
no  se  había  resuelto  nada.  Además,  parece  que  en  el  seno  mismo  del 


1  Id.,  Id.,  págs.  101-103.  Del  parágrafo  II,  que  trataba  «  De  los  demás 
ministros  de  la  Catedral  y  su  precedencia  »,  se  desprendía  que  había  en  aquel 
tiempo  dos  curas  rectores,  un  sochantre,  un  maestro  de  capilla,  un  sacristán 
mayor,  ocho  capellanes  de  coro,  un  maestro  de  ceremonias,  un  bajonista,  un  per- 
tiguero, dos  sacristanes  menores  y  6  monacillos. 


\k  —  Actat.  I. 


XXXIV 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


Cabildo  habían  surgido  dijicullades  ante  la  tendencia  de  varios  capi- 
tulares a  modificar  algunas  partes  de  la  «  Regla  ».  En  1738,  se  pro- 
seguía aún  el  pleito,  ante  la  Audiencia  de  Santo  Domingo.  Esta 
aprobó  el  documento  en  1740,  pero  haciéndole  algunas  modijicac  iones 
que  despertaron  en  Caracas  nuevas  resistencias.  Finalmente,  el  6  de 
agosto  de  1745,  el  Cabildo  Eclesiástico  caraqueño  te  dio  su  apro- 
bación dejt  ni/iva,  y  la  Catedral  tuvo,  así,  como  lo  había  ordenado 
ca  n  dos  siglos  atrás  el  Concilio  Tridentino,  Constituciones  y  Regla 
de  Coro1. 

El  capítulo  primero,  «  Del  toque  de  campanas  »,  trae  hasta  el 
lector  un  Jresco  hálito  lleno  de  nostálgico  sosiego.  En  31  artículos, 
quedan  señalados  con  lujo  de  detalles,  los  toques  projundos  y  lentos, 
o  acelerados  y  cantarines,  que  regían  y  regulaban  la  vida,  no  sólo 
de  la  Catedral  y  del  Cabildo,  sino  de  la  ciudad  entera.  «  Primera- 
mente, se  tocará  el  alba  a  las  5  de  la  mañana  con  la  campana  de 
Santa  Ana,  dando  33  golpes  seguidos  con  moderado  intervalo  »  .  .  . 
«  A  prima  se  tocará  a  las  6  por  una  hora  en  esta  jorma  [minuciosa 
y  precisamente  descrita]  .  .  .  y  continuará  el  toque  con  la  esquila 
{vulgo  esquilón)  —  anota  el  comprensivo  capitular  —  cuyo  toque 
sea  continuo  y  acelerado  »  .  .  .  «  A  la  queda  se  tocará  a  las  9,  mediante 
15  golpes  con  la  campana  de  Santa  Ana  »  .  .  .  En  las  exequias  por 
muerte  de  Reyes  y  Pontíjices,  antes  del  doble  juneral,  «  se  tocará 
con  la  campana  de  San  Pedro  200  golpes  con  mucho  despacio  «... 
Había,  inclusive,  toques  especiales  para  que  los  ojiciales  y  peones  de 
albañilería  supiesen  con  certeza  cuándo  debían  empezar  o  concluir 
su  trabajo. 

El  capítulo  segundo,  en  9  artículos,  dice  «  Del  modo  y  orden  de 
entrar  y  asistir  a  los  Ojicios  Divinos  en  el  Coro  ».  Cinco  artículos 
más,  de  que  consta  el  capítulo  III,  instruyen  a  los  miembros  del 
Cabildo  acerca  «  Del  orden  de  asientos  en  el  Coro  ».  El  capítulo 
siguiente  está  dedicado  al  «  JIodo  de  celebrar  los  Divinos  Ojicios  », 
y  en  el  primero  de  los  5  artículos  que  contiene  se  hacen  interesantes 
prevenciones:  «  Conviene  mucho  —  se  lee  ahí  —  que  en  los  Divinos 
Ojicios  así  cantados  como  rezados  se  ponga  toda  atención,  de  modo 
que  no  se  atropelle  la  pronunciación;  se  haga  pausa  en  los  asteriscos; 
no  comience  un  coro  antes  que  acabe  el  otro;  se  iguale  la  voz  de  cada 
coro,  para  que  sea  una  la  pronunciación  y  aparezca  una  sola  voz 
la  que  canta  o  reza,  y  para  esto  no  hagan  ecos;  y  el  que  contraviniere 


1    Regla  de  Coro  de  la  Santa  Iglesia  Metropolitana  de  Caracas.  Caracas,  1879. 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XXXV 


a  la  uniformidad  que  va  dispuesta,  siendo  una  vez  amonestado, 
pierda  un  punto  o  más,  si  fuere  contumaz.» .  El  capítulo  V  está 
consagrado  a  tratar  acerca  «  Del  silencio,  reverencia  y  compostura 
con  que  ha  de  estarse  en  el  Coro  »,  por  lo  cual  es  apenas  natural 
que  en  su  artículo  segundo  se  prevean  eventualidades  no  comunes, 
sin  duda,  pero  que  el  legislador  no  debía  olvidar:  «  En  asistencia  a 
los  Divinos  Oficios  —  reza  aquel  artículo  —  ninguno  lea  cartas,  ni 
haga  señas,  burlas,  risas  o  acciones  que  provoquen  a  esto,  ni  envíen 
de  un  coro  a  otro  recados  .  .  .  ».  En  el  capítulo  VI,  14  artículos  regla- 
mentan «  Cuando  se  ha  de  estar  de  pie  o  sentados,  y  hacer  genu- 
flexión ».  En  el  VII,  se  prescribe  cuándo  y  cómo  hay  que  volver  el 
rostro  hacia  el  Altar.  En  el  VIII,  cuándo  deben  los  capitulares 
quitarse  o  ponerse  los  bonetes,  y  bajar  las  cabezas.  Otros  capítulos 
hablan  de  las  ceremonias  y  ritos,  de  las  misas  cantadas  o  rezadas, 
del  modo  de  incensar  y  dar  la  paz,  de  la  manera  de  ganar  horas  y 
manuales. 

Sendos  capítulos  se  refieren,  sucesivamente,  a  los  Celadores, 
Curas  rectores  de  la  Catedral,  Sacristanes,  Sochantres,  Jlaestro  de 
Capilla  y  Jlúsico,  Capellanes  de  Coro,  Jlaestro  de  Ceremonias, 
Apuntador  del  Coro,  Bedel  o  pertiguero,  Jlonaguillos  y  caniculario. 
El  capítulo  XXVII  trata  «  De  la  vida,  honestidad  y  costumbres  de 
los  Prebendados  »,  a  quienes  se  les  recomienda  que  se  atengan  a  lo 
ordenado  al  respecto  por  el  Concilio  de  Trento,  y  que  procuren  servir 
siempre  de  ejemplo,  recordando  que  su  institución  fue  para  que 
ayudasen  en  cuanto  estuviese  a  su  alcance  al  Prelado  en  su  cargo 
pastoral,  por  lo  cual  debían  obedecerle  y  guardarle  toda  reverencia. 

A  las  ceremonias  prescritas  en  el  entierro  y  sufragios  de  un 
Obispo,  Deán  o  Capitulares,  se  dedica  el  contenido  de  un  capítulo, 
mientras  que  por  otra  parte  aprendemos  que  con  la  palabra  recles 
se  designaban  los  cuatro  meses  de  licencia  a  que  tenía  derecho  cada 
capitular  anualmente,  y  que  por  patitur  se  entendía  el  estado  de  un 
capitular  que  por  hallarse  enfermo  veíase  impedido  de  participar  en 
las  actividades  del  Cabildo.  El  capítulo  XXXII  y  último  trata  «  De 
las  multas  y  su  aplicación  ». 

«  Del  oficio  del  Deán  y  demás  Prebendados  »  lleva  por  título  el 
capítulo  XVI,  que  por  su  importancia  y  por  la  directa  relación  que 
tiene  con  el  contenido  de  la.  obra,  insertamos  íntegro  a  continuación. 
Lo  mismo  hacemos  también,  por  razones  similares,  con  los  capítulos 
XXX,  «  Del  Cabildo  »,  y  XXXI  «  Del  Secretario  del  Cabildo  »,  que 
se  reproducen  más  adelante. 


XXXVI 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


«  Capítulo  XVI. 

«  Del  ojicio  del  Deán  y  demás  Prebendados. 

«  1°.  El  Deán  por  la  erección  de  este  Obispado  es  ta  primera 
Dignidad  después  de  la  Episcopal,  a  quien  deben  todos  obedecer  en 
el  Gobierno  del  Coro,  /litar  y  Cabildo;  por  cuya  razón,  lo  que  mandare, 
por  lo  tocante  a  dichos  ministerios  se  haga,  cumpla  y  ejecute  sin  re- 
plica alguna,  menos  que  toca  en  cosa  económica  del  Cabildo,  y  sin 
que  obste  el  decir  ser  mandato  injusto,  porque  siendo  se  debe  ocurrir 
al  Prelado,  su  Provisor  o  Cabildo,  Sede  vacante,  ejecutando  por  en- 
tonces lo  que  el  dicho  Deán,  o  en  su  ausencia  el  Presidente  mandare. 

«  2°.  Toca  al  Deán  o  Presidente  mandar  penar  las  jaitas  de 
los  prebendados  y  conjorme  a  estas  constituciones  y  reglas,  y  si  al- 
guno se  resistiere  agravará  y  reagravará  la  pena;  y  si  no  tuviere 
enmienda,  se  dará  cuenta  al  Prelado,  su  Provisor  o  Cabildo,  Sede 
vacante. 

«  3°.  Atentos  a  que  en  estos  estatutos  se  hallan  impuestas  algunas 
penas  por  defectos  cometidos  ultra  regulam  y  que  en  estos  casos  no 
tiene  el  Deán  jurisdicción  para  penar  tos;  para  que  por  jaita  de  ja- 
cullad  no  padezca  disminución  el  culto  divino,  y  el  gobierno  de  éste 
sea  unijorme  y  consiguiente,  le  concedemos  nuestra  jurisdicción  a 
dicho  Deán,  y  por  su  ausencia  al  Presidente  para  que  pueda  mandar 
jallar  dichas  penas,  agravarlas  y  reagravarlas,  dejando  los  recursos 
al  Prelado,  su  Provisor  o  Cabildo,  Sede  vacante,  sin  que  por  seme- 
jante recurso  se  deje  de  ejecutar  lo  que  se  mandare. 

«  4o.  Si  el  Deán  se  hallare  dentro  de  la  Iglesia  aunque  no  en  el 
Coro,  puede  mandar  las  licencias  que  se  pidieren  para  no  asistir  a 
las  horas;  pero  si  dicha  licencia  juere  pedida  dentro  del  Coro  y  em- 
pezadas las  horas,  toca  al  Presidente  el  concederla  y  mandar  al 
Apuntador  ponerla  en  el  cuadrante. 

«  5°.  Si  se  hallare  en  recle  o  patitur,  toca  al  Arcediano  el  con- 
ceder dichas  licencias  extra  chorum,  y  por  jaita  de  éste  recae  esta 
autoridad  en  el  Capitular  más  antiguo. 

«  6°.  Al  Deán  toca  mandar  citar  al  Cabildo  extraordinario, 
aunque  no  esté  en  la  Iglesia,  con  tal  que  se  halle  dentro  de  la  ciudad 
y  sin  grave  enfermedad,  que  en  este  caso  lo  podrá  hacer  el  que  pre- 
sidiere. 

«  7°.  Al  Deán  o  en  su  ausencia  al  Presidente  les  es  concedido 
proponer  en  Cabildo  los  negocios  que  se  han  de  tratar  y  conferir,  y 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XXXVII 


hacer  cómputos  de  votos  en  las  materias  que  los  hubiere  y  declarar 
lo  que  se  ha  decretado,  según  el  mayor  número  de  ellos. 

«  8°.  Puede  el  Deán  según  práctica  de  esta  Santa  Iglesia,  re- 
servar la  expresión  de  su  voto  y  dictamen  para  darlo  después  de  todos. 

«  9°.  Cuando  al  Prelado,  por  haber  de  celebrar  la  misa  mayor 
le  toca  el  oficio  de  vísperas,  u  otro,  no  viniendo  a  ejecutarlo,  lo  hará 
el  Deán  y  por  su  jaita  el  Dignidad  o  Canónigo  más  antiguo. 

«  10°.  Por  vacante  del  Deanalo  queda  presidiendo  el  Arcediano 
y  por  la  de  éste  el  Dignidad  o  Canónigo  más  antiguo.  El  Presidente 
tiene  las  mismas  preeminencias  y  facultades  que  el  Deán  durante 
dicha  vacante;  pero  no  puede  ocupar  otra  silla  que  la  que  le  toca  por 
la  prebenda;  y  mandamos  se  le  obedezca  y  que  así  se  ejecute  por  todos 
los  ministros. 

«  11°.  Cuando  hubieren  de  haber  capas  de  vísperas,  nombrará 
el  Deán  o  Presidente  acabada  la  misa  mayor  de  aquel  día,  los  que  se 
han  de  poner  capas  en  ellas;  y  en  la  Gloria  y  los  maitines  del  sub- 
secuente. 

«  7-?°.  Toca  al  Deán  y  en  su  ausencia  al  Presidente,  hacer  la 
seña. 

«  13°.  Tendrá  gran  cuidado  que  se  guarde  silencio  en  el  coro, 
y  que  se  cumpla  con  las  demás  ceremonias  y  cosas  pertenecientes  al 
buen  servicio  del  altar,  coro  e  Iglesia;  y  al  que  faltare  a  ello,  si  no 
tuviera  pena  impuesta,  le  amonestará,  y  si  no  hubiere  enmienda 
mandará  al  Apuntador  que  le  falle;  sobre  lo  cual  encargamos  la 
conciencia. 

«  14°.  Y  por  cuanto  al  Prelado  sólo  toca  penar  las  fallas  del 
Deán,  en  atención  a  las  ausencias  precisas  de  éste,  y  por  esto  sién- 
dole imposible  estar  a  la  vista  de  ellas  damos  nuestra  facultad  al 
Arcediano,  y  por  su  ausencia  al  que  le  sigue  en  el  Cabildo  para  que 
observe  y  atienda  a  los  defectos  y  faltas  que  el  Deán  cometiere  de  que 
dará  cuenta  al  Prelado,  su  Provisor  o  Cabildo,  sede  vacante,  para 
que  le  mande  penar. 

«  15°.  Asimismo  cuidará  el  Deán  o  Presidente  de  reconocer  el 
cuadrante,  las  veces  que  le  pareciere,  y  de  haber  falla  o  descuido  en  él, 
lo  mandará  enmendar  y  multará  al  Apuntador  según  fuere  la  omisión. 

«  16°.  Procurará  que  cada  uno  en  su  oficio,  se  ejercite  con  toda 
puntualidad  así  en  el  coro  como  en  la  Iglesia  y  Altar;  sobre  lo  que 
le  volvemos  a  encargar  la  conciencia. 


\h*  —  Acta*.  I. 


XXXVIII 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


«  77°.  El  Arcediano  en  conjormidad  de  lo  dispuesto  por  la  erec- 
ción de  este  Obispado,  debe  asistir  a  la  administración  del  ojicio  de 
Pontijtcal  siempre  y  cuando  que  por  el  Prelado  se  le  avisare,  y  no 
se  hallase  legítimamente  impedido  y  no  se  excusará  de  examinar  los 
Ordenandos  que  le  fueran  remitidos  y  en  todo  lo  demás  cumplirá  con 
las  obligaciones  de  su  Dignidad. 

«  18°.  Al  Chantre  toca  por  dicha  erección  el  Gobierno  del  canto 
en  el  Coro  cuya  obligación  está  sustituida  en  el  Sochantre. 

«  19°.  El  ojicio  y  ministerio  de  la  Dignidad  de  Tesorero  debe 
servir  al  presente,  por  el  Sacristán  mayor  y  menores,  cuyas  obliga- 
ciones se  prescriben  en  capítulo  particular  de  cada  uno. 

«  20°.  Al  Canónigo  magistral  toca  por  obligación  de  su  pre- 
benda predicar  en  la  Santa  Iglesia  Catedral  en  las  festividades  si- 
guientes: la  Epifanía  del  Señor;  Feria  cuarta  cinerum;  la  Anuncia- 
ción de  Nuestra  Señora;  el  Mandato;  la  Ascensión  del  Señor;  el  día 
de  Santa  Ana,  Patrona  del  Obispado;  la  Asunción  de  Nuestra  Se- 
ñora; Santa  Rosa,  patrona  de  estas  Indias;  la  Dominica  segunda  de 
Adviento,  y  en  la  solemnidad  de  los  Desagravios. 

«  21°.  Por  constitución  sinodal  de  este  Obispado  se  tiene  pre- 
sente a  dicho  magistral  en  el  Coro  ocho  días  siempre  y  cuando  que 
predica  sermones  de  obligación  de  su  prebenda,  los  cuales  deben  ser 
los  inmediatos,  continuos  y  antecedentes  al  día  del  sermón,  contán- 
dose entre  ellos;  y  en  el  día  que  predica  gana  también  los  manuales 
y  el  aviso  de  que  goza  de  este  privilegio  se  le  dará  al  Apuntador  para 
que  se  le  tenga  como  presente;  y  en  los  referidos  ocho  días  puede 
asistir  a  la  hora  que  quisiere,  sin  que  por  ello  quebrante  el  privilegio, 
como  también  tener  los  ratos  de  recreación  en  la  forma  que  le  fuere 
conveniente  pues  en  todo  esto  usa  de  su  derecho. 

*  22°.  Si  dicho  Magistral  u  otro  prebendado  en  dicha  Iglesia 
voluntariamente  predicase  deberá  dar  aviso  al  Deán  o  Presidente 
para  que  se  le  ponga  presencia  los  ocho  días  referidos  en  la  forma 
de  la  constitución  antecedente,  con  tal  que  esto  se  entienda  en  ínterin 
que  Su  Majestad  otra  cosa  no  dispone  por  no  poder  ni  deber  llevar 
dichos  prebendados  dos  obvenciones  a  un  tiempo,  ni  por  un  trabajo 
voluntario  jaltar  a  la  asistencia  del  Coro  como  se  ha  practicado  hasta 
aquí  en  juerza  de  dicha  constitución  sinodal. 

«  23°.  Es  obligación  del  Canónigo  Penitenciario  oir  confesiones 
en  la  Catedral  todos  los  días  especialmente  en  la  Cuaresma,  Adviento, 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XXXIX 


Témporas,  Pascuas  y  oirás  j ¿estas  de  semejante  solemnidad  y  de- 
voción, como  también  en  los  días  de  jubileos,  y  de  concurrencia  del 
pueblo;  en  cuyo  tiempo,  en  ínterin  que  se  ocupa  en  dicho  ministerio, 
se  tiene  por  presente  en  el  Coro,  y  demás  junciones  donde  concurre 
el  Cabildo  para  ganar  distribuciones  y  manuales,  como  los  intere- 
santes; y  si  por  haber  estado  con/esando,  dijese  misa  tarde,  deberá 
ganar  dichas  distribuciones,  como  si  estuviere  en  el  ejercicio  del 
conjesionario. 

«  24a.  Al  Canónigo  Doctoral  pertenece  por  su  prebenda  dejender 
los  derechos  de  la  Iglesia,  ya  sean  pertenecientes  o  a  sus  bienes,  a 
sus  preeminencias,  y  no  llevará  estipendio  alguno  por  causa  de  dicha 
dejensa,  y  cuando  estuviere  ocupado  en  ella  se  le  pondrá  presencia 
para  todo  en  el  cuadrante. 

«  25a.  A  los  Racioneros  pertenece  cantar  los  Evangelios  y  a  los 
medio  racioneros  las  Epístolas,  y  a  jaita  de  éstos  las  cantará  el 
Capellán  que  nombrare  el  Deán  o  Presidente. 

«  26a.  Y  mandamos  se  guarde  en  todo  lo  demás  concerniente  a 
dichos  racioneros  y  medios  racioneros  el  decreto  capitular  jecho  en 
este  asunto,  pena  de  un  punto  al  que  jaltare  en  cualquier  cosa  de  las 
aquí  prevenidas  »1. 

«  Capítulo  XXX 

«  Del  Cabildo 

«  Ia.  En  cumplimiento  de  la  erección  de  este  Obispado  se  cele- 
brarán los  Cabildos  cada  semana,  que  serán  el  martes  en  que  tratarán 
los  negocios  que  ocurrieren  y  todo  lo  perteneciente  a  la  economía  de 
la  jábrica  de  la  Iglesia;  y  los  viernes  en  que  se  conferirá  de  las  cosas 
espirituales;  a  que  concurrirán  todos  los  capitulares,  no  embarazán- 
dolo justa  causa,  que  manij estarán  al  Deán  o  Presidente,  pena  de  la 
hora  al  que  no  concurriere. 

«  2°.  Cuando  hubiere  algún  negocio  urgente  y  extraordinario  se 
tendrá  Cabildo,  aunque  no  sea  en  los  rejeridos  días  y  para  él  pre- 
cederá citación  de  los  prebendados  que  les  hará  el  Deán  o  Presidente 
con  el  Pertiguero  por  Cédula  ante  diem  con  expresión  de  la  materia, 
pero  siendo  el  caso  repentino,  y  que  pida  pronta  resolución,  y  por 
ello  no  pueda  diferirse  para  otro  día,  se  hará  la  citación  en  el  mismo 


1    Id.,  Id.,  págs.  42-48. 


XL 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


día  que  se  ha  de  celebrar,  sin  que  sea  preciso  hacerse  por  Cédula; 
y  excusándose  el  Deán  o  Presidente  de  citar  a  dicho  Cabildo,  requerido 
por  alguno  o  algunos  capitulares,  los  mismos  citarán  y  lo  celebrarán, 
asistiendo  a  él  tres  o  más,  porque  no  perezcan  los  negocios;  y  juera 
de  estos  casos  no  podrán  hacer  dicha  citación  y  Cabildo. 

«  3°.  Habiendo  entrado  a  la  Sala  Capitular  y  estando  cada  uno 
en  el  lugar  de  su  prebenda,  el  Deán  o  Presidente  dirá  la  oración 
Actiones  riostras  etc.,  y  jinalizada  tomará  su  asiento  y  propondrá 
el  negocio  o  negocios  que  se  ojrecieren,  y  dirá  asimismo  que  si  alguno 
de  tos  capitulares  tuviere  que  proponer,  lo  haga,  y  se  conjerirá  primero 
sobre  lo  que  propusiere  dicho  Deán  o  Presidente,  y  después,  cada  uno 
en  su  lugar,  dirá  si  se  le  ojreciere  o  no  qué  proponer,  y  en  cada  cosa 
que  se  propusiere  se  conjerirá  diciendo  cada  uno  en  su  lugar  con 
modestia  y  compostura  su  parecer  y  las  razones  que  se  le  ojrecieren, 
y  siendo  la  materia  muy  grave,  podrán  dijerir  su  resolución  a  otro 
día,  conviniendo  en  ello  la  mayor  parle  del  Cabildo. 

«  4°.  Jlientras  uno  habla  no  hablen  los  demás,  ni  su  parecer 
ni  otra  cosa,  aunque  sea  en  voz  baja,  porque  estén  atentos;  y  sólo 
lo  hará  cada  uno  en  su  lugar. 

«  5o.  El  Deán  o  Presidente  y  lo  mismo  otro  cualquiera  que 
hiciere  proposición,  procurará  hacerla  brevemente;  y  lo  mismo  ejecu- 
tarán en  la  expresión  de  su  voto,  y  en  el  votar  ninguno  repita  lo  que 
otro  diga,  pero  podrá  conjormarse  con  el  voto  que  le  pareciere,  si  no 
tuviere  nuevas  causas  o  razones  para  ser  de  diferente  diclamen. 

«  6o.  Cuando  hubiere  alguno  de  decir  su  voto  estando  presente 
el  Prelado,  se  ponga  en  pie  y  quite  el  bonete  y  luego  tomando  su 
asiento  y  puesto  el  bonete,  diga  su  parecer  al  Prelado,  y  habiendo 
acabado  hará  el  mismo  acatamiento,  y  en  su  ausencia  hará  venia 
al  Presidente  quitando  el  bonete. 

«  7°.  Ninguno  porque  otro  sea  de  parecer  contrario  al  suyo  se 
muestre  sentido,  sino  que  todos  voten  libremente  lo  que  en  su  con- 
ciencia hallaren  ser  de  más  razón,  sin  que  por  esto  se  originen  dije- 
rencias  y  pasiones  de  ánimo,  palabras  ni  acciones  descompuestas  o 
destempladas,  sino  que  con  toda  gravedad  diga  cada  uno  su  sentir; 
y  el  que  contraviniere  en  cualquiera  de  estas  cosas  le  corregirá  el 
Deán  o  Presidente  y  de  no  enmendarse,  dará  cuenta  al  Prelado  o 
su  Provisor. 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XLI 


«  8o.  Conferida  la  materia,  y  expresados  los  pareceres  de  cada 
uno,  el  Deán  o  Presidente  mandará  al  Secretario  lome  la  razón  en 
el  libro  a  que  pertenece;  y  hecho,  el  Deán  o  Presidente  computará 
los  votos  y  declarará  por  resolución  del  negocio  la  que  tuviere  la  mayor 
parte  o  si  se  ha  hecho  unánime,  sobre  que  recaerá  el  decreto  capitular. 

«  9a.  Cuando  se  votare  alguna  cosa  por  sufragio  secreto,  reco- 
gidos los  votos,  por  el  Secretario  en  la  arca,  según  la  antigüedad  de 
cada  voto  y  entregada  dicha  Arca  al  Deán  o  Presidente  y  reconocidos 
por  éste  y  los  dos  inmediatos  que  hacen  ojicio  de  escrutadores,  los 
votos  que  hay  por  uno  y  otro  sujeto  de  los  que  entran  en  ellos,  los 
que  hay  de  aprobación  o  reprobación,  concesión  o  negación,  expresará 
la  parte  por  donde  está  el  mayor  número  de  votos  y  esto  mandará 
poner  por  el  Secretario  en  el  libro,  declarando  el  número  de  los  que 
hubo  a  favor  y  en  contra,  y  aquello  que  saliere  con  mayor  número 
de  votos,  mandará  el  Cabildo  se  declare  por  aprobación,  reprobación, 
concesión  o  negación.  Y  firmarán  todos  el  decreto  que  en  su  conse- 
cuencia se  hiciere,  y  los  despachos  que  en  su  virtud  se  expidieren, 
cuando  el  caso  lo  requiera;  pena  del  que  negare  su  firma  quede  pri- 
vado del  voto  activo  y  pasivo  por  un  mes,  y  de  un  doblón  de  cuatro 
pesos,  y  no  por  esto  se  entienda  quedar  por  el  dicho  tiempo  exento 
de  la  asistencia  a  los  Cabildos,  porque  si  faltare  incurrirá  en  la  pena 
establecida  a  los  que  faltan. 

«  10°.  En  las  votaciones,  así  públicas  como  secretas,  ninguno 
muestre  su  voto  a  otro  ni  lo  diga,  y  asimismo  ninguno  lo  prometa 
a  pretendiente  ni  a  otro  capitular  en  cualquier  materia,  pena  de 
que  no  pueda  votar  en  aquel  negocio. 

«  11°.  Cuando  se  pretendiere  alguna  gracia  que  dependa  del 
Cabildo,  se  prohibe  estrechamente  a  cada  uno  de  los  capitulares  ofrecer 
al  pretendiente  dicha  gracia,  y  esta  pretensión  la  propondrá  en  Ca- 
bildo al  Deán  o  Presidente  o  a  algún  capitular,  y  si  alguno  o  algunos 
de  los  capitulares  no  hubieren  sido  noticiados  de  ella  por  el  Presi- 
dente, no  tomará  resolución  por  depender  de  todos  su  concesión  o 
negación;  y  de  no  concurrir  este  reparo  y  haber  el  Presidente  hablado 
sobre  su  pretensión  con  todos  los  capitulares,  mandará  dicho  Deán 
o  Presidente  que  se  vote  A  A  para  conceder  y  por  RR  para  negar 
que  se  recibirán  en  el  Arca  por  el  Secretario;  y  hecho  se  guardará 
la  forma  arriba  prevenida  con  la  limitación  siguiente:  que  para  que 
la  gracia  sea  concedida  haya  de  exceder  la  mayor  parte  de  los  votos 


XUI 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


en  dos  sobre  la  mitad,  y  de  no  es  negada  y  sobre  ella  no  se  vuelva 
a  hablar  sino  en  caso  de  que  sobrevenga  justa  y  grave  cau.ra. 

«  12".  En  la  votación  de  los  lugares  para  la  nominación  de  los 
sujetos  para  las  cononjías  de  ojicio,  se  guarde  la  forma  y  práctica 
acostumbrada  y  que  consta  de  autos  sobre  la  oposición  de  dichas 
canonjías. 

«  13°.  Hecha  la  votación  y  publicada,  ninguno  puede  volver  a 
volar,  aunque  se  diga  y  crea  que  se  erró;  y  en  las  materias  que  una 
vez  se  votare  y  se  determinaren  en  Cabildo  no  se  pueden  revocar  no 
sobreviniendo  causa  grave,  y  en  Cabildo  pleno,  para  que  se  hará 
citación  particular  a  cada  uno  de  los  capitulares  y  esto  no  se  entienda 
en  la  votación  para  lugares  de  canonjías  y  en  todo  lo  electivo. 

«  14".  Por  costumbre  inmemorial  de  esta  Santa  Iglesia,  en  las 
votaciones  públicas  es  primer  voto  o  último  el  Deán  con  arbitrio; 
así  se  observe  y  guarde  por  ser  esto  inconcuso  con  el  Prelado,  como 
supuesto  no  se  previene. 

«  15°.  El  que  por  enjermedad  o  justa  causa  no  pudiere  venir  a 
Cabildo,  podrá  enviar  su  voto  por  escrito,  jirmado,  cerrado  y  sellado, 
el  que  entregará  al  Secretario  quien  lo  pasará  al  Deán  o  Presidente 
y  recibidos  los  demás  votos,  mandará  abrir  éste,  y  hacer  cómputo 
de  él,  lo  cual  se  entiende  en  los  negocios  que  se  hubieren  de  tratar 
públicamente. 

«  16°.  En  tas  votaciones  de  los  lugares  de  las  personas  que  se 
han  de  nombrar  al  Rey  Nuestro  Señor  para  la  presentación  de  las 
canonjías  de  ojicio,  precederá  citación  al  Prelado  y  a  todos  los  capi- 
tulares; como  está  dispuesto,  aunque  alguno  o  algunos  por  estar  en 
patitur,  no  asistan  a  la  Iglesia,  para  que  si  quieren  usar  de  su  de- 
recho en  dicha  votación,  lo  puedan  hacer,  y  en  este  caso  se  les  citará 
como  se  acostumbra  para  la  votación,  y  si  dijere  renuncia  a  su  voto, 
se  pondrá  por  diligencia,  pero  si  se  expresare  quiere  votar  por  Comi- 
sario, mandará  el  Cabildo  a  su  Secretario  que  por  ante  él  en  los 
autos  del  concurso  haga  el  nombramiento  del  dicho  Comisario,  que  será 
el  Prelado,  o  en  un  capitular  y  no  en  otra  persona,  y  el  nombrado 
jurará  por  ante  dicho  Secretario  de  que  no  cometerá  jraude  en  la  vo- 
tación y  que  la  hará  según  y  como  le  juere  comunicado,  y  toda  esta 
diligencia  se  hará  el  día  antes  de  la  votación. 

«  17°.  Ninguno  juera  de  Cabildo  descubra  ni  diga  lo  que  en  él 
se  ha  tratado  en  particular  ni  en  general,  ni  su  voto,  ni  el  de  otro, 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XLIII 


por  obviar  los  graves  inconvenientes  que  se  siguen,  y  que  sean  los  votos 
con  la  libertad  que  se  requiere. 

«  18°.  Cuando  se  ofreciere  algún  negocio  del  Cabildo,  se  dará 
comisión  a  uno  o  más  de  los  capitulares,  los  que  eligiere  la  mayor 
parte  de  votos,  y  no  podrán  resistirse  ni  excusarse  sino  con  grave 
causa,  teniéndola  por  tal  el  Cabildo,  pena  de  que  no  pueda  votar 
en  un  mes,  y  según  la  cualidad  del  negocio  y  comisión  que  no  admi- 
tiere, le  multará  el  Cabildo  en  pena  pecuniaria;  pero  así  esta  pena 
de  privación  de  voto  en  este  caso  como  en  los  que  antes  se  puso,  no  se 
entiende  comprenderle  a  ninguno  por  votación  en  lugar  de  canonjías 
y  elecciones  de  provisores. 

«  19°.  Habrá  un  libro  en  que  se  tome  razón  del  día,  mes  y  año, 
de  las  diputaciones  y  comisiones  que  se  dan  cada  uno  de  los  capi- 
tulares y  a  cada  mes,  después  de  haber  tratado  el  Cabildo  de  cosas 
espirituales,  se  verá  dicho  libro  para  que  conste  el  estado  en  que 
están  los  negocios  de  dichas  comisiones  y  diputaciones  y  lo  que  se 
ha  adelantado  en  ellas,  para  que  en  habiendo  omisión  se  le  inste 
por  el  Cabildo  a  los  capitulares  que  se  le  han  dado  la  prosigan  y 
fenezcan  con  la  mayor  brevedad,  y  los  dichos  diputados  y  comisionados 
cada  ocho  días  en  el  Cabildo  espiritual  o  económico,  según  el  que 
perteneciere,  darán  razón  del  estado  en  que  llevan  su  diputación  y 
si  no  hubiere  hecho  las  diligencias  que  se  pudieren  hacer  hasta  aquel 
tiempo  se  le  amoneste  el  cuidado  con  que  debe  tratar  la  materia  y 
lo  mismo  en  los  demás  cabildos  hasta  que  el  negocio  se  finalice. 

«  20°.  El  día  primero  de  enero  de  cada  un  año  se  nombrará 
un  capitular  para  que  tenga  cuidado  de  hacer  todos  los  informes 
que  se  ofrecieren  a  Su  Santidad  y  al  Rey  Nuestro  Señor,  y  asimismo 
escribir  otras  cualesquiera  cartas  que  se  ofrecieren  en  negocios  de 
Cabildo,  y  para  todo  lo  dicho  precederá  tratado  y  conferencia  en  el 
Cabildo  y  según  lo  que  se  resolviere  en  éste,  escribirá  dicho  capitular, 
y  leído  en  el  Cabildo,  firmarán  a  Su  Santidad,  al  Rey  Nuestro  Señor, 
al  Prelado  o  algún  Tribunal  todos  los  del  Cabildo,  y  si  fuere  a  * otra 
persona  aunque  sea  constituida  en  Dignidad,  firmarán  sólo  tres 
por  todo  el  Cqbildo  que  serán  un  Dignidad,  un  Canónigo  y  un  Ra- 
cionero, los  cuales  se  nombrarán  cada  semestre,  empezando  por  los 
más  antiguos;  y  para  abrir  las  cartas  que  se  recibieren,  citará  el 
Deán  o  Presidente  y  se  abrirán  en  la  Sala  Capitular:  dicho  día  se 
elegirá  Obrero  Mayor. 


XLIV 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


«  21".  En  el  primer  viernes,  de  dos  en  dos  meses,  no  se  tratará 
de  otra  cosa  que  leer  en  los  capítulos  la  regla  de  Coro  y  estos  estatutos, 
por  el  tiempo  de  media  hora,  comenzándose  desde  el  principio  hasta 
acabar,  y  habiéndole  dado  Jin,  volverá  a  leerse  en  la  misma  jorma, 
para  que  de  esta  manera  se  logre  tener  presente  las  constituciones, 
que  en  dicha  regla  se  contiene:  y  así  se  observe  puntualmente. 

«  22".  Cuando  algara  persona  de  Juera  del  Cabildo  propusiere 
algún  negocio  en  él  o  Juera  de  él,  el  Deán  o  Presidente  reservará  la 
propuesta  para  después  de  haber  deliberado  con  el  Cabildo.  Así  para 
estas  proposiciones  como  para  las  demás  que  se  ojrecieren  consultar, 
aunque  no  sea  día  de  Cabildo  hará  rilar  a  todos  el  Deán  o  Presidente 
para  que  concurra  en  la  Sala  Capitular,  y  allí  se  le  hará  la  propo- 
sición, y  cada  uno  dirá  su  sentir,  y  si  la  materia  pidiere  resolución 
iudicial  se  dijerirá  para  el  primer  Cabildo  o  se  citará  extraordinario 
si  el  caso  lo  pidiere  y  el  capitular  que  rehusare  decir  su  sentir  o  con- 
currir incurrirá  en  la  pena  de  perder  lo  que  le  toca  por  la  hora  de 
tercia  de  aquel  día. 

«  23".  Lodos  los  capitulares  que  al  presente  son,  jurarán  de 
guardar  secreto  de  todo  lo  que  trataren  en  el  Cabildo  y  de  no  decir, 
ni  revelar  los  votos  y  pareceres  de  cada  uno;  y  los  que  en  adelante 
fueren  lo  harán  después  de  la  projesión  de  je. 

«  24".  Al  Archivo  de  la  Sala  Capitular  se  le  pondrán  dos  llaves, 
una  que  tendrá  el  Deán  o  Presidente  y  otra  el  Secretario  y  en  dicho 
Archivo  se  guardará  el  sello  y  se  pondrán  por  su  orden  los  libros  capi- 
tulares y  Reales  Cédulas,  provisiones,  despachos,  escrituras  y  demás  pa- 
peles pertenecientes  al  Cabildo,  de  los  cuales  se  hará  inventario  jurídico 
por  el  que  recibirá  y  entregará  el  Secretario  cuando  se  mude  este  ojicio. 

«  25°.  Los  libros  de  Cabildo  en  ningún  caso  se  sacarán  de  la 
Sala  Capitular,  sino  es  que  sean  pedidos  por  el  Prelado,  y  entonces 
los  llevará  el  Secretario;  y  hecha  la  diligencia  que  en  ellos  se  ojreciere, 
los  volverá  al  Archivo. 

«  26".  Cuando  jueren  convocados  los  Capitulares  para  algún 
negocio,  no  se  entienda  en  otro  sin  jenecerlo,  y  los  votos  sean  breves. 

«  27".  Procúrese  la  noticia  de  los  Patronatos  que  tiene  el  Ca- 
bildo, y  de  ellos  y  sus  escrituras  se  sacará  testimonio,  y  se  pondrá 
por  relación  en  una  tabla  » 1 . 


1    Id..  Id.,  págs.  72-81. 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XLV 


«Capítulo  XXXI 

«Del  Secretario  del  Cabildo 
«  Io.  Toca  el  nombramiento  del  Secretario  a  la  Dignidad  Epis- 
copal; pero  atendiendo  a  que  este  sujeto  debe  ser  de  toda  confianza 
y  satisfacción  del  Cabildo  le  concedemos  nuestra  facultad  para  que 
por  sí  lo  pueda  nombrar  y  nombre,  ocurriendo  ante  Nos  o  nuestros 
sucesores  por  el  título  y  confirmación  de  dicho  nombramiento. 

«  2o.  Es  muy  conforme  al  empleo  que  dicho  ¿Ministro  sea  ecle- 
siástico y  así  encargamos  que  siempre  que  se  hallare  a  propósito 
especialmente  entre  los  Aíinistros  de  la  Iglesia,  no  sea  secular. 

«  J°.  Si  obtuviere  el  título  de  Notario  loca  a  la  Dignidad  Epis- 
copal su  nombramiento  y  entonces  estará  a  su  cuidado  hacer  y  celebrar 
todos  aquellos  actos  y  diligencias  judiciales  que  a  su  oficio  le  competen 
y  se  le  conceden  por  la  erección  de  este  Obispado. 

«  4°.  Asimismo  asistirá  al  Juez  General  de  diezmos  a  hacer  los 
despachos  e  instrumentos  que  en  su  Juzgado  se  ofrecieren,  así  de  oficios 
como  de  pedimentos  de  partes,  para  la  cobranza  de  las  rentas  deci- 
males en  el  tiempo  debido,  como  también  a  escribir  las  cartas  que  el 
Juez  de  Diezmos  despachará  en  orden  a  la  cobranza  de  dicha  renta. 

«  5o.  Por  el  trabajo  de  los  pregones,  asistencia  al  remate  de 
diezmos  y  recudimiento  que  se  da  a  los  arrendatarios  para  su  per- 
cepción y  cobranza,  llevará  por  cada  vereda  cien  reales,  como  hasta 
aquí  se  ha  usado. 

«  6o.  Antes  de  entrar  al  uso  y  ejercicio  de  ¿os  oficios  referidos, 
hará  especial  juramento  de  guardar  secreto  de  todo  lo  que  se  tratare 
y  confiriere  en  Cabildo,  y  además  de  esto  hará  el  de  fidelidad,  y  si 
faltare  en  lo  que  va  prevenido,  o  en  algunas  otras  cosas  que  sean  de 
su  oficio,  será  multado  por  el  Cabildo,  a  proporción  de  su  delito,  y 
si  no  tuviere  enmienda  y  necesitare  de  pena  judicial,  se  dará  cuenta 
al  Ordinario.  Guardará  y  observará  todo  lo  dispuesto  en  orden  a  los 
libros  y  a  su  archivo  »*. 

*  * 

Llegados  aquí,  será  bien  aclarar  que  no  ignoramos  cuán  largo 
suele  ser  el  trecho  que  separa  al  dicho  del  hecho,  a  la  legislación  de  la 


1    Id.,  Id.,  págs.  81-82. 


XLVI 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


vida.  Por  tal  razón,  si  nos  hemos  dedicado  en  las  página?  precedentes, 
con  voluntaria  prolijidad,  a  rastrear  los  orígenes  del  Cabildo  Eclesiástico 
venezolano,  y  a  presentar  el  marco  jurídico  de  bulas,  reales  cédulas 
y  reglamentaciones  dentro  del  cual  transcurría  su  existencia,  ha  sido 
porque  lo  hemos  considerado  indispensable  para  la  cabal  interpre- 
tación y  aprovechamiento  de  los  materiales  que  hoy  edita  la  Academia 
Nacional  de  la  Historia.  Ahí,  en  las  páginas  del  Compendio  Cro- 
nológico redactado  por  Juan  José  Guzmán,  bulle  o  transcurre  pláci- 
damente la  vida  con  las  mil  incidencias  que  le  son  propias.  El  precio, 
la  alimentación,  o  la  calidad  del  trabajo  de  los  esclavos,  junto  a  apre- 
ciaciones acerca  de  la  biblioteca  y  la  pinacoteca  donadas  al  Cabildo 
por  el  Obispo  jray  Gonzalo  de  Angulo.  Enconados  pleitos,  como  el 
relativo  a  la  traslación  de  la  sede  episcopal  de  Coro  a  Caracas  — 
cuando  el  Cabildo  mandó  hacer  una  silla  obispal  de  cal  y  canto, 
símbolo  de  su  oposición  —  al  lado  de  las  repetidas  pruebas  de  cari- 
dad dadas  después  del  tremendo  terremoto  que  destruyó  a  Caracas 
en  1641.  Datos  sobre  la  constante  alza  del  costo  de  la  vida,  a  la  que 
sirven  de  índice  los  aumentos  en  el  sueldo  de  los  monacillos  y  en  el 
interés  del  dinero  puesto  a  censo,  es  decir,  en  hipoteca.  Noticias  de 
antiguas  Coj radías,  como  la  instituida  en  Caracas  por  la  legendaria 
Jlaría  Pérez,  o  las  jormadas  por  negros,  morenos  y  esclavos.  Nu- 
merosas rejerencias  a  sacerdotes,  a  músicos  y  cantores  de  Catedral, 
o  a  pintores,  plateros,  albañiles,  carpinteros,  herreros,  y  otros  arte- 
sanos. Detalles  precisos  sobre  el  ordenamiento  de  la  jerarquía  ecle- 
siástica. Precios  de  alimentos,  vestidos  y  otros  productos  de  primera 
necesidad.  Los  preceptores  de  gramática,  el  Seminario,  la  Univer- 
sidad. Fundaciones  de  misas  y  capellanías.  Transporte  de  ma- 
teriales de  construcción.  Cuidado  a  los  enfermos  en  los  hospitales. 
Llegada  de  reliquias  de  Santos.  Organización  de  Archivos.  Amenazas 
y  saqueos  de  piratas.  Trato  dado  a  ¿os  portugueses.  Relaciones  —  ar- 
moniosas a  veces,  ásperas  otras  —  entre  autoridades  seglares  y  ecle- 
siásticas. Exportación  de  cueros  y  cacao.  Santos  patronos  de  la 
Catedral  y  de  la  ciudad  de  Caracas.  Y  mil  temas  más,  que  se  entre- 
lazan y  se  oponen  o  complementan,  con  la  urdimbre  misma  de  la 
vida. 

* 

*  * 

Como  antes  se  dijo,  el  Indice  Cronológico  elaborado  por  el  Se- 
cretario Guzmán  empieza  en  1580,  porque  a  ese  mismo  año  corres- 
pondían las  más  antiguas  Actas  del  Cabildo  eclesiástico  que  se  con- 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XLVII 


servaban  a  comienzos  del  siglo  XIX,  las  cuales,  por  jortuna,  existen 
hoy  todavía.  Faltan,  por  consiguiente,  las  Actas  de  los  años  anteriores 
al  de  1580,  desde  la  creación  de  la  Diócesis  de  Coro  y  Venezuela. 
Son  casi  cincuenta  años.  Lo  cierto  es  que  muy  poco  se  sabe  acerca 
de  los  Obispos  que  actuaron  durante  aquel  período  —  Bastidas, 
Ballesteros,  Agreda  —  y  menos  aun  lo  que  se  conoce  sobre  la  com- 
posición real  y  el  juncionamiento  efectivo  del  Cabildo  eclesiástico  en 
el  curso  de  aquellos  años.  Ni  siquiera  se  puede  ajirmar  que  las  Actas 
anteriores  a  1580  llegasen  a  ser  verdaderamente  redactadas;  en  todo 
caso,  si  existieron,  parecen  haberse  perdido  del  todo.  De  otras  fuentes1 
proceden  los  escasos  datos  que  ha  sido  posible  recoger.  En  tiempos 
del  Obispo  Rodrigo  de  Bastidas,  se  menciona  a  dos  prebendados 
residentes  en  Coro:  el  Deán2  Juan  Rodríguez  Robledo*  y  el  Chantre 
Juan  Frutos  de  Tudela,  cantados  ambos  en  sus  Elegías  por  Juan 
de  Castellanos*  : 

Quedó  por  provisor  don  Juan  Robledo 
Chantre  y  después  Deán  de  Venezuela. 
Que  yo  comuniqué  con  verso  ledo 
y  prosa,  desde  Coro  de  la  Vela. 

De  otra  dignidad  decir  no  puedo 
sino  del  padre  Fructos,  de  Tudela, 
en  aquella  provincia  bien  antigo 
y  que  también  yo  tuve  por  amigo. 


1  Anales,  págs.  41  a  84,  principalmente.  También  el  prólogo  del  Dr.  En- 
rique Otte  a  Cedularios  de  la  Jlonarquia  Española  relativos  a  la  Provincia  de 
Venezuela,  ediciones  de  las  Fundaciones  John  Boulton  y  Eugenio  Mendoza, 
2  vols.,  Caracas,  1959.  En  especial,  vol.  1,  pág.  LXXIII  sgs.  Citado  en  lo  su- 
cesivo, Cedularios. 

2  En  Anales,  pág.  45,  nota  4,  Monseñor  Navarro  destaca  la  contradic- 
ción evidente  entre  la  existencia  efectiva  del  Deán,  y  el  artículo  de  la  erección 
que  dejaba  en  suspenso  el  Deanazgo. 

3  Tal  vez  sea  el  mismo  Juan  Rodríguez  que  en  1528  era  cura  de  Santa 
Marta.  Ver  Documentos  inéditos  para  la  Historia  de  Colombia.  Coleccionados 
en  el  Archivo  General  de  Indias  por  el  Académico  Correspondiente  Juan 
Friede,  de  orden  de  la  Academia  Colombiana  de  Historia,  vol.  I,  Bogotá, 
1955,  pág.  308. 

4  Anales,  págs.  45-47. 


XLVI1I 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


Cuando  el  Obispo  Bastidas  llega  por  fez  primera  a  Coro,  el  11 
de  julio  de  1534,  encuentra  allí  a  cuatro  /railes  agustinos  y  al  pro- 
visor que  él  había  nombrado  anteriormente,  que  era  Juan  Rodríguez 
Robledo.  Recomienda  a  éste  para  ocupar  la  Chantría  de  la  nueva 
Catedral,  pero  de  momento  Carlos  V  no  accede  a  ello,  «  por  razones 
de  salud  ».  Se  le  da,  sólo,  una  canonjía,  pero  el  14  de  enero  de  1536 
se  le  nombra  Chantre  por  Jin,  con  la  condición  de  que  renuncie  a  la 
canonjía.  En  1538,  parece  que  todavía  no  hay  otra  dignidad  capitular 
en  Coro,  pues  el  Emperador,  por  real  cédula  de  8  de  noviembre, 
asigna  «  al  chantre  y  a  tos  dos  canónigos  de  la  Catedral  »  un  salario 
de  50.000  maravedises,  mientras  no  haya  diezmos,  bajo  la  condición 
de  que  sirvan  de  curas. 1  Años  adelante,  ya  en  tiempos  del  Obispo 
Jliguel  Jerónimo  de  Ballesteros,  reales  cédulas  y  órdenes  hablan 
del  chantre,  de  los  canónigos,  de  otros  sacerdotes,  hasta  de  un  sa- 
cristán, pero  sin  mencionar  sus  nombres.  En  1 551,  el  Chantre  de  la 
Catedral  de  Coro  —  no  se  expresa,  en  el  documento,  su  nombre  — 
acusado  por  el  Obispo  Ballesteros  de  haber  cometido  «  delitos  y  cosas 
por  donde  debe  ser  castigado  »,  se  alzó  contra  el  prelado  cuando  éste 
le  reprendió,  y  aliándose  con  un  regidor  del  Cabildo  secular  de  Coro, 
se  enjrentó  a  la  autoridad  del  Obispo.  Eran  tiempos,  en  verdad, 
calamitosos.2  ¿Monseñor  Navarro  da  a  entender  que  durante  la  época 
de  ese  Obispo  (1546-1556)  sólo  hubo  en  Coro  Deán.3  No  mejoraron 
mucho  las  cosas  en  tos  años  siguientes,  cuando  regía  ya  la  Diócesis 
Fray  Pedro  de  Agreda:  a  poco  de  haber  vuelto  éste  de  Santa  Fe  de 
Bogotá,  a  donde  se  había  trasladado  para  recibir  la  consagración 
episcopal,  Coro  jue  saqueado,  en  1567,  por  unos  corsarios  jranceses. 
El  3  de  diciembre  de  ese  año,  desde  la  propia  sede  de  la  Catedral, 
el  Obispo  Agreda  dirigió  un  injorme  al  Rey,  del  cual  reproduzco  un 
párrajo  que  pinta  del  modo  más  vivo  la  triste  situación  a  que  había 
llegado  la  Provincia,  en  lo  material  y  en  lo  espiritual: 

«...  vine  a  residir  a  esta  ciudad  de  Coro  do  está  la  Iglesia  Ca- 
tedral de  este  Obispado,  donde  después  de  haber  conjirmado  los  ve- 
cinos y  visitado  la  dicha  iglesia,  sirviendo  en  ella  y  administrando 


1  Ccdularios,  vol.  I,  págs.  lxxv-lxxviii.  En  el  vol.  II,  págs.  30-3!. 
la  presentación  de  Juan  Rodríguez  Robledo  a  la  Chantría. 

2  Cedutarios,  vol.  II,  págs.  290-291. 

3  Anales,  pág.  60. 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


XLIX 


los  Santos  Sacramentos  por  falta  de  sacerdotes,  sucedió  que  el  día 
de  Nuestra  Señora  de  septiembre  de  este  presente  año  de  mil  y  qui- 
nientos y  sesenta  y  siete  años,  otros  corsarios  Jranceses  y  escoceses, 
que  venían  en  venganza  de  los  que  mató  Pedro  Jleléndez  en  la  Florida, 
dieron  en  esta  ciudad  por  la  mañana  sin  ser  sentidos  .  .  . 

Sin  embargo,  pasada  la  crisis,  el  Obispo  no  se  desanimó,  sino  que 
se  es/orzó  en  organizar  del  mejor  modo  posible  su  iglesia.  Para  ello, 
reunió  el  primer  sínodo  diocesano  celebrado  en  Venezuela,  al  cual 
asistieron,  además  del  Prelado,  dos  curas,  dos  religiosos  dominicos, 
dos  Jranciscanos  y  un  sacristán  mayor.  JIonseñor  Navarro2  —  a 
quien  seguimos  —  no  menciona  a  ningún  miembro  del  Cabildo 
Eclesiástico  en  relación  con  el  sínodo.  Pero  en  todo  caso  el  Cabildo  de- 
bió de  reanudar  sus  actividades  antes  de  la  muerte  del  Obispo  Agreda, 
acaecida  en  1579,  pues  en  1580,  cuando  empiezan  las  Actas  que 
conocemos,  jiguran  ya  el  Deán  Francisco  Gómez  de  Gamboa,  el 
Arcediano  Antonio  de  los  Ríos,  y  el  Chantre  Francisco  López. 

A  partir  de  entonces,  hubo  cierta  continuidad  en  el  desarrollo 
de  las  junciones  del  Cabildo  {así  lo  atestiguan  las  Actas)  aun  cuando 
con  intervalos  más  o  menos  largos  de  inactividad:  en  15S4,  por  ejem- 
plo, se  celebró  una  sola  reunión  del  Cabildo,  en  enero;  en  1591,  hubo 
únicamente  dos,  en  enero  y  jebrero,  a  las  cuales  se  hallaba  presente 
—  jor mando  él  todo  el  Cabildo  —  el  Chantre  Francisco  López,  quien 
se  titulaba  «  Deán  de  Venezuela  ».  Durante  los  años  siguientes,  jueron 
jrecuentes  los  conjlictos  surgidos  en  el  seno  del  Cabildo,  por  constar 
éste  de  sólo  dos  miembros,  que  no  siempre  lograban  acordar  sus 
opiniones.  En  1621  y  1622  no  se  reunieron  los  capitulares,  o  en 
todo  caso,  si  lo  hicieron,  no  ha  quedado  constancia  de  lo  que  trataron 
en  el  Libro  de  Actas.  En  realidad,  a  causa  de  los  escasos  recursos 
humanos  y  económicos  de  la  región  y  por  hallarse  Coro  tan  abierta- 
mente expuesto  a  las  depredaciones  de  los  corsarios,  tanto  la  Catedral 
como  su  Cabildo  Eclesiástico  llevaron  una  existencia  harto  precaria 
durante  su  permanencia  en  aquella  ciudad.  Sin  embargo,  ello  no 
impidió  a  los  capitulares  laborar  en  pro  de  su  iglesia  brindando  su 
apoyo  al  Obispo  Alzega  para  la  preparación  del  segundo  sínodo 
diocesano,  convocado  hacia  1609,  y  esjorzándose  en  concluir  la  ediji- 
cación  de  la  Catedral,  en  la  cual  llegaron  a  construir  hasta  una  sala 


1  Anales,  págs.  78-79.  Se  ha  modernizado  la  ortografía. 

2  Id.  Id.  pág  84. 


L 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


capttular.  Uno  de  los  aspectos  más  interesantes  de  la  vida  del  Cabildo 
durante  las  tres  primeras  décadas  del  siglo  XVII  lo  constituye  la 
polémica  sobre  si  se  debía  mantener  en  Coro  la  Catedral  y  su  capítulo 
o  si  sería  prejerible  mudar  la  sede  a  Caracas,  cabeza  política  de  la 
Provincia  venezolana  en  donde  jijaron  su  residencia  los  diversos 
Obispos  que  se  sucedieron  durante  ese  período.  Finalmente,  se  ve- 
rijicó  el  cambio  de  heclio,  cuando  los  miembros  del  Cabildo  se  tras- 
ladaron a  Caracas  y  realizaron  allí  su  primera  reunión  el  18  de 
marzo  de  1636,  en  presencia  del  Obispo  Juan  López  Agurlo  de  la 
Mata.  La  sanción  jurídica  llegó  poco  después  mediante  Real  Cédula 
expedida  en  Aladrid  el  20  de  junio  de  1637  «  en  la  cual  se  manda 
que  permanentemente  esté  la  Santa  Iglesia  Catedral  en  esta  ciudad 
de  Santiago  de  León  de  la  Provincia  de  Caracas,  y  que  en  ella  resi- 
diesen el  Obispo  y  el  Deán  y  Cabildo  por  los  inconvenientes  que  había 
en  la  ciudad  de  Coro,  de  que  ya  se  había  tratado  en  el  Concilio  Pro- 
vincial celebrado  en  Santo  Domingo  el  año  de  1622  y  las  grandes 
ventajas  de  esta  dicha  ciudad  de  Santiago  de  León,  dejendida  por  su 
naturaleza,  habitada  de  muchos  vecinos  y  jorasteros,  rica  y  abundosa 
de  trigo,  maíz,  cacao,  corambre  y  otros  jrulos;  de  apacible  y  saludable 
temple,  y  de  muchos  y  buenos  edijicios,  con  estudio  público  de  gra- 
mática y  dos  conventos  donde  se  leían  artes  y  teología  y  donde  residía 
el  gobernador  y  ojiciales  reales  .  .  .  ».  Así  resume  Juan  José  Guzmán, 
en  cuidada  y  limpia  prosa  que  recuerda  la  de  Oviedo  y  Baños,  el 
acta  del  Cabildo  Eclesiástico  de  7  de  marzo  de  1638,  día  en  el  que, 
dejinitivamente,  Caracas  vino  a  convertirse  en  la  sede  episcopal  de 
la  diócesis  venezolana.  En  las  gestiones  relativas  al  traslado,  así 
como  en  las  actividades  que  emprendió  el  Cabildo  para  transjormar 
la  Iglesia  parroquial  de  Caracas  en  verdadera  Catedral,  tomó  parte 
muy  destacada  un  varón  de  recio  temple,  el  Deán  Bartolomé  de  Escoto, 
cuya  intervención  parece  haber  sido  determinante  en  el  asunto. 

El  Cabildo,  instalado  ya  en  Caracas,  y  el  sucesor  del  Obispo 
Agurto,  Fray  Jlauro  de  Tovar,  llevaban  adelante  con  entusiasmo  la 
reestructuración  de  la  Catedral  y  la  erección  de  un  seminario  dio- 
cesano, cuando  el  terrible  terremoto  de  11  de  junio  de  1641,  llamado 
por  la  jestividad  del  día  «  Terremoto  de  San  Bernabé  »,  vino  a  destruir 
casi  por  entero  a  la  ciudad  y  retrasó  por  muchos  años  la  realización 
de  aquellos  anhelados  proyectos.  Por  espacio  de  casi  cuatro  lustros 
la  naturaleza  y  los  hombres  parecieron  conspirar  de  consuno  contra 
el  progreso  de  Caracas:  a  los  ejectos  devastadores  del  temblor  vino 
luego  a  sumarse  una  agria  y  prolongada  desavenencia  entre  autori- 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


LI 


dades  civiles  y  eclesiásticas  de  la  provincia.  La  peste  hizo  también 
grandes  estragos  en  hombres  y  bestias,  mientras  las  costas  se  veían 
amenazadas  por  /Iotas  y  corsarios  enemigos.  La  conducta  del  Ca- 
bildo Eclesiástico  durante  esos  tristes  años  jue  verdaderamente  ejem- 
plar. La  je  viva  de  todos  sus  miembros,  así  como  el  caritativo  espíritu 
que  les  animaba,  se  pusieron  de  manijiesto  a  raíz  del  terremoto.  Sumas 
considerables,  para  la  ¿poca,  de  los  bienes  pertenecientes  a  la  Ca- 
tedral, jueron  distribuidas  entre  los  vecinos  más  ajectados  por  la 
catástrofe.  Poco  más  tarde,  cuando  hay  peligro  de  invasión  extranjera 
y  grupos  de  negros  cimarrones  andan  alzados  por  los  alrededores  de 
la  capital,  Obispo  y  Cabildo  ojrecen  «  sus  personas  y  las  de  todos 
los  clérigos  aun  para  apostarse  en  cualquiera  punto  »  lo  cual  da  la 
medida  de  la  energía  y  el  valor  de  aquellos  sacerdotes.  Eso  ocurría 
en  1642.  Eran  tiempos,  como  lo  anota  el  secretario  Guzmán,  de  gran 
tribulación.  En  1643  no  hubo  ningún  cabildo,  ni  tampoco  en  1649, 
1650,  1651.  Entre  1644  y  1648  fueron  muy  escasas  las  reuniones 
pues  todas  las  energías  debían  estar  tensas  en  la  empresa  de  reedificar 
la  ciudad  y  sus  templos.  En  1653,  cuando  el  obispo  J/auro  de  Tovar 
abandona  la  Diócesis  por  su  traslado  a  Chiapa,  el  Cabildo  Ecle- 
siástico, que  había  sido  testigo  y  aun  actor  al  lado  de  su  Prelado  de 
los  choques  con  el  Gobernador  de  la  Provincia,  manifestó  sus  senti- 
mientos de  solidaridad  y  de  respeto  hacia  el  Obispo. 

De  1665  a  1675,  la  atención  del  Cabildo  parece  haberse  concen- 
trado principalmente  en  la  reedificación  de  la  Catedral.  Luego,  acto 
seguido,  secundará  los  esfuerzos  de  los  obispos  Antonio  González  de 
Acuña  y  Diego  de  Baños  y  Sotomayor  para  establecer  y  organizar 
el  seminario  de  Santa  Rosa,  que  más  tarde  dará  origen  a  la  Real  y 
Pontificia  Universidad  de  Caracas.  Durante  el  siglo  XVLLI,  entre 
algún  resonante  proceso  como  el  que  le  opone  al  Cabildo  Alunicipal 
a  causa  del  pendón  de  la  ciudad,  el  Capítulo  de  la  Catedral  caraqueña 
alcanzará  su  máximo  esplendor,  centro  de  luces  por  la  sabiduría  y 
la  prudencia  que  suelen  distinguir  a  sus  miembros,  los  cuales  cada 
vez  con  mayor  frecuencia  son  escogidos  entre  los  más  cultos  y  vir- 
tuosos individuos  del  clero  criollo.  El  Cabildo  se  convertirá  asimismo 
en  un  verdadero  semillero  de  obispos,  sobre  todo  a  mediados  del  siglo 
XVIII;  ya  en  1677,  el  Deán  Marcos  de  Sobremontes  había  sido 
promovido  al  Obispado  de  Puerto  Rico;  en  1739  el  Deán  José  Mijares 
de  Solórzano  —  de  la  casa  de  los  Marqueses  de  Alijares  —  pasará, 
con  la  dignidad  episcopal,  a  Santa  Alarla;  y  en  1753,  1756,  1757, 
respectivamente,  el  Tesorero  José  Alartínez  de  Porras,  el  Arcediano 


LII 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


Jlanuel  de  Sosa  y  Betancourt,  el  Chantre  Pedro  Tantarán,  serán 
promovidos  a  los  obispados  de  Puerto  Rico,  de  Cartagena  de  Indias, 
y  de  Durango.  Como  se  ha  recordado  al  comienzo  de  estas  notas,  en 
1791  el  Chantre  Francisco  de  I barra,  natural  de  Guacara,  es  de- 
signado Obispo  de  Guayana,  y  más  tarde  se  le  traslada  al  Obispado 
de  Caracas,  y  al  ser  éste  elevado  a  Arzobispado,  se  convierte  en  el 
primer  Arzobispo  de  Venezuela.1 

Así,  no  puede  extrañar  que  un  observador  tan  perspicaz  de  la 
nealidad  venezolana  como  lo  fue  en  las  postrimerías  del  período 
hispánico  Francisco  Depons,  se  expresara  del  modo  siguiente: 

«  En  las  posesiones  españolas  no  se  conceden  las  canonjías  sino 
a  individuos  escogidos  por  el  Rey,  quien  cuida  siempre  de  que  la 
elección  recaiga  en  persona  de  mérito.  En  ejecto,  como  estos  empleos 
requieren  más  constancia  que  actividad  y  son  propios  para  personas 
sedentarias,  casi  siempre  se  recompensa  con  ellos  a  curas  viejos, 
fatigados  por  el  celo  con  que  atendieron  sus  parroquias,  Jamás  he 
visto  entre  los  canónigos,  uno  que  de  sus  rentas  tome  más  de  lo  indis- 
pensable y  deje  de  repartir  el  resto  entre  sus  parientes  y  los  pobres 
de  la  ciudad  ».2 

Y  es  muy  digna  igualmente  de  mención  la  opinión  que  el  Precursor 
Francisco  de  Jliranda  le  expresa  a  Bernardo  0  Higgins: 

«  Es  un  error  creer  que  todo  hombre,  porque  tiene  una  corona 
en  la  cabeza  o  se  sienta  en  la  poltrona  de  un  canónigo,  es  un  janático 
intolerante  y  un  enemigo  decidido  de  los  derechos  del  hombre.  Conozco 
por  experiencia  que  en  esta  clase  existen  los  hombres  más  ilustrados 
y  liberales  de  Sud- América  ».3 

*  * 

Estamos  seguros  de  que  las  horas  que  el  lector  pase  sumergido 
en  esas  aguas  del  pasado,  sosegadas  y  límpidas  unas  veces,  turbias 
y  revueltas  otras,  no  serán  perdidas.  Pues  los  hombres  que  con  po- 


1  Anales,  pág.  527. 

2  Francisco  Depons.  Viaje  a  la  parte  oriental  de  Tierra  Firme  en  la 
América  Meridional.  2  vols.  Edición  del  Banco  Central  de  Venezuela  Colec- 
ción histórico-económica  venezolana,  nos.  IV  y  V.  Traducción  de  Enrique 
Planchart.  Estudio  Preliminar  y  notas  por  Pedro  Grases.  Caracas,  1960.  (vol. 
I,  págs.  233-234). 

3  Citado  por  Caracciolo  Parra  Pérez,  El  Régimen  español  en  Vene- 
zuela, Madrid,  1932,  pág.  119. 


ESTUDIO  PRELIMINAR 


luí 


deroso  espíritu  de  cuerpo  constituyeron  el  Cabildo  Eclesiástico  —  en 
Coro,  desde  la  erección  de  la  Diócesis  hasta  1636,  en  Caracas  desde 
el  año  siguiente  hasta  1808,  en  vísperas  ya  de  un  cambio  radical  — 
contribuyeron  de  un  modo  notable  a  configurar  el  rostro  de  Venezuela. 

Manuel  Pérez  Vila. 


Caracas,  octubre  1963. 


INDICE  CRONOLOGICO 


de  lo  contenido  en  los  Libros  de  Acuerdos  Capitulares 
del  Muy  Venerable  Señor  Deán  y  Cabildo  de  esta  Santa 
Iglesia  Metropolitana  de  Caracas  y  Venezuela. 


9 


Nota  Preliminar 


La  erección  de  esta  Santa  Iglesia  en  Catedral,  fue  hecha  en 
la  ciudad  de  Coro  por  la  bula  que  inicia:  Pro  excellenti  prea- 
minentia,  expedida  por  el  Sumo  Pontífice,  siéndolo  el  señor  Cle- 
mente VII,  en  San  Pedro  de  Roma  a  21  de  junio  de  1531,  en 
cuya  virtud  su  primer  Obispo  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Rodrigo  de  las 
Bastidas,  estando  en  Medina  del  Campo  de  España  formó  allí 
en  4  de  junio  de  1532  las  reglas  de  su  establecimiento  y  gobierno 
o  formal  erección:  lo  cual  consta  de  la  que  existe  copiada  en  los 
mismos  libros  capitulares.  No  se  sabe  cuando  vino  a  Coro  este 
primer  prelado,  pues  el  libro  más  antiguo  existente  comienza 
en  el  año  de  1580;  y  parece  que  aún  entonces  no  había  otro, 
pues  solo  éste  se  apunta  en  un  inventario  extendido  al  folio  127 
de  él.  Mas  por  una  relación  que  se  halla  en  uno  de  los  de  la  se- 
cretaría arzobispal,  formada  según  se  apunta  en  su  inicio  por 
algunos  documentos  vistos,  por  el  libro  de  la  conquista  de  esta 
Provincia,  y  por  el  de  una  relación  de  la  Religión  de  Santo  Domin- 
go resulta  que  en  el  tiempo  intermedio  gobernó  el  obispado  el  dicho 
Illmo.  Sor.  Bastidas  desde  el  año  de  1536  hasta  el  de  1542  en  que 
fue  promovido  al  obispado  de  Puerto  Rico:  que  le  sucedió  el 
Illmo.  Sor.  Dn.  Miguel  Jerónimo  Ballesteros  desde  el  año  de  43 
hasta  el  de  58  en  que  falleció  en  la  dicha  ciudad  de  Coro:  que 
a  éste  siguió  aunque  no  vino,  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Bartolomé  (no 
se  dice  el  apelativo)  según  se  expresa  en  las  bulas  del  sucesor, 
que  fué  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Pedro  de  Agreda  el  cual  fue  electo 
en  23  de  junio  de  1561,  y  murió  en  Coro  en  el  dicho  año  de  1580. 
En  cuya  inteligencia  comienza  el  índice  del  modo  siguiente: 


2  —  Actat,  i. 


2 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  di  1580. 

En  acta  de  3  de  septiembre,  estando  vacante  la  silla  obispal, 
y  componiéndose  el  Cabildo  de  sólo  los  señores  Dn.  Francisco 
López  de  Gamboa  Deán,  Dn.  Antonio  de  los  Ríos  Arcediano,  y 
Dn.  Francisco  López  Chantre,  y  de  los  cuales  estaba  entonces 
ausente  el  dicho  señor  Deán,  se  nombró  por  notario  (no  se  dice 
que  hubiese  habido  otro  anterior)  a  Juan  Tello.  Sólo  firmaron  los 
dos  señores  asistentes:  y  por  los  mismos  seguidamente  autori- 
zando este  notario,  se  hubo  por  presentada  una  Real  Provisión 
del  Sor.  Rey  Dn.  Felipe  (a  semejanza  de  las  canongías)  expedida 
en  San  Lorenzo  a  14  de  abril  de  1579  en  que  se  presenta  al  pres- 
bítero Bernardo  Vallejo  por  cura  de  la  ciudad  de  Santiago  de 
León;  no  dice  si  estaba  vacante  por  promoción  o  fallecimiento 
de  otro,  ni  si  este  cura  fue  el  primero.  Se  obedeció  con  la  cere- 
monia de  besar  y  poner  sobre  la  cabeza  esta  Real  Provisión,  y  se 
mandó  comparecer  personalmente  al  dicho  presentado.  (Libro  1, 
fol.  1). 

En  el  mismo  día  en  otra  acta  se  dice,  que  pues  el  Sor.  Deán 
ausente  y  el  Sor.  Chantre  eran  curas  de  la  catedral,  como  anti- 
guamente lo  habían  sido  sus  antepasados,  por  la  pobreza  y  pe- 
nuria de  las  pocas  rentas  de  la  Iglesia  y  de  la  mesa  capitular  y 
que  por  ella  no  se  podían  sustentar  sin  los  curatos,  y  esto  con 
mucha  pobreza  y  miseria;  y  que  el  Sor.  Chantre  estaba  enfermo 
de  un  brazo;  se  nombró,  mientras  volvía  el  Sor.  Deán,  por  cura 
interino  al  padre  Mateo  Alvarez.  (Libro  1,  fol.  1). 

En  24  de  dicho  mes  de  septiembre,  a  instancia  del  padre  Blas 
de  la  Puente,  apoderado  del  padre  Bernardo  Vallejo,  se  admitió 
a  aquél  a  recibir  en  nombre  de  éste,  la  colación  del  curato  de 
Santiago  de  León  con  condición  de  que  dentro  de  tres  meses,  y 
bajo  la  multa  de  10  pesos  de  oro,  presentase  los  autos  del  examen 
que  se  le  hizo  en  aquella  ciudad,  y  que  entretanto  se  depositasen 
las  letras  de  la  colación  en  Alonzo  Arias  Baca,  vecino  de  Coro. 
(Libro  1,  fol.  2). 

Sigue  una  copia  de  las  letras  de  colación  con  inserción  de 
la  Real  presentación,  fechas  en  25  de  octubre  del  propio  año, 
en  ellas  se  dice  haber  sido  examinado  diligentemente  el  cura 
presentado,  y  se  manda  a  los  venerables  vicarios  y  cura  de  la 
dicha  ciudad  de  Santiago  de  León,  en  virtud  de  santa  obediencia 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1580 


3 


y  pena  de  excomunión  mayor  y  de  cien  pesos  de  oro  aplicados 
a  obras  pías,  que  lo  reciban  y  le  den  la  posesión.  (Libro  1, 
fol.  3). 

En  21  de  noviembre,  por  haber  fallecido  el  notario  Juan 
Tello  se  nombró  por  notario  público  del  Cabildo  a  Ambrosio 
Ruíz,  que  allí  mismo  aceptó  y  juró.  (Libro  1,  fol.  3). 

En  el  mismo  día  se  hubo  por  presentada  una  Real  Provisión 
de  la  Real  Audiencia  de  Santo  Domingo,  con  inserción  de  una 
Real  Cédula,  en  que  se  presentó  al  padre  Blas  de  la  Puente  por 
cura  de  la  ciudad  de  la  Nueva  Segovia  de  Barquisimeto,  con 
adición  de  las  diligencias  operadas  en  cuanto  al  inconveniente 
que  se  ofrecía  al  Sor.  Gobernador  de  Caracas  a  recibir  la  colación 
en  25  del  propio  mes  de  noviembre,  asegurándose  ser  persona 
idónea;  y  se  le  mandó  poner  en  posesión.  (Libro  1,  fol.  3). 

En  10  de  diciembre,  por  estar  ausente  Ambrosio  Ruíz,  se 
nombró  por  Notario  del  Cabildo  a  Bartolomé  de  Castells,  y  en 
el  mismo  acto  aceptó  y  juró.  (Libro  1,  fol.  6). 

En  23  del  mismo,  se  nombró  por  mayordomo  de  fábrica  de 
la  catedral  a  Francisco  Rodríguez  vecino  de  Coro  (que  parece 
ser  el  mismo  notario)  y  se  le  señalaron  12  pesos  de  plata  de  renta 
anual,  como  era  costumbre  y  se  había  señalado  a  los  anteriores 
mayordomos  de  fábrica.  Y  en  este  Cabildo  y  los  dos  antece- 
dentes asistía  sólo  el  Sor.  Chantre  Dn.  Francisco  López  por 
ausencia  de  los  demás  señores  capitulares.  (Libro  1,  fol.  6). 

En  20  de  abril,  habiendo  tenido  noticia  el  Cabildo,  que  en 
la  ciudad  de  Caravalleda  de  la  provincia  de  Caracas,  estaba 
un  vecino  de  ella  viviendo  en  mal  estado  con  su  suegra,  se  dió 
comisión  a  Bernardo  Vallejo,  vicario  de  la  ciudad  de  Santiago 
de  León,  para  que  pasase  a  aquella  ciudad  a  evacuar  sumaria, 
quedando  reservada  al  Cabildo  la  sentencia.  (Libro  1,  fol.  7). 

En  9  de  junio  se  acordó  escribir  una  carta  al  Rey,  poniendo 
presente  la  gran  pobreza  de  la  Iglesia,  y  pidiendo  a  Su  Majestad 
una  limosna.  (Libro  1,  fol.  7). 

En  14  del  mismo,  se  concedió  licencia  al  Sor.  Arcediano  Dn. 
Antonio  de  los  Ríos,  para  que  por  tres  o  cuatro  meses,  como 
había  pedido,  pudiese  pasar  a  tierra  adentro  a  negocios  propios 
de  él.  Y  al  mismo  tiempo  se  le  nombró  por  visitador  del  obispado, 
y  se  mandó  a  los  vicarios  y  curas  que  lo  recibiesen  y  obedeciesen 
bajo  la  pena  de  excomunión  mayor,  y  de  cien  pesos  de  oro  apli- 
cados para  la  fábrica  de  la  Iglesia.  (Libro  1,  fol.  8). 


4 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  2  de  agosto,  se  nombró  por  sacristán  mayor  de  la  ca- 
tedral al  padre  Rodrigo  García,  clérigo  subdiácono.  Y  no  se  dice 
si  antes  hubo  otro.  (Libro  1,  fol.  8). 

En  30  de  octubre,  habiéndose  presentado  Luis  de  Larraga 
tesorero  de  la  Santa  Cruzada  con  tres  Reales  Cédulas,  sobre  la 
publicación  de  la  bula,  y  unas  letras  del  Rmo.  comisario  ge- 
neral Dn.  Pedro  Velarde,  se  prestó  a  todo  el  obedecimiento  por 
el  Cabildo.  (Libro  1,  fol.  9). 

En  19  de  noviembre,  se  presentó  en  el  Cabildo  el  Illmo.  Sor. 
Dn.  Fr.  Juan  de  Manzanillo,  obispo  electo  de  esta  diócesis; 
y  habiendo  exhibido  una  Real  Cédula  expedida  en  Badajoz  a  14 
de  octubre  de  15&0,  en  que  se  avisa  estar  presentado  para  obispo 
de  esta  diócesis,  y  mandadas  impetrar  las  bulas,  se  previene  que 
se  le  entregue  el  gobierno  del  obispado:  el  cabildo  no  solamente 
se  lo  entregó,  sino  que  le  dió  posesión  sentándole  en  la  Silla 
obispal  y  entregándole  las  llaves  de  la  Iglesia.  Firmó  su  señoría 
Illma.  poniendo  así  Fr.  Joannes  Episcopus  eíectus  V entzuelensis: 
a  lo  cual  sigue  una  diligencia,  en  que  el  Cabildo  traslada  a  su  Sría. 
Tilma,  toda  la  jurisdicción  que  tenía.  (Libro  1,  fol.  9  vto.). 

En  11  de  diciembre,  presente  su  Sría.  Illma.,  se  mandó  al 
mayordomo,  que  pagase  a  Diego  de  Molina  40  pesos  por  el  tra- 
bajo de  las  puertas  que  tenía  hechas  en  la  Iglesia.  (Libro  1,  fol. 
10  vto.). 

En  el  mismo  día  se  mandó  que  se  hiciesen  sillas  para  sentarse 
en  el  coro  los  señores  dignidades:  que  el  secretario  (así  se  titula 
ya  el  notario  del  Cabildo)  hiciese  el  juramento  de  guardar  secreto 
pena  de  excomunión  mayor  y  de  50  pesos  de  oro  para  la  Iglesia 
y  que  todos  los  sábados  al  ponerse  el  sol  se  cantase  con  mucha 
devoción  la  salve  a  la  Santísima  Virgen  María  Nuestra  Señora; 
para  cuyo  acto  diese  el  mayordomo  de  la  cofradía  candelas  a 
los  hermanos  que  asistieren.  (Libro  1,  fol.  11). 

En  el  propio  día,  se  hizo  nombramiento  de  sochantre  en  Pedro 
Juárez,  imponiéndosele  la  obligación  de  asistir  a  todas  las  horas 
en  la  Iglesia  y  hacer  aquello  que  fuese  necesario;  y  asimismo 
de  enseñar  a  cantar  a  todos  los  ordenantes;  señalándosele  el  sa- 
lario anual  de  cincuenta  pesos  de  plata;  pero  no  se  dice  de  cuales 
rentas.  (Libro  1,  fol.  11). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1582 


5 


Ano  de  1582. 

En  5  de  enero,  presente  su  Sría.  Illma.,  se  dispuso  que  se 
pusiese  una  reja  a  la  pila  de  agua  del  bautismo,  y  se  hiciese  una 
cajita  para  poner  el  Santo  Oleo  y  Chrisma.  Y  en  este  mismo 
acto  se  dio  licencia  al  Sor.  Arcediano  Dn.  Antonio  de  los  Ríos 
para  que  pudiese  pasar  al  nuevo  Reino  de  Granada  a  cosas  que 
le  convenían,  por  ser  comisario  del  Santo  Oficio.  (Libro  1, 
fol.  11  vto.). 

En  12  del  mismo,  presente  el  sobredicho  Illmo.  Sor.  Obispo 
electo,  se  dispuso  que  no  se  usase  del  misal  viejo,  y  que  para  las 
misas  se  sirviesen  con  el  nuevo  que  trajo  su  Sría.  Illma.,  entre- 
tanto Su  Majestad  remediaba  las  necesidades  de  la  Iglesia.  Se 
mandó  también,  que  se  guardasen  las  ceremonias  del  nuevo, 
rezado,  bajo  la  pena  de  excomunión  papal  puesta  en  él.  Y  así 
mismo,  se  hizo  nombramiento  en  el  mayordomo  Francisco  Ro- 
dríguez, para  que  saliese  a  cobrar  lo  que  se  debía  a  la  Iglesia  de 
escusados,  y  de  otras  cualesquiera  cosas  que  le  perteneciesen. 
(Libro  1,  fol.  11). 

En  17  del  propio  mes,  presente  su  Sría.  Illma.  se  dispuso  que 
fuese  desde  luego  el  mayordomo  a  las  cobranzas  de  lo  que  se 
debía  a  la  Iglesia,  señalándosele  por  su  trabajo  cincuenta  pesos 
de  oro.  (Libro  1,  fol.  12). 

En  19  del  mismo,  presente  su  Sría.  Illma.  se  acordó  que  tres 
o  cuatro  vecinos  saliesen  por  fiadores  para  la  cobranza  de  la  mo- 
neda de  la  Santa  Iglesia  que  estaba  en  Caracas.  (Libro  l,fol.  12  vto.) 

En  23  del  mismo,  presente  su  Sría.  Illma.,  se  dispuso  que 
se  hiciese  un  escaño  de  tres  asientos  para  los  sacerdotes  en  el  altar 
mayor:  que  se  hiciesen  bolsas  de  corporales  de  tafetán  carmesí; 
guardar  los  libros  de  canto,  y  demás  del  Oficio  Divino.  (Libro  1, 
fol.  12). 

En  26,  se  dispuso  que  todos  los  sacerdotes  trajesen  corona 
abierta  y  que  los  servidores  de  la  Iglesia  en  los  Domingos  y  fiestas 
y  demás  que  fuese  necesario  usasen  de  sobrepelliz  para  mayor 
reverencia.  (Libro  1,  fol.  13). 

En  30,  presente  su  Sría.  Illma.,  se  juntaron,  y  no  hubo  cosa 
necesaria  de  que  tratar.  (Libro  1,  fol.  13). 

En  9  de  febrero,  se  reiteró  el  mandato  de  que  los  ministros 
de  la  Iglesia  curas  y  beneficiados  en  el  rezo  y  misa  se  arreglasen 


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FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


al  nuevo  romano:  que  los  sábados  muy  de  mañana  se  cantase 
la  Misa  de  Nuestra  Señora  por  el  cura  semanero;  y  que  por  el 
otro  se  dijese  la  Misa  mayor  del  día  y  que  por  este  mismo  orden 
se  cantase  los  lunes  la  Misa  de  las  Benditas  Animas.  (Libro  1, 
fol.  13). 

En  16  del  mismo,  presente  su  Sría.  Illma.,  se  nombró  por 
secretario  del  Cabildo,  por  ausencia  de  Francisco  Rodríguez  a 
Rodrigo  Suárez  notario  que  era  de  la  Audiencia  Episcopal,  y 
en  el  mismo  acto  aceptó  y  juró,  y  se  le  mandaron  guardar  los 
privilegios  de  tal  secretario  pena  de  excomunión  mayor  y  de 
cincuenta  pesos  de  oro,  la  mitad  para  la  Iglesia,  y  la  otra  mitad 
para  penas  de  cámara  del  Fisco  Episcopal.    (Libro   1,  fol.  13). 

En  el  mismo  día,  se  dispuso  que  ninguno,  aunque  fuese  Pre- 
bendado, en  adelante  entrase  al  coro  sin  sobrepelliz  estando  en 
las  horas,  y  que  ninguno  de  los  señores  falte  sin  tener  impedi- 
mento legítimo,  y  expresa  licencia  del  que  presidiere:  y  se  nombró 
al  sochantre  para  apuntar  las  fallas.  (Libro  1,  fol.  14). 

En  20  del  mismo,  se  acordó  escribirse  al  Rey,  dando  el  Cabildo 
a  Su  Majestad  las  gracias  por  haber  concedido  a  esta  diócesis 
tan  buen  prelado  cual  le  convenía;  y  se  cometió  al  señor  Deán 
el  escribir  la  carta,  y  que  escrita,  se  trajese  al  Cabildo  para  fir- 
marla. (Libro  1,  fol.  14). 

En  23  del  mismo  se  aprobó  la  carta  y  se  firmó.  (Libro  1,  fol.  14). 

En  9  de  marzo,  se  acordó  que  se  avisase  a  los  ordenantes  de 
prima  tonsura  para  arriba,  habitantes  en  la  ciudad,  que  asistiesen 
a  las  horas  canónicas,  pues  tanto  provecho  espiritual  se  les  seguía, 
y  que  estas  son  las  armas  de  los  soldados  de  Jesucristo.  (Libro  1, 
fol.  14  vto.). 

En  13  del  mismo,  se  reiteró  el  mandato  del  atril  o  facistol 
del  coro  por  no  haberlo  hecho  al  mayordomo,  y  se  le  previno  que 
comprase  bocraz  negro  y  azul  obscuro  para  poner  frontal  a  los 
dos  altares  colaterales  en  la  cuaresma.  (Libro  1,  fol.  14). 

En  1 1  de  mayo  se  acordó,  que  el  oficio  divino  se  haga  con  la 
autoridad  y  decencia  conveniente,  de  modo  que  el  pueblo  cris- 
tiano fuese  edificado.  (Libro  1,  fol.  14). 

En  12  de  junio,  presente  su  Sría.  Illma.,  se  acordó  tomarse 
las  cuentas  al  mayordomo  de  la  Iglesia  Francisco  Rodríguez 
que  ya  había  regresado,  de  lo  que  había  cobrado  de  los  escusados 
y  de  lo  que  debía  a  la  Iglesia  el  difunto  prelado  Sor.  Dn.  Fr.  Pedro 
de  Agreda.  Y  en  este  mismo  acto  se  dispuso  que  toda  la  octava 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1583 


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de  Corpus  Christi  a  prima  se  sacase  el  Santísimo  Sacramento, 
y  se  pusiese  en  el  altar  mayor  con  cuatro  candelas  encendidas 
y  dos  hachas;  y  lo  mismo  desde  nona  hasta  acabar  las  vísperas; 
y  que  después  de  éstas  se  hiciese  procesión  por  dentro  de  la  Iglesia 
con  toda  solemnidad.  (Libro  1,  fol.  15). 

En  26  de  julio,  se  dispuso,  que  en  las  cuatro  pascuas  del  año, 
y  fiestas  de  Corpus,  de  la  Asención,  de  San  Pedro,  de  Santiago, 
de  San  Juan  Bautista,  y  de  la  señora  Santa  Ana  Patrona  de  la 
ciudad,  se  aderesase  la  Iglesia  de  ramos  y  juncia  (es  hierba  olo- 
rosa) y  se  limpiase  como  mejor  conviniese.   (Libro  1,  fol.  15). 

En  25  de  agosto,  presente  su  Sría.  Illma,  se  mandaron  pagar 
cuarenta  pesos  de  plata  al  carpintero  que  trabajó  el  pulpito 
para  la  Iglesia.  (Libro  1,  fol.  15  vto.). 

En  10  de  octubre,  habiendo  representado  el  mayordomo  de 
fábrica  Francisco  Rodríguez  que  había  cobrado  en  virtud  del 
encargo  que  se  le  hizo  en  Acta  de  17  de  enero  588  pesos,  y  cinco 
tomines  de  plata  corriente  de  diez  reales  cada  peso,  que  reunidos 
a  oro  fino  de  a  diez  y  seis  reales  cada  un  peso,  montan  367  pesos 
6  tomines  y  6  granos:  se  dispuso  que  se  pagase  de  los  50  pesos 
de  oro  que  se  le  habían  ofrecido  por  su  trabajo,  con  más  12  pesos 
y  dos  tomines  que  se  dieron  para  ayuda  de  costa,  y  que  del  resto 
se  hiciese  cargo.  (Libro  1,  fol.  15). 

En  18  del  mismo,  enunciándose  la  necesidad  de  que  hubiese 
dos  muchachos  de  coro,  que  en  la  Iglesia  sirviesen  de  lo  nece- 
sario, se  hizo  el  nombramiento  en  Antonio,  hijo  de  Jerónimo 
Valenzuela,  y  en  Alonzo  hijo  de  Martín  Jorge,  y  se  les  señala 
por  su  trabajo  el  estipendio  anual  de  diez  pesos  de  plata  corriente, 
de  las  rentas  de  la  Iglesia  para  ellos,  y  los  que  en  adelante  así 
sirviesen,  y  que  sus  padres  y  madres  otorgasen  las  cartas  de 
pago.  (Libro  1,  fol.  16). 

Año  de  1583. 

En  15  de  enero,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  electo,  se  dis- 
puso que  el  mayordomo  de  fábrica  Francisco  Rodríguez  para 
la  compra  de  un  cáliz,  entregase  a  su  Sría.  Illma.,  trece  pesos,  dos 
tomines  y  ocho  granos  de  oro  fino.  (Libro  1,  fol.  16  vto.). 

En  8  de  abril,  por  haberse  ausentado  de  la  ciudad  el  secretario 
Rodrigo  Suárez,  fué  nombrado  por  notario  y  secretario  de  Ca- 


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FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


blldo  Juan  de  Arteaga,  y  en  el  mismo  acto  aceptó  y  juró.  (Libro  1, 
fol.  16). 

En  6  de  junio,  se  dispuso  que  para  que  la  Iglesia  fuese  ser- 
vida, como  es  razón,  y  celebrado  el  culto  divino,  que  aunque 
entonces  era  sacristán  Juan  Gil  Morcillo,  para  más  abundancia 
se  le  nombró  por  compañero  a  Francisco  Ramírez,  atento  el  man- 
damiento hecho  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  electo:  y  se  señaló  de 
salario  a  ambos  sacristanes  30  pesos  de  plata  cada  año  de  las 
rentas  de  la  Iglesia;  por  ser  poco  el  que  Su  Majestad  (esta  ex- 
presión Su  Majestad  la  pongo  porque  en  el  original  se  pone  su  m. ; 
sino  es  que  acaso  diría  su  merced  por  el  Cabildo)  les  daba,  y  que 
se  había  de  cobrar  fuera  de  esta  provincia.  Y  en  este  Cabildo 
vuelve  a  autorizar  el  secretario  Francisco  Rodríguez,  y  prosigue. 
(Libro  1,  fol.  17). 

En  7  del  mismo,  expresándose  el  gran  riesgo  en  que  estaba 
el  Santísimo  Sacramento,  por  ser  la  Iglesia  hecha  de  pajas,  y 
que  para  evitarlo  se  había  hecho  concierto  con  un  oficial  de  alba- 
ñilería  de  trabajarla  por  el  precio  de  500  pesos  de  oro,  según  la 
Escritura  que  estaba  otorgada  con  inteligencia  del  Cabildo  se- 
cular a  quien  se  había  pedido  favor  y  ayuda,  para  que  tanta 
obra  no  pereciese,  y  lo  tenía  ofrecido  como  tan  importante  y 
por  ser  Coro  el  pueblo  más  antiguo  de  esta  Gobernación:  se  acordó 
que  pues  ya  estaba  puesta  la  obra  en  efecto,  se  daba  nuevamente 
poder  al  mayordomo  de  fábrica  para  que  acudiese  a  las  cosas 
de  gastos  que  fueren  menester.  (Libro  1,  fol.  17  vto.). 

En  3  de  septiembre,  a  fin  de  que  mejor  prosiguiese  la  obra 
del  nuevo  edificio,  fué  nombrado  un  hombre  para  andar  con  la 
carreta,  domar  bueyes  y  hacer  todo  aquello  que  cumpliese  a  la 
Iglesia,  y  se  concertó  por  50  pesos  de  plata  de  a  diez  reales  por 
un  año  y  dos  reales  de  carne  cada  semana.  (Libro  1,  fol.  18). 

En  el  mismo  día,  habiéndose  presentado  por  escrito  Francisco 
López,  mayordomo  de  la  cofradía  de  Nuestra  Señora  de  la  Con- 
cepción, relacionando  que  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  le  había  mandado 
por  auto  y  con  censuras  que  se  hiciese  un  hospital,  y  que  ya  lo 
tenía  hecho  con  todo  lo  demás  que  se  le  había  prevenido  y  supli- 
cando al  Cabildo  que  sus  mercedes  nombrasen  mayordomo;  se 
acordó  nombrar  como  nombraron  al  mismo  Francisco  López  por 
mayordomo  del  hospital,  como  que  lo  era  de  la  cofradía,  a  cuya 
costa  se  había  hecho;  y  se  le  dió  el  mismo  título  de  la  Concepción: 
se  le  encargó  lo  ejerciese  con  caridad  y  cristiandad  a  beneficio 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1585 


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de  los  pobres  enfermos:  y  al  mismo  tiempo  para  que  con  más 
cuidado  fuese  servido  el  hospital,  se  hizo  nombramiento  de  dipu- 
tados coadjutores  a  Alonzo  Arias  Baca  y  a  Gaspar  Baes:  y  en 
este  propio  acto  aceptaron  todos  sus  nombramientos.  (Libro  1, 
fol.  18  vto.). 

Año  de  1584. 

En  8  de  enero,  habiéndose  presentado  el  Illmo.  Sor.  Diego 
Gutiérrez  de  Camargo,  presentando  un  trasunto  (que  no  se  halla 
copiado  en  el  libro)  de  las  bulas  despachadas  al  Illmo.  Sor.  Dn. 
Fr.  Juan  Martínez  de  Manzanillo  (no  se  dice  donde  estaba)  y 
pidiendo  en  virtud  del  poder  que  también  se  dice  haber  presen- 
tado, se  le  diese  la  posesión  de  esta  diócesis:  y  vistas  las  bulas 
y  poder,  se  mandó  poner  una  silla  en  el  lugar  tocante  a  la  Dig- 
nidad Episcopal;  y  habiéndose  sentado  en  ella,  le  entregaron 
todas  las  llaves  de  la  Iglesia  con  que  aprehendió  y  tomó  quieta 
y  pacíficamente  la  posesión  en  presencia  de  todo  el  pueblo  que 
se  hallaba  allí  congregado;  y  no  se  dice  de  más  ceremonias.  Y 
advierto  que  al  fol.  30  de  este  mismo  libro  en  el  encabezamiento 
de  un  título  allí  copiado,  se  titula  obispo  de  Venezuela  y  pro- 
vincia de  Caracas,  y  de  las  Islas  de  Curazao,  Aruba  y  Bonaire. 
No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año.  (Libro  1,  fol.  20). 


Año  de  1585. 

En  21  de  enero,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  que  aquí  se 
firma  Fr.  Joannes  Episcopus:  se  dice  que  congregados  el  Cabildo 
en  las  casas  episcopales,  trataron  de  cosas  espirituales  y  lo  for- 
maron. (Libro  1,  fol.  20  vto.). 

En  27  del  mismo,  presente  su  Sría.  Illma.,  en  las  casas  epis- 
copales, se  dispuso  que  el  Sor.  Chantre  ejerciese  las  funciones  de 
tesorero  para  mirar  por  los  ornamentos  y  que  estuviesen  bien 
tratados  y  mirados,  y  listas  las  demás  cosas  tocantes  al  oficio 
de  tesorero,  por  no  tenerlo  la  Santa   Iglesia.   (Libro  1,  fol.  21). 

En  8  de  febrero,  presente  su  Sría.  Illma.  en  las  casas  epis- 
copales, se  trató  de  la  reforma  que  se  había  de  tener  en  el  culto 
divino,  para  que  se  dijese  como  se  ha  de  decir,  y  con  la  estofa 
que  se  requiere,  y  se  dispuso  que  a  un  mozo  del  coro  se  añadiesen 


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FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


cinco  pesos  a  su  renta  de  diez  anuales,  y  que  se  hiciesen  unas 
bolsas  de  corporales.  (Libro  1,  fol.  21). 

En  22  del  mismo,  presente  su  Sría,  Illma.  y  en  cus  casas, 
habiéndose  presentado  por  dos  diputados  una  Real  Cédula,  y 
una  instrucción  para  la  publicación  de  la  bula  de  la  Santa  Cru- 
zada y  su  recibimiento,  se  prestó  el  obedecimiento;  y  manifestó 
su  Señoría  Illma.  y  el  Cabildo  estar  prontos  a  todo.  (Libro  1, 
fol.  21  vto.). 

En  15  de  octubre,  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  sus  casas, 
se  dispuso  (otra  vez)  que  ninguno  entrase  al  coro,  sin  que  fuese 
conforme  a  su  orden  clerical  con  bonete  y  sobrepelliz:  que  se 
dijese  el  oficio  divino  con  mucha  solemnidad,  y  que  los  señores 
Deán  y  Cabildo  hagan  su  oficio  conforme  a  la  erección,  y  haciendo 
en  el  coro  lo  que  allí  se  les  ordena.  Y  asimismo  para  quitar  muchos 
males  que  se  seguían  del  juego  de  naipes,  lo  prohibió  su  Sría. 
Illma.  (Libro  1,  fol.  22). 

En  27  de  noviembre,  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  sus  casas, 
se  mandó  que  los  sacerdotes  que  residían  en  la  ciudad,  de  este 
día  en  adelante  ninguno  anduviese  fuera  de  su  hábito  clerical, 
así  en  el  vestir,  como  en  lo  demás,  y  que  asistiesen  al  coro  a  las 
horas  del  día,  llevando  cada  uno  bonete  y  no  sombrero,  y  que  se 
ocupasen  pasando  los  ordinarios  dos  horas  al  día. 

En  31  de  diciembre,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  y  en  sus 
casas,  dijo  su  Sría.  Illma.  que  hasta  entonces  habían  usado,  y 
servido  el  oficio  de  cura  los  señores  Dn.  Francisco  Gomes  de 
Gamboa,  y  Dn.  Francisco  López  por  no  haber  sacerdotes,  y  que 
al  presente  los  había;  por  lo  cual  nombraba  y  nombró  a  los  padres 
Mateo  Col  de  Morales,  y  Francisco  Ramírez  dándoles  facultad 
para  que  ejerciesen  el  oficio  de  cura  de  esta  manera  que  admi- 
nistrasen los  Santos  Sacramentos  a  sus  feligreses,  que  enterrasen 
los  muertos  que  falleciesen  en  la  ciudad  de  Coro,  a  excepción  de 
cuando  se  pidiese  el  entierro  de  Deán  y  Cabildo  y  que  entonces 
se  les  diesen  seis  pesos  y  a  más  de  ellos  se  les  diese  el  acompa- 
ñamiento que  habían  de  hacer  al  Cabildo:  que  cantasen  la  Misa 
de  los  lunes  a  las  Benditas  Animas  oficiándolas  el  sacristán, 
y  que  entre  ellos  se  repartiese  la  limosna  que  las  Misas  rezadas 
de  los  testamentos,  se  distribuyesen  entre  ellos  y  el  Cabildo: 
que  las  Misas  cantadas,  de  los  sábados,  y  todas  las  que  saliesen 
de  las  cofradías  las  cantasen  los  señores  Deán  y  Cabildo:  que 
las  Misas  de  todos  los  días  se  dijesen  por  hebdómadas  por  cada 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1587 


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uno  de  aquellos  señores  y  de  los  curas,  como  les  cupiesen  excepto 
los  domingos  y  fiestas  que  las  habían  de  decir  aquellos  señores 
Deán  y  Cabildo:  que  los  dichos  dos  curas  fuesen  obligados  a 
asistir  en  el  coro  todos  los  domingos  y  fiestas  sábado  y  vísperas 
de  fiesta;  y  cuando  el  Cabildo  celebrase  alguna  fiesta  y  a  vestirse 
cuando  hubiese  necesidad  de  Diácono  y  Subdiácono  a  excepción 
de  cuando  fuese  Misa  de  devoción,  mortuorio,  u  otra  que  se  les 
había  de  pagar  su  vestuario.  Y  mandó  su  Sría.  Illma.  que  así 
se  intimase  y  notificase  a  los  señores  Deán  y  Cabildo  y  a  los 
curas.  Y  aunque  están  encabezados  los  señores  Deán  y  Chantre, 
sólo  firmó  el  Illmo.  Señor  Obispo,  y  sigue  la  diligencia  de  inti- 
mación. (Libro  1,  fol.  23). 

Año  de  1586. 

En  8  de  enero,  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  sus  casas,  se  nombró 
de  nuevo  a  Francisco  Rodríguez,  por  mayordomo  de  la  Iglesia, 
con  el  sueldo  anual  de  veinte  y  cuatro  pesos  de  plata  corriente: 
y  atentos  los  servicios  que  había  hecho  y  estaba  haciendo,  se  le 
concedieron  dos  sepulturas  para  él  y  para  su  mujer  Germana 
de  la  Peña.  (Libro  1,  fol.  23  vto.). 

En  6  de  junio,  se  nombró  por  sacristán  mayor  de  la  santa 
Iglesia  a  Juan  de  Soto  de  Acuña,  clérigo  presbítero.  Y  también 
se  nombró  a  Pedro  de  Arenas  por  mozo  de  coro.  (Libro  1,  fol.  24). 

En  30  de  septiembre,  habiéndose  presentado  en  nombre  del 
tesorero  de  la  Santa  Cruzada  tres  Reales  Cédulas,  sobre  reci- 
bimiento de  la  santa  bula,  y  una  instrucción  del  Rmo.  Comisario 
General  y  así  mismo  un  Vidimus  de  su  Santidad;  se  obedeció 
todo  con  las  ceremonias  de  estilo,  y  manifestó  el  Cabildo  estar 
pronto  al  recibimiento.  (Libro  1,  fol.  24  vto.). 

Año  de  1587. 

En  24  de  enero,  por  ausencia  y  ocupaciones  del  secretario 
Francisco  Rodríguez,  fué  nombrado  Francisco  Gómez;  y  en  el 
mismo  acto  aceptó  y  juró.  (Libro  1,  fol.  25). 

En  el  mismo  día  se  mandó  que  el  mayordomo  atendiese  como 
convenía  a  la  obra  del  nuevo  edificio  de  la  Iglesia,  y  se  reiteró 


12 


FUENTES   PARA   I.A   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


el  mandato  de  que  los  curas  asistan  con  sobrepelliz  y  bonete  a 
vísperas  y  salve;  pues  a  ello  estaban  obligados,  y  a  Dios  hacían 
servicio  para  la  estofa  y  ornato  de  la  Santa  Iglesia:  y  para  que  el 
sacristán  y  mozos  de  coro  asistiesen  a  lo  que  están  obligados 
por  su  oficio.  (Libro  1,  fol.  25). 

En  16  de  marzo,  estando  ausente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  y  re- 
mitido al  Cabildo  una  bula  de  su  santidad  para  que  perpetua- 
mente el  día  2  de  abril  se  rece  doble  común  a  San  Francisco  de 
Paula  confesor  no  pontífice;  el  Cabildo  prestó  su  obedecimiento, 
y  lo  mismo  hicieron  todos  los  sacerdotes  y  religiosos  que  se  ha- 
llaban en  la  ciudad  y  fueron  al  efecto  llamados  al  Cabildo:  y 
se  Ies  mandó  que  lo  pusiesen  en  el  calendario.  (Libro  1,  fol. 
25  vto.). 

En  el  mismo  Cabildo  se  dispuso  que  el  mayordomo  pudiese 
nombrar  un  hombre  que  asistiese  a  la  obra  de  la  construcción 
de  la  Iglesia,  y  que  cuidase  de  los  bueyes  y  carreta,  pagándole 
el  correspondiente  salario.  (Libro  1,  fol.  25  vto.). 

En  17  de  marzo,  se  nombró  por  sacristán  mayor  de  la  Santa 
Iglesia  al  Reverendo  Padre  Fr.  Juan  Ramos,  Sacerdote  del  Orden 
de  San  Francisco;  y  se  mandó  que  se  le  diesen  sus  estipendios 
correspondientes,  y  lo  recibieron  por  tal  sacristán  mayor,  pena 
de  excomunión  y  de  20  pesos  de  oro  para  la  Iglesia.  (Libro  1, 
fol.  26). 

En  12  de  junio,  por  haberse  retirado  uno  de  los  mozos  del 
coro,  se  nombró  a  Marcos  Arias.  (Libro  1,  fol.  26  vto.). 

En  13  de  julio,  por  haberse  retirado  el  sobredicho  religioso 
Fr.  Juan  Ramos,  se  nombraron  por  sacristanes  mayores  simul- 
táneamente a  Marcos  Arias  y  Antonio  Valenzuela,  clérigos  ton- 
surados, y  se  les  mandó  entregar  la  plata  y  ornamentos,  dando 
la  correspondiente  fianza:  y  en  atención  a  que  eran  mozos  del 
coro,  se  nombró  para  este  oficio  a  Francisco,  y  a  Juan  hijos  de 
vecinos  de  la  ciudad,  con  el  salario  de  15  pesos  cada  año,  que 
les  había  de  pagar  el  mayordomo  de  la  Iglesia.  (Libro  1, 
fol.  27). 

En  21  de  noviembre,  se  nombró  a  Vicente  Alejo  para  que 
anduviese  con  la  gente  que  trabaja  en  la  obra  de  la  Iglesia,  y  se 
hizo  con  él  en  este  mismo  acto  el  concierto  de  darle  50  pesos  de 
plata  por  un  año.  Sólo  asistió  el  señor  Chantre.  (Libro  1, 
fol.  27). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1588 


13 


Año  de  1588. 

En  21  de  enero,  se  mandó  aderezar  y  aliñar  la  plaza  del  ser- 
vicio de  la  Iglesia,  haciéndose  concierto  al  efecto  con  un  platero 
que  se  llamó  al  Cabildo,  y  que  pagase  el  mayordomo  los  veinte 
pesos  de  plata  del  concierto  y  lo  más  necesario.  Y  en  este  mismo 
se  dispuso  que  se  hiciesen  dos  carretones  para  la  obra  de  la  Iglesia, 
los  cuales  se  concertaron  con  un  carpintero  en  12  pesos  de  oro  fino: 
asistió  sólo  el  señor  Chantre.  (Libro  1,  fol.  28). 

En  13  de  febrero,  se  reiteró  el  mandato  de  que  los  curas  de 
la  Santa  Iglesia,  asistiesen  todos  los  domingos  y  fiestas  de  guardar 
a  la  Misa  y  los  sábados  a  las  vísperas  y  salve,  y  observasen  y 
cumpliesen  lo  demás  que  les  había  prevenido  el  Illmo.  Sor.  Obispo. 

Y  se  mandó  también,  que  los  sacerdotes  asistiesen  a  vísperas  y 
a  la  Misa  y  que  los  tonsurados  ocurriesen  al  servicio  de  la  Iglesia. 

Y  en  este  mismo  Cabildo,  se  mandó  asimismo  a  los  curas  que  guar- 
dasen la  forma  que  le  había  ordenado  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  en 
cuanto  a  celebrar  las  Misas  del  Alva  en  los  domingos  y  fiestas 
para  los  indios  y  negros,  y  que  previniesen  a  los  vecinos  de  la 
ciudad  que  asistiesen  a  la  Misa  mayor,  advirtiéndoles  las  cen- 
suras impuestas  por  su  Sría.  Illma.  a  los  que  faltasen  no  estando 
impedidos.  Asistió  sólo  el  Sor.  Chantre;  y  sigue  la  diligencia  de 
obedecimiento  de  los  curas  y  demás  sacerdotes.  (Libro  1,  fol. 
28  vto). 

En  8  de  marzo,  habiéndose  presentado  el  muy  Revdo.  Padre 
Mateo  Col  de  Morales  con  un  título  despachado  por  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  Dn.  Fr.  Juan  Martínez  Manzanillo  en  Caracas  a 
22  de  febrero  de  este  mismo  año;  y  en  el  cual  expresando  que  tiene 
Cédula  de  Su  Majestad  para  nombrar  cuatro  prebendados  y 
dignidades  cuando  no  los  hubiese  en  la  Iglesia,  y  que  al  presente 
sólo  había  el  Chantre,  por  haber  fallecido  el  Deán;  nombraba 
y  nombró  al  dicho  Padre  Mateo  Col  para  esta  dignidad,  con  la 
renta  anual  de  150  pesos  para  su  sustento,  y  con  calidad  de  ser 
amovible  ad  nutum;  y  de  que  no  tuviese  voto  en  Cabildo,  ni  silla 
de  prebendado:  y  el  Sor.  Chantre  único  asistente  a  este  Cabildo 
lo  recibió  con  las  expresadas  condiciones  y  se  puso  seguidamente 
copia  del  dicho  título.  (Libro  1,  fol.  29  vto.). 


14 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1589. 

En  25  de  enero,  de  mandato  de  su  Sría.  Ulma.  se  nombraron 
por  mozo  del  coro  a  Alonzo  Ruíz  y  Francisco  Jara,  y  se  les  señaló 
el  salario  de  15  pesos  anuales,  el  cual  se  mandó  al  Deán  Mateo 
Col  de  Morales,  que  como  mayordomo  de  la  Iglesia  los  pagase 
(el  nombramiento  de  tal  mayordomo  no  está  en  este  libro) : 
asistió  sólo  el  señor  Chantre.  (Libro  l,  fbL  30  vto.). 

En  el  mismo  día,  en  vista  de  una  petición  del  Padre  Mateo 
Col  de  Morales  cura  de  la  Santa  Iglesia  (era  también  Deán  in- 
terino y  mayordomo  de  fábrica)  se  le  concedió  licencia  para 
pasar  a  Caracas  a  la  audiencia  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  y  al  mismo 
tiempo  para  cobrar  los  escusados  que  allí  y  en  otro  lugar  de  tierra 
adentro  estuviesen  sin  pagarse;  y  se  le  admitió  que  dejase  en  su 
lugar  al  padre  Francisco  Montesinos  clérigo  presbítero  sirviendo 
el  curato.  (Libro  1,  fol.  31). 

En  24  de  julio,  sin  expresarse  causa,  se  nombró  por  secretario 
de  Cabildo  a  Francisco  Navas  de  Cea,  y  al  mismo  tiempo  de 
notario  seglar  para  las  causas  de  la  jurisdicción  eclesiástica  de 
la  ciudad.  Sólo  asistió  el  Sor.  Chantre:  y  se  infiere  de  este  nom- 
bramiento que  acaso  el  Illmo.  Sor.  Obispo  lo  tendría  comisionado. 
(Libro  1,  fol.  31  vto.). 

En  27  del  mismo;  habiéndose  presentado  el  Revdo.  Padre 
Bartolomé  Gómez  clérigo  presbítero,  al  cual  (como  queda  dicho, 
del  Deán  Mateo  Col  de  Morales)  nombró  el  Illmo.  Sor.  Obispo 
por  arcediano  amovible  ad  nutum  con  las  condiciones  de  no  tener 
voto  en  Cabildo,  ni  silla  de  prebendado,  y  con  el  salario  de  140 
pesos  de  oro  fino  cada  año;  se  le  recibió  por  tal  arcediano.  Sólo 
asistió  el  señor  Chantre.  Y  sigue  una  copia  del  título  expedido 
en  Caracas  a  23  del  mes  de  junio  anterior.  (Libro  1,  fol.  32). 

Año  de  1590. 

En  19  de  junio  se  dispuso  se  intimase  a  los  dignidades  nom- 
brados por  el  Illm.  Sor.  Obispo  que  acudiesen  todos  los  días  al 
coro  a  cantar  o  rezar  las  horas  canónicas  conforme  a  la  erección 
del  obispado,  sin  hacer  ausencia:  y  para  la  cumplida  ejecución 
de  este  acuerdo,  se  nombró  por  apuntador  de  ausencias  y  que 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1590 


15 


a  los  descuidados  se  les  quitase  las  fallas  que  tuviesen  según  la 
erección,  a  Marcos  Arias  clérigo  tonsurado,  sacristán  de  la  Iglesia; 
cuyo  oficio,  rectitud,  diligencia  y  cuidado  y  que  guardaría  la  orden 
que  le  fuese  dada  por  el  Cabildo,  y  se  le  señaló  de  renta  anual 
20  pesos  de  oro,  sacables  de  las  mismas  fallas.  (Libro  1, 
fol.  33). 

En  el  propio  Cabildo  se  dispuso  que  los  curas  de  la  Santa 
Iglesia,  acompañasen  desde  el  coro  al  dignidad  que  fuese  a  ves- 
tirse para  cantar  la  Misa,  por  no  haber  capellanes,  ni  otros  sacer- 
dotes que  lo  hiciesen;  y  se  recordó  la  obligación  de  los  mismos 
curas  de  su  ausencia  a  vísperas  y  Misa  los  sábados  y  días  de  fiesta. 
(Libro  1,  fol.  22  vto.). 

En  este  mismo  Cabildo  se  dispuso  también,  que  los  sacristanes 
acudiesen  a  tañer  todos  los  días  las  horas  canónicas  y  Misas,  y 
que  estuviesen  presentes  a  ayudar  a  cantar  o  rezar  las  mismas 
horas.  Sólo  asistió  el  Sor.  Chantre.  (Libro  1,  fol.  33  vto.). 

Habiéndose  notificado  todas  las  disposiciones  antecedentes 
fueron  obedecidas;  pero  el  padre  Mateo  Col  de  Morales,  resistió 
el  acompañamiento  al  dignidad  que  fuese  a  cantar  la  Misa,  por- 
que él  era  Deán  interino.  (Libro  1,  fol.  34). 

En  7  de  julio,  habiéndose  presentado  el  Padre  Francisco  Mon- 
tesinos con  un  título  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  en  que  le  nombra 
cura  de  la  catedral  amovible  ad  nutum,  fué  recibido  por  tal  cura, 
hasta  que  otra  cosa  se  proveyese,  y  aunque  se  mandó  al  secre- 
tario poner  testimonio  del  título  en  el  libro,  no  lo  hizo,  y  quedó 
una  hoja  blanca,  que  es  el  folio  35.  (Libro  1,  fol.  34  vto.). 

En  27  de  septiembre,  por  haber  hecho  dejación  el  padre  Mateo 
Col  de  Morales,  se  nombró  por  mayordomo  de  fábrica  a  Fran- 
cisco Rodríguez,  teniente  de  contador  real  en  Coro,  con  facultad 
de  poder  nombrar  un  mandador  de  los  indios  trabajadores  de 
la  obra  de  la  Iglesia,  y  de  castigar  a  los  negros  esclavos  de  ella. 
(Libro  1,  fol.  36). 

En  16  de  noviembre  (debe  ser  de  octubre  según  el  siguiente, 
y  las  circunstancias  de  ambos  Cabildos)  en  atención  a  no  haber 
aceptado  la  mayordomía  de  fábrica  el  dicho  Francisco  Rodríguez 
con  motivo  de  la  mucha  necesidad  de  dinero  que  padecía  la  Iglesia, 
y  que  él  no  tenía  con  que  suplirlo,  se  dispuso  que  para  que  no  se 
siguiese  perjuicio  a  la  obra  del  edificio  que  se  estaba  constru- 
yendo, la  mayordomía  estuviese  en  el  Cabildo,  hasta  que  hubiese 
quien  la  admitiese.  (Libro  1,  fol.  36  vto.). 


16 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  24  de  octubre,  por  ausencia  del  anterior  secretario,  fué 
nombrado  por  tal  secretario  de  Cabildo,  y  notario  de  las  causas 
eclesiásticas  al  padre  Francisco  Montesinos,  clérigo  presbítero; 
y  en  el  mismo  acto  aceptó  y  juró.  (Libro  l,  fol.  37). 

En  18  de  enero,  se  nombró  por  mozo  de  coro  a  Miguel  López, 
y  por  monacillo  a  Francisco  López;  y  en  la  enunciativa  se  dice 
que  el  mozo  de  coro  era  destinado  a  asistir  mientras  los  divinos 
oficios  y  horas  canónicas  en  hábito  decente  para  acudir  a  traer 
recaudo  y  a  los  demás  que  suelen  acudir  los  tales  mozos  de  coro: 
y  según  las  expresiones  con  que  concluye  este  Cabildo,  parece 
que  lo  mismo  era  monacillo,  que  mozo  de  coro;  pues  ambos  eran 
subrogados  por  otros  que  se  habían  retirado,  y  se  les  señaló  la 
misma  renta  de  quince  pesos  de  plata  anuales,  como  lo  había 
dispuesto  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  respecto  de  aquéllos.  (Libro  1, 
fol.  37). 

En  4  de  febrero,  (asistiendo  sólo  como  en  todos  los  anteriores 
Cabildos  el  Sor.  Dn.  Francisco  López,  Chantre,  en  este  se  titula 
Deán  y  se  firma:  «el  Deán  de  Venezuela »  y  no  consta  en  parte 
alguna  su  recibimiento),  se  nombró  por  secretario  de  Cabildo  y 
notario  público  de  las  causas  de  la  jurisdicción  eclesiástica,  a 
Francisco  Rodríguez  en  atención  a  que  por  la  cualidad  de  tal 
notario  debía  ser  seglar,  conforme  al  Real  Patronato:  y  en  el 
mismo  acto  aceptó  y  juró.  (Libro  1,  fol.  38). 

Año  de  1592. 

En  4  de  febrero,  asistiendo  el  sólo  Deán  Dn.  Francisco  López 
(que  aquí  se  firma  «el  Deán  Dn.  Francisco  López»  y  así  prosigue 
en  lo  sucesivo)  representando,  como  siempre,  a  todo  el  Cabildo, 
en  atención  a  que  el  día  3  anterior,  que  fué  lunes,  llegó  la  noticia 
auténtica  de  haber  fallecido  el  día  primero  de  enero  de  este  año 
a  las  doce  de  la  noche  el  Rmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Juan  Martínez  Man- 
zanillo (en  Caracas  según  otro  Cabildo)  y  haber  recaído  el  Gobierno 
en  el  Cabildo  sede  vacante,  fué  nombrado  por  provisor  y  vicario 
general  el  Revdo.  Padre  Fr.  Cristóbal  de  Ojeda  del  Orden  de 
Santo  Domingo,  con  el  goce  de  la  preeminencia  concedida  al 
Cabildo  por  el  Santo  Concilio;  y  que  siendo  necesario  se  le  confir- 
maban los  poderes  y  nombramiento  que  tuvo  de  provisor  y  vicario 
General  del  dicho  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  1,  fol.  38  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1692 


17 


En  5  de  junio,  habiéndose  presentado  el  padre  Mateo  Col  de 
Morales  con  representación  y  una  Real  provisión  (que  es  un 
ejecutorial)  del  Sor.  Dr.  Dn.  Pedro  Duque,  Deán  de  la  Santa 
Iglesia  Metropolitana  de  Santo  Domingo,  provisor  y  vicario 
general  del  Arzobispado  en  sede  vacante;  se  hubo  por  presentada, 
y  que  después  se  respondería;  a  cuyo  fin  se  mandó  copiar  en  el 
Libro.  (Libro  1,  fol.  39). 

En  este  ejecutorial  ganado  a  instancia  de  Luis  de  Morales 
vecino  de  Coro  (que  sigue  copiado)  se  declara  nulo  el  nombra- 
miento de  provisor  de  este  obispado  sede  vacante  hecho  en  el 
sobredicho  Revdo.  padre  Fr.  Cristóbal  de  Ojeda,  por  haber  sido 
hecho  fuera  del  término  señalado  por  el  Santo  Concilio  de  Trento. 
y  ser  el  electo  incapaz  de  poder  ejercerlo  por  ser  Fraile  profeso: 
se  manda  que  se  lleven  los  autos  de  la  elección  para  la  determi- 
nación que  corresponda,  y  se  determinó  que  en  el  entretanto,  se 
sirva  el  provisorato  en  lo  espiritual  y  temporal  por  el  dicho  Padre 
Mateo  Col  de  Morales:  que  sí  el  dicho  religioso  tuviese  que  alegar 
compareciese  en  la  Corte  Arzobispal  de  Santo  Domingo:  y  que 
recibieren  desde  luego  al  nuevo  electo  bajo  la  pena  de  excomunión 
mayor,  y  de  mil  ducados  de  oro  para  la  fábrica  de  la  catedral 
de  este  obispado,  a  cualquiera  que  no  le  obedeciese.  (Libro  1, 
fol.  39  vto.). 

En  Io  de  julio,  se  mandó  que  no  se  diese  al  padre  Mateo  Col 
un  testimonio  que  pedía,  ni  se  le  tuviese  por  tal  provisor;  pues 
no  había  sido  electo  por  el  Cabildo;  y  se  puso  pena  al  nombrado 
si  ejerciese  el  nombramiento,  y  al  notario  si  le  obedeciese,  de 
excomunión  mayor  y  de  150  pesos  de  oro  fino  para  la  Iglesia; 
y  que  a  su  tiempo  se  remitiese  testimonio  de  los  autos  a  Santo 
Domingo.  (Libro  1,  fol.  40). 

En  el  mismo  día  primero  de  julio,  se  determinó  obedecer  el 
sobredicho  ejecutorial,  en  cuanto  a  que  no  sea  provisor  el  sobre- 
dicho religioso  Fr.  Cristóbal  de  Ojeda:  se  disculpa  el  nombra- 
miento hecho  en  él,  con  el  motivo  de  que  había  sido  por  muchos 
años  provisor  del  Illmo.  Sor.  Manzanillo  y  con  aprobación  del 
gobernador  Dn.  Diego  Osorio  y  general  aceptación,  y  que  el 
Cabildo  lo  confirmó  en  sede  vacante;  se  hace  ver  que  la  elección 
fué  hecha  en  tiempo  según  el  día  en  que  se  recibió  la  noticia; 
pues  el  dicho  Sor.  Obispo  murió  en  Caracas  cien  leguas  distante 
de  Coro:  no  se  admite  al  sobredicho  Mateo  Col,  por  ser  ilegítimo 
el  nombramiento,  y  porque  era  defectuoso  en  su  persona,  vida  y 


3  —  Acta*,  1. 


[8 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


costumbres:  se  hace  ver  que  en  el  Cabildo  hay  sujeto  apto  para 
Provisor  en  el  nuevo  Arcediano  Dn.  Juan  de  Bellaz,  que  estaba 
en  Caracas  y  se  interpone  recurso  de  fuerza  para  la  Real  Au- 
diencia. (Libro  1,  fol.  41). 

Sigue  la  copia  de  una  Real  Cédula  de  presentación  del  mismo 
Mateo  Col  de  Morales  a  la  Chantría:  se  dice  está  vacante,  y  no 
se  expresa  el  que  la  obtenía:  y  es  fecha  en  San  Lorenzo  a  18  de 
septiembre  de  1591.  (Libro  1,  fol.  42). 

En  Io  de  agosto,  se  declara  espontáneamente,  que  el  haberse 
dicho  en  el  anterior  que  Mateo  Col  de  Morales  era  defectuoso 
en  su  persona,  fué  por  la  fealdad  que  tenía  en  el  rostro  y  narices: 
que  en  cuanto  a  su  vida  fué  por  ser  amigo  de  soldados;  y  que  por 
lo  respectivo  a  costumbres,  fué  por  tenerla  de  jugar  a  los  naipes; 
cuya  declaratoria  dice  que  se  hace  por  las  malas  interpretaciones 
que  se  habían  dado  a  estas  expresiones.  (Libro  1,  fol.  42  vto.). 

En  6  de  agosto,  sigue  un  testimonio  de  las  diligencias  de  la 
colación  canónica,  y  posesión  que  se  le  dió  al  mismo  padre  Mateo 
Col  de  Morales,  de  la  Chantría.  (Libro  1,  fol.  43). 

Sigue  otra  copia  de  la  dada  del  arcedianato  al  licenciado 
Dn.  Juan  de  Bellaz  Presbítero  en  19  de  septiembre,  en  que  está 
inserta  la  Real  presentación  expedida  a  18  de  septiembre  de  1591, 
por  muerte  de  Dn.  Antonio  de  los  Ríos  en  ambas  se  dió  la  co- 
lación por  el  Cabildo  sede  vacante,  compuesto  de  sólo  el  Sor. 
Deán,  y  después  por  el  mismo  la  posesión,  cuyas  ceremonias  no 
se  expresan:  sólo  se  dice  que  se  le  puso  en  el  mismo  asiento  y 
lugar  de  los  antecesores.  (Libro  1,  fol.  44). 

En  21  de  septiembre,  entre  los  señores  Deán  y  Chantre,  nom- 
braron por  visitador  del  obispado  al  dicho  señor  arcediano. 
(Libro  1,  fol.  46). 

En  22  de  septiembre  se  dispuso  que  los  dos  curas  de  Caracas 
Bernardo  de  Vallejo,  y  Bartolomé  de  la  Canal,  recogiesen  los 
papeles  de  visita  que  estaban  en  poder  del  Revdo.  Padre  Fr. 
Mateo  de  Ojeda:  y  se  nombró  por  sochantre  al  padre  Bartolomé 
Gómez,  presbítero,  y  que  se  le  pagase  por  la  fábrica.  (Libro  1, 
fol.  46  vto.). 

Año  de  1593. 

En  2  de  enero,  se  nombró  por  cura  de  la  catedral,  al  sobredicho 
sochantre  Bartolomé  Gómez,  por  estar  vacante  el  curato;  no  se 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1593 


dice  por  quien:  y  se  le  hace  el  nombramiento  como  propietario. 
(Libro  1,  fol.  46  vto.). 

En  Cabildo  de  15  de  febrero,  con  motivo  de  haberse  sobre- 
cartado  la  provisión  de  Santo  Domingo,  sobre  nombramiento 
de  provisor  sede  vacante,  se  admite  por  Provisor  a  Dn.  (así  se 
nombra  ya  y  firma)  Mateo  Col  de  Morales,  bajo  la  protesta  de 
que  no  pare  perjuicio  al  recurso  de  fuerza  interpuesto  a  la  Real 
Audiencia:  y  al  folio  48  vto.,  sigue  la  tal  Provisión  o  ejecutorial 
sobrecartado.  (Libro  1,  fol.  47). 

En  17  de  marzo,  se  manda  retirar  de  la  visita  por  algunas 
querellas  al  señor  arcediano  Licdo.  Dn.  Juan  de  Bellaz  y  que 
venga  a  Coro.  (Libro  1,  fol.  48). 

En  12  de  abril,  presentó  el  señor  Chantre  la  Real  Cédula  ori- 
ginal de  su  presentación,  porque  lo  que  presentó  antes  fué  un 
testimonio,  y  se  mandó  poner  otra  copia  en  este  libro.  (Libro  1 
fol.  50). 

En  21  de  junio,  habiéndose  recibido  ciertas  querellas  del  To- 
cuyo y  de  La  Laguna,  se  acordó  con  el  voto  del  Sor.  Deán  y  con- 
formidad de  los  señores  Arcediano  y  Chantre;  que  en  la  ciudad 
de  La  Laguna  (que  es  Maracaibo)  se  pusiese  otro  cura,  para  que 
hubiese  dos;  y  que  de  la  del  Tocuyo  se  removiese  al  Padre  Francisco 
Gallegos,  dándosele  dimisorias,  para  que  se  fuese  fuera  de  la 
gobernación,  y  se  pusiese  al  padre  Carrizales.  Y  asimismo  se  dis- 
puso, que  se  diese  gusto  a  los  vecinos  de  La  Laguna  en  fundar 
allí  un  convento  como  querían.  (Libro  1,  fol.  51). 

En  16  de  septiembre  con  vista  de  lo  pedido  sobre  publicación 
de  la  bula  de  la  Santa  Cruzada,  recibimiento  de  la  Real  Cédula, 
y  del  Viditnus  de  la  tercera  predicación  en  Trujillo;  se  dispuso 
que  cualquiera  de  los  curas  de  la  ciudad,  lo  manifestasen  al  pueblo 
en  la  Iglesia  de  San  Lázaro  con  mucho  rigor  y  censura,  para  que 
todos  los  vecinos  estantes  y  habitantes,  hombres  y  mujeres  de 
siete  años  para  arriba  estuviesen  presentes  al  recibimiento  y 
publicación,  saliendo  la  Santa  Bula  de  aquella  Iglesia  a  la  de  San 
Gabriel  donde  se  había  de  predicar:  y  que  uno  de  los  curas  asis- 
tiese con  el  Diputado  a  la  distribución  de  Bulas.  (Libro  1, 
fol.  52). 

En  9  de  octubre,  se  trató  sobre  dar  algún  curato  al  padre 
Francisco  Gallego,  y  acerca  de  remoción  del  cura  de  Trujillo, 
Bartolomé  Fernández:  hubo  tres  votos  distintos  en  los  tres  señores 
concurrentes,  y  no  se  puso  resolución.  (Libro  1,  fol.  52  vto.). 


20 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1594. 

En  27  de  enero,  se  manda  observar  lo  que  está  dispuesto  en 
orden  al  culto  Divino,  en  otros  Cabildos  anteriores  simultánea- 
mente con  el  prelado  y  especialmente  la  disposición  de  que  en  las 
Misas  de  todos  los  días  hagan  hebdómadas  los  señores  capitulares 
y  los  curas;  pero  que  los  domingos  y  fiestas  siempre  la  digan 
aquéllos.  Y  se  dispuso  que  la  Misa  se  diga  todos  los  días  de  tra- 
bajo a  las  ocho  de  la  mañana,  y  que  también  asista  el  sacristán 
mayor.  (Libro  1,  fol.  53). 

En  Cabildo  de  26  de  febrero,  se  obedeció  sin  perjuicio  de  los 
derechos  del  Cabildo  y  de  la  fuerza  interpuesta,  una  provisión 
del  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Nicolás  Ramos,  Arzobispo  de  Santo 
Domingo,  en  que  vuelve  a  nombrar  al  Chantre  Dn.  Mateo  Col 
de  Morales  por  provisor  sede  vacante:  y  qunque  se  mandó  poner 
copia  de  la  provisión,  no  se  puso.  (Libro  1,  fol.  53  vto.). 

En  3  de  marzo,  por  haber  muerto  el  dicho  Dn.  Mateo  Col  de 
Morales  el  día  lunes  28  del  inmediato  febrero,  se  hizo  nombra- 
miento de  provisor  en  Francisco  Cébennos,  presbítero,  cura  y 
vicario  de  Trujillo,  sin  perjuicio  de  la  jurisdicción  del  Illmo. 
Sor.  Metropolitano,  a  quien  se  mandó  dar  cuenta.  Y  sigue  el 
título  de  provisor  despachado  al  siguiente  día  cuatro.  (Libro  1, 
fol.  54  vto.). 

En  16  de  agosto,  el  Sor.  Deán  Dn.  Francisco  Gómez,  presentó 
una  provisión  del  Illmo.  Sor.  Arzobispo  de  Santo  Domingo  Dn. 
Fr.  Nicolás  Ramos,  en  que  lo  nombra  por  provisor  sede  vacante: 
y  luego  que  se  leyó  el  Arcediano  (único  que  asistía  con  él)  tomando 
la  voz  de  Cabildo  lo  mandó  salir  del  Cabildo:  y  habiendo  obe- 
decido, siguió  el  mismo  Arcediano  pidiendo  un  traslado  de  la  pro- 
visión del  Illmo.  Sor.  Arzobispo,  y  el  secretario  en  nombre  del 
Deán  se  lo  concedió;  y  concedido,  prosiguió  protestando  el  nom- 
bramiento que  lo  obedecía  por  temor  de  las  censuras,  entretanto 
resolvía  la  real  audiencia  de  Santo  Domingo,  o  el  Nuncio  de  su 
Santidad  existente  en  Madrid  el  punto.  Y  el  Deán  nada  más 
dijo,  y  el  solo  Arcediano  firmó  el  Cabildo,  y  no  el  Deán  aunque 
no  se  dice  porque:  y  sigue  una  copia  de  la  provisión  del  Illmo. 
Sor.  Arzobispo,  dada  en  Santo  Domingo  a  18  de  junio  de  este  año. 
(Libro  1,  fol.  56). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1595 


21 


Año  de  1595. 

En  10  de  enero,  se  nombró  al  Revdo.  Padre  Pedro  Graterol, 
clérigo  presbítero  por  visitador  de  la  ciudad  de  Trujillo,  sus 
términos  y  jurisdicción;  y  al  mismo  tiempo  se  le  nombró  por  vi- 
cario de  la  misma  ciudad:  y  en  este  propio  acto  se  nombró  a  Juan 
Martín  clérigo  presbítero  por  cura  de  la  ciudad  del  Tocuyo, 
compañero  del  otro  que  era  vicario  nombrado  Alvaro  de  Carri- 
zales, por  fallecimiento  de  Francisco  Gallegos.  Sólo  asistió  el 
Sor.  Deán,  y  se  titula  provisor  y  vicario  general  de  este  obispado. 
(Libro  1,  fol.  57  vto.). 

En  10  de  febrero,  se  dijo  que  en  atención  a  estar  la  Iglesia 
catedral  sin  acólito  para  su  mejor  estofa,  que  Francisco  López 
vecino  de  Coro,  presentase  al  efecto  a  sus  hijos  (no  se  dice  cuantos) 
al  Cabildo  y  que  de  la  fábrica  se  les  pagase  lo  que  fuese  justo. 
(Libro  1,  fol.  58). 

En  Cabildo  de  10  de  octubre  se  presentó  personalmente  con 
dos  Cédulas  Reales  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Pedro  Mártir  (no  tiene 
otro  apelativo)  del  orden  de  Santo  Domingo.  Obispo  electo  de 
esta  Diócesis,  y  se  le  dió  la  posesión  del  obispado,  sentándole 
en  la  silla  correspondiente  y  entregándole  las  llaves  de  la  Iglesia 
con  las  demás  ceremonias  del  caso  y  el  mismo  Illmo.  Sor.  firmó 
así:  «Fr.  Pedro  Mártir  Obispo  de  Venezuela»  pero  nada  se  dice 
de  consagración,  ni  de  las  bulas.  Las  dichas  Cédulas  que  siguen 
copiadas,  y  son  fechas  en  4  de  abril  del  año  anterior  de  94  se 
dirigen,  la  una  a  nombrarle  por  obispo;  y  la  otra  a  que  se  le 
entregue  el  gobierno,  y  que  ya  están  mandadas  solicitar  las 
bulas.  Según  se  expresa  al  folio  ciento  cuarenta  y  cinco,  el 
apelativo  es  Palomino.  (Libro  1,  fol.  58  vto.). 

Año  de  1596. 

En  Cabildo  de  24  de  febrero,  se  nombró  por  provisor  sede 
vacante  al  Padre  Pedro  Graterol,  clérigo  presbítero  de  la  ciudad 
de  Trujillo:  y  es  notable  este  Cabildo  en  el  modo  de  votar  y  con- 
cluir por  haberse  escrito  y  firmado  después  del  encabezamiento 
los  dos  votos  del  Deán  y  Arcediano  únicos  asistentes:  y  después 
por  ambos  el  decreto  capitular.  Se  dice  que  murió  el  sobredicho 


22 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Illmo.  Sor.  electo  Obispo  Dn.  Fr.  Pedro  Mártir,  jueves  en  la 
noche  de  22  del  dicho  mes  y  año  de  enfermedad  que  Dios  fué 
servido  darle,  y  se  supone  haber  sido  en  la  misma  ciudad  de  Coro. 
(Libro  l,  fol.  50). 

En  1  °  de  marzo,  se  relaciona  el  nombramiento  hecho  en  el 
antecedente  Cabildo  de  provisor  y  vicario  general  en  el  padre 
Pedro  Graterol,  y  habiéndosele  ya  despachado  el  título,  de  que 
sigue  copia,  y  el  Cabildo  dejó  reservado  en  sí  lo  que  por  derecho 
está  reservado;  conviene  a  saber:  nombramientos  de  curas  y 
vicarios,  sacristanes  y  doctrineros,  comisiones  de  visitadores 
y  la  visita  general.  (Libro  1,  fol.  60  vto.). 

En  10  de  abril,  se  nombró  al  Sor.  Deán  Dn.  Francisco  Gómez 
por  mayordomo  interino  de  fábrica,  en  ausencia  del  propietario, 
que  se  dice  lo  era  Juan  de  Arteaga,  para  proseguir  la  obra  de  la 
Iglesia,  y  en  el  mismo  acto  aceptó  hasta  que  vuelva  el  dicho 
Arteaga.  (Libro  1,  fol.  61). 

En  27  de  mayo,  se  nombró  a  Juan  Camargo  por  mozo  y  cantor 
del  coro,  con  la  renta  de  40  pesos  de  plata  anuales;  y  a  los  dos 
acólitos  se  les  aumentó  la  suya  hasta  cuarenta  pesos  de  plata  para 
ambos:  todos  pagables  de  la  fábrica.  (Libro  1,  fol.  61  vto.). 

En  28  de  mayo,  se  resolvió  atenta  la  ausencia  del  dicho  Ar- 
teaga, nombrar  por  mayordomo  de  fábrica  al  capitán  Diego 
Gutiérrez  de  Camargo;  y  en  efecto  fué  nombrado  por  tal  mayor- 
domo, y  en  el  mismo  acto  aceptó  y  juró.  (Libro  1,  fol.  62). 

En  24  de  junio,  por  haber  vacado  el  curato  de  Santiago  de 
León  de  Caracas  por  muerte  de  Bernardo  Ballejo  cura  presentado 
por  el  Rey  y  asimismo  el  de  Trujillo  por  de; ación  que  hizo  Bar- 
tolomé Fernández,  se  mandan  fijar  edictos  conforme  al  Patronato 
Real,  con  participación  al  Sor.  Gobernador  Dn.  Diego  Osorio 
para  la  admisión  de  opositores.  (Libro  1,  fol  62  vto.). 

En  4  de  septiembre,  con  motivo  de  haber  llegado  de  Coro 
un  cantero,  se  le  mandó  hacer  la  fuente  bautismal,  ajustada  en 
65  pesos  de  oro  fino.  Y  en  este  mismo  acto  se  revocó  una  licencia 
concedida  al  Sor.  Arcediano  Dn.  Juan  de  Bellaz,  para  ir  a  tierra 
adentro,  por  haber  ya  pasado  dos  meses,  y  se  dispuso  que  no 
ganase  renta  alguna,  desde  este  día  ni  se  le  tuviese  presente  mien- 
tras no  volviese  a  servir  su  prebenda.  (Libro  1,  fol.  63). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1597 


25 


Año  de  1597. 

En  20  de  febrero,  por  haber  renunciado  Marcos  Arias  la  sa- 
cristía mayor,  se  nombraron  por  interinos  a  Miguel  López  y  a 
Juan  Camargo,  mientras  se  proveía  conforme  al  patronato  real. 
(Libro  1,  fol.  63  vto.). 

En  Io  de  septiembre,  se  mandó  a  los  clérigos  de  cuatro  me- 
nores órdenes,  que  asistan  al  coro  y  al  altar  con  sotana  y  sobre- 
pelliz los  días  de  fiesta,  y  que  vivan  recogida  y  honestamente, 
así  en  el  pueblo  como  dentro  de  la  Iglesia:  que  los  sacristanes 
hagan  lo  mismo  en  cuanto  al  vestido:  y  que  los  monacillos  en  los 
días  de  fiesta  se  vistan  las  ropas  acostumbradas  y  sobrepelliz. 
E  igualmente  se  mandó  que  se  fijasen  edictos  para  la  sacristía  del 
Tocuyo,  y  se  nombró  de  interino  a  Diego  Felipe.  (Libro  1,  fol.  64). 

En  15  de  octubre,  se  mandó  al  capitán  Juan  Fernández,  que 
desocupase  un  cuarto  de  la  casa  obispal,  dentro  de  tres  días, 
y  se  le  devuelvan  los  alquileres,  y  que  resistiendo  sea  declarado 
por  excomulgado;  pues  está  casa  estaba  dedicada  al  servicio  de  los 
señores  obispos,  y  en  alguna  ausencia  para  el  de  los  Sres.  Digni- 
dades. (Libro  1,  fol.  64  vto.). 

En  16  del  mismo  se  trató  sobre  publicación  de  la  bula  en  la 
ciudad  de  Coro,  que  ya  se  había  recibido  en  Trujillo  donde  estaba 
el  provisor  Pedro  Graterol:  y  se  mandó  ponerla  para  la  entrada 
en  la  Hermita  de  San  Lázaro  y  San  Antón.  (Libro  1,  fol.  65). 

En  10  de  noviembre  se  acordó  como  ya  antes  se  dice  haberse 
tratado,  nombrar  un  tesorero  que  cobre  las  cuartas  capitulares; 
y  quedó  por  entonces  suspensa  la  elección  de  persona.  (Libro  1, 
fol.  65  vto.). 

En  28  de  noviembre,  se  señalan  30  pesos  anuales  a  cada  uno 
de  los  dos  sacristanes  a  título  de  cantores  del  coro,  para  la  mayor 
abundancia  y  ornato  de  él.  (Libro  1,  fol.  66). 

Año  de  1598. 

En  3  de  enero,  con  motivo  de  las  letras  copiadas  al  siguiente 
folio,  expedidas  por  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Nicolás  de  Ramos 
Arzobispo  de  la  Concepción  de  la  Vega,  en  las  cuales  suspende 
de  oficio  al  provisor  Pedro  Graterol,  y  le  conmina  con  pena  de 


24 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


excomunión  mayor  reservada,  y  de  dos  mil  pesos  de  oro,  y  de 
ponerlo  preso  en  la  Casa  Real,  y  requiere  el  Cabildo  para  su  cum- 
plimiento y  que  nombren  otro;  se  eligió  al  Revdo.  Padre  Barto- 
lomé Gómez,  que  fué  Arcediano  interino,  y  era  actualmente  cura 
de  la  Catedral.  (Libro  1,  fol.  66  vto.). 

En  22  de  enero,  con  motivo  de  baber  fallecido  el  mayordomo 
de  fábrica,  Diego  Gutiérrez  de  Camargo,  y  que  al  presente  no 
había  a  quien  nombrar,  por  estarse  padeciendo  muchas  calami- 
dades en  la  ciudad,  se  puso  en  depósito  la  mayordomía  en  el  Sor. 
Deán  Dn.  Francisco  López.  (Libro  1,  fol.  67  vto.). 

En  Io  de  junio,  se  trató  de  deponer  al  padre  Bartolomé  Gómez 
del  vicariato  general  capitular,  y  de  los  oficios  de  cura  de  la  ca- 
tedral y  de  sochantre:  el  Sor.  Deán  dió  su  voto  diciendo  que 
suscribiese  como  hombre  de  bien  y  honrado,  y  merecedor  de 
mejores  cargos  y  honras,  como  que  había  quince  años  que  lo 
conocía,  y  que  había  desempeñado  bien  sus  oficios,  y  que  los 
prelados  lo  habían  siempre  honrado.  Y  el  Sr.  Arcediano  dijo: 
que  fuese  privado  de  los  tres  oficios,  porque  así  como  el  Cabildo 
lo  nombró,  así  era  necesario  el  consentimiento  de  todo  el  Cabildo 
para  que  continuase,  y  que  pues  el  sólo  Arcediano  representaba 
la  mitad,  y  también  por  las  cinco  razones  que  dió  y  no  es  bien 
referirlas  aquí  por  ser  muy  ofensivas  e  indecentes.  Mas  al  reverso 
del  folio  69,  en  20  del  mismo  mes,  se  desdijo  de  todo,  y  confesó 
llana  y  espontáneamente  cuanto  se  puede  decir  de  bueno  en  la 
persona  del  dicho  padre  Bartolomé  Gómez:  y  que  continuase  en 
sus  oficios.  (Libro  1,  fol.  68). 

En  28  de  junio,  se  presentó  Diego  Fernández  de  Cárdenas, 
clérigo  presbítero,  con  una  Real  provisión  del  Rey,  dada  en  14 
de  julio  de  1596,  en  que  lo  presenta  a  la  Chantría:  se  obedeció 
y  se  reservó  tratar  acerca  de  su  cumplimiento:  y  en  30  del  mismo 
mes,  se  acordó  otra  vez  su  obedecimiento,  pero  que  de  presente 
no  había  lugar  su  cumplimiento,  porque  el  Cabildo  tenía  que 
representar  a  Su  Majestad.  Mas  en  otro  Cabildo  de  7  de  julio, 
se  acordó,  que  sin  embargo  de  cualesquiera  contradicciones  se  le 
diese  la  posesión,  en  atención  a  ser  hábil  y  suficiente,  y  haber 
padecido  tantos  trabajos,  y  sido  robado  de  ingleses.  Y  siguen 
las  diligencias  en  las  cuales  consta  el  juramento  y  profesión  de  la 
fe,  la  colación  dada  por  el  Cabildo,  y  seguidamente  la  posesión 
en  la  cual  se  dice  que  mandó  derramar  monedas  de  plata,  luego 
que  se  le  sentó  en  la  silla.  (Libro  1,  fol.  70). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1598 


25 


En  30  de  agosto,  se  despidieron  los  cantores  que  pagaba  la 
Iglesia,  por  haber  venido  la  dignidad  de  Chantre,  y  que  estaba 
cumpliendo  su  oficio:  y  en  el  mismo  acto  se  propuso  por  el  Chantre, 
se  cantasen  las  Misas  que  previene  la  erección  cada  mes  en  el 
primer  viernes  por  los  Reyes  difuntos,  en  el  primer  sábado  por 
los  Reyes  vivos,  y  en  el  primer  lunes  solemne  por  las  animas. 
Mas  el  Arcediano  se  opuso  a  que  estas  Misas  fuesen  cantadas 
por  la  mucha  penuria  que  había  de  ministros,  y  la  pobreza  de 
éstos:  y  quedó  pendiente  la  resolución  de  si  habían  de  ser  can- 
tadas o  rezadas,  para  cuando  asistiese  a  Cabildo  el  Deán,  por  ser 
solos  el  Arcediano  y  Chantre  los  concurrentes  a  este  Cabildo. 
(Libro  1,  fol.  72). 

En  Io  de  septiembre,  se  acordó  que  se  llamase  con  pena  de 
censuras  y  de  deposición,  a  Juan  Camargo  que  estaba  ausente; 
para  que  viniese  a  servir  la  sacristía  de  la  Iglesia,  como  nombrado 
por  el  real  patronato;  y  que  no  viniendo  dentro  de  cuatro  días, 
continuase  con  toda  la  renta  Miguel  López,  que  está  nombrado 
junto  con  él.  (Libro  1,  fol.  74). 

En  27  de  octubre,  se  dispuso,  con  los  votos  de  los  señores 
Arcediano  y  Chantre,  que  se  suspendiesen  los  mandamientos  que 
se  habían  librado  para  que  los  curas  pagasen  las  cuartas  de  tes- 
tamentos tocantes  al  prelado,  al  Cabildo  sede  vacante;  pero  que 
los  curas  dentro  de  cuatro  meses  presentasen  mejora  del  recurso 
de  apelación  hecho  a  la  Metrópoli  de  Santo  Domingo.  Más  el 
Sor.  Deán  fué  de  parecer,  que  se  suspendiese  la  ejecución  de 
aquellos  mandamientos,  mientras  se  declaraba  si  de  derecho 
pertenecían  las  cuartas  al  Cabildo.  (Libro  1,  fol.  74  vto.). 

En  el  mismo  día,  se  nombró  por  visitador  de  la  ciudad  de 
Carora,  Tocuyo,  Barquisimeto  y  Guayana  al  señor  Chantre  Dn. 
Diego  de  Cárdenas,  con  calidad  de  concluirla  en  este  mismo  año 
de  98,  y  que  sólo  en  él  ganaría  la  renta.  Y  se  mandó  hacer  un 
bugio  para  acopiar  madera  para  la  fábrica  de  la  Iglesia,  por  haber 
quemado  los  ingleses  el  que  había,  y  las  maderas  que  allí  estaban. 
(Libro  1,  fol.  75). 

En  Cabildo  de  15  de  diciembre  el  señor  arcediano  sólo,  con 
voz  del  Cabildo  dijo:  que  por  haber  muerto  el  día  13  del  mismo 
mes  el  Deán  Dn.  Francisco  López,  suspendía  al  Chantre  del 
oficio  de  visitador  y  le  mandó  que  volviese  dentro  de  30  días  al 
Cabildo,  pena  de  excomunión  mayor,  y  de  50  pesos  de  oro  fino 
para  la  guerra  contra  infieles:  y  que  los  herederos  del  dicho  Dn. 


26 


KU ENTES    PARA    LA    HISTORIA   COLONIAL   DE  VENEZUELA 


Francisco  López,  diese  cuentas  de  la  mayordomía  de  fábrica  que 
obtenía.  (Libro  1,  fol.  75). 

En  el  propio  día  se  nombró  por  mayordomo  de  fábrica  a  Fran- 
cisco Rodríguez,  regidor  propietario  de  coro  y  notario  que  auto- 
rizó el  mismo  Cabildo,  que  en  otras  ocasiones  había  ejercido  la 
mayordomía;  y  se  le  señalaron  22  pesos  anuales  de  oro  fino  por 
renta;  y  se  asignaron  también  6  pesos  de  oro  fino  anuales  por 
lavar  la  ropa  de  la  Iglesia:  y  asimismo  se  le  permitió  que  hiciese 
los  gastos  ordinarios  sin  libranza  del  Cabildo,  pero  participán- 
doselos. (Libro  1,  fol.  75  vto.). 

Afio  de  M99. 

En  24  de  enero,  el  señor  arcediano  sólo  acordó  a  su  favor  con 
referencia  al  acuerdo  verbal  que  tuvo  con  el  señor  Deán  antes 
de  su  fallecimiento,  el  servirse  de  una  criada  del  hospital  señalán- 
dole la  mesada;  y  mandó  al  mayordomo  pena  de  excomunión, 
que  no  le  pudiese  cobrar  más  del  salario  señalado,  que  fue  los  dos 
primeros  meses  a  30  reales,  y  los  demás  a  20.  (Libro  1,  fol.  76). 

En  5  de  febrero  el  mismo  señor  arcediano  sólo  celebró  otro 
Cabildo,  en  que  dispuso  varias  suspensiones  de  empleos  y  multas, 
y  que  no  se  le  impidiese  su  ida  en  un  navio,  imponiendo  a  Diego 
Perozo  (no  dice  que  empleo  tenía)  la  multa  de  500  pesos  de  oro 
fino,  sino  admitía  la  fianza  dada,  y  asimismo  las  de  censuras  etc.: 
y  al  fin  dice  el  notario  que  el  mismo  arcediano  después  que  mandó 
escribir  este  Cabildo  no  lo  quiso  firmar,  y  firmó  sólo  el  dicho 
notario.  Y  parece  haberse  ido  el  dicho  arcediano  pues  no  se  halla 
asistente  en  ningún  otro  Cabildo.  (Libro  1,  fol.  76  vto.). 

En  20  de  febrero,  se  mandó  hacer  una  alacena  junto  al  Bau- 
tisterio, para  custodia  de  los  Santos  Oleos  y  demás  necesario. 
Y  se  mandó  que  los  clérigos  de  órdenes  mayores  y  menores,  usasen 
hábito  decente  y  que  asistiesen  a  las  vísperas,  completas  y  salves. 
(Libro  1,  fol.  77). 

En  10  de  marzo,  habiéndose  presentado  el  capitán  Alonzo 
Arias  Baca,  teniente  general  de  Gobernador  con  el  real  ejecu- 
torial expedido  en  24  de  abril  de  1598,  y  las  bulas  y  poderes  del 
Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Domingo  de  Salinas  (no  se  dice  el  Orden, 
pero  parece  era  Dominico)  que  según  se  deduce  estaba  en  Caracas: 
y  el  Sor.  Chantre  Dn.  Diego  Fernández  de  Cárdenas,  único  capi- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1599 


27 


tular  que  había,  le  dio  en  el  mismo  día  la  posesión  en  la  persona 
de  aquél;  el  cual  prestó  juramento:  fué  sentado  en  una  silla  y  se 
le  entregaron  las  Llaves  de  la  Iglesia:  y  aunque  se  mandó  poner 
copia  de  todos  los  documentos  presentados  en  el  Libro,  no  se 
puso.  (Libro  1,  fol.  77  vto.). 

En  6  de  mayo  para  continuación  del  edificio  de  la  Iglesia  se 
nombró  a  Domingo  Pérez  en  calidad  de  sobrestante  con  el  sueldo 
anual  de  60  pesos  de  plata  corriente,  la  mitad  en  plata  y  la  mitad 
en  lienzo  de  cuatro  reales  vara,  doce  fanegas  de  maíz  anualmente, 
y  dos  reales  cada  semana  para  carne,  y  otros  dos  para  pescado 
en  la  cuarentena.  (Libro  1,  fol.  78). 

En  17  de  junio  los  albaceas  del  Deán  Dn.  Francisco  López 
exhibieron  200  pesos  de  oro  fino  de  22  quilates  y  medio  que  el 
mismo  tenía  a  tributo  de  los  bienes  del  Deán  su  antecesor  Dn. 
Francisco  de  Gamboa,  dotación  de  cuatro  Misas,  para  que  de 
nuevo  se  impusiesen  a  razón  de  catorce  mil  el  millar  (así  está 
repetidas  veces).  Y  el  Chantre  único  capitular  los  recibió  en 
nombre  del  Cabildo  y  obligó  a  éste  a  su  seguridad:  y  después 
al  reverso  del  folio  79  en  15  de  septiembre  con  vista  de  la  escri- 
tura de  fundación,  declaró  que  las  cuatro  Misas  se  habían  de 
decir  con  vísperas,  la  una  el  día  de  la  Inmaculada  Concepción 
de  Nra.  Sra.,  después  de  la  fiesta  de  la  Cofradía;  otra  el  día  de  la 
conmemoración  de  Difuntos  ambas  por  la  alma  del  dicho  Deán 
Gómez;  y  las  otras  dos  por  las  de  Simón  Gómez  y  su  mujer,  con 
responso  en  su  sepultura;  la  una  el  día  antes  de  todos  Santos; 
y  la  otra  al  cuarto  día  después  de  la  fiesta  de  la  Purificación. 
(Libro  1,  fol.  78  vto.). 

En  26  de  septiembre,  se  presentó  Francisco  Ramírez,  cura  de 
la  catedral  con  la  Real  presentación  a  la  tesorería  de  esta  Santa 
Iglesia  (no  se  dice  por  quien  hubiese  vacado)  fué  examinado  en 
la  fe,  y  habiéndola  confesado  y  hecho  juramento  de  obediencia 
a  la  Santa  Iglesia  y  al  Romano  Pontífice,  de  guardar  los  privile- 
gios del  Cabildo  conforme  al  Santo  Concilio  de  Trento,  y  erección 
de  este  obispado  y  de  guardar  secreto  de  lo  que  se  tratare  en 
Cabildo,  se  le  dió  la  posesión  con  las  ceremonias  acostumbradas. 
Y  sigue  copia  de  la  Real  presentación  expedida  en  el  Pardo  a 
29  de  noviembre  de  1597  y  de  la  colación  que  le  dió  en  Caracas 
el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Domingo  de  Salinas  (el  cual  se  titula  Obispo 
de  Venezuela  y  de  las  Islas  y  tierra  firme)  según  sus  letras  expe- 
didas a  21  de  agosto  del  presente  año,  precedido  rigoroso  ejercen 


2h 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


en  ciencia  y  suficiencia,  e  información  de  vita  et  moribus,  y  la 
profesión  de  la  fe.  (Libro  L,  fol.  80). 

En  8  de  octubre,  se  dió  comisión  a  Alonzo  Fernández  Santos 
para  cobrar  en  Caracas  de  los  Oficiales  Reales  el  expolio  del  Illmo. 
Sor.  Manzanillo:  y  se  dispuso  que  remitiese  a  España  de  cuenta 
y  riesgo  de  la  Iglesia  en  alguna  Capitana  o  Almiranta,  o  en  da- 
leones  por  la  vía  de  Cartagena,  mil  y  trescientos  ducados  caste- 
llanos para  comprar  las  imágenes,  alhajas  y  ornamentos  que  allí 
se  expresan.  (Libro  1,  fol.  81  vto.). 

En  19  de  octubre,  se  acordó  que  para  el  adorno  del  cemen- 
terio y  lugar  donde  estuvo  la  Iglesia  que  quemó  el  inglés  se  tra- 
jesen unos  palos:  que  se  quitase  la  cruz  que  estaba  en  la  puerta 
del  perdón:  que  no  se  enterrase  allí  otro  difunto;  y  que  se  acabase 
la  casa  que  se  estaba  haciendo  para  tejar.  Y  aquí  mismo  se  dió 
licencia  al  Chantre  para  que  fuese  a  Caracas,  obedeciendo  el 
llamamiento  que  le  hizo  el  Illmo.  Sor.  Salinas.  (Libro  1,  fol.  83). 

En  3  de  diciembre,  se  dispuso,  que  se  comprase  una  casa  para 
archivar  y  custodiar  los  papeles  de  la  Iglesia.  Y  se  mandó  que  se 
cantasen  las  Misas  mensuales  de  los  Reyes  y  de  difuntos;  pero 
que  la  del  sábado  fuese  rezada,  porque  se  cantaba  otra  de  la  co- 
fradía, y  había  poco  concurso.  (Libro  1,  fol.  83  vto.). 

En  31  de  diciembre,  se  reeligió  a  Francisco  Rodríguez  por 
mayordomo  de  fábrica,  e  hizo  el  juramento  de  fidelidad,  y  se  le 
señaló  el  mismo  oficio  de  secretario  de  Cabildo  con  el  salario  de 
doce  pesos  anuales.  Y  aquí  mismo  se  nombró  al  tesorero  Dn. 
Francisco  Ramírez  por  colector  de  capellanías  y  Manuales  para 
el  siguiente  año.  Se  cometió  a  éste  el  examen  de  las  cuentas  del 
mayordomo,  y  se  mandaron  hacer  dos  escaños  de  dos  asientos 
cada  uno  bien  torneados  y  con  una  grada  que  los  levante  del  piso 
del  coro.  (Libro  1,  fol.  84). 

Año  de  1600. 

En  4  de  enero,  se  trató  de  hacer  el  primer  nombramiento  de 
adjuntos,  conforme  al  Sacrosanto  Concilio  de  Trento:  y  en  aten- 
ción a  que  el  Deán  estaba  difunto,  y  el  Arcediano  ausente,  y  que 
sólo  existían  dos,  que  lo  eran  el  Chantre  y  el  tesorero,  se  acordó 
que  habiendo  de  ser  visitados  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  o  su 
vicario  general,  se  acompañase  con  el  Chantre  para  visitar  al 
tesorero,  y  con  éste  para  visitar  al  Chantre.  (Libro  1,  fol.  84  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1600 


29 


En  21  del  mismo,  se  dispuso  que  se  agrandase  el  coro,  para 
que  pudiese  ponerse  Tribuna  para  la  Silla  pontifical  y  asientos 
para  los  capitulares  como  corresponde  a  las  catedrales;  y  se  nombró 
de  interventor  de  esta  obra  al  Sor.  Tesorero.  En  este  mismo  Ca- 
bildo, se  propuso  por  Gaspar  de  Agreda,  en  nombre  de  Ana  Mo- 
rales, la  fundación  de  dos  Alisas  cantadas,  la  una  en  la  fiesta 
de  la  Encarnació.n  por  Ana  de  Morales;  y  la  otra  en  la  octava 
de  difuntos,  por  Antonio  Col,  difunto;  para  lo  cual  ofreció  aquélla 
100  pesos  de  oro  fino  de  22  quilates;  y  se  respondió  que  lo  vería 
el  Cabildo  y  provería.  En  el  siguiente  Cabildo  volvió  a  requerir 
la  aceptación  el  Agente;  y  se  acordó  reservar  la  determinación 
para  el  primer  Cabildo.  Al  folio  86  en  26  del  mismo  mes  se  hizo 
la  aceptación  con  todas  solemnidades,  y  que  se  cantasen  las  Misas 
con  vísperas  y  demás  pedido,  con  el  rédito  de  los  dichos  100  pesos 
a  razón  de  catorce  mil  el  millar  poniéndose  desde  luego  a  censo: 
y  en  efecto  en  28  del  mismo  mes  se  concedieron  a  Micael  de  Quero 
quien  otorgó  escritura.  (Libro  1,  fol.85). 

En  25  del  mismo  enero,  se  mandó  hacer  candelero  de  tinieblas, 
porque  no  lo  había;  y  que  a  la  fuente  bautismal  se  le  pusiese  cu- 
bierta para  que  pudiese  tener  Oleo  y  Crisma.  (Libro  1,  fol.  85  vto.). 

En  11  de  abril,  se  mandó  hacer  nuevo  horno  de  cal,  para 
que  la  obra  de  la  Iglesia  pudiese  progresar.  Se  reserva  la  deter- 
minación sobre  proseguir  el  sobrestante  de  la  fábrica,  a  quien  se 
denomina  mandador,  y  se  nombró  un  monacillo  con  la  renta  de 
diez  pesos  en  lienzo.  (Libro  1,  fol.  87  vto.). 

En  2  de  mayo,  compareció  en  el  mismo  acto  del  Cabildo, 
el  Ayuntamiento  de  la  ciudad,  compuesto  de  Alcaldes,  Alférez 
mayor  y  Regidores  y  representantes:  que  el  Deán  Dn.  Francisco 
Gómez  en  su  testamento  dispuso  que  se  cumpliese  el  encargo 
que  le  hizo  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Pedro  Mártir,  de  la  fundación 
de  una  memoria  de  tres  Misas  cantadas  con  vísperas,  la  una  al 
Nacimiento  del  Señor  en  su  Octava;  otra  a  la  Asunción  de  Nra. 
Sra.  en  su  Octava;  y  otra  el  día  de  la  fiesta  de  todos  los  Santos; 
señalando  para  ellas  el  capital  de  150  pesos,  y  el  de  121  pesos  y 
cinco  tomines,  para  las  rezadas,  a  razón  de  cuatro  tomines  la  pi- 
tanza de  cada  una.  Todo  el  capital  es  271  pesos  y  5  tomines  de 
oro  de  22  quilates  y  medio  para  imponerse  a  censo  a  razón  de 
catorce  mil  el  millar;  y  que  estas  Misas  cantadas  y  rezadas,  se 
aplicasen  por  el  dicho  Sor.  Obispo  difunto:  suplicó  el  dicho  Ayun- 
tamiento como  Patrono  de  esta  memoria  que  se  admitiese;  y  el 


30 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Cabildo  respondió  que  lo  vería.  El  Secular  volvió  a  comparecer 
y  requerir  al  Eclesiástico  en  el  de  cuatro  del  mismo  mes  y  res- 
pondió que  lo  remitían  por  otro  Cabildo.  Y  en  el  de  cinco  siguiente, 
con  asistencia  del  mismo  Cabildo  secular  (que  es  el  Patrono  nom- 
brado) se  hizo  la  aceptación  con  todas  solemnidades:  y  firmaron 
estos  Cabildos  el  eclesiástico  y  el  secular;  y  éste  exhibió  allí  mismo 
la  cantidad  en  dos  barras  de  oro;  y  en  16  del  mismo  se  concedieron 
a  censo  del  modo  que  allí  se  expresa.  Aquí  mismo  se  reeligió  al 
mandador  de  la  fábrica  por  otro  año.  (Libro  1,  fol  88.) 

Kn  23  de  junio,  se  reitera  el  mandato  de  que  no  entren  secu- 
lares al  coro,  mientras  se  canta  o  reza  en  él;  y  que  se  dé  cuenta  al 
vicario  para  que  provea  auto  con  censuras.  Y  aquí  mismo  se 
expresa  haberse  proveído  un  memorial  sobre  rédito  de  un  censo. 
(Libro  1,  fol.  90  vto.). 

En  4  de  julio,  se  hizo  la  elección  de  provisor  y  vicario  capi- 
tular en  el  señor  Chantre  Dn.  Diego  Fernández  de  Cárdenas, 
con  solo  el  voto  de  otro  capitular  que  había,  y  era  el  tesorero 
Dn.  Francisco  Ramírez  a  cuyo  fin,  aquél  omitió  su  voto  activo; 
y  se  reservó  en  el  Cabildo  el  dar  dimitorias  y  letras  comendaticias, 
y  los  nombramientos  de  visitador  de  vicarios  foráneos,  de  curas, 
de  sacristanes  y  de  jueces  de  comisión.  Y  al  folio  93  vto.  hizo  el 
juramento  de  fidelidad  y  desempeño  del  oficio  a  todo  su  saber 
y  entender;  y  en  lo  que  su  juicio  no  bastase,  de  aconssjarse  con 
persona  de  ciencia  y  conciencia.  Y  al  folio  96  vto.,  se  concedió 
que  pudiese  comisionar  causas.  Y  al  folio  97  trató  de  hacer  renuncia 
del  provisorato,  y  no  se  le  admitió.  (Libro  1,  fol.  92). 

En  el  mismo  día,  nombramiento  de  cura  interino  de  uno  de 
los  dos  curatos  de  la  catedral,  hecho  en  Fernando  de  Ciero  Br. 
en  Artes  y  se  mandó  fijar  edicto  con  término  de  60  días,  convo- 
cando a  la  provisión  en  propiedad,  conforme  al  Patronato  Real. 

En  18  de  agosto,  se  admitió  la  renuncia  de  la  Sacristía 
mayor  que  hizo  Miguel  López,  se  determinó  la  fijación  de  edictos 
convocatorios,  con  término  de  40  días;  y  se  hizo  nombramiento 
de  sacristán  interino  en  Antonio  Valera  clérigo  Diácono.  Y  aquí 
mismo  se  dispidieron  dos  monacillos,  y  se  nombraron  otros  dos, 
el  uno  con  10  pesos  de  plata,  y  5  pesos  en  lienzo,  y  el  otro  con  8 
pesos  en  plata  y  4  en  lienzo  anualmente.  (Libro  1,  fol.  94). 

En  17  de  octubre,  se  presentó  una  bula  del  Sor.  Clemente 
VIII,  en  que  concede  Indulgencia  a  la  Cofradía  de  la  Limpia  Con- 
cepción de  Nra.  Sra,  establecida  en  la   catedral:  se  mandó  pu- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1601 


31 


blicar,  y  se  dieron  disposiciones  convenientes  a  que  en  todo  tiempo 
se  tuviese  noticia  de  esta  gracia.  (Libro  1,  fol.  94  vto.). 

En  31  de  octubre,  se  dispuso  que  en  atención  a  haber  ocasión 
de  navios,  se  diese  cuenta  al  Rey  del  fallecimiento  del  Illmo.  Sor. 
Salinas,  y  al  mismo  tiempo  se  noticiase  a  Su  Majestad  de  los 
méritos  del  Ledo.  Dn.  Nicolás  de  Añasco  Deán  de  la  Iglesia  Me- 
tropolitana de  Santo  Domingo  y  provisor  de  aquel  arzobispado, 
con  quien  estimaban  sería  Dios  servido,  y  la  Real  conciencia  de 
Su  Majestad.  (Libro  1,  fol.  95). 

En  16  de  noviembre,  se  dispuso  que  para  el  pago  de  31  pesos 
y  6  granos  de  oro  de  una  deuda  de  la  Iglesia  a  Rodrigo  Muñoz; 
el  mayordomo  los  tomase  a  tributo  sobre  las  rentas  de  la  Iglesia, 
y  pagase.  (Libro  1,  fol.  95). 

Año  de  1601. 

En  4  de  abril,  por  haberse  retirado  un  monacillo,  se  nombró 
a  Juan  hijo  de  Beatriz,  con  el  salario  de  12  pesos,  mitad  en  lienzo, 
y  mitad  en  plata,  pagables  por  tercios  con  libranza  del  Cabildo. 
(Libro  1,  fol.  95  vto.). 

En  8  de  mayo,  se  eligió  al  padre  Bartolomé  Gómez  cura  de 
la  catedral,  y  se  le  concedió  licencia  por  tres  meses  y  medio  para 
que  viniese  a  Caracas  a  cobrar  de  los  oficiales  Reales  la  mitad 
de  la  vacante  del  Illmo.  Sor.  Manzanillo,  de  que  el  Rey  hizo  mer- 
ced a  la  Iglesia.  Y  en  este  mismo  acto  se  concedió  al  vicario  ca- 
pitular que  pudiese  nombrar  juez  receptor  y  de  comisión.  (Libro  1, 
fol.  96). 

En  31  de  julio,  se  expresa  que  los  oficiales  reales  de  Caracas 
dieron  contra  los  de  Coro,  para  el  pago  de  la  vacante  del  Illmo. 
Sor.  Manzanillo,  una  libranza  de  un  ciento  ochenta  y  siete  mil 
trescientos  y  cincuenta  y  un  maravediz;  y  el  Cabildo  acordó 
consultar  con  el  señor  Gobernador  y  capitán  general  Alonzo 
Arias  Baca,  sobre  las  necesidades  de  las  Iglesias  para  emplear 
aquella  cantidad.  Y  en  este  mismo  acto,  habiendo  tratado  el 
señor  provisor  y  vicario  general,  que  lo  era  el  Chantre  Dn.  Diego 
Fernández  de  hacer  dejación  de  este  oficio,  proponiendo  por  causa 
que  él  era  indigno  y  que  tenía  algunos  negocios  a  que  acudir,  no 
se  le  admitió  por  el  otro  señor  asistente  que  era  el  tesorero. 
(Libro  1,  fol.  96  vto.). 


32 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  RE  VENEZUELA 


En  3  de  agosto,  habiéndose  redimido  un  censo  perteneciente 
al  Cabildo  de  150  pesos  de  oro,  se  comisionó  al  Sor.  Tesorero 
para  que  tratase  de  la  nueva  imposición  de  ellos.  (Libro  1,  fol. 

97  vto). 

En  3  de  septiembre,  habiendo  vuelto  el  padre  Bartolomé 
Gómez,  y  cobrado  de  paso  195  pesos  y  medio  de  oro  fino,  de  las 
excusadas  de  Santiago  de  León,  de  Caravalleda,  y  de  Valencia; 
se  acordó  que  se  le  diesen  de  gratificación  50  ducados  castellanos, 
por  lo  cobrado  de  la  vacante  del  Illmo.  Sor.  Manzanillo,  y  7  pesos 
y  medio  de  oro  fino  por  lo  demás.  Y  en  este  mismo  acto  se  trató 
de  la  redención  de  un  tributo  correspondiente  a  una  memoria  de 
Misas.  (Libro  1,  fol.  98). 

Hay  aquí  una  copia  de  la  Acta  celebrada  entre  el  Gobernador 
y  el  Cabildo  ante  un  escribano  en  Io  de  agosto  de  este  año  en  la 
ciudad  de  Coro,  y  acordaron  que  de  aquel  dinero  cobrado  de  la 
vacante  del  Illmo.  Sor.  Manzanillo,  se  sacasen  1.400  pesos  de  oro 
fino,  para  comprar  unos  negros  esclavos  y  dos  negras,  para  pro- 
seguir el  edificio  de  la  Iglesia  que  estaba  parado:  y  lo  restante 
se  emplease  en  la  compra  de  varios  ornamentos  y  utensilios  para 
el  servicio  de  la  Iglesia,  que  allí  prolijamente  se  expresan.  (Libro  1, 
fol.  99). 

En  22  de  diciembre,  se  recibió  el  pontifical  del  Illmo.  Sor. 
Dn.  Fr.  Domingo  de  Salinas,  enviado  desde  el  Tocuyo,  donde  murió, 
y  se  individualizan  todas  las  piezas  de  que  contaba.  Y  en  este 
mismo  acto  se  dispuso  que  pasada  la  Pascua  se  presentase  el 
Mayordomo  de  fábrica  a  dar  cuentas  ante  el  Sor.  Vicario  ca- 
pitular. (Libro  1,  fol.  100). 


Año  de  1602. 

En  13  de  febrero,  habiendo  dado  razón  el  señor  vicario  capi- 
tular de  haber  recibido  las  cuentas  del  mayordomo  de  fábrica 
Francisco  Rodríguez,  se  aprobaron.  (Libro  1,  fol.  101). 

En  18  de  febrero,  se  obedecieron  unas  letras  apostólicas  y 
reales  provisiones  sobre  publicación  de  la  segunda  predicación 
de  la  bula  de  la  Santa  Cruzada;  una  Real  Cédula  sobre  el  buen 
tratamiento  de  los  indios;  otra  para  que  el  Gobernador,  reser- 
vando 200  pesos  de  oro  de  los  Indios  (esto  es  las  Doctrinas)  que 
vacaron  instituya  un  preceptor  de  Gramática:  otra  para  que 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1602 


33 


ningún  Dignidad  vaya  a  España  sin  licencia  de  Su  Majestad; 
otra  para  que  si  algún  sacerdote  pretendiese  ser  presentado  a 
alguna  dignidad,  lo  haga  por  medio  del  Illmo.  Sor.  Obispo:  y 
otra  para  que  vacando  algunos  indios,  se  dé  el  beneficio  por  opo- 
sición. El  Gobernador  compareció  en  este  Cabildo,  e  intimó  las 
mismas  Cédulas  por  su  parte.  Y  siguen  copias  de  tres  de  estas 
Reales  Cédulas.  (Libro  1,  fol.  101  vto.). 

En  27  de  abril,  se  dispuso  que  los  negros  mandados  comprar 
se  traigan  de  Maracaibo,  y  que  sean  doce:  se  hizo  este  Cabildo 
con  asistencia  del  Sor.  Gobernador  y  capitán  general  Alonzo 
Arias  Baca,  y  firmó  en  él,  después  de  los  señores  capitulares.  Y 
sigue  otro  Cabildo  del  mismo  día,  en  que  se  entregó  el  dinero  al 
Sor.  Chantre  para  que  fuese  a  Maracaibo  de  cuenta  de  la  Iglesia 
a  la  compra  de  los  esclavos.  Y  al  folio  105  vto.  hay  otro  Cabildo 
de  24  de  mayo  acerca  de  la  entrega  de  los  dichos  esclavos  que 
trajo  el  señor  comisionado.  (Libro  1,  fol.  104). 

En  7  de  mayo,  se  hizo  ajuste  con  un  pintor,  para  pintar  en 
un  lienzo  de  4  varas  de  alto  la  imagen  de  Santa  Ana,  y  de  Nra. 
Sra.  y  las  de  San  Pedro  y  San  Pablo;  y  también  separadamente 
dos  crucifijos,  todo  en  40  pesos  de  oro  fino,  y  una  botija  de  vino. 
(Libro  1,  fol.  105). 

En  31  de  agosto,  se  presentó  Pablo  Lara  y  Brito  teniente  de 
Maracaibo  y  capitán  general  allí,  con  los  poderes  del  Illmo. 
Sor.  Dn.  Fr.  Pedro  de  Oña  del  Orden  de  Nra.  Sra.  de  la  Merced, 
y  sus  bulas  y  Reales  Cédulas  para  que  le  diese  la  posesión  de 
este  Obispado:  y  se  acordó  dársela,  y  que  en  conformidad  de  lo 
que  se  había  escrito  al  Cabildo  por  el  religioso  que  trajo  de  España 
y  sostituyó  los  poderes  para  recibir  la  posesión  (cuya  carta  está 
copiada)  quedase  el  gobierno  en  el  Cabildo  como  estaba  en  la 
sede  vacante,  hasta  que  viniese  su  Sría.  Illma.  Al  siguiente  día 
Io  de  septiembre  se  dió  la  posesión,  sentándose  al  dicho  Apo- 
derado en  una  silla  que  se  puso  en  el  coro,  y  entregándole  las  llaves 
de  la  Iglesia,  y  se  dió  la  obediencia  al  Illmo.  Sor.  Obispo  &.  No 
hay  copia  de  las  bulas,  ni  de  las  Cédulas,  ni  de  los  poderes.  (Li- 
bro 1,  fol.  106). 

En  30  de  diciembre,  se  dieron  varias  disposiciones  para  pro- 
seguir la  fábrica  de  la  Iglesia:  se  mandaron  hacer  unos  ornamentos; 
y  adornar  el  altar  mayor,  y  se  hizo  nombramiento  de  un  mona- 
cillo. (Libro  1,  fol.  108). 


4  —  dcteu.  I. 


54 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1603. 

En  14  de  enero,  insinuándose  la  necesidad  de  concluirse  bre- 
vemente la  nueva  Iglesia,  por  ser  pajiza  la  que  había,  y  entrarse 
a  ella  la  agua  cuando  llovía,  y  no  poderse  componer:  se  hizo  ajuste 
con  un  maestro  arquitecto  llamado  Gaspar  de  Rivera  Mata- 
judíos,  de  acabar  el  edificio  en  dos  años  y  medio,  dándole  qui- 
nientos pesos  de  plata  cada  año;  y  también  se  hizo  ajuste  con 
Juan  de  Artea^a  de  traer  las  maderas  hasta  ponerlas  en  el  puerto 
de  Barlovento  por  la  cantidad  de  Ó14  pesos  y  seis  reales  de  plata. 
(Libro  1,  fol.  109). 

En  24  de  enero,  recibida  una  Real  Cédula  en  que  participán- 
dose la  canonización  de  San  Raymundo  del  Orden  de  Santo  Do- 
mingo, se  manda  solemnizar  con  fiestas  de  regocijo;  se  acordó  su 
obedecimiento  y  se  señaló  el  día  21  de  abril  siguiente  para  la 
fiesta  en  todas  las  Iglesias  de  la  diócesis,  y  se  mandó  con  pena 
de  censuras  que  todos  los  vecinos  y  moradores  que  no  estubiesen 
impedidos  asistiesen  a  vísperas,  procesión  y  Misa.  (Libro  1, 
fol.  110). 

En  1 1  de  marzo,  se  establece  cofradía  de  Nra.  Sra.  de  la  So- 
ledad para  la  procesión  del  Viernes  Santo;  y  que  el  Deán  y  Cabildo, 
y  los  curas  de  la  catedral  fuesen  obligados  a  ir  a  aistir  a  ella  des- 
pués de  tinieblas;  y  se  ordena  el  giro  de  la  procesión  y  las  imá- 
genes que  se  han  de  llevar  en  ella,  y  que  se  predique  el  paso  de  la 
Soledad  y  descendimiento  de  la  Cruz,  si  hubiere  quien  lo  haga. 
(Libro  1,  fol.  110  vto.). 

En  16  de  mayo,  se  propone  pedir  al  Rey  la  mitad  de  la  va- 
cante del  Illmo.  Sor.  Salinas  para  la  prosecución  del  edificio  de 
la  Iglesia  y  que  se  prorrogue  la  merced  del  costo  de  vino  y  aceite, 
y  asimismo  de  las  tercias  y  novenos  para  las  demás  Iglesias  e 
igualmente  que  se  pidiese  a  Su  Majestad  un  libro  de  canto  llano 
de  las  Misas  de  los  Santos  y  uno  de  las  dominicas.  (Libro  1, 
fol.  112  vto.). 

En  27  de  junio,  subsistiendo  el  Cabildo  compuesto  de  sólo 
el  Chantre  y  tesorero  dijo  aquél  que  ya  había  un  año  que  había 
dejado  el  oficio  de  Provisor,  y  que  estaba  parada  una  causa  contra 
Antonio  Esteves  del  Tocuyo.  Y  ambos  unidamente  dieron  provi- 
dencia sobre  esta  causa,  librando  mandamiento  contra  el  dicho 
Esteves,  y  que  se  remitiese  traslado  auténtico  cerrado  y  sellado 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1603 


3;'. 


de  sus  autos  por  vía  de  Cartagena  y  del  Santo  Oficio,  consignados 
a  los  señores  del  Santo  Oficio  del  Castillo  de  Triana  en  Sevilla. 
Y  aquí  mismo  habiéndose  tenido  noticia  que  el  Cabildo  de  la 
ciudad  de  Guanaguanare,  había  llamado  a  Manuel  López,  pres- 
bítero, y  nombrándole  cura  de  allí  y  que  el  vicario  Ignacio  Orta 
lo  había  aprobado;  se  dio  comisión  al  presbítero  Diego  López 
para  que  fuese  a  Guanaguanare  y  cumpliese  con  censura  al  vicario 
a  comparecer  ante  el  Cabildo,  y  suspenso  el  dicho  López  lo  hiciese 
también  comparecer  por  procurador,  y  que  él  quedae  de  cura 
y  vicario  interino.  (Libro  1,  fol.  113). 

En  15  de  julio,  se  dijo  que  había  once  meses  que  el  Cabildo 
estaba  gobernando  el  obispado,  por  la  dejación  que  hizo  el  señor 
Chantre  Dn.  Diego  Fernández  de  Cárdenas,  el  cual  suplicó  que 
se  nombrase  provisor  que  gobernase  hasta  que  viniese  el  Illmo. 
Sor.  Dn.  Fr.  Pedro  de  Oña,  y  él  dió  su  voto  en  favor  del  señor  te- 
sorero, mas  éste  se  excusó  de  aceptar,  y  propuso  que  se  nombrase 
otra  persona  de  fuera  del  Cabildo,  pues  no  había  en  éste  sino  ellos 
dos:  y  habiendo  el  Chantre  insistido  en  que  el  tesorero  aceptase 
el  nombramiento  o  votase,  el  tesorero  resolvió  que  el  Cabildo 
quedase  en  este  estado,  hasta  que  en  otra  acta  se  viese  lo  que 
más  convenía.  (Libro  1,  fol.  114). 

En  26  de  agosto,  se  trató  acerca  de  la  memoria  de  dos  Misas 
cantadas,  la  una  con  vísperas  el  día  de  la  Natividad  de  Nra.  Sra. ; 
y  la  otra,  después  de  la  general  conmemoración  de  Difuntos,  por 
la  Alma  de  Juan  Frías;  y  aquí  mismo  en  virtud  de  lo  acordado 
se  certificó  que  la  fundación  fué  hecha  en  9  de  septiembre  de  1585, 
que  el  capital  era  cien  pesos  de  oro  fino,  y  su  rédito  anual  siete 
pesos,  un  tomin  y  tres  granos  de  oro  fino:  y  se  declaró  quedar  el 
Cabildo  obligado  anualmente  a  estas  dos  Misas.  (Libro  1,  fol.  115). 

En  Cabildo  de  29  de  noviembre,  fué  recibido  el  Br.  Fernando 
de  Ciero,  presbítero  cura  de  la  catedral,  con  un  título  de  vicario 
foráneo  de  la  ciudad  de  Coro,  el  cual  se  admitió  y  obedeció  por  el 
Cabildo.  De  la  copia  del  título  que  sigue  al  reverso  del  folio  116, 
resulta  ser  despachado  por  el  beneficiado  Pedro  Graterol,  que  se 
titula  gobernador  provisor  y  vicario  general  del  obispado, 
por  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Pedro  de  Oña;  y  en  efecto  en  el  mismo 
título  está  inserto  un  poder  otorgado  por  este  Illmo.  Señor  en  la 
ciudad  de  Valladolid,  Corte  del  Rey  a  2  de  febrero  de  1603,  en 
que  constituye  al  dicho  Pedro  Graterol,  natural  de  Trujillo  y  be- 
neficiado de  Santiago  de  la  ciudad  de  Caracas  por   tal  gober- 


36 


FUENTES  PARA   LA  HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


nador  y  provisor  en  primer  lugar,  en  segundo  a  Bartolomé  de  la 
Canal,  vicario  de  la  dicha  ciudad  de  Caracas,  y  en  tercero  a  Juan 
Mateos,  beneficiado  de  Trujillo.  El  sobredicho  título  fué  expedido 
en  Trujillo  en  3  del  mismo  mes  de  noviembre.  (Libro  1,  fol.  115vto.). 

En  31  de  diciembre,  se  acordó  que  el  mayordomo  de  fábrica 
Francisco  Rodríguez,  rindiese  cuentas;  que  se  las  tomase  el  te- 
sorero y  después  se  pasasen  al  Cabildo:  se  nombró  aquí  mismo 
por  colector  de  manuales  al  cura  Bartolomé  Gómez:  y  se  mandó 
requerir  al  que  había  de  traer  la  madera  de  la  Iglesia,  por  no  tener 
ya  que  hacer  el  albañil.  (Libro  1,  fol.  118  vto.). 

Año  de  1604. 

En  26  de  junio,  habiéndose  recibido  un  edicto  expedido  por 
Pedro  Graterol,  beneficiado  de  Caracas,  y  provisor  y  gobernador 
del  obispado  convocando  a  oposición  al  Deanato  que  estaba 
vacante:  el  Cabildo  con  respecto  a  no  constarle  que  hubiese  Cé- 
dula del  Rey  que  lo  facultase  y  exponiendo  lo  incongrus  que 
estaba  el  Cabildo  y  la  pobreza  del  obispado  se  denegó  a  mandar 
lijar  el  edicto,  lo  contradijo,  y  apeló  para  ante  quien  con  derecho 
debiere.  (Libro  1,  fol.  119  vto.). 

En  30  de  julio,  se  acordó  nombrar  y  se  nombró  por  apoderado 
en  la  corte  al  efecto  de  pedir  mercedes  a  Su  Majestad  para  los 
costos  del  edificio  de  la  Iglesia  que  se  estaba  trabajando,  y  tam- 
bién para  las  demás  del  obispado  a  Esteban  Adarzo  de  San- 
tander, Procurador  de  los  Reales  Consejos  y  a  Nicolás  de  Pe- 
ñalosa  que  iba  de  aquí  a  la  Corte  con  poderes  de  la  ciudad  de 
Santiago  de  León:  y  se  señalaron  60  pesos  de  oro  fino  a  cada 
uno  en  la  forma  que  constaría  de  escritura  que  se  otorgaría  para 
ello,  y  según  las  memorias  que  se  les  darían  de  lo  que  habían 
de  pedir  al  Rey,  y  que  en  caso  de  no  conseguirse  todo,  sólo  se  la 
pagase  a  rata  por  cantidad.  Y  en  este  mismo  Cabildo,  se  redimió 
por  Mateo  Méndez  de  Avila,  un  tributo  de  120  pesos  de  oro  fino 
(que  no  se  dice  a  que  pertenecía)  y  allí  mismo  se  concedió  a  Fran- 
cisco Romero.  (Libro  1,  fol.  120  vto.). 

En  13  de  octubre,  se  dispuso,  que  en  atención  a  estar  parada 
la  Iglesia  por  falta  de  materiales  para  el  trabajo,  por  haber  salido 
mala  la  teja  y  ladrillo,  y  no  haber  venido  las  maderas,  se  per- 
mitiese al  maestro  mayor  Matajudíos,  que  se  ausentase  como 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1605 


37 


pretendía  al  Tocuyo  hasta  que  se  le  avisase,  quedando  suspenso 
el  salario,  del  concierto  hecho;  y  se  nombró  un  sobrestante  para 
cuidar  de  que  los  negros  de  la  iglesia  trabajasen.  Y  todo  ésto  se 
reiteró  despidiéndose  enteramente  al  dicho  maestro  mayor  en  Ca- 
bildos de  15  y  16  del  mismo  mes.  (Libro  1,  fol.  121). 

En  el  mismo  día  13,  se  cerró  el  concierto  con  el  sobrestante 
Domingo  Pérez,  y  se  le  señalaron  80  pesos  anuales,  la  mitad  en 
lienzo  de  algodón  y  la  otra  mitad  en  plata  corriente,  distribuido 
el  primer  tercio  a  dos  reales  cada  semana  y  una  fanega  de  maíz 
cada  mes,  y  que  además  de  ésto  se  le  diese  de  aguinaldo  una  bo- 
tella de  vino,  para  que  de  más  buena  voluntad  asistiese  a  la  obra: 
y  esto  mismo  se  confirmó  en  otro  Cabildo  de  16  del  mismo  mes 
de  octubre.  (Libro  1,  fol.  122). 

En  31  de  diciembre,  se  mandaron  exhibir  las  cuentas  al  ma- 
yordomo de  fábrica;  se  comisionó  su  inspección  al  señor  tesorero, 
y  que  evacuada  volviesen  al  Cabildo:  se  eligió  al  mismo  tesorero 
por  colector  de  manuales  para  el  siguiente  año;  y  aquí  mismo  se 
acordó  que  en  atención  a  que  por  Real  Cédula  del  año  de  1601, 
dada  en  Valladolid,  se  había  hecho  merced  a  la  iglesia  de  la  mitad 
de  la  vacante  del  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Domingo  de  Salinas,  y  que 
los  oficiales  reales  habían  dado  libramiento  de  ciento  y  sesenta 
y  dos  mil  cincuenta  y  cuatro  maravediz,  que  montó  en  oro  de 
ley  de  veinte  y  dos  quilates  y  medio,  doscientos  noventa  y  un 
pesos,  tres  tomines  y  diez  granos  del  dicho  oro,  los  cuales  recibió 
el  Cabildo  se  dispuso  que  dadas  aquellas  cuentas  por  el  mayor- 
domo, se  entregase  a  éste  la  expresada  cantidad  para  gastarlos 
en  el  edificio  de  la  Iglesia,  y  culto  divino.  (Libro  1,  fol.  124  vto.). 


Año  de  1605. 

En  Cabildo  de  22  de  enero,  se  aprobaron  las  cuentas  del  ma- 
yordomo de  fábrica,  con  las  expresiones  de  darle  por  libre  y  quitó 
de  lo  que  a  su  cargo  estuviere.  (Libro  1,  fol.  125). 

En  22  de  febrero,  con  motivo  de  que  había  muchos  años  que 
no  se  liquidaban  los  productos  de  los  excusados  de  las  ciudades 
de  Barquisimeto,  Tocuyo,  Guanaguanare  y  Carora,  se  comisionó 
a  Alonzo  Freiré,  vecino  de  Coro  que  hacía  camino  a  aquellas 
partes,  para  que  hiciese  la  cobranza  de  los  arrendamientos  y  de 
las  personas  que  hubiesen  tenido  poder  de  los  mayordomos  de 


38 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


fábrica  para  cobrar  y  que  todas  las  resultas  las  remitiese  al  Ca- 
bildo, implorando  al  efecto  las  censuras  necesarias  del  provisor 
y  de  los  vicarios  foráneos.  (Libro  1,  fol.  125  vto.). 

En  9  de  mayo,  habiéndose  presentado  por  medio  de  apoderado 
que  lo  era  un  vecino  del  reino  de  Santa  Fe  de  Bogotá,  un  título 
despachado  por  el  sobredicho  provisor  del  Illmo.  Sor.  Dn.  Pedro 
de  Oña,  en  que  constituye  visitador  general  de  toda  esta  diócesis 
al  muy  reverendo  Padre  Fr.  Diego  Soler,  ministro  provincial  del 
Orden  de  San  Francisco  con  omnímodas  facultades  para  todo  lo 
relativo  a  la  visita  de  todas  las  iglesias  y  curatos,  y  hasta  para 
nombrar  curas  interinos  y  separar  a  otros:  el  Cabildo  en  su  vista 
dijo,  que  sin  perjuicio  del  derecho  que  por  los  Sagrados  Concilios 
le  es  concedido  y  de  los  que  asimismo  le  son  concedidos  por  la 
erección  de  este  obispado,  no  atribuyendo  más  jurisdicción  que 
la  que  por  derecho  hubiese  lugar,  salvo  el  derecho  de  la  nulidad, 
recibía  al  dicho  reverendo  Padre  por  tal  visitador,  suplicándole 
guardase  las  exenciones,  franquezas  y  libertades  concedidas  al 
Cabildo  en  común,  y  a  sus  individuos.  (Libro  1,  fol.  126). 

En  14  del  mismo,  habiendo  expuesto  Francisco  Rodríguez, 
que  por  ser  teniente  de  contador  de  la  Real  Hacienda  y  alcalde 
ordinario  de  Coro,  ya  no  podrá  continuar  el  servicio  de  la  secre- 
taría de  Cabildo,  se  le  admitió  la  renuncia  de  este  oficio,  y  se  le 
mandó  al  mayordomo  de  fábrica  que  le  pague  lo  que  se  le  debía 
de  su  salario.  Y  en  este  mismo  acto  fué  nombrado  por  secretario 
Agustín  Ruíz;  aceptó  y  juró  y  se  le  señaló  el  mismo  salario  se- 
ñalado a  su  antecesor  de  12  pesos  de  oro  anualmente:  y  se  co- 
misionó al  señor  tesorero  para  hacer  la  entrega  del  archivo  al 
nuevo  secretario,  previniéndole  que  a  la  caja  que  servía  de  ar- 
chivo se  le  pusiese  un  candado  con  dos  llaves  de  las  cuales  una 
tuviese  el  secretario  y  la  otra  la  dignidad  más  antigua  y  que  se 
colocase  la  dicha  caja  en  la  Santa  Iglesia:  y  sigue  el  inventario. 
(Libro  1,  fol.  127  vto.). 

En  13  de  junio,  se  mandó  hacer  nuevo  pulpito  para  predicar 
por  haber  quemado  los  ingleses  el  que  había,  y  se  diputó  para  in- 
tervenir en  esta  obra  al  señor  tesorero  Dn.  Francisco  Ramírez. 
Y  también  se  mandaron  hacer  unas  crismeras  y  unas  vinageras 
de  plata  y  aderezar  el  insensario,  poniéndole  pie  nuevo:  cuyas 
piezas  encargaría  el  mayordomo  a  algún  oficial  en  Carta- 
gena, Santo  Domingo  o  Caracas  u  otra  parte.  (Libro  1,  fol. 
128  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1605 


7,9 


En  23  de  julio,  se  acordó  que  el  señor  tesorero  y  el  mayordomo 
tratasen  con  un  oficial  albañil,  llamado  Francisco  Pérez,  que 
había  en  Coro,  para  ajustar  con  él  el  quemar  dos  hornos  uno  de 
cal  y  otro  de  ladrillo.  Aquí  mismo  se  hizo  en  nombre  de  Alonzo 
Freiré  a  quien  se  encomendó  el  cobro  de  algunas  deudas  de  excu- 
sados en  tierra  adentro,  el  exhibo  de  ocho  fardos  de  lienzo  y  de 
catorce  libras  y  tres  onzas  de  pita,  y  de  unos  vales  de  lo  que  se 
quedaba  restando  y  ascendía  a  672  pesos  y  6  tomines;  pues  aunque 
se  había  hecho  la  solución  de  697  pesos  y  6  tomines,  parecía  que 
hubo  de  gasto  en  la  conducción  de  los  fardos  25  pesos:  y  se  mandó 
al  mayordomo  de  fábrica  que  se  hiciese  cargo  de  todo  y  que  pudiese 
emplear  parte  del  lienzo  en  vestir  los  negros  de  la  iglesia.  (Libro  1, 
fol.  129). 

En  2  de  agosto,  habiendo  noticiado  el  señor  Chantre,  que  un 
religioso  visitador  de  Orden  de  San  Francisco  había  fundado  una 
Cofradía  de  negros  morenos  y  esclavos,  y  que  ésto  lo  había  sabido 
con  motivo  de  haber  prevenido  en  las  Constituciones  que  este  día 
de  la  Porciuncula  lo  guardasen  como  día  de  fiesta;  y  que  su  voto 
era  hacer  contradicción  porque  ni  aquél  tenía  facultades  legítimas 
ni  los  curas  de  la  Catedral  podían  hacer  procesión  en  ella:  el  otro 
señor  capitular  asistente  fué  de  parecer  que  se  pusiese  en  noticia 
del  señor  provisor  para  que  determinase.  No  se  dice  el  título  de 
la  Cofradía,  se  infiere  que  sería  la  tercera  Orden  de  San  Fran- 
cisco. (Libro  1,  fol.  129  vto.). 

En  26  del  mismo,  el  señor  tesorero  solo  por  ausencia  del 
señor  Chantre,  haciendo  memoria  del  Cabildo  en  que  se  admitió 
la  dejación  del  oficio  de  secretario  a  Francisco  Rodríguez,  y  se 
nombró  a  Agustín  Ruíz,  y  expresando  que  éste  se  había  ausentado 
a  su  hacienda;  lo  dió  por  apartado  del  oficio,  y  subrogó  al  mismo 
Francisco  Rodríguez  por  tal  secretario,  haciendo  que  al  efecto 
prestase  como  prestó  nuevo  juramento  y  se  le  señaló  el  mismo 
salario  de  12  pesos  de  oro  anuales  contribuibles  por  la  fábrica. 
Y  en  este  mismo  acto  se  dijo;  que  pues  el  albañil  Francisco  Pérez 
a  quien  se  trataba  de  nombrar  para  la  quema  de  los  hornos  de  cal 
y  ladrillo,  estaba  viejo  y  enfermo,  y  en  disposición  de  retirarse  a 
Santo  Domingo,  se  suspendiese  el  ajuste,  y  que  un  negro  de  la 
iglesia  que  era  albañil  quemase  el  de  ladrillo.  (Libro  1,  fol.  130). 

En  31  de  diciembre,  se  nombró  por  colector  de  manuales  a 
Dn.  Bartolomé  Gómez,  que  estaba  electo  tesorero  de  esta  catedral; 
para  que  como  tal  comenzase  a  ejercer  su  oficio.  Se  reeligió  a  Fran- 


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FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


cisco  Rodríguez  para  mayordomo  de  fábrica:  y  se  mandó  pagar 
su  salario  al  sobrestante.  Y  concecutivamente  comparecieron  los 
dos  nombrados  colector  y  mayordomo,  y  prestaron  juramento. 
(Libro  i,  fol.  132). 

Año  de  1606. 

En  31  de  enero,  se  acordó  revocar  el  poder  que  conforme  a 
la  acta  de  30  de  julio  de  1604  se  dió  a  un  vecino  de  Caracas,  y  a 
un  procurador  de  la  Corte,  para  pedir  al  Rey  las  mercedes  que 
allí  se  expresan:  y  en  atención  a  que  el  procurador  había  muerto 
y  aquel  vecino  no  trataba  ya  de  ir  a  la  Corte,  y  que  actualmente 
se  partía  para  ella  Dn.  Francisco  de  la  Piñuela  vecino  de  Trujillo, 
se  le  diese  a  éste  el  poder,  con  facultad  de  sostituirlo  en  procurador 
de  los  de  la  Corte,  y  que  llevase  un  memorial  del  Cabildo  auto- 
rizado por  el  secretario,  pidiéndose  estas  mercedes:  prorrogación 
de  la  limosna  de  vino  y  aceite  para  todas  las  iglesias  del  obispado: 
ampliación  por  otros  seis  años  de  la  gracia  de  tercias  y  novenos, 
hecha  a  las  mismas  iglesias:  limosna  de  cuatro  mil  ducados  para 
poder  acabar  el  crucero  del  edificio  de  la  iglesia;  pues  iban  ya 
gastados  más  de  veinte  mil  en  lo  que  estaba  trabajado:  la  de  dos 
libros  de  canto  de  coro,  uno  de  santos  y  otro  de  dominicas  y  ferias: 
solicitar  si  se  había  hecho  la  merced  pedida  de  la  mitad  de  la  va- 
cante del  Illmo.  Sor.  Salinas:  petición  del  tratamiento  de  señoría 
al  Cabildo  estando  congregado  capitularmente:  y  de  que  se  pre- 
venga a  los  Illmos.  Sres.  Obispos,  que  asistan  a  la  catedral  y  que 
estando  fuera  en  su  oficio  pastoral,  deje  su  provisor  en  la  misma 
catedral.  (Libro  1,  fol.  133). 

En  11  de  febrero,  se  acordó  que  a  las  peticiones  antecedentes 
se  añadiese  otra;  de  que  los  dos  curatos  de  la  catedral,  se  incor- 
porasen al  Cabildo;  pues  ya  tenía  cuatro  dignidades  y  se  hallaban 
con  rentas  muy  cortas.  Y  sigue  una  diligencia  de  la  entrega  del 
poder,  instrucción  y  documentos  al  apoderado.  (Libro  1,  fol.  134). 

En  13  del  mismo,  habiéndose  presentado  el  Padre  Henrique 
Bello  presbítero,  vicario  foráneo  de  Coro,  con  un  título  despachado 
en  Trujillo  por  Pedro  Graterol  gobernador  y  vicario  general  de 
este  obispado  por  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Pedro  de  Oña  a  2  de 
febrero  de  este  año,  en  que  en  virtud  de  facultades  que  expresa 
tener  de  su  Sría.  Illma.,  nombra  y  constituye  al  dicho  presbítero 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1606 


41 


por  vicario  general,  que  resida  en  dicha  ciudad  de  Coro,  y  su 
catedral,  representando  su  misma  persona  y  con  iguales  facul- 
tades para  todas  causas,  concursos  a  curatos  y  colación  de  pre- 
bendas el  Cabildo  lo  admitió  y  recibió  por  tal  vicario  general; 
y  en  la  misma  acta  está  inserta  una  copia  del  título.  (Libro  1,  fol. 
134  vto.)- 

En  14  del  mismo,  se  dió  posesión  de  la  dignidad  de  Deán,  va- 
cante por  fallecimiento  de  Dn.  Francisco  López  (con  la  circuns- 
tancia de  reiterar  la  colación  por  impositionem  birreii  a  mayor 
abundamiento,  pues  ya  le  había  dado  el  vicario  general,  residente 
en  Coro)  al  Sor.  Dn.  Diego  Fernández  de  Cárdenas  que  había 
sido  Chantre,  en  virtud  de  la  real  presentación  expedida  en  Va- 
lladolid  a  29  de  junio  de  1604:  se  le  dió  con  las  ceremonias  acos- 
tumbradas, y  derramó  cantidad  de  moneda  castellana.  La  dili- 
gencia de  colación  dada  por  el  vicario  general,  fué  actuada  en 
la  iglesia  por  impositionem  birreti  y  sentándole  en  la  silla  de  Deán, 
precedido  el  examen  prevenido  en  la  real  presentación  y  hecha  la 
profesión  de  la  fe;  la  cual  también  hizo  en  la  diligencia  de  la  po- 
sesión: y  ambos  actos  fueron  consecutivos  en  un  mismo  día  y  a 
la  hora  de  tercia.  (Libro  1,  fol.  136). 

En  15  del  mismo  y  a  la  hora  de  tercia  igualmente  (menos  la 
efusión  de  monedas,  de  que  aquí  no  se  hace  mención)  se  dió  co- 
lación y  posesión  de  la  dignidad  de  Chantre,  vacante  por  pro- 
moción del  sobredicho  Dn.  Diego  de  Cárdenas,  al  señor  tesorero 
Dn.  Francisco  Ramírez  en  virtud  de  la  real  presentación  expedida 
en  Valladolid,  a  24  de  junio  de  1604.  (Libro  1,  fol.  137  vto.). 

En  el  propio  día  y  hora,  con  iguales  diligencias  y  ceremonias 
(a  excepción  de  la  efusión  de  monedas  de  que  aquí  no  se  hace 
mención)  se  dió  colación  y  posesión  de  la  dignidad  de  tesorero, 
vacante  por  promoción  del  sobredicho  Dn.  Francisco  Ramírez 
al  Sor.  Dn.  Bartolomé  Gómez,  que  había  sido  cura  y  sochantre 
de  la  catedral,  en  virtud  de  real  presentación  expedida  en  29  de 
junio  de  1604.  (Libro  1,  fol.  139).  Al  margen:  Así  está. 

En  16  de  dicho  mes  de  febrero,  se  mandó  hacer  una  alacena 
en  la  sacristía  para  custodiar  los  ornamentos  y  alhajas,  que  por 
estar  en  cajas  se  maltrataban;  y  asimismo  se  dispuso  que  se  hi- 
ciesen unos  ciriales,  y  que  para  cargarlos  se  concertase  otro  mo- 
nacillo; que  se  hiciese  una  tumba  para  funerales  y  que  se  comprase 
madera  para  hacer  un  pulpito  y  un  marco  al  retablo  de  señora 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  ÜE  VENEZUELA 


Santa  Ana.  (Libro  1,  fol.  135  vto.).  Al  margen:  Está  invertido 
el  folio  por  hallarse  este  Cabildo  antes  de  aquellas  posesiones. 

En  14  de  marzo,  se  nombró  por  monacillo  a  Diego  Martínez, 
con  salario  de  12  pesos  de  plata  pagable  por  la  fábrica  y  se  cometió 
al  señor  tesorero  el  hacer  ordenar  y  trazar  el  monumento,  y  que 
para  el  gasto  ocurriese  el  Mayordomo.  (Libro  1,  fol.  141). 

En  14  de  abril  con  motivo  de  haberse  experimentado  no  haber 
tierra  buena  en  Coro  para  hacer  teja,  pues  seis  mil  que  se  quemaron 
se  deshicieron  en  la  primera  lluvia;  y  que  el  crucero  del  nuevo  edi- 
ficio de  la  iglesia  estaba  ya  al  concluirse,  se  acordó  que  se  encar- 
gasen a  Cartagena  o  Santa  Marta,  a  cuyo  fin  se  dieron  las  dispo- 
siciones congruentes;  y  que  para  el  pago,  respecto  a  que  la  iglesia 
no  tenía  moneda  amonedada,  se  remitiese  la  pita  y  lienzo  que  tenía 
a  la  ciudad  de  Santo  Domingo,  para  que  allí  se  vendiese  y  se  tra- 
jese el  producto  empleándose  sólo  lo  necesario  en  hacer  unas 
crismeras.  (Libro  1,  fol.  141  vto.). 

En  18  del  mismo,  se  trató  nuevamente  acerca  de  la  traída  de 
la  teja  y  se  acordó  que  al  efecto  se  remitiesen  quinientas  varas 
de  lienzo  al  Deán  de  Cartagena  Dn.  Jusepe  de  Barros,  y  a  Dn. 
Pedro  de  Barros,  y  al  Capitán  Diego  de  Peralta  por  lo  respectivo 
a  la  que  se  había  de  traer  de  Santa  Marta:  y  se  refiere  el  ajuste 
hecho  con  Baltazar  Martín  Maestre  de  la  Fragata  Santa  Lucía, 
para  traer  la  teja  a  razón  de  seis  pesos  el  millar,  puesta  en  sal- 
vamento en  el  puerto  de  Sotavento  de  Coro  que  se  nombraba 
la  Caleta  de  Diego  Peroso.  (Libro  1,  fol.  142). 

En  18  de  agosto,  se  acordó  que  ni  el  Deán  y  Cabildo  ni  otra 
persona  diga  Misa  rezada  en  el  Altar  mayor,  sino  fuere  por  el 
semanero  que  fuere:  que  las  misas  de  capellanías  que  así  por  el 
Cabildo  como  por  los  curas  hubiesen  de  cantarse,  no  se  dijesen 
sino  en  los  altares  colaterales.  Que  los  curas  hiciesen  su  semana 
como  lo  dispuso  el  Illmo.  Sor.  Manzanillo.  Que  la  misa  de  Alba 
se  dijese  muy  de  mañana  en  el  altar  mayor  y  que  en  ella  al  Ofer- 
torio o  concluido  el  rezo  (que  se  supone  se  hacia  al  tiempo  de  ella 
de  algunas  devociones)  se  denunciasen  las  fiestas  por  el  sacristán: 
y  asimismo  se  dispuso  que  éste  y  los  curas  concluida  aquella 
misa,  ocurriesen  a  sus  respectivos  servicios.  Y  en  este  mismo 
Cabildo,  se  mandó  que  se  preparase  otro  horno  de  cal,  que  se 
vendiese  un  anillo  del  expolio  del  Illmo.  Sor.  Salinas,  y  que  se 
hiciese  un  frontal  morado  para  el  altar  mayor.  (Libro  1,  fol. 
142  vto.) 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1606 


45 


En  25  del  mismo,  con  motivo  de  ser  notorio  que  el  Illmo.  Sor. 
Obispo  de  esta  diócesis  estaba  en  la  ciudad  de  Santo  Domingo 
y  que  de  allí  había  de  venir  a  Coro,  se  mandaron  componer  y 
aderezar  las  casas  episcopales  y  que  para  esto  ocurriesen  los  negros 
de  la  iglesia.  Y  se  dispuso  también  que  se  escribiese  a  su  Sría. 
Illma.  insinuándole  la  necesidad  que  había  de  su  persona:  No 
dice  aquí  el  nombre  de  este  prelado,  pero  más  adelante  consta. 
(Libro  1,  fol.  143). 

En  17  de  octubre,  se  dispuso  que  el  mandador  de  la  iglesia 
fuese  a  recibir  siete  mil  y  quinientas  tejas  que  se  habían  traido 
de  las  encargadas  a  Santa  Marta,  y  que  se  pagasen  unas  crismeras 
de  plata  que  también  se  habían  traido,  y  se  entregasen  a  los  curas. 
Y  en  este  mismo  acto  se  dispuso  que  el  capitular  que  fuese  sema- 
nero asistiese  al  rezo  de  las  horas  con  sobrepelliz,  suponiéndose 
que  los  demás  no  podían  por  la  poca  e  incongruente  sustentación. 
(Libro  1,  fol.  143  vto.). 

En  7  de  noviembre  se  presentó  el  mandador  o  sobrestante 
Domingo  Férez  pidiendo  aumento  de  salario,  y  se  reservó  para  otro 
Cabildo.  Mas  luego  se  trató  el  asunto  y  se  le  señalaron  doscientos 
pesos  de  plata  por  dos  años,  pagables  los  dos  tercios  en  moneda 
y  el  otro  en  lienzo  a  cuatro  reales  vara  y  la  arroba  de  harina  a  diez 
pesos;  y  que  a  más  de  ésto  se  le  diesen  las  doce  fanegas  de  maíz 
y  carne,  según  estaba  antes  señalado.  (Libro  1,  fol.  144). 

En  30  de  diciembre,  atentos  los  buenos  servicios  de  Francisco 
Rodríguez,  se  le  reeligió  por  mayordomo  de  fábrica;  cuya  reelec- 
ción aceptó  y  juró:  y  se  le  mandó  que  presentase  cuentas.  También 
se  nombró  por  colector  de  manuales  a  Gaspar  de  Villalobos,  cura 
de  la  catedral,  y  en  el  mismo  acto  aceptó  y  juró,  y  se  le  señaló 
un  diez  por  ciento  de  lo  que  cobrase.  Se  diputó  al  Sor.  tesorero 
para  tomar  las  cuentas  al  mayordomo,  y  que  para  su  aprobación 
se  trajesen  al  Cabildo.  Y  se  mandó  al  mayordomo  que  comprase 
lienzo  para  vestir  los  negros  de  la  iglesia,  y  que  atendiese  a  la 
curación  de  los  enfermos  de  ellos.  (Libro  1,  fol.  144  vto.). 

En  el  mismo  día,  Francisco  Romero,  alcalde  de  la  hermandad, 
exhibió  120  pesos  de  oro  fino,  capital  de  un  censo  de  la  memoria 
del  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Pedro  Mártir  Palomino:  se  hubo  por 
redimido  y  cancelada  la  escritura;  y  en  el  mismo  acto  se  concedió 
y  entregó  para  el  nuevo  reconocimiento  al  Capitán  Diego  Peroso, 
alcalde  ordinario,  y  se  cometió  al  señor  Deán  el  intervenir  en  el 
otorgamiento  de  la  escritura.  (Libro  1,  fol.  145). 


44 


FUENTES   PARA   I.A   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1607. 

En  10  de  enero,  con  motivo  de  que  el  señor  tesorero  Dn.  Bar- 
tolomé Gómez,  había  de  pasar  a  la  ciudad  de  Santiago  de  León 
a  consultar  y  tratar  con  el  Illmo.  Sor.  Obispo  Dn.  Fr.  Antonio  de 
Alzega  las  cosas  convenientes  en  pro  y  utilidad  de  la  catedral; 
se  le  dió  poder  para  tomar  cuentas  de  los  herederos  de  Bartolomé 
de  la  Canal,  cura  que  fué  de  la  dicha  ciudad  en  cuanto  a  lo  que 
hubiese  cobrado  de  excusados  allí,  y  en  la  ciudad  de  San  Sebastián 
y  en  Caravalleda  y  Valencia;  y  también  se  le  dió  poder  para 
pedir  mercedes  al  Rey,  procediendo  consultar  con  el  dicho  Illmo. 
Sor.  Obispo.  (Libro  1,  fol.  145  vto.). 

En  28  de  mayo,  habiéndose  presentado  una  Real  Cédula  e 
instrucción  sobre  la  cuarta  predicción  de  la  bula  de  la  Santa 
Cruzada  y  su  publicación;  prestado  el  obedecimiento  se  dispuso 
que  para  el  recibimiento  se  pusiese  la  bula  en  la  iglesia  de  San 
Clemente,  y  que  asistiesen  a  la  procesión  todo  el  clero  y  los  vecinos 
y  moradores  de  la  ciudad.  Y  sigue  copia  de  la  Real  Cédula  y  de  la 
instrucción:  y  en  aquélla  se  describe  prolijamente  como  ha  de 
hacerse  el  recibimiento  y  quienes  han  de  concurrir.  (Libro  1, 
fol.  146). 

En  7  de  julio  habiéndose  tenido  noticia,  que  el  Illmo.  Sor. 
Dn.  Fr.  Antonio  de  Alzega,  obispo  de  esta  gobernación  de  Ve- 
nezuela iba  a  Coro,  se  acordó  que  uno  de  los  dos  señores  capi- 
tulares existentes,  saliese  a  recibirle,  y  al  efecto  el  Deán,  aunque 
impedido  dijo;  que  él  quería  hacer  este  servicio  al  Cabildo;  y  el 
otro  que  era  el  Chantre,  quedó  para  proveer  las  cosas  necesarias 
para  el  recibimiento.  (Libro  1,  fol.  148). 

Nota:  que  de  este  Sor.  Illmo.  no  hay  acta  de  su  recibimiento 
y  posesión,  ni  copia  de  sus  bulas;  por  lo  cual  he  examinado  la 
cronología  de  obispos  citada  al  principio  de  este  Indice,  y  en 
ella  se  dice;  que  era  del  Orden  de  San  Francisco;  que  fué  presen- 
tado en  25  de  septiembre  de  1604,  y  electo  en  12  de  diciembre 
de  605,  habiendo  vacado  esta  diócesis  por  promoción  del  Illmo. 
Sor.  Dn.  Fr.  Pedro  de  Oña,  aún  estando  en  España. 

En  7  de  agosto,  presente  el  sobredicho  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr. 
Antonio  de  Alzega  y  en  su  casa,  se  acordó  que  bajo  la  intervención 
del  Sor.  Deán  se  solicitase  un  oficial  para  cubrir  a  la  mayor  bre- 
vedad la  capilla  mayor  de  la  Santa  Iglesia.  Que  se  diese  poder  a 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1607 


45 


Francisco  Carrillo  para  que  pudiese  pedir  ante  el  señor  gober- 
nador y  oficiales  el  cumplimiento  de  una  Real  Cédula,  cuyo  con- 
tenido no  se  enuncia,  ni  hay  copia  de  ella:  y  que  se  convocase 
al  Cabildo  secular,  para  tratar  junto  con  el  eclesiástico  acerca  de 
la  traza  de  la  Iglesia,  respecto  de  que  había  mucho  ladrillo  y 
cal,  y  la  dificultad  de  cubrirse  de  tejas:  el  señor  Obispo  firmó 
así:  Fr.  Antonias  Episcopus.  (Libro  1,  fol.  148,  vto.). 

En  18  del  mismo,  habiendo  exhibido  Gaspar  Sánchez  150 
pesos  de  oro  fino,  capital  de  una  memoria  del  Illmo.  Sor.  Dn. 
Fr.  Pedro  Mártir  Palomino;  se  hubo  por  redimido  y  por  cancelada 
la  escritura,  y  el  mismo  día  se  concedieron  los  300  pesos  de  plata 
de  a  veinte  reales  cada  pesos  en  que  se  hizo  la  dicha  redención, 
y  se  entregaron  para  el  nuevo  reconocimiento  a  censo  a  razón 
de  catorce  mil  el  millar,  a  Francisco  de  Morales  y  a  Ana  de  Mo- 
rales, sobre  las  fincas  que  se  expresan.  (Libro  1,  fol.  149). 

En  18  de  septiembre,  presente  el  prelado  y  en  su  casa,  se 
trató  acerca  del  cumplimiento  de  una  Real  Cédula,  en  que  se 
hace  merced  a  esta  Santa  Iglesia  del  aceite  para  la  lámpara  del 
Santísimo  Sacramento  y  del  vino  para  celebrar;  y  se  acordó  que 
se  pagasen  25  pesos  de  oro  de  sus  costos  al  apoderado,  y  que  se 
presentase  al  señor  gobernador  y  oficiales  reales  de  Caracas  pi- 
diendo su  cumplimiento.  Y  en  este  mismo  acto,  habiendo  mani- 
festado el  señor  Deán,  que  tenía  en  su  poder  229  pesos  y  un  tomín 
de  oro  perteneciente  a  su  antecesor  difunto,  y  al  arcediano  Dn. 
Juan  de  Bellaz,  ausente,  quienes  habían  hecho  algunas  cobranzas 
de  cantidades  de  la  fábrica  de  la  Iglesia  en  más  de  400  pesos; 
se  acordó  que  se  entregasen  al  mayordomo  con  declaración  de  lo 
referido.  (Libro  1,  fol.  149  vto.). 

En  27  del  mismo,  se  dijo:  que  para  la  entrega  de  los  dichos 
129  pesos  y  un  tomín  de  oro,  se  había  tomado  una  negra  ma- 
zambique  al  señor  Deán  en  cantidad  de  135  pesos  de  oro  fino; 
y  se  mandó  al  mayordomo  que  la  tomase  como  bienes  de  la  iglesia, 
y  se  otorgasen  las  escrituras.  (Libro  1,  fol.  150). 

En  Io  de  octubre,  habiendo  insinuado  el  señor  Deán  que  el 
Cabildo  estaba  hecho  cargo  de  las  misas  de  los  sábados  a  la  San- 
tísima Virgen  y  que  a  la  pitanza  de  ella  sólo  asignó  la  Cofradía 
de  la  Limpia  Concepción  de  Nuestra  Señora  en  su  principio  30 
pesos  de  plata  corriente,  y  que  ya  esta  Cofradía  no  está  pobre, 
y  el  valor  de  todas  las  cosas  era  muy  caro;  se  acordó  que  se  supli- 
case al  Illmo.  Sor.  Obispo  mandase  acrecentar  el  estipendio  de 


46 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


estas  misas;  y  que  también  se  le  pidiese  que  señalase  lo  que  se 
había  de  dar  al  Cabildo  cuando  fuese  convidado  para  algún  oficio 
funeral;  pues  era  muy  poco  lo  que  estaba  tasado  por  el  Sínodo. 
Y  en  este  mismo  acto  se  acordó:  que  el  pectoral  del  Illmo.  Salinas 
y  tres  esmeraldas  de  una  mitra,  se  empleasen  en  dorar  el  círculo 
de  la  Custodia  del  Santísimo,  y  un  cáliz,  y  en  adornar  la  cus- 
todia grande.  (Libro  l,  fol.  150  vto.). 

En  2  del  mismo,  su  Sría.  Illma.  en  vista  del  acuerdo  ante- 
cedente, dispuso  que  se  ejecutase  lo  acordado  en  cuanto  al  pec- 
toral. Por  lo  respectivo  a  las  misas  de  los  sábados,  señaló  por 
cada  una  ocho  reales  castellanos  que  hacen  diez  reales  de  plata 
corriente;  y  que  en  los  entierros  de  Deán  y  Cabildo  llevase  éste 
por  el  acompañamiento  del  cuerpo,  vigilia  y  misa  doce  ducados 
castellanos.  (Libro  1,  fol.  150  vto.). 

En  8  del  mismo,  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  su  casa,  con 
atención  a  que  en  esta  catedral  no  había  habido  costumbre  de 
decir  las  misas  conventuales  por  la  intención  que  las  demás  iglesias 
catedrales  acostumbraban;  se  acordó  y  mandó  que  de  este  día  en 
adelante  el  semanero  fuese  obligado  a  decirla  todos  los  días  por  la 
exaltación  de  la  fe,  conversión  de  estos  indios  y  demás  infieles 
y  extirpación  de  las  herejías,  y  por  su  Majestad  y  Casa  Real  y 
por  este  pueblo,  obispo  y  obispado,  y  que  en  ella  siempre  se  dijese 
la  colecta: 

Con  declaración  que  las  misas  de  erección  que  son  tres  cada 
mes  pudiesen  cumplirse  con  esta  misa  conventual,  sin  embargo 
del  derecho  que  sobre  esto  pudiese  haber  conforme  a  las  demás 
catedrales,  o  fuese  dispuesto  de  juro  o  de  costumbre.  (Libro  1, 
fol.  151). 

En  este  mismo  acto,  atendiéndose  a  que  no  se  podía  proceder 
a  la  erección  de  seminario  conforme  al  Santo  Concilio  de  Trento 
por  la  mucha  pobreza  del  obispado,  poco  valor  de  los  diezmos, 
y  escasez  de  beneficios,  se  dispuso  que  se  criase  un  preceptor  de 
gramática  para  que  la  leyese  a  los  pobres  estudiantes  y  ministros 
de  la  Santa  Iglesia  catedral,  señalándole  de  renta  200  pesos  de 
oro  en  cada  año,  y  concediéndosele  habitación  en  las  casas  epis- 
copales y  que  los  dichos  200  pesos  se  contribuyesen  de  este  modo: 
100  por  los  veinte  curas  que  había  en  diez  pueblos  de  españoles 
a  cinco  pesos  cada  uno:  44  y  tomines  la  caja  del  Rey  por  el  ser- 
vicio de  la  sacristía  de  la  catedral:  el  señor  obispo  en  sus  rentas 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1607 


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16  pesos:  la  fábrica  otros  16,  y  la  mesa  capitular  24  pesos.  (Libro  1, 
fol.  151). 

En  el  propio  acto,  se  mandó  que  para  memoria  en  lo  futuro, 
se  escribiese  en  este  mismo  Cabildo,  como  los  curas  de  la  catedral 
estaban  obligados  a  decir  misa  todos  los  domingos  y  fiestas  de 
guardar  el  que  fuese  semanero,  celebrándola  muy  de  mañana, 
aplicándola  por  el  pueblo  y  declarando  el  Santo  Evangelio  y 
doctrina  cristiana.  (Libro  1,  fol.  151). 

En  20  del  mismo  mes  de  octubre,  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  presente 
el  M.V.S.  Deán  y  Cabildo,  dijo:  que  habiendo  visitado  el  hos- 
pital lo  había  hallado  muy  necesitado  y  que  para  su  remedio  y 
mejor  asistencia  de  los  enfermos  rogaba  y  encargaba  al  Deán  y 
Cabildo  que  el  que  fuese  semanero  lo  fuese  también  de  visitar 
aquellos  enfermos,  que  la  dignidad  mayor  fuese  siempre  rector 
de  él  y  que  éste  con  los  demás  compañeros,  todos  los  años  el  día 
del  Sor.  San  Joseph  nombrasen  un  mayordomo:  y  asimismo 
dispuso  que  luego  se  iniciasen  los  cimientos  de  un  aposento,  corral 
y  cocina  para  el  dicho  hospital.  Sólo  firmó  su  Sría.  Illma.  y  el  se- 
cretario de  Cabildo.  (Libro  1,  fol.  151,  vto.). 

En  3  de  noviembre,  se  mandó  entregar  a  los  curas  un  relicario 
de  plata  que  para  administraciones  se  hizo  con  una  limosna  que 
dió  el  Illmo.  Sor.  Obispo  y  que  lo  sobrante  y  también  el  resto  del 
valor  del  lienzo  que  se  llevó  a  Santa  Marta  para  la  compra  de 
la  teja,  se  entregase  al  mayordomo.  Se  refiere  en  este  mismo  acto 
haberse  hecho  el  reconocimiento  del  capital  de  200  pesos  de  una 
capellanía  de  doña  Catalina  Baca.  Se  aumentó  hasta  18  pesos 
el  salario  anual  de  15  que  tenían  los  dos  mozos  de  coro,  que  también 
eran  monacillos.  Y  por  lo  respectivo  a  la  deuda  de  los  señores 
Deán,  difunto,  y  arcediano,  se  declaró  que  todo  ascendía  a  138 
pesos  de  oro  y  que  quedaban  entregados  al  mayordomo  con  inclu- 
sión de  la  negra  esclava  que  había  recibido  antes.  (Libro  1,  fol.  152). 

En  14  de  diciembre,  se  dispuso  remitir  poder  a  Francisco 
Castillo  vecino  de  la  ciudad  de  Santiago  de  León,  para  presentarse 
a  cobrar  de  los  oficiales  reales  la  merced  de  la  mitad  de  la  vacante 
que  hizo  Su  Majestad.  Y  que  a  este  mismo  apoderado  como  que 
lo  era  para  cobrar  allí  los  excusados,  remitiese  100  pesos  de  oro 
por  la  vía  de  Cartagena  a  la  Corte  para  otro  apoderado  existente 
allí:  y  asimismo  se  le  previno  que  fletase  una  piragua  hasta  Pa- 
raguachoa,  para  que  viniese  un  maestro  de  cantería  a  trabajar 
en  la  obra  de  la  iglesia.  (Libro  1,  fol.  153). 


48 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  160X. 

En  12  de  enero,  habiendo  venido  el  maestro  de  albañilería 
y  cantería  Francisco  Ramírez,  se  trató  con  éste  acerca  de  acabar 
la  capilla  mayor  y  colaterales,  que  son  dos  sacristías,  y  cubrirlas 
de  bóvedas;  y  se  mandó  al  mayordomo  que  le  diese  todos  avisos 
necesarios  y  se  le  contribuyesen  en  cada  un  año  trescientos  y 
ochenta  ducados  castellanos  en  los  géneros  que  estaban  declarados 
en  el  concierto  y  con  libranza  al  señor  tesorero.  (Libro  1,  fol.  153). 

En  este  mismo  acto  se  mandó  que  Francisco  Rodríguez  conti- 
nuase en  la  mayordomía  de  fábrica  y  también  el  colector  de  ma- 
nuales Gaspar  de  Villalobos:  y  que  el  mayordomo  librase  10  pesos 
de  oro  a  Santo  Domingo  para  una  resma  de  papel,  y  que  lo  restante 
se  emplease  en  aceite  para  la  lámpara.  (Libro  1,  fol.  153  vto.). 

En  16  del  mismo,  se  admitió  la  redención  de  200  pesos  de  oro 
fino,  capital  de  un  censo,  y  se  mandó  al  Sor.  Deán  Dn.  Diego 
Fernández  de  Cárdenas  que  exhibiese  100  pesos  de  otro  censo 
redimido  que  existía  en  su  poder,  y  se  le  conminó  en  caso  de  no 
exhibirlo  luego.  (Libro  1,  fol.  154). 

En  4  de  febrero,  habiéndose  presentado  Diego  Gómez  de  Al- 
varado  diácono,  con  un  depósito  y  nombramiento  (quiere  decir 
interino)  expedido  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  Trujillo  a  31  de 
diciembre  del  año  anterior  en  que  lo  constituye  sacristán  mayor 
de  la  catedral  y  preceptor  de  gramática,  se  le  mandó  poner  en 
posesión  y  que  se  le  contribuyese  la  renta  asignada.  (Libro  1, 
fol.  154  vto.). 

En  el  mismo  acto,  se  mandó  al  Padre  Marcos  Arias,  cura  de 
la  catedral,  que  llevase  cuenta  de  la  cuarta  funeral  vacante  a  su 
Sría.  Illma.  (Libro  1,  fol.  154  vto.). 

En  el  propio  día,  habiendo  manifestado  el  Sor.  Deán  Dn. 
Diego  Fernández  de  Cárdenas,  un  despacho  del  Illmo.  Sor.  Obispo, 
expedido  en  la  nueva  Zamora  (es  Barquisimeto)  en  23  de  noviembre 
del  año  anterior,  en  que  le  amplia  el  término  para  salir  al  destierro 
fuera  de  Coro,  en  que  le  tenía  condenado  por  causa  que  siguió 
contra  el  mismo  Deán  por  haber  quitado  a  Alonzo  Uria  de  poder 
de  los  ministros  de  justicia  que  lo  llevaban  para  hacer  justicia 
de  él,  y  que  ya  estaba  en  disposición  de  salir  a  cumplir  su  des- 
tierro sin  perjuicio  de  su  derecho,  se  acordó  que  se  pusiese  copia 
del  dicho  despacho  en  este  libro,  como  se  puso  al  reverso  del  folio 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1608 


49 


154  y  también  del  sobredicho  nombramiento  de  sacristán  mayor. 
(Libro  1,  fol.  154  vto.)- 

En  10  de  marzo  por  haber  hecho  fuga  el  mandador  sobrestante 
Domingo  Pérez,  se  nombró  a  Francisco  Ruíz  Tello  Giraldo  vecino 
de  Coro  y  carpintero  y  se  le  señaló  el  salario  de  100  pesos  anuales 
de  plata,  la  mantención,  habitación  y  el  servicio  de  una  negra  de 
la  iglesia.  (Libro  1,  fol.  156). 

En  19  del  mismo,  después  de  celebrada  la  fiesta  del  Sor.  San 
Joseph  en  conformidad  de  lo  dispuesto  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo, 
se  eligió  por  mayordomo  del  hospital  al  alcalde  Cristóbal  del 
Monte;  el  cual  en  el  mismo  acto  aceptó  y  juró;  y  se  cometió 
al  señor  tesorero,  como  juez  eclesiástico  que  era,  el  tomar  cuentas 
al  anterior  mayordomo  Micael  de  Tuero.  (Libro  1,  fol.  156  vto.). 

En  18  de  abril  se  trató  de  darse  poder  a  Francisco  Castillo, 
vecino  de  la  ciudad  de  Santiago  de  León,  para  el  cobro  de  excusa- 
dos, y  de  lo  que  han  de  contribuir  los  oficiales  reales,  por  las  mer- 
cedes hechas  de  la  media  vacante,  vino  y  aceite,  y  se  mandó  hacer 
justificación  de  la  pobreza  de  la  iglesia:  pues  sus  rentas  no  llegaban 
a  500  ducados,  y  asimismo  del  gasto  que  había  en  ella  en  celebrar 
diariamente  por  lo  menos  seis  sacerdotes.  (Libro  1,  fol.  157). 

En  30  de  mayo,  redimió  Isabel  de  la  Peña  el  capital  de  100 
pesos  y  habiéndose  por  redimido  se  mandó  edicto  convocatorio 
al  nuevo  reconocimiento  a  razón  de  catorce  mil  el  millar  con- 
forme a  las  leyes  y  pragmática  de  estos  reinos.  No  se  dice  el  des- 
tino de  este  censo.  Y  en  esta  acta  y  otra  anterior  ya  usa  el  Cabildo 
del  tratamiento  de  señoría.  (Libro  1,  fol.  157  vto.). 

En  este  mismo  acto,  se  dispuso  que  se  diese  cuenta  a  su  Sría. 
Illma.  de  no  haber  dinero  con  que  edificar  en  el  hospital  vivienda 
para  la  enfermera  y  la  cocina,  como  lo  había  dispuesto  su  Sría. 
Illma.;  y  se  mandaron  hacer  dos  o  tres  catres  con  sus  colchones 
y  almohadas  para  los  enfermos.  (Libro  1,  fol.  157  vto.). 

En  6  de  junio,  se  concedió  el  censo  de  100  pesos  de  oro  fino 
redimido  por  Isabel  de  la  Peña  al  alcalde  Cristóbal  López  de 
Belmonte  y  se  cometieron  las  diligencias  al  señor  tesorero.  (Li- 
bro 1,  fol.  158). 

En  16  del  mismo  habiéndose  tenido  noticia  que  el  capitán 
Alonzo  Arias  Baca,  dejaba  en  su  testamento  100  pesos  de  plata 
para  hacer  una  lámpara  para  el  Santísimo;  el  Cabildo  suplicó 
al  mismo  testador  (que  aún  vivía)  le  entregase  los  100  pesos  que 
desde  luego  se  obligaba  a  hacer  la  lámpara:  y  exhibidos  allí  mismo, 


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FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


el  Cabildo  se  constituyó  en  esta  obligación  y  mandó  entre- 
gar los  100  pesos  al  mayordomo  para  remedio  de  la  mucha  nece- 
sidad que  tenía  la  iglesia  en  su  nuevo  edificio.  (Libro  1,  fol. 
158  vto.). 

En  14  de  agosto,  habiéndose  participado  (no  se  dice  desde  donde) 
por  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Antonio  de  Alzega  que  se  hallaba  en 
determinación  de  celebrar  sínodo;  y  que  para  representar  por  esta 
Santa  Iglesia  y  por  el  Cabildo,  había  nombrado  al  Sor.  Deán 
Dn.  Diego  Fernández  de  Cárdenas,  se  acordó  dársela  al  efecto 
los  poderes  necesarios  y  que  desde  luego  formase  las  memorias 
que  tuviese  por  convenientes  y  las  trajese  a  Cabildo  para  en  su 
vista  acordar  lo  más  que  conviniese.  (Libro  1,  fol.  159). 

En  10  de  octubre,  se  celebró  concierto  con  Pedro  de  la  Peña 
para  hacer  el  retablo  del  altar  mayor,  dándosele  a  él  150  pesos 
de  plata;  la  madera  necesaria,  negros  para  aserrarla  y  un  negro 
de  continuo  servicio;  y  también  se  obligó  a  dorarlo  y  pintarlo, 
dándosele  los  materiales  por  cantidad  de  30  pesos  de  plata.  (Li- 
bro 1,  fol.  159). 

En  17  de  diciembre,  se  dispuso  que  lo  cobrado  de  la  merced 
que  hizo  Su  Majestad  de  sus  novenos  por  cuatro  años  se  pagase 
el  concierto  hecho  en  el  Cabildo  antecedente,  sobre  el  retablo 
del  altar  mayor,  y  se  le  entregase  la  madera  necesaria.  (Libro  1, 
fol.  159  vto.). 

En  31  del  mismo,  se  dispuso  que  Francisco  Rodríguez  continuase 
en  la  mayordomía  de  fábrica.  Y  en  atención  a  que  el  mismo  era 
secretario  de  Cabildo  y  había  de  ausentarse,  se  nombró  por  tal 
secretario  a  Gaspar  de  Villalobos,  presbítero.  Cura  de  la  iglesia 
con  el  mismo  salario  de  12  pesos  de  oro  cada  año;  y  en  el  mismo 
acto  aceptó  y  juró.  También  se  cometió  al  señor  tesorero  la  re- 
cepción de  cuentas  al  sobredicho  mayordomo,  y  el  recoger  las  que 
recibió  un  religioso  comisionado  del  Illmo.  Sor.  Obispo  y  que 
todas  se  trajesen  al  Cabildo.  (Libro  1,  fol.  160). 

En  este  mismo  Cabildo  se  acordó  que  se  diese  al  señor  Deán 
un  semanero  romano;  y  12  pesos  de  oro  de  cuenta  de  la  fábrica 
por  otro  semanero  y  pasionario  de  canto  toledano,  en  papel  de 
marca  mayor,  que  el  mismo  señor  Deán  compró  en  Trujillo  por 
12  pesos  de  oro.  Y  también  se  mandaron  pagar  300  reales  que 
importó  el  oro  y  colores  traidos  de  la  ciudad  de  Santiago  de  León 
para  el  retablo  del  altar  mayor.  (Libro  1,  fol.  160  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1609 


51 


Año  de  1609. 

En  16  de  enero,  precedida  vista  de  las  cuentas  del  mayordomo 
Francisco  Rodríguez,  y  el  juramento  que  en  el  mismo  acto  hicieron 
el  señor  Tesorero  de  haberla  revisado  bien,  y  el  dicho  mayordomo 
de  haberlas  formado  legalmente;  y  obligándose  éste  al  saneamiento 
de  cualquiera  error  que  se  descubriese  en  adelante,  se  aprobaron 
y  se  le  mandó  hacer  nueva  entrega.  (Libro  1,  fol.  161). 

En  14  de  marzo,  se  dispuso  que  el  mandador  sobrestante 
Francisco  Ruíz  Tello,  continuase  este  oficio  por  otro  año,  bajo 
el  mismo  concierto.  (Libro  1,  fol.  161  vto.). 

En  19  del  mismo,  después  de  celebrada  la  fiesta  del  señor 
San  Joseph,  se  eligió  por  mayordomo  del  hospital  a  Alonzo  Freiré, 
y  en  el  mismo  acto  aceptó  y  juró.  (Libro  1,  fol.  162). 

En  14  de  abril,  habiendo  propuesto  el  señor  Deán  que  se  le 
guardasen  las  preeminencias  correspondientes  a  su  dignidad  y 
que  se  le  dejase  su  preeminencia  en  el  orden  del  altar  e  Iglesia: 
los  otros  dos  señores  Chantre  y  Tesorero  únicos  asistentes  y 
existentes  dijeron  que  hasta  entonces  se  las  habían  guardado 
conforme  a  la  erección:  y  firmaron  todos,  sin  decir  otra  cosa.  Y 
en  este  Cabildo  vuelve  a  autorizar  el  secretario  Francisco  Ro- 
dríguez, y  prosigue.  (Libro  1,  fol.  162  vto.). 

En  25  de  agosto,  habiéndose  insinuado  que  el  sínodo  se  había 
de  celebrar  por  el  mes  de  noviembre  de  este  año  en  la  ciudad  de 
Barquisimeto  lugar  señalado  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo;  y  ha- 
biéndose también  admitido  la  excusa  del  señor  Deán  al  nom- 
bramiento que  se  le  había  hecho  para  asistir  a  él;  se  subrogó  al 
señor  Tesorero  Dn.  Bartolomé  Gómez,  y  éste  en  el  mismo  acto 
aceptó  y  juró  que  desempeñaría  el  encargo  conforme  a  la  me- 
moria que  le  daría  el  Cabildo.  (Libro  1,  fol.  163). 

En  este  mismo  acto  con  atención  a  lo  dispuesto  por  la  erección 
y  a  la  práctica  de  otras  catedrales,  se  hizo  el  primer  nombra- 
miento de  pertiguero  en  Luis  de  Cuenca,  clérigo  de  pronta  tonsura, 
con  el  estipendio  que  señala  la  erección,  con  tal  que  no  pasase 
de  20  pesos;  y  que  el  mayordomo  de  fábrica  le  pagase  del  día  19 
de  este  mes  en  adelante,  mitad  en  lienzo  y  mitad  en  plata.  (Li- 
bro 1,  fol.  163). 

En  2  de  septiembre,  habiendo  insinuado  Francisco  Romero, 
que  a  él  había  cedido  Alonzo  Arias  Baca  una  libranza  que  se  dió 


62 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


para  cobrar  los  excusados  de  la  ciudad  de  Santiago  de  León,  por 
haber  el  mismo  Alonzo  entregado  para  la  Iglesia  doscientas  y 
ochenta  arrobas  de  harina  y  que  sólo  había  percibido  140  pesos 
de  oro,  en  perlas  de  todos  géneros;  se  acordó  que  el  mayordomo  de 
fábrica  adjuntase  la  cuenta  y  dispusiese  la  paga  del  resto  de 
la  dicha  libranza.  (Libro  l,  fol.  163  vto.). 

En  6  de  noviembre,  habiendo  redimido  Diego  López  un  censo 
del  capital  de  100  pesos  se  le  mandaron  entregar  al  señor  Teso- 
rero para  que  tratase  de  su  nueva  impresión.  No  se  dice  a  que  estaba 
destinado  este  capital.  (Libro  1,  fol.  164). 

En  2  de  diciembre,  habiéndose  recibido  una  carta  misiva  del 
Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Antonio  de  Alzega,  fecha  en  Santiago  de 
León  a  1 1  del  mes  anterior  con  atención  a  lo  que  en  ella  se  expresa, 
en  cuanto  a  cobranzas  se  acordó  que  Francisco  Castillo  como 
cobrador  allí  de  las  rentas  de  la  Catedral  librase  50  ducados  cas- 
tellanos a  Pedro  de  Zabala,  procurador  del  Real  Consejo  de  Indias, 
y  que  se  escribiese  carta  y  memoria  a  éste  para  que  siguiese  el 
pleito  contra  el  Illmo.  Sor.  Obispo  Dn.  Fr.  Pedro  de  Oña,  por  lo 
que  había  llevado  de  este  obispado  no  perteneciéndole  por  no 
haber  residido  en  él.  Y  en  este  mismo  acto  se  aprobaron  las  cuentas 
de  lo  que  había  cobrado  el  señor  Tesorero  de  lo  tocante  a  la  Iglesia 
del  Pontifical  del  Illmo.  Sor.  Salinas.   (Libro  1,  fol.  164). 

En  7  de  diciembre,  habiéndose  presentado  Francisco  Muñoz 
de  Ledezma  con  un  título  del  Illmo.  Sor.  Obispo  en  que  a  pre- 
sentación del  señor  Gobernador,  lo  nombra  por  sacristán  mayor 
de  la  Santa  Iglesia  Catedral;  fue  admitido  por  el  Cabildo  y  se  le 
mandó  hacer  la  entrega  de  los  ornamentos  y  alhajas  precediendo 
el  otorgamiento  de  fianzas  legas,  llanas  y  abonadas:  se  dice  en  el 
título  (que  sigue  copiado)  que  estaba  vacante  la  sacristía  por  pro- 
moción de  Diego  Gómez  de  Alvarado;  y  se  le  señalan  al  nom- 
brado de  renta  anual  veinte  y  cinco  mil  maravedices,  que  por 
Su  Majestad  estaban  señalados  a  este  oficio  en  los  diezmos,  y 
los  había  de  percibir  en  las  reales  cajas.  Fue  expedido  este  título 
en  Santiago  de  León  a  30  de  septiembre  de  este  año.  Y  consecu- 
tivamente en  el  propio  acto  vistas  por  los  señores  Deán  y  Ca- 
bildo las  fianzas  ofrecidas,  se  mandó  realizar  la  entrega.  (Libro  1, 
fol.  164  vto.). 

En  24  del  mismo,  se  hizo  ajuste  con  el  Capitán  Ambrosio  Her- 
nández de  traer,  hasta  lugar  donde  pudiese  ir  la  carreta  de  la 
Iglesia  a  recibir  las  cuatrocientas  tablas  de  cuatro  varas  y  media 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1610 


53 


de  largo,  y  media  de  ancho  a  razón  de  catorce  reales  y  medio  de 
plata  cada  una,  pagables  la  mitad  en  plata  y  la  mitad  en  lienzo: 
cuyas  tablas  se  destinan  para  el  techo  del  nuevo  edificio. 

En  el  mismo  día  se  celebró  contrata  con  un  pintor  para  que 
hiciese  un  monumento  para  la  Semana  Santa,  que  llenase  todo 
el  hueco  del  arco  toral  hasta  las  gradas;  que  fuese  de  lienzo  en- 
grudado de  modo  que  pudiese  enrollarse  para  guardarse  y  que 
llevase  varias  imágenes  de  los  pasos  de  la  pasión  del  Señor  y  do- 
lores de  la  Santísima  Virgen  que  allí  menudamente  se  expresan: 
todo  en  cantidad  de  60  pesos  de  oro,  dándosele  los  materiales  y 
un  negro  que  le  ayudase.  Y  en  este  propio  acto  se  mandó  retirar 
al  sobrestante  por  haber  representado  que  estaba  enfermo,  y  al 
mayordomo  que  le  pagase  lo  que  hubiese  ganado.  (Libro  1,  fol.  167). 

Ano  de  1610. 

En  2  de  enero,  se  reeligió  por  mayordomo  de  fábrica  a  Francisco 
Rodríguez:  se  le  mandaron  exhibir  las  cuentas  y  se  comisionó  al 
señor  Deán  para  recibirlas.  (Libro  1,  fol.  168  vto.). 

En  este  mismo  acto  fueron  nombrados  los  señores  Deán  y 
Chantre  para  adjuntos  de  su  Sría.  Illma,  en  las  causas  que  ful- 
minase contra  los  capitulares.  (Libro  1,  fol.  168  vto.). 

En  el  propio  acto,  se  nombró  por  colector  de  manuales  a  Diego 
Gómez  de  Alvarado,  cura  de  la  catedral,  y  preceptor  de  gramática, 
y  se  comisionó  al  secretario,  recibirle  el  juramento.  (Libro  1, 
fol.  168  vto.). 

Y  también  en  este  acto,  con  motivo  de  haber  mucha  cantidad 
adeudada  a  la  Iglesia  en  los  pueblos  de  tierra  adentro,  se  nombró 
al  señor  Tesorero  Dn.  Bartolomé  Gómez  para  hacer  esta  cobranza, 
y  se  le  señalaron  por  su  trabajo  y  costos  200  ducados  castellanos 
mitad  en  lienzo  y  mitad  en  oro:  y  que  el  mayordomo  de  fábrica 
pagase  también  al  que  supliese  la  semana  de  este  capitular,  una 
vara  de  lienzo  por  la  limosna  de  una  Misa  cantada,  y  otra  rezada 
y  por  la  asistencia  al  coro  y  de  este  modo  ganase  toda  su  renta 
con  inclusión  de  manuales.  Y  el  dicho  señor  Tesorero  aceptó  e 
hizo  gracia  a  la  Iglesia  de  100  de  aquellos  ducados  señalados, 
destinándolos  para  su  sagrario  de  que  había  necesidad.  (Libro  1, 
fol.  168  vto.). 

En  19  de  marzo,  mirándose  la  erección  de  este  obispado  y  lo 
dispuesto  en  la  Santa  sínodo,  se  reeligió  a  Alonzo  Freiré  por  ma- 
yordomo del  hospital.  (Libro  1,  fol.  169). 


54 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  1 1  de  mayo,  consecuente  a  lo  impuesto  por  el  señor  Teso- 
rero en  cuanto  a  los  134  pesos  que  cobró  de  excusados  en  San- 
tiago de  León,  cuando  fue  a  asistir  al  sínodo,  y  de  lo  que  última- 
mente había  cobrado  en  los  pueblos  de  la  tierra  adentro  a  fin  de 
que  se  le  descontase  lo  que  había  gastado  en  la  compra  de  una 
casulla  de  tafetán  azul  y  morado,  una  ara  y  dos  corporales  los 
unos  labrados  de  hilo  de  oro, y  los  otros  llanos;  y  también  la  pér- 
dida que  tenía  de  reducir  a  pesos  de  oro  lo  que  había  recibido 
en  perlas,  que  no  tenían  valor  en  Coro,  se  accedió  a  lo  pedido,  y 
se  mandó  al  secretario  que  formase  la  cuenta  y  se  entregase  el 
resto  al  mayordomo  de  fábrica.  (Libro  1,  fol.  169  vto.). 

En  28  del  mismo  habiéndose  abierto  y  recibido  un  pliego  del 
señor  Gobernador  Sancho  de  Alquiza  y  del  Cabildo  y  regimiento 
de  la  ciudad  de  Santiago  de  León  y  también  de  Francisco  Castillo, 
apoderado  del  Cabildo,  y  teniéndose  a  la  vista  un  certificado 
autorizado  por  Juan  Luis,  escribano  público  a  requerimiento  de 
Gabriel  de  Mendoza,  cura  de  la  Iglesia  de  Santiago  de  aquella 
ciudad  y  del  beneficiado  Pedro  Graterol,  en  que  se  asegura  haber 
fallecido  (no  se  dice  el  día)  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Antonio  de 
Alzega;  se  acordó  que  se  le  hiciese  el  funeral  oficio  de  cuerpo 
presente  con  toda  solemnidad,  y  un  novenario  de  misas  cantadas, 
siendo  la  última  de  honras  y  cabo  de  año,  y  que  la  catedral  como 
su  esposa  costease  la  cera  blanca  y  prieta:  y  asimismo  se  dispuso, 
que  pues  ya  iniciaba  la  sede  vacante  el  provisor  y  demás  jueces 
eclesiásticos  se  abstuviesen  de  su  judicatura.  (Libro  1,  fol.  170). 

También  en  este  acto  se  recibieron  unas  cédulas  de  merced 
de  vino  y  aceite  y  novenos  de  la  Real  Hacienda  que  remitían  los 
oficiales  reales  de  Santiago  de  León  a  sus  tenientes  de  Coro,  y 
se  entregaron  al  mayordomo  de  fábrica  para  que  las  presentase 
a  éstos,  y  se  cumpliese  lo  que  aquéllos  mandaban,  y  lo  que  pre- 
venían las  cédulas.  (Libro  1,  fol.  170  vto.). 

En  31  de  mayo,  juntos  en  un  Cabildo  los  señores  Deán,  Chantre 
y  Tesorero  para  elegir  provisor  y  vicario  general  en  sede  vacante 
y  escritos  y  firmados  separadamente  los  votos,  salió  electo  el  señor 
Deán  Dn.  Diego  Fernández  de  Cárdenas;  quedando  reservado 
al  Cabildo  todo  lo  que  de  derecho  le  pertenece  del  gobierno  de 
este  obispado.  (Libro  1,  fol.  171). 

En  el  mismo  día,  habiéndose  abierto  una  carta  dirigida  al 
Illmo.  Sor.  Obispo  difunto,  por  el  Dr.  Heriega  de  Alarcón,  pro- 
visor del  arzobispado  de  Santo  Domingo,  se  dispuso  que  se  co- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1610 


55 


piase  en  el  libro,  y  se  entregase  original  al  nuevo  provisor  para 
que  hiciese  las  diligencias  convenientes  al  honor  de  aquel  prelado. 
Todo  el  tenor  de  esta  carta  es  muy  insultante  insinuándose  a  su 
Illma.  que  tenía  maravillado  a  aquel  arzobispado  por  la  vehe- 
mente pasión  con  que  se  había  movido  contra  un  clérigo,  y  sindi- 
cándole de  que  había  hablado  mal  del  señor  arzobispo  y  de  su 
provisor  en  la  expresión  de  que  admitían  cohechos,  &.  (Libro  1, 
fol.  171  vto.). 

En  7  de  julio,  tomadas  las  cuentas  a  Francisco  Rodríguez 
por  el  señor  Deán  y  hecho  por  éste  el  juramento  de  haberlas  to- 
mado bien,  se  aprobaron.  (Libro  1,  fol.  172). 

En  el  mismo  acto,  atentos  los  servicios  hechos  a  la  Iglesia 
por  el  dicho  Francisco  Rodríguez,  y  el  que  hacía  su  yerno  Alonzo 
Freiré  en  la  donación  a  la  fábrica  de  un  censo  del  capital;  y  tenién- 
dose también  presente  lo  que  acerca  de  esto  se  trató  en  su  vida 
con  el  Illmo.  Sor.  Obispo;  se  concedió  a  ambos  licencia  para  erigir 
un  altar  en  la  Iglesia  Catedral  en  honor  de  San  Ildefonso  y  de 
San  Francisco;  con  tal  que  se  obligasen  como  se  obligaron  a  su 
decente  conservación;  y  asimismo  se  les  concedieron  dos  sepul- 
turas para  ellos  y  para  sus  herederos.  (Libro  1,  fol.  172). 

En  21  de  agosto,  por  dejación  que  hizo  Luis  Hernández  de 
Cuenca,  se  nombró  por  perdiguero  a  Juan  Quintero,  clérigo  de 
prima  tonsura  con  el  mismo  salario  de  20  pesos  anuales  de  a  diez 
reales  cada  peso,  pagables  por  tercios,  la  mitad  en  plata,  y  mitad 
en  lienzo  de  algodón.  Y  en  este  mismo  Cabildo  se  mandó  pro- 
ceder al  dorado  de  la  custodia,  como  ya  estaba  dispuesto  en  otro. 
(Libro  1,  fol.  173). 

En  25  de  septiembre,  habiendo  comparecido  el  beneficiado 
Pedro  Graterol,  diciendo:  que  habiendo  estado  en  la  Corte  de 
Madrid  en  compañía  del  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Pedro  de  Oña,  obispo 
de  Gaeta  en  Italia,  le  dió  una  reliquia  de  la  canilla  del  bienaven- 
turado San  Vicente  Mártir  con  destino  para  esta  Santa  Iglesia 
en  reconocimiento  de  haber  sido  obispo  de  ella,  que  en  la  misma 
que  exhibía  con  su  correspondiente  bula:  el  Cabildo  la  recibió 
con  gran  veneración,  y  mandó  estuviese  reservada,  hasta  el  día 
22  de  enero  del  año  siguiente,  en  que  se  celebra  el  martirio  del 
mismo  Santo,  indicando  este  día  para  llevarla  desde  la  Iglesia 
de  San  Gabriel  a  la  Catedral  en  solemne  procesión,  y  que  a  ésta 
asistiesen  todos  los  vecinos:  y  mandó  al  mayordomo  que  pagase 
al  dicho  beneficiado  23  pesos  y  un  tomín  de  oro  fino,  valor  del 


56 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


relicario  de  plata  en  que  estaba  colocada.  Y  asimismo  dispuso, 
que  se  le  comprasen  dos  libros  que  traía,  el  uno  santoral  y  el  otro 
dominical.  Y  en  este  mismo  acto,  se  mandó  también  que  se  hi- 
ciesen dos  hopas  y  dos  sobrepellices  para  los  monacillos.  (Libro  1, 
fol.  173  vto.). 

En  12  de  octubre,  tratándose  de  cumplir  lo  que  se  ofreció  a 
Alonzo  Arias  Baca,  en  cuanto  a  la  lámpara  por  el  dinero  que 
exhibió  a  este  fin  según  queda  dicho,  se  dispuso  hacerse  ésta, 
empleándose  en  ella  una  fuente  y  un  jarro  de  plata,  y  asimismo 
la  vuelta  de  báculo  que  fue  de  su  Illma.  Salinas;  cuya  vara  estaba 
sirviendo  de  pértiga  y  se  hizo  el  convenio  correspondiente  con  un 
platero.  (Libro  1,  fol.  174). 

En  19  del  mismo,  se  mandó  hacer  una  capa  de  damasco  de 
colores,  con  destino  para  el  asperges.  (Libro  1,  fol.  174  vto.). 

Año  de  1611. 

En  15  de  enero,  se  eligieron  a  los  señores  Chantre  y  Tesorero 
para  las  causas  contra  los  capitulares  extra  visitalionem:  por  co- 
lector de  manuales  al  cura  Diego  Gómez  de  Al  varado:  y  por  mozo 
de  coro  y  monacillo  a  Antonio  de  Saavedra  con  el  mismo  salario 
de  18  pesos  anuales:  y  los  señores  adjuntos  aceptaron  y  juraron. 
También  en  este  acto  se  aprobó  el  gasto  hecho  por  el  señor  Deán 
en  comprar  nueve  doseles  de  tafetán  azules  y  amarillos.  (Libro  1, 
fol.  174  vto.). 

En  19  de  marzo,  se  reeligió  a  Alonzo  Freiré  por  mayordomo 
de  hospital,  atento  al  bueno  y  caritativo  servicio  que  estaba 
haciendo  eficazmente  y  se  le  mandó  presentase  sus  cuentas  al 
señor  provisor.  (Libro  1,  fol.  175). 

En  19  de  julio,  prestó  el  Cabildo  su  llano  obedecimiento  y 
prometió  el  puntual  cumplimiento  de  una  Real  Provisión  de 
28  de  abril  de  este  año,  expedida  por  la  Real  Audiencia  de  Santo 
Domingo,  a  instancia  del  señor  fiscal  Dn.  Gerónimo  de  Herrera, 
en  que  con  motivo  de  haber  tenido  noticia  que  en  este  obispado 
se  habían  proveído  algunos  curatos  en  clérigos  portugueses  pidió 
se  mandase  cumplir  y  excusar  la  Real  Cédula  fecha  en  San  Lo- 
renzo a  16  de  mayo  de  1609  en  la  cual  se  dispone  que  para  la 
provisión  de  los  curatos  y  doctrinas,  se  fijen  edictos  convocatorios 
con  expresión  de  hacerse  de  orden  de  Su  Majestad,  se  nombren 


57 


examinadores  para  el  examen  en  concurso  y  que  de  los  opositores 
se  propongan  tres  los  más  dignos,  al  señor  Gobernador  y  que 
aquellos  nombrados  sean  hijos  de  padre  y  madre  españoles,  na- 
cidos en  estas  provincias,  o  nacidos  en  España  y  que  los  que 
hubiesen  de  ser  doctrineros  supiesen  la  lengua  de  los  indios:  y 
aunque  el  señor  fiscal  pidió  que  se  removiesen  a  los  curas  que 
estaban  sirviendo  curatos,  sin  tener  las  cualidades  requisitas  en 
la  expresada  Real  Cédula,  la  Real  Audiencia  sólo  dispuso  que 
ésta  se  cumpliese  puntualmente.  (Libro  1,  fol.  175  vto.). 

Año  de  1612. 

En  12  de  enero,  habiendo  comparecido  en  el  Cabildo  el  Capitán 
Ambrosio  Hernández  y  propuesto  que  era  su  voluntad  se  cantase 
una  misa  cada  miércoles  a  Ntra.  Sra.  del  Rosario  con  distintas 
aplicaciones  que  allí  se  expresan  mientras  él  pudiese  sostener  esta 
devoción;  y  que  daría  cada  año  por  la  limosna  de  ella  cinco  machos 
y  cinco  muías,  y  que  cuando  no  las  tuviese  entregaría  cinco  pesos 
de  plata  por  cada  macho  o  muía;  el  Cabildo  aceptó  y  se  obligó 
a  cantar  estas  misas  con  calidad  de  que  si  el  miércoles  fuese  día 
de  fiesta  se  cantase  al  siguiente,  y  que  fuese  la  misa  del  oficio 
Sabe  Radia  Sánela.  (Libro  1,  fol.  178). 

En  este  mismo  acto  se  nombraron  por  adjuntos  para  las  vi- 
sitas que  el  señor  obispo  hiciese  al  Cabildo  a  los  señores  Deán 
y  Chantre.  Se  nombró  también  por  monacillo  a  Martín,  hijo  de 
Alonzo  García.  Se  reeligió  a  Francisco  Rodríguez  por  mayordomo 
de  fábrica,  y  se  comisionó  al  señor  Chantre  para  recibirle  las 
cuentas.  (Libro  1,  fol.  178). 

En  9  de  marzo,  se  aprobaron  por  el  Cabildo  estas  cuentas  y 
se  mandó  que  en  ellas  se  anotase  lo  que  se  había  cobrado  en  San- 
tiago de  León  de  los  excusados,  y  casas  en  que  se  habían  em- 
pleado, y  que  se  pagasen  3  pesos  de  oro  al  señor  Chantre  por  la 
asistencia  que  tuvo  en  estas  cuentas.  Se  nombró  por  monacillo 
a  Baltazar  Méndez  con  el  sueldo  de  18  pesos  de  plata  anuales. 
Se  le  señalaron  4  pesos  de  plata  anuales  al  sacristán  Francisco 
Muñoz  de  Ledezma  porque  acudiese  a  escribir  lo  que  se  ofre- 
ciese en  los  libros  de  Cabildo  y  cartas  de  su  señoría.  (Libro  1, 
fol.  179). 

En  este  mismo  acto,  habiendo  comparecido  Alonzo  Freiré 
suplicando  al  Cabildo,  que  le  dijesen  cada  año  cuatro  misas  can- 


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FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


lacias  con  sus  vísperas  y  responso  en  el  altar  de  San  Francisco 
por  el  tiempo  de  su  voluntad  e  insinuando  que  estaba  en  ánimo 
de  dotarlas  con  el  capital  que  reditué  10  pesos  de  oro  fino,  que 
son  20  de  plata  corriente,  y  con  lo  que  ofrecía  de  limosna  por 
estas  misas;  las  cuales  habían  de  celebrarse  el  día  de  San  Ilde- 
fonso y  otra  el  de  Santa  Eufemia,  otra  el  de  Nuestra  Señora  del 
Rosario  y  otra  en  la  octava  de  finados;  el  Cabildo  aceptó  llana- 
mente. (Libro  1,  fol.  179). 

En  2ó  de  junio,  el  señor  Deán  insinuó  que  él  había  sido  com- 
padre de  Alonzo  Arias  Baca  de  quien  era  hijo  natural  Marcos 
Arias  de  Villasinda  uno  de  los  opositores  a  la  doctrina  vacante 
y  que  por  ello  y  otras  razones  casaba  su  voto  para  que  los  demás 
señores  capitulares  determinasen,  y  asimismo  queda  por  acuerdo. 
También  en  este  Cabildo  se  dispuso  que  se  diese  comisión  al  cura 
del  Portillo  de  Carora  para  cobrar  ciertos  vales  de  restituciones 
a  los  indios;  y  también  se  le  dieron  otras  comisiones  relativas 
a  sus  doctrinas  y  repartimientos  y  para  recoger  unas  dimisorias 
que  se  le  habían  dado  a  Pedro  Camacho.  (Libro  1,  fol.  180). 

En  27  de  julio,  asistiendo  los  señores  Chantre  y  Tesorero  se 
querelló  éste  de  que  el  señor  Deán  había  anotado  de  falso  al 
margen  lo  que  se  había  dicho  en  cuanto  a  que  él  retenía  en  su  poder 
100  pesos,  en  el  Cabildo  de  16  de  enero  de  608;  protestó  poner 
su  queja  luego  que  viniese  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  y  que  se  eximía 
de  votar:  y  el  señor  Chantre  acordó  que  se  remitiese  la  decisión 
como  proponía;  pero  que  desde  luego  se  notificase  al  señor  Deán 
que  exhibiese  los  dichos  100  pesos  para  su  imposición  a  censo. 
(Libro  1,  fol.  181). 

En  Io  de  octubre,  los  mismos  señores  acordando  primero  que 
el  señor  Tesorero  continuase  votando  en  Cabildo,  no  obstante 
su  protesta  por  ser  ésta  perjudicial  al  bien  de  la  Iglesia;  se  dis- 
puso que  en  la  nave  del  Santo  Crucifijo,  se  abriese  un  tabernáculo 
para  altar  en  que  se  colocase  a  Ntra.  Sra.  del  Rosario  y  sirviese 
para  que  los  curas  de  la  Santa  Iglesia  tuviesen  en  ella  orden  de 
decir  las  misas  de  las  Animas.  (Libro  1,  fol.  181  vto.). 

En  21  de  diciembre,  habiéndose  presentado  el  señor  Tesorero 
Dn.  Bartolomé  Gómez  con  una  bula  de  Su  Santidad,  expedida 
en  17  de  agosto  de  1611,  y  poder  del  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Juan  de 
Bohorques,  maestro  en  Sagrada  Teología,  electo  obispo  de  esta 
diócesis  pidiendo  en  su  nombre  la  posesión  del  obispado,  se  le 
dió  en  el  mismo  acto,  señalándole  en  la  Silla  Episcopal,  entre- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1613 


59 


gándole  las  llaves  del  Sagrario  y  Santos  Oleos,  y  haciéndole  jura- 
mento de  obedecerle  y  guardar  sus  mandamientos,  y  el  dicho 
apoderado  en  señal  de  posesión  derramó  mucha  moneda  usual. 
No  se  puso  copia  de  la  bula  ni  del  poder,  ni  se  hace  mención  de 
los  Reales  ejecutoriales.  (Libro  1,  fol.  182). 

Año  de  1613. 

En  12  de  enero,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  y  en  las  casas 
de  su  mando,  se  dispuso  que  para  que  pudiesen  celebrarse  los 
Oficios  Divinos  en  la  nueva  Iglesia,  se  tratase  desde  luego  de 
cubrir  las  naves,  hasta  donde  alcanzasen  los  materiales  de  madera 
y  teja,  y  que  lo  restante  hasta  la  puerta,  se  cubriese  de  enea,  y 
el  coro  se  alargase  y  se  pusiesen  puertas  y  ventanas:  que  al  efecto 
se  vendiese  una  negra  de  la  Iglesia;  y  que  fuese  interventor  y  eje- 
cutor de  la  obra  con  plenitud  de  facultades,  el  señor  Chantre, 
sin  que  nadie  del  Cabildo  ni  de  fuera  de  él  se  entrometiese  en 
estorbarle  ni  contradecirle  lo  que  ordenase,  pena  de  20  pesos  de 
oro  aplicados  para  la  Iglesia.  Y  el  dicho  señor  obispo  firmó  así: 
«El  Obispo  de  Venezuela».  (Libro  1,  fol.  182,  vto.). 

En  20  del  mismo,  con  atención  a  lo  que  se  enuncia  haberse 
tratado  con  el  Illmo.  Sor.  Obispo  de  que  se  hiciera  concierto  con 
Sebastián  Araujo  cantor  de  canto  de  órgano  y  llano,  para  que 
sirviese  de  sochantre  e  instruyese  a  los  cantores  del  coro,  dán- 
dosele por  parte  de  la  Iglesia  30  pesos  y  60  ú  80  los  señores  Deán, 
Chantre  y  Tesorero:  se  acordó  que  no  obstante  la  erección  en 
cuanto  manda,  que  el  Chantre  asista  al  coro  por  su  propia  per- 
sona y  no  por  otro  y  sin  ir  ni  venir  contra  la  dicha  erección;  asis- 
tiese el  Chantre  como  es  de  su  obligación  a  regir  el  coro  en  lo  que 
fuese  de  canto  llano,  y  que  el  nominado  Sebastián  Araujo,  a  quien 
se  nombró  por  tal  sochantre,  asistiese  a  lo  que  es  canto  de  órgano, 
para  que  se  adiestrasen  en  este  canto  los  clérigos  y  cantores  asis- 
tentes al  coro.  Que  este  sochantre  fuese  obligado  a  asistir  a  las 
vísperas  y  misas  cantadas,  para  lo  cual  se  le  deba  poder  y  no 
para  más,  y  que  se  le  diese  el  salario  de  30  pesos  anuales  señalados 
de  las  rentas  de  fábrica.  (Libro  1,  fol.  183). 

En  este  mismo  acto,  se  acordó,  que  al  padre  Fr.  Alonzo  de 
Sepúlveda  que  había  de  predicar  la  cuaresma  en  la  Catedral 
se  le  diesen  de  la  renta  de  fábrica  6  pesos  de  plata  y  media  fanega 


60 


FUENTES  PARA   l.A   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


de  maíz  y  una  negra  que  le  sirviese.  Y  se  mandó  pintar  el  altar 
de  Nuestra  Señora  del  Rosario,  y  que  allí  mismo  se  pintase  un  Cru- 
cifijo y  las  Animas  del  Purgatorio.  (Libro  1,  fol.  183  vto.). 

En  4  de  junio,  habiendo  el  señor  Deán  entregado  a  los  señores 
Chantre  y  Tesorero  dos  cartas  del  Illmo.  Sor.  Obispo  Dn.  Fr. 
Juan  de  Bohorques  en  que  los  llama  a  tratar  con  su  Sría.  Illma. 
en  la  ciudad  de  Santiago  de  León,  negocios  gravísimos,  tocantes 
al  servicio  de  Dios  y  utilidad  de  este  obispado,  ahora  fuese  en 
razón  de  mudar  la  catedral  o  bien  fuese  para  no  mudarla,  sobre 
lo  cual  ya  había  hecho  algunas  informaciones  el  Illmo.  Sor.  Alzega, 
y  se  había  escrito  a  Su  Majestad:  visto  todo  acordaron  diferir 
la  resolución  para  otro  Cabildo.  (Libro  1,  fol.  183  vto.). 

En  el  mismo  acto,  habiéndose  presentado  una  petición  y  reque- 
rimiento del  Capitán  Diego  Perozo,  regidor,  por  sí  y  en  nombre 
del  Cabildo  secular  de  Coro,  en  que  exhibiendo  una  Real  Cédula 
de  19  de  mayo  de  1584,  en  la  cual  se  mandó  al  Sor.  Gobernador 
Dn.  Diego  de  Uribe,  que  no  consintiese  se  hiciese  novedad  en  razón 
de  mudar  de  la  ciudad  de  Coro  a  otra  parte  la  Catedral,  y  pidiendo 
que  se  agregase  testimonio  de  la  erección,  hace  reiteradas  pro- 
testas, apela  y  protesta  el  recurso  de  fuerza  a  fin  de  que  no  se 
efectuase  la  mutación  que  de  presente  tenía  noticia  se  intentaba 
por  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  ni  fuese  a  tratar  con  su  Illma.,  sino 
un  solo  prebendado  para  que  subsistiese  siempre  el  Cabildo  en  Coro; 
pues  era  en  grave  perjuicio  de  la  ciudad  de  Coro  y  sus  vecinos, 
protestando  también  repetir  acerca  de  más  de  15.000  ducados 
que  iban  gastados  en  e!  nuevo  edificio,  y  todas  las  costas  y  costos 
procesales  y  personales:  se  acordó  en  su  vista,  que  en  atención 
a  que  la  dicha  Real  Cédula  era  dirigida  al  señor  Gobernador, 
y  que  el  Cabildo  no  debía  admitir  estas  protestas  y  requerimientos 
se  le  devolviese  junto  con  la  petición,  quedando  como  quedó 
copia  en  el  libro  capitular,  para  que  ocurriese  a  pedir  su  justicia 
ante  quien  hubiese  lugar.  (Libro  1,  fol.  183  vto.). 

En  8  del  mismo  se  acordó  que  los  señores  Chantre  y  Tesorero 
cada  uno  de  ¿nsolidum  respondiese  la  carta  del  Illmo.  Sor.  Obispo, 
como  más  le  conviniese.  (Libro  1,  fol.  185  vto.). 

En  10  del  mismo  mes  de  junio,  habiendo  expuesto  el  señor 
Deán  que  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  su  instrucción  le  ordenaba 
y  mandaba  que  de  los  negros  que  la  Santa  Iglesia  tenía,  llevase 
consigo  a  la  ciudad  de  Santiago  de  León  ocho  con  sus  mujeres 
e  hijos  inclusive  el  negro  albañil,  los  cuales  habían  de  servir  en 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1614 


01 


componer  las  casas  de  los  señores  prebendados,  mientras  estu- 
viesen allí,  y  para  que  en  la  Iglesia  de  la  misma  ciudad,  se  for- 
mase un  género  de  coro,  donde  pudiesen  rezar  mientras  estaban 
ocupados  en  los  negocios  que  había  dispuesto  Su  Majestad:  y 
que  los  mismos  señores  llevasen  los  ornamentos  y  plata  que  les 
pareciese:  y  asimismo,  que  se  tratase  de  la  venta  de  la  negra  Juana, 
o  se  trocase  por  un  negro:  los  señores  Tesorero  y  Chantre  dijeron 
que  ya  sus  mercedes  contestaban  al  señor  Obispo  y  que  le  su- 
plicaban por  ahora  de  su  mandato;  pues  no  se  había  de  mudar  la 
Catedral,  y  era  de  gravísimo  perjuicio  el  llevar  la  plata  y  orna- 
mentos, y  mucho  más  los  negros,  pues  conforme  al  anterior  man- 
dato del  mismo  señor  Obispo  se  estaba  prosiguiendo  el  edificio 
de  la  Iglesia,  y  había  muchos  materiales  y  era  este  un  negocio  de 
importancia  de  más  de  3.000  pesos.  Y  que  por  lo  respectivo  al 
trueque  de  la  negra  Juana  se  trataría  lo  que  más  conviniese.  Y 
esto  quedó  por  acuerdo,  del  cual  pidió  testimonio  el  señor  Deán 
y  se  le  dió.  (Libro  1,  fol.  185  vto.). 

A ño  de  1614. 

En  21  de  enero,  se  confirmó  a  Francisco  Rodríguez  en  el  oficio 
de  mayordomo  de  fábrica,  aceptó  y  juró,  y  se  comisionó  al  Sor. 
Chantre  la  toma  de  sus  cuentas,  y  que  con  lo  que  expusiese  se 
presentasen  al  Cabildo  se  confirmó  también  a  Sebastián  Araujo 
en  el  oficio  de  cantor  por  otro  año  se  mandó  remitir  a  Francisco 
Castillo,  apoderado  del  Cabildo  en  Santiago  de  León,  un  báculo 
y  unos  guantes  que  fueron  del  Illmo.  Sor.  Alzega,  para  que  allí 
los  vendiese  a  beneficio  de  la  Iglesia,  que  allí  mismo  se  comprase 
para  ella  a  un  fulano  Alzega  un  frontal  y  una  casulla  de  damasco 
y  tafetán:  que  el  mismo  apoderado  tratado  el  asunto  con  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  enviase  un  carpintero  para  la  obra  del  techo  de  la 
Iglesia:  que  también  encargase  un  órgano  a  España  para  el  ornato 
de  la  Iglesia,  remitiendo  bienes  de  cuenta  y  riesgo  de  ella:  y  que 
remitiese  50  ducados  al  apoderado  de  la  Iglesia  en  la  Corte  por  las 
Cédulas  que  enviaba.  Y  asimismo  se  mandó  al  mayordomo  de 
fábrica  que  diese  100  reales  de  plata  corriente  al  padre  Fr.  Juan 
de  Figueroa  por  los  sermones  que  había  predicado  en  la  cuaresma. 
(Libro  1,  fol.  186). 

En  16  de  abril,  habiéndose  tenido  noticia  que  el  cantor  Se- 
bastián Araujo  era  casado  en  su  tierra,  fue  despedido;  pues  no 


62 


FUENTKS   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


debía  subsistir  en  su  oficio,  viviendo  descasado.  Se  despidió  tam- 
bién a  un  mozo  de  coro  y  monacillo  y  se  nombró  en  su  lugar  a 
Diego  Mendoza  con  el  mismo  salario  de  18  pesos  anuales.  (Li- 
bro 1,  fol.  187). 

En  15  de  mayo,  el  señor  Chantre  por  hallarse  indispuesto 
renunció  en  el  señor  Tesorero  el  encargo  que  se  le  hizo  en  el  Ca- 
bildo en  12  de  enero  de  1613,  que  presenció  el  señor  Obispo  de 
interventor  en  la  obra  de  la  Iglesia,  y  el  dicho  señor  Tesorero 
aceptó  el  encargo  con  el  mismo  poder  conferido  allí  al  señor  Chantre 
y  demás  prevenciones  que  se  hicieron.  (Libro  1,  fol.  187). 

En  el  mismo  acto  se  mandaron  remitir  a  Santo  Domingo  32 
pesos  de  oro  en  reales  castellanos  para  hacer  unas  vinageras  de 
peso  de  10  onzas  de  plata,  y  que  también  se  trajesen  de  allí  seis 
botijas  de  buen  vino  para  celebrar,  ocho  o  diez  varas  de  ruán 
para  hacer  sobrepellicez  a  los  monacillos  y  que  si  fuese  posible, 
y  estuviesen  a  precios  cómodos  se  trajesen  también  otras  seis 
botijas  de  vino,  y  20  botijuelas  de  aceite  para  la  lámpara.  (Li- 
bro 1,  fol.  187). 

En  20  de  agosto,  se  hizo  concierto  con  un  pintor,  en  cantidad 
de  30  pesos  por  la  composición  de  los  Crucifijos  de  la  Iglesia.  Y 
por  la  ausencia  de  Diego  Mendoza,  se  nombró  por  monacillo  a 
Acasio,  hijo  de  Ana  de  Lugo,  con  el  mismo  salario  anual  que  tuvo 
aquél  señalado  de  veinte  y  dos  y  media  varas  de  lienzo  y  90  reales 
en  plata,  que  parece  compone  todo  la  cantidad  de  18  pesos.  (Li- 
bro 1,  fol.  187  vto.). 

Año  de  1615. 

En  10  de  febrero,  se  dispuso  que  en  atención  a  que  estaban 
acopiados  los  materiales  necesarios  para  el  techo  de  la  Iglesia,  se 
solicitasen  oficiales  que  lo  hiciesen:  y  en  este  mismo  acto  se  re- 
eligió  a  Francisco  Rodríguez  por  mayordomo  de  fábrica,  el  cual 
aceptó  y  juró,  y  se  comisionó  al  señor  Tesorero  la  recepción  de 
sus  cuentas.  Y  asimismo,  atento  lo  representado  por  el  mismo 
mayordomo  de  que  había  servido  diez  año  la  mayordomía  y  nada 
había  recibido  de  salario,  por  la  pobreza  de  la  Iglesia,  se  dispuso 
que  quedando  sus  servicios  por  la  gracia  hecha  de  la  erección  de 
un  altar  y  concesión  de  dos  sepulturas,  se  le  dieron  por  los  úl- 
timos años  80  pesos  de  plata.  (Libro  1,  fol.  188). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1615 


63 


En  16  de  abril,  se  hizo  concierto  con  Bartolomé  de  Naveda, 
cantero  y  Marcos  Díaz,  carpintero,  de  hacer  el  techo  de  la  Iglesia 
hasta  la  mitad  de  ella  de  armadura  de  par,  y  nudillo  con  sus  ti- 
rantes doblados  y  apenasados  y  hacer  un  arco  dúplex  sobre  el 
toral,  nivelar  paredes,  &.;  dándosele  a  cada  uno  600  pesos,  los 
400  en  moneda,  y  los  200  en  lienzo  a  cuatro  reales  vara,  y  entre- 
gándoseles por  tercios.  (Libro  1,  fol.  188  vto.). 

En  4  de  julio,  atenta  la  necesidad  de  proceder  al  techo  de  la 
Iglesia,  y  que  no  había  vuelto  el  que  fue  a  cobrar  sus  rentas;  se 
acordó  tomar  sobre  ellas  un  censo  de  200  pesos  que  se  habían 
redimido  de  la  capellanía  de  doña  Catalina  Vaca,  para  ocurrir 
a  la  paga  de  los  oficiales  y  que  se  pagase  anualmente  un  cinco  por 
ciento,  conforme  a  lo  ordenado  por  el  Rey  en  nueva  pragmática. 
(Libro  1,  fol.  189). 

En  31  de  noviembre,  por  la  misma  causa  se  acordó  tomarse 
100  pesos  de  capital  que  exhibió  Sebastián  Antunes  para  dotación 
de  una  misa  cantada  con  vísperas  a  San  Antonio  de  Padua,  y 
que  la  Iglesia  pagase  cada  año  el  cinco  por  ciento.  (Libro  1,  fol. 
189  vto.). 

En  31  de  diciembre,  en  atención  a  que  el  mayordomo  de  fá- 
brica Francisco  Rodríguez,  aunque  tan  buenos  servicios  había 
hecho,  estaba  ya  en  edad  decrépita,  y  que  la  Iglesia  en  el  estado 
que  se  hallaba,  necesitaba  de  persona  ágil,  fueron  de  parecer  los 
señores  Deán  y  Chantre  que  el  señor  Tesorero  hiciese  el  oficio 
de  mayordomo  de  fábrica,  como  persona  a  cuyo  cargo  estaba 
el  cobro  de  sus  rentas  y  tenerlas  en  su  poder  y  custodia  para  su 
distribución  en  el  edficio  y  ornato  de  la  Iglesia:  y  el  dicho  señor 
Tesorero  en  vista  de  esta  elección  aceptó  el  nombramiento  y 
juró  de  usarlo  fielmente  con  puntualidad  y  cristiandad;  que  si 
así  lo  hiciese  Dios  lo  ayudase  y  que  sino  se  lo  demandase;  y  el 
Cabildo  confirmó  el  nombramiento;  y  para  su  validación,  obli- 
garon las  rentas  de  la  Iglesia,  y  sus  bienes  y  rentas.  Y  se  comi- 
sionó la  recepción  de  cuentas  de  aquel  mayordomo  al  señor  Chantre 
(Libro  1,  fol.  190). 

En  este  mismo  acto,  en  atención  a  haberse  exhibido  el  mismo 
Francisco  Rodríguez  de  la  secretaría  de  Cabildo,  por  estar  impedido 
de  ejercerla,  se  eligió  y  nombró  por  secretario  de  Cabildo  al  rector 
y  cura  de  la  Catedral  Diego  Gómez  de  Alvarado,  quien  el  propio 
acto  aceptó  y  juró  de  fidelidad. 


64 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1616. 

En  29  de  enero,  habiendo  expresado  el  señor  Tesorero,  que  no 
podía  continuar  el  servicio  de  la  mayordomía  de  fábrica  por  ha- 
llarse con  ocupaciones  del  Santo  Oficio,  y  las  de  su  prebenda  en 
coro  y  altar,  se  admitió  la  dejación,  y  se  reservó  para  después 
el  tratar  del  nombramiento  de  otro.  Más  en  este  mismo  acto, 
habiéndose  presentado  Cristóbal  López  de  Belmonte,  ofrecién- 
dose a  servirlo  graciosamente,  fue  nombrado  por  tal  mayordomo 
de  fábrica;  y  en  el  mismo  acto  aceptó  y  juró,  y  se  le  mandó  hacer 
la  entrega  por  el  señor  Tesorero,  al  que  también  se  diputó  para 
tirar  las  libranzas  de  gastos.  (Libro  1,  fol.  190  vto.). 

En  este  propio  acto,  con  consideración  a  la  ausencia  de  Alonzo 
Ereire,  mayordomo  del  hospital,  y  que  era  casado  en  la  ciudad 
del  Tocuyo,  se  nombró  para  este  oficio  a  Juan  Agustín  (no  tiene 
apelativo)  vecino  de  Coro,  y  aquí  mismo  aceptó  y  juró.  (Libro  1, 
fol.  191). 

En  30  del  propio  mes  de  enero,  volvió  a  presentarse  el  sobre- 
dicho Cristóbal  López  de  Belmonte,  diciendo  que  no  podía  servir 
la  mayordomía  de  fábrica;  y  en  esta  atención,  habiéndole  por 
inhibido  de  ella,  fué  nombrado  Erancisco  de  Morales,  vecino  de 
Coro,  quien  allí  mismo  aceptó  y  juró,  se  le  señaló  el  salario  de 
50  pesos  de  plata  anualmente,  se  le  facultó  el  dar  poderes  para 
las  cobranzas  de  excusado;  excepto  en  la  ciudad  de  Santiago  de 
León,  San  Sebastián  y  Valencia  (donde  estaba  Francisco  Castillo 
con  poder) :  y  pone  la  expresión  de  revelársela  en  forma,  y  de  obli- 
garse las  rentas  de  la  Iglesia  a  la  firmeza  de  los  poderes.  (Libro  1, 
fol.  192). 

En  20  de  febrero,  con  motivo  de  haber  quedado  confundidas 
las  sepulturas  concedidas  a  algunos  vecinos  por  la  construcción 
del  nuevo  edificio,  se  dispuso:  que  para  evitar  las  alteraciones 
que  se  iban  suscitando,  se  exhibiesen  los  títulos,  en  cuya  vista  se 
examinaría  cuales  concesiones  estuviesen  vacas,  y  en  cuales  no 
se  hubiesen  pagado  los  10  pesos  de  su  limosna,  a  fin  de  concederlas 
el  Cabildo  a  otras  personas  en  depósito,  mientras  conseguían 
título  de  propiedad  despachado  por  el  señor  Obispo.  Y  asimismo 
se  mandó  que  se  dividiese  la  nave  mayor  en  cinco  tramos,  de- 
jando calle  en  medio  para  el  tránsito  del  altar  al  coro,  cercado 
con  una  reja  de  vara  y  cuarta  de  alto;  dentro  la  cual  quedasen 
los  escaños;  y  que  lo  propio  se  hiciese  en  las  naves  colaterales, 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1616 


65 


desde  el  primer  pilar,  reservados  los  asientos  del  Cabildo,  y  de- 
jando paso  para  las  procesiones.  (Libro  1,  fol.  192  vto.). 

En  23  del  mismo,  habiéndose  presentado  los  títulos  de  sepul- 
turas, y  de  asiento  de  escaño,  fueron  amparados  ellos,  según  la 
lista  que  se  dice  haberse  formado:  se  mandó  a  los  que  tenían  en- 
cuentros acerca  del  lugar,  que  ocurriesen  al  vicario  general:  se 
concedieron  las  sepulturas  vacas  a  los  vecinos  pretendientes,  con 
tal  que  cada  uno  diese  10  pesos  a  la  fábrica  y  que  todos  ocurriesen 
para  la  validación  de  los  títulos  al  Illmo.  Sor.  Obispo,  y  para  usar 
de  la  nueva  concesión  en  depósito,  se  presentasen  al  dicho  vicario 
general,  que  residía  en  Coro. 

En  3  de  marzo,  se  hizo  nuevo  concierto  con  el  albañil  por 
quemar  un  horno  de  teja,  y  encalar  la  mitad  de  la  Iglesia  que 
estaba  ya  cubierta  por  cantidad  de  100  pesos,  mitad  en  plata  y 
mitad  en  harinas.  (Libro  1,  fol.  193  vto.). 

En  3  de  noviembre,  con  motivo  de  haber  de  hacer  ausencia 
para  la  ciudad  de  Cartagena,  Diego  Gómez  Alvarado,  cura  de  la 
catedral  y  secretario  de  Cabildo,  y  en  consideración  que  no  vol- 
vería tan  pronto,  se  nombró  por  secretario  a  Rodrigo  de  Palencia, 
que  era  escribano  público  y  de  registro,  por  ser  hábil  y  suficiente 
para  ello,  y  de  la  calidad  que  son  sus  cargas:  y  en  el  mismo  acto 
aceptó  y  juró  de  fidelidad  y  de  guardar  secreto,  y  se  le  señaló 
el  salario  de  20  pesos  de  plata  anuales.  (Libro  1,  fol.  194  vto.). 

En  el  propio  acto,  fue  nombrado  Baltazar  Méndez,  clérigo 
tonsurado  por  mozo  de  coro  para  registrar  y  cantar  domingos  y 
fiestas  y  demás  oficios  que  el  Cabildo  quisiese,  atenta  la  nece- 
sidad que  había  de  cantores  y  la  destreza  de  aquél  en  el  canto, 
señalándosele  el  salario  de  20  pesos  de  plata,  y  asimismo  con  igual 
salario  fueron  nombrados  por  monacillos  para  ayudar  a  misa  y 
al  culto  divino,  por  un  año  a  Juan  García  y  a  Acasio  Ruíz,  y  que 
estos  salarios  los  pagase  el  mayordomo  de  fábrica.  (Libro  1, 
fol.  194  vto.). 

En  el  mismo  acto,  se  acordó;  que  una  capellanía  que  tenía 
fundada  en  la  catedral  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Pedro  Palomino 
de  270  pesos  de  oro  fino  para  que  se  dijesen  tres  misas  cantadas 
con  sus  vísperas  por  el  Cabildo,  la  una  el  día  de  todos  Santos; 
otra  en  la  octava  de  la  Natividad  del  Señor,  y  la  otra  en  la  Asun- 
ción de  Nuestra  Señora,  y  cuatro  misas  rezadas  cada  año,  apli- 
cándose él  un  peso  sobrante  de  los  réditos  para  incienso  y  para 
una  bula  en  cada  predicación:  se  cobrase  cada  año  este  peso  so- 


6  —  Actas,  1. 


66 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


brante  por  el  mayordomo  de  fábrica  para  invertirlo  en  la  Iglesia, 
teniendo  cuidado  de  poner  dos  velas  en  la  tumba  cuando  se  can- 
tasen las  misas  y  de  tomar  la  bula  en  cada  predicación.  Y  aquí 
mismo  se  hace  mención  que  el  señor  Deán  Dn.  Diego  Fernández 
de  Cárdenas  era  ya  difunto  y  que  tenía  a  su  cargo  este  censo. 
(Libro  l,  fol.  195). 

Aquí  mismo  se  dispuso,  que  los  patronos  de  una  fundación 
de  capellanía  exhibiesen  su  escritura  por  no  tener  bastante  no- 
ticia de  ello  el  Cabildo,  para  poner  en  arreglo  esta  fundación. 
(Libro  1,  fol.  195  vto.). 

También  se  mandó  en  este  propio  Cabildo,  que  se  pusiesen 
en  una  tablilla  todas  las  misas  cantadas  y  rezadas  que  el  Cabildo 
tenía  de  capellanías  para  su  mejor  cumplimiento;  y  al  efecto  segui- 
damente se  refieren  dichas  fundaciones:  y  de  algunos  cuyos  censos 
estaban  a  cargo  de  la  fábrica  se  mandó  al  mayordomo  que  pagase 
los  réditos:  y  también  se  mandaron  tomar  200  pesos  de  otro  censo 
por  la  misma  fábrica,  atenta  la  grave  necesidad  en  que  se  hallaba 
para  sus  gastos  y  dificultades  de  los  cobros  de  lo  que  se  le  debía 
en  los  pueblos  de  la  tierra  adentro.  (Libro  1,  fol.  195  vto.). 

En  2  de  diciembre,  habiendo  redimido  el  capital  de  200  pesos 
que  tenía  reconocidos  el  señor  Deán  difunto  Dn.  Diego  Fernández 
de  Cárdenas,  de  la  fundación  del  Deán  Dn.  Francisco  Gómez 
de  Gamboa;  se  hubieron  por  redimidos  y  se  mandó  al  mayordomo 
de  fábrica  que  los  tomase  para  remedio  de  las  necesidades  de 
ésta,  reconociéndolos  sobre  sus  rentas  y  esclavos,  y  pagando  anual- 
mente los  réditos.  Y  en  este  mismo  acto  se  mandaron  rendir 
cuentas  al  mayordomo,  y  se  comisionó  su  recepción  al  señor  Te- 
sorero. (Libro  1,  fol.  197). 

En  20  del  mismo,  habiéndose  presentado  Manuel  Martínez  de 
Andrade,  cura  de  la  catedral,  en  nombre  de  Dn.  Joseph  Escudero, 
con  un  título  del  Illmo.  Sor.  Obispo  Dn.  Fr.  Juan  de  Bohorques, 
en  que  nombra  a  éste  por  Deán  temporal  por  haber  vacado  esta 
dignidad  al  dicho  Escudero  con  la  mitad  de  la  renta  del  propie- 
tario: el  Cabildo  lo  recibió  no  obstante  estar  ausente,  con  tal 
que  el  dicho  apoderado  sirviese  por  él  en  el  coro  y  altar,  y  que 
percibiese  la  mitad  de  la  renta  de  diezmos,  presentando  antes  el 
poder,  mas  en  cuanto  a  observaciones  suplica  el  Cabildo  no  se  le 
diesen  por  no  pertenecerle  y  al  efecto  mandó  pasar  a  su  Sría. 
Illma.  copia  de  otros  semejantes  nombramientos  que  anteriormente 
hubo.  (Libro  1,  fol.  200). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1617 


67 


Sigue  una  copia  del  enunciado  título  de  Deán  interino:  fue 
despachado  en  la  ciudad  de  La  Laguna  de  Maracaibo  en  15  de 
noviembre  de  este  año.  (Libro  1,  fol.  201). 

Ario  de  1617. 

En  12  de  enero  se  aprobaron  las  cuentas  del  mayordomo  de 
fábrica  Francisco  Morales,  y  atentos  sus  buenos  servicios,  se  le 
reeligió  para  que  continuase  habiendo  presentado  el  juramento 
de  fidelidad  en  este  acto.  (Libro  1,  fol.  201  vto.). 

En  el  propio  acto,  se  nombró  por  mozo  de  coro,  y  que  supla 
el  oficio  de  pertiguero  a  Martín  Hernández  clérigo  de  prima  ton- 
sura que  era  monacillo,  con  24  pesos  anuales  de  renta,  y  para 
monacillo  fue  nombrado  a  Ignacio,  hijo  de  Ana  de  Lugo,  viuda. 
Y  así  mismo  se  dispuso  que  pues  la  Iglesia  tenía  mucha  gente 
de  esclavos  de  servicio,  el  mayordomo  gastase  para  su  sustento 
en  carne  y  pescado,  quince  reales  cada  semana,  y  veinte  y  cinco 
en  las  siete  de  cuaresma.  (Libro  1,  fol.  202). 

En  30  de  diciembre,  habiéndose  presentado  Francisco  López 
el  mozo,  haciendo  presente  la  fundación  de  una  capellanía  de 
100  pesos  de  oro,  que  hizo  su  padre  Francisco  López  y  estado 
en  que  se  hallaba  el  censo,  se  trató  acerca  de  su  aseguramiento, 
y  de  otro  censo  perteneciente  a  la  capellanía  del  Deán  Dn.  Fran- 
cisco Gómez  y  al  efecto  se  mandaron  compulsar  dos  testimonios. 
(Libro  1,  fol.  203). 

En  el  mismo  acto  en  atención  a  la  falta  que  había  en  el  coro, 
y  que  actualmente  se  hallaba  en  la  ciudad  un  mozo  llamado  Bal- 
tazar  Méndez,  clérigo  de  prima  tonsura  que  sabía  de  canto  y  tenía 
buena  voz;  fue  nombrado  por  sochantre  con  el  salario  anual  de 
30  pesos  de  plata  que  se  le  pagarían  de  las  rentas  de  fábrica  15 
pesos,  10  le  daría  el  señor  Chantre,  y  5  el  señor  Tesorero.  Se 
mandó  también  al  maestro  de  la  obra  de  la  Iglesia,  que  hiciese 
una  silla  obispal  de  ladrillo  y  cal  con  sus  gradas,  espaldar  y  pir- 
lanes; y  un  altar  para  el  señor  San  Juan  a  costa  de  su  cofradía 
y  que  ésta  enladrillase  aquella  parte  entre  pilar  y  pilar,  siendo 
interventor  el  señor  Chantre  el  cual  diese  la  libranza  de  lo  que 
había  de  pagar  la  Iglesia.  Y  asimismo  se  mandaron  hacer  rejas 
torneadas  para  cercar  el  coro  y  dos  escaños  de  tres  asientos. 
(Libro  1,  fol.  203  vto.). 


68 


FUENTES  PARA   LA  HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1618. 

En  22  de  mayo,  habiéndose  recibido  una  carta  del  Illmo. 
Sor.  Obispo,  en  que  avisa  al  Cabildo  que  una  armada  de  piratas 
iba  a  aquellas  costas,  a  fin  de  que  asegurase  la  plata,  alhajas  y 
ornamentos  de  la  Iglesia:  se  mandó  al  mayordomo  que  aprontase 
lo  necesario  para  sacarlos  fuera  de  la  ciudad,  y  ponerlo  todo  en 
lugar  seguro,  llevando  los  negros  y  negras  de  la  Iglesia,  y  cui- 
dando de  su  custodia.  (Libro  1,  fol.  204  vto.). 

En  2  de  julio,  redimió  el  capitán  Diego  Perozo  un  censo  de 
240  pesos  de  capital,  y  en  el  mismo  día  se  concedió  a  Miguel  Aure, 
clérigo  presbítero,  a  razón  de  veinte  mil  el  millar  conforme  a  la 
nueva  pragmática:  y  se  expresa  que  pertenece  a  la  capellanía 
fundada  por  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Pedro  Mártir,  y  que  se  han 
de  decir  once  misas  rezadas  a  peso  cada  año  y  cada  dos  años 
tomarse  una  bula  de  difuntos.  Y  se  mandó  que  la  escritura  de  otro 
censo  de  la  capellanía  de  Juan  de  Leal  se  pusiese  en  el  archivo  de 
la  Iglesia:  y  también  en  este  mismo  acto  habiendo  dado  cuenta 
el  señor  Tesorero  de  la  conclusión  del  coro  y  silla  obispal,  se  mandó 
al  mayordomo  que  pagase  al  maestro  Bartolomé  Naveda  los  200 
pesos  del  concierto.  (Libro  1,  fol.  205). 

En  6  de  agosto,  habiéndose  presentado  el  señor  Chantre  Dn. 
Francisco  Ramírez,  con  la  Real  Cédula  de  su  presentación  al 
deanato  vacante  por  Dn.  Diego  Fernández  de  Cárdenas,  y  las 
diligencias  de  haber  recibido  en  Santiago  de  León  de  mano  del 
Illmo.  Sor.  Obispo  la  colación  e  institución  canónica  en  la  per- 
sona de  su  apoderado,  por  no  poder  presentar  personalmente  a 
causa  de  ser  hombre  viejo  e  impedido  para  poder  andar  las  100 
leguas  de  distancia  desde  Coro  hasta  aquella  ciudad,  se  le  mandó 
que  ratificase  las  diligencias  hechas  por  su  apoderado;  lo  cual 
incontinenti  lo  ejecutó,  reiterando  la  renuncia  de  la  chantría,  y 
habiendo  por  bien  hecho  lo  practicado  por  su  apoderado  reci- 
biendo la  colación  y  consecutivamente  hecho  el  juramento  y 
demás  diligencias  que  en  el  caso  se  requieren;  se  le  dió  la  posesión 
sentándosele  en  la  silla  tocante  a  la  dignidad  de  Deán  y  en  señal 
de  posesión  derramó  moneda  sellada  y  marcada  con  la  marca  real 
de  Su  Majestad.  Y  ejecutado  todo  por  el  señor  Tesorero  único 
capitular  llevando  la  voz  de  Deán  y  Cabildo  dijo:  que  en  atención 
a  que  para  la  colación  debió  haber  poder  particular,  que  no  cons- 
taba en  las  diligencias  extendidas  a  continuación  de  la  citada 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1618 


69 


Real  Cédula;  lo  manifestaba  así  para  que  en  ningún  tiempo  le 
parase  perjuicio.  No  se  cita  la  fecha  de  la  Real  Cédula,  ni  la  de 
la  colación;  y  aunque  se  mandó  poner  testimonio  de  todo  en  el 
libro,  no  se  juró.  (Libro  1,  fol.  205  vto.). 

En  7  del  mismo  mes  de  agosto,  habiéndose  presentado  Diego 
Gómez  de  Alvarado,  cura  de  la  Catedral  en  nombre  de  Dn.  Jusepe 
Escudero,  para  que  se  le  diese  a  éste  posesión  de  la  dignidad  de 
chantre  a  que  estaba  presentado  por  el  Rey  y  de  que  había  recibido 
colación,  que  le  dió  en  Santiago  de  León  el  Illmo.  Sor.  Obispo; 
aunque  el  señor  Deán  convino,  el  otro  señor  capitular  asistente, 
que  lo  era  el  Tesorero,  se  denegó  a  dar  la  posesión  en  la  persona 
del  dicho  apoderado,  fundándose  en  que  en  el  mismo  Real  despacho 
se  prevenía  que  compareciese  personalmente  y  que  Su  Majestad 
daba  las  prebendas  para  que  el  culto  divino  fuese  servido  y  no 
hubiese  falta:  ambos  firmaron  sus  votos;  y  no  hubo  acuerdo  ca- 
pitular pero  se  hizo  saber  lo  sobredicho  al  referido  apoderado. 
(Libro  1,  fol.  208  vto.). 

En  23  de  octubre,  se  volvieron  a  ver  los  papeles  nuevamente 
presentados  en  el  día  anterior  por  Dn.  Jusepe  Escudero;  e  instó 
el  señor  Tesorero  por  la  resolución  del  punto,  y  el  señor  Deán 
persistió  en  su  voto  dado  en  el  Cabildo  de  7  de  agosto,  y  se  volvió 
a  manifestar  pronto  a  dar  la  posesión  pedida,  para  que  ningún 
tiempo  le  parase  perjuicio,  pues  él  no  iba  ni  venía  en  contra- 
dicción a  ello,  y  el  señor  Tesorero  aunque  ya  estaba  presente  el 
dicho  Dn.  Jusepe  Escudero  dijo:  que  obedecía  la  Real  Cédula 
de  su  presentación  a  la  chantría,  pero  que  no  accedía  a  darle  la 
posesión  porque  el  presentado  no  era  sacerdote,  ni  tenía  Orden 
sacro;  pues  sólo  estaba  ordenado  de  menores,  y  que  por  el  mismo 
patronato  real  se  exigía  que  los  beneficiados  fuesen  sacerdotes 
para  el  desempeño  de  sus  misterios;  y  que  además  de  esto  exi- 
giendo la  erección  que  el  Chantre  sepa  canto  llano;  el  dicho  Dn. 
Jusepe  no  lo  sabía,  ni  menos  tenía  instrucción  de  Iglesia,  por  no 
haberse  criado  en  ella;  por  lo  cual  reiteraba  su  contradicción, 
hasta  que  Su  Majestad  mejor  informado  determinase,  y  que  al 
efecto  se  diese  testimonio  de  sus  votos:  todo  lo  cual  se  notificó 
al  dicho  Dn.  Jusepe  Escudero.  (Libro  1,  fol.  210). 

En  7  de  noviembre,  habiéndose  presentado  en  el  Cabildo  el 
Capitán  Yuste  de  Montejo,  teniente  de  Gobernador  y  de  Ca- 
pitán General  de  la  ciudad  de  Coro  con  dos  informaciones  eva- 
cuadas, la  una  por  él  y  la  otra  por  el  Capitán  Diego  Gómez  de 


70 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Portes,  teniente  de  la  ciudad  de  La  Laguna,  de  las  cuales  resul- 
taba que  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Juan  de  Bohorques  estaba  promovido 
al  obispado  de  Guajaca  de  la  provincia  de  Nueva  España,  por 
haber  visto  los  testigos  las  bulas  que  de  la  Corte  se  le  remitían, 
y  llegaron  a  la  dicha  ciudad  de  La  Laguna,  para  pasarlas  a  la 
ciudad  de  Santiago  de  León,  donde  se  hallaba  su  Sría.  Illma.; 
en  cuya  virtud  el  dicho  teniente  requirió  al  Cabildo  en  nombre 
del  Rey,  protestando  el  interés  de  las  rentas  decimales  que  to- 
caban a  Su  Majestad  en  las  vacantes  y  pidiéndole  que  proveyese 
en  el  caso  y  le  diese  testimonio:  El  Cabildo  con  vista  de  estos 
documentos  y  añadiendo  que  un  religioso  que  venía  de  Maracaibo 
había  asegurado  in  verbo  sacerdolis  haber  visto  las  bulas  y  ejecu- 
toriales y  que  asimismo  por  una  parte  ya  anteriormente  había 
recibido  una  carta  del  dicho  señor  Obispo  escrita  desde  el  Tocuyo 
en  que  avisa  su  promoción  al  Cabildo  despidiéndose  de  éste  y 
que  iba  a  Santiago  de  León  a  prevenirse;  y  por  otra,  que  estaba 
certificado  de  que  por  esta  promoción  estaba  electo  el  Illmo. 
Sor.  Dn.  Fr.  Gonzalo  de  Angulo  del  Orden  de  Nuestra  Señora 
de  la  Victoria  de  los  Mínimos;  determinó  con  atención  a  las  doc- 
trinas de  autores  que  cita  y  copia,  tomar  y  tomó  posesión  de  la 
jurisdicción  por  todo  el  tiempo  que  durase  la  vacante,  desde  el 
presente  día  y  mandó  dar  el  testimonio  pedido  al  sobredicho 
Capitán  Yuste  de  Montejo,  y  remitir  otra  al  señor  Gobernador 
Dn.  Francisco  de  la  Hoz  Berrío,  para  hacerle  constar  la  vacante 
y  que  se  sirviese  participarla  al  sobredicho  Illmo.  Sor.  Obispo 
residente  en  la  ciudad  de  Santiago  de  León.  (Libro  1,  fol.  231  vto.). 

En  8  del  mismo  mes,  congregados  los  dos  únicos  señores  capi- 
tulares existentes,  Deán  y  Tesorero,  aquél  dijo:  que  atento  a  no 
haber  en  todo  el  obispado  clérigo  graduado  que  pudiese  ejercer 
el  oficio  de  provisor,  él  como  Presidente  del  Cabildo,  y  tomando 
toda  la  voz  de  éste  elegía  y  nombraba  por  tal  provisor  y  vicario 
general  al  señor  Tesorero  como  idóneo  al  efecto  y  que  otra  vez 
había  desempeñado,  concediéndole  todas  las  facultades  correspon- 
dientes, y  dejando  reservado  al  Cabildo  todo  lo  que  fuese  de 
derecho  de  patronato  real,  los  nombramientos  de  visitadores  de 
todo  el  obispado  y  el  procedimiento  civil  o  criminal  y  cualquiera 
demanda  contra  cualquiera  capitular,  lo  cual  debería  hacerse  en 
cuerpo  de  Cabildo.  El  señor  Tesorero  dijo:  que  casaba  y  casó  su 
voto  por  esta  vez  de  proveer  y  votar  provisor:  y  después  de  haber 
firmado  cada  uno  lo  que  dijo:  continúa  el  Cabildo  diciendo  que 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1619 


71 


vista  por  su  Sría.  Deán  y  Cabildo  la  elección  de  provisor  hecha 
en  el  señor  Tesorero  Dn.  Bartolomé  Gómez,  compareciese  éste 
a  hacer  y  allí  mismo  hizo  su  aceptación  y  prestó  el  juramento. 
(Libro  1,  fol.  213  vto.)- 

Año  de  1619. 

En  9  de  enero,  habiéndose  presentado  Dn.  Jusepe  Escudero 
con  su  Real  presentación  a  la  dignidad  de  chantre,  las  diligencias 
de  la  colación  que  tenía  recibida  de  mano  del  Illmo  Sor.  Obispo, 
desde  10  de  julio  del  año  anterior,  y  una  provisión  del  áeñor  Me- 
tropolitano para  que  se  le  dé  la  posesión,  nombrándose  por  juez 
de  esta  causa  al  padre  Manuel  Martínez  de  Andrade,  el  Cabildo 
no  admitió  a  este  juez  por  ciertas  causas  allí  expresas  y  manifestó 
estar  pronto  a  darle  la  posesión,  con  tal  que  sirviese  la  dignidad 
personalmente  y  desempeñase  su  oficio  y  que  pusiese  a  su  costa 
un  sacerdote  que  cantase  las  misas  de  su  obligación  y  que  si  hiciese 
ausencia  no  ganase  renta  alguna  conforme  a  lo  dispuesto  en  la 
Real  Cédula  del  patronato  Real  y  capitular  respectivo  de  la  erec- 
ción, de  que  se  puso  copia  y  se  notificó  al  dicho  Dn.  Jusepe  Escu- 
dero. (Libro  1,  fol.  215). 

En  10  del  mismo,  vistos  nuevamente  los  documentos  presen- 
tados por  el  nominado  Dn.  Jusepe  Escudero  y  recibiéndosele  jura- 
mento de  usar  y  ejercer  su  cargo  en  todo  lo  anexo  y  dependiente 
y  que  le  tocase  y  de  guardar  y  cumplir  el  patronato  real  y  erección 
del  obispado  y  de  que  defendería  y  guardaría  la  jurisdicción  de 
esta  Catedral  y  preeminencias  de  su  Cabildo,  y  de  no  ir  ni  venir 
contra  ello  en  tiempo  alguno  y  que  defendería  su  Catedral  en  todo 
aquello  que  tiene  obligación,  y  las  cédulas  y  provisiones  reales 
ganadas  y  por  ganar,  &.  Se  le  dió  la  posesión  sentándole  en  la  silla 
de  la  dignidad  de  chantre  en  el  coro,  y  desde  ella  en  señal  de  po- 
sesión derramó  moneda  sellada  y  marcada  con  la  marca  real  de 
Su  Majestad  y  se  mandó  custodiar  en  el  archivo  el  expediente. 
(Libro  1,  fol.  217). 

En  11  del  propio  mes  de  enero  (asistiendo  el  sobredicho  señor 
Chantre  con  preferencia  en  lugar  y  firma  al  señor  Tesorero,  aunque 
aquél  no  era  sacerdote)  se  dió  comisión  al  Licenciado  Blas  López 
cura  de  la  Catedral,  para  que  tomase  las  cuentas  al  mayordomo  de 
fábrica  Francisco  Morales,  y  que  con  lo  que  expusiese  las  pre- 
sentase al  Cabildo.  (Libro  1,  fol.  218). 


72 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  este  mismo  acto,  se  nombró  por  monacillo  a  Diego  de 
Lugo  con  15  pesos  de  salario  anual.  (Libro  1,  fol.  218  vto.). 

Aquí  mismo  el  señor  Chantre  Dn.  Jusepe  Escudero  expuso 
que  Su  Majestad  y  el  señor  comisario  general  de  cruzada  lo  habían 
nombrado  comisario  en  este  obispado;  y  que  para  su  desempeño 
estaba  precisado  a  residir  en  la  ciudad  de  Santiago  de  León  por 
lo  cual  nombraba  para  las  misas  que  le  tocasen  al  cura  de  la  Ca- 
tedral Diego  Gómez  de  Alvarado  con  el  salario  mensual  de  12 
pesos  y  que  el  Cabildo  nombrase  otro  para  el  canto  del  coro,  dán- 
dole también  de  su  renta  20  pesos  cada  año.  Y  el  Cabildo  dijo: 
que  sin  perjuicio  de  la  cédula  del  real  patronato  y  de  la  erección 
de  este  obispado  le  concedía  para  su  ausencia  sólo  el  tiempo  de 
seis  meses,  contados  desde  el  siguiente  febrero,  quedando  el  dicho 
cura  con  la  carga  de  misas  y  que  en  el  primer  Cabildo  se  nom- 
braría el  sochantre.  (Libro  1,  fol.  218  vto.). 

En  28  de  mayo  se  trató  acerca  de  hacer  más  fuerte  la  puerta 
denominada  del  Perdón  en  la  Santa  Iglesia:  se  hizo  nuevo  ajuste 
con  el  oficial  y  que  allí  mismo  con  los  100  pesos  ofrecidos  por  los 
vecinos  de  Coro.  Se  formase  una  capilla  en  honor  de  San  Luis 
Rey  de  Francia,  como  lo  había  concedido  de  mucho  antes  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  con  tal  que  antes  de  tomar  posesión  de  ella  los  vecinos, 
estuviese  competentemente  adornada,  y  se  obligasen  a  su  conser- 
vación. (Libro  1,  fol.  220). 

En  este  mismo  acto,  se  dió  por  relevado  a  Ambrosio  Her- 
nández de  las  misas  que  se  cantaban  a  Nuestra  Señora  del  Rosario, 
a  cuya  limosna  espontáneamente  se  obligó  mientras  pudiese; 
porque  ya  no  podía  hacer  esta  contribución.  (Libro  1,  fol.  220). 

En  el  propio  acto  compareció  en  Cabildo  el  cura  de  la  Ca- 
tedral Blas  López  de  Belmonte,  comisionado  para  recibir  las 
cuentas  del  mayordomo  de  fábrica  Francisco  de  Morales,  y  habién- 
dolas exhibido  y  jurado  que  las  había  examinado  bien,  y  también 
prestando  su  juramento  el  dicho  mayordomo  de  haberlas  firmado 
fielmente,  las  aprobó  el  Cabildo  y  consecutivamente  reeligió  al 
mismo  mayordomo  para  continuar  en  este  oficio  y  allí  mismo 
aceptó  y  juró;  se  le  mandó  que  procediese  al  cobro  de  deudas 
y  que  las  cuentas  se  archivasen.  Y  al  propio  mayordomo  se  dió 
poder  por  el  Cabildo  para  tratar  del  aseguramiento  de  lo  que  debía 
al  hospital  de  Coro,  Alonzo  de  Freiré,  del  tiempo  que  fue  ma- 
yordomo de  él,  y  para  que  se  pudiese  pasar  en  cuenta  lo  que  se 
manda  hacer  en  cuanto  a  techar  la  enfermería  del  hospital,  enea- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1619 


73 


larse  o  blanquearse  de  tierra  y  proveerlo  de  camas  por  el  actual 
mayordomo  del  mismo  hospital,  que  lo  era  Juan  Agustín  (no  tiene 
apelativo)  y  para  tomarle  cuentas  a  éste  se  comisionó  al  sobre- 
dicho cura  Blas  López  de  Belmonte.  (Libro  1,  fol.  220). 

Aquí  mismo  se  dió  licencia  al  maestro  mayor  de  la  obra  del 
nuevo  edificio  de  la  Iglesia,  para  que  mientras  se  juntaba  material 
pudiese  por  seis  meses  ocuparse  en  otras  obras  dentro  o  fuera  de 
la  ciudad  y  que  no  se  le  pagase  todo  lo  que  se  le  debía,  que  ya 
alcanzaba  a  380  pesos  de  plata,  sino  en  cuanto  el  Cabildo  fuese 
dando  libranzas  a  fin  de  que  volviese  a  continuar  la  obra.  (Li- 
bro 1,  fol.  221). 

También  en  este  propio  Cabildo  se  presentó  la  merced  hecha 
por  el  Rey  a  esta  Catedral  de  vino  para  celebrar  continuamente 
sus  sacerdotes,  y  aceite  para  alumbrar  al  Santísimo  por  cuatro 
años  y  haberse  tasado  cada  año  en  doce  peruleras  de  vino  y  diez 
y  ocho  botijiielas  de  aceite:  y  el  Cabildo  mandó  al  mayordomo  que 
tuviese  cuidado  de  percibir  esto  de  los  oficiales  reales.  (Libro  1, 
fol.  221  vto.). 

En  29  de  junio,  haciéndose  memoria  de  ser  la  fiesta  de  los 
Apóstoles  San  Pedro  y  San  Pablo;  se  presentó  en  el  coro  después 
de  tercia  el  Licdo.  Diego  Gómez  de  Alvarado,  cura  de  la  Catedral 
con  una  bula  del  señor  Paulo  V  dada  en  20  de  noviembre  de  1617 
en  que  se  nombra  por  Obispo  de  esta  diócesis  al  Illmo.  Sor.  Dn. 
Fr.  Gonzalo  de  Angulo  (del  Orden  de  mínimos  según  otro  Cabildo) 
que  ya  estaba  en  la  ciudad  de  Santiago  de  León  a  fin  de  que  se  le 
diese  la  posesión,  en  virtud  del  poder  que  también  presentó: 
visto  todo  por  el  Cabildo,  prestando  su  reverente  obedecimiento 
a  dicha  bula,  inmediatamente  a  presencia  de  todo  el  pueblo,  jus- 
ticia y  regimiento,  recibió  juramento  al  dicho  apoderado  del 
nominado  señor  Obispo  de  que  guardaría  y  cumpliría  todos  los 
estatutos  y  preeminencias  a  esta  Santa  Iglesia  y  a  su  Cabildo; 
y  luego  el  señor  Deán  lo  sentó  en  la  silla  obispal  y  el  Cabildo  dió 
la  obediencia  al  nuevo  prelado;  y  consecutivamente  el  mismo  apo- 
derado derramó  en  señal  de  posesión  moneda  marcada  con  el 
sello  y  armas  de  Su  Majestad.  No  se  puso  copia  ni  de  la  bula  ni 
del  poder,  ni  se  hace  mención  del  real  ejecutorial.  (Libro  1,  fol.  222). 

En  14  de  diciembre,  se  presentó  el  Licdo.  Dn.  Pedro  Graterol 
con  la  Real  Cédula  de  su  presentación  a  la  dignidad  de  arcediano 
y  las  diligencias  de  la  colación  que  con  comisión  del  Illmo.  Sor. 
Obispo  le  dió  el  Licdo.  Diego  Gómez  de  Alvarado,  cura  y  vicario 


74 


FUF.NTKS   PARA   I.A   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


de  la  Catedral:  y  el  Cabildo  en  vista  de  todo,  prestado  su  obede- 
cimiento a  la  Real  Cédula  y  recibido  juramento  al  efecto  de 
ejercer  el  oficio  de  arcediano  en  todo  lo  a  él  anexo  y  dependiente 
y  de  guardar  las  preeminencias  de  la  Iglesia  y  Cabildo  lo  que 
contiene  el  patronato  real  y  la  erección  de  este  obispado:  y  asi- 
mismo de  defenderlo  todo,  &.,  se  le  dio  la  posesión  de  la  dignidad 
de  arcediano:  y  en  señal  de  ello,  derramó  moneda  sellada  y  mar- 
cada del  sello  real.  No  se  expresa  la  fecha  de  la  Real  Cédula,  ni 
se  puso  copia  de  ella,  ni  de  las  otras  diligencias  en  el  libro,  aunque 
si  se  mandó  dejar  en  el  archivo.  (Libro  1,  fol.  222  vto.). 

Año  de  1620. 

hn  7  de  enero,  para  traer  desde  el  pueblo  del  río  del  Tocuyo 
las  maderas  que  allí  estaban  ya  preparadas  en  virtud  de  la  con- 
trata hecha  con  Juan  de  Arteaga  para  el  techo  de  la  Iglesia  que 
eran  700  tablas  de  caoba,  y  20  tirantes  de  12  varas  de  largo  se  hizo 
concierto  con  el  padre  Juan  Sánchez,  cura  de  aquel  pueblo,  y 
con  los  indios  de  él,  de  la  conducción  de  estas  maderas  en  balsas 
y  canoas  hasta  el  puerto  de  Pasabachoa,  dándosele  un  ornamento 
que  valdría  20  pesos,  un  misal  y  un  manual  viejos,  que  valdrían 
10,  una  jarra  en  3  pesos,  un  cáliz  con  su  patena  en  20,  y  otra 
alhaja  en  3;  lo  cual  ya  se  le  había  entregado,  y  que  después  de 
traidas  las  maderas  se  le  darían  100  pesos  en  plata  corriente  y 
325  reales  de  lienzo  y  algodón.  (Libro  1,  fol.  224). 

En  este  mismo  acto,  en  virtud  de  lo  pedido  por  el  señor  Chantre 
Dn.  Jusepe  Escudero,  ausente,  se  nombró  por  sochantre  al  Ledo. 
Manuel  iMartínez  de  Andrade,  por  ser  persona  idónea  con  el 
salario  anual  de  20  pesos  de  la  renta  del  mismo  señor  Chantre 
que  se  había  de  cobrar  en  tierra  adentro.  (Libro  1,  fol.  225). 

En  30  de  mayo,  habiendo  hecho  exhibición  Agustín  Ruíz 
Varón  en  nombre  de  doña  Ana  Ruíz  Varón,  su  hermana,  viuda 
del  capitán  Micael  de  Quero  de  dos  capitales  de  censos  que  éste 
de  mancomún  con  ella  tenía  reconocidos,  el  uno  de  200  pesos  que 
se  supone  perteneciente  al  Cabildo  y  otro  de  363  pesos,  pertene- 
ciente al  hospital;  se  hubieron  por  redimidos  y  se  mandaron  de- 
positar en  el  señor  Tesorero,  mientras  se  hacía  el  nuevo  reconoci- 
miento; y  que  al  efecto  se  fijase  cédula  de  aviso  en  la  puerta  de 
la  Iglesia,  y  los  réditos  exhibidos  tocantes  al  hospital  que  fueron 
34  pesos,  se  entregasen  a  su  mayordomo.  (Libro  1,  fol.  225  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1621 


75 


En  31  de  agosto,  en  atención  a  que  no  había  comparecido 
pretendiente  a  los  sobredichos  capitales  y  que  la  misma  doña 
Ana  Ruíz  los  quería  reconocer  junto  con  el  dicho  su  hermano, 
se  le  concedieron  para  la  nueva  imposición,  a  razón  de  veinte 
mil  el  millar.  (Libro  1,  fol.  226  vto.). 

En  el  mismo  acto,  se  nombró  por  monacillo  a  Cristóbal  Quin- 
tero, con  el  salario  de  15  pesos  anuales.  (Libro  1,  fol.  227  vto.). 

En  2  de  noviembre,  se  volvió  a  tratar  acerca  de  las  tablas 
y  tirantes  que  estaban  en  la  boca  del  río  del  Tocuyo,  y  se  dijo 
algo  acerca  del  concierto,  así  en  cuanto  a  su  traída,  como  por  lo 
respectivo  al  que  las  había  labrado;  y  en  el  mismo  acto,  tenién- 
dose aviso  de  que  había  llegado  al  puerto  de  Barlovento  319  tablas 
y  10  vigas,  se  mandó  pregonar  si  había  quien  quisiese  traerlas 
a  la  ciudad  y  sólo  se  halló  un  vecino  que  se  obligó  a  traer  las 
tablas  a  razón  de  cinco  reales  cada  carga,  sin  haberse  podido 
enviar  a  éste  a  los  negros  de  la  Iglesia,  porque  estaban  ocupados 
en  trabajar  materiales.  (Libro  1,  fol.  227  vto.). 

En  19  de  diciembre,  se  dió  por  redimido  el  capital  de  200 
pesos  que  tenía  Alonzo  Freiré,  pertenecientes  a  la  fundación  de 
capellanía  del  Señor  Deán  Dn.  Francisco  Gómez  de  Gamboa, 
y  en  el  mismo  acto  se  concedieron  a  Diego  Gómez,  vecino  de 
Coro.  (Libro  1,  fol.  229  vto.). 

En  29  del  mismo,  habiéndose  presentado  Francisco  Rendón 
con  un  título  despachado  en  Santiago  de  León  a  23  de  noviembre 
de  este  año  por  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Gonzalo  de  Angulo,  colado 
(es  a  presentación  del  patronato  real,  y  es  el  primero  hecho  de 
esta  manera)  se  le  recibió  por  tal  mayordomo,  precedido  el  jura- 
mento de  fidelidad  que  en  el  mismo  acto  recibió  el  Cabildo:  se 
le  señaló  el  salario  anual  de  50  pesos  y  se  le  mandó  hacer  la  en- 
trega y  al  mayordomo  que  acabó  que  diese  cuentas,  declarándose 
también  que  comenzase  el  salario  desde  este  día.  Y  seguidamente 
se  nombró  a  Cristóbal  López  de  Belmonte,  para  tomar  aquellas 
cuentas  y  entregar  los  alcances  al  nuevo  mayordomo.  (Libro  1, 
fol.  230  vto.). 


Año  de  1621. 


No  hubo  Cabildo  alguno;  pues  los  folios  del  libro  siguen  bien. 


76 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1622. 
Tampoco  hubo  Cabildo  alguno  en  este  año. 

Año  de  1623. 

En  2  de  enero,  el  señor  Tesorero  sólo  insinuando  que  el  señor 
Deán  estaba  enfermo  (nada  se  dice  acerca  del  lugar  donde  se 
hallaban  el  arcediano  Dn.  Pedro  Graterol  y  el  Chantre  Dn.  Jusepe 
Escudero),  y  que  había  dos  años  que  no  se  celebraba  Cabildo  y 
que  urgía  mirar  por  el  bien  de  la  Iglesia,  el  dicho  señor  Tesorero 
llevando  la  voz  de  Cabildo,  acordó  que  se  fijase  un  papel  a  la 
puerta  de  la  Iglesia  avisando,  que  se  haría  concierto  con  el  que 
quisiese  obligarse  a  traer  la  madera  necesaria  para  la  mitad  del 
techo  de  la  Iglesia  que  estaba  sin  hacer.  (Libro  1,  fol.  232). 

Kn  este  mismo  acto  se  dispuso  que  en  atención  a  estarse  espe- 
rando en  Coro  al  Illmo.  Sor.  Obispo  Dn.  Fr.  Gonzalo  de  Angulo, 
el  mayordomo  de  fábrica  le  diese  el  sustento  los  primeros  días, 
y  que  lo  mismo  hiciesen  las  dignidades  que  estuviesen  en  la  ciudad. 
(Libro  1,  fol.  232). 

Se  mandó  también  al  sacristán  mayor  conforme  a  lo  que  tenía 
recibido  por  bienes  de  la  Santa  Iglesia  en  compañía  del  mayor- 
domo que  lo  manifestase  ante  el  secretario  para  que  cuando  vi- 
niese el  señor  Obispo,  entendiese  que  todo  estaba  apreciado  y 
bien  tratado.  (Libro  1,  fol.  232  vto.). 

En  el  mismo  acto  se  dispuso,  se  les  advirtiese  a  los  curas  y 
vicario  que  de  presente  era,  que  la  jurisdicción  que  tenían  en  cuanto 
a  vicario,  no  era  más  que  para  sus  clérigos  y  no  para  las  digni- 
dades, y  que  en  lo  que  tocaba  a  la  jurisdicción  para  el  proveer, 
poner  y  quitar  en  la  Santa  Iglesia  no  se  podían  entrometer,  ni 
hacer  fraternidades  ni  cofradías,  abrazando  en  sí  las  misas  can- 
tadas pues  era  anexo  y  de  costumbre  antigua  a  las  dignidades 
en  todas  las  catedrales,  y  su  oficio  de  los  dichos  curas  es  no  más 
de  sacramentar  y  conforme  fue  decretado  por  el  Illmo.  Sor.  Dn. 
Fr.  Juan  Martín  de  Manzanillo  porque  no  había  canónigo  ni 
racioneros  por  la  pobreza  de  los  diezmos,  debían  asistir  todos 
los  domingos  y  fiestas  a  vísperas  y  a  misa  en  compañía  de  las 
dignidades,  y  que  los  mismos  acompañasen  a  éstas  todas  las  veces 
que  saliesen  lo  mismo  acompañándolos  para  volver  al  coro.  (Libro  1, 
fol.  232  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1623 


77 


Aquí  mismo  se  dispuso  que  para  que  en  adelante  los  que  go- 
zaban salario  en  la  Iglesia,  cumpliesen  sus  obligaciones,  se  les  hacía 
entender  a  los  monacillos  que  las  suyas  eran  ayudar  a  misa,  cargar 
los  ciriales,  encender  las  lámparas,  limpiar  los  altares  y  traer 
el  vino  y  aceite  de  la  casa  del  mayordomo  y  que  en  todo  estuviesen 
sujetos  al  sacristán  mayor  el  cual  en  lo  que  no  pudiese  remediar 
diese  aviso  a  los  curas:  que  el  oficio  de  éstos  era  sacramentar  con 
diligencia,  amor  y  cuidado  en  cualquiera  hora  que  fuesen  avisados 
y  conocerse  ser  inferiores  a  las  dignidades  y  mayores  que  los  sa- 
cristanes y  monacillos:  y  que  en  lo  que  tocaba  a  las  dignidades 
eran  señores  y  capitulares  de  la  Iglesia  catedral,  a  quienes  todos 
debían  la  obediencia,  la  cual  debían  las  dichas  dignidades  a  los 
señores  Obispos  por  la  reverencia  de  superior  a  todos  y  por  ser 
nuestro  pastor.  (Libro  1,  fol.  233). 

Igualmente  en  este  Cabildo,  se  nombró  por  monacillo  a  Andrés 
Méndez,  con  el  salario  acostumbrado;  y  que  lo  sobredicho  se  noti- 
ficase a  los  curas.  (Libro  1,  fol.  233). 

También  se  mandó  aquí  mismo  al  secretario  del  Cabildo  Ro- 
drigo Patencia  que  contase  hoja  por  hoja  este  libro  de  Cabildo 
y  viese  si  le  faltaba  algo  y  lo  certificase  para  cuando  lo  pidiese 
el  señor  Obispo.  No  autorizó  el  secretario  el  presente  Cabildo 
ni  hay  diligencia  de  notificación  de  lo  acordado.  (Libro  1,  fol. 
233  vto.). 

En  19  de  mayo,  presente  el  señor  Obispo  Dn.  Fr.  Gonzalo  de 
Angulo  y  en  su  casa,  insinuando  que  había  hallado  muchas  cosas 
dignas  de  remedio:  se  acordó  que  pues  las  campanas  eran  pe- 
queñas y  una  estaba  quebrada,  se  fundiesen  e  hiciesen  dos,  la  una 
de  seis  quintales  y  la  otra  de  dos  y  media,  cuyo  costo  lo  haría 
su  Sría.  Illma. :  y  que  para  ponerlas  en  la  torre  se  hiciese  concierto 
con  el  albañil  para  agrandar  los  huecos  o  ventanas  de  la  torre 
donde  habían  de  colocarse:  que  atento  el  riesgo  y  peligro  en  que 
estaba  la  parte  del  edficio  de  la  Iglesia  que  no  estaba  cubierto, 
se  tratase  de  su  continuación  hasta  acabarlo  quedando  a  cargo 
de  su  Sría.  Illma  el  hacer  los  conciertos  con  los  oficiales.  Y  que 
pues  el  Santísimo  Sacramento  se  guardaba  con  indecencia  en  una 
caja  pequeña  de  madera  sin  adorno,  ni  forma  de  Sagrario,  se  hiciese 
uno  de  madera  de  cedro  muy  autorizado  y  proporcionado  al  altar 
mayor  y  que  se  dorase  por  dentro  y  fuera,  quedando  a  cargo 
de  su  Sría.  Illma.  el  concierto  con  los  oficiales.  (Libro  1, 
fol.  234). 


78 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  5  de  julio,  presente  el  señor  Obispo  y  en  su  casa,  habién- 
dose visto  los  conciertos  hechos  por  su  Sría.  Illma.  para  traer 
maderas  y  para  el  trabajo  de  la  continuación  del  edificio,  se  apro- 
baron y  se  dispuso  que  para  la  paga  se  entregase  una  negra  esclava 
de  la  Iglesia  al  Capitán  Ambrosio  Hernández  y  que  se  vendiesen 
los  negros  de  menor  edad  que  no  eran  útiles  a  la  Iglesia,  para  lo 
cual  se  nombraron  peritos.  (Libro  1,  fol.  235). 

En  este  mismo  acto,  se  acordó  que  para  remediar  la  necesidad 
de  ornamentos  pudiese  vender  un  negro  el  Cabildo  cuando  le 
pareciese  y  asimismo  se  dispuso  que  la  clavazón  necesaria  para 
la  Iglesia  y  algunos  pernos  se  trajesen  de  España,  quedando  su 
Sría.  Illma.  encargado  de  la  solicitud,  con  tal  que  al  traerlos  vi- 
niesen de  cuenta  y  riesgo  de  la  Iglesia.  (Libro  1,  fol.  235  vto.). 

En  8  del  mismo,  presente  el  señor  Obispo  y  en  su  casa,  reser- 
vándose para  otro  Cabildo  tratar  acerca  de  los  avalúos  de  los 
esclavos:  su  Sría.  Illma.  manifestó  una  Real  Cédula  expedida  a 
28  de  junio  de  1621,  en  que  para  los  gastos  de  la  defensa  del  Estado 
y  de  la  religión  se  pide  un  donativo,  quedando  su  Sría.  Illma. 
en  dar  lo  que  pudiese  de  sus  rentas,  los  dos  señores  capitulares 
presentes  por  sí  y  en  nombre  de  los  dos  ausentes,  después  de 
insinuada  su  pobreza,  ofrecieron  300  pesos  y  que  cobrados  se 
entregasen  a  su  Sría.  Illma.  para  la  remisión  a  Su  Majestad. 
(Libro  1,  fol.  236). 

En  este  mismo  acto,  fue  presentado  un  título  de  arcediano 
interino,  despachado  por  el  mismo  señor  Obispo  estando  en  Ca- 
racas a  6  de  octubre  de  1621  a  favor  de  Dn.  Iñigo  de  Salcedo, 
clérigo  de  menores  órdenes:  y  en  nombre  de  éste  pidió  el  Ledo. 
Manuel  Martínez  de  Andrade,  cura  de  la  Catedral  que  se  le  diese 
posesión:  y  se  acordó  que  le  diese  suplicando  el  Cabildo  a  su  Sría. 
Illma.  que  pues  en  el  libro  no  estaba,  asentada  cosa  alguna  de 
éstas,  lo  dispusiere  y  en  efecto  así  se  mandó.  Se  dice  que  estaba 
vacante  el  arcedianato  por  dimisión  de  Dn.  Pedro  Graterol  que 
su  Sría.  Illma.  por  puras  causas  le  admitió  en  Trujillo  y  que  este 
nombramiento  de  interino  fuese  hasta  que  el  Rey  nombrase.  Sigue 
copia  del  título  y  de  la  posesión  que  dió  el  vicario  juez  eclesiástico 
de  Coro.  (Libro  1,  fol.  237  vto.). 

En  17  del  propio  mes  de  julio,  presente  el  señor  Obispo  y  en 
su  casa,  se  dispuso  que  se  trajesen  de  España  para  el  servicio 
de  la  Iglesia  un  antiphonario  de  canto  llano,  un  martirologio  y 
kalenda,   doce  procesionarios;  seis  misales,   seis  manuales,  stis 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1623 


79 


calendarios  y  seis  ceremoniales:  y  su  Sría.  Illma.  se  hizo  cargo  de 
la  solicitud,  con  tal  que  viniesen  de  cuenta  y  riesgo  de  la  Iglesia. 
También  se  hizo  memoria  de  la  clavazón,  insinuando  su  Sría. 
Illma.  que  ya  estaba  encargada.  Asimismo  se  trató  de  la  venta  de 
un  negro  y  de  una  negra  de  los  esclavos  de  la  Iglesia.  (Libro  1, 
fol.  239). 

En  el  mismo  acto,  teniéndose  presente  lo  dispuesto  en  la 
erección  del  obispado,  en  cuanto  al  nombramiento  de  mayordomo, 
se  dispuso  que  en  adelante  se  hiciese  por  el  señor  Obispo  junta- 
mente con  el  Cabildo,  de  suerte  que  estando  su  Sría.  Illma.  en 
Cabildo  se  le  proponga  de  parte  del  Cabildo  la  persona  o  personas 
que  estimasen  a  propósito  y  que  no  le  pudiese  nombrar  el  Cabildo 
sin  aprobación  del  señor  Obispo,  ni  tampoco  quitar  al  que  estu- 
viese sirviendo  la  mayordomía  sin  su  consentimiento;  y  que  los 
que  fuesen  nombrados  diesen  fianza  para  el  seguro  de  la  adminis- 
tración. Y  atentas  las  circunstancias  que  concurrían  en  Martín 
de  Urquiola  que  era  teniente,  Gobernador  y  de  Real  Hacienda 
en  Coro,  se  hizo  en  él  el  nuevo  nombramiento  de  mayordomo  de 
fábrica  dando  fianza  a  satisfacción  del  señor  Tesorero  Dn.  Bar- 
tolomé Gómez;  y  dejándose  en  su  buena  opinión  y  fama  al  an- 
terior Francisco  Rendón:  aceptó  aquél  y  se  dispuso  que  su  Sría. 
Illma.  le  despachase  el  título.  (Libro  1,  fol.  239  vto.). 

En  este  propio  acto,  se  dispuso  que  se  formase  un  libro  para 
asentar  todas  las  memorias  de  misas;  con  expresión  de  sus  fun- 
dadores cargas  y  obligaciones  y  personas  que  tuviesen  los  ca- 
pitales. (Libro  1,  fol.  240). 

En  28  de  septiembre,  congregado  el  Cabildo  en  la  Santa  Iglesia 
a  campana  tañida,  entró  Juan  Coronel  Velarde,  secretario  del  señor 
Obispo  y  notificó  una  reformación  hecha  por  su  Sría.  Illma.  en 
razón  del  culto  divino,  los  prebendados  de  la  Catedral  que  eran 
y  en  adelante  fuesen;  y  habiéndose  obtenido  en  todo  y  por  todo, 
suplicaron  que  su  Sría.  Illma.  se  sirviese  enviar  un  tanto  de  ella 
para  colocarlo  en  el  archivo  de  la  Iglesia.  (Libro  1,  fol.  240  vto.). 

Seguidamente,  notificó  otro  auto,  en  que  manda  su  Sría. 
Illma.  para  que  se  pusiese  en  el  archivo  de  la  Catedral  el  sínodo 
provincial  que  se  celebró  en  la  ciudad  de  Santo  Domingo,  y  un 
tanto  del  mismo  auto.  (Libro  1,  fol.  241). 

Aquí  mismo  se  dispuso,  que  se  hiciese  una  alacena  con  sus 
puertas  y  dos  cerraduras  en  la  sacristía  para  archivo  de  la  Cus- 
todia de  los  papeles:  que  se  diesen  por  el  mayordomo  de  fábrica 


so 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


al  de  su  Sría.  Illma.  ochenta  reales  que  le  pertenecieron  por  la 
visita:  que  también  se  le  entregasen  60  pesos  para  pagar  al  oficial 
que  hizo  la  obra  para  poner  la  campana  grande,  y  lo  que  corres- 
pondiese a  los  oficiales  carpintero  y  herrero;  y  asimismo  100  reales, 
tasados  a  un  dependiente  de  su  Sría.  Illma.  por  componer  los  pa- 
peles del  archivo  de  la  Iglesia.  (Libro  1,  fol.  241). 

Sigue  una  copia  del  auto  de  su  Sría.  Illma.  en  que  manda 
poner  en  el  archivo  de  la  Iglesia  el  Concilio  provincial  para  su 
cumplimiento  y  una  diligencia  de  la  aceptaciíón  del  Cabildo. 
(Libro  1,  fol.  241  vto.). 

En  Io  de  agosto,  se  determinó  mejor  lugar  en  la  sacristía  para 
el  archivo  de  los  papeles,  y  se  concertaron  las  puertas  con  un 
carpintero  en  8  pesos:  y  se  mandó  hacer  un  libro  para  asentar 
en  él  los  decretos  y  libranzas  que  diese  el  Cabildo  de  las  rentas 
de  la  Iglesia:  y  que  el  mayordomo  de  fábrica  diese  20  reales  al 
secretario  para  copiar  las  constituciones  que  su  Sría.  Illma.  mandó 
notificar  al  Cabildo.  (Libro  1,  fol.  242). 

En  2  del  mismo  mes,  se  dispuso,  que  se  pagasen  22  pesos  al 
oficial  que  había  trabajado  el  Sagrario;  y  dos  pesos  más  por  las 
almas  de  las  campanas:  y  en  atención  a  que  el  mayordomo  de 
fábrica  no  tenía  dinero,  y  que  también  se  debía  su  trabajo  a  otros 
oficiales,  se  acordó  que  se  vendiese  un  negrito  esclavo  de  la  Iglesia, 
precedida  la  licencia  de  su  Sría.  Illma.  (Libro  1,  fol  243). 

Participado  este  acuerdo  al  señor  Obispo,  decretó  que  el  ma- 
yordomo declarase  si  tenía  dineros:  declaró  seguidamente  que  no 
los  tenía  y  en  el  mismo  día  concedió  la  licencia  su  Sría.  Illma. 
(Libro  1,  fol.  243  vto.). 

En  1 1  de  dicho  mes  de  agosto  se  mandó  al  mayordomo  que 
proveyese  al  oficial  fundidor  de  campanas  de  unos  materiales 
que  pedía  para  la  fundición  de  una;  y  también  se  mandó  pagar 
el  salario  de  un  año  a  un  monacillo.  (Libro  1,  fol.  244). 

En  Io  de  septiembre,  se  mandaron  hacer  roquetes  para  los 
monacillos:  comprar  4  libras  de  cera  negra  para  las  asas  de  las 
campanas;  y  hacer  también  unos  corporales  y  purificadores. 
(Libro  1,  fol.  247). 

En  29  del  mismo,  formando  el  Cabildo  sólo  el  señor  Tesorero 
por  fallecimiento  del  señor  Deán,  habiéndose  presentado  el  Ledo. 
Miguel  Arias  con  un  poder  y  un  título  de  Gregorio  de  Aguilar 
despachado  a  éste  por  el  señor  Obispo,  de  Deán  interino,  se  le 
dió  la  posesión.  (Libro  1,  fol.  247  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1624 


81 


El  título  fue  despachado  en  la  ciudad  de  La  Laguna  de  Mara- 
caibo  a  24  de  septiembre  de  este  año,  según  la  copia  puesta  en  el 
libro.  (Libro  1,  fol.  248  vto.). 

En  30  del  propio  mes,  en  atención  a  que  era  mucha  la  gente 
empleada  en  la  obra  de  la  Iglesia,  se  mandó  al  mayordomo  que 
comprase  100  fanegas  de  maíz  que  por  ser  en  la  cosecha  se  vendían 
a  12  reales,  y  las  conservase  para  dar  las  raciones;  pero  parece 
salían  a  menos  cada  fanega,  pues  lo  que  se  mandó  dar  por  ellas 
fueron  120  pesos  de  plata  corriente.  (Libro  1,  fol.  248). 

También  se  mandó  aquí  mismo,  que  se  pusiese  en  el  coro  una 
campana  de  12  ó  13  libras  para  hacer  señal  y  se  concertó  en  15 
pesos  de  plata.  (Libro  1,  fol.  248  vto.). 

En  Io  de  diciembre,  se  declaró  que  el  censo  de  los  100  pesos 
de  la  capellanía  fundada  por  Ana  de  Morales  que  exhibieron  los 
albaceas  del  Sor.  Deán  Dn.  Francisco  Ramírez  que  tenía,  se 
había  reconocido  por  Juan  Agustín  Viera,  y  Juan  Joseph  Can- 
delajas,  según  la  escritura  que  tenían  otorgada.  (Libro  1,  fol.  249). 

En  el  mismo  acto,  se  nombró  por  mandador  (sobrestante) 
para  cuidar  del  trabajo  de  los  esclavos  de  la  Iglesia  a  Mateo 
Sánchez  concertado  en  50  pesos  por  año,  una  fanega  de  maíz 
cada  mes  y  dos  reales  de  carne  cada  semana,  y  luego  se  celebró 
el  contrato  en  el  cual  se  varió  en  cuanto  a  la  carne,  poniéndose 
un  real  en  cada  pesa  que  hubiese.  (Libro  1,  fol.  249  vto.). 


Año  de  1624. 

En  5  de  enero,  con  motivo  de  lo  insinuado  por  el  maestro  de 
la  obra  de  la  Iglesia,  se  mandó  al  mayordomo  que  comprase  cuatro 
bestias  mulares  y  las  entregase  al  mandador  para  el  trabajo  y 
también  se  dispuso  que  el  mismo  mayordomo  pudiese  pagar  lo 
que  estaban  debiendo  de  otras  varias  cosas  de  las  mandadas 
hacer  por  el  Cabildo,  dándosele  desde  luego  las  correspondientes 
libranzas  conforme  a  las  ordenanzas  hechas  por  el  señor  Obispo: 
y  también  se  le  mandó  comprase  dos  libras  de  incienso.  (Libro  1, 
fol.  251). 

En  12  del  mismo  se  mandó  al  mayordomo  que  comprase  varios 
materiales  que  necesitaba  el  albañil  para  las  cimbras  de  los  arcos; 
y  que  cada  mes  comprase  dos  arrobas  y  media  de  queso  para  dar 


7  —  Actas,  i. 


82 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


de  comer  a  los  negros  de  la  Iglesia  los  viernes  y  sábados.  (Libro  1, 
fol.  251,  vto.). 

En  13  de  marzo,  se  expresó  haberse  redimido  por  Dn.  Eran- 
cisco  del  Barrio-nuevo  y  Mendoza,  un  tributo  de  300  pesos  de 
capital  de  la  capellanía  del  señor  Obispo  Palomino,  y  recono- 
ciéndose de  nuevo  por  Francisco  López  y  su  mujer  Ana  Mateos 
y  Alaría  Gómez,  su  hermana.  También  se  mandaron  expedir 
libranzas  al  mayordomo  para  pagar  la  carne,  queso  y  pescado  de 
la  comida  de  los  negros  de  la  Iglesia,  y  de  los  indios  que  estaban 
alquilados  para  cortar  pencas  para  hacer  casa  en  donde  alojarse 
y  en  donde  trabajase  el  carpintero:  que  se  le  despachase  también 
para  pagar  60  pesos  7  reales  y  un  cuartillo  del  alcance  que  res- 
sultó  en  las  cuentas  de  su  antecesor  Francisco  Rendón  a  favor 
de  éste:  y  asimismo  para  pagar  lo  que  se  debiese  al  maestro  de 
obras  de  fragua  y  80  varas  de  sogas  y  otras  varias  cosas,  entre 
las  cuales  una  es  el  salario  del  secretario  y  10  pesos  de  limosna 
al  religioso  que  había  predicado  los  sermones:  y  por  último  se 
expresa  haberse  recibido  cuentas  al  que  fue  a  las  cobranzas  de 
la  tierra  adentro,  de  rentas  de  la  Iglesia  y  se  mandan  preparar 
algunas  cosas  para  la  Semana  Santa.  (Libro  l,  fol.  252). 

En  8  de  junio,  habiendo  expuesto  el  mandador  Mateo  Sánchez 
que  no  podía  proseguir  en  este  oficio,  se  le  hubo  por  despedido, 
y  se  mandó  al  mayordomo  que  le  pagase  25  pesos  de  medio  año 
que  había  servido.  (Libro  1,  fol.  253). 

En  12  del  mismo,  a  petición  de  Bartolomé  de  Naveda,  maestro 
mayor  de  la  obra  de  la  Iglesia,  insinuando  el  concierto  hecho  de 
trabajar  todo  lo  que  le  faltaba  hasta  concluida  por  cantidad  de 
mil  y  ochocientos  pesos  a  cuya  cuenta  había  recibido  dos  negras 
esclavas  de  la  Iglesia  en  cantidad  de  quinientos  y  ochenta  y  ocho 
pesos;  se  acordó  que  pues  ya  tenía  trabajados  dos  tercios  y  medio 
de  la  misma  obra,  quedasen  ya  las  esclavas  por  suyas,  cancelán- 
dose la  obligación  otorgada:  y  que  además  se  le  diesen  312  pesos 
de  plata  por  el  mayordomo  de  fábrica.  (Libro  1,  fol.  253  vto.). 

En  Io  de  julio,  pidió  el  mayordomo  libranzas  para  varios 
gastos  que  tenía  hechos  en  harina  para  hostias,  armadura  del 
monumento,  cera,  &.,  y  se  le  mandaron  expedir,  y  también  que 
comprase  cuatro  peruleras  de  vino  y  unas  varas  de  ruán  para  paños. 
(Libro  1,  fol.  254  vto.). 

En  21  de  agosto,  el  mayordomo  pidió  nuevas  libranzas  (pues 
sin  ellas  nada  podía  gastar  conforme  a  las  ordenanzas  hechas 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1625 


83 


por  el  señor  Obispo  para  el  gobierno  de  la  Iglesia)  y  en  efecto  se 
le  dieron  para  varios  gastos  ordinarios  y  para  aumentar  la  comida 
a  los  trabajadores  de  la  obra  de  la  Iglesia.  (Libro  1,  fol.  255). 
No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1625. 

En  30  de  mayo  el  albacea,  testamentaría  del  señor  Deán 
Dn.  Francisco  Ramírez,  exhibió  el  testimonio  de  éste,  pidiendo 
el  cumplimiento  de  una  cláusula  en  que  dispone  que  de  los  350 
pesos  que  él  tomó  a  tributo  y  emprestó  a  la  Iglesia,  hacía  gracia 
a  ésta  de  250  pesos  y  le  daba  además  de  ellos  50  pesos  de  limosna 
por  el  ornamento  con  que  fue  sepultado  y  por  la  sepultura;  y  que 
los  50  pesos  restantes  se  entregasen  para  cumplir  otras  mandas 
del  dicho  testamento:  y  en  efecto  se  aceptó  la  donación  y  se  mandó 
al  mayordomo  de  fábrica  que  pagase  los  dichos  50  pesos.  (Libro  1, 
fol.  255  vto.). 

En  25  de  agosto,  habiéndose  presentado  al  Cabildo  el  Br.  Dn. 
Bartolomé  de  Escoto,  con  un  título  y  presentación  real  dada  en 
Madrid  a  27  de  noviembre  de  1623  en  que  se  le  presenta  al  arce- 
deanato  de  esta  Santa  Iglesia  vacante  por  dejación  que  de  él 
hizo  Dn.  Pedro  Graterol  y  asimismo  con  las  diligencias  de  la 
colación  que  con  comisión  del  Illmo.  Sor.  Obispo  le  dió  su  provisor, 
que  lo  era  el  mismo  Dn.  Pedro  Graterol  (no  se  dice  en  que  lugar) 
visto  todo  y  hecha  la  profesión  de  la  fe  y  juramento  correspon- 
diente se  le  dió  la  posesión,  sentándosele  en  la  silla  de  arcediano 
en  el  coro,  y  allí  en  señal  de  ella  derramó  moneda  de  plata  sellada 
y  marcada  con  el  sello  real.  Y  sigue  una  copia  de  sólo  el  real  título. 
(Libro  1,  fol.  256). 

Nota:  que  en  todos  los  antecedentes  Cabildos,  después  del 
fallecimiento  del  señor  Deán  Dn.  Francisco  Ramírez,  asistió  sólo 
el  señor  Tesorero  porque  los  otros  prebendados  que  era  el  Chantre 
estaba  ausente  y  los  demás  eran  interinos.  Todos  estos  Cabildos 
se  celebraban  en  el  coro  y  precedía  el  toque  de  campana  por  haber 
dispuesto  esto  el  señor  Obispo  en  su  visita. 

Nota:  que  desde  el  folio  258  hasta  el  281  en  que  termina  este 
libro,  están  extendidos  varios  inventarios  de  entregas  hechas  a 
los  sacristanes  mayores  desde  8  de  enero  de  1581  hasta  15  de 
febrero  de  1617;  siéndolo  el  primero  Juan  Gil  Morcillo:  el  segundo 


K4 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Rod  rigo  García;  sus  interinos  el  mismo  Juan  Gil  y  Francisco 
Ramírez  unidos:  el  tercero  el  padre  Juan  de  Soto,  siguieron  Marcos 
Arias,  Antonio  de  Valenzuela,  subdiácono:  el  quinto  Pedro  Fer- 
nández de  Monte-oscuro:  el  sexto  Gaspar  Núñez:  el  séptimo  Diego 
Gómez  de  Alvarado,  subdiácono:  el  octavo,  Francisco  Muñoz  de 
Ledezma:  el  nono,  Gerónimo  Martín,  clérigo  de  menores  órdenes, 
su  interino  Baltazar  Méndez  de  Camargo,  clérigo  tonsurado:  y 
el  décimo,  Juan  Francisco  Romero,  presbítero. 

Nota:  el  libro  segundo  comienza  con  cuentas  del  mayordomo 
de  fábrica  y  sigue  así  bacia  el  folio  3  inclusive,  a  que  sigue  el  pri- 
mer Cabildo  extendido  en  él,  en  el  cual  se  dispuso  que  aquí  se 
copiasen  los  Cabildos  extendidos  en  un  cuaderno  por  no  haberse 
hallado  papel  ni  libro  en  que  extenderlos. 

Prosigue  el  año  de  1625. 

En  2  de  septiembre,  en  atención  a  que  estaba  parada  la  obra 
de  la  Iglesia,  por  falta  de  materiales  de  cal,  arena  y  ladrillo;  se 
mandó  al  mayordomo  que  tratase  de  juntarlos  y  traerlos.  Este 
Cabildo  y  los  siguientes  se  celebraban  en  las  acristía.  (Libro  2, 
fol.  4). 

En  9  del  mismo,  se  mandaron  deshacer  un  báculo  y  dos  can- 
deleras viejos  de  plata,  que  pesaron  diez  marcos  y  tres  onzas  y 
con  ellos  se  mandó  hacer  un  cáliz  y  patena,  un  par  de  ampolletas, 
y  dos  candeleros  de  mejor  forma.  (Libro  2,  fol.  4  vto.). 

En  16  del  propio  mes,  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica, 
Martín  de  Urquiola,  que  presentase  desde  luego  sus  cuentas;  pues 
debiéndolas  dar  cada  año,  se  habían  pasado  ya  dos  sin  haberlas 
dado,  y  también  se  le  mandó  que  hiciese  otra  llave  con  su  cerra- 
dura para  el  nuevo  archivo.  (Libro  2,  fol.  5). 

En  21  de  octubre,  habiéndose  presentado  Dn.  Iñigo  de  Sal- 
cedo, clérigo  subdiácono,  con  un  título  de  Chantre  interino,  o 
sustituto  por  ausencia  de  Dn.  Jusepe  Escudero,  expedido  por  el 
Illmo.  Sor.  Obispo;  tratado  el  asunto  el  señor  arcediano  convino 
en  recibirlo  al  ejercicio  de  él;  pero  el  otro  señor  asistente  que  lo 
era  el  Tesorero,  resistió  el  recibimiento  alegando  varias  razones 
probantes  del  perjuicio  resultante  a  la  Iglesia  y  al  culto  divino, 
así  por  las  circunstancias  del  nombrado  como  del  ausente,  y  apeló 
de  las  censuras  impuestas  en  el  mismo  título.  (Libro  2,  fol.  5  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1626 


85 


Año  de  1626. 

En  9  de  junio,  con  motivo  de  que  el  notario  de  la  Iglesia, 
secretario  del  Cabildo,  Rodrigo  Palencia,  estaba  muy  cargado 
con  el  otro  oficio  que  tenía  de  escribano  público;  y  del  que  en  las 
ordenanzas  fechas  en  la  visita  del  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Gonzalo 
de  Angulo,  se  disponía  que  el  tal  notario  había  de  ser  persona 
eclesiástica;  se  eligió  y  nombró  al  padre  Baltasar  Méndez  Ca- 
margo,  que  esta  subdiácono,  y  sacristán  mayor  de  la  Catedral 
con  el  mismo  salario  que  tenía  el  dicho  Palencia,  a  quien  se  dejó 
en  su  buena  fama,  fidelidad  y  cuidado.  (Libro  2,  fol.  6  vto.). 

En  el  mismo  acto,  insinuándose  que  por  falta  de  vino  y  aceite 
no  se  había  dicho  misa,  y  había  estado  la  lámpara  apagada  a  causa 
de  haber  sido  preso  por  la  justicia  secular  el  mayordomo  de  fá- 
brica, y  embargándosele  sus  bienes;  se  nombró  por  sustituto  entre 
tanto  a  Francisco  Rodríguez  para  que  pudiese  acudir  al  desempeño 
de  la  mayordomía,  mientras  aquél  estaba  preso.  Y  por  no  haber 
Juez  eclesiástico  en  Coro,  se  mandó  al  secretario  que  leyese  al 
teniente  de  Gobernador  y  de  Capitán  General  de  Coro  el  requeri- 
miento que  se  le  hacia  con  las  censuras  en  que  había  incurrido  y 
que  se  diése  parte  al  Illmo.  Sor.  Obispo:  en  el  mismo  día  lo  hizo 
saber  al  teniente  y  éste  respondió  que  lo  oía  y  no  entendía;  pues 
él  no  tenía  preso  al  mayordomo  y  que  desde  luego  él  daría  de  su 
casa  el  vino  y  aceite,  e  hizo  varias  expresiones  de  su  cristiandad. 
(Libro  2,  fol.  7). 

Inmediatamente  el  secretario,  pasó  a  leer  el  dicho  requerimiento 
a  Marcos  González  de  Lira,  alcalde  ordinario,  el  cual  habiéndolo 
oido  y  entendido  dió  razón  de  la  comisión  en  cuya  virtud  le  tenía 
preso,  y  que  él  había  secuestrado  bienes  de  Martín  Urquiola  y  no 
de  la  Iglesia  de  que  era  mayordomo;  pero  que  por  haber  hallado 
seis  botijas  y  cuatro  botijüelas  al  parecer  de  vino  y  aceite,  y  que 
tomada  su  declaración  al  mismo  mayordomo,  entendió  eran  de 
la  Iglesia,  las  mandó  luego  desembargar  y  el  depositario  que  las 
entregase  al  Cabildo  o  persona  que  nominase.  (Libro  2,  fol.  7  vto.). 

En  19  de  agosto,  se  mandaron  llevar  unos  marcos  de  plata 
a  Santo  Domingo  para  que  allí  se  hiciese  un  cáliz  y  patena  y  unas 
vinageras  de  cuenta  y  riesgo  de  la  Iglesia  y  que  se  suplicase  al 
señor  arzobispo  que  consagrase  el  cáliz;  y  asimismo  se  mandó 
componer  la  Cruz  de  Cementerio.  (Libro  2,  fol.  8). 


86 


FUENTES   PARA    LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  21  del  mismo  se  mandó  al  mayordomo  que  se  presentase 
a  pedir  cumplimiento  de  la  escritura  del  que  se  había  obligado 
a  traer  la  madera  para  la  Iglesia;  y  que  se  pusiesen  edictos  convo- 
cando a  traerlas  de  cuenta  de  aquél:  y  que  se  despachase  libranza 
de  lo  pagado  al  carpintero:  y  asimismo  se  cometió  la  ejecución 
al  secretario  por  estar  impedido  el  mayordomo.  (Libro  2,  fol.  8  vto.) 

En  28  del  propio  mes,  en  atención  a  que  no  había  comparecido 
persona  alguna  que  quisiese  encargarse  de  traer  la  madera,  se  dió 
comisión  al  señor  arcediano  para  esta  solicitud  y  hacer  los  concier- 
tos que  tuviese  a  bien,  participándolo  al  Cabildo.  (Libro  2,  fol.  9). 

En  4  de  septiembre,  habiendo  entrado  a  Cabildo  un  escribano 
para  intimar  u.ia  provisión  del  señor  Metropolitano  para  que 
Dn.  Iñigo  López  de  Salcedo  no  fuese  recibido  al  ejercicio  de 
Chantre,  sustituto,  ganada  por  el  señor  Tesorero  Dn.  Bartolomé 
Gómez,  el  otro  asistente  que  lo  era  el  señor  arcediano,  ya  Deán 
electo  Dn.  Bartolomé  Escoto,  lo  mandó  salir  del  Cabildo,  y  hecho 
dijo:  que  sólo  por  el  respeto  debido  al  señor  Metropolitano,  y 
por  temor  de  las  censuras  lo  obedecía;  pero  que  juzgaba  que  las 
causas  que  motivaron  el  recurso  del  dicho  señor  Tesorero  habían 
cesado,  pues  el  dicho  Dn.  Iñigo  que  entonces  no  era  presbítero 
ya  lo  era,  y  digno  y  benemérito  para  ello  y  mayores  cosas,  y  que 
estaba  recibido  segunda  y  tercera  vez  por  el  mismo  señor  Te- 
sorero: daba  y  dió  por  buenas  las  causas  que  había  tenido  el  Ca- 
bildo para  recibirlo:  y  mandó  dar  testimonio  del  acuerdo  a  quien 
lo  pidiese  a  fin  de  que  el  señor  Metropolitano  revocase  su  deter- 
minación. (Libro  2,  fol.  9). 

En  8  del  mismo  mes,  el  señor  Br.  Dn.  Bartolomé  Escoto  pre- 
sentó una  Real  Cédula  de  su  presentación  al  deanato  vacante  por 
fallecimiento  de  Dn.  Francisco  Ramírez,  expedida  en  Madrid  a 
16  de  octubre  de  1625,  y  dijo:  que  en  atención  a  que  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  estaba  en  la  ciudad  de  Caracas,  distante  cien  leguas 
de  malos  caminos  y  que  era  tiempo  de  lluvias  y  que  acaso  podría 
perderse  esta  Real  Cédula  o  pasársele  los  dos  años  asignados 
para  recibir  la  posesión;  hacia  su  presentación  al  Cabildo  para 
que  le  constase  y  se  copiase  en  el  libro  y  en  su  vista  así  se  de- 
cretó y  sigue  la  copia  de  la  dicha  real  presentación.  (Libro  2, 
fol.  9  vto.). 

En  31  de  octubre,  el  Dr.  Dn.  Diego  Suárez  de  Aponte,  pre- 
sentó una  Real  Cédula  de  su  presentación  al  arcedianato  vacante 
por  promoción  del  sobredicho  Dn.  Bartolomé  Escoto  al  deanato, 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1627 


87 


expedida  en  Monzón  a  10  de  marzo  del  presente  año  de  1626,  e 
hizo  igual  petición  de  la  que  se  hizo  por  el  sobredicho  señor  Dean 
electo,  y  se  expresa  en  el  Cabildo  antecedente  y  sigue  copiada  la 
citada  Real  Cédula.  (Libro  2,  fol.  11). 

En  19  de  noviembre,  se  nombró  por  secretario  de  Cabildo  a 
Gerónimo  de  Velasco,  por  fallecimiento  del  padre  Baltasar  Méndez 
Camargo,  y  habiendo  aceptado  y  jurado  de  fidelidad  y  secreto 
se  le  señalaron  de  renta  anual  20  pesos  de  plata.  (Libro  2,  fol.  12). 

En  el  mismo  acto,  por  el  fallecimiento  del  mismo  padre  Camargo 
que  era  sacristán  mayor,  fue  nombrado  por  interino  Andrés  Mén- 
dez Camargo,  clérigo  tonsurado  que  había  sido  cuatro  años  mo- 
nacillo. (Libro  2,  fol.  12  vto.). 

En  24  del  mismo  mes,  se  dispuso  que  todos  los  Cabildos  ante- 
cedentes que  se  hallaban  en  un  cuaderno  por  falta  de  libro  y  de 
papel  se  copiasen  auténticamente  como  lo  están  en  el  presente 
libro,  autorizada  la  copia  por  Gerónimo  Velasco,  secretario  de 
Cabildo.  (Libro  2,  fol.  4). 

Año  de  1627. 

En  Io  de  enero  de  dicho  año  (véase  este  Cabildo  en  la  línea 
sexta  para  la  expresada  fecha)  se  nombró  por  monacillo  a  Juan 
Esteban  de  Vargas,  que  ya  estaba  concertado  desde  27  de  fe- 
brero de  1626  por  15  pesos  anuales.  (Libro  2,  fol.  13). 

En  25  del  mismo,  por  estar  ausente  el  secretario  Gerónimo  de 
Velasco,  se  nombró  por  secretario  a  Leonardo  de  Magallanes 
con  la  misma  renta  de  aquél  y  que  se  supliesen  el  uno  al  otro  sus 
ausencias.  (Libro  2,  fol.  13). 

En  el  propio  día,  habiéndose  presentado  las  diligencias  de  la 
colación  e  institución  canónica  dada  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo 
en  las  personas  de  sus  respectivos  apoderados  a  los  señores  Br.  Dn. 
Bartolomé  Escoto  de  la  dignidad  de  Deán  y  Dr.  Dn.  Diego  Suárez 
de  Aponte  de  la  de  arcediano;  y  héchose  por  ambos  el  juramento 
y  profesión  de  la  fe,  se  les  dió  sucesivamente  la  posesión  de  sus 
dignidades:  y  sigue  copia  de  los  dos  títulos  de  colación  despachados 
en  latín  por  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Gonzalo  de  Angulo  en  la  ciudad 
de  Santiago  de  León,  a  Io  de  diciembre  de  1626,  el  de  Deán  y  a 
2  el  del  arcediano.  (Libro  2,  fol.  14). 

En  28  del  propio  mes,  en  atención  a  que  no  había  mayordomo 
que  pudiese  acudir  a  las  cosas  de  la  Iglesia,  se  nombró  a  Fran- 


88 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


cisco  Rendón,  dejándose  en  su  buena  opinión  y  fama  a  Martín 
Urquiola,  y  a  éste  vigente  su  título  mientras  concluía  las  co- 
branzas de  tierra  adentro:  y  se  aumentaron  el  salario  anual  de  80 
pesos  más.  (Libro  2,  fol.  16). 

En  Io  de  febrero,  se  ratificó  el  acuerdo  antecedente  y  que  se 
entendiese  cesar  el  anterior  mayordomo  desde  este  día,  pues  las 
cobranzas  que  había  de  hacer  su  antecesor  era  de  los  cargos  que 
se  le  habían  hecho  en  las  cuentas.  (Libro  2,  fol.  16  vto.). 

En  el  mismo  día,  reiterándose  el  mismo  nombramiento  de 
mayordomo  hecho  en  Francisco  Rendón  (que  otra  vez  antes  lo 
había  sido)  se  le  hizo  comparecer;  y  habiendo  aceptado  el  jurado 
se  le  dió  poder  por  el  Cabildo  en  cuanto  puede  y  a  lugar  para  el 
ejercicio  de  este  empleo.  (Libro  2,  fol.  17). 

En  27  de  abril,  se  mandaron  hacer  doce  atriles  de  madera.  Y 
en  el  mismo  acto  habiéndose  presentado  Dn.  Iñigo  López  de 
Salcedo  con  un  ejecutorial  del  Illmo.  Sor.  Metropolitano  de  Santo 
Domingo  para  que  se  le  reciba  al  ejercicio  del  título  de  Chantre, 
sustituyó  por  el  propietario  Dn.  Jusepe  Escudero  que  se  hallaba 
en  Oaxaca  del  Reino  de  Nueva  España,  fue  desde  luego  admitido 
y  recibido.  (Libro  2,  fol.  18). 

En  1 7  de  mayo,  habiendo  suplicado  el  señor  arcediano  Dr. 
Dn.  Diego  Suárez  de  Aponte,  le  admitiese  por  sustituto  al  Licen- 
ciado Gaspar  Sánchez  de  Agreda,  presbítero,  mientras  el  pasaba 
a  la  ciudad  de  Cartagena  a  dar  allí  cuenta  de  su  persona  y  cumplir 
los  encargos  que  trajo  de  los  reinos  de  Castilla;  consideradas  las 
causas,  se  accedió  por  el  Cabildo  llanamente  y  en  el  mismo  acto 
compareció  el  sustituto,  y  aceptó  y  juró.  (Libro  2,  fol.  19). 

En  22  de  noviembre,  con  motivo  de  que  el  sobredicho  Fran- 
cisco Rendón,  hizo  dejación  de  la  mayordomía  sin  haberla  servido 
por  causas  que  tenía  y  le  hicieron  resistir  las  instancias  que  le 
hizo  el  Cabildo;  por  último  atenta  la  necesidad  de  persona  que 
atendiese  al  edificio  de  la  Iglesia,  se  nombró  en  depósito  a  Dn. 
Francisco  de  Barrionuevo  y  Mendoza:  y  en  el  mismo  día  aceptó 
y  juró.  (Libro  2,  fol.  19  vto.). 

Año  de  1628. 

En  7  de  marzo,  se  nombró  a  Juan  de  Bejar  por  monacillo. 
(Libro  2,  fol.  21). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1628 


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En  30  del  mismo,  otro  nombramiento  de  monacillo  en  Fran- 
cisco Martín.  (Libro  2,  fol.  21  vto.). 

En  Io  de  abril,  se  recibió  una  carta  del  Illmo.  Sor.  Obispo, 
se  leyó:  y  se  mandó  poner  en  el  archivo  y  no  se  dice  el  contenido. 
(Libro  2,  fol.  21  vto.). 

En  15  del  mismo,  habiéndose  insinuado  que  un  esclavo  de  la 
Iglesia  que  estaba  preso,  se  había  huido,  se  mandó  al  mayordomo 
lo  solicitase  y  que  dejándolo  preso  diese  cuenta  al  Cabildo  y  tam- 
bién que  se  pagase  de  los  bienes  de  Ambrosio  Hernández  otra 
esclava  de  la  Iglesia  que  tenía  recibida;  y  que  para  esto  y  lo  ante- 
cedente implorase  el  favor  de  la  real  justicia.  (Libro  2,  fol.  22). 

En  17  del  propio  mes,  habiéndose  presentado  por  un  apode- 
rado de  Martín  Urquiola,  requiriendo  al  Cabildo  el  cumplimiento 
de  un  despacho  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  dado  en  la  ciudad  de  San- 
tiago de  León  a  20  de  enero  de  este  año,  en  que  insinuando  haber 
hecho  agravio  a  su  Sría,  Illma.  en  el  despojo  de  mayordomía  de 
fábrica  al  dicho  Martín  de  Urquiola  y  hecho  nuevo  nombramiento, 
le  manda  que  bajo  la  pena  de  excomunión  mayor  y  de  200  pesos 
de  multa  a  cada  prebendado  lo  restituyan  a  ella:  el  Cabildo  de- 
mostrando la  fuerza  que  le  hacía  en  esto  el  señor  Obispo  mediante 
las  causas  ocurridas  y  que  el  mismo  Urquiola  estaba  apremiado 
para  la  satisfacción  de  más  de  1.000  pesos  de  alcance;  y  asimismo 
por  el  agravio  que  había  hecho  al  Cabildo  en  despojarle  de  la 
posesión  en  que  estaba  de  nombrar  mayordomo  de  fábrica;  con- 
cluyó apelando  de  este  mandato  para  ante  el  Illmo.  Sor.  Metro- 
politano o  para  ante  quien  con  derecho  pudiese.  (Libro  2,  fol.  23). 

En  18  del  mismo  mes  de  abril,  se  mandó  al  mayordomo  inte- 
rino Dn.  Francisco  Barrionuevo  que  rindiese  cuentas  de  la  ma- 
yordomía y  que  ésta  se  entregase  a  Martín  Urquiola.  (Libro  2, 
fol.  25). 

En  8  de  agosto,  se  dió  poder  al  señor  Deán  Dn.  Bartolomé 
Escoto,  para  que  pasase  a  la  ciudad  de  Santo  Domingo,  a  defender 
ante  el  señor  Metropolitano  varias  causas  del  Cabildo  y  de  la 
Iglesia,  especialmente  la  de  un  litigio  con  los  curas  de  la  ciudad 
de  Santiago  de  León  sobre  el  excusado  de  Caravalleda  y  se  mandó 
al  mayordomo  de  fábrica  que  le  entregase  40  pesos  para  costos 
de  procurador  y  letrado.  (Libro  2,  fol.  25  vto.). 

En  11  del  mismo,  se  dispuso  que  el  dicho  mayordomo  de  fá- 
brica Urquiola,  se  hiciese  cargo  de  unas  libranzas  que  se  habían 
encargado  al  interino  para  recibir  en  Caracas  y  Valencia  600 


00 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


pesos,  pertenecientes  al  espolio  del  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Domingo 
Salinas  y  que  diese  razón  de  unos  papeles  que  debía  entregar  al 
señor  Deán:  y  asimismo  se  dispuso  que  el  enunciado  interino  rin- 
diese cuentas  como  estaba  acordado:  y  también  se  mandó  a  aquél 
que  solicitase  incienso,  pues  había  ya  muchos  días  que  faltaba 
para  el  culto  divino.  (Libro  2,  fol.  26). 

En  23  de  octubre,  habiéndose  conseguido  con  el  favor  del 
señor  Gobernador  Dn.  Juan  de  Meneses,  que  a  la  sazón  se  hallaba 
en  Coro  que  Francisco  López  se  obligase  a  traer  la  madera  para  la 
conclusión  del  edificio  de  la  Iglesia,  por  la  cantidad  de  800  pesos 
que  se  entregarían  de  las  rentas  de  la  Iglesia  y  50  que  daría  el 
señor  Deán:  se  aprobó  este  concierto  y  se  mandó  al  mayordomo 
que  concurriese  al  otorgamiento  de  la  escritura  y  entregase  de 
presente  400  pesos  al  dicho  López;  y  que  asimismo  tratase  de 
acabar  de  hacer  el  cobro  de  la  negra  que  tomó  Ambrosio  Her- 
nández: y  aquí  mismo  se  mandó  hacer  el  reparo  necesario  a  dos 
bóvedas  porque  se  pasaba  el  agua  por  ellas.  (Libro  2,  fol.  26  vto.). 

Fn  Io  de  diciembre,  estando  presente  el  señor  arcediano  Dr. 
Dn.  Diego  Suárez  de  Aponte,  pidió  y  se  le  mandó  dar  un  certi- 
ficado de  haber  regresado  de  su  ausencia  y  haber  comenzado  a 
servir  en  la  Catedral  desde  el  día  10  del  anterior  mes  de  noviembre. 
(Libro  2,  fol.  27  vto.). 

Año  de  1629. 

En  30  de  mayo,  el  señor  Deán  Br.  Dn.  Bartolomé  de  Escoto, 
presentó  un  ejecutorial  del  señor  Metropolitano  dado  en  Santo 
Domingo  en  22  de  diciembre  de  1628  del  cual  sigue  una  copia 
de  los  dos  autos  insertos  en  él  y  de  su  conclusión,  revocándose  los 
mandamientos  del  Illmo.  Sor.  Obispo  sobre  que  dos  prebendados 
interinos  tuviesen  silla  en  el  coro  y  voto  en  Cabildo  y  que  no  se 
pudiese  celebrar  Cabildo  por  un  solo  capitular  y  declarándose 
que  los  tales  interinos,  sólo  deben  serlo  en  cuanto  del  coro,  altar 
e  Iglesia,  y  de  curas,  sin  dárseles  sillas  en  el  dicho  coro,  ni  entrada 
en  él  a  tener  voto  en  Cabildo  lo  cual  sólo  toca  a  los  presentados 
y  proveídos  que  tuvieren  institución  canónica;  de  suerte  que  si 
no  se  hallase  sino  sólo  uno  pueda  por  sí  solo  hacer  Cabildo,  ha- 
blando por  Deán  y  Cabildo  y  lo  que  se  hiciese  tenga  fuerza  de 
Cabildo  pleno,  en  ausencia  o  legítimo  impedimento  de  los  demás 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1630 


91 


prebendados:  visto  por  el  Cabildo,  mandó  poner  la  enunciada  copia 
en  este  libro.  (Libro  2,  fol.  28). 

En  4  de  julio,  se  mandó  con  atención  a  lo  dispuesto  en  otro 
anterior  Cabildo,  y  con  respeto  a  lo  que  había  contestado  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  que  un  negro  de  la  Iglesia,  que  por  delincuente  estaba 
preso  se  remitiese  a  Cartagena  para  su  venta,  y  que  el  producto 
se  emplease  en  ornamentos.  (Libro  2,  fol.  29  vto.). 

En  15  del  mismo,  con  motivo  de  que  el  mayordomo  de  fábrica 
hacía  viaje  a  Cartagena  a  curarse,  se  le  mandó  que  llevase  un  acetre 
y  unas  vinageras  para  que  se  hiciesen  de  nuevo  en  aquella  ciudad 
por  no  haber  oficial  en  Coro.  (Libro  2,  fol.  30). 

En  3  de  diciembre,  con  la  noticia  que  se  tuvo  de  haber  fa- 
llecido en  Cartagena  el  dicho  mayordomo  de  fábrica,  que  lo  era 
Martín  de  Urquiola  y  de  que  se  había  dado  parte  al  Illmo.  Sor. 
Obispo  para  el  nombramiento  de  propietario,  se  nombró  interi- 
namente al  Capitán  Juan  Esteban  de  Vargas,  alférez  real  de  Coro. 
(Libro  2,  fol.  30  vto.). 

Año  de  1630. 

En  4  de  enero,  se  obedeció  y  mandó  ejecutar  la  Real  Cédula 
de  Su  Majestad  y  decreto  del  señor  Obispo  sobre  la  fiesta  anual 
de  galeones.  Sigue  copia  de  la  Real  Cédula  dada  en  Cervera  a 
21  de  mayo  de  1625,  para  que  en  estos  reinos  se  cumpla  el  real 
decreto  signado  de  la  real  mano,  y  puesta  en  el  mismo  de  propia 
mano  de  Su  Majestad  una  devotísima  adición  en  el  cual  insinuán- 
dose el  prodigio  de  haber  llegado  a  salvamento  los  galeones  y 
flota,  se  manda  que  en  perpetua  acción  de  gracias,  cada  año  el 
día  29  de  noviembre  por  merced  tan  extraordinaria  y  por  todas 
las  demás  que  en  el  año  de  1626  había  hecho  el  señor  a  la  Monar- 
quía española  y  por  la  continuación  de  estos  beneficios  a  Su  Ma- 
jestad y  a  sus  suscesores,  siempre  que  su  ánimo  fuese  enderezado 
y  resignado  sólo  al  fin  de  la  justicia  y  la  razón;  que  en  todos  los 
conventos  y  lugares  principales  se  hiciese  solemne  fiesta  al  San- 
tísimo Sacramento,  previniéndose  a  los  obispos  que  así  lo  insti- 
tuyan en  sus  diócesis:  y  que  en  atención  a  que  la  alegría  de  tales 
fiestas  la  dirigían  a  malos  fines  los  inadvertidos  y  ociosos,  les 
prevenía  a  los  mismos  obispos  con  grande  instancia  y  apretando 
a  lo  que  tanto  les  tenía  encargado  la  Majestad,  la  reformación 


92 


y  castigo  de  los  vicios  y  pecados  públicos;  porque  éstos  en  medio 
de  tantos  beneficios  podían  y  debían  recatar  más  que  nunca  del 
castigo  del  Cielo,  sino  se  hacía  la  correspondiente  acción  de  gracias. 
La  adición  se  dirige  a  manifestar  al  Rey  estar  dispuesto  su  real 
ánimo  con  igual  conformidad  a  dar  gracias  al  Señor  aunque  hu- 
biese sucedido  lo  contrario.  Sigue  el  mandato  e  instrucción  del 
Illmo.  Sor.  Obispo,  en  que  bajo  de  pena  de  excomunión  mayor 
manda  celebrar  esta  fiesta  con  vísperas,  misa,  sermón  y  pro- 
cesión (si  bien  que  en  cuanto  al  sermón  dice  sea  donde  se  pudiere) 
y  que  en  las  partes  donde  haya  conventos  los  hagan  éstos  en  el 
primer  o  primeros  días  festivos  que  sigan  después  de  la  Iglesia 
principal.  (Libro  2,  fol.  30  vto.). 

En  Io-  de  abril,  se  dispuso  por  no  haber  reloj  que  se  señalase 
en  la  parte  más  cómoda  (supone  que  al  sol)  la  hora  de  entre  las 
ocho  y  las  nueve  para  entrar  a  la  misa  conventual:  que  no  se  ta- 
ñese a  las  dos  y  media  a  vísperas,  y  que  no  se  entrase  a  maitines 
antes  de  las  cuatro.  (Libro  2,  fol.  33  vto.). 

En  15  de  mayo,  se  nombró  por  monacillo  a  Francisco  Martín 
Sarco  con  15  pesos  de  salario  anual.  (Libro  2,  fol.  34). 

En  27  de  julio,  se  dispuso  que  se  entregase  a  un  vecino  un 
esclavo  enfermo,  de  la  Iglesia,  para  su  curación:  se  diesen  40  pesos 
para  medicinas  y  10  para  alimentos.  (Libro  2,  fol.  34  vto.). 

No  hay  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1631. 

Sigue  sin  decirse  el  motivo,  ni  el  mandato,  un  testimonio  de 
la  erección  del  obispado  de  Venezuela  en  lengua  castellana,  auto- 
rizado por  el  secretario  de  Cabildo,  Gerónimo  de  Velasco  en  4 
de  noviembre  de  1631,  el  que  dice  haberlo  compulsado  de  otro 
traslado  autorizado  en  Santiago  de  León  a  2  de  febrero  de  1621 
por  Alonzo  García  Pineda,  escribano  público  y  de  gobernación, 
quien  dice  haberlo  compulsado  de  una  Real  provisión  que  estaba 
en  la  real  caja  a  pedimento  de  Francisco  Castillo:  la  copia  inserta 
en  la  tal  provisión  es  autorizada  por  Pedro  de  Mendoza,  notario 
de  toda  la  Gobernación  de  Venezuela  en  la  Nueva  Segovia  de 
Barquisimeto  a  2  de  noviembre  de  1566  de  mandato  del  Illmo. 
Dor.  Dn.  Fr.  Pedro  de  Agreda;  y  ésta  fue  sacada  de  otra  auto- 
rizada por  Diego  de  Herrera,  notario  apostólico  y  de  la  Audiencia 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1632 


93 


Episcopal  (al  margen:  así  está)  de  la  ciudad  de  Santo  Domingo 
en  4  de  septiembre  de  1555  de  mandato  del  señor  Obispo  de  San 
Juan,  que  había  sido  de  Coro  y  la  tenía  firmada  de  su  nombre 
y  la  tradujo  del  latín  al  castellano  Alonzo  de  Villaciega,  quien 
juró  haber  hecho  fielmente  la  traducción.  (Libro  2,  fol.  36). 

Sigue  otro  testimonio,  autorizado  en  7  de  noviembre  de  1631 
por  el  mismo  secretario  de  Cabildo,  de  una  Real  Cédula  dada  en 
San  Lorenzo  el  real  a  Io  de  junio  de  1570,  y  dirigida  al  presidente 
y  oidores  de  la  Audiencia  Real  de  la  Isla  Española,  en  la  cual 
insinuándose  las  concesiones  del  patronato  real  en  las  Indias, 
se  dan  las  reglas  de  su  ejercicio:  fue  compulsado  este  testimonio 
de  otro  autorizado  por  Francisco  Rodríguez  como  secretario  de 
Cabildo  en  8  de  octubre  de  1594:  y  éste  de  otro  autorizado  por 
Fernando  Ruíz  de  Ahumada,  escribano  público  en  26  de  septiembre 
del  propio  año:  y  éste  último  de  otro  autorizado  por  Simón  de 
Bolívar,  secretario  del  Rey  en  la  Audiencia  de  Santo  Domingo 
de  la  Isla  Española  a  3  de  julio  de  1585,  sacado  del  original.  (Li- 
bro 2,  fol.  41). 

No  hay  Cabildo  alguno  en  este  año. 

Año  de  1632. 

En  2  de  junio,  habiéndose  presentado  el  Ledo.  Dn.  Domingo 
de  Ibarra,  presbítero  con  el  despacho  de  la  colación  que  le  había 
conferido  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  la  ciudad  de  Santiago  de  León 
a  8  de  abril  del  presente  año,  de  la  dignidad  de  Chantre  que  había 
vacado  por  ausencia  de  Dn.  Joseph  Escudero,  y  a  la  cual  fue  pre- 
sentado con  real  rescripto  (no  se  dice  la  fecha)  según  todo  se 
expresa  en  aquel  despacho  que  sigue  copiado  en  latín;  se  le  dió 
la  posesión  de  la  dicha  dignidad  de  Chantre,  precedida  la  pro- 
fesión de  la  fe  y  juramento  prevenido  por  el  Santo  Concilio,  sen- 
tándosele en  la  silla  correspondiente;  y  no  se  expresa  otra  cere- 
monia. (Libro  2,  fol.  44). 

En  5  del  mismo  mes  con  motivo  de  la  mayor  indecencia  que 
ya  tenía  la  caja  en  que  se  custodiaba  el  Santísimo  Sacramento; 
se  dispuso  que  el  Sagrario  de  madera  que  estaba  hecho  se  dorase 
y  adornase:  y  también  se  mandaron  hacer  dos  hopas  y  dos  ro- 
quetes para  los  monacillos  y  dos  manteles  de  altar,  y  dos  de  cre- 
dencia. (Libro  2,  fol.  45). 


94 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  25  del  propio  mes,  habiéndose  presentado  Francisco  Rendón 
Trujillo  con  un  título  despachado  por  el  señor  Obispo  en  San- 
tiago de  León  a  20  de  abril  de  este  año  en  que  lo  nombra  para  el 
servicio  en  propiedad  de  la  mayordomía  de  fábrica  de  la  Catedral, 
vacante  por  fallecimiento  de  Martín  de  Urquiola;  fue  admitido 
por  el  Cabildo  precedida  la  dación  de  fianzas  y  juramento  de 
fidelidad.  Nada  se  dice  acerca  de  presentación  real.  (Libro  2, 
fol.  45  vto.). 

En  el  mismo  acto,  se  concedió  licencia  al  señor  Deán  en  cuanto 
podía  el  Cabildo,  para  que  pudiese  pasar  a  la  ciudad  de  Santiago 
de  León  de  Caracas  a  cosas  que  tenía  que  tratar  con  el  señor 
Obispo  Dn.  Fr.  Gonzalo  de  Angulo,  y  se  le  confirió  poder  para 
representar  por  el  Cabildo  y  para  hacer  varios  cobros  de  diezmos. 
(Libro  2,  fol.  45,  vto.). 

En  26  del  dicho  mes  de  junio,  habiéndose  presentado  por 
el  señor  arcediano  Dr.  Dn.  Diego  Suárez  de  Aponte,  un  nombra- 
miento que  en  20  de  abril  de  este  año,  le  hizo  el  señor  Obispo 
de  obrero  mayor  de  la  Catedral,  a  efecto  de  acabar  el  edificio  de 
ella,  con  varias  facultades  para  tomar  cuentas  de  los  conciertos 
hechos,  hacer  otros  nuevos,  dar  cartas  de  pago,  etc.,  el  Cabildo 
lo  obedeció  llanamente,  y  mandó  poner  copia  en  el  libro,  y  segui- 
damente se  puso.  (Libro  2,  fol.  46  vto.). 

En  30  de  dicho  mes  de  junio,  habiendo  propuesto  el  señor 
arcediano  que  se  vendiesen  los  negros  esclavos  viejos,  se  acordó 
que  no  se  vendiesen  pues  hacían  falta  para  el  manejo  de  la  carreta 
y  bueyes  en  que  estaban  instruidos.  (Libro  2,  fol.  47  vto.). 

En  5  de  julio,  se  dispuso  el  reparo  de  una  parte  de  la  fábrica 
de  la  Iglesia  a  que  se  comenzaba  a  rendir  y  a  este  efecto  se  hizo 
nuevo  concierto  con  Bartolomé  Naveda,  maestro  mayor  de  la 
obra,  (Libro  2,  fol.  48). 

En  9  del  mismo,  con  vista  de  un  mandamiento  del  señor 
Obispo  para  que  el  dicho  maestro  mayor  lo  fuese  con  su  autoridad 
de  toda  la  obra  del  edificio  de  la  Iglesia,  se  le  libertó  de  dar  fianzas 
para  el  concierto  antecedente  y  que  se  le  pudiese  entregar  un 
tercio  por  el  mayordomo.  (Libro  2,  fol.  49). 

En  23  del  propio  mes,  se  mandó  al  dicho  mayordomo  Fran- 
cisco Rendón,  que  pagase  luego  el  tercio  enunciado  en  el  anterior 
Cabildo  al  maestro  mayor;  y  que  el  mismo  mayordomo  diese  otra 
fianza  para  el  seguro  de  la  mayordomía.  (Libro  2,  fol.  49  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1632 


95 


En  24  del  dicho  mes  de  julio,  con  motivo  de  haber  resistido 
el  mayordomo  el  cumplimiento  de  la  libranza  de  los  250  pesos  que 
había  de  entregar  por  el  dicho  tercio  al  maestro  mayor,  se  tiró 
la  libranza  contra  la  viuda  del  anterior  mayordomo  para  que  los 
pagase  de  su  alcance,  y  se  dice  haberse  proveído  lo  conveniente 
en  la  representación  de  aquel  mayordomo.   (Libro  2,  fol.  50). 

En  30  del  propio  mes,  insinuándose  que  recibidas  las  cuentas 
de  la  viuda  del  anterior  mayordomo  habían  resultado  líquidos  de 
alcance  506  pesos  y  que  al  presnte  no  había  mayordomo  hasta 
que  el  señor  Obispo  resolviese  el  punto  de  las  fianzas  mandadas 
dar  de  nuevo:  se  dispuso  que  se  pagasen  los  250  pesos  al  maestro 
mayor  y  que  el  resto  se  depositase  en  el  secretario  de  Cabildo  y 
en  el  mismo  acto  se  le  dió  libranza  para  pagar  a  un  monacillo. 
Y  al  margen  de  este  Cabildo  hay  una  nota  de  lo  pagado  por  el 
secretario  y  de  la  entrega  hecha  de  lo  que  le  quedó  de  lo  recibido 
al  mayordomo  de  fábrica.  (Libro  2,  fol.  50  vto.). 

En  15  de  septiembre,  habiéndose  presentado  el  Ledo.  Gaspar 
Sánchez  de  Agreda,  presbítero,  con  un  título  del  señor  Obispo 
para  servir  en  calidad  de  sustituto  por  el  señor  Deán  Dn.  Barto- 
lomé de  Escoto,  ausente  fue  admitido.  (Libro  2,  fol.  51). 

En  el  mismo  día,  habiéndose  recibido  un  mandamiento  del 
señor  Obispo,  para  que  se  repusiese  a  Francisco  Rendón  a  la  ma- 
yordomía  de  fábrica  y  que  el  maestro  mayor  devolviese  lo  que 
se  le  había  entregado  por  el  Cabildo  no  se  dió  cumplimiento  por 
varias  razones,  y  considerándose  que  el  señor  Obispo  estaba  mal 
informado;  y  sigue  una  copia  del  mandamiento.  (Libro  2,  fol. 
51  vto.). 

En  24  del  mismo  mes,  presentado  otro  mandamiento  del 
señor  Obispo,  en  razón  a  la  paga  del  maestro  mayor,  se  mandó 
traer  la  escritura  del  concierto.  (Libro  2,  fol.  54). 

En  28  del  propio  mes  de  septiembre,  teniéndose  presente  el 
sobredicho  mandamiento  del  señor  Obispo  (que  sigue  copiado) 
se  acordó  con  vista  de  la  escritura  del  concierto  de  la  fábrica 
de  la  Iglesia  hecho  con  Bartolomé  Naveda,  que  se  entendiesen 
50  pesos  de  los  250  que  se  le  habían  dado  por  el  otro  concierto 
de  los  estribos;  y  que  en  cuanto  a  este  último  concierto,  se  cum- 
pliese lo  mandado  por  el  señor  Obispo,  en  cuanto  lo  anula.  (Libro 
2,  fol.  54). 

En  3  de  diciembre,  los  señores  Deán  y  Tesorero,  con  motivo 
de  haber  sabido  que  los  señores  arcediano  y  Chantre  que  se  ha- 


FUENTES   PARA  LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


liaban  presos  en  sus  casas  de  mandato  del  señor  Obispo,  habían 
revocado  el  poder  que  dio  el  Cabildo  para  el  cobro  de  sus  cuentas 
al  mismo  señor  Deán,  cuando  fue  a  Caracas  y  donde  lo  dejó  sus- 
tituido e  igualmente  en  las  ciudades  de  San  Sebastián  y  de  Va- 
lencia; aquellos  dos  señores  en  Cabildo,  expusieron  ser  nula  la 
tal  revocación,  y  mandaron  dar  testimonio  de  esta  acta  para  pre- 
sentarla en  cualquiera  tribunal.  (Libro  2,  fol.  56). 

En  el  mismo  día  con  vista  de  lo  mandado  por  el  señor  Obispo 
se  dispuso  que  se  pusiese  en  posesión  de  la  mayordomía  de  fábrica 
a  Francisco  Rendón,  y  se  le  entregasen  todos  los  bienes.  (Libro  2, 
fol.  56  vto.). 

En  el  propio  acto  se  dijo:  que  en  atención  a  que  el  señor  Obispo 
Dn.  Fr.  Gonzalo  de  Angulo,  había  hecho  donación  al  Cabildo  de 
toda  su  librería  y  cuadros,  que  eran  de  calidad  y  cantidad,  se 
dispuso  que  en  agradecimiento  de  este  don  se  pusiese  todo  en 
parte  que  pudiese  durar  muchos  años.  (Libro  2,  fol.  57). 

Aquí  mismo  se  dispuso  que  se  encalase  y  enladrillase  la  Ca- 
pilla del  bautisterio  y  sala  capitular  que  estaba  sobre  ella,  y  que 
en  ésta  se  pusiesen  unos  canes  chicos  con  sus  tablas  para  colocar 
aquella  librería.  (Libro  2,  fol.  57). 

Sigue  copia  de  un  despacho  del  señor  Obispo,  dado  en  Caracas 
a  9  de  noviembre  del  presente  año,  en  que  ordena  y  manda  cese 
la  costumbre  de  cobrar  cada  prebendado  de  por  sí  sus  rentas,  y 
que  en  adelante  se  hagan  los  cobros  con  libramientos  del  M.V.S. 
Deán  y  Cabildo,  cuyo  obedecimiento  también  está  copiado.  (Li- 
bro 2,  fol.  57  vto.). 

En  7  del  propio  mes  de  diciembre,  se  aprobó  el  concierto  hecho 
con  un  oficial  carpintero  de  varias  cosas  para  la  obra  de  la  Iglesia. 
(Libro  2,  fol.  58). 

En  31  del  mismo,  con  motivo  de  estar  necesitado  a  frecuentes 
ausencias  el  secretario  Gerónimo  de  Velasco,  se  nombró  por  se- 
cretario de  Cabildo  a  Diego  Félix  Minchaca,  quien  en  el  mismo 
acto  aceptó  y  juró  de  fidelidad  y  secreto.  (Libro  2,  fol.  58  vto.). 

Año  de  1633. 

En  10  de  abril  se  dispuso  que  se  les  hiciese  ropa  a  los  negros 
de  la  Iglesia  y  que  a  los  dos  monacillos  que  servían  dentro  de  la 
Iglesia  en  el  altar  y  coro,  se  les  diese  entero  calzón  y  ropilla.  (Libro 
2,  fol.  59). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1633 


97 


En  14  de  mayo,  se  aprobaron  las  cuentas  del  apoderado  que 
el  Cabildo  tenía  en  Santiago  de  León  para  cobrar  sus  rentas  allí, 
y  en  San  Sebastián  y  Valencia,  se  dispuso  nuevamente  que  ningún 
capitular  pudiese  cobrar  sin  libranza  del  Cabildo  y  se  le  dio  nuevo 
poder  al  mismo  apoderado  que  lo  era  el  Ledo.  Dn.  Bartolomé 
de  Navas  Becerra,  cura  beneficiado  de  Santiago  de  León.  (Libro 
2,  fol.  59  vto.). 

En  29  del  mismo  mes  de  mayo,  habiéndose  recibido  un  certi- 
ficado de  haber  fallecido  el  día  17  del  corriente  mes  el  Illmo.  Sor. 
Dn.  Fr.  Gonzalo  de  Angulo  y  haber  sido  sepultado  en  la  Iglesia 
parroquial,  de  Santiago  de  León  de  Caracas;  el  Cabildo  apre- 
hendió la  jurisdicción,  nombró  por  provisor  y  vicario  general  al 
Ledo.  Pedro  Gordón  de  Almassan,  presbítero,  vecino  de  la  ciudad 
del  Portillo  de  Carora,  por  Mayordomo  de  la  Iglesia  a  Juan  Germán 
de  Ortiz,  vecino  de  Coro  y  por  notario  general  al  secretario  de 
Cabildo:  y  asimismo  nombró  vicarios  foráneos  para  los  partidos 
de  Caracas,  de  Valencia,  de  San  Sebastián,  de  Barquisimeto,  del 
Tocuyo,  de  Trujillo  y  de  Maracaibo.  (Libro  2,  fol.  60  vto.). 

En  2  de  junio,  ratificándose  el  Cabildo  antecedente,  se  dijo: 
ser  necesario  proceder  a  la  visita  del  obispado,  y  al  efecto  se  co- 
metió la  visita  de  la  Catedral  y  partido  de  derecho  al  señor  Te- 
sorero Dn.  Bartolomé  Gómez,  al  señor  Chantre  Ledo.  Dn.  Domingo 
de  Ibarra  (que  estaba  ausente  en  Caracas,  según  se  dice  en  el  an- 
terior Cabildo)  la  de  los  partidos  de  Valencia,  San  Sebastián, 
Valle  de  Aragua,  y  pueblos  de  la  costa:  al  señor  arcediano  Dr.  Dn. 
Diego  Suárez  de  Aponte,  los  partidos  de  Maracaibo,  de  Carora, 
de  Tocuyo,  de  Barquisimeto  y  de  Guanaguanare:  y  al  señor  Deán 
Dr.  Dn.  Bartolomé  de  Escoto  la  del  de  Trujillo.  Y  en  atención 
a  considerarse  que  el  nuevo  señor  Obispo  que  se  eligiese  podía 
venir  breve,  se  reservó  para  su  Sría.  Illma.  la  visita  de  Caracas, 
y  que  en  caso  de  tardanza  el  Cabildo  nombraría.  Y  se  mandaron 
fijar  edictos  para  los  curatos  que  estuviesen  vacantes.  (Libro  2, 
fol.  61  vto.). 

Sigue  testimonio  de  una  Real  Cédula  dirigida  al  presidente 
y  oidores  de  la  Real  Audiencia  de  Santafé,  expedida  en  Madrid 
a  3  de  junio  de  1620,  en  que  se  declara  que  las  donaciones  que 
hicieron  los  Illmos.  señores  Obispos,  sean  válidas  habiendo  sido 
ínter  vivos  irrevocables  con  entrega  real  y  vivido  después  de  ella 
cuarenta  días.  Fue  compulsado  este  testimonio  por  el  secretario 
de  Cabildo  de  mandato  de  su  Sría.  y  sacado  de  otro  traslado  auto- 


8  —  Actat,  I. 


98 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


rizado  que  se  remitía  a  la  ciudad  de  Santiago  de  León  y  este  tras- 
lado fue  autorizado  por  un  notario  apostólico  del  obispado  de 
Santa  Marta,  quien  dice  lo  sacó  de  otro  ejemplar.  (Libro  2, 
fol.  62  vto.)- 

En  7  del  mismo  mes  de  junio,  con  motivo  de  haber  muchos 
pleitos  y  cobranzas  a  que  ocurrir  en  la  ciudad  de  Santiago  de  León, 
8C  confirió  poder  en  primer  lugar  al  provisor  y  vicario  general, 
Pedro  Cordón  de  Almassan,  que  de  próximo  vendría  a  Coro  desde 
Carora,  en  segundo  al  padre  Bartolomé  de  Navas  Becerra,  cura 
beneficiado  de  la  dicha  ciudad  de  Santiago  de  León;  y  en  tercero 
al  Capitán  Francisco  Rendón  Trujillo,  con  señalamiento  de  200 
pesos  y  lo  más  que  fuese  necesario  para  ayuda  de  costa.  (Libro  2, 
fol.  63  vto.). 

En  17  de  julio,  con  motivo  de  haber  fallecido  el  sobredicho 
Ledo.  Pedro  Gordón  de  Almassan,  según  constaba  de  cuatro  cartas 
que  siguen  copiadas;  estando  en  Cabildo  solamente  los  señores 
Deán  Br.  Dn.  Bartolomé  de  Escoto,  y  Tesorero  Dn.  Bartolomé 
Gómez,  casaren  ambos  sus  votos  y  después  el  Deán  solo  casó 
el  suyo,  y  el  Tesorero  con  solo  el  suyo  eligió  al  Deán  por  provisor 
y  vicario  general  por  todo  el  tiempo  de  la  sede  vacante  y  en  el 
mismo  acto  aceptó,  juró  e  hizo  la  profesión  de  la  fe,  presentes  los 
dos  curas  de  la  Catedral,  Gaspar  Sánchez  de  Agreda  y  Blas  López 
de  Belmonte,  y  el  presbítero  Martín  de  Quero.  (Libro  2,  fol.  64  vto.). 

En  16  de  diciembre,  se  dispuso  que  el  señor  Deán,  provisor 
y  vicario  general,  pasase  a  Caracas  a  ocurrir  a  las  causas  del 
espolio  del  señor  Obispo  difunto,  y  otras  varias  atenciones  del 
Cabildo:  se  le  nombró  también  por  visitador  de  la  misma  ciudad, 
y  se  mandaron  dar  avisos,  para  que  los  que  tuviesen  causas, 
ocurriesen  a  donde  estuviese  el  dicho  señor  Deán.  Este  Cabildo 
fue  hecho  ya  en  la  sala  capitular.  (Libro  2,  fol.  67). 

En  27  del  mismo,  habiéndose  tenido  noticia  que  la  causa  de 
la  entrega  de  pontifical  y  de  la  librería  del  Illmo.  Sor.  Obispo, 
difunto,  se  habían  apelado  para  la  Audiencia  de  Santo  Domingo 
y  que  el  mayordomo  de  la  Iglesia  que  estaba  en  Caracas  había 
enviado  poder  a  un  procurador,  se  mandaron  remitir  expensas 
a  éste  y  se  nombró  al  padre  Blas  López  de  Belmonte  para  que 
cuidase  los  bienes  de  la  Iglesia,  mientras  volvía  el  mayordomo. 
(Libro  2,  fol.  67  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1635 


99 


Año  de  1634. 

En  15  de  octubre  fue  nombrado  un  monacillo.  (Libro  2,  fol.  68). 

En  23  del  mismo,  habiéndose  redimido  por  los  albaceas  del 
señor  Tesorero  Dn.  Bartolomé  Gómez,  un  censo  de  350  pesos,  que 
tenía  reconocido  a  favor  del  Cabildo;  se  dispuso  que  se  diese  a 
persona  abonada.  (Libro  2,  fol.  68). 

En  24  del  mismo,  el  señor  Deán  entregó  al  mayordomo  un  pec- 
toral ,un  anillo  y  un  misal,  que  trajo  del  espolio  del  Illmo.  Sor. 
Angulo,  y  avisó  que  lo  demás  que  venía  en  un  barco,  por  mal 
tiempo  había  ido  a  parar  a  Cartagena,  donde  estaba  en  poder  del 
provisor.   (Libro  2,  fol.  68  vto.). 

En  2  de  noviembre,  se  dispuso  que  lo  tocante  a  la  cuarta 
capitular  en  los  diezmos  se  arrendase  separadamente  a  discrección 
de  sus  apoderados.  (Libro  2,  fol.  69). 

Año  de  1635. 

En  2  de  enero,  se  acordó  que  por  varias  dificultades  de  los  cobros 
que  se  impusiese  a  censo  lo  que  se  debía  en  Santiago  de  León 
de  los  excusados  y  también  se  impusiesen  2.000  pesos  del  propio 
ramo  que  había  en  Trujillo.  (Libro  2,  fol.  70). 

En  15  de  febrero,  se  dió  poder  a  Melchor  Sánchez  de  Agreda 
que  iba  a  Cartagena  para  que  recibiese  los  libros,  plata  y  demás 
cosas  que  allí  estaban  del  espolio  del  Illmo.  Sor.  Angulo  y  que 
los  remitiese  de  cuenta  de  la  Iglesia  por  mar  o  por  tierra.  (Libro  2, 
fol.  70  vto.). 

En  8  de  marzo,  habiéndose  concertado  un  órgano  en  Santo 
Domingo  por  300  pesos  (aunque  valía  quinientos)  con  calidad  de 
que  se  trajese  de  cuenta  y  riesgo  de  la  Iglesia;  se  acordó  que 
desde  luego  se  remitiesen  los  300  pesos  y  se  trajese  junto  con  el 
que  había  de  tocarlo,  el  cual  también  fue  concertado  allí  por  can- 
tidad de  1.500  reales  anualmente  de  salario  pagable  de  la  fábrica, 
se  dice  en  esta  acta  que  había  Iglesias  parroquiales  en  esta  dió- 
cesis ,que  tenían  órganos  traídos  de  España  y  que  la  Catedral 
nunca  lo  había  tenido.  (Libro  2,  fol.  71  vto.). 

En  8  del  mismo  por  haber  hecho  ausencia  a  Santo  Domingo, 
Diego  Félix  Minchaca,  fue  nombrado  por  secretario  de  Cabildo, 
Blas  Joseph  de  Linares,  y  en  el  mismo  acto  aecptó  y  juró  de  fide- 
lidad y  secreto.  (Libro  2,  fol.  72  vto.). 


100 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  21  de  mayo,  se  mandó  hacer  de  nuevo  la  lámpara  por  ser 
muy  pequeña  y  estar  quebrada.  (Libro  2,  fol.  73). 

En  13  de  julio,  habiendo  recibido  el  señor  Deán  una  carta 
del  señor  Francisco  Núñez  Meleán,  Gobernador  de  esta  Provincia, 
en  que  le  avisa  haber  llegado  al  puerto  de  La  Guaira  el  Illmo. 
Sor.  Dr.  Dn.  Juan  López  Agurto  de  la  Mata,  electo  Obispo  de 
esta  diócesis,  y  que  venía  sin  las  bulas  a  fin  de  que  el  Cabildo  le 
diese  facultad  para  gobernar:  el  señor  Deán  (único  capitular  que 
había  existente)  hizo  dimisión  del  provisorato,  y  él  mismo  se  la 
admitió  en  vez  del  Cabildo,  y  que  elegiría  Gobernador  del  obis- 
pado. Este  señor  Illmo.  vino  trasladado  del  obispado  de  Puerto 
Rico,  según  se  verá  más  adelante.  (Libro  2,  fol.  73  vto.). 

En  el  mismo  día  se  nombró  por  Gobernador  del  obispado  al 
sobredicho  Illmo.  Sor.  Obispo  con  toda  facultad  así  necesaria, 
como  voluntaria  y  delegada,  sin  que  faltase  cosa  alguna  y  se 
mandó  remitir  esta  acta  a  su  Sría.  Illma.  con  la  suplica  de  su 
aceptación.  (Libro  2,  fol.  73  vto.). 

En  26  de  septiembre,  por  haber  hecho  dejación  Francisco 
Rendón  Trujillo,  fue  nombrado  por  mayordomo  de  fábrica  de 
la  Catedral,  Gerónimo  Velasco,  vecino  de  Coro  con  el  mismo 
salario  que  había  tenido  su  antecesor  y  en  el  mismo  día  aceptó 
y  juró  y  se  dispuso  que  se  le  entregasen  los  bienes,  luego  que  diese 
cuenta  el  dicho  Rendón.  (Libro  2,  fol.  74  vto.). 

En  17  de  octubre,  se  dieron  facultades  al  señor  Deán  para 
que,  pues  había  de  ir  a  la  ciudad  de  Santiago  de  León,  llamado 
por  el  señor  Obispo  a  dar  cuentas  del  provisorato,  pudiese  tratar 
con  su  Sría.  Illma.  cosas  de  la  Iglesia  y  del  Cabildo  y  cobrar  lo 
que  allí  se  estuviese  debiendo.  (Libro  2,  fol.  74  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1636. 

En  24  de  enero,  habiéndose  presentado  el  Ledo.  Gaspar  Sán- 
chez de  Agreda,  cura  de  la  Catedral  con  el  poder  y  bulas  del  Illmo. 
Sor.  Dr.  Dn.  Juan  López  Agurto  de  la  Mata,  y  en  atención  a  que 
su  Sría.  Illma.  había  hecho  el  juramento  en  Caracas  en  manos  del 
señor  Deán,  se  le  dió  la  posesión  en  las  sillas  del  coro  y  del  capítulo 
de  la  Iglesia  que  estaba  en  la  plaza,  y  de  la  audiencia  eclesiástica, 
y  fue  llevado  con  la  solemnidad  acostumbrada  a  la  casa  y  palacio 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1636 


101 


obispal.  Y  siguen  copias  del  poder  y  de  las  bulas,  las  cuales  fueron 
expedidas  por  el  señor  Urbano  octavo  en  Santa  María  la  mayor 
de  Roma  a  20  de  noviembre  de  1634,  y  en  ellas  se  dice  trasladársele 
del  obispado  de  Puerto  Rico  que  había  poco  tiempo  obtenido: 
el  poder  fue  otorgado  en  Santiago  de  León  a  7  del  mismo  mes  y 
año  presentes.  (Libro  2,  fol.  75). 

ACÁBANSE  LOS  CABILDOS  EN  LA  IGLESIA  DE  CORO 
Inician  en  la  Iglesia  Parroquial  de  Santiago  de  León  de  Caracas, 
cabeza  de  la  gobernación  de  la  Provincia  de  Venezuela. 

En  18  de  marzo,  congregados  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Juan 
López  Agurto  de  la  Mata,  y  el  M.V.S.  Deán  y  Cabildo,  a  saber: 
los  señores  Br.  Dn.  Bartolomé  de  Escoto,  Deán  y  el  Ledo.  Dn. 
Domingo  de  Ibarra,  Chantre  en  la  capilla  nombrada  para  sala 
capitular,  se  propusieron  por  su  Sría.  Illma.  cosas  tocantes  al  culto 
divino  y  fábrica  de  la  Iglesia,  y  se  decretó  lo  siguiente:  la  elección 
de  tres  prebendados  interinos,  porque  sólo  constaba  el  Cabildo 
de  los  dos  nominados  propietarios,  para  el  mejor  servicio  del 
coro  y  altar,  haciéndose  la  de  arcediano  en  el  Ledo.  Gabriel  de 
Mendoza,  vicario  foráneo  de  Caracas  y  cura  propietario  de  su 
Iglesia,  con  280  pesos  de  renta  de  la  tocante  a  esta  dignidad: 
la  de  maestro  de  escuelas  en  el  Ledo.  Bartolomé  de  Navas  Be- 
cerra (que  era  el  otro  cura  de  la  misma  Iglesia)  y  la  de  canónigo 
en  el  padre  Juan  Díaz  de  Mansilla.  Se  nombró  por  mayordomo 
de  esta  Santa  Iglesia  Catedral  de  la  Señora  Santa  Ana,  con  las 
cargas  que  se  expresarían  en  su  título,  a  Gaspar  Gutiérrez  Flores 
con  200  patacones  de  salario  y  obligación  de  dar  fianzas.  Se  nom- 
bró por  sochantre  y  secretario  de  Cabildo  a  Juan  Coello  Coutino, 
clérigo  con  100  patacones  de  salario  de  sochantre  y  30  de  secre- 
tario: y  se  nombró  por  pertiguero  y  portero  de  Cabildo  a  An- 
tonio Montes  con  80  patacones  de  salario.  (Libro  2,  fol.  78  vto.). 

En  6  de  mayo,  con  aprobación  del  dicho  Illmo.  Sor.  Obispo 
se  decretó:  que  siempre  que  el  M.V.S.  Deán  y  Cabildo  fuese 
convidado  para  el  acompañamiento  de  cualquiera  entierro,  así 
de  criatura  como  de  persona  adulta,  llevase  por  derechos  de  él 
500  reales  de  plata  castellanos;  y  si  hubiese  posas  30  reales  cas- 
tellanos por  cada  una.  (Libro  2,  fol.  80). 

En  este  mismo  acto,  en  atención  a  que  los  monacillos  que 
hasta  entonces  habían  servido  en  la  Iglesia  parroquial  acudían 


102 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA   COLONIAL  DE  VENEZUELA 


solemnemente  a  las  fiestas,  y  se  les  daba  el  salario  de  12  pesos 
cada  año;  y  que  en  adelante  debían  acudir  y  asistir  todos  los  días 
por  la  mañana  a  ayudar  las  misas  rezadas  hasta  la  conventual  y 
a  la  tarde  a  las  vísperas  cantadas,  salves  o  maitines  los  días  que 
los  hubiesen  cantados,  se  les  señaló  a  cada  uno  24  pesos  anuales. 
(Libro  2,  fol.  80). 

En  7  de  junio,  con  asistencia  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  consi- 
derándose la  necesidad  de  ocurrir  a  las  curias  romana  y  de  Madrid 
a  hacer  presentes  los  motivos  y  causas  que  se  habían  tenido  para 
trasladar  la  Santa  Iglesia  Catedral  de  Coro  a  Caracas,  Ínterin 
que  Su  Santidad  y  Su  Majestad  disponían  lo  que  más  conviniese 
a  su  régimen  y  gobierno;  se  eligió  y  nombró  al  Ledo.  Bartolomé 
de  Navas  Becerra,  cura  beneficiado  de  Caracas  para  que  pasase 
a  los  reinos  de  Castilla,  señalándose  el  salario  anual  de  1.000  pesos 
de  a  ocho  reales,  y  que  se  le  pagasen  los  gastos  procesales  y  de 
letrados;  y  que  también  se  le  entregasen  cien  pesos  para  que  los 
llevase  a  un  agente  de  la  Iglesia  en  Madrid.  (Libro  2,  fol.  81). 

En  17  del  mismo  presente  su  Sría.  Illma.  se  decretó  que  la  paga 
del  sobredicho  salario  de  1.000  pesos  se  entendiese,  que  las  dos 
terceras  partes  las  pagaría  la  fábrica  de  la  Iglesia  y  la  otra  tercera 
parte  la  mesa  capitular  y  lo  mismo  los  gastos  procesales.  (Libro 
2,  fol.  82). 

En  20  del  mismo,  se  hizo  el  nombramiento  (y  es  el  primero) 
de  dos  capellanes  de  Coro,  en  Nicolás  Godino  de  Abreu,  presbí- 
tero y  Gregorio  Amálete,  subdiácono,  señalándoseles  el  salario 
de  80  pesos  anuales  (no  se  dice  quien  los  había  de  pagar)  y  se  les 
impuso  la  obligación  de  acudir  al  coro  y  pacistol  a  todas  las  horas 
cantadas,  a  saber:  en  todos  los  dobles  a  las  primeras  y  segundas 
vísperas  y  misa,  y  todos  los  días  de  fiesta  y  domingos  y  a  los  ma- 
nuales y  a  vestirse  de  diáconos  y  a  asistir  al  coro  en  ausencia  de 
alguno  de  los  señores  prebendados,  precediendo  aviso.  (Libro  2, 
fol.  82  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1637. 

En  15  de  abril,  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  sus  casas,  se 
acordó  que  convenía  la  venta  de  un  hato  y  esclavos  que  quedaron 
en  San  Sebastián  por  bienes  del  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Gonzalo  de 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1637 


103 


Angulo  y  que  al  efecto  se  fijase  convocatoria  y  se  pregonase. 
(Libro  2,  fol.  83  vto.). 

En  el  mismo  acto,  se  nombró  por  abogado  defensor  de  la 
Iglesia  al  Ledo.  Dn.  Rodrigo  Cervellón,  provisor  de  su  Sría.  Illma. 
con  el  salario  anual  de  50  pesos.  (Libro  2,  fol.  83  vto.). 

Aquí  mismo  se  admitió  la  dejación  al  pertiguero  y  se  nombró 
a  Francisco  Gómez  con  el  mismo  salario  de  80  pesos  anuales. 
(Libro  2,  fol.  83  vto.). 

En  30  de  junio,  se  dió  posesión  de  la  dignidad  de  Tesorero 
al  Dr.  Dn.  Juan  de  Salinas,  vacante  por  fallecimiento  de  Dn. 
Bartolomé  Gómez  era  canónigo  de  Santo  Domingo  y  comisario 
de  la  Santa  Cruzada.  Fue  presentado  en  Madrid  a  4  de  febrero 
de  1635:  se  dió  la  colación  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  el  mismo 
día  30  de  junio,  y  en  la  posesión  hubo  las  ceremonias  de  sentarlo 
en  una  silla  de  terciopelo  en  la  sala  capitular,  de  donde  pasó  al 
altar  mayor,  y  allí  desdobló  unos  corporales  e  hizo  la  profesión 
de  la  fe;  y  después  fue  llevado  al  coro  donde  se  le  dió  el  asiento 
correspondiente  y  derramó  algunas  monedas.  Las  copias  de  la 
colación  y  presentación  siguen  en  el  folio  85  y  siguiente.  (Libro  2, 
fol.  84). 

En  Io  de  julio,  se  dijo  que  ya  se  había  tratado  con  su  Illma., 
desde  principio  de  este  año,  acerca  del  organista  Juan  García 
Moreno,  y  en  esta  atención  se  le  aumentaron  40  pesos  a  su  renta, 
la  cual  no  se  expresa,  ni  tampoco  se  puso  en  el  libro  la  copia  de 
aquel  tratado.  (Libro  2,  fol.  85). 

En  17  de  septiembre,  se  admitió  por  tercer  capellán  de  coro 
al  padre  Luis  de  Herrera,  a  quien  su  Sría.  Illma.  con  consulta 
del  Cabildo  nombró  con  las  mismas  obligaciones  y  salario  de  80 
pesos  anuales  que  tenían  los  dos  anteriormente  nombrados,  aña- 
diéndole que  supliese  las  ausencias  que  el  mayordomo  de  fábrica 
le  pagase  por  tercios.  (Libro  2,  fol.  87). 

En  3  de  diciembre,  con  asistencia  del  Illmo.  Sor.  Obispo, 
habiendo  propuesto  su  Sría.  Illma.  en  nombre  del  señor  Gober- 
nador y  Capitán  general  de  esta  Provincia  Rui  Fernández  de 
Fuenmayor  que  éste  pedía  que  en  los  días  de  tabla  que  fuese  a 
la  Iglesia  le  saliesen  a  recibir  dos  o  una  de  las  tres  dignidades 
que  había:  los  señores  Deán  y  Chantre  votaron  oponiéndose  a 
ello  por  ser  contra  costumbre  y  sólo  prácticable  con  las  reales 
audiencias  y  que  sólo  accederían  si  el  señor  Gobernador  mani- 
festaba cédula  de  Su  Majestad.  El  señor  Tesorero  dijo:  que  saliese 


104 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


uno  a  recibirlo.  Y  el  señor  Obispo  mandó  que  sin  perjuicio  del 
derecho  del  Cabildo,  dejándoselo  a  salvo  para  ocurrir  al  Rey, 
saliese  una  de  las  dignidades,  exceptuando  el  señor  Deán,  a  reci- 
birlo en  la  pila  del  agua  bendita,  cerca  de  la  puerta  acompañado 
de  uno  de  los  tenientes  de  cura.  Y  el  señor  Chantre  apeló  para 
ante  quien  hubiese  lugar.  (Libro  2,  fol.  88). 

En  el  mismo  acto,  vista  una  memoria  del  Ledo.  Dn.  Rodrigo 
Cervellón,  defensor  de  los  derechos  de  la  Iglesia,  se  dispuso  que 
su  salario  anual  fuese  de  80  pesos  y  que  a  este  respecto  se  le  pagase 
desde  que  se  hizo  el  nombramiento.  (Libro  2,  fol.  89). 

Aquí  mismo  se  trató  acerca  de  lo  que  había  de  pagarse  a  un 
hombre  que  fue  a  San  Sebastián  a  diligencias  de  la  Iglesia  y  tam- 
bién sobre  venderse  una  tierras  de  la  Iglesia  en  las  cabezadas 
de  Baruta,  y  se  acordó  que  se  pregonasen  y  rematasen.  (Libro  2, 
fol.  89). 

En  26  de  diciembre,  expresándose  que  el  día  24  del  mismo, 
murió  y  se  enterró  en  esta  Santa  Iglesia  Catedral  el  Ulmo.  Sor. 
Dr.  Dn.  Juan  López  Agurto  de  la  Mata:  se  declaró  la  vacante 
del  obispado  aprehendido  el  Cabildo  la  jurisdicción,  y  se  eligió 
por  provisor  al  señor  Chantre  Ledo.  Dn.  Domingo  de  Ibarra, 
y  en  el  mismo  acto  aceptó  y  juró  de  fidelidad  e  hizo  la  profesión 
de  la  fe:  y  en  el  mismo  acto,  se  nombró  por  visitador  general 
al  señor  Tesorero  Dr.  Dn.  Juan  de  Salinas,  quien  también  aceptó 
y  juró  de  fidelidad,  reservándose  las  ciudades  de  Santiago  de 
León  y  de  Trujillo,  para  que  las  visitase  el  señor  Deán  Br.  Dn. 
Bartolomé  de  Escoto,  y  asimismo  aceptó  y  juró.  Y  al  sobredicho 
señor  Tesorero  se  le  concedió  que  pudiese  enviar  sustituto  a  la 
ciudad  de  San  Sebastián  por  ser  lugar  enfermizo.  No  se  hicieron 
especiales  reservaciones;  sólo  se  dice  en  el  nombramiento  de  pro- 
visor, que  lo  ejerza  conforme  al  Santo  Concilio,  erección  de  este 
obispado  y  su  sínodo.  (Libro  2,  fol.  90). 

En  30  del  mismo  mes,  se  ratificó  el  nombramiento  de  mayor- 
domo de  fábrica  de  la  Catedral,  hecho  en  Gaspar  Gutiérrez  Flores. 
Y  también  atendiendo  a  las  ocupaciones  del  padre  Juan  Coello 
Coutino,  se  le  relevó  del  oficio  de  secretario  de  Cabildo,  y  se  nom- 
bró al  padre  Juan  Rodríguez  Espejo,  subdiácono,  quien  el  mismo 
acto  aceptó  y  juró.  (Libro  2,  fol.  91  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1638 


105 


Año  de  1638. 

En  3  de  enero,  se  decretó,  como  ya  antes  se  había  dispuesto 
in  vertir  que  se  hiciese  la  sillería  del  coro,  y  que  fuese  tan  costosa 
como  convenía  al  decoro  de  la  Catedral  y  silla  obispal,  y  que  pu- 
diese también  servir  en  adelante  en  el  nuevo  coro  que  se  hiciese. 
Y  aquí  mismo  se  mandó  que  con  algunos  pontificales  se  hiciesen 
ornamentos  y  otras  cosas  necesarias.  (Libro  2,  fol.  92). 

En  5  del  mismo,  se  dispuso,  que  se  pagasen  al  mayordomo  de 
la  cofradía  del  Santísimo  Sacramento,  unas  andas  que  se  pusiesen 
en  el  altar  mayor;  y  que  se  hiciese  una  cajita  para  el  depósito 
del  Santísimo  el  Jueves  Santo.  (Libro  2,  fol.  92  vto.). 

En  18  de  febrero,  se  aprobó  el  nombramiento  hecho  de  so- 
chantre por  el  señor  provisor  en  el  padre  Luis  de  Herrera,  pres- 
bítero, para  que  sirviese  este  oficio,  como  lo  tenía  su  antecesor: 
y  en  este  mismo  acto  se  nombró  para  servir  la  capellanía  de  coro 
que  obtenía  al  padre  Gregorio  Aguilar  Irmendi,  presbítero.  (Li- 
bro 2,  fol.  93). 

En  6  de  marzo,  precedidas  varias  consultas,  se  decretó,  que  el 
dinero  que  la  Iglesia  había  heredado  del  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Gon- 
zalo de  Angulo,  dejándose  reservada  alguna  parte  para  comenzar 
a  fabricar,  se  impusiese  a  censo  y  que  al  efecto  se  fijase  convoca- 
toria. (Libro  2,  fol.  93  vto.). 

Erección  de  la  Iglesia  Parroquial  di  Caracas  en  Catedral. 

En  7  de  marzo,  vista  la  Real  Cédula,  fecha  en  Madrid  a  20 
de  junio  de  1637  (que  sigue  copiada)  en  la  cual  se  manda  que 
permanentemente  este  la  Santa  Iglesia  Catedral  en  esta  ciudad 
de  Santiago  de  León  de  la  Provincia  de  Caracas,  y  que  en  ella 
residiese  el  Obispo  y  el  Deán  y  Cabildo  por  los  inconvenientes 
que  había  en  la  ciudad  de  Coro,  de  que  ya  se  había  tratado  en 
el  Concilio  provincial  celebrado  en  Santo  Domingo  el  año  de 
1622  y  las  grandes  ventajas  de  esta  dicha  ciudad  de  Santiago 
de  León  defendida  por  su  naturaleza,  habitada  de  muchos  vecinos 
y  forasteros,  rica  y  abundosa  de  trigo,  maíz,  cacao,  corambre, 
y  otros  frutos;  de  apacible  y  saludable  témele,  y  de  muchos  y 
buenos  edificios,  con  estudio  público  de  gramática  y  dos  con- 


106 


FUENTES   PARA    LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


ventos  donde  se  leían  artes  y  teología,  y  donde  residía  el  Gober- 
nador 3'  oficiales  reales:  se  prestó  el  obedecimiento  con  las  cere- 
monias acostumbradas,  y  se  acordó  que  en  virtud  de  ella  se  tomase 
la  posesión  de  esta  Santa  Iglesia  constituida  en  Catedral  de  este 
mismo  día  7  de  marzo,  bajo  el  mismo  título  de  Señora  Santa  Ana: 
que  pues  el  propio  día  7  de  marzo  era  fiesta  del  glorioso  doctor 
de  la  Iglesia  Santo  Tomás  de  Aquino,  se  celebrase  perpetuamente 
en  acción  de  gracias  esta  fiesta  en  la  Catedral  con  la  veneración 
y  autoridad  que  fuese  posible:  que  en  atención  a  que  el  /tal  de 
Su  Majestad  fue  a  veinte  de  junio,  y  que  en  este  obispado  no  había 
día  señalado  para  el  oficio  de  dedicación,  conforme  a  derecho 
y  al  Breviario  romano,  se  eligió  el  mismo  día  20  de  junio  para  el 
dicho  oficio,  mandándose  que  se  celebrase  en  todo  el  obispado  de 
primera  clase  con  Credo  en  la  misa,  y  sólo  en  la  Catedral  y  en 
la  ciudad  de  Santiago  de  León  y  su  distrito  se  le  diese  octava 
y  que  se  hiciesen  el  efecto  las  correspondientes  participaciones. 
(Libro  2,  fol.  94  vto.)- 

En  16  del  mismo  mes  de  marzo,  el  Cabildo,  sede  vacante,  tomó 
posesión  de  la  Santa  Iglesia;  para  la  cual  vestidos  los  señores 
capitulares  de  capas  blancas,  el  señor  Deán  abrió  y  cerró  el  Sa- 
grario y  se  sentaron  en  sus  sillas  de  prebendados  y  de  allí  pasaron 
a  la  sala  capitular,  y  abrieron  y  cerraron  el  cajón  donde  estaban 
los  libros  capitulares:  y  por  último  en  señal  de  posesión  arrojaron 
monedas  de  plata.  (Libro  2,  fol.  97  vto.). 

En  23  de  julio,  con  atención  a  no  haber  casas  episcopales  en 
esta  ciudad,  se  dispuso  que  de  cuenta  de  la  Iglesia  se  reparasen 
unas  que  ésta  tenía  y  habían  sido  de  doña  Elvira  de  Montes. 
(Libro  2,  fol.  100  vto.). 

Aquí  mismo  se  mandó  comprar  un  reloj  de  bronce  que  se  oía 
a  distancia  de  una  cuadra,  y  se  vendía  en  80  pesos;  y  que  se  pu- 
siese en  el  coro,  y  que  el  pequeño  que  allí  había  se  vendiese:  y 
también  se  mandaron  hacer  algunos  ornamentos.  (Libro  2,  fol. 
100  vto.). 

En  25  de  agosto,  con  motivo  de  haberse  ido  a  ordenar  fuera 
de  este  obispado  el  padre  Juan  Rodríguez  Espejo,  se  nombró 
por  secretario  de  Cabildo  al  Ledo.  Andrés  Alvarez,  sacristán 
mayor,  y  en  el  mismo  acto  aceptó  y  juró.  (Libro  2,  fol.  101). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1639  107 


Año  de  1639. 

En  24  de  mayo,  se  mandó  hacer  monumento,  y  que  se  traba- 
jase con  disposición  de  que  pudiese  con  poco  costo  más,  servir 
en  la  nueva  Iglesia  que  se  hiciese  por  ser  baja  la  existente;  y  se 
nombró  por  interventor  al  señor  Deán.  (Libro  2,  fol.  102). 

En  21  de  julio,  estando  en  la  Guayana  el  Dr.  Bartolomé  de 
Navas  Becerra,  electo  arcediano,  que  volvía  de  la  agencia  que  fue 
a  hacer  en  la  Corte,  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica  que  le 
remitiese  300  pesos  para  que  los  enviase  al  agente  que  allí  tuvo, 
los  200  para  costas  de  la  Cédula  de  traslación  de  la  Iglesia,  y  los 
100  por  otra  Cédula  que  había  ganado  de  merced  de  la  tercera 
parte  de  la  vacante  a  favor  de  la  Catedral  (supone  ser  la  presente 
vacante  de  la  silla  obispal).  (Libro  2,  fol.  102  vto.). 

En  27  del  mismo,  habiendo  exhibido  el  sobredicho  Dn.  Bar- 
tolomé Navas  Becerra,  cura  de  la  Catedral  el  Real  despacho, 
fecho  en  Madrid  a  26  de  agosto  de  1638  en  que  se  le  presenta  a 
la  dignidad  de  arcediano  que  estaba  vacante  por  haberse  ausen- 
tado sin  licencia  el  Dr.  Dn.  Diego  Suárez  de  Aponte,  se  le  con- 
firió la  colación  despachándose  para  ella  especiales  letras  en  latín, 
y  luego  se  le  dió  la  posesión  en  la  sala,  sentándole  en  la  silla  corres- 
pondiente e  hizo  la  profesión  de  la  fe,  y  después  fue  llevado  al 
coro,  donde  se  le  dió  la  silla  del  lado  izquierdo  de  la  episcopal 
y  derramó  algunas  monedas.   (Libro  2,  fol.  103). 

En  el  mismo  día,  se  nombró  por  cura  interino  del  curato  de 
la  Catedral,  vacante  por  la  antecedente  promoción  al  Br.  Marcos 
de  Sobremontes.  (Libro  2,  fol.  106). 

En  3  de  agosto,  el  sobredicho  señor  arcediano  Dr.  Bartolomé 
de  Navas  Becerra,  exhibió  en  el  Cabildo  una  Real  provisión  de 
la  sentencia  de  vista  y  revista  dada  en  el  Supremo  Consejo  contra 
la  ciudad  de  Coro  a  fin  de  que  permaneciese  la  Catedral  en  esta 
de  Caracas:  una  Real  Cédula  duplicada  del  decreto  de  traslación; 
y  otra  Real  Cédula  de  merced  de  la  tercera  parte  de  la  vacante 
presente  para  ayuda  de  la  traslación  de  la  Iglesia  y  sus  reparos. 
Visto  todo  se  le  dieron  las  gracias  por  esto  y  por  otras  cédulas  que 
se  expresa  haber  ganado  a  favor  del  Cabildo  sobre  administración 
de  diezmos  prebendados  e  informe  acerca  de  agregación  de  los 
curatos  y  aumento  de  prebendas.  (Libro  2,  fol.  107). 


108 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  este  mismo  acto  se  dispuso  que  para  traer  a  esta  ciudad 
los  esclavos  y  bienes  de  la  Iglesia  que  había  en  Coro,  se  confe- 
rirían los  medios  en  otro  Cabildo,  si  tardase  la  resolución  de  la 
Audiencia  de  Santo  Domingo,  a  donde  se  había  ocurrido  a  pedir 
auxilio  con  la  Real  Cédula  de  traslación.  (Libro  2,  fol.  108). 

Igualmente  en  este  acto,  se  mandó  hacer  archivo  para  la  sala 
capitular,  y  un  bufete,  todo  provisional,  mientras  se  ponía  en 
forma  la  sala  capitular.  (Libro  2,  fol.  108  vto.). 

En  5  de  agosto,  se  dispuso  que  pues  la  erección  disponía  que 
hubiese  seis  acólitos  y  seis  capellanes  de  coro,  se  aumentasen  dos 
monacillos  para  que  hubiese  cuatro,  cada  uno  con  24  pesos  de  renta 
anual:  y  que  se  añadiese  otro  capellán  a  los  dos  que  había,  para 
que  hubiese  tres.  Se  nombró  para  la  tercera  a  Agustín  Palma, 
clérigo  de  menores:  y  que  a  éste  y  al  otro  capellán  Diego  Serrano 
se  les  despachase  título  y  se  les  diese  colación  para  que  pudiesen 
recibir  orden  Sacro.  (Libro  2,  fol.  109). 

En  el  mismo  acto,  con  motivo  de  la  ausencia  del  señor  Te- 
sorero se  nombró  al  Ledo.  Gabriel  de  Mendoza,  cura  de  la  Ca- 
tedral para  que  sirviese  interinamente  esta  prebenda,  con  el 
salario  de  200  pesos  anuales.  (Libro  2,  fol.  109  vto.). 

En  9  del  propio  mes,  se  nombró  por  notario  general  a  Do- 
mingo Pérez  Araujo,  y  se  mandó  que  uno  que  había  sido  notario 
eclesiástico  y  cualesquiera  otros  notarios  trajesen  los  procesos 
concluidos  para  archivarlos  en  la  sala.  (Libro  2,  fol.  110). 

En  16  del  dicho  mes,  se  dijo:  que  pues  estaba  sirviendo  de 
sala  de  capítulo  la  Capilla  de  Nuestra  Señora  de  la  Antigua  de 
doña  Elvira  de  Montes,  y  ya  se  había  hecho  una  sala,  que  aunque 
destinada  para  sacristía  era  capaz  para  aquel  efecto;  se  tras- 
ladase a  ella  la  celebración  de  Cabildos,  Ínterin  se  labraba  y 
edificaba  sala  correspondiente.  Y  aquí  mismo  se  insistió  en  ser 
conveniente  la  venta  del  hato  de  la  Iglesia  y  que  al  efecto  se  co- 
municase a  dos  letrados.  (Libro  2,  fol.  111). 

En  19  del  mismo  fue  nombrado  por  capellán  de  coro,  Juan  de 
Velasco,  clérigo  de  menores,  se  le  señaló  el  salario  de  80  pesos 
(no  dice  de  donde)  y  se  le  mandó  despachar  título  de  colación. 
(Libro  2,  fol.  111  vto.). 

En  25  del  mismo,  se  trató  acerca  del  cobro  de  la  cantidad  de 
pesos  que  debía  al  espolio  del  Illmo.  Sor.  Angulo,  un  cura  de  Tru- 
jillo:  y  también  se  mandó  vender  en  300  pesos  un  negro  de  la 
Iglesia.  (Libro  2,  fol.  112). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1640 


109 


En  2  de  octubre,  se  determinó  que  el  señor  Deán  pasase  a 
Coro  a  recoger  los  bienes  de  la  Catedral,  y  tomar  cuentas  a  los 
mayordomos,  con  facultad  de  poder  vender  esclavos:  y  se  le 
nombró  por  visitador  y  juez  eclesiástico  de  todo  el  obispado  con 
la  jurisdicción  plenaria  voluntaria  y  contenciosa  conforme  se  le 
diesen  de  la  fábrica  300  pesos  para  ayuda  de  costa.  (Libro  2, 
fol.  112  vto.)- 

En  28  del  mismo,  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica  que  rin- 
diese cuentas  y  se  cometió  su  recepción  al  señor  Tesorero.  (Libro 
2,  fol.  113  vto.). 

En  15  de  noviembre,  se  dijo:  que  por  cuanto  convenía  hacer 
y  labrar  una  capilla  de  Sagrario,  en  que  los  curas  tuviesen  el 
Santísimo  Sacramento  para  su  más  cómoda  administración  y 
también  casas  de  Cabildo  se  mandó  al  mayordomo  que  al  efecto 
comprase  dos  hornos  de  cal  que  había  en  esta  ciudad.  (Libro  2, 
fol.  114). 

Año  de  1640. 

En  14  de  enero,  se  mandaron  fijar  edictos  para  la  provisión 
del  curato  de  la  Catedral,  vacante  por  la  promoción  del  señor 
Dr.  Dn.  Bartolomé  de  Navas  Becerra.  (Libro  2,  fol.  114  vto.). 

En  10  de  marzo,  habiendo  vuelto  el  señor  Deán  de  la  ciudad 
de  Coro  entregó  los  libros  que  donó  al  Cabildo  el  señor  Angulo, 
cuatro  candeleros  de  plata,  una  campana  pequeña  del  coro,  tres 
mitras  y  unas  zandalias:  el  dinero  de  la  venta  de  un  solar  que 
alcanzó  a  142  pesos  y  15  en  que  vendió  cuatro  sillas.  Y  dió  razón 
que  todos  los  esclavos  viejos  y  mozos,  cuando  los  juntó  para 
traerlos  se  huyeron,  pero  que  así  huidos  vendió  a  algunos  y  dejó 
disposiciones  para  recibir  el  dinero  de  éstos  y  venta  o  remisión 
de  los  otros.  Y  también  dió  razón  de  lo  que  había  dejado  a  la 
Iglesia  parroquial  de  Coro  para  su  ornato  de  que  trajo  inventario: 
el  Cabildo  mandó  al  mayordomo  de  fábrica  recibiese  lo  que  se 
había  traído  y  se  hiciese  cargo  de  cobrar  lo  que  quedaba  en  Coro: 
y  que  por  lo  respectivo  a  los  papeles  que  trajo  el  dicho  señor 
Deán  se  irían  viendo  como  se  ofreciese.  (Libro  2,  fol.  115). 

En  2  de  abril,  habiendo  exhibido  el  señor  Deán  tres  provi- 
siones reales,  una  que  habla  con  los  gobernadores  donde  hay 
Cabildo  áobre  el  modo  que  se  debe  tener  en  el  recibimiento,  Agua 


1 10 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Bendita,  acompañamiento  y  paz:  otra,  con  inserción  de  una  Real 
Cédula  para  que  no  espere  en  los  oficios  divinos  ni  se  detengan 
por  esperar,  ni  se  avise  a  los  gobernadores  con  ningún  ministro: 
y  la  otra  para  que  se  restituya  a  la  Iglesia  el  ornamento,  ponti- 
ficales y  plata  labrada  del  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Juan  López  Agurto 
de  la  Mata;  se  acordó,  que  se  sacasen  traslados  de  ellas  para  su 
intimación  y  que  los  originales  se  encuadernasen  en  el  libro  de 
cédulas.  (Libro  2,  fol.  117). 

En  este  mismo  acto,  se  dispuso  que  hubiese  apuntador  conforme 
a  las  constituciones  de  la  Catedral  y  con  el  salario  señalado,  y  se 
nombró  por  apuntador  a  Diego  Serrano  y  a  Agustín  Palma, 
capellanes  más  modernos  y  que  se  hiciese  libro  cuadrante,  come- 
tiéndose el  dar  la  forma  al  señor  arcediano:  que  se  separase  la 
tercera  parte  de  la  gruesa  para  distribuciones,  y  se  sacasen  las 
fallas  para  quien  correspondiese:  que  la  dicha  tercera  parte  se 
distribuyese  por  siete  horas  canónicas  y  una  misa  conventual: 
que  se  apuntasen  a  los  capellanes,  al  sochantre  y  a  los  que  sir- 
viesen prebendas  interinamente,  declarándose  que  éstos  ni  aquéllos 
tenían  meses  de  recles  y  patitur:y  que  se  pusiese  una  escuela  de 
canto,  pagándosele  al  maestro  50  pesos  anuales  de  la  fábrica, 
con  obligación  de  dar  una  lección  cada  día  dentro  de  la  Iglesia. 
(Libro  2,  fol.  117  vto.). 

En  8  de  mayo,  se  nombró  por  vicario  del  convento  de  monjas, 
al  señor  arcediano  Dr.  Dn.  Bartolomé  Navas  Becerra.  (Libro  2, 
fol.  119  vto.). 

En  5  de  junio,  habiéndose  tenido  noticia  de  estar  electo  obispo 
de  esta  diócesis  el  limo.  Sor.  maestro  Dn.  Fr.  Mauro  de  Tovar, 
se  mandó  que  uno  de  los  curas  fuese  a  La  Guaira  a  esperarlo  y 
obsequiarlo  de  parte  del  Cabildo,  dándosele  al  efecto  200  pesos: 
y  que  el  mayordomo  de  fábrica  preparase  lo  necesario  para  acu- 
dir a  su  Illma,  con  lo  necesario  mientras  ponía  casa.  (Libro  2, 
fol.  120). 

En  este  mismo  acto  se  mandó  poner  en  depósito  la  librería 
que  dejó  el  Illmo.  Sor.  Angulo  para  que  hubiese  quien  la  cuidase 
mientras  se  hacía  la  sala  capitular.  (Libro  2,  fol.  120  vto.). 

En  20  de  diciembre,  habiéndose  presentado  las  bulas  del  dicho 
Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Mauro  de  Tovar,  dadas  por  el  señor  Urbano 
VIII,  en  11  de  octubre  de  1639,  precedida  lección  de  ellas  y  su 
obedecimiento,  se  dió  la  posesión  con  el  canto,  música  y  solem- 
nidades acostumbradas  y  se  le  sentó  en  la  silla  obispal  así  en  la 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1641 


111 


Iglesia  como  en  el  capítulo,  y  se  hicieron  otros  actos  en  señal  de 
posesión;  habiéndose  antes  recibido  el  juramento  conforme  al 
Santo  Concilio  y  bulas  del  señor  Pío  IV  y  de  guardar  los  estatutos 
de  esta  Catedral.  No  hay  copia  de  las  bulas.  (Libro  2,  fol.  121). 

Año  de  1641. 

En  30  de  enero,  presente  el  dicho  Illmo.  Sor.  Obispo  manifestó 
que  quería  elegir  sepultura  en  esta  Iglesia,  y  suplicaba  se  la  con- 
cediese y  señalase  el  Cabildo,  el  cual  manifestado  su  reconoci- 
miento dijo:  que  con  asistencia  de  su  Sría.  Illma.  la  señalaría 
donde  le  conviniese.  (Libro  2,  fol.  122). 

En  este  propio  acto,  se  insinuó  la  necesidad  de  construcción 
de  nuevo  edificio  de  la  Iglesia,  y  se  dispuso  que  en  todos  los  Ca- 
bildos siguientes,  se  tratase  de  esto.  (Libro  2,  fol.  122  vto.). 

Aquí  mismo,  se  determinó;  que  atenta  la  necesidad  de  erigir 
seminario,  se  fuese  tratando  de  esto  en  los  Cabildos  siguientes. 
(Libro  2,  fol.  122  vto.). 

También  su  Sría.  Illma.  pidió  al  Cabildo  le  diesen  consejo 
para  hacer  acertadamente  la  elección  de  provisor,  y  nada  más 
se  dijo.  (Libro  2,  fol.  122  vto.). 

Igualmente  su  Sría  Illma.  dijo:  que  convenía  verse  la  fun 
dación  que  había  hecho  Francisco  Núñez  Melean,  gobernador 
que  había  sido  de  la  Provincia;  y  se  dispuso  que  se  avisase  al 
fundador  de  las  dificultades  que  se  habían  tocado.  (Libro  2, 
fol.  122  vto.). 

En  4  de  marzo,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  dijo:  que  mandó 
de  la  merced  que  le  había  hecho  el  Cabildo,  había  elegido  su 
sepultura  al  lado  de  la  Epístola,  en  frente  de  las  sepulturas  de  sus 
antecesores  los  Illmos.  Sres.  Dn.  Fr.  Gonzalo  de  Angulo  y  Dr. 
Dn.  Juan  López  Agurto  de  la  Mata;  y  aunque  quiso  entregar  los 
20  pesos  que  correspondían  de  derechos,  el  Cabildo  no  los  admitió. 
(Libro  2,  fol.  123). 

Aquí  mismo,  con  el  acuerdo  del  Cabildo,  se  eligieron  tres  con- 
ciliarios a  saber:  por  su  Sría.  Illma.  al  señor  Deán  en  el  Cabildo, 
y  entre  el  clero  al  Ledo.  Gabriel  de  Mendoza,  y  el  Cabildo  nombró 
al  señor  arcediano.  (Libro  2,  fol.  123). 

Y  asimismo  se  dispuso  en  este  acto:  que  se  comenzase  a  acopiar 
material  para  el  nuevo  edificio  de  la  Iglesia.  (Libro  2,  fol.  124). 


112 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  17  de  mayo,  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  su  palacio,  se 
acordó:  que  la  erección  del  seminario  y  colegio  se  hiciese  en  Ínterin 
en  una  casa  que  era  de  la  Iglesia  y  estaba  junto  a  ella,  y  que  por 
lo  que  el  Cabildo  e  Iglesia  debía  contribuir  se  descontasen  cada 
año  150  pesos  de  alquiler,  el  que  o  se  aumentaría  o  se  disminuiría 
en  adelante:  y  que  el  mayordomo  de  fábrica  fuese  desde  luego  la- 
brando allí  lo  necesario  para  su  uso.  (Libro  2,  fol.  124  vto.). 

En  16  de  junio,  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  su  casa,  con 
motivo  del  terremoto  que  arruinó  toda  la  ciudad  el  día  1 1  de  este 
mes  a  las  ocho  y  tres  cuartos  de  la  mañana,  y  que  se  hallaban 
los  vecinos  y  en  particular  los  religiosos  y  religiosas,  clérigos  y 
otros  pobres  habitando  en  corrales  bajo  de  árboles  sin  casa  ni 
comida:  se  acordó  que  se  repartiesen  mil  y  doscientos  reales  de 
a  ocho,  y  que  pues  el  mayordomo  de  fábrica  había  muerto  entre 
las  ruinas,  y  no  se  le  podían  tomar  cuentas  se  pidieron  empres- 
tados al  comisario  de  la  Santa  Cruzada;  y  aunque  el  Cabildo 
dejó  la  distribución  a  arbitrio  de  su  Sría.  Illma.  aquí  mismo  se 
hizo,  señalándose  200  pesos  a  las  monjas  Concepciones;  100  al 
convento  de  San  Jacinto;  100  al  de  San  Francisco;  100  al  hos- 
pital; 250  entre  clérigos  necesitados,  y  el  resto  entre  los  demás 
pobres  que  con  esto  y  lo  que  su  Sría.  Illma.  estaba  distribuyendo 
por  su  parte  y  otros  vecinos  buenos,  se  comenzarían  a  remediar 
las  necesidades  presentes.  Y  además  de  estos  mil  y  doscientos 
se  tomó  prestado  todo  lo  demás  que  tenía  depositado  el  dicho 
comisario  de  cruzadas,  y  alcanzaba  totalmente  a  13.372  reales, 
y  que  éstos  se  entregasen  al  que  fuese  electo  mayordomo  que- 
dando obligadas  las  rentas  de  la  Iglesia  a  la  solución.  (Libro  2, 
fol.  125  vto.). 

En  22  del  mismo  mes  de  junio,  presente  su  Sría.  Illma.  y  en 
su  morada,  se  acordó  destechar  lo  que  había  quedado  en  pie 
de  la  Iglesia  para  aprovechar  los  materiales,  y  que  desde  luego 
se  hiciese  una  Iglesia  provisional  que  no  pudiese  impedir  la  cons- 
trucción del  nuevo  edificio.   (Libro  2,  fol.  127). 

Y  aquí  mismo  el  Cabildo  a  insinuación  del  señor  Deán  deter- 
minó ocurrir  a  la  mayor  brevedad  al  remedio  de  la  necesidad  en 
que  se  hallaba  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  habitando  con  su  familia 
en  un  corral  a  la  inclemencia,  sin  casa,  ni  rancho,  expuesta  su 
salud  y  perdiéndosele  los  muebles,  y  que  desde  luego  se  hiciese 
una  casa  de  madera.  Y  también  se  acordó  que  se  prosiguiese  la 
obra  del  monumento  y  sillería  del  coro.  (Libro  2,  fol.  127). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1642 


113 


En  21  del  mismo  el  Cabildo  insinuando  la  caridad  de  su  Sría. 
Illma.  con  los  pobres  en  lo  que  les  daba  de  sus  rentas,  aun  más 
de  lo  que  podía,  y  llevándolo  personalmente  le  rogó  que  aceptase 
la  distribución  acordada  de  los  sobredichos  mil  y  doscientos  reales 
de  a  ocho,  y  la  aceptó.  (Libro  2,  fol.  128). 

En  6  de  octubre,  se  aceptó  la  donación  que  hizo  su  Sría.  Illma. 
a  la  Iglesia  de  una  colgadura;  porque  habiéndola  emprestado  a  la 
Iglesia  para  su  adorno  en  la  Semana  Santa,  estimaba  no  deberla 
ya  usar,  y  más  cuando  por  los  justos  juicios  de  Dios  se  halla  sin 
casa,  y  la  destinó  para  adorno  de  la  Iglesia  en  las  principales 
fiestas,  dando  también  facultad  al  Cabildo  para  disponer  de  ella: 
y  se  dispuso  que  pasase  un  capitular  a  dar  las  gracias  a  su  Illma. 
y  que  se  entregase  la  colgadura  por  inventario  al  sacristán  mayor. 
(Libro  2,  fol.  128  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


Año  de  1642. 

En  15  de  septiembre  (no  hay  otro  anterior  en  este  año)  con- 
gregado su  Sría.  Illma.  con  su  Cabildo  por  la  tarde,  atenta  la 
novedad  de  haberse  embarcado  el  señor  Gobernador  Rui  Fernández 
de  Fuenmayor  en  el  puerto  de  La  Guaira,  llevándose  mucha  gente 
en  prosecución  de  la  facción  de  la  isla  de  Curazao,  o  a  Cumaná, 
o  como  otros  decían  a  la  isla  de  la  Tortuga;  haberse  venido  dos 
tropas  de  indios  que  había  dejado  en  La  Guaira  y  haber  quedado 
desamparado  aquel  puerto  con  sólo  los  enfermos  expuestos  a 
perecer:  y  habiendo  llamado  a  este  mismo  acto  a  los  dos  alcaldes 
ordinarios  y  procurador  general,  se  insinuó  a  éstos  la  urgentísima 
necesidad  en  que  estaban  de  ocurrir  a  poner  esta  ciudad  y  puertos 
marítimos  en  estado  de  defensa  así  de  enemigos  como  de  los  negros 
levantados,  y  cimarrones  de  esta  Provincia,  donde  habitaban 
tantos,  que  para  cada  persona  había  cuarenta  negros,  ofreciendo 
al  efecto  de  la  defensa  su  Sría.  Illma.  y  señores  capitulares  sus 
personas  y  las  de  todos  los  clérigos  aun  para  apostarse  en  cual- 
quiera punto:  los  dichos  alcaldes  se  prestaron  a  todo,  se  señaló 
el  edificio  que  estaba  en  pie  de  la  Iglesia  para  custodia  de  las 
armas  y  acogimiento  de  mujeres  y  niños  en  cualquiera  invasión: 
se  mandaron  dos  clérigos  a  La  Guaira  para  recoger  todos  los 

9  —  dcttu,  1. 


114 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


enfermos  que  allí  hubiese  y  los  que  estuviesen  en  el  camino;  y 
se  ofrecieron  sus  Sría.  Mima,  y  señores  capitulares,  aún  a  recibirlos 
y  acomodarlos  en  sus  casas.  (Libro  2,  fol.  129  vto.). 

En  este  año  no  hubo  otro  Cabildo:  era  grande  la  tribulación. 

Año  de  1643. 

No  hubo  Cabildo  alguno.  El  reparo  de  todo  lo  arruinado  se 
debía  llevar  toda  atención. 

Año  de  1644. 

En  4  de  julio,  con  asistencia  del  Illmo.  Sor.  Obispo  se  acordó: 
que  para  defensa  de  la  Iglesia,  de  la  dignidad  episcopal,  de  la 
jurisdicción  eclesiástica,  y  para  varias  protecciones  en  favor  de 
la  Catedral  y  de  sus  ministros  pasase  el  señor  Deán  Br.  Dn.  Bar- 
tolomé de  Escoto  a  las  Cortes  de  Madrid  y  de  Roma,  con  la  me- 
moria aquí  mismo  extendida  de  lo  que  había  de  pedir  en  ellas,  y 
lo  más  que  se  fuese  acordado.  (Libro  2,  fol.  133). 

En  8  del  mismo  habiéndose  vuelto  a  examinar  el  antecedente 
no  hubo  que  enmendar,  y  se  acordó  volverse  a  juntar  a  este  fin. 
(Libro  2,  fol.  140). 

En  12  del  dicho  mes,  se  reiteró  el  acuerdo  antecedente,  y  se 
dispuso  que  de  los  4.000  pesos  que  el  mayordomo  de  fábrica  había 
entregado  al  señor  Deán  tomase  éste  1.000  para  ayuda  de  costa, 
y  los  3.000  fuesen  destinados  para  gastos  de  las  pretensiones  y 
que  se  le  daría  servida  su  prebenda  por  un  sustituto,  dándose  a 
éste  200  pesos  de  las  rentas  de  fábrica.  Se  dice  que  el  mayordomo 
era  Dn.  Cristóbal  Gordo  de  Mendoza;  sobre  cuyo  nombramiento 
no  hay  acta.  (Libro  2,  fol.  140  vto.). 

En  24  de  septiembre,  fue  admitido  al  servicio  interino  del 
deanato  con  título  del  Illmo.  Sor.  Obispo  y  señalamiento  de  200 
pesos  de  las  rentas  de  fábrica  el  Ledo.  Dn.  Rodrigo  Cervellón 
y  Santa  Cruz  que  era  actualmente  provisor.  (Libro  2,  fol.  141  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1645. 

En  31  de  julio,  con  motivo  de  ausencia  del  presbítero  Andrés 
Alvarez  se  nombró  por  secretario  de  Cabildo  al  Ledo.  Sebastián 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS 


-  AÑO  1646 


115 


Moreno,  presbítero,  y  sigue  la  diligencia  de  su  aceptación  y  jura- 
mento. En  todos  los  Cabildos  anteriores  de  nombramientos  de 
secretario  autorizó  la  acta  el  mismo  nombrado:  mas  en  este  lo 
hizo  un  notario.  (Libro  2,  fol.  143). 
No  hay  más  Cabildo  en  este  año. 


Año  de  1646. 

En  6  de  abril,  asistiendo  su  Sría.  Illma.  se  declaró  la  equivo- 
cación padecida  en  el  reconocimiento  de  un  censo  de  1.500  pesos, 
pues  siendo  perteneciente  al  convento  de  Monjas  Concepciones, 
se  había  puesto  a  favor  de  la  Catedral,  a  causa  de  que  el  mayor- 
domo de  ésta,  lo  era  también  de  aquéllas.  (Libro  2,  fol.  145). 

En  24  de  mayo,  se  dispuso:  que  los  curas  ni  por  sí,  ni  por  otros 
pudiesen  cantar  misas  en  la  Catedral;  pues  mientras  no  tenían 
Sagrario  aparte,  sólo  tenían  administración  de  sacramentos,  en- 
tierros y  honras  y  que  para  cantarse  misas  por  algún  sacerdote 
pidiese  licencia  al  presidente  del  Cabildo:  todo  si  lo  aprobase 
así  el  señor  Obispo.  (Libro  2,  fol.  146). 

Aquí  mismo  se  acordó  que  las  posesiones  de  letanías  fuesen 
a  la  Iglesia  de  las  Concepciones,  al  hospital  de  San  Pablo  y  a  San 
Mauricio.  (Libro  2,  fol.  146). 

Nota:  este  Cabildo  y  los  siguientes  los  autorizó  Juan  Ro- 
dríguez Espejo  que  fue  secretario  antes  del  padre  Alvarez.  (Libro 
2,  fol.  146  vto.). 

En  13  de  agosto,  se  dió  por  libre  a  un  vecino  de  la  fianza  que 
otorgó  sobre  la  cuestión  de  una  silla  de  manos  perteneciente  al 
espolio  del  Illmo.  Sor.  Agurto  de  la  Mata.  (Libro  2,  fol.  147). 

En  15  de  diciembre  se  dispuso  que  una  casa  de  paja  y  sus 
solares  en  el  puerto  de  La  Guaira,  perteneciente  a  la  Catedral 
del  espolio  del  Illmo.  Sor.  Agurto  de  la  Mata,  se  reparase:  y  al 
efecto  se  dió  poder  al  padre  Francisco  del  Pino  para  ésto,  y  tam- 
bién para  cobrar  el  diezmo  de  cal,  teja  y  ladrillo.  (Libro  2, 
fol.  148). 

En  este  mismo  acto  se  acordó  que  unos  capitales  de  censos 
de  manuales  que  estaban  redimidos  en  Coro,  se  trajesen  a  Caracas 
para  su  nueva  imposición.  (Libro  2,  fol.  148). 


116 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1647. 

En  2  de  enero,  suponiéndose  que  estaba  adelantada  la  obra 
del  nuevo  edificio  de  la  Iglesia,  se  dispuso  que  se  pusiese  un  sobres- 
tante con  el  salario  de  dos  reales  diarios:  que  se  comprasen  tablas 
para  el  techo  de  la  capilla  mayor  y  de  las  colaterales;  que  se  hi- 
ciesen unos  ornamentos;  que  se  hiciese  de  nuevo  un  candelero 
grande  de  plata  que  estaba  descompuesto;  y  que  se  compusiesen 
dos  aposentos  de  habitaciones  de  esclavos;  y  se  hiciese  uno  nuevo 
para  guardar  el  monumento  y  éste  se  cubriese  con  un  paño 
de  cañamazo.  Y  se  encomendó  la  ejecución  de  todo  al  señor  arce- 
diano, a  cuyo  cargo  estaba  la  mayordomía  de  fábrica,  mientras 
se  nombraba  mayordomo.  (Libro  3,  fol.  2). 

En  3  de  septiembre,  se  dispuso:  que  se  hiciese  la  sacristía 
Norte  Sur  con  la  capilla  mayor  con  dos  corredores  para  salir  a 
la  Iglesia  y  cuatro  alacenas,  las  dos  para  custodiar  la  plata,  y 
las  otras  dos  destinadas  la  una  para  archivo  del  obispado  y  la 
otra  para  archivo  de  la  Iglesia:  que  se  vendiese  un  esclavo  que 
estaba  ausente:  que  se  hiciesen  cuatro  sotanas  negras  para  los 
monacillos  porque  no  asistiesen  con  las  coloradas  a  las  honras  del 
príncipe:  y  que  se  hiciese  un  libro  para  copiar  las  cuentas  de  los 
mayordomos  de  fábrica.  (Libro  3,  fol.  3). 

Aquí  mismo  se  mandó  hacer  nuevo  inventario  de  los  orna- 
mentos y  alhajas  y  que  estuviesen  en  un  libro  que  se  guardase 
en  el  archivo  capitular:  que  se  dividiesen  los  cajones  de  la  sa- 
cristía para  su  mejor  manejo:  y  que  se  hiciesen  cuatro  sobrepellices 
para  cargar  las  varas  del  palio.  (Libro  3,  fol.  3  vto.). 

En  este  propio  acto  se  mandó  que  se  pusiese  en  este  libro  un 
tanto  de  la  facultad  que  tenía  el  Cabildo  para  proceder  con  cen- 
suras en  la  administración  y  cobranza  de  los  diezmos:  y  que  tam- 
bién se  copiase  una  representación  del  apuntador  de  Coro,  Lo- 
renzo Izquiel  y  su  decreto  sobre  que  se  le  pagasen  75  pesos  de  año 
y  medio  de  su  salario.  No  se  pusieron  estas  copias.  (Libro  3, 
fol.  3  vto.). 

En  31  de  diciembre,  se  mandaron  dar  al  Ledo.  Alvarez,  sa- 
cristán mayor  y  secretario  de  Cabildo,  que  iba  a  España  a  negocios 
del  señor  Obispo  y  de  la  Iglesia  400  pesos  de  la  renta  tocante  al 
abogado  de  la  Iglesia  y  Deán  interino  Dn.  Rodrigo  Cervellón: 
y  que  se  le  pagase  su  salario  de  secretario  y  otras  cosas.  (Libro  3, 
fol.  4). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1648 


117 


Aquí  mismo  se  mandó  que  se  pagasen  los  ministros,  descon- 
tadas las  fallas;  y  que  a  tres  capellanes  de  coro  que  salían  de  curas 
capellanes  para  la  costa  se  les  diese  de  gratificación;  pues  habían 
servido  bien,  cien  reales  a  cada  uno,  y  se  reservó  para  cuando  vol- 
viese el  señor  Obispo  de  La  Guaira  el  aguinaldo  que  se  acostum- 
braba dar  a  otros  ministros.  (Libro  3,  fol.  4  vto.). 

Año  de  1648. 

En  7  de  junio  (es  el  primero  de  este  año)  presente  su  Sría. 
Illma.  se  dispuso:  que  por  los  inconvenientes  que  tenía  la  fiesta 
de  la  dedicación  de  Iglesia  en  el  20  de  junio,  ocurriendo  entonces 
las  octavas  de  Corpus  y  de  San  Juan  se  trasladase  al  30  de  agosto. 
Autorizó  este  Cabildo  y  el  siguiente  Sebastián  Moreno,  secretario, 
cuyo  nombramiento  no  consta.  (Libro  3,  fol.  5). 

En  13  de  octubre,  haciéndose  mención  de  una  capellanía  que 
dió  el  señor  Obispo  al  Cabildo  fundada  de  los  bienes  del  padre 
Juan  de  Mansilla  con  carga  de  misas  de  ocho  reales  cada  una 
(no  dice  el  capital)  y  que  a  esta  capellanía  pertenecía  un  ramo  de 
150  pesos,  reconocido  por  el  hospital;  determinó  el  Cabildo  ce- 
lebrar todas  las  misas  que  se  debían  haciendo  gracia  al  hospital 
de  los  réditos;  pero  que  se  tratase  o  de  redimir  o  de  pagarlos  en 
adelante.  (Libro  3,  fol.  6). 

Aquí  mismo  se  mandó  reformar  el  libro  cuadrante  del  apun- 
tador señalándose  las  ausencias  de  cada  hora  y  misa  con  una  raya 
y  con  dos  la  prima,  ínterin  se  establecía  contaduría  o  receptoría 
y  se  asignaba  lo  que  correspondía  a  cada  hora.  (Libro  3,  fol.  6  vto.). 

Año  de  1649. 
Año  de  1650. 
Año  de  1651. 

En  estos  tres  años  no  hubo  Cabildo  alguno  y  no  se  puede 
inferir  que  se  hubiesen  perdido  algunas  hojas  del  libro,  pues  siguen 
bien  sus  folios,  y  éstos  son  también  antiguos.  Se  colige  que  toda 
la  atención  estaba  puesta  en  el  nuevo  edificio  de  la  Iglesia. 


118 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1652. 

En  27  de  marzo,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  y  en  su  casa 
a  instancia  de  Dn.  iManuel  Felipe  de  Tovar,  caballero  de  la  Orden 
de  Santiago,  sobrino  de  su  Sría.  Illma.,  se  le  concedió  a  él  y  a 
su  legítima  mujer  la  señora  doña  Juana  Pacheco  Maldonado  y 
a  sus  descendientes  legítimos  el  patronato  con  asientos  y  sepul- 
tura de  la  capilla  colateral  del  lado  izquierdo  del  altar  mayor, 
dedicada  a  Nuestra  Señora  (no  se  expresa  el  título)  con  calidad  de 
dar  200  pesos  a  la  fábrica,  y  de  que  no  se  embarazase  poner  allí 
el  monumento  para  lo  cual  puso  presente  el  pretendiente  los 
servicios  que  en  doce  años  había  hecho  a  la  Iglesia  el  mismo  señor 
Obispo.  Y  autorizó  este  Cabildo  el  Br.  Diego  Sevillano  de  Estrada 
que  parece  era  secretario  de  su  Sría.  Illma.  (Libro  3,  fol.  7). 

Aquí  mismo  se  traspasó  un  solar  de  la  Iglesia  al  señor  Deán. 
(Libro  3,  fol.  8). 

En  3  de  mayo,  fue  nombrado  por  secretario  de  Cabildo,  Juan 
Caldera  Quiñones,  clérigo  de  menores  órdenes  con  el  salario  se- 
ñalado, derechos  y  emolumentos  correspondientes,  y  en  el  mismo 
día  hizo  el  juramento  de  fidelidad  y  secreto.  (Libro  3,  fol.  8  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1653. 

En  28  de  julio,  en  atención  a  que  de  los  esclavos  de  Coro  nada 
se  podía  conseguir  en  cuanto  a  cogerlos  y  que  el  cura  de  Coro 
ofreció  200  pesos  por  uno,  se  le  concedió  en  este  precio,  y  que  lo 
exhibiese  cuando  cogiese  al  allí  nominado.  (Libro  3,  fol.  9). 

En  9  de  octubre,  convocado  el  Cabildo  a  insinuación  del  señor 
Gobernador,  se  presentó  éste  con  los  alcaldes  ordinarios,  el  depo- 
sitario general,  el  procurador  general  y  un  escribano,  y  entregó 
al  señor  Deán  un  pliego  cerrado,  que  dijo  ser  Cédula  Real,  y  hecha 
esta  diligencia  y  despedido  aquellos  señores,  volvieron  los  capi- 
tulares a  la  sala  y  en  ella  abrieron  el  pliego,  el  cual  contenía  una 
Real  Cédula,  que  se  mandó  copiar  y  que  después  volvería  el  Ca- 
bildo a  tratar  de  su  asunto.  (Libro  3,  fol.  10). 

Sigue  copia  de  la  Real  Cédula,  en  la  cual,  que  fue  expedida 
a  29  de  mayo  de  este  año,  se  participa  al  Cabildo  que  a  presentación 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1653 


119 


de  Su  Majestad  estaban  expedidas  bulas,  por  la  silla  apostólica 
al  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Mauro  de  Tovar  de  su  traslación  al  obispado 
de  la  ciudad  de  Chiapa,  y  se  le  manda  al  Cabildo  que  desde  el 
día  del  jiat  de  Su  Santidad  (que  no  se  expresa)  no  le  acuda  al  dicho 
señor  Obispo  con  las  rentas  episcopales.  (Libro  3,  fol.  11). 

En  10  del  mismo,  el  Cabildo  acordó:  que  aunque  obedecía 
la  sobredicha  Real  Cédula  se  hallaba  impedido  de  cumplirla,  a 
causa  de  que  rematados  los  diezmos,  cada  participe  cobraba  por 
sí  su  parte,  y  que  así  lo  hacía  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  el  cual  había 
más  de  un  año  que  estaba  ausente  en  la  visita  a  más  de  que  sería 
cosa  extraña  que  el  Cabildo  se  metiese  a  recoger  la  cuarta  episcopal, 
pues  esto  tocaba  en  el  presente  caso  a  los  oficiales  reales:  y  se 
dispuso  que  así  se  participase  al  Rey.  (Libro  3,  fol.  12). 

Sigue  copia  del  informe  que  hace  el  Cabildo  a  Su  Majestad 
sobre  este  asunto,  donde  añade  que  no  tiene  noticia  del  jiat  porque 
no  ha  visto  las  bulas.  (Libro  3,  fol.  13). 

En  18  del  dicho  mes  de  octubre,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo 
manifestó  su  Sría.  Illma.  al  Cabildo  su  traslación  y  entregó  la 
jurisdicción  al  Cabildo  con  expresiones  honoríficas:  y  habiendo 
correspondido  el  Cabildo  y  aceptado  la  jurisdicción  rogó  a  su 
Sría.  Illma.  la  ejerciese  en  cuanto  el  Cabildo  podía  conferírsela 
mientras  permanecía  aquí.   (Libro  3,  fol.  14). 

En  22  del  mismo,  se  eligió  por  provisor  y  vicario  general  del 
obispado  al  Dr.  Marcos  de  Sobremonte  cura  de  la  Santa  Iglesia 
Catedral  dejando  el  Cabildo  reservado  en  sí  la  jurisdicción  volun- 
taria. Y  en  el  mismo  acto,  mediante  llamamiento,  compareció, 
aceptó  y  juró  de  fidelidad  e  hizo  la  profesión  de  la  fe.  (Libro  3, 
fol.  16). 

En  30  del  mismo  con  atención  a  que  ya  habían  pasado  once 
meses  de  cumplido  el  término  de  su  prelacia  la  Abadesa  del  Con 
vento  de  Monjas,  doña  María  Villela,  el  Cabildo  nombró  por 
presidente  del  mismo  convento  a  doña  Isabel  Arráez  de  Mendoza, 
y  se  hizo  la  intimación  por  el  señor  arcediano  con  el  secretario  de 
Cabildo.  (Libro  3,  fol.  17). 

En  31  del  propio  mes  de  octubre,  se  hizo  nuevo  nombramiento 
de  notario  eclesiástico  de  todo  el  obispado,  de  promotor  fiscal, 
y  de  alguacil  en  los  mismos  que  los  habían  obtenido  en  el  gobierno 
del  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  3,  fol.  18). 

En  7  de  noviembre,  se  hizo  nuevo  nombramiento  de  vicarios 
foráneos  de  Nirgua,  de  Barquisimeto,  de  Carora,  de  Trujillo,  de 


120 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Maracaibo,  de  Coro,  de  San  Sebastián,  conforme  a  los  títulos 
que  les  despachó  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  y  se  especifican  aquí  las 
causas  de  que  no  podían  conocer;  y  se  le  hizo  encargo  acerca  de 
la  residencia  de  los  curas.  (Libro  3,  fol.  19). 

Año  de  1654. 

En  8  de  enero,  se  mandaron  despachar  dos  títulos  de  colaciones 
de  capellanías:  se  acordó  que  se  pudiesen  pagar  más  de  20  pesos 
por  la  traida  de  una  campana  comprada  en  La  Guaira,  porque 
los  indios  de  Maiquetía  se  denegaron  a  traerla  por  sólo  20  pesos. 
Se  trató  también  de  la  fundición  de  tres  campanas  quebradas, 
y  de  la  venta  de  un  excusado  que  había  tomado  la  Iglesia  para 
recoger  sus  productos.  (Libro  3,  fol.  20). 

En  7  de  mayo,  se  dispuso  que  se  previniese  al  cura  de  La  Guaira 
por  el  temor  que  había  de  invasión  de  enemigos  con  pujanza,  que 
siempre  que  apareciesen  más  de  tres  velas,  consumiese  el  Santí- 
simo Sacramento  y  pasase  a  lugar  seguro  las  imágenes  y  orna- 
mentos, y  que  sólo  dejase  uno  para  celebrar.  (Libro  3,  fol.  21  vto.). 

En  26  de  junio,  el  señor  arcediano,  que  servía  de  mayordorro 
de  fábrica  hizo  presentes  los  perjuicios  que  se  le  seguían  en  la  baja 
que  por  la  publicación  que  se  había  hecho  de  la  pragmática  sobre 
moneda;  pues  la  que  corría  que  era  del  Perú  y  Mancerina  indis- 
tintamente se  mandaba  abonar  a  cinco  reales  el  peso,  habiendo 
sido  su  valor  el  de  ocho;  y  se  dieron  reglas  al  mismo  señor  arce- 
diano para  que  no  fuese  perjudicado  ni  él  ni  los  ministros.  (Libro  3, 
fol.  22). 

En  6  de  julio,  se  volvieron  a  dar  reglas  en  cuanto  a  la  paga 
de  excusados  del  presente  año  y  también  para  la  paga  de  ministros 
a  fin  de  que  aunque  algunos  cobros  se  hacían  a  razón  de  cinco 
reales  el  peso  de  la  moneda  perulera  y  mancerina,  se  estimase 
como  de  ocho  en  los  pagamentos  de  ministros  y  también  de  los 
excusados  de  tierra  adentro.  (Libro  3,  fol.  22  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1655. 

En  Io  de  enero,  habiéndose  insinuado  que  por  enfermedad  y 
ausencia  de  algunos  prebendados  se  había  omitido  algunos  años 
la  elección  de  adjuntos,  que  conforme  a  derecho  se  debían  elegir 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1656 


121 


anualmente  para  las  causas  que  se  ofreciesen  entre  el  señor  Obispo 
y  capitulares:  y  que  asimismo  se  debían  elegir  dos  o  más  preben- 
dados para  las  causas  que  se  ofreciesen  de  jueces  conservadores: 
fueron  nombrados  para  adjuntos  los  señores  arcediano  y  Chantre, 
y  para  conservadores  el  señor  Deán  y  el  mismo  señor  arcediano. 
(Libro  3,  fol.  24). 

En  23  de  agosto  se  acordó:  que  los  manuales  fundados  en 
Coro  que  el  Cabildo  estaba  cumpliendo  aquí,  se  les  cediesen  como 
se  cedieron  a  los  curas  de  la  Iglesia  parroquial  de  Coro,  para  que 
allí  se  cumpliesen  por  ellos;  y  que  con  los  atrasados  que  correspon- 
dían al  Cabildo  se  reemplazase  el  dinero  que  se  trajo  de  unas 
redenciones.  (Libro  3,  fol.  25). 

En  este  propio  acto  se  acordó  que  pues  los  esclavos  de  la  Ca- 
tedral, residentes  en  Coro  permanecían  en  su  inobediencia  exco- 
mulgados y  que  los  vecinos  de  allí  no  habían  querido  comprarlos, 
se  diese  como  se  dió  facultad  a  los  curas  de  aquella  ciudad  para 
que  los  absolviesen  y  que  el  mayordomo  de  su  Iglesia  los  aplicase 
a  trabajar  en  ella,  sin  perjuicio  de  la  posesión  en  que  estaba  la 
Catedral  de  los  dichos  esclavos.  (Libro  3,  fol.  25  vto.). 

Aquí  mismo  se  acordó  también:  que  escribiese  por  duplicado 
y  por  las  vías  de  Cartagena,  Panamá,  Nicaragua  y  Maracaibo 
al  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Alonzo  Briceño,  que  estaba  electo  Obispo 
de  esta  diócesis  suplicándole  abreviase  su  venida.  (Libro  3,  fol. 
25  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


Año  de  1656. 

En  Io  de  enero  se  hizo  el  nombramiento  de  adjuntos  y  sólo 
recayó  en  el  señor  Deán  que  no  asistió  a  este  Cabildo  por  haber 
sólo  dos  sufragantes.  (Libro  3,  fol.  27). 

En  28  de  abril  se  dispuso  que  se  prosiguiesen  las  diligencias 
de  remate  de  la  casa  que  fue  del  señor  Deán  Dn.  Bartolomé  Escoto 
que  había  muerto,  a  fin  de  destinarlas  para  habitación  del  señor 
Obispo.  (Libro  3,  fol.  27). 

En  2  de  mayo  con  atención  a  que  la  capellanía  de  misas  can- 
tadas para  los  más  domingos  del  año,  tenía  muchos  inconvenientes 
en  la  práctica,  por  los  cuales  debía  reducirse  ya  a  misas  rezadas 
de  a  ocho  reales  cada  una,  como  lo  había  prevenido  el  fundador; 


122 


se  dispuso  que  así  continuase  de  este  año  en  adelante,  fue  el  fun- 
dador el  señor  Deán  Dn.  Bartolomé  Escoto.  (Libro  3,  fol.  27  vto.). 

La  fundación  de  esta  capellanía,  fue  hecha  por  el  sobredicho 
señor  Deán  en  esta  ciudad  de  Caracas  a  18  de  junio  de  1644  en  el 
capital  de  4.000  pesos;  y  aunque  en  ella  se  dispone  la  celebración 
de  una  misa  cantada  en  cada  domingo  (exceptuados  algunos), 
expuesto  el  Santísimo  Sacramento  y  otras  dos  misas  cantadas, 
la  una  el  día  de  Santo  Tomás  de  Aquino,  en  memoria  de  la  erec- 
ción de  Catedral  en  esta  ciudad,  y  la  otra  en  la  octava  de  Di- 
funtos, como  al  fin  prevenido  que  no  habiendo  en  algún  tiempo 
lugar  la  exposición  del  Santísimo  Sacramento,  se  dijesen  los  200 
pesos  de  misas  rezadas  a  peso  cada  una;  quedó  por  último  así 
del  presente  año  en  adelante  y  han  de  aplicarse  estas  misas  por 
la  Alma  del  fundador  y  las  de  sus  padres  y  hermanos.  Es  patrono 
el  Cabildo,  y  por  el  mismo  han  de  celebrarse  las  misas.  (Libro  3, 
fol.  33). 

En  28  de  septiembre,  con  atención  a  que  esta  Catedral  debe 
arreglarse  según  su  erección  a  la  de  Sevilla,  se  acordó:  que  se  re- 
zase de  los  Santos  de  aquella  diócesis,  pues  había  cuadernos  en 
ésta.  (Libro  3,  fol.  29). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


Año  de  1657. 

En  Io  de  enero,  se  procedió  al  nombramiento  de  adjuntos, 
y  no  resultó  elección,  pues  sólo  habían  dos  capitulares,  y  éstos 
votaron  entre  sí  reciprocamente,  protestando  elegir  otro  cuando 
hubiese  más  prebendados.  (Libro  3,  fol.  30). 

En  9  de  abril,  fue  nombrado  el  padre  Miguel  Jiménez  de  Aguila 
por  músico  cantor,  como  lo  había  estado  antes  un  secular  con  100 
pesos  de  renta  anual.  Aquí  se  dice  que  había  seis  capellanes  de  coro 
y  un  bajoncista  con  100  pesos  anuales:  y  en  este  mismo  acto  se 
nombró  un  monacillo  por  la  salida  de  otro.  (Libro  3,  fol.  31). 

En  16  de  junio,  reclamó  el  señor  arcediano  con  fuertes  razones 
no  poder  continuar  en  la  mayordomía  de  fábrica  que  únicamente 
aceptó  en  depósito,  obligado  de  las  instancias  del  señor  Obispo 
y  lastimado  de  ver  a  su  Sría.  Illma.  tan  afligido  con  tantos  pleitos 
que  se  le  habían  ofrecido  y  que  al  fin  se  había  ido  dejándolo  con 
la  misma  carga  y  que  también  tenía  en  su  poder  el  capital  de 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1658  123 


2.400  pesos  pertenecientes  a  la  fábrica,  redimido  por  la  Marquesa 
doña  María  de  la  Aguila,  y  asimismo  4.000  que  también  había 
redimido  el  capitán  Bernabé  de  Silva,  y  aún  estaba  Dn.  Fran- 
cisco Solórzano  para  redimir  1.500,  ambos  de  la  misma  fábrica 
y  que  no  hallaba  personas  en  quien  hacer  las  nuevas  imposiciones: 
y  el  otro  señor  capitular  asistente  que  lo  era  el  señor  Chantre,  le 
dijo  que  tuviese  paciencia  hasta  que  viniese  el  señor  Obispo, 
sirviendo  como  buenamente  pudiese,  y  que  continuase  solicitando 
persona  para  la  nueva  imposición  de  los  dichos  censos.  (Libro  3, 
fol.  32). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  165$. 

En  Io  de  enero,  se  hizo  el  nombramiento  de  adjuntos  en  la 
misma  forma  que  en  el  año  anterior.  (Libro  3,  fo..  35). 

En  7  de  marzo,  se  nombró  por  abogado  defensor  de  la  Iglesia 
al  Ledo.  Dn.  Domingo  de  Guzmán  con  100  pesos  de  salario  anual: 
y  por  procurador  a  Pedro  de  la  Rosa  que  lo  era  del  número  de  la 
ciudad  con  30  pesos  anuales.  (Libro  3,  fol.  35  vto.). 

En  este  propio  acto,  se  acordó  comprar  una  esclava  hija  de 
uno  de  los  esclavos  de  la  Iglesia  que  hacía  buen  servicio,  desti- 
nándola para  lavar,  remendar,  barrer  y  fregar  la  plata.  (Libro  3, 
fol.  35  vto.). 

En  21  de  abril,  con  atención  a  lo  que  habían  trabajado  los 
ministros  en  el  canto,  se  mandó  gratificar  de  cuenta  de  la  fábrica 
a  dos  capellanes,  con  100  reales  cada  uno,  ocho  a  cada  monacillo 
y  ocho  al  pertiguero  para  zapatos.  (Libro  3,  fol.  36). 

Aquí  mismo  se  sostuvo  la  gracia  hecha  por  el  señor  Obispo 
a  los  cofrades  de  San  Juan  de  la  Iglesia  de  San  Mauricio  con  la 
limosna  de  cuatro  reales  cada  uno.  (Libro  3,  fol.  36). 

En  14  de  agosto,  se  acordó:  que  la  esclava  de  la  Iglesia  no 
saliese  a  ganar  jornal,  que  se  corrtprase  un  barril  de  incienso  que 
había  llegado  a  La  Guaira,  que  se  comprase  un  ornamento  negro 
completo,  y  que  al  secretario  de  Cabildo  se  le  aumentasen  10  pesos 
a  los  30  que  gozaba  cada  año.  (Libro  3,  fol.  36  vto.). 

En  el  mismo  día,  habiendo  presentado  el  señor  arcediano  Dr. 
Dn.  Bartolomé  de  Navas  Becerra,  la  real  Cédula  de  su  presen- 
tación al  deanato,  expedida  en  Balsaín  a  18  de  octubre  de  1656, 


124 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


el  otro  señor  capitular  único  existente  mandó  despacharle  título 
y  canónica  institución;  y  el  día  16  del  dicho  mes  de  agosto  le  dió 
la  posesión  cuyas  ceremonias  no  se  expresan.  (Libro  3,  fol.  38). 

En  los  mismos  días  se  dió  la  colación  y  posesión  del  arcedianato 
al  señor  Chantre  Ledo.  Dn.  Domingo  de  Ibarra,  mediante  la  real 
presentación  expedida  en  Balsaín  a  18  de  octubre  de  1656.  (Li- 
bro 3,  fol.  40). 

Nota:  ambos  señores  hicieron  la  profesión  de  la  fe  en  15  de 
octubre  de  este  año.  (Libro  3,  fol.  44). 

En  10  de  octubre  se  nombró  por  organista  a  Joseph  de  León 
por  muerte  de  Blas  de  León,  con  el  salario  anual  de  100  pesos: 
y  asimismo  se  aumentaron  40  pesos  al  padre  Miguel  Avila,  músico 
cantor  sobre  los  100  pesos  que  tenía  señalados.  (Libro  3,  fol.  42). 

En  15  del  mismo  se  compulsó  en  este  libro  un  testimonio  del 
voto  hecho  por  el  Cabildo  por  sí  y  por  sus  sucesores  y  en  nombre 
del  clero  de  esta  ciudad  y  de  toda  la  diócesis,  de  profesar  y  de- 
fender: que  la  Santísima  Virgen  iMaría  Madre  de  Dios,  por  los 
méritos  de  Cristo  su  hijo  Nuestro  Señor  previsto  desde  la  eter- 
nidad, desde  el  primer  instante  de  su  Concepción  y  del  punto  mismo 
en  que  se  le  infundió  su  Alma  benditísima  fue  preservada  y  libre 
del  pecado  original:  que  cada  uno  guardaría  personalmente  el 
día  octavo  de  diciembre  y  que  no  comería  carne  el  día  de  su  vi- 
gilia. Se  hizo  este  voto  el  día  25  de  agosto  anterior,  postrados 
ante  el  Santísimo  Sacramento,  con  estas  expresiones:  «Hacemos 
voto  solemne  a  Dios  Nuestro  Señor  todo  poderoso  y  a  la  misma 
Virgen  gloriosísima  María  su  Madre  y  a  la  Bienaventurada  Santa 
Ana,  titular  de  nuestra  Iglesia,  por  los  Santos  cuatro  Evangelios 
que  se  contienen  escritos  en  este  libro,  y  tocaremos  realmente 
con  nuestras  manos».  Y  fue  hecho  con  causa  de  la  enfermedad 
general  y  muertes  continuas  que  había  en  esta  ciudad.  (Libro  3, 
fol.  42  vto.). 

En  el  mismo  día  15  de  octubre,  habiéndose  recibido  dos  reales 
cédulas,  la  una  de  29  de  mayo  de  54,  en  que  se  manda  se  enco- 
miende a  Dios  la  defensa  de  esta  monarquía;  y  la  otra  de  25  de 
diciembre  de  57  en  que  se  avisa  el  nacimiento  del  Príncipe  para  la 
acción  de  gracias;  se  acordó  que  en  el  domingo  próximo  se  can- 
tase una  misa  solemne  con  sermón,  y  que  en  lugar  de  lo  que  se 
había  de  gastar  en  cohetes  y  luminarias,  se  sacasen  de  la  fábrica 
800  reales  de  plata,  y  que  el  señor  Deán  con  el  secretario  fuese 
por  el  pueblo  repartiéndolos  a  pobres  vergonzantes,  encargando 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1659 


125 


a  éstos  rogasen  a  Dios  por  la  salud  del  Rey,  etc.:  y  se  man- 
daron remitir  testimonios  de  ambas  cédulas  a  las  parroquiales 
de  toda  la  diócesis.  (Libro  3,  fol.  45). 

En  15  de  noviembre,  dió  cuenta  el  señor  Deán  que  en  la  limosna 
antecedente  fue  menester  dar  doce  pesos  de  los  ciento,  y  se  aprobó. 
Y  aquí  mismo  se  mandaron  hacer  dos  frontales  verdes  para  los 
altares  colaterales,  y  dos  casullas  para  el  cajón  de  capellanes. 
(Libro  3,  fol.  45  vto.). 

En  10  de  diciembre,  se  dijo:  que  para  evitar  el  que  cuando 
había  fiesta  solemne,  era  necesario  valerse  de  los  padres  de  San 
Francisco,  se  nombrase  y  en  efecto  se  nombró  a  Joseph  Fernández 
Montesdeoca  que  tenía  voz  de  tiple  y  tenor  para  todo  lo  cantado, 
con  salario  de  100  pesos  anuales,  y  que  de  pronto  se  le  diesen  50 
para  adorno  de  su  persona.  (Libro  3,  fol.  46). 

En  este  mismo  acto,  instado  el  señor  Deán  por  no  poder  ya 
servir  la  mayordomía  de  fábrica,  y  propuesto  para  ella  al  alférez 
Pedro  Paredes,  se  acordó:  que  se  tratase  el  asunto  con  éste.  Y 
aquí  mismo  se  nombró  por  procurador  de  la  Iglesia  a  Juan  Suárez 
que  lo  era  de  número:  y  se  mandaron  hacer  cuatro  casullas  de 
damasco  y  cuatro  albas  para  el  cajón  de  capellanes.  (Libro  3, 
fol.  46).  " 

Año  de  1659. 

En  15  de  febrero,  se  acordó:  que  sin  embargo  del  recurso  pen- 
diente sobre  que  los  mayordomos  de  fábrica  no  fuesen  colados  por 
el  real  patronazgo  se  fijasen  edictos  convocatorios  para  la  pro- 
visión actual  a  presentación  del  señor  Gobernador  y  Capitán 
general.  (Libro  3,  fol.  46  vto.). 

En  7  del  mismo  (así  está)  y  debe  ser  de  marzo,  verificada  la 
oposición  de  la  mayordomía  de  fábrica  por  el  alférez  Pedro  Pa- 
redes, su  presentación  por  el  señor  Gobernador,  y  la  dación  de 
fianzas;  se  le  nombró  por  tal  mayordomo,  y  se  mandó  al  señor 
Deán  que  había  sido  interino  le  hiciese  la  entrega:  y  que  el  nuevo 
mayordomo  no  pudiese  pagar  a  los  ministros,  ni  hacer  compra  de 
ornamentos  que  pasasen  de  50  pesos  sin  libranza  del  Cabildo, 
pero  que  pudiese  comprar  cera,  vino,  aceite  e  incienso,  y  materiales 
para  la  obra  que  se  supone  del  edificio  de  la  Iglesia.  (Libro  3, 
fol.  47). 


126 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  5  de  abril,  habiéndose  presentado  el  Dr.  Dn.  Alonzo  de 
Ulloa  y  Fuentes,  canónigo  de  Santo  Domingo  con  la  real  provisión 
de  18  de  octubre  de  1656,  en  que  se  le  presenta  a  la  tesorería  de 
esta  Catedral  de  Caracas,  vacante  por  promoción  de  Cristóbal 
Baptista  López  a  la  dignidad  de  Chantre,  el  Cabildo  sin  embargo, 
de  haberse  pasado  el  término  asignado  para  presentarse  en  él, 
vista  una  justificación  que  también  presentó  de  las  causas  de  su 
dilación  desde  que  se  embarcó  en  Cádiz,  y  los  arribos  que  hizo  a 
Cartagena  y  Coro,  de  donde  vino  por  tierra  a  Caracas,  consi- 
derando que  por  tan  legítimas  causas  nunca  lo  despojaría  el  Rey 
de  la  prebenda,  en  el  mismo  día  le  dió  la  canónica  institución  por 
letras  expedidas  en  latín  y  seguidamente  le  dió  la  posesión  en 
la  sala  capitular,  y  en  el  coro  donde  derramó  monedas.  (Libro  3, 
fol.  48). 

En  17  del  mismo  hizo  la  profesión  de  la  fe  el  sobredicho  señor 
Tesorero.  (Libro  3,  fol.  53). 

En  este  mismo  día  se  dispuso:  que  el  padre  Miguel  de  Avila 
volviese  a  gozar  los  150  pesos  que  se  le  daban  de  salario  por  cantor 
músico;  los  cuales  se  le  habían  suspendido,  con  motivo  de  haber 
estado  de  tesorero  interino.  (Libro  3,  fol.  53). 

En  el  propio  día  se  nombró  por  abogado  defensor  de  la  Iglesia 
al  sobredicho  señor  Tesorero,  con  el  salario  anual  de  200  pesos. 
(Libro  3,  fol.  53  vto.). 

En  8  de  mayo,  se  dispuso  la  compra  y  remisión  a  Sevilla  de 
cuenta  de  la  Iglesia  de  500  cueros,  para  traerse  cuarenta  arrobas 
de  cera  labrada,  y  alguna  tela  de  lana  o  damasco  blanco  para 
ornamentos.  (Libro  3,  fol.  54). 

En  el  mismo  acto :  que  se  entregase  al  señor  Tesorero  los  libros, 
plata  y  ornamentos  de  la  Iglesia.  (Libro  3,  fol.  54). 

Aquí  mismo  se  declaró  que  la  misa  de  cuerpo  presente  de  los 
entierros  de  Deán  y  Cabildo  la  cante  el  señor  prebendado  a  quien 
tocare  y  no  los  curas,  aunque  se  cante  en  diferente  día.  Que  la 
ofrenda  del  día  de  la  conmemoración  de  Difuntos  tocaba  al  Ca- 
bildo: y  también  las  misas  cantadas  que  entre  año  se  encomen- 
daban excepto  las  que  decían  las  cofradías  por  los  cofrados  di- 
funtos; menos  las  de  la  cofradía  del  Santo  Sepulcro  que  las  había 
de  decir  el  prebendado  que  salía  de  semana.  (Libro  3,  fol.  54). 

En  20  del  mismo  fue  nombrado  por  visitador  del  obispado  el 
señor  Tesorero  Dr.  Dn.  Alonzo  de  Ulloa  y  Fuentes.  (Libro  3, 
fol.  54  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1659 


127 


En  Io  de  julio  se  dispuso:  que  para  evitar  la  incomodidad  de 
sacarse  el  Santísimo  Viático  del  altar  mayor,  se  pusiese  otro  Sa- 
grario para  los  curas  en  la  capilla  de  doña  Elvira  de  Montes:  que 
se  compre  un  Sagrario  que  había  en  La  Guaira:  que  el  mayordomo 
de  fábrica  proveyese  de  aceite  la  lámpara:  y  que  el  señor  Tesorero 
quedase  encargado  de  la  ejecución.  (Libro  3,  fol.  55). 

En  30  del  mismo,  el  señor  Deán,  hizo  una  larga  narración 
de  lo  ocurrido  acerca  de  los  espolios  de  los  Illmos.  Sres.  Dn.  Fr. 
Gonzalo  de  Angulo  y  Dr.  Dn.  Juan  López  Agurto  de  la  Mata, 
y  del  robo  que  del  espolio  primero  se  hizo  abriéndose  una  arca 
de  tres  llaves  que  estaba  en  poder  del  mayordomo  que  murió 
en  el  terremoto  del  año  de  1641  y  de  las  diligencias  que  se  habían 
hecho  para  la  rendición  de  cuentas  de  éste  y  reincorporación  de 
lo  robado;  y  se  acordó  que  el  actual  mayordomo  Pedro  Paredes 
solicitase  testimonio  de  las  entregas  hechas  por  los  oficiales  reales 
de  los  dichos  espolios:  las  llaves  de  la  dicha  arca,  se  dice,  que 
la  una  la  tenía  el  señor  Obispo,  otra  el  señor  Deán,  y  otra  el  señor 
Chantre,  y  que  ésta  pasó  al  mayordomo.  (Libro  3,  fol.  55  vto.). 

En  4  de  septiembre,  habiéndose  tenido  noticia  de  la  extrema 
necesidad  en  que  se  hallaba  la  Iglesia  parroquial  de  Coro  con 
motivo  de  que  cuatro  meses  antes  entró  el  inglés  a  aquella  ciudad 
y  la  saqueó,  robó  y  quemó  y  en  particular  la  dicha  Iglesia;  se 
acordó  que  un  Sagrario  que  estaba  concertado  en  la  Iglesia  traido 
de  Nueva  España  se  remitiese  a  Coro  a  costa  de  la  Catedral, 
para  que  pudiesen  colocar  el  Santísimo  Sacramento  y  que  se 
hiciese  justificación  del  caso  para  ocurrir  al  Rey.  (Libro  3,  fol. 
57  vto.). 

En  6  del  mismo,  con  motivo  de  ir  a  la  visita  el  secretario  se 
nombró  por  secretario  interino  al  padre  Alonzo  Picón,  clérigo 
presbítero,  con  40  pesos  de  salario  anual:  y  se  dispuso  que  la 
librería  de  la  sala  capitular,  que  estaba  en  poder  del  señor  Teso- 
rero, se  entregase  al  sacristán  mayor.  (Libro  3,  fol.  58). 

Aquí  mismo  se  acordó,  que  para  el  efecto  de  que  los  curas 
tuviesen  Sagrario  aparte,  se  destinase  el  que  servía  la  Semana 
Santa  para  comulgatorio,  y  que  el  mayordomo  de  fábrica  costease 
el  aceite  para  su  lámpara  en  la  capilla  señalada,  y  que  a  ésta  se 
pasase  el  palio,  guión  y  pértiga  y  la  muceta  y  estola  para  las 
administraciones  solemnes  y  no  otro  ornamento  alguno.  (Libro  3, 
fol.  58). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


128 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1660. 

En  Io  de  enero,  se  nombraron  por  adjuntos  al  señor  Tesorero 
y  los  otros  dos  señores  Deán  y  Chantre  que  eran  los  sufragantes, 
sólo  quedó  cada  uno  con  un  voto.  (Libro  3,  fol.  59). 

En  17  del  mismo,  habiéndose  insinuado  que  aunque  las  bulas 
del  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Alonzo  Briceño  estaban  en  poder  del 
señor  Gobernador  Dn.  Pedro  de  Porres  y  Toledo  y  que  se  había 
hecho  diligencia  para  que  las  exhibiese  al  Cabildo  se  denegaba 
a  ello,  diciendo:  que  tenía  orden  de  Su  Majestad  para  entregarlas 
a  su  Sría.  Illma.:  se  acordó;  que  desde  luego  despachase  poder  y 
facultad  al  mismo  lllmo.  Sor.  Obispo  para  que  pudiese  gobernar 
luego  que  entrase  a  los  términos  de  este  obispado.  (Libro  3,  fol.  60). 

En  el  mismo  día,  se  nombró  por  provisor  y  vicario  general 
de  esta  diócesis  al  Ledo.  Fernando  Sánchez  Mejía,  vicario  de  la 
ciudad  de  Trujillo  con  la  jurisdicción  contenciosa  y  voluntaria 
por  renuncia  que  hizo  el  Dr.  Marcos  de  Sobremontes.  (Libro  3, 
fol.  60  vto.). 

En  14  de  marzo,  con  motivo  de  haberse  excusado  el  sobredicho 
vicario  se  nombró  por  provisor  y  vicario  general  con  la  jurisdicción 
contenciosa  al  señor  Tesorero  Dr.  Dn.  Alonzo  de  Ulloa  y  Fuentes, 
que  era  visitador  general.  (Libro  3,  fol.  61). 

En  26  de  abril  se  dispuso  que  no  se  diese  recado  para  decir 
misa  rezada,  después  del  primer  repique.  (Libro  3,  fol.  61  vto.). 

Aquí  mismo  se  declaró;  que  el  señor  Deán,  como  que  estaba 
a  su  cargo  el  gobierno  del  convento  de  Monjas  de  esta  ciudad, 
pudiese  hacer  allí  todo  lo  correspondiente,  menos  el  dar  licencia 
para  entrar  monjas  para  profesar  y  para  dar  sus  dotes  a  tributo, 
pues  esto  estaba  reservado  al  Cabildo.  (Libro  3,  fol.  61  vto.). 

En  5  de  mayo,  por  no  haber  aceptado  el  provisorato  el  señor 
Tesorero,  se  eligió  y  nombró  al  Ledo.  Nicolás  Fernández  Ortiz, 
cura  y  vicario  de  Coro,  con  la  condición  de  que  el  Cabildo  pudiese 
revocar  este  nombramiento  cuando  le  pareciese  conveniente. 
(Libro  3,  fol.  62). 

En  7  de  julio,  se  mandaron  rematar  de  cuenta  de  la  Iglesia 
unas  tierras  en  el  Valle  de  la  Pascua,  con  algunos  esclavos,  las 
cuales  estaban  embargadas  por  un  censo  de  la  fábrica,  y  otro  de 
un  capellán  particular,  y  que  se  satisfaciese  éste;  se  aplicasen 
los  esclavos  a  la  obra  del  edificio  de  la  Iglesia;  y  que  se  prosi- 
guiese la  ejecución.  (Libro  3,  fol.  62  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  166) 


129 


En  20  del  mismo,  se  dispuso  que  una  casa  de  la  Iglesia  se 
cambiase  a  las  monjas  de  esta  ciudad  por  dos  capitales  de  censos 
y  el  resto  lo  entregasen  en  dinero;  pero  que  precediese  insinuación 
por  escrito  de  la  reverenda  Madre  Abadesa,  de  serle  necesaria 
la  misma  casa.  (Libro  3,  fol.  63). 

Aquí  mismo  se  volvió  a  determinar  que  la  librería  del  Cabildo 
se  pusiese  en  poder  del  sacristán  mayor  padre  Dn.  Nicolás  Oli- 
vares, mientras  el  señor  Tesorero  iba  a  ordenarse  a  otro  obispado. 
(Libro  3,  fol.  63). 

En  28  de  septiembre,  a  instancia  del  padre  Juan  Coello  Cou- 
tino  que  había  20  años  servía  de  sochantre,  insinuando  el  haber 
subido  de  precio  la  comida,  vestidos  y  habitación  se  le  aumentó 
el  salario  hasta  300  pesos  cada  año,  con  obligación  de  asistir  a 
las  misas  cantadas  del  Cabildo,  tercia,  sexta  y  vísperas,  y  a  los 
maitines  cantados  y  a  todo  oficio  que  fuese  del  Cabildo,  sin  par- 
titur  ni  ausencias,  y  que  se  le  diese  testimonio  para  hacérsele  los 
pagamentos  por  el  mayordomo  de  la  Iglesia.  (Libro  3,  fol.  63  vto.). 

En  26  de  octubre,  se  concedió  por  ochenta  pesos  la  libertad 
de  una  esclavita  de  la  Iglesia,  de  cuatro  meses  de  edad.  (Libro  3, 
fol.  64). 

En  4  de  diciembre,  se  nombró  por  secretario  de  Cabildo,  por 
dejación  del  antecesor  al  padre  Pedro  de  Ilarraza,  clérigo  presbí- 
tero con  los  40  pesos  de  salario  anual  señalado  a  los  antecesores; 
y  en  6  del  mismo  mes  hizo  el  juramento  de  fidelidad.  (Libro  3, 
fol.  64  vto.). 

En  7  del  mismo  se  acordó,  aprobar  un  contrato  acerca  de 
reparar  la  Iglesia  parroquial  de  Valencia,  que  permanecía  arrui- 
nada desde  el  terremoto.  (Libro  3,  fol.  65). 

En  9  del  propio  mes,  se  volvió  a  poner  en  práctica  el  libro 
de  apuntaciones  de  asistencias  al  coro;  y  se  nombró  por  apuntador 
a  Juan  de  la  Huerta,  capellán  de  coro,  con  el  salario  anual  de 
50  pesos,  pagables  por  la  fábrica.  (Libro  3,  fol.  66). 

Año  de  1661. 

En  Io  de  enero,  para  el  nombramiento  de  adjuntos  fue  nom- 
brado con  dos  votos  únicos  sufragantes  el  señor  Tesorero  que  no 
estaba  presente  y  para  el  otro  tuvo  un  voto  el  señor  Deán  y  otro 
el  señor  arcediano.  (Libro  3,  fol.  66  vto.). 


10  —  Actai,  i. 


130 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  22  de  enero  se  acordó,  que  como  lo  tenía  ya  el  Cabildo 
ordenado  pasase  el  señor  provisor  a  Maracaibo,  u  otra  ciudad  a 
donde  llegase  el  señor  Obispo  a  dar  la  bienvenida  y  carta  del 
Cabildo  con  tres  reales  cédulas  sobre  el  nacimiento  del  Príncipe, 
y  para  un  donativo  y  que  éste  no  se  pidiese  hasta  que  viniese  el 
mismo  señor  Obispo.  (Libro  3,  fol.  67). 

En  22  de  febrero,  insinuándose  la  disposición  antes  dada  para 
compra  de  la  casa  que  fue  del  señor  Deán  Dn.  Bartolomé  Escoto, 
y  se  hallaba  en  la  plaza  cerca  de  la  Iglesia  destinándose  para 
habitación  de  los  señores  Obispos,  se  mandó  levantar  de  alto  esta 
casa,  repararla  y  aumentarle  piezas,  a  costa  de  las  mismas  rentas 
de  fábrica  de  que  se  había  comprado.  (Libro  3,  fol.  67  vto.). 

En  4  de  mayo,  habiéndose  tenido  noticia  por  el  señor  provisor 
de  haber  llegado  el  Illmo.  Sor.  Obispo  Dn.  Fr.  Alonzo  Briceño 
a  Maracaibo,  y  pasado  a  Trujillo,  se  insinuó  que  luego  que  el 
señor  Gobernador  entregase  o  enviase  las  bulas  el  Cabildo  con- 
feriría poder  al  mismo  señor  provisor,  o  al  señor  Tesorero,  que 
fue  a  ordenarse  con  el  mismo  señor  Obispo  para  que  pudiese  uno 
u  otro  darle  la  posesión.  (Libro  3,  fol.  68  vto.). 

En  15  del  mismo  habiendo  enviado  las  bulas  el  señor  Gober- 
nador al  Cabildo  fueron  abiertas  y  leídas  con  el  real  ejecutorial 
que  las  acompañan  y  cerradas  de  nuevo  junto  con  carta  y  poder 
del  Cabildo  para  que  se  le  dé  la  posesión  en  cualquiera  parte  de 
esta  diócesis;  se  remitieron  a  su  Sría.  Illma.  con  un  clérigo.  (Li- 
bro 3,  fol.  69  vto.). 

Sigue  el  poder  dado  por  el  Cabildo  en  el  mismo  día,  para  la 
dicha  posesión,  en  primer  lugar  del  señor  Tesorero  Dr.  Dn.  Alonzo 
Ulloa  y  Fuentes  y  en  segundo  del  Ledo.  Fernando  Sánchez  Mejía, 
vicario  del  Tocuyo  que  había  sido  provisor.  (Libro  3,  fol.  70  vto.). 

Sigue  un  testimonio  de  la  posesión  dada  al  sobredicho  Illmo. 
Sor.  Dn.  Fr.  Alonzo  Briceño  en  la  Iglesia  parroquial  de  la  ciudad 
de  Trujillo,  por  el  dicho  Ledo.  Fernando  Sánchez  Mejía  en  14 
de  julio  de  este  año,  ante  Juan  de  Gamboa,  secretario  de  su  Sría. 
Illma,  y  dos  notarios.  Fue  trasladado  este  Illmo.  Sor.  del  obispado 
de  Nicaragua  y  las  bulas  fueron  despachadas  en  Roma  por  el 
señor  Inocencio  X,  a  15  de  septiembre  de  1653;  y  aunque  se  hace 
mención  del  real  ejecutorial  no  se  expresa  su  fecha,  ni  hay  copia 
de  él  ni  de  las  bulas.  Hizo  su  Sría.  Illma.  la  profesión  de  la  fe  y 
el  juramento  de  guardar  en  todo  el  patronazgo  real  y  los  estatutos 
de  la  Iglesia.  (Libro  3,  fol.  71  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1661 


131 


Sigue  otro  testimonio  del  poder  conferido  por  su  Sría.  Illma. 
en  Trujillo  a  7  de  mayo  de  este  año,  en  primer  lugar  al  señor 
arcediano  y  en  segundo  a  un  cura  del  Sagrario  para  tomar  la  po- 
sesión en  la  Catedral:  y  presentado  el  Cabildo  este  poder  con  el 
anterior  testimonio  pidiéndose  que  a  mayor  abundamiento  se 
ratificase  la  misma  posesión;  se  acordó  que  aunque  no  había 
necesidad  de  ésto,  se  llevase  al  altar  mayor  al  señor  arcediano  y 
se  le  sentase  en  la  silla  episcopal  del  coro  y  de  la  sala  capitular; 
se  hiciese  solemne  repique  de  campanas  y  se  le  recibiese  la  pro- 
feción  de  la  fe  y  juramento:  y  en  efecto  el  día  13  de  septiembre 
del  presente  año,  se  ejecutó  todo.  (Libro  3,  fol.  73). 

En  el  mismo  día  13  de  septiembre  se  dió  posesión  de  la  digni- 
dad de  Chantre  al  Ledo.  Dn.  Cristóbal  López  precedida  la  colación 
que  con  facultad  del  Illmo.  Sor.  Obispo  le  dió  el  señor  arcediano, 
su  real  presentación  fue  expedida  en  Balsaín  a  18  de  octubre  de 
1656,  y  sobrecartada  con  ampliación  de  término  en  Madrid  a  10 
de  febrero  de  1660,  y  en  ella  se  expresa  que  siendo  arcediano  de 
Puerto  Rico  se  le  promovió  a  la  dignidad  de  Tesorero  de  esta 
Catedral  de  Caracas  (de  que  no  recibió  posesión)  y  que  de  ella 
fue  promovido  a  la  dicha  de  Chantre,  vacante  por  promoción 
del  señor  Dn.  Domingo  de  Ibarra  al  arcediano.  (Libro  3,  fol. 
76  vto.). 

En  17  del  mismo  mes,  con  atención  a  que  la  dotación  del  señor 
Gobernador  Francisco  Núñez  Meleán,  para  una  misa  cantada 
cada  viernes  al  Santísimo  Cristo,  sólo  tenía  de  limosna  dos  pesos 
y  que  de  ellos  se  daba  la  mitad  para  la  cera  de  las  misas  y  para 
el  aceite  de  la  lámpara;  se  encargó  la  celebración  de  estas  misas 
por  la  limosna  de  los  8  reales  al  secretario  de  Cabildo,  y  que  la 
del  Viernes  Santo,  se  dijese  el  Miércoles  Santo.  (Libro  3,  fol.  80). 

En  este  mismo  acto  se  acordó:  que  las  misas  de  erección,  la 
del  lunes  por  las  Animas,  la  de  los  viernes  por  los  Reyes  difuntos 
y  la  de  los  sábados  por  los  Reyes  vivos,  prosiguiesen  cantadas 
después  de  prima,  repartidas,  tomando  cada  prebendado  las  tres 
de  cada  mes  por  turno  de  mes  en  mes.  (Libro  3,  fol.  80). 

Aquí  mismo  se  mandaron  hacer  varios  ornamentos  de  una 
pieza  de  damasco  blanco  que  se  trajo  de  España.  (Libro  3,  fol. 
80  vto.). 

Igualmente  en  este  acto,  se  reiteró  el  mandato  de  la  capilla 
destinada  para  el  Sagrario  de  los  curas,  y  se  mandó  que  se  le  abriese 
puerta  a  la  calle.  (Libro  3,  fol.  80  vto.). 


132 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  22  del  propio  mes  de  septiembre,  se  mandó  comprar  un 
cáliz  de  plata  dorada,  y  unas  vinageras  llanas  que  estaban  de 
venta:  y  se  dispuso  también  que  se  hiciese  una  caja  destinada 
para  guardar  la  casulla  de  piedras  y  mitra  bordada.  (Libro  3, 
fol.  81). 

En  5  de  octubre,  se  mandaron  alargar  hacia  atrás  las  naves 
del  Santísimo  Cristo  y  de  Nuestra  Señora,  dejando  capacidad  para 
la  conducción  de  materiales  y  que  se  hiciese  junto  a  la  capilla  del 
Bautisterio  hacia  la  plaza  una  especie  de  torre  provisional  para 
las  campanas:  y  se  dispuso  que  el  mayordomo  cobrase  el  diezmo 
de  cal  y  ladrillo  que  se  debía  a  la  Iglesia.  (Libro  3,  fol.  81  vto.). 

En  18  del  mismo,  se  acordó  hacer  recurso  al  Rey  acerca  de  los 
fraudes  que  se  cometían  en  los  remates  de  diezmos:  a  fin  de  que 
el  Cabildo  pusiese  administradores.  Se  cometió  el  informe  al  señor 
Tesorero  y  la  facultad  de  nombrar  agente,  remitiéndole  para 
expensas  cien  pesos  de  la  fábrica;  y  que  también  este  agente  soli- 
citase allí  la  real  cédula  sobre  que  las  Iglesias  no  paguen  derechos 
de  las  cosas  que  trajesen  de  España.  (Libro  3,  fol.  82). 

En  25  de  noviembre,  se  dispuso  que  el  día  29  en  que  se  había 
de  celebrar  la  fiesta  de  galeones,  se  llevase  en  procesión  el  Santí- 
simo Sacramento  y  se  colocase  en  la  capilla  destinada  para  el 
Sagrario  de  los  curas,  entregándose  la  llave  al  semanero:  y  que 
en  el  altar  mayor  quedase  su  Divina  Majestad  en  el  relicario  grande 
de  vidrieras  y  que  su  llave  la  tuviese  siempre  el  prebendado  que 
sale  de  semana  con  la  obligación  de  renovar  los  jueves  y  también 
se  mandó  que  todos  los  ministros  guardasen  la  erección.  (Libro  3, 
fol.  83). 

Año  de  1662. 

En  Io  de  enero,  se  nombraron  por  adjuntos  a  los  señores  arce- 
diano y  Tesorero.  (Libro  3,  fol.  85). 

En  23  de  abril,  se  nombró  un  monacillo  en  lugar  de  otro  que 
salió.  (Libro  3,  fol.  86). 

En  19  de  octubre,  se  dispuso:  que  se  encargasen  a  Nueva 
España  unos  ciriales  de  plata  por  estar  muy  gastados  los  que 
estaban  sirviendo  y  que  se  hiciese  una  casulla  de  lama  para  el 
cajón  de  prebendados  y  se  pasase  una  blanca  de  éste  al  de  cape- 
llanes. Y  aquí  comienza  a  autorizar  los  Cabildos,  Baltasar  Muñoz 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1663 


133 


que  se  titula  secretario  y  no  consta  su  nombramiento  el  cual  era 
capellán  de  coro,  presbítero  según  se  dice  en  otro  Cabildo.  (Libro 
3,  fol.  86). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1663. 

En  2  de  enero,  fueron  nombrados  por  adjuntos  los  señores 
arcediano  y  chantre.  (Libro  3,  fol.  86  vto.). 

En  12  del  mismo,  demostrando  el  Cabildo  que  por  mandato 
del  Rey  había  quedado  tan  reducido  la  cuarta  capitular,  que  era 
imposible  el  sustentar  con  ella  cada  capitular  la  mínima  parte 
de  su  familia;  pues  ahora  en  virtud  de  aquel  mandato  (el  cual 
no  se  especifica  más)  sólo  se  Ies  había  de  dar  lo  que  antiguamente 
estaba  señalado  al  principio  de  la  erección,  se  acordó  que  para 
representarlo  al  Rey  pasase  a  la  corte  el  señor  Tesorero,  dándo- 
sele al  efecto  2.000  pesos  a  saber,  400  que  pudieron  juntar  los 
mismos  prebendados  y  600  que  tomaron  prestados  de  la  fábrica 
y  los  otros  1.000  la  sola  fábrica  por  la  nulidad  que  de  esto  resul- 
taba a  la  Iglesia  en  el  culto  Divino;  y  se  mandó  dar  cuenta  al 
Illmo.  Sor.  Obispo  para  que  lo  tuviese  a  bien  y  diese  licencia  al 
dicho  señor  Tesorero.  (Libro  3,  fol.  87). 

En  16  del  mismo  por  estar  ausente  el  señor  Obispo,  el  Cabildo 
trató  de  reformar  la  costumbre  que  tenían  los  curas  de  la  Catedral 
de  llevar  dineros  por  dar  licencia  para  comulgar  la  Cuaresma  en 
otro  lugar  y  se  mandó  que  los  sermones  de  los  miércoles  y  viernes 
que  supone  se  pagaban  con  aquéllos  dineros  los  pagase  el  mayor- 
domo de  fábrica  a  razón  de  6  pesos  cada  uno  Ínterin  el  señor  Obispo 
disponía  otra  cosa.  (Libro  3,  fol.  88). 

En  27  de  abril  se  acordó:  que  se  comprasen  unos  ciriales  de 
plata,  dos  candeleras  de  lo  mismo,  y  un  terno  morado,  que  se 
trajesen  para  el  convento  de  Nuestra  Señora  de  la  Merced;  el  cual 
los  vendía  por  estar  en  fábrica  con  necesidad  de  dinero:  y  quedó 
sin  efecto  lo  dispuesto  en  el  Cabildo  de  19  de  octubre  del  año 
anterior.  (Libro  3,  fol.  88  vto.). 

En  18  de  mayo  se  mandó  al  mayordomo  que  hicese  eficaz 
diligencia  para  cobrar  los  réditos  de  censos  y  la  cal  y  ladrillo  que 
se  debía  a  la  Iglesia  para  poder  proseguir  el  edificio  de  ella.  Y  que 
el  principal  rédito  que  el  señor  Deán  Dn.  Bartolomé  Escoto  dejó 


134 


FUENTES   PARA    LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


destinado  para  el  Sagrario  del  altar  mayor,  se  tomase  desde  la 
imposición  del  censo  y  se  trajese  el  Sagrario  y  una  colgadura  de 
damasco  o  brocateles  para  la  capilla  mayor  supliéndose  de  la 
fábrica  lo  que  faltase.  (Libro  3,  fol.  89). 

En  4  de  julio,  habiéndose  tenido  noticia  de  que  el  Illmo.  señor 
arzobispo  de  Santo  Domingo  venía  por  aquí  para  ir  a  Trujillo 
donde  estaba  el  Illmo.  Sor.  Obispo  para  su  consagración,  se  mandó 
prevenirle  casa,  y  todo  lo  necesario  de  cuenta  de  la  fábrica.  (Libro 
3,  fol.  90). 

En  Io  de  diciembre,  se  privó  de  la  capellanía  de  coro  al  padre 
Juan  Picón,  por  algunas  desobediencias  que  aquí  se  expresan. 
(Libro  3,  fol.  90  vto.). 

En  5  del  mismo  se  nombró  en  lugar  del  antecedente  por  ca- 
pellán de  coro  al  padre  Domingo  Pérez  con  el  salario  ordinario 
de  100  pesos.  (Libro  3,  fol.  92). 

En  1 1  del  mismo  mes,  de  diciembre,  se  volvió  a  tratar  sobre 
la  inopia  en  que  se  hallaban  los  señores  capitulares,  especificándose 
que  por  haberse  dispuesto  en  Real  Cédula  de  16  de  octubre  de  1661 
que  la  administración  de  los  diezmos  estuviese  a  cargo  de  los 
oficiales  reales  y  que  por  mala  inteligencia  de  éstos  los  habían 
despojado  de  la  cuarta  capitular,  dando  a  cada  uno  sólo  150  pesos 
de  las  reales  cajas  como  se  hizo  al  principio  de  la  erección  cuando 
no  había  diezmos  bastantes;  atenta  la  necesidad  en  que  se  halla- 
ban mandó  el  Cabildo  que  el  mayordomo  de  fábrica  diese  500 
pesos  a  cada  uno  de  los  señores  prebendados  de  las  rentas  de  ella, 
con  calidad  de  reintegro  de  las  que  esperaban  se  les  habían  de 
devolver  mediante  el  recurso  que  se  tenía  propuesto.  (Libro  3, 
fol.  92  vto.). 

Año  de  1664. 

En  Io  de  enero,  fueron  nombrados  por  adjuntos  los  señores 
arcediano  y  tesorero.  (Libro  3,  fol.  93  vto.). 

En  Io  de  febrero  se  nombró  por  músico  con  el  salario  anual 
de  100  pesos  al  padre  Juan  Silveira,  presbítero  y  para  la  capellanía 
de  coro,  que  este  dejó;  se  nombró  al  padre  Baltasar  García,  pres- 
bítero, con  el  salario  señalado.  (Libro  3,  fol.  93  vto.). 

En  Io  de  abril  teniéndose  presente  la  acta  de  Io  de  diciembre 
del  año  anterior,  se  dispuso  que  en  atención  a  que  el  padre  Juan 
Picón  había  recibido  humildemente  lo  que  allí  se  mandó  y  que 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1664  135 


era  sacerdote  honrado  y  pobre,  y  que  socorría  a  su  madre,  se  le 
admitiese  a  las  funciones  solemnes,  se  le  permitiese  decir  misa  en 
la  Catedral  y  se  le  convidase  a  los  entierros,  y  que  ésto  se  parti- 
cipase al  Dr.  Dn.  Marcos  Sobremontes,  juez  eclesiástico  que 
había  dejado  en  esta  ciudad  el  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  3,  fol.  94). 

En  14  de  julio  vista  una  representación  del  señor  Tesorero 
Dr.  Ulloa,  en  que  arguye  al  Cabildo  de  nulidad  en  haber  nombrado 
para  el  servicio  interino  del  deanato  a  Dn.  Cristóbal  Gordo  de 
Mendoza  y  al  mismo  tiempo  propone  los  que  estimaba  que  podían 
ser  nombrados,  el  Cabildo  sostuvo  el  nombramiento  insinuando 
que  era  el  mismo  que  lo  estaba  sirviendo  en  el  último  año  de  la 
vida  del  señor  Deán,  por  enfermedad  de  éste:  se  vindica  de  lo  que 
contra  el  mismo  Cabildo  se  dice  en  la  representación,  y  haciendo 
ver  la  paz  y  buena  armonía  en  que  siempre  ha  estado  y  lo  que 
producen  tales  discenciones,  presentando  escritos  los  mismos  ca- 
pellanes al  Cabildo  suplica  al  señor  Tesorero  se  abstenga  de  ellos. 
(Libro  3,  fol.  94  vto.). 

Sigue  copia  del  nombramiento  que  en  25  del  mismo  mes  de 
julio,  hizo  en  la  ciudad  de  Trujillo  el  Illmo.  Sor.  Obispo  de  Deán 
interino  en  el  mismo  Dn.  Cristóbal  de  Mendoza  con  100  pesos  de 
renta  anual  de  la  tocante  a  la  dignidad  de  Deán  y  las  obvenciones: 
y  el  Cabildo  en  22  de  agosto  de  este  propio  año,  no  sólo  lo  recibió 
sino  que  a  éste  interino  le  concedió  silla  alta  en  el  coro,  la  última 
del  lado  que  le  correspondiese.  Aquí  autorizó  Dn.  Miguel  de  Vi- 
llena  y  Guzmán;  y  sigue  autorizando  los  Cabildos  como  secretario, 
cuyo  nombramiento  no  consta.  (Libro  3,  fol.  96  vto.). 

En  7  de  octubre,  haciéndose  una  individual  descripción  de  la 
Iglesia  (esto  es  lo  que  se  hizo  después  del  terremoto)  y  hallarse 
amenazando  ruina  porque  siendo  sus  paredes  de  bahareque  y  el 
techo  de  obra  limpia,  estaba  éste  próximo  a  caerse  por  estar  había 
ya  un  año  apuntalada  la  una  nave  desde  el  altar  y  capilla  de 
Nuestra  Señora  de  la  Antigua,  hasta  el  de  las  Benditas  Animas 
y  la  otra  desde  la  capilla  de  San  Pedro  hasta  el  altar  de  San  Jorge: 
se  comenzó  aquí  a  tratar  no  sólo  del  remedio  de  esta  Iglesia,  sino 
también  de  construirla  como  correspondía  a  Catedral,  y  de  ma- 
teriales; pues  la  renta  anual  de  la  fábrica  montaría  cada  año  de 
cinco  a  seis  mil  pesos  y  el  gasto  conocido  a  1880.  Y  asimismo  se 
reiteró  el  mandato  de  hacer  alguna  especie  de  torre  para  las  cam- 
panas; pues  había  ya  como  veinte  y  ocho  años  que  estaban  col- 
gadas en  dos  horcas  de  palos.  (Libro  3,  fol.  97  vto.). 


136 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  15  de  noviembre,  se  mandó  hacer  concierto  de  los  ma- 
teriales de  cal  y  piedra,  y  que  se  pusiesen  dentro  del  cementerio, 
pagándose  el  cahíz  de  cal  a  17  pesos  y  la  carga  de  piedra  a  real 
y  medio  y  se  instó  sobre  el  pronto  reparo  del  antiguo  edificio. 
(Libro  3,  fol.  99). 

Año  de  1665. 

En  Io  de  enero,  se  nombró  por  adjunto  recíprocamente  a  cada 
uno  de  los  únicos  dos  señores  capitulares  existentes  con  protesta 
de  nombrar  otro  cuando  lo  hubiese.  (Libro  3,  fol.  99  vto.). 

En  3  de  marzo,  instaurándose  las  razones  para  la  consecución 
de  nuevo  edificio  competente  se  mandó  al  mayordomo  diese  razón 
del  dinero  existente  y  de  lo  que  estaba  en  deudas.  (Libro  3,  fol.  100). 

Aquí  mismo  se  dispuso:  que  en  el  cajón  de  vestirse  los  señores 
prebendados  no  se  permitiese  lo  hiciese  ningún  clérigo,  por  privi- 
legiado que  fuese  a  excepción  del  Dr.  Dn.  iMarcos  Sobremontes, 
que  era  cura;  y  había  muchos  años  que  había  servido  de  provisor 
y  vicario  general.  Era  sacristán  mayor  Dn.  Nicolás  de  Olivares. 
(Libro  3,  fol.  100). 

En  3  del  mismo  marzo  se  mandó  guardar  y  cumplir  el  nombra- 
miento de  arcediano  interino  hecho  en  Alonzo  de  Ponce  Ibar- 
gollen,  presbítero,  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  13  de  noviembre 
anterior  por  fallecimiento  del  señor  Ledo.  Dn.  Domingo  de  Ibarra. 
(Libro  3,  fol.  101). 

En  10  del  mismo  se  mandó  al  mayordomo  que  practicase 
diligencias  judiciales  para  el  cobro  de  más  de  10.000  pesos  que 
se  debían  a  la  Iglesia  y  que  fuese  continuando  en  el  acopio  de 
materiales.  (Libro  3,  fol.  102). 

En  25  de  abril,  se  concertó  con  Juan  de  Medina,  carpintero, 
el  desbaratar  la  Iglesia  y  hacerla  de  nuevo  en  2.400  pesos  y  que 
de  pronto  se  le  diesen  500  bajo  de  fianza.  (Libro  3,  fol.  102  vto.). 

En  12  de  mayo,  se  reiteró  el  mismo  concierto  explicándose 
más  menudamente  sus  circunstancias.   (Libro  3,  fol.  103  vto.). 

En  25  de  agosto,  con  motivo  de  haber  sido  promovido  a  la 
Tesorería  de  esta  Santa  Iglesia  Dn.  Miguel  de  Villena  y  Guzmán 
se  nombró  por  secretario  de  Cabildo  en  su  lugar  a  Miguel  de  An- 
drade  con  los  40  pesos  de  salario  señalado:  autorizó  este  Cabildo 
un  notario.  (Libro  3,  fol.  104). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1666 


137 


En  este  propio  acto  por  la  dicha  promoción  se  nombró  por 
capellán  de  coro  al  padre  Francisco  Ayer  ra  Santa  María  y  se 
mandó  al  mayordomo  de  fábrica  le  acudiese  con  la  renta  de  100 
pesos  anuales.  (Libro  3,  fol.  104  vto.). 

Aquí  también  por  la  misma  promoción  fue  nombrado  al  dicho 
padre  Francisco  Ayerra,  con  el  salario  anual  de  50  pesos  pagables 
por  la  fábrica,  por  apuntador  del  coro.  (Libro  3,  fol.  104  vto.). 

En  29  de  octubre,  habiéndose  presentado  cuatro  despachos 
del  Illmo.  Sor.  Obispo,  expedidos  en  Trujillo  a  16  de  septiembre 
anterior  en  que  haciendo  relación  de  que  por  reales  cédulas  de 
Su  Majestad  (cuyas  fechas  no  se  expresan)  estaban  promovidos 
el  señor  Chantre  Dn.  Cristóbal  López  al  deanato,  el  señor  Dr. 
Dn.  Marcos  de  Sobremontes,  vicario  foráneo  de  esta  ciudad  (el 
vicario  general  residía  en  Trujillo)  al  arcedianato,  el  señor  Tesorero 
Dr.  Dn.  Alonzo  Ulloa  y  Fuentes  a  la  Chantría;  y  el  presbítero 
Dn.  Miguel  Núñez  de  Guzmán  a  la  Tesorería;  da  comisión  al 
señor  Deán  para  dar  la  colación  y  posesión  al  señor  arcediano; 
y  a  éste  para  darla  a  los  demás;  cuando  juntos  en  Cabildo  los 
cuatro  graciados  hicieron  la  profesión  de  la  fe,  y  luego  el  Deán 
sentó  en  su  silla  al  arcediano,  y  éste  al  mismo  Deán  y  al  Chantre 
y  Tesorero;  y  después  pasaron  al  coro  a  sentarse  en  sus  respectivas 
sillas  .Nada  se  dice  de  la  ceremonia  de  la  colación,  ni  hay  copia 
de  las  reales  presentaciones.  (Libro  3,  fol.  110). 

En  4  de  noviembre  se  hizo  concierto  con  el  mismo  carpintero 
Juan  de  Medina  para  trabajar  de  albañil  la  obra  de  la  Iglesia  en 
900  pesos.  (Libro  3,  fol.  114  vto.). 

En  13  del  mismo,  se  mandaron  hacer  cuatro  albas,  cuatro 
manteles  y  cuatro  paños  de  manos;  y  que  de  ornamentos  viejos 
se  hiciesen  otras  cosas  del  servicio  de  la  Iglesia  y  que  el  mayor- 
domo mandase  hacer  un  libro  para  escribir  Cabildos.  (Libro  3, 
fol.  115  vto  ). 

En  el  mismo  día  se  mandó  que  pues  estaba  iniciada  la  fábrica 
de  la  Iglesia  se  trabajase  en  el  cañón  principal,  con  preferencia  a 
la  torre.  (Libro  3,  fol.  116). 

Año  de  1666. 

En  Io  de  enero  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Deán 
y  arcediano,  como  dice  en  la  conclusión,  aunque  la  votación  estaba 
casada.  (Libro  3,  fol.  117). 


138 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  18  del  mismo  se  nombró  por  interventor  de  la  obra  de  la 
Iglesia  al  señor  Tesorero.  (Libro  3,  fol.  117  vto.). 

En  1 1  de  febrero  se  mandó  dorar  la  Custodia,  y  ponerle  por 
remate  un  pectoral  de  oro  con  esmaltes  de  piedras  que  parecían 
rubies  y  estaba  en  poder  del  mayordomo.   (Libro  3,  fol.  118). 

En  28  de  abril,  con  atención  al  favor  con  que  trabajaba  Juan 
de  Medina,  y  sus  oficiales;  pues  habían  cubierto  la  Iglesia  para 
la  Semana  Santa;  se  mandó  al  mayordomo  que  diese  al  dicho 
maestro  40  pesos  para  gratificar  a  los  oficiales  y  que  acabada 
la  obra  diese  200  al  mismo  efecto,  a  más  del  concierto.  (Libro  3, 
fol.   118  vto.). 

En  28  de  junio,  se  concertó  el  hacer  dos  campanas  grandes 
para  poner  en  la  torre  que  se  estaba  trabajando,  la  una  de  24 
quintales  y  la  otra  de  16  más  o  menos;  cuyo  concierto  en  el  mismo 
acto  aprobó  el  señor  arcediano,  como  juez  eclesiástico  que  era 
de  esta  ciudad  y  en  virtud  de  facultad  que  tenía  del  Illmo.  Sor. 
Obispo.  (Libro  3,  fol.  119). 

En  27  de  agosto,  se  suspendió  el  salario  de  200  pesos  que  se 
daba  al  señor  Chantre  Dr.  Ulloa,  por  abogado  de  la  Iglesia,  en 
atención  a  estar  enfermo.  (Libro  3,  fol.  120). 

En  el  mismo  día  se  dispuso,  que  pues  ya  la  Iglesia  había  hecho 
sus  demostraciones  de  sentimientos  cuando  se  le  comunicó  por  el 
señor  Gobernador  el  fallecimiento  del  señor  Dn.  Felipe  IV,  que 
en  continuación  luego  que  la  ciudad  hubiese  hecho  las  exequias 
en  esta  Santa  Iglesia  al  otro  día  las  hiciese  ésta  por  sí,  y  que  al 
efecto  el  mayordomo  comprase  la  cera  necesaria  e  hiciese  frontal 
y  paño  de  pulpito  de  damasco  negro,  y  hopas  negras  para  los 
monacillos.   (Libro  3,  fol.   120  vto.). 

En  el  propio  día  se  dispuso  que  para  el  mejor  gobierno  del  coro 
y  altar  y  observancia  de  los  ritos  eclesiásticos  se  pusiese  un  maestro 
de  ceremonia;  y  se  nombró  al  efecto  a  Dn.  Joseph  Arrechidera, 
presbítero,  sacristán  mayor  que  era  de  la  parroquial  de  Valencia 
con  el  salario  anual  de  50  pesos  que  le  pagaría  el  mayordomo  de 
fábrica.  (Libro  3,  fol.  121). 

En  31  del  mismo  mes  de  agosto,  se  nombró  por  abogado  de 
la  Iglesia  al  Ledo.  Dn.  Domingo  de  Guzmán  con  15  pesos  de 
salario  anual.   (Libro  3,  fol.   121  vto.). 

En  el  mismo  día  se  despachó  título  de  pertiguero  a  Lorenzo 
Vicente  Caldera,  por  muerte  de  Juan  Ferrer  con  100  pesos  de  sa- 
lario anual.  (Libro  3,  fol.  122). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS 


AÑO  1667 


139 


En  28  de  septiembre,  habiéndose  recibido  una  Real  Cédula 
fecha  en  Madrid,  a  18  de  octubre  de  1665,  para  que  el  Cabildo 
informase  el  estado  de  los  bienes  que  quedaron  por  fallecimiento 
del  Dr.  Dn.  Juan  de  Salinas,  Tesorero  que  fue  de  esta  Santa 
Iglesia;  se  mandó  al  albacea  del  señor  Deán  Dr.  Becerra,  en  cuyo 
poder  estaban  los  papeles  que  los  exhibiese  y  el  secretario  compul- 
sase testimonio  de  ellos.  (Libro  3,  fol.  122  vto.). 

En  19  de  octubre,  atento  el  estado  en  que  estaba  la  portada 
de  la  Iglesia  y  el  trascoro;  se  mandaron  dar  100  pesos  al  maestro 
Juan  de  Medina,  y  que  también  se  le  diesen  50  pesos  por  la  tribuna 
que  hizo  para  el  órgano.  (Libro  3,  fol.  123). 

En  12  de  noviembre  se  dispuso:  que  en  los  cinco  nichos  que 
tenía  el  trascoro  se  pusiese  en  el  del  medio  la  imagen  de  San  Ber- 
nabé y  en  los  de  los  lados  los  Arcángeles  San  Miguel,  San  Gabriel 
y  San  Rafael  y  el  Santo  Angel  Custodio;  y  que  se  pintasen  de 
florones  y  otras  pinturas  de  lucimiento  los  blancos  de  la  testera 
y  se  dorasen  los  perfiles.  (Libro  3,  fol.  123  vto.). 

En  2  de  diciembre,  se  dispuso:  que  se  hiciese  retablo  para  el 
altar  mayor  y  Sagrario  para  el  mismo,  y  se  concertó  con  Juan  de 
Medina  en  que  hiciese  el  retablo  de  todo  el  alto  de  la  pared  hasta 
el  enmaderado  de  la  capilla  mayor,  poniéndole  Cielo,  y  cuatro 
varas  y  dos  tercias  de  ancho  y  que  el  Sagrario  ocupase  el  primer 
cuerpo,  invirtiéndose  en  esto  lo  que  para  Sagrario  dejó  el  señor 
Deán  Dn.  Bartolomé  de  Navas  Becerra,  que  con  lo  que  había 
rentado  cada  año  componía  más  de  1950  pesos  y  supliéndose  por 
la  Iglesia  lo  que  faltase  al  complemento  de  2.000;  y  que  los  tres 
señores  prebendados  existentes,  daría  cada  uno  100  pesos  para 
completar  los  2.300  pesos  del  ajuste.  (Libro  3,  fol.  124). 


Año  de  1667. 

En  Io  de  enero  fueron  electos  por  jueces  adjuntos  los  señores 
Deán  y  Tesorero,  y  ya  aquí  se  dice  que  aceptaron  y  juraron  de 
fidelidad.  (Libro  4,  fol.  1). 

En  3  de  febrero  se  dispuso:  que  a  los  seis  capellanes  de  coro 
a  quienes  se  pagaba  anualmente  100  pesos;  se  les  intimase  que  si 
en  adelante  tuviesen  al  año  80  ra3'as,  40  en  cada  medianía,  al  que 
las  tuviese  se  le  quitase  la  capellanía.  (Libro  4,  fol.  1  vto.). 


140 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  20  de  mayo,  se  apercibió  a  los  eclesiásticos  asistentes  al 
coro,  para  que  ninguno  saliese  de  él  sin  licencia  del  presidente, 
y  para  que  su  ausencia  fuese  con  toda  modestia.  (Libro  4,  fol.  2). 

En  5  de  agosto,  se  mandó  enladrillar  la  Iglesia,  y  enyesar 
los  arcos  de  la  capilla  mayor  y  demás  capillas,  y  que  para  deter- 
minar acerca  de  continuar  la  fábrica,  el  mayordomo  diese  razón 
de  lo  gastado  en  ella,  y  si  se  estaba  debiendo  alguna  cosa,  y  tam- 
bién se  le  mandó  que  diese  razón  del  dinero  que  tenía  perteneciente 
al  altar  del  Santo  Cristo,  de  la  fundación  del  Gobernador  Fran- 
cisco Núñez  Meleán.  (Libro  4,  fol.  2  vto.). 

En  14  de  octubre,  se  le  quitó  al  padre  Juan  Silveira  la  cape- 
llanía de  coro  que  obtenía  con  el  salario  de  100  pesos  y  el  de  músico 
con  otros  100,  por  las  fallas  que  hacía,  y  se  nombró  por  capellán 
de  coro  a  Pedro  de  Vicuña.  (Libro  4,  fol.  3  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1668. 

En  Io  de  enero,  estando  sólo  los  señores  Deán  y  arcediano; 
se  nombraron  recíprocamente  cada  uno  por  adjuntos,  con  protesta 
de  que  cada  uno  nombraría  otro  en  adelante;  pues  el  señor  Te- 
sorero estaba  ausente  en  la  visita.  (Libro  4,  fol.  4). 

En  14  del  mismo,  estando  acabado  el  retablo  del  altar  del 
Santo  Cristo,  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica  pagase  al  oficial 
lo  que  se  le  debiese  del  ajuste  que  hizo  sacándolo  de  la  dotación 
perteneciente  al  mismo  altar.  (Libro  4,  fol.  4  vto.). 

En  7  de  julio,  por  haber  vacado  uno  de  los  seis  monacillos, 
fue  nombrado  Remigio.  (Libro  4,  fol.  5). 

En  14  de  agosto,  fue  nombrado  por  capellán  de  coro,  Martín 
Fernández  por  otro  que  hizo  dejación  y  se  mandó  al  mayordomo 
le  atendiese  con  el  salario.  (Libro  4,  fol.  5). 

En  2  de  diciembre,  habiéndose  recibido  un  testimonio  auto- 
rizado de  un  alcalde  de  Trujillo,  de  haber  muerto  allí  el  Illmo. 
Sor.  Don.  Fr.  Alonzo  Briceño,  el  día  16  de  noviembre  de  este 
año,  el  cabildo  aprehendió  la  jurisdicción  y  mandó  tocar  las  cam- 
panas a  sede  vacante.  (Libro  4,  fol.  5  vto.). 

En  4  del  mismo  el  señor  arcediano  solo,  por  no  haber  otro 
prebendado,  que  el  señor  Tesorero  Dn.  Miguel  Núñez  y  Guzmán 
el  cual  estaba  enfermo  en  su  casa,  eligió  a  éste  mismo  por  pro- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1669 


141 


curador  y  vicario  general,  dejando  reservada  en  el  Cabildo  la 
jurisdicción  voluntaria  y  el  nombramiento  de  vicario  de  Monjas. 
Y  en  el  mismo  día  en  su  casa  aceptó:  y  después  en  10  del  propio 
mes  vino  a  la  sala  y  prestó  el  juramento  de  fidelidad.  (Libro  4, 
fol.  6). 

En  dicho  día  10,  fue  nombrado  por  vicario  de  Monjas  con 
especiales  facultades  el  señor  arcediano  Dr.  Dn.  Marcos  de  Sobre- 
montes,  y  seguidamente  aceptó  y  juró  y  luego  se  hizo  saber  a  la 
Abadesa  doña  Ana  de  Santiago.  (Libro  4,  fol.  7). 

Aquí  mismo  ante  un  notario  que  actuaba  en  lugar  de  secretario 
fue  nombrado  por  secretario  de  Cabildo  el  padre  Francisco  de 
Ayerra  Santa  María,  presbítero.  (Libro  4,  fol.  7  vto.). 

En  14  del  mismo  mes  de  diciembre,  con  motivo  de  estar  en 
Trujillo  el  padre  Juan  de  Gamboa,  presbítero  cura  de  la  Catedral, 
se  le  puso  por  sustituto  al  padre  Dn.  Nicolás  Olivares,  sacristán 
mayor,  y  a  éste  mientras  servía  el  curato  para  la  sacristía  al  padre 
Juan  Bautista  de  Villanueva.  (Libro  4,  fol.  8). 

En  20  de.  propio  mes  se  mandaron  hacer  dos  ornamentos, 
el  uno  de  tela  carmesí  y  el  otro  de  raso  verde.  (Libro  4,  fol.  8  vto.). 

Año  de  1669. 

En  Io  de  enero,  los  señores  arcediano  y  Tesorero  únicos  exis- 
tentes se  nombraron  recíprocamente  por  adjuntos,  y  en  el  mismo 
acto  juraron.  (Libro  4,  fol.  9). 

En  15  del  mismo,  se  mandó  construir  Sagrario  para  los  curas, 
esto  es,  una  capilla  capaz,  y  sobre  ella  la  sala  capitular  con  techo 
de  par  y  nudillo;  y  se  nombró  por  interventor  al  cura  de  la  Ca- 
tedral Ledo.  Agustín  de  Palma.  (Libro  4,  fol.  9  vto.). 

En  14  de  febrero  se  nombró  por  capellán  y  confesor  ordinario 
del  convento  de  Monjas  de  esta  ciudad  al  padre  Benito  Vázquez 
de  Montiel,  por  dimisión  del  padre  Domingo  Exquien.  (Libro  4, 
fol.  10). 

En  10  de  abril,  por  dejación  que  hizo  Joseph  de  León  se  nombró 
al  padre  Joseph  Torrico,  capellán  de  coro  y  músico,  por  organista 
con  el  salario  anual  de  225  pesos  con  advertencia  que  los  25  eran 
por  tocar  las  misas  del  Santo  Cristo  los  viernes,  y  que  era  de  su 
obligación  tocar  todas  las  misas  cantadas  que  celebrase  el  Cabildo 
y  que  si  alguna  persona  quisiese  darle  alguna  limosna  pudiera 


142 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


recibirla;  y  que  se  le  señalaban  otros  25  pesos  por  asistir  a  las 
misas,  tercia  sexta  y  nona  los  días  que  no  tocase  el  órgano.  (Libro 
4,  fol.  10  vto.). 

En  11  del  mismo  se  aprobó  el  ajuste  hecho  con  Dn.  Francisco 
Marín  de  Narvaes,  de  darle  200  pesos  de  cuenta  de  la  Iglesia,  por 
alcanzar  una  Cédula  Real  en  que  se  mandase  entregarle  el  espolio 
del  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Alonzo  Briceño,  y  otra  en  que  se  le  hiciese 
merced  de  la  tercera  parte  de  su  vacante.  (Libro  4,  fol.  11). 

En  12  del  propio  mes,  fue  nombrado  el  señor  arcediano  Dr.  Dn. 
Marcos  de  Sobremontes  por  visitador  general  de  este  obispado  y 
en  el  mismo  acto  aceptó  y  juró.  (Libro  4,  fol.  11  vto.). 

En  4  de  julio  se  nombró  por  monacillo  a  Antonio  Carrera. 
(Libro  4,  fol.  12). 

En  17  de  agosto  habiendo  presentado  el  señor  Tesorero  Dn. 
Miguel  Núñez  y  Guzmán,  una  Real  Cédula  fecha  en  Madrid  a  28 
de  octubre  de  1668  en  que  se  presenta  a  la  dignidad  de  Chantre, 
vacante  por  muerte  del  Dr.  Dn.  Alonzo  de  Ulloa  y  asimismo 
el  señor  Ledo.  Dn.  Agustín  de  Palma,  cura  de  la  Catedral,  con 
otra  Real  Cédula  de  igual  fecha,  en  que  es  presentado  a  la  dig- 
nidad de  Tesorero;  fueron  ambos  admitidos  y  hecha  la  profesión 
de  la  fe,  pasaron  al  coro  donde  se  les  dió  posesión  de  sus  sillas  y 
derramaron  monedas  de  plata;  de  allí  fueron  a  dar  gracias  ante 
el  Sagrario  del  altar  mayor  y  volvieron  a  la  sala  donde  también 
se  les  dió  posesión  de  sus  sillas.  (Libro  4,  fol.  12  vto.). 

En  20  de  agosto,  fue  nombrado  por  cura  interino  de  la  Catedral 
Dn.  Dionisio  Sánchez,  presbítero.  (Libro  4,  fol.  15). 

En  27  del  mismo,  fue  nombrado  por  vicario  de  la  ciudad  de  San 
Sebastián  el  padre  Manuel  Rodríguez.  (Libro  4,  fol.  15). 

En  30  del  propio  mes  fue  nombrado  por  pertiguero  y  procurador 
de  la  Iglesia  a  Dn.  Jacinto  Heredero,  por  dejación  que  hizo  Lorenzo 
Vicente  Caldera,  y  se  le  señalaron  125  pesos  por  pertiguero  y  30 
por  procurador.  (Libro  4,  fol.  15  vto.). 

En  el  mismo  día  fue  nombrado  por  sacristán  mayor  interino 
de  la  Catedral  Dn.  Joseph  Linares,  por  haber  fallecido  el  propie- 
tario Dn.  Nicolás  Olivares,  y  se  le  mandaron  dar  las  cuartas  y  el 
noveno  de  diezmos.  (Libro  4,  fol.  16). 

En  dicho  día  se  dispuso:  que  las  misas  de  los  viernes  del  Santo 
Cristo  las  cantase  el  Cabildo,  como  lo  dispuso  el  fundador,  y  que 
cesase  el  sacerdote  a  quien  se  le  habían  encomendado  el  cantarlas. 
(Libro  4,  fol.  16  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1669 


143 


En  10  de  septiembre  se  mandó  encalar  la  torre  y  la  portada  y 
se  previno  al  mayordomo  que  hiciese  diligencia  del  cobro  de  deudas 
pues  había  necesidad  de  otras  fábricas  en  la  Iglesia.  (Libro  4, 
fol.  17). 

En  el  mismo  día,  se  nombró  al  mayordomo  de  fábrica  Pedro 
Paredes  que  presentase  las  cuentas  de  todo  el  tiempo  que  servía 
la  mayordomía.  (Libro  4,  fol.  17  vto.). 

En  este  propio  día,  tratándose  el  hacer  informe  al  Rey  sobre 
sujetos  beneméritos  y  héchose  por  el  señor  Tesorero  uno  muy 
malo  contra  un  cura  de  Carora  se  acordó:  que  solamente  se  le 
excluyese  del  informe  y  que  se  pidiese  a  Su  Majestad  le  diese 
canongía  en  otra  Iglesia  fuera  de  este  obispado:  no  se  accedió 
a  la  mortificación  que  pidió  se  le  hiciese  al  dicho  cura  y  sólo  negó 
el  testimonio  que  pedía  de  la  acta,  hasta  que  lo  pidiese  como  parte 
y  no  como  capitular.  (Libro  4,  fol.  18). 

En  Io  de  octubre,  se  mandaron  fijar  edictos  con  término  de 
70  días  para  las  provisiones  del  curato  vacante  de  la  Catedral 
y  de  la  Sacristía  mayor  de  ella.  (Libro  4,  fol.  19). 

En  el  mismo  día  se  dispuso:  que  a  su  tiempo  se  pagasen  los 
encargos  que  había  hecho  a  España  con  comisión  del  Cabildo  el 
señor  Chantre  de  traer  un  reloj  con  campana  de  seis  o  siete  arrobas, 
para  ponerlo  en  la  torre  un  ceremonial  de  la  Santa  Iglesia  de 
Sevilla,  la  obra  de  Gavanto  y  unos  manuales  y  rituales.  (Libro  4, 
fol.  19  vto.). 

En  4  del  propio  mes  a  pluralidad  de  votos  se  mandó  comunicar 
vista  al  padre  Juan  de  Gamboa,  cura  de  la  Catedral,  sin  perjuicio 
de  la  apelación  interpuesta  de  una  exclamación  que  hizo  al  Ca- 
bildo el  maestro  Francisco  Albarrán  Saavedra;  diciendo  que  el 
Illmo.  Sor.  Obispo,  difunto,  le  hizo  agravio  en  la  provisión  de 
aquel  curato.  (Libro  4,  fol.  20). 

En  15  del  dicho  mes  de  octubre  por  dejación  que  hizo  el  padre 
Francisco  Ayerra  Santa  María,  se  nombró  por  capellán  de  coro 
al  padre  Alonzo  Brito,  presbítero,  y  por  apuntador  al  padre  Pedro 
Vicuña,  que  era  capellán  de  coro.  (Libro  4,  fol.  20  vto.). 

En  22  de  noviembre,  se  mandó  que  para  evitar  lo  anterior- 
mente dispuesto  de  que  se  pagasen  2  reales  a  cada  diácono  de  los 
que  se  vestían  para  las  misas  y  después  el  que  se  le  diesen  agui- 
naldos por  las  pascuas  se  diesen  por  el  mayordomo  de  fábrica  100 


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FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


pesos  anualmente  a  los  que  se  vistiesen  de  diácono  y  subdiácono; 
siendo  éstos  obligados  a  vestirse  en  todas  las  misas  que  cantase 
el  Cabildo  en  la  Iglesia  Catedral  y  en  otras  así  en  días  festivos 
como  no  festivos.  (Libro  4,  fol.  21). 

Año  de  1670. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  el  señor  Tesorero 
con  dos  votos  y  los  señores  arcediano  y  Chantre  con  sólo  uno: 
sólo  había  tres  sufragantes.  (Libro  4,  fol.  21  vto.). 

En  18  del  mismo,  sé  nombró  por  vicario  de  Trujillo  y  juez 
de  diezmos  al  Ledo.  Dn.  Juan  Wilches  y  Narvaes:  y  por  vicario 
del  convento  de  iMonjas  de  Regma  de  la  misma  ciudad  al  padre 
Dn.  Diego  Velásquez.  Y  asimismo  se  nombró  por  secretario  de 
Cabildo  al  padre  Joseph  de  Heredia,  presbítero.  (Libro  4,  fol.  22). 

En  6  de  febrero,  con  motivo  de  que  el  señor  Tesorero  Agustín 
de  Palma  iba  a  la  ciudad  de  Valencia,  se  le  dió  comisión  de  juris- 
dicción para  varias  cosas  eclesiásticas.  (Libro  4,  fol.  22  vto.). 

En  el  mismo  día  se  nombró  por  capellán  de  coro  al  padre 
Baltasar  Escovedo.  (Libro  4,  fol.  22). 

En  12  de  julio  con  motivo  de  que  un  negro  que  hacía  oficio  de 
campanero  estaba  viejo  y  enfermo,  se  hizo  nombramiento  de 
campanero  en  Sebastián  de  Flores,  con  la  renta  anual  de  50  pesos 
de  la  fábrica.  (Libro  4,  fol.  23  vto.). 

En  el  mismo  acto  se  hizo  nombramiento  de  los  que  habían  de 
servir  de  diáconos  en  las  misas.  (Libro  4,  fol.  23  vto.). 

En  6  de  agosto,  en  atención  a  estar  mandada  hacer  capilla  de 
Sagrario  para  los  curas  en  el  sitio  que  se  juntaba  y  continuaba 
con  la  de  San  Pedro,  que  estaba  para  comenzarse  a  edificar  y 
para  que  una  y  otra  fábrica  fuesen  útiles  a  la  Iglesia,  se  nombró 
por  interventor  de  la  obra  al  señor  Chantre.  (Libro  4,  fol.  24). 

En  24  de  octubre,  se  nombró  por  vicario  de  la  ciudad  de  Va- 
lencia al  Ledo.  Gerónimo  Riveros  y  en  este  mismo  acto  el  señor 
Tesorero  insinuó  que  el  señor  provisor  despachaba  algunas  cosas 
tocantes  a  la  jurisdicción  voluntaria  reservada  al  Cabildo;  y 
habiendo  allí  mismo  dado  su  descargo  el  mismo  señor  provisor, 
diciendo  que  sólo  daba  licencias  de  confesar  y  predicar  como 
ordinario  y  refrendaba  las  de  altares  portátiles  dadas  por  los 
señores  obispos,  y  ponía  cura  sustituto  en  ausencia  de  algún  pro- 
pietario nada  más  se  dijo.  (Libro  4,  fol.  24  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1670  1  45 


En  14  de  noviembre,  se  dio  licencia  para  profesar  una  reli- 
giosa en  Trujillo,  se  admitieron  opositores  al  curato  de  Valencia 
y  mandaron  despachar  censuras  generales  para  descubrir  bienes 
ocultados  del  espolio  del  Illmo.  señor  Briceño.  (Libro  4,  fol.  25  vto.). 

En  19  del  mismo  se  concedió  licencia  para  la  erección  de  una 
capilla  en  el  sitio  de  Paraima.  (Libro  4,  fol.  26). 

Aquí  mismo  se  acordó:  que  pues  el  rematar  todos  los  diezmos 
en  una  sola  persona,  traía  muchos  inconvenientes,  se  dividiesen 
en  veredas  para  rematar  en  cantidades  cómodas  y  que  el  que  no 
tuviese  responsabilidad  diese  fiador.  (Libro  4,  fol.  26  vto.). 

En  21  del  propio  mes,  se  dispuso:  que  en  la  división  de  veredas 
para  los  remates  de  diezmos,  se  especificasen  los  lugares  conte- 
nidos en  cada  vereda  o  partido:  que  el  mayordomo  eligiese  la  casa 
excusada  conforme  a  la  erección;  que  se  pregonasen  los  diezmos,  y 
que  se  admitiesen  las  pujas  conforme  a  derecho.  (Libro  4,  fol.  27  vto.). 

En  28  del  mismo  mes,  se  mandó  formar  la  toma  para  la  pro- 
visión del  curato  de  Valencia  según  resultaba  por  mayor  parte 
de  votos.  (Libro  4,  fol.  28  vto.). 

En  2  de  diciembre  aunque  se  propusieron  por  el  señor  Tesorero 
cuatro  asuntos,  el  uno  sobre  jurisdicción  del  señor  provisor,  el 
otro  sobre  los  bienes  del  convento  de  Monjas,  el  otro  sobre  que 
todos  los  martes  y  viernes  hubiese  Cabildo;  y  el  otro  sobre  fraudes 
en  los  remates  de  diezmos  nada  se  resolvió  por  ser  sólo  dos  los 
sufragantes.  (Libro  4,  fol.  30). 

En  5  del  mismo  se  dió  colación  del  curato  de  Valencia  al  padre 
Andrés  Arias  Altamirano.   (Libro  4,  fol.  32). 

En  9  del  propio  mes,  se  presentaron  las  cuentas  del  mayor- 
domo del  convento  de  Monjas,  y  se  mandaron  pasar  a  diputados. 
Y  aquí  mismo  se  otorgó  en  el  efecto  devolutivo  la  apelación  inter- 
puesta por  el  padre  Gaspar  Sánchez.  (Libro  4,  fol.  32  vto.). 

En  12  del  mismo  se  proveyeron  tres  peticiones  de  los  opositores 
al  curato  de  Valencia:  y  se  mandó  librar  mandamientos  para  traer 
de  Trujillo  algunos  utensilios  del  pontifical  del  Illmo.  señor  Bri- 
ceño. (Libro  4,  fol.  33). 

En  17  del  mismo  hizo  la  profesión  de  la  fe  el  cura  de  Valencia. 
(Libro  4,  fol.  33  vto.). 

En  23  del  mismo  se  obedeció  una  Real  Cédula  expedida  en 
Tolosa  a  10  de  mayo  de  1660,  sobre  que  no  se  innove  en  lo  acos- 
tumbrado acerca  de  pagar  los  suplementos  a  los  curas  de  su  esti- 
pendio. (Libro  4,  fol.  34). 


1 1  —  de  tai,  i. 


146 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Ario  de  1671. 

En  Io  de  enero,  fueron  elegidos  por  adjuntos  los  señores  Chantre 
y  Tesorero.  (Libro  4,  fol.  34). 

En  5  se  nombró  al  padre  Sebastián  Moreno,  cura  y  vicario  de 
Maracaibo  por  visitador  de  Trujillo  y  de  aquel  convento  de  Monjas. 
(Libro  4,  fol.  35). 

En  8  se  admitió  la  puja  hecha  a  los  diezmos  de  la  costa  del 
Mar  de  Valencia,  y  que  se  rematasen  en  el  proveedor  Pedro  Jaspe 
de  Montenegro.  (Libro  4,  fol.  35  vto.). 

En  9  se  acordó  que  las  misas  cantadas  de  los  viernes  al  Santo 
Cristo  que  estaban  encomendadas  a  los  capellanes,  se  volviesen 
a  cantar  por  el  Cabildo  y  que  también  asistiesen  al  coro  en  ellas 
los  señores  prebendados  por  haberse  notado  algunos  desórdenes 
en  los  capellanes:  y  también  se  acordó  que  las  misas  de  erección 
del  principio  de  cada  mes,  se  guardase  lo  dispuesto  en  la  erección 
y  que  los  señores  prebendados  asistiesen  a  ellas.  (Libro  4,  fol.  36). 

En  este  mismo  acto  se  trató  acerca  de  la  falta  de  pasto  espi- 
ritual en  que  habían  quedado  unos  indios  desparroquiados  de 
Carayaca.  (Libro  4,  fol.  37). 

En  13  se  mandaron  fijar  edictos  para  la  provisión  de  la  sa- 
cristía de  Valencia  y  se  proveyeron  unas  peticiones  sobre  remates 
de  diezmos.  (Libro  4,  fol.  38). 

En  26  se  mandó  entregar  al  mayordomo  de  fábrica  lo  que  el 
comisionado  que  fue  desde  esta  ciudad  trajo  de  la  de  Trujillo 
del  pontifical  del  Illmo.  Sor.  Briceño.  (Libro  4,  fol.  39). 

En  18  de  febrero  por  dejación  del  antecesor  fue  nombrado 
Luis  López  por  pertiguero  y  alguacil  de  la  Iglesia,  y  por  procu- 
rador de  ésta  y  se  le  señalaron  1.000  reales  por  pertiguero  y  30 
pesos  por  procurador.  (Libro  4,  fol.  39  vto.). 

En  19  se  dispuso  por  el  Cabildo  a  unos  indios  neófitos  el  impe- 
dimento de  afinidad  que  tenían,  usando  del  privilegio  concedido 
a  los  Illmos.  señores  Obispos.  (Libro  4,  fol  40). 

En  20  se  mandó  proceder  a  remate  de  los  bienes  entregados  del 
espolio  del  Illmo.  Sor.  Briceño,  comisionándose  al  efecto  al  señor 
vicario  capitular  y  que  el  producto  se  impusiese  a  censo  a  bene- 
ficio de  la  Iglesia.  (Libro  4,  fol.  40  vto.). 

En  21  concedió  el  Cabildo  la  capellanía  fundada  por  doña 
María  de  Ponte  (no  dice  el  principal)  de  que  era  patrono,  al  padre 
Francisco  Muñoz,  diácono.  (Libro  4,  fol.  42). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1671  147 


En  6  de  marzo,  insinuándose  que  el  altar  de  San  Jorge  estaba 
indecente  y  que  su  advocación  era  de  los  gloriosos  San  Cosme  y 
San  Damián;  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica  que  hiciese  hacer 
un  cuadro  grande  con  su  marco  dorado,  pintadas  en  él  las  imá- 
genes de  estos  Santos  para  el  mismo  altar.  Y  aquí  mismo  se  man- 
daron despachar  edictos  para  la  provisión  de  la  sacristía  de  Ma- 
racaibo.  (Libro  4,  fol.  42  vto.). 

En  17  se  nombró  por  capellán  de  coro  a  Domingo  Araujo,  clé- 
rigo de  menores  por  dejación  que  hizo  el  padre  Lucas  de  Matos. 
(Libro  4,  fol.  43). 

En  3  de  abril  se  reiteraron  las  providencias  que  se  expresan 
dadas  antes  por  el  Cabildo,  sobre  que  las  doncellas  educandas 
en  el  convento  de  Monjas  pagasen  sus  padres  o  deudos  el  piso. 
(Libro  4,  fol.  43  vto.). 

En  7  se  proveyó  una  petición  de  contradicción  a  la  oposición 
de  un  clérigo  a  la  sacristía  de  Valencia,  y  se  concedió  licencia 
al  cura  de  Trujillo  para  venir  a  esta  ciudad.  (Libro  4,  fol.  44  vto.). 

En  9  se  mandó  proceder  al  examen  de  los  opositores  a  la  sa- 
cristía de  Valencia,  y  que  evacuado  se  consultase  letrado  sobre  lo 
que  había  gestionado  un  opositor.  (Libro  4,  fol.  45). 

En  10  se  hizo  la  terna  para  la  provisión  de  la  dicha  sacristía 
y  aquí  se  dice  que  el  padre  Juan  Torrico  propuesto  en  tercero  lugar 
era  organista  de  la  Catedral.  (Libro  4,  fol.  36  vto.). 

En  este  mismo  acto  considerándose  que  en  la  Iglesia  había 
notable  falta  de  música  de  solemnidad  por  no  haber  maestro  que 
la  enseñase  a  los  capellanes,  monacillos  y  otros  clérigos  y  mi- 
nistros, se  nombró  al  padre  Gonzalo  Cordero,  presbítero,  por 
maestro  de  música  de  esta  catedral;  con  el  salario  anual  de  300 
pesos,  así  por  maestro  de  música  como  de  capilla  con  la  obligación 
de  enseñar  a  los  ministros  de  la  Iglesia  el  canto  llano  y  de  órgano, 
y  de  asistir  al  gobierno  de  la  música  en  el  coro  todas  las  festividades 
de  primera  clase  a  primeras  vísperas  y  misa  mayor  a  los  misereres 
de  cuaresma  todos  los  viernes,  el  domingo  de  Ramos,  jueves, 
viernes  y  sábado  y  asimismo  la  Circuncisión  del  Señor,  la  Inma- 
culada Concepción,  y  su  Natividad,  invención  de  la  Santa  Cruz, 
dedicación  de  San  Miguel,  las  festividades  de  los  Santos  Após- 
toles y  las  demás  que  el  capítulo  celebrase,  los  sábados  a  la  Salve, 
y  a  las  festividades  del  Santísimo  Sacramento  y  de  la  Santísima 
Virgen  dispuestas  por  el  Rey:  y  se  le  señaló  en  el  coro  el  asiento 
que  sigue  al  de  los  curas  al  lado  izquierdo.  (Libro  4,  fol.  48). 


148 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Aquí  mismo  se  nombró  por  capellán  de  coro  a  Fernando  Aré- 
valo,  por  haberse  ausentado  el  padre  Matías  Beltramilla,  y  tam- 
bién se  nombró  el  que  había  de  servir  de  vestuario  en  las  misas. 
(Libro  4,  fol.  48  vto.). 

También  se  dispuso  que  el  padre  Sebastián  Moreno  ejecutase 
la  visita  del  convento  de  Monjas  de  Trujillo  no  obstante  sus 
instancias,  desistimiento  y  su  venida  a  esta  ciudad.  (Libro  4, 
fol.  49). 

En  17  con  consulta  del  señor  Gobernador  se  asignó  la  renta 
anual  de  125  pesos  al  capellán  del  hospital  de  San  Pablo  de  esta 
ciudad.   (Libro  4,  fol.  50  vto.). 

En  20  se  mandaron  librar  órdenes  a  todo  el  obispado  prohi- 
biéndose el  uso  de  altares  portátiles.  (Libro  4,  fol.  51  vto.). 

En  29  de  mayo,  se  hizo  la  terna  para  la  provisión  de  la  sa- 
cristía mayor  de  Maracaibo:  autorizó  este  Cabildo  un  notario 
de  la  curia,  por  ser  opositor  al  secretario,  presbítero  Joseph  de 
Ileredia,  que  llevó  el  primer  lugar.  (Libro  4,  fol.  52). 

En  13  de  julio  con  motivo  de  haberse  perdido  la  terna  ante- 
cedente cuando  se  remitió  al  señor  Gobernador  que  se  hallaba 
en  Carora  se  mandó  formar  y  remitir  de  nuevo.  (Libro  4,  fol. 
53  vto.). 

En  el  mismo  día,  se  despachó  comisión  al  Vicario  de  Barqui- 
simeto  para  nombrar  cura  interino  del  pueblo  de  Duaca.  (Libro 
4,  fol.  54). 

En  26  de  agosto,  habiéndose  presentado  por  el  señor  arcediano 
Dr.  Dn.  Marcos  de  Sobremontes,  la  Real  Cédula  fecha  en  Madrid 
a  25  de  junio  de  1669  en  la  cual  es  presentado  el  deanato  vacante 
por  fallecimiento  del  señor  Dn.  Cristóbal  Bautista  López;  se  le 
dió  la  colación  en  la  sala  capitular  y  luego  se  dió  la  posesión  en 
el  coro,  donde  derramó  monedas  de  plata  y  después  en  la  dicha 
sala;  habiendo  precedido  el  juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro 
4,  fol.  54). 

En  el  mismo  día  y  con  iguales  ceremonias  se  dió  la  colación 
y  posesión  del  arcedianato  al  señor  Chantre  Dn.  Miguel  Núñez 
y  Guzmán,  cuya  real  presentación  es  de  la  misma  fecha  de  25  de 
junio  de  1669.  (Libro  4,  fol.  56  vto.). 

En  el  propio  día  con  las  mismas  ceremonias  se  dió  la  colación 
y  posesión  de  la  Chantría  al  señor  Tesorero  Agustín  de  Palma, 
cuya  real  presentación  también  es  fecha  en  25  de  junio  de  1669. 
(Libro  4,  fol.  58  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1671 


149 


En  el  mismo  día  26  de  agosto  con  iguales  ceremonias  (aunque 
no  se  expresa  la  de  derramar  monedas,  se  supone  olvido  del  secre- 
tario en  el  certificado)  se  dio  la  colación  y  posesión  de  la  Chantría 
al  señor  Ledo.  Sebastián  Moreno  cuya  real  presentación  es  fecha 
en  Madrid  a  2  de  diciembre  de  1670  y  en  ella  se  dice  estar  vaca 
la  dicha  tesorería,  por  fallecimiento  de  Dn.  Nicolás  Olivares,  el 
cual  no  recibió  colación  de  ella.  (Libro  4,  fol.  60  vto.). 

En  28  se  dió  colación  de  la  sacristía  mayor  de  Maracaibo  al 
Ledo.  Joseph  de  Soto  Leotario,  y  nada  más  se  dice  aquí:  mas 
éste  es  el  propuesto  en  segundo  lugar  en  la  terna;  y  el  secretario, 
presbítero  Joseph  de  Heredia  prosigue  autorizando.  (Libro  4, 
fol.  62  vto.). 

En  30  se  aprobó  el  nombramiento  de  vicario  y  de  cura  interino 
de  Maracaibo.  (Libro  4,  fol.  62  vto.). 

En  Io  de  septiembre  se  mandaron  expedir  edictos  para  la  pro- 
visión del  curato  de  dicha  ciudad  de  Maracaibo  con  término  de 
80  días  por  distar  de  esta  capital  160  leguas.  (Libro  4,  fol.  63). 

Aquí  mismo  se  mandaron  comprar  misales  y  hacer  un  orna- 
mento de  terciopelo  negro  y  otros  utensilios.  (Libro  4,  fol.  63  vto.). 

En  9  fue  nombrado  el  padre  Joseph  de  Heredia,  secretario  de 
Cabildo  por  maestro  de  ceremonias,  por  haber  dejado  este  oficio 
el  padre  Dn.  Joseph  de  Arrechederra,  sacristán  mayor.  (Libro  4, 
fol.  64). 

En  15,  insinuándose  que  consiguiente  a  la  licencia  concedida 
al  prior  mayordomo  y  hermanos  de  la  cofradía  del  glorioso  Prín- 
cipe de  los  Apóstoles  San  Pedro,  para  construir  una  capilla  en  el 
lugar  y  sitio  donde  estaba  la  de  bautisterio,  frente  a  la  plaza,  y 
asimismo  en  virtud  de  lo  decretado  en  acta  de  6  de  agosto  de  1670, 
se  estaban  edificando  ambas  unidas  a  un  mismo  tiempo,  pero  que 
por  no  tener  dineros  la  cofradía  había  parado  la  suya,  y  con  este 
motivo  no  se  podía  proseguir  la  otra;  se  mandaron  continuar 
ambas  de  cuenta  de  la  fábrica  con  calidad  de  que  la  cofradía 
pagase  el  suplemento  dentro  de  dos  años  y  que  no  hiciéndolo  lo 
reconociese  a  censo  a  favor  de  la  fábrica,  o  quedase  la  capilla  a 
disposición  de  ésta.  (Libro  4,  fol.  64  vto.). 

En  el  mismo  día  se  dió  licencia  para  la  entrada  de  dos  reli- 
giosas al  convento  de  Monjas.  (Libro  4,  fol.  65  vto.). 

En  10  de  noviembre  se  dió  comisión  a  Dn.  Juan  Wilches,  cura 
y  vicario  de  Trujillo  para  recoger  lo  que  allí  había  quedado  del 
espolio  del  Illmo.  Sor.  Briceño.  (Libro  4,  fol.  65  vto.). 


150 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  el  mismo  acto,  se  mandó  aumentar  a  su  salario  30  pesos 
anuales  a  tres  capellanes  de  coro,  porque  también  servían  de 
músico.  (Libro  4,  fol.  66  vto.). 

En  18  de  diciembre,  se  mandaron  expedir  edictos  con  término 
de  60  días  para  la  provisión  del  curato  de  la  ciudad  al  Tocuyo. 
(Libro  4,  fol.  67). 

Año  de  1672. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Deán 
y  Tesorero.  (Libro  4,  fol.  67  vto.). 

En  lia  pluralidad  de  votos  se  formó  la  nómina  de  los  dos 
opuestos  al  curato  de  Maracaibo  para  la  provisión  de  él.  (Libro  4, 
fol.  68). 

En  13  se  dió  la  colación  de  este  curato  al  padre  Juan  Caldera 
a  presentación  del  señor  Gobernador.  (Libro  4,  fol.  69). 

En  27  se  mandaron  expedir  edictos  con  término  de  80  días 
para  la  provisión  de  la  sacristía  de  la  ciudad  de  Guanaguanare. 
(Libro  4,  fol.  69). 

En  9  de  febrero,  se  mandó  al  mayordomo  dar  razón  de  lo  pro- 
cedido del  espolio  del  Illmo.  Sor.  Briceño:  y  también  se  le  mandó 
que  hiciese  peaña  de  madera  guarnecida  de  plata  al  Crucifijo 
de  marfil;  y  que  la  lámpara  vieja  de  plata  de  la  capilla  mayor  la 
vendiese  al  mayordomo  de  la  Iglesia  de  Nirgua.  (Libro  4,  fol.  70). 

En  4  de  marzo,  se  admitió  un  opositor  al  curato  del  Tocuyo. 
(Libro  4,  fol.  70  vto.). 

En  18  se  mandó  vender  un  negro  de  la  Iglesia,  por  los  450 
pesos  que  tuvo  de  costo,  a  causa  de  haber  salido  malo.  (Libro  4, 
fol.  70  vto.). 

Aquí  mismo  se  aumentaron  30  pesos  al  salario  anual  de  50  del 
secretario  de  Cabildo,  por  el  mayor  trabajo  que  tenía  en  la  sede 
vacante  y  que  pagase  el  mayordomo  de  fábrica.  (Libro  4,  fol.  71). 

En  23  de  abril,  se  admitió  el  traspaso  de  un  censo  de  4.000 
pesos  de  principal  que  tenía  reconocido  el  capitán  Diego  de  Ovalle, 
a  Dn.  Diego  Fernández  de  Araujo,  a  favor  de  esta  Santa  Iglesia 
Catedral.  (Libro  4,  fol.  71  vto.). 

En  2  de  mayo,  se  concedieron  mil  pesos  del  espolio  del  Illmo. 
Sor.  Briceño  a  doña  Leonor  Vásquez  de  Rojas,  viuda  del  general 
Rui  Fernández  de  Fuenmayor,  de  mancomún  con  su  hijo  el  sar- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1672 


151 


gento  mayor  Dn.  Domingo  Baltasar  Fernández  de  Fuenmayor, 
para  reconocerlos  a  censo  a  favor  de  la  Iglesia.  (Libro  4,  fol.  72). 

En  el  mismo  acto,  fue  nombrado  por  capellán  de  coro,  el  padre 
Domingo  del  Carpió,  presbítero,  por  dejación  de  Baltasar  Esco- 
vedo.  (Libro  4,  fol.  72  vto.). 

En  10  habiéndose  recibido  un  pliego  que  contenía  las  bulas 
despachadas  en  17  de  noviembre  de  1670,  y  Real  Cédula  ejecutoria 
de  22  de  enero  de  1672  en  que  se  constituye  Obispo  de  esta  dió- 
cesis de  Venezuela  al  Illmo.  Sor.  Maestro  Dn.  Fr.  Antonio  Gon- 
zález de  Acuña,  del  Orden  de  Santo  Domingo;  y  asimismo  dos 
poderes  de  su  Sría.  Illma.  otorgados  en  Madrid,  el  uno  a  16  de 
febrero  del  dicho  año  de  72,  para  que  en  su  nombre  tome  la  po- 
sesión el  señor  Deán  o  presidente  del  Cabildo,  y  el  otro  en  16  del 
mismo  mes,  para  que  el  Cabildo  gobernase  el  obispado,  se  dió 
el  obedecimiento  y  se  señaló  el  siguiente  día  para  la  posesión. 
(Libro  4,  fol.  73). 

En  11  precedida  lección  pública  por  el  secretario  de  Cabildo 
de  las  bulas,  real  ejecutorial  y  poder;  y  hecho  el  juramento  pre- 
venido por  el  Santo  Concilio  de  Trento,  y  el  guardar  los  estatutos 
de  esta  Santa  Iglesia,  se  dió  al  señor  Deán  Dr.  Dn.  Marcos  de  So- 
bremontes  en  nombre  del  sobredicho  Illmo.  Sor.  Obispo,  la  po- 
sesión de  este  obispado  con  canto  y  música,  sentándole  en  la  silla 
obispal  así  en  el  coro,  como  el  capítulo  y  en  la  Audiencia.  (Libro  4, 
fol.  74). 

En  el  mismo  día  a  pluralidad  de  votos  con  atención  a  las  voces 
del  poder  conferido  al  Cabildo  por  el  sobredicho  Illmo.  Sor.  Obispo 
para  gobernar  el  obispado  como  lo  había  hecho  en  sede  vacante, 
se  acordó,  que  subsistiese  el  señor  provisor  y  demás  ministros 
del  juzgado  eclesiástico  usando  de  la  jurisdicción  como  conferida 
por  su  Sría.  Illma.  (Libro  4,  fol.  75). 

En  17  se  concedió  un  censo  de  4.070  pesos  perteneciente  al 
convento  de  Monjas  de  esta  ciudad.  (Libro  4,  fol.  77). 

En  el  mismo  día  se  nombró  por  vicario  foráneo  y  juez  de  diez- 
mos de  Maracaibo  al  padre  Juan  Caldera  Quiñones;  y  también 
se  nombró  cura  interino.  (Libro  4,  fol.  77  vto.). 

En  27  citándose  una  Real  Cédula  de  22  de  enero  de  este  año, 
en  que  se  mandaba  informar  acerca  de  aumento  de  prebendas  a 
pluralidad  de  votos  se  acordó  informar:  que  convenía  aumentarse 
tres  canongías  y  dos  raciones  con  tal  que  se  incorporase  a  las  rentas 
del  Cabildo  las  de  los  curatos  y  sacristía  de  la  Catedral,  ponién- 


152 


FUENTKS  PARA   LA   HISTORIA   COLONIAL  DE  VENEZUELA 


(lose  dos  tenientes  de  cura  y  un  sacristán  y  que  asimismo  se  in- 
formase que  la  Iglesia  tenía  seis  capellanes  de  coro,  un  maestro 
de  capilla,  un  sochantre,  un  organista,  tres  músicos  de  los  mismos 
capellanes,  dos  sacerdotes  para  vestirse  con  las  dignidades,  seis 
monacillos,  un  pertiguero  y  un  campanero.   (Libro  4,  fol.  78). 

Sigue  copia  de  una  carta  del  Illmo.  Sor.  Obispo  al  Cabildo 
desde  Madrid,  insinuando  las  causas  de  la  dilación  de  su  venida, 
y  encargándole  cuide  de  sus  ovejas.  (Libro  4,  fol.  79). 

En  5  de  julio,  se  mandaron  expedir  edictos  para  la  provisión 
del  curato  de  Maracaibo  con  término  de  80  días  y  para  el  de  Ca- 
rora  con  el  de  60:  y  asimismo  se  mandó  pasar  al  señor  provisor 
una  petición  sobre  poner  tres  niñas  huérfanas  en  el  convento  de 
Monjas  para  su  educación.  (Libro  4,  fol.  79  vto.). 

En  6,  se  concedió  al  Ledo.  Gerónimo  Rivero  el  capital  de  1.000 
pesos  para  reconocerlo  a  favor  de  la  Iglesia  como  proveniente  del 
espolio  del  Illmo.  Sor.  Briceño;  y  asimismo  se  acordó  a  Pedro 
Erancisco  de  León  otro  censo  de  500  pesos  también  de  la  Catedral, 
que  tenía  reconocidos  Francisco  Martínez  Flores.  (Libro  4,  fol. 
80  vto.). 

En  4  de  agosto,  se  concedió  licencia  al  Ledo.  Dn.  Domingo 
de  Guzmán  para  reconocer  de  nuevo  tres  censos  pertenecientes 
a  la  Catedral,  el  uno  de  1.000  pesos,  otro  de  500  y  otro  de  250 
que  estaban  antes  cargados  sobre  una  casa  que  vendió  a  doña 
Mencia  Landaeta.  (Libro  4,  fol.  81  vto.). 

En  3  de  octubre,  se  concedió  a  Pedro  Juan  Carrasquer,  600 
pesos  de  capital  que  dejó  Sebastián  Díaz,  para  que  con  sus  réditos 
se  celebrasen  en  la  Catedral  cada  año  diez  misas  cantadas.  (Libro 
4,  fol.  82  vto.). 

En  este  mismo  acto,  se  concedieron  dimisorias  a  cinco  clérigos. 
(Libro  4,  fol.  83). 

En  10  se  concedieron  500  pesos  del  convento  de  Monjas  a 
Juan  de  Mujica  para  su  reconocimiento  a  censo.  (Libro  4,  fol. 
83  vto.). 

En  14  se  pusieron  varios  reparos  a  las  cuentas  del  mayordomo 
del  hospital  de  la  ciudad  de  Barquisimeto,  a  cuyo  vicario  se  de- 
volvió el  expediente,  haciéndosele  varias  provisiones  relativas  a 
seguridad  de  los  censos,  cobro  de  réditos  y  contribución  del  edi- 
ficio del  mismo  hospital.  (Libro  4,  fol.  84). 

En  15  se  pusieron  varios  reparos  a  las  cuentas  del  mayordomo 
de  la  cofradía  del  Santísimo  Sacramento  de  la  Iglesia  Parroquial 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1673 


153 


de  la  ciudad  de  Barquisimeto;  se  mandó  imponer  a  censo  su  al- 
cance y  se  dieron  varias  disposiciones  para  el  buen  gobierno  de 
esta  cofradía,  comisionándose  al  vicario  al  efecto.  (Libro  4,  fol.  85). 

En  18  de  admitieron  más  seguridades  sobre  el  censo  de  500 
pesos  del  convento  de  Monjas,  concedido  a  Juan  Mujica.  (Libro 
4,  fol.  86). 

En  22  se  formó  la  terna  para  la  provisión  del  curato  de  Carora. 
(Libro  4,  fol.  86  vto.). 

En  18  de  noviembre,  se  formó  la  nómina  de  los  dos  únicos 
opositores  para  el  curato  de  Maracaibo.  (Libro  4,  fol.  87). 

En  28  se  concedió  al  capitán  Juan  Blanco  de  Villegas  el  ca- 
pital de  2.000  pesos  perteneciente  al  convento  de  Monjas  de  esta 
ciudad.  (Libro  4,  fol.  87  vto.). 

En  29  se  puso  copia  de  un  auto  proveído  por  el  Cabildo  en  26 
de  este  mes,  acerca  del  mismo  censo  referido  en  la  antecedente 
nota:  y  asimismo  acerca  de  la  profesión  y  pago  de  piso  y  demás 
de  una  novicia,  de  cuya  dote  proviene  el  propio  censo.  (Libro  4, 
fol.  88). 

En  7  de  diciembre,  se  admitió  la  renuncia  del  curato  y  doctrina 
de  Pariagüán,  La  Guaira  y  anexos.  (Libro  4,  fol.  88  vto.). 

En  20  se  mandaron  expedir  edictos  para  la  provisión  del  sobre- 
dicho curato  y  también  de  los  de  Quara  y  de  Duaca.  (Libro  4, 
fol.  89). 

Año  de  1673. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  arce- 
diano y  Chantre,  y  en  el  mismo  acto  aceptaron  y  juraron.  (Libro 
4,  fol.  89  vto.). 

En  12,  se  admitió  la  renuncia  del  curato  de  San  Miguel  de 
Carigua:  y  también  se  dió  comisión  al  señor  arcediano  para  re- 
cibir cuenta  al  mayordomo  del  convento  de  Monjas  de  esta  ciudad. 
(Libro  4,  fol.  90). 

En  25  se  concedió  licencia  al  capitán  Dn.  Manuel  de  Urbina 
para  reconocer  a  favor  de  la  Catedral  el  capital  de  1.000  pesos, 
que  tenía  sobre  sus  bienes  doña  Leonarda  Queipo.  (Libro  4, 
fol.  90  vto.). 

En  15  de  febrero  se  dió  colación  del  curato  de  Quara  al  padre 
Juan  Bambelle  y  se  mandaron  fijar  edictos  para  el  de  Carigua. 
(Libro  4,  fol.  91  vto.). 


154 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  12  se  admitió  la  dejación  del  curato  de  Mapire  que  hizo 
el  Ledo.  Antonio  González  Golpellares.  (Libro  4,  fol.  91  vto.). 

En  20  insinuándose  que  el  Ledo.  Gerónimo  Valera,  cura  de 
Turmero  se  ausentó  sin  licencia  y  que  se  había  ¡do  a  España  y 
conseguido  una  canongía  de  la  ciudad  de  Cartagena,  se  mandó 
que  el  señor  provisor  hiciese  averiguaciones  de  esto,  y  diese  cuenta 
al  Cabildo  de  las  resultas.  Y  aquí  mismo  se  mandó  reiterar  la 
fijación  de  edictos  para  un  curato  que  no  había  tenido  opositor. 
(Libro  4,  fol.  92  vto.). 

En  25  habiéndose  averiguado  que  el  sobredicho  Ledo.  Geró- 
nimo de  Valera  había  tomado  posesión  de  la  canongía,  se  man- 
daron expedir  edictos  con  términos  de  20  días  para  la  provisión 
del  curato  de  Turmero.  (Libro  4.  fol.  93). 

En  7  de  abril,  se  hicieron  las  nóminas  para  la  provisión  del 
dicho  curato  de  Turmero  y  del  de  La  Guaira,  Pariaguán  y  anexos. 
(Libro  4,  fol.  93). 

En  13  se  formó  la  terna  para  la  provisión  de  la  sacristía  mayor 
de  Trujillo.  (Libro  4,  fol.  94). 

En  15  con  motivo  de  haberse  retirado  el  padre  Erancisco 
Urbina  para  su  ingreso  de  jesuita  en  Santa  Fe,  el  cual  era  preceptor 
de  gramática  en  esta  ciudad,  se  nombró  para  lo  mismo  a  Juan  de 
Heredia  Carballo,  con  el  mismo  salario  de  200  pesos  señalado  por 
el  Rey  en  Real  Cédula  de  8  de  octubre  de  1598  y  de  100  asignado 
sobre  las  rentas  de  la  Catedral.  (Libro  4,  fol.  94  vto.). 

En  18  se  mandaron  expedir  edictos  con  término  de  35  días 
para  la  provisión  del  curato  de  Guama  y  Cocorote.  (Libro  4,  fol. 
95  vto.). 

En  6  de  mayo,  se  concedieron  500  pesos  de  capital  pertene- 
ciente a  la  dotación  de  misas  del  Santo  Cristo  a  Dn.  Ginés  del 
Cerro  y  Ponte.  (Libro  4,  fol.  95  vto.). 

En  26  de  junio,  se  mandó  reparar  la  Custodia  agrandándola 
y  poniéndole  piedras  preciosas,  empleándose  en  esto  una  mitra, 
dos  pectorales  y  algunos  anillos.  (Libro  4,  fol.  96  vto.). 

En  el  mismo  acto  se  hizo  la  nómina  por  la  provisión  del  curato 
de  Guama  y  Cocorote.  (Libro  4,  fol.  97). 

En  30  se  mandó  reiterar  tercera  vez  la  convocatoria  para  la 
provisión  del  curato  de  Duaca.  (Libro  4.  fol.  98). 

En  10  de  julio  se  hizo  la  nómina  para  la  provisión  del  mismo 
curato  de  Duaca.  (Libro  4,  fol.  98  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1674  155 


En  27  de  agosto,  mejor  acordado  y  fundado  el  Cabildo  dispuso 
que  la  fiesta  de  la  dedicación  de  la  Iglesia,  se  celebrase  como  antes 
en  20  de  junio,  conforme  a  lo  dispuesto  en  acta  de  7  de  marzo  de 
1638;  pues  era  contra  las  decisiones  de  la  Sagrada  congregación 
de  ritos  la  mutación  hecha  posteriormente  al  día  30  de  agosto. 
(Libro  4,  fol.  99). 

Sigue  testimonio  del  mandamiento  expedido  por  el  Illmo.  Sor. 
Obispo  en  20  de  septiembre  para  que  el  secretario  de  Cabildo  con 
los  señores  capitulares,  compareciese  en  el  palacio  obispal  de 
esta  ciudad  el  mismo  día  cerca  de  la  noche  para  tratar  el  negocio 
tan  importante  de  la  erección  de  Colegio  Seminario  y  este  Illmo. 
señor  es  el  primero  que  se  firma  Obispo  de  Caracas.  (Libro  4, 
fol.  99  vto.). 

En  15  de  octubre,  presente  su  Sría.  lllma.  y  en  su  palacio,  se 
determinó  que  hubiese  dos  plazas  seises  para  el  servicio  de  la 
Iglesia.  (Libro  5,  fol.  1). 

En  31  de  diciembre,  con  atención  a  que  Su  Majestad  tenía 
encargada  la  administración  de  diezmos  de  esta  diócesis  al  Illmo. 
Sor.  Obispo  y  al  Cabildo;  y  que  su  Sría.  lllma.  había  nombrado 
para  asistir  a  los  remates  del  siguiente  año  a  los  señores  arcediano 
y  chantre  el  Cabildo  hizo  igual  nombramiento  en  ellos.  (Libro  5, 
fol.  100). 

Nota:  en  este  Cabildo  comenzó  a  autorizar  como  secretario 
de  Cabildo  al  Dr.  Dn.  Pedro  Lozano  del  Valle,  presbítero,  cuyo 
nombramiento  no  consta  y  prosigue. 

Año  de  1674. 

En  19  de  enero,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  y  en  su  palacio, 
manifestó  su  Sría.  lllma.  la  terna  que  pasaba  al  señor  Gobernador 
para  la  provisión  de  la  mayordomía  de  fábrica  de  esta  Santa 
Iglesia,  conforme  al  real  patronato,  en  primer  lugar  al  capitán 
Juan  Sánchez  Borrego,  en  segundo  a  Dn.  Diego  Miquilen  y  en 
tercero  a  Miguel  Barón  y  el  Cabildo  no  puso  reparo.  (Libro  5, 
fol.  1). 

Aquí  mismo  consultó  al  Cabildo  a  quien  nombraría  por  pro- 
moto fiscal  y  habiéndosele  propuesto  al  Ledo.  Domingo  Pérez 
Hurtado,  le  mandó  despachar  título.  (Libro  5,  fol.  1  vto.). 

En  este  mismo  acto,  con  igual  consulta  se  nombró  por  perti- 
guero y  fiscal  de  vara  a  Juan  César  de  Castilla,  porque  Joseph 


156 


FUENTES  PARA   I.A   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Rivera,  presbítero,  que  lo  obtenía  no  quería  continuar  por  ser 
corto  el  salario.  (Libro  5,  fol.  1  vto.). 

En  24  presenta  su  Sría.  Illma.  y  en  su  palacio,  se  dispuso  que 
los  curas  para  el  mejor  servicio  de  la  Iglesia  y  administración 
de  Sacramentos  tuviesen  tres  tenientes,  dos  para  de  día  y  uno 
para  de  noche,  con  el  salario  de  225  pesos  pagados  de  las  rentas 
de  los  mismos  curas.  (Libro  5,  fol.  1  vto.). 

En  15  de  abril,  se  hace  informe  por  el  Obispo  y  Cabildo  a  la 
Reina  gobernadora,  de  los  eclesiásticos  beneméritos  de  esta  dió- 
cesis, con  expresión  de  sus  servicios,  costumbres  y  calidad.  (Libro 
5,  fol.  2). 

En  17  se  hizo  otro  informe  por  el  Obispo  y  Cabildo,  en  que 
piden  el  aumento  de  cuatro  canónigos  de  los  cuales  uno  fuese 
magistral  y  otro  penitenciario  por  oposición,  incorporándose  a 
la  cuarta  capitular  los  novenos  de  los  curas  y  sacristán  con  calidad 
de  ponerse  dos  tenientes  de  curas  principales  por  oposición  y  pre- 
sentación del  Cabildo  al  Obispo  con  500  pesos  de  renta  cada  uno, 
y  dos  menos  principales  con  225  y  un  teniente  de  sacristán  con  250. 
(Libro  5,  fol.  3). 

En  16  de  marzo,  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  su  palacio  se 
trató  acerca  de  haber  sido  ordenado  con  irregularidad  un  ecle- 
siástico y  se  acordó  señalarle  nuevo  término  para  probar  que 
estaba  bien  ordenado.  (Libro  5,  fol.  4). 

En  1 7  de  junio,  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  su  palacio  se 
dispuso  tomar  de  cuenta  de  la  Iglesia  una  casa,  sobre  que  estaba 
cargado  el  capital  de  1.500  pesos  pertenecientes  a  ella,  y  pagarse 
con  la  misma  casa  de  los  réditos  vencidos,  pues  el  censuatario 
Diego  de  Guevara  no  podía  pagarlos  ni  reparar  la  casa.  (Libro  5, 
fol.  4  vto.). 

En  20  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  su  palacio,  habiéndose 
presentado  Dn.  Manuel  Eelipe  de  Tovar,  con  el  título  que  le  des- 
pachó su  tío  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Mauro  de  Tovar  en  9  de  abril 
de  1652  a  consecuencia  de  la  acta  capitular  de  27  de  marzo  del  mismo 
año  considerándosele  el  patronato  de  la  capellanía  de  Nra.  Sra.  de 
Candelaria  y  Concepción  en  la  cabeza  de  la  nave  del  lado  de  la 
Epístola  en  esta  Santa  Iglesia,  pidiendo  que  se  le  diese  auto  jurí- 
dico de  la  posesión  en  que  estaba;  se  le  declaró  por  legítimo  pa- 
trono desde  la  fecha  de  aquel  título  y  su  Sría.  Illma.  quedó  en 
que  mandaría  despachar  su  auto,  para  que  se  le  diese  real  posesión. 
(Libro  5,  fol.  5). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1674 


157 


En  23  de  julio,  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  su  palacio  se 
mandó  que  en  adelante  en  cumplimiento  de  las  rúbricas  del  bre- 
viario, se  rezase  una  vez  cada  mes  el  Oficio  de  Difuntos,  vísperas, 
maitines  y  laudes  en  el  primer  lunes,  y  otro  día  no  impedida, 
declarándose  que  obligaba  de  precepto  en  el  coro.  (Libro  5,  fol. 
7  vto.). 

En  24  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  su  palacio,  se  declaró  que 
en  adelante  en  la  concurrencia  de  la  fiesta  del  Apóstol  Santiago, 
y  de  la  gloriosa  Santa  Ana,  se  diesen  las  primeras  vísperas  de  ésta 
íntegras,  con  conmemoración  de  las  segundas  de  aquélla;  en  atención 
a  que  Santa  Ana  estaba  declarada  legítimamente  por  la  silla  apos- 
tólica en  la  bula  de  erección  de  esta  Santa  Iglesia,  y  que  Santiago, 
aunque  era  patrono  de  España  no  lo  era  de  las  Indias,  pues  estaba 
declarada  por  patrona  de  esta  Santa  Rosa,  y  que  el  patronato  de 
Santiago  en  particular  de  esta  ciudad;  debía  estimarse  como 
mera  devoción;  pues  no  estaba  hecho  con  arreglo  al  decreto  de  la 
sagrada  congregación  de  ritos,  confirmado  por  el  Sumo  Pontífice 
el  señor  Urbano  VIII  que  aquí  mismo  está  inserto.  (Libro  5, 
fol.  8). 

En  25  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  su  palacio  se  mandó  que 
en  adelante  volviese  al  coro  el  señor  prebendado  que  hubiese 
hecho  el  oficio  de  vísperas  acompañado  de  los  mismos  ministros 
que  fueron  con  él  al  altar;  y  presididos  del  pertiguero;  imponiendo 
pena  de  cuatro  pesos  de  multa  al  ministro  que  faltase,  y  la  de  pro- 
cederse  contra  él  judicialmente  por  el  señor  provisor  después  de 
segunda  falta;  y  al  Cabildo  se  lo  preceptuó  su  Sría.  Illma.  en  virtud 
de  santa  obediencia.  (Libro  5,  fol.  8  vto.). 

En  12  de  septiembre,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  y  en  su 
palacio  su  Sría.  Illma.  con  consulta  del  Cabildo  agregó  al  seminario 
cuya  fábrica  se  estaba  construyendo,  dos  capellanías  de  fuera  de 
la  Catedral;  y  se  acordó  que  para  pagar  los  catedráticos  de  gra- 
mática, artes  y  teología,  se  continuasen  contribuyendo  los  200 
pesos  que  se  daban  de  las  reales  cajas  y  100  de  la  fábrica  de  la 
Catedral  para  el  preceptor  de  gramática;  y  que  además  de  esto 
y  del  tres  por  ciento  la  misma  fábrica  diese  200  pesos  más  anual- 
mente pagables  por  medianías;  pues  con  todo  junto  se  acomodarían 
todos  los  catedráticos.  (Libro  5,  fol.  9). 

En  2  de  noviembre,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular 
habida  consideración  a  las  rentas  que  gozaba  la  fábrica  de  los 
espolios  de  los  Illmos.  señores  Obispos  Dn.  Fr.  Gonzalo  de  An- 


158 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


guio  y  Dn.  Fr.  Alonzo  Briceño,  y  hechas  otras  reflexiones  se  acordó 
que  el  día  siguiente  a  la  conmemoración  de  difuntos,  se  hiciese 
aniversario  por  los  señores  Obispos  que  ha  tenido  esta  diócesis, 
sin  hacerse  otra  contribución  que  la  de  la  cera:  que  en  los  dos 
días  siguientes  se  hiciesen  dos  por  aquellos  nominados,  Illmos. 
señores  Obispos  Angulo  y  Briceño,  contribuyendo  la  fábrica  para 
ellos  16  pesos  y  medio  para  distribuirlos  entre  los  ministros:  que 
seguidamente  se  hiciese  otro  que  ofrecía  dotar  el  mismo  Illmo. 
Sor.  Obispo  presente  Dn.  Fr.  Antonio  González  de  Acuña  por  su 
alma,  y  las  de  sus  padres  y  deudos:  y  que  después  si  hiciese  otro 
aniversario  con  igual  contribución  que  la  de  la  cera.  (Libro  5,  fol.  10). 

En  el  mismo  día  y  acto,  habiendo  insinuado  su  Sría.  Illma. 
que  según  se  había  determinado  estaba  destinado  el  caudal  de 
María  Pérez  para  las  imágenes  de  Nra.  Sra.  del  Rosario  del  con- 
vento de  San  Jacinto  y  de  Nuestra  Señora  de  Candelaria  de  esta 
ciudad,  en  cuya  virtud  había  mandado  entregar  lo  correspondiente 
a  aquella  y  que  de  lo  pertenenciente  a  Nra.  Sra.  de  Candelaria 
estaba  todo  impuesto  a  censo;  conferenciando  este  asunto,  se  dis- 
puso que  su  cofradía  que  estaba  ya  desvanecida  se  pusiese  en 
pie,  siendo  su  Sría.  Illma.  y  sus  sucesores  y  el  Cabildo  perpetua- 
mente patronos  y  cofrades  de  ella,  eligiéndose  cada  año  un  capi- 
tular para  que  cuidase  de  los  bienes  de  esta  cofradía  y  diese  su 
cuenta  al  prelado  y  capítulo:  que  la  misa  de  los  sábados  se  can- 
tase con  diáconos  de  los  capellanes  de  coro,  repartiéndoseles  cada 
año  200  pesos:  que  para  el  incienso  de  la  misa  y  salve  se  diesen 
cada  año  5  pesos  que  se  hiciesen  las  fiestas  solemnes  de  Purifi- 
cación e  Inmaculada  Concepción  pagando  10  pesos  por  cada  una 
y  que  se  hiciese  un  aniversario  en  la  conmemoración  general  de 
difuntos  con  la  misma  limosna  y  ofrenda  de  pan  y  vino  aplicado 
este  aniversario  y  aquellas  funciones  por  las  almas  de  la  dicha 
María  Pérez  y  sus  parientes  difuntos.  Y  aquí  mismo  se  obligaron 
los  capellanes  de  coro  por  sí  y  por  sus  sucesores  a  vestirse  de  diá- 
conos en  las  misas  de  los  sábados  por  la  dicha  limosna.  (Libro  5, 
fol.  10  vto.). 

En  el  mismo  día  y  acto;  vista  una  representación  de  Juan  de 
Medina,  en  que  hacía  presente  haber  concluido  la  Iglesia  y  su 
torre  en  diez  años  transcurridos  desde  el  de  1664  haciendo  aún 
oficio  de  albañil  pues  el  era  carpintero  por  no  haber  quien  hiciese 
aquél,  y  que  aunque  se  le  habían  prometido  200  pesos  de  albiricias 
no  se  le  habían  dado;  se  acordó:  que  concluyendo  unas  rejas  que 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1675 


159 


faltaban  y  debían  incluirse  en  aquellos  200  pesos  su  Sría.  Illma. 
despacharía  mandamiento  para  que  se  le  entregasen  por  el  mayor- 
domo de  fábrica. 

En  el  mismo  día  y  acto,  en  consideración  a  que  por  ser  corta 
la  dotación  de  las  misas  de  los  viernes  al  Santo  Cristo  se  cantaban 
sin  diáconos,  se  acordó  que  se  diesen  (solamente)  al  organista 
solamente  12  pesos,  4  reales  y  que  los  otros  12  pesos  y  4  reales 
se  repartiesen  entre  los  capellanes  de  coro  por  vestirse  de  diáconos: 
y  llamados  a  este  acto  los  ocho  capellanes  que  había,  éstos  se 
obligaron  por  sí  y  por  sus  sucesores  a  ejecutarlo  por  aquella  corta 
limosna  y  por  su  devoción:  y  el  Illmo.  Sor.  Obispo  les  dió  las 
gracias.  (Libro  5,  fol.  13). 

En  30  del  dicho  mes  de  noviembre,  presente  su  Sría.  Illma. 
y  en  su  palacio  se  determinó  para  remediar  los  perjuicios  que  había 
en  los  remates  de  diezmos  y  su  solución  que  no  se  admitiesen  pos- 
turas que  adeudasen  algo:  que  las  fianzas  fuesen  buenas:  que 
hubiese  caja,  en  que  entrase  toda  la  masa  a  excepción  de  los  dos 
novenos  reales:  y  que  hubiese  dos  capitulares  jueces  de  diezmos 
autorizados  por  su  Sría.  Illma.  hasta  para  imponer  censuras, 
y  que  a  ellos  se  pasasen  todas  las  causas:  y  en  el  mismo  acto  fueron 
nombrados  los  señores  arcediano  y  chantre  a  los  cuales  su  Sría. 
Illma.  dió  cumplidas  facultades  y  mandó  que  cada  uno  tuviese 
una  llave  de  la  caja,  y  la  tercera  el  notario,  dándoles  también 
facultad  para  nombrar  jueces  subalternos  que  en  sus  diezmos 
tuviesen  semejante  caja.  E  igualmente  se  aceptó  aquí  la  cesión 
espontánea  que  hizo  el  señor  Deán  de  la  décima  que  percibía  de 
la  masa  de  diezmos  y  que  en  adelante  sólo  se  le  contribuyese  a 
razón  de  cuatro  y  a  las  demás  dignidades  a  razón  de  tres,  confor- 
mándose con  lo  dispuesto  en  la  erección  y  que  a  este  modo  respec- 
tivamente entrasen  cuando  los  hubiese  los  canónigos,  racioneros 
y  medios  racioneros.  (Libro  5,  fol.  14). 

En  30  de  diciembre,  presente  su  Sría.  Illma.  y  en  su  palacio 
se  dispuso  que  en  ausencia  y  enfermedades  del  señor  Chantre, 
fuese  juez  de  diezmos  por  él  el  señor  Tesorero.  (Libro  5,  fol.  16). 

Año  de  1675. 

En  Io  de  enero,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  la  sala  capi- 
tular dió  cuenta  del  estado  de  los  autos  del  concurso  a  la  ma- 
yordomía  de  fábrica  de  esta  Santa  Iglesia;  y  con  consulta  del 


160 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Cabildo  formó  la  terna  poniendo  en  primer  lugar  a  Dn.  Diego 
Miquelena.  Y  aquí  mismo  consultó  también  al  Cabildo  sobre 
provisión  de  la  mayordomía  del  convento  de  Monjas  y  con  su 
parecer  nombró  al  mayordomo.  (Libro  5,  fol.  16  vto.). 

En  3  de  febrero,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular 
precedida  consulta  al  Cabildo  y  aceptando  su  parecer  determinó 
proceder  a  concurso  de  los  curatos  vacantes  y  al  nombramiento 
de  examinadores  sinodales  por  haber  muerto  los  nombrados  en 
la  última  sínodo;  y  en  efecto  con  la  misma  consulta  y  consejo 
nombró  los  veinte  examinadores  aquí  nominados.  (Libro  5,  fol.  17). 

En  Io  de  marzo  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  aceptó  el  Ca- 
bildo la  fundación  que  aquí  está  inserta  de  una  capellanía  de 
2.200  pesos  que  su  Sría.  Illma.  fundó  con  los  bienes  de  Angela 
Meló  cuyo  capital  reconoció  en  19  de  enero  de  este  año  Santiago 
de  Liendo  destinando  sus  réditos  para  la  misa  cantada  de  renovó 
en  el  altar  mayor  de  la  Catedral  cada  jueves:  que  fuese  capellán 
perpétuo  el  Cabildo  y  patrono  la  dignidad  episcopal:  y  que  el 
mayordomo  de  fábrica  se  hiciese  cargo  de  cobrar  los  réditos  y  pagar 
la  limosna  de  las  misas  y  tres  por  ciento  tocante  al  seminario. 
(Libro  5,  fol.  18). 

En  el  mismo  día  habiendo  propuesto  su  Sría.  Illma.  que  por 
su  devoción  había  fundado  la  capellanía  de  una  misa  cantada 
en  esta  Santa  Iglesia  el  día  21  de  diciembre  al  glorioso  Apóstol 
Santo  Tomás,  dotándola  en  el  capital  de  270  pesos,  según  el  tenor 
de  la  fundación  aquí  mismo  inserta;  siendo  del  cargo  del  mayor- 
domo de  fábrica  el  cobro  de  los  réditos  anuales:  el  Cabildo  aceptó, 
y  dió  las  gracias.  (Libro  5,  fol.  23  vto.). 

En  27  de  junio  el  Cabildo  accedió  a  la  petición  del  señor  Chan- 
tre Ledo.  Agustín  de  Palma,  de  ausentarse  por  enfermo;  y  para 
que  restablecido  ejerciese  el  título  de  visitador  que  le  había  des- 
pachado el  Illmo.  Sor.  Obispo;  y  se  aceptó  el  nombramiento  que 
hizo  en  el  padre  Baltasar  García,  cura  de  la  Catedral,  para  cantar 
las  misas  de  su  obligación.  (Libro  5,  fol.  24  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1676. 

En  26  de  enero,  se  puso  copia  en  este  libro  de  un  auto  del 
Illmo.  Sor.  Obispo,  fecho  en  23  del  mismo,  en  que  reúne  las  dos 
capellanías  fundadas  por  doña  Elvira  y  doña  Leonor  de  Montes, 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1677 


161 


reforma  la  carga  de  misas  rezadas  que  ha  de  decir  el  capellán  en 
la  capilla  de  Nuestra  Señora  de  la  Antigua:  determina  que  el 
Cabildo  se  haga  cargo  de  doce  cantadas  de  la  una,  y  tres  de  la  otra, 
y  de  otra  solemne  con  vísperas  el  día  de  Nuestra  Señora  de  las 
Nieves:  que  se  entregue  una  parte  de  réditos  al  hospital  de  San 
Pablo:  que  arda  la  lámpara  de  la  capilla  en  ciertos  días:  que  se 
pague  otra  parte  a  la  fábrica  de  esta  Iglesia,  y  que  el  mayordomo 
de  ella  los  cobre  todos  y  haga  los  pagamentos;  y  asimismo  se 
dispuso  la  asistencia  al  coro  en  ciertos  días  por  el  capellán  y  que 
éste  no  pueda  obtener  beneficios  fuera  de  la  ciudad.  (Libro  5, 
fol.  25  vto.)- 

En  el  mismo  día  se  copió  otro  auto  de  17  de  este  mes  pro- 
veído por  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  en  que  prohibe  en  virtud  de  santa 
obediencia  y  pena  de  excomunión  mayor  con  pretexto  ni  ocasión 
alguna  se  sacase  prestada,  hurtada  o  vendida,  ni  aún  por  mínimo 
tiempo  cosa  alguna  del  servicio  de  la  Iglesia,  ni  de  sus  capillas 
particulares,  ni  del  archivo  ni  de  la  sala  capitular.  (Libro  5,  fol. 
28  vto.). 

En  27  se  puso  copia  de  un  edicto  del  mismo  Illmo.  Sor.  Obispo 
expedido  en  25  del  mismo  prohibiendo  con  pena  de  excomunión 
mayor  el  uso  del  tabaco  de  humo,  o  de  polvo,  o  masticado  o  moho 
dentro  de  las  Iglesias  en  sus  sacristías,  paredes  o  ámbitos  y  a  los 
que  hubiesen  de  comulgar  desde  la  media  noche  y  una  hora  después 
de  haber  comulgado  y  que  los  de  hábito  talar  no  usasen  el  de 
humo  fuera  de  sus  casas  en  público.  (Libro  5,  fol.  29). 

En  el  mismo  día  se  puso  copia  de  otro  edicto  de  su  Sría.  Illma. 
de  21  del  mismo  mes,  en  que  con  precepto  formal  y  perpetuo 
manda  que  el  clero  no  rece  de  otros  Santos  que  de  los  de  Breviario 
Romano,  siguiendo  la  práctica  de  esta  Catedral,  sin  que  obste 
previlegio  alguno.  (Libro  5,  fol.  31). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1677. 

En  6  de  febrero,  por  el  temor  que  había  de  invasión  a  esta 
ciudad  por  los  enemigos  franceses,  se  mandaron  hacer  preven- 
ciones para  sacar  la  plata  y  ornamentos  de  la  Iglesia.  (Libro  5, 
fol.  32). 

En  4  de  noviembre,  habiendo  presentado  el  señor  arcediano 
Dn.  Miguel  Núñez  y  Guzmán  la  Real  Cédula  de  1  °  de  agosto  de 


12  —  Acta*,  i. 


162 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


este  año  en  que  es  promovido  al  deanato  vacante  por  promoción 
del  señor  Dr.  Dn.  Marcos  de  Sobremontes  al  obispado  de  Puerto 
Rico;  el  Cabildo  mandó  remitir  al  expediente  al  Illmo.  Sor.  Obispo 
que  estaba  en  la  ciudad  de  Coro;  y  que  quedase  testimonio  en  el 
libro.  (Libro  5,  fol.  33). 

No  hay  otro  Cabildo  en  este  año. 

/Iño  de  1678. 

En  13  de  mayo,  con  motivo  de  haber  sido  nombrado  visitador 
general  el  Dr.  Dn.  Pedro  Lozano  del  Valle,  que  era  secretario 
de  Cabildo  fue  nombrado  Martín  Fernández  de  Alagarín,  pres- 
bítero. (Libro  5,  fol.  34  vto.). 

En  20  habiendo  presentado  el  Ledo.  Dn.  Joseph  de  Areche- 
derra,  sacristán  mayor  de  la  Catedral,  un  título  en  que  Su  Majestad 
le  nombra  por  capellán  ad  honorem  de  su  real  capilla;  y  el  Cabildo 
dijo:  que  estaba  pronto  a  guardarle  los  honores.  (Libro  5,  fol.  35). 

Sigue  copia  de  la  petición  y  del  título  despachado  en  Madrid 
a  4  de  noviembre  de  1676,  y  en  él  se  dice:  que  se  dió  la  posesión 
al  graciado  en  la  persona  de  su  apoderado  el  señor  Dr.  Dn.  Diego 
de  Baños  y  Sotomayor,  electo  Obispo  de  Santa  Marta.  (Litro  5, 
fol.  35). 

En  28  de  junio,  se  dió  posesión  del  arcediano  al  señor  Chantre 
Ledo.  Dn.  Agustín  de  Palma,  habiendo  recibido  la  colación  que 
en  8  de  febrero  de  este  año  le  dió  en  la  ciudad  de  Coro,  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  vista  la  Real  Cédula  despachada  en  10  de  agosto 
del  año  anterior;  y  se  expresa  en  este  Cabildo  que  el  arcediano 
electo  Deán  había  muerto,  y  que  el  Illmo.  Sor.  Sobremontes  per- 
maneció con  la  dignidad  de  Deán  por  no  haber  recibido  las  bulas 
de  su  promoción  al  obispado  de  Puerto  Rico:  se  le  dió  la  posesión 
con  las  ceremonias  acostumbradas.  (Libro  5,  fol.  36  vto.). 

En  13  de  agosto,  habiéndose  recibido  una  carta  del  señor 
Gobernador  en  que  avisando  al  Cabildo  las  amenazas  y  preven- 
ciones del  enemigo  francés,  para  acometer  al  Puerto  de  la  Guaira 
y  a  esta  ciudad  pidió  que  se  hiciese  alguna  demostración  se  acordó 
contestarle  que  en  otra  acta  se  trataría  de  aquello  que  podría 
hacer  en  lo  justo  y  lícito.  (Libro  5,  fol.  38). 

En  19,  se  presentaron  los  señores  Tesorero,  Sebastián  Moreno, 
con  un  real  despacho,  expedido  en  10  de  agosto  del  año  anterior 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1678 


163 


en  que  es  promovido  a  la  chantría,  y  el  Ledo.  Juan  de  Gamboa, 
cura  de  la  Catedral  con  otro  expedido  en  4  de  septiembre  de  aquel 
año,  en  que  es  promovido  a  la  tesorería  se  hubieren  por  presen- 
tadas y  se  les  mandaron  devolver  quedando  testimonio  en  el 
libro  para  ocurrir  al  Illmo.  Sor.  Obispo  que  estaba  en  la  ciudad 
de  Coro  a  pedir  la  colación.  (Libro  5,  fol.  38  vto.). 

En  6  de  septiembre,  para  responder  a  la  carta  del  señor  Go- 
bernador, referida  en  el  Cabildo  de  13  de  agosto  en  la  cual  por 
el  señor  Gobernador  se  pedía,  que  el  Cabildo  y  el  clero,  le  diesen 
parecer  en  que  parte  y  lugar  fabricaría  una  fuerza  para  defensa 
de  esta  ciudad;  se  acordó:  que  pues  el  Cabildo  y  clero  carecía  de 
conocimientos  militares  por  no  ser  de  su  profesión  no  debían  ni 
podían  dar  tal  parecer.  (Libro  5,  fol.  42). 

En  10  de  octubre,  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica  que 
embarcase  para  España  doce  fanegas  de  cacao  para  traer  damasco 
y  tafetán  morado  para  un  ornamento,  seis  misales,  seis  rituales, 
un  calendario,  y  el  vino,  cera  y  aceite  suficiente  para  dos  años, 
pues  en  esta  ciudad  estaba  todo  muy  caro  y  que  de  España  vendrían 
sin  derechos  por  estar  así  concedido  a  las  Iglesias.  (Libro  5,  fol. 
42  vto.). 

En  20,  se  dió  colación  de  la  Chantría  al  señor  Ledo.  Sebastián 
Moreno,  y  de  la  tesorería  al  señor  Ledo.  Juan  de  Gamboa,  en 
virtud  de  despachos  expedidos  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  la 
ciudad  de  Coro  a  7  y  8  de  septiembre  anterior:  y  en  el  mismo 
acto  se  les  dió  la  posesión  con  las  ceremonias  acostumbradas. 
(Libro  5,  fol.  43). 

En  21,  habiéndose  presentado  el  Ledo.  Dn.  Juan  de  Areche- 
derra  con  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo  (que  sigue  copiado) 
en  que  manda  se  le  guarden  las  preeminencias  que  le  corresponden 
como  capellán  de  honor  de  la  real  capilla,  y  que  el  Cabildo  le 
señalase  silla  y  asiento  como  lo  debía  tener  en  la  misma  real 
capilla;  en  su  obedecimiento  el  Cabildo  le  señaló  en  el  coro  asiento 
y  silla  inmediata  al  señor  Tesorero,  el  cual  era  el  último  del  Ca- 
bildo; y  el  despacho  de  su  Sría.  Illma.  manda  que  también  tenga 
igual  lugar  en  las  procesiones  y  otros  actos  y  el  uso  de  capa  pluvial 
y  también  le  concede  que  cante  misa  como  los  prebendados  en  el 
altar  mayor  en  suplemento  de  éstos.  (Libro  5,  fol.  45). 

En  el  mismo  día,  se  puso  copia  en  el  libro  de  un  título  despa- 
chado por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  Coro  a  10  de  septiembre  de 
este  año,  en  que  nombra  por  apuntador  de  coro  al  padre  Martín 


164 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Fernández  de  Algarín,  con  30  pesos  pagables  de  las  rentas  de 
fábrica  de  lo  que  ésta  percibía  de  fallas.  (Libro  5,  fol.  47). 

En  22,  habiéndose  reconocido  por  medio  del  maestro  de  Ca- 
pilla que  lo  era  el  padre  Fr.  Buenaventura  de  los  Angeles  que  un 
mozo  que  había  venido  de  España  llamado  Joseph  de  la  Rosa 
tenía  habilidad  para  tocar  el  bajón  fue  nombrado  por  bajencista 
de  esta  Santa  Iglesia,  con  100  pesos  anuales  de  la  renta  de  fábrica 
y  que  se  diese  cuenta  al  señor  Obispo.  (Libro  5,  fol.  47  vto.). 

En  este  mismo  acto,  se  dispuso  que  pues  el  señor  Dn.  Juan 
de  Gamboa  estaba  promovido  a  la  tesorería  se  le  entregasen  por 
inventario  los  ornamentos  y  alhajas  de  la  sacristía.  (Libro  5, 
fol.  48). 

En  14  de  noviembre,  el  Cabildo  manifestó  su  allanamiento 
a  recibir  la  bula  de  la  Santa  Cruzada,  que  se  había  de  publicar 
el  día  20  de  este  mes;  y  sigue  testimonio  de  la  Real  Cédula  de 
este  asunto.  (Libro  5,  fol.  48). 


Año  de  1679. 

En  7  de  abril,  se  mandó  reparar  la  torre  en  la  parte  que  había 
sido  arruinada  por  un  rayo.  (Libro  5,  fol.  48  vto.). 

En  9  de  mayo,  se  nombró  un  capellán  de  coro,  interino,  mien- 
tras el  propietario  iba  a  servir  interinamente  una  doctrina.  (Libro 
5,  fol.  49). 

En  2  de  junio,  se  cometió  al  señor  Deán  el  hacer  la  fundación 
de  una  capellanía  de  600  pesos  de  capital  que  dió  al  Cabildo  a 
este  fin  en  su  vida  el  capitán  Sebastián  Díaz,  y  estaban  ya  reco- 
nocidos a  censo,  y  cumpliéndose  la  carga  de  diez  misas  cantadas, 
las  nueve  en  las  festividades  de  la  Santísima  Virgen  María  Nuestra 
Señora,  y  la  una  en  la  octava  de  difuntos  a  tres  pesos  cada  una. 
(Libro  5,  fol.  49  vto.). 

En  7  de  julio,  habiéndose  redimido  el  coro  de  la  capellanía 
antecedente  por  el  castellano  Pedro  Juan  Carrasquer,  se  concedió 
al  capitán  Miguel  de  Mora.  (Libro  5,  fol.  50  vto.). 

En  19  de  agosto,  se  mandó  remediar  a  la  Iglesia  parroquial 
de  Coro  con  un  torno  y  un  frontal  por  estar  muy  necesitada. 
(Libro  5,  fol.  51  ). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1680 


165 


En  12  de  septiembre,  se  mandó  reparar  el  órgano,  por  ser  muy 
antiguo  y  estar  maltratado:  y  también  se  mandaron  hacer  cuatro 
casullas  de  damasco  encarnado  para  los  capellanes  y  dos  fron- 
tales blancos  para  los  altares  colaterales.  (Libro  5,  fol.  51  vto.). 

Año  de  1680. 

En  30  de  enero,  se  nombró  por  capellán  de  coro  y  maestro 
de  ceremonias  al  padre  Juan  Telles;  y  que  también  asistiese  a 
la  capilla  de  música,  Ínterin  el  señor  Obispo  disponía  otra  cosa. 
(Libro  5,  fol.  52). 

En  23  de  marzo,  se  nombró  a  los  padres  Miguel  Nieto  y  Tomás 
de  León,  presbíteros,  por  capellanes  de  coro,  por  monacillo  a 
Andrés  Camacho,  y  por  apuntador  al  padre  Alonzo  Prieto,  presbí- 
tero capellán  de  coro;  y  aquí  mismo  se  nombró  un  procurador 
para  defender  el  capital  de  la  capellanía  de  Angela  Meló,  de  que 
era  capellán  el  Cabildo.  (Libro  5,  fol.  53). 

En  5  de  septiembre,  habiendo  presentado  el  señor  Chantre 
Dn.  Sebastián  Moreno  un  real  despacho  dado  en  Madrid  a  4  de 
marzo  de  este  año,  en  que  se  le  promueve  a  la  dignidad  de  Deán, 
vacante  por  muerte  de  Dn.  Miguel  Núñez  y  Guzmán,  se  mandó 
copiar  en  el  libro  capitular,  y  devolvérsele  para  que  ocurriese  por 
apoderado  a  Maracaibo,  donde  se  hallaba  el  Illmo.  Sor.  Obispo 
para  que  le  diese  la  colación.  (Libro  5,  fol.  53). 

En  el  mismo,  se  dió  igual  providencia  a  la  presentación  de 
otro  real  despacho  de  la  propia  fecha,  en  que  se  promueve  al  señor 
Tesorero  Dn.  Juan  de  Gamboa  a  la  dignidad  de  Chantre.  (Libro 
5,  fol.  54). 

En  13,  se  mandó  pagar  la  cal  comprada  para  las  capillas  que 
estaban  labrando  junto  a  la  de  las  Benditas  Animas;  y  que  se 
reparase  el  techo  de  la  capilla  inmediata  de  Nuestra  Señora  de 
la  Antigua,  por  haberlo  destruido  el  comején.  (Libro  5,  fol.  55). 

En  8  de  octubre,  en  atención  a  haber  concluido  el  carpintero 
los  techos  de  las  cuatro  capillas  desde  la  torre  hasta  la  de  Nuestra 
Señora  de  la  Antigua,  se  le  mandó  al  mayordomo  de  fábrica  pagar 
el  resto  del  ajuste.  (Libro  5,  fol.  55  vto.). 

En  16  de  noviembre,  en  virtud  de  comisión  del  Illmo.  Sor. 
Obispo,  expedida  en  Maracaibo  el  8  del  mes  anterior,  se  dió 
colación  al  señor  Chantre  Dn.  Sebastián  Moreno,  del  deanato 


166 


FUENTES  PARA    LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


cuyo  real  despacho  que  está  copiado  también  se  puso  anterior- 
mente en  este  mismo  libro  en  el  lugar  que  queda  citado;  y  en  el 
mismo  acto  se  le  dio  la  posesión  con  las  ceremonias  acostumbradas. 
(Libro  5,  fol.  56). 

En  26,  con  igual  comisión  se  dió  colación  y  posesión  de  la 
dignidad  de  Chantre  al  señor  Tesorero  Ledo.  Dn.  Juan  de  Gamboa. 
(Libro  5,  fol.  59  vto.). 

Año  de  1681. 

En  17  de  enero,  con  atención  a  las  bajas  posturas  hechas  a 
los  diezmos  se  dispuso  que  las  casas  excusadas  de  la  costa  de  esta 
ciudad  y  de  la  de  Valencia,  las  administrase  el  mayordomo  de 
fábrica.  (Libro  5,  fol.  63). 

Aquí  mismo,  por  hacerse  retirado  un  capellán  de  coro,  y  no 
haber  en  la  actualidad  sacerdote  en  esta  ciudad,  se  nombró  al 
padre  Gaspar  Viana  Zurita,  clérigo  diácono.  (Libro  5,  fol.  63). 

En  24,  insinuándose  que  Diego  Bastardo  estaba  sirviendo  el 
oficio  de  bajonista,  sin  otro  salario  que  los  aguinaldos  moderados 
que  daba  la  Iglesia  a  sus  ministros;  se  acordó  que  se  le  diesen  20 
pesos  de  socorro;  y  que  en  adelante  se  le  contribuyese  el  salario 
anual  de  50  pesos.  Y  aquí  mismo  se  dió  providencia  sobre  pagarse 
su  trabajo  al  que  ajustó  las  cuentas  del  mayordomo  Pedro  Paredes. 
(Libro  5,  fol.  63  vto.). 

En  2  de  mayo,  habiéndose  recibido  un  exhorto  del  señor  Gober- 
nador con  inserción  de  una  Real  Cédula  acerca  de  que  el  Cabildo 
había  prometido  por  el  Estado  eclesiástico  seis  mil  pesos  para 
ayuda  de  una  fortificación;  se  acordó  que  se  vería  y  determinaría. 
(Libro  5,  fol.  64). 

En  19  se  acordó  acerca  del  sobredicho  exhorto  del  señor  Go- 
bernador, que  el  Cabildo  no  había  hecho  la  oferta  que  se  expresa 
y  que  más  bien  debía  suplicarse  de  los  nuevos  impuestos  que 
se  hacían  para  la  dicha  fortificación  en  cuanto  perjudicaban  al 
Estado  eclesiástico;  fundado  todo  en  las  sólidas  razones  que  se 
expresan  prolijamente  en  el  voto  del  señor  arcediano  que  quedó 
por  auerdo;  y  así  mismo  el  que  se  diese  cuenta  al  Illmo.  Sor.  Obispo. 
(Libro  5,  fol.  64  vto.). 

En  7  de  junio,  se  recibió  otro  exhorto  del  señor  Gobernador, 
cuyo  asiento  no  se  expresa;  se  acordó  que  se  vería  y  determinaría. 
(Libro  5,  fol.  65  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1681  167 


En  9,  habiéndose  recibido  dos  pliegos  del  Illmo.  Sor.  Obispo 
se  mandaron  copiar  en  el  libro.  El  uno  contiene  un  edicto  convo- 
catorio a  la  provisión  de  la  mayordomía  de  fábrica.  Y  el 
otro  edicto  convocatorio  a  oposición  y  concurso  a  la  dignidad  de 
Tesorero  por  haberse  dispuesto  en  Real  Cédula  de  24  de  diciembre 
de  1677  que  así  se  proveyese  alternando  teólogos  y  juristas  y 
comenzando  por  los  teólogos;  que  se  hiciese  la  terna,  y  que  se 
remitiesen  los  autos  originales  cerrados  y  sellados  al  real  y  Su- 
premo Consejo  de  Indias,  y  se  señaló  el  término  de  ocho  meses; 
que  las  lecciones  fuesen  dentro  de  veinte  y  cuatro  horas  con  puntos 
dados  por  el  maestro  de  las  sentencias,  y  con  sermón  también 
dentro  de  24  horas  por  puntos  tomados  por  el  misal.  Fue  expedido 
este  edicto  en  Trujillo  a  7  de  mayo  de  este  año.  (Libro  5,  fol.  66). 

Seguidamente,  se  copió  otra  carta  del  Illmo.  Sor.  Obispo  en 
que  avisa  al  Cabildo  haber  recibido  dos  reales  cédulas  acerca  de 
los  6.000  pesos  que  él  ofreció  (habiendo  dado  noticia  por  medio 
de  su  provisor  al  Cabildo)  sobre  las  Iglesias  y  obras  pías  para  la 
fortificación  de  esta  ciudad  y  del  Puerto  de  La  Guaira;  y  que  en 
cumplimiento  de  la  oferta,  había  señalado  2.000  pesos  a  la  fábrica 
de  la  Catedral;  2.000  a  la  de  Valencia,  500  al  hospital  de  esta 
capital;  500  al  monasterio  de  ella;  500  de  la  cuarta  episcopal; 
200  entre  los  curas  y  sacristán  mayor  de  la  Catedral  y  300  que 
rogaba  al  Cabildo  contribuyese  por  su  parte.  (Libro  5,  fol.  67  vto.). 

En  14  se  trató  de  realizar  la  entrega  de  los  sobredichos  6.000 
pesos  y  atento  lo  expuesto  por  el  señor  arcediano  como  provisor 
se  dispuso  que  se  hiciese  presente  al  señor  Gobernador  que  la 
Iglesia,  las  monjas  y  el  hospital  sólo  podrían  pagar  su  parte,  si  se 
cobraba  de  lo  que  se  les  estaba  debiendo,  pues  estaban  en  gran 
necesidad.  (Libro  5,  fol.  68). 

En  30,  por  promoción  del  padre  Juan  Telles,  se  nombró  por 
maestro  de  ceremonias  al  padre  Juan  Ignacio  Diez  Velasco,  y 
en  cuanto  a  la  capellanía  de  coro  que  aquél  obtenía  se  reservó 
por  no  haber  quien  la  sirviese.  Y  aquí  mismo  se  mandaron  hacer 
unos  ornamentos  y  unos  reparos.  (Libro  5,  fol.  68  vto.). 

En  11  de  julio,  se  mandaron  remitir  al  señor  Gobernador  de 
cuenta  de  los  6.000  pesos  prometidos  como  queda  dicho,  1.500 
pesos,  de  las  porciones  de  su  Sría.  Illma.,  del  Cabildo  y  de  los 
curas  de  la  Catedral,  y  parte  de  la  de  la  Iglesia  de  Valencia;  y 
que  se  participase  al  mismo  señor  Gobernador  que  los  mayordomos 
de  fábrica  de  las  monjas  y  del  hospital  quedaban  haciendo  cobro 


168 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


para  poder  entregar  sus  porciones.  Y  aquí  mismo,  se  mandaron 
hacer  doce  roquetes  para  los  seis  monacillos  y  comprar  unos  libros 
de  oro  para  el  cuadro  de  Santa  Rosa.  (Libro  5,  fol.  69). 

En  23  de  agosto,  habiéndose  recibido  dos  cartas  del  Illmo. 
Sor.  Obispo  la  una  dirigida  al  Cabildo,  acerca  de  realizar  la  en- 
trega de  los  dichos  6.000  pesos  a  la  mayor  brevedad;  y  la  otra  al 
señor  provisor  que  lo  era  el  arcediano,  en  que  hace  a  éste  una 
fuerte  reprensión  acerca  del  voto  que  dio  en  el  Cabildo  de  30  de 
mayo  de  este  año,  y  dispuso  que  se  leyese  en  Cabildo  y  se  pusiese 
copia  en  el  libro  como  seguidamente  se  puso;  y  son  dignas  de 
leerse  ambas  cartas  por  cuanto  demuestran  como  se  debe  portar 
la  Iglesia  en  tales  casos  con  las  potestades  seculares.  Y  el  Cabildo 
acordó:  que  se  requiriese  al  mayordomo  de  fábrica  y  los  de  las 
monjas  y  del  hospital  para  que  apurasen  los  cobros  y  realizasen 
la  entrega  de  su  parte,  en  los  dichos  seis  mil  pesos.  (Libro  5, 
fol.  69  vto.). 

En  1 1  de  septiembre,  se  mandó  al  administrador  de  las  rentas 
de  fábrica  de  la  Catedral,  siéndolo  el  padre  Pedro  Vicuña,  pres- 
bítero, que  solicitase  testimonio  de  las  cláusulas  del  testamento, 
que  otorgó  en  esta  ciudad  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Marcos  de  So- 
bremontes  para  agenciar  los  legados  que  hizo  a  esta  Santa  Iglesia 
y  que  envíase  poder  a  Cumaná,  donde  había  fallecido  el  dicho 
señor  Obispo  que  lo  era  de  Puerto  Rico.  (Libro  5,  fol.  72  vto.). 

En  14  de  octubre,  se  mandaron  remitir  al  señor  Gobernador 
los  2.000  pesos  que  tocaron  a  la  fábrica  en  los  6.000  de  la  donación 
que  queda  referida.  Y  aquí  mismo  se  mandó  componer  el  altar  de 
la  sacristía  o  mesa  de  vestirse.  (Libro  5,  fol.  72  vto.). 

En  17  se  mandó  hacer  nuevo  palio  para  las  administraciones 
del  Santísimo  Viático,  aderezar  el  altar  de  Santa  Rosa,  que  se 
reparase  el  aposento  de  los  curas  y  se  hiciesen  varias  cosas  menudas 
de  la  fábrica.  (Libro  5,  fol.  73). 

En  17  de  noviembre,  habiéndose  recibido  una  carta  del  Illmo. 
Sor.  Obispo,  cuyo  asunto  no  se  expresa,  se  acordó  que  se  consul- 
taría y  resolvería.  Y  aquí  mismo  a  la  insinuación  que  hizo  el  señor 
arcediano  de  renunciar  la  judicatura  de  diezmos,  el  señor  Deán 
único  que  asistía  con  él,  calificó  las  causas,  y  fue  de  parecer  que 
se  diese  cuenta  a  su  Sría.  Illma.  Y  esto  mismo  se  resolvió  en  el 
siguiente  Cabildo  en  su  segunda  parte.  (Libro  5,  fol.  73  vto.). 

En  18,  tratándose  el  asunto  de  la  carta  antecedente  citada,  en 
que  se  ordena  al  Cabildo  que  nombre  sustitutos  para  el  servicio 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1682  169 


de  la  dignidad  de  Tesorero  vacante  y  de  la  de  Chantre,  por  el 
mucho  tiempo  que  no  la  servía  por  enfermo  el  señor  Dn.  Juan  de 
Gamboa;  se  nombró  para  la  primera  al  Ledo.  Dn.  Joseph  Are- 
chederra,  sacristán  mayor,  y  para  la  segunda  a  los  dos  curas  de 
la  Catedral,  maestro  Dn.  Juan  Fernández  Hortiz,  y  Br.  Dn.  Jo- 
seph Melero,  alternando  cada  semana  entre  ambos,  con  el  salario 
de  300  pesos;  y  lo  mismo  se  señaló  al  Ledo.  Dn.  Joseph  Areche- 
derra.  (Libro  o,  fol.  74). 

En  28,  en  atención  a  que  no  había  quien  sirviera  la  capellanía 
de  misa  de  once  fundada  por  Bartolomé  Rivilla  y  Puerta;  el  Ca- 
bildo como  patrono,  nombró  por  capellanes  a  los  ocho  capellanes 
de  coro,  para  que  dijesen  las  misas  entrando  por  turno.  En  el 
siguiente  Cabildo  se  mandó  sacar  testimonio  de  la  cláusula  de  este 
patronato.  (Libro  5,  fol.  74  vto.). 

En  2  de  diciembre,  fue  recibido  por  capellán  de  coro  con  título 
despachado  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  al  padre  Pedro  Fernández 
de  Algarín,  por  otro  que  se  ausentó  y  se  mandó  que  el  mayordomo 
de  fábrica  le  pagase  la  renta  con  libramiento  del  Cabildo  y  que 
esto  se  entendiese  para  con  los  demás  ministros.  (Libro  5,  fol.  75). 

Aquí  mismo  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica,  hacer  vestidos 
a  los  esclavos  y  esclavas  de  la  Iglesia,  y  hopas  a  los  monacillos. 
(Libro  5,  fol.  75). 

En  9,  atenta  la  insinuación  hecha  por  los  nombrados  para 
sustitutos  de  Chantre  y  de  Tesorero,  acerca  de  ser  corta  la  asig- 
nación con  respecto  al  número  de  misas  cantadas  y  rezadas  y 
asistencia  diaria  al  coro,  se  acordó  que  entrasen  en  parte  como  les 
propiestarios  a  los  manuales  cantados  asistiendo  a  ellos,  pero 
no  a  los  de  misas  rezadas.  (Libro  5,  fol.  76). 

En  30,  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica  que  hiciese  una  capa 
para  uso  de  los  curas  en  los  entierros:  que  pagase  su  medianía 
a  los  ministros  y  que  diese  a  éstos  sus  aguinaldos.  Y  asimismo 
se  le  mandó;  que  en  los  respectivos  tribunales  sostuviese  una 
venta  de  tierras  que  se  hizo  por  un  censo  de  la  fábrica.  (Libro  5, 
fol.  76  vto.). 

Ario  de  1682. 

En  12  de  enero  aceptaron  los  nombramientos  los  electos  susti- 
tutos de  Chantre  y  Tesorero.  (Libro  5,  fol.  77). 


170 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA   COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  13  se  acordó:  que  estos  mismos  comenzasen  luego  el  ser- 
vicio. (Libro  5,  fol.  77). 

En  16,  habiendo  insinuado  el  señor  arcediano  que  la  tabla 
de  sermones,  sería  mejor  la  hiciese  el  Cabildo  y  no  él  como  pro- 
visor del  señor  Obispo  como  se  había  practicado  en  su  ausencia 
porque  conceptuaba  que  así  sería  de  más  respeto  y  los  religiosos 
no  se  excusarían,  se  acordó:  que  se  diese  cuenta  a  su  Sría.  Illma. 
y  que  entretanto  se  encomendasen  los  sermones  de  Cuaresma  y 
demás  hasta  Pentecostés,  ayudando  la  fábrica  de  la  Iglesia  con 
6  pesos  por  los  feriales,  y  10  por  los  de  misterios.  (Libro  5,  fol. 
77  vto.). 

En  13  de  marzo,  se  recibió  la  noticia  de  haber  fallecido  en 
la  ciudad  de  Trujillo  el  día  22  de  febrero  anterior,  el  Illmo.  señor 
I)n.  Fr.  Antonio  González  de  Acuña,  y  asimismo  una  carta  que 
el  mismo  día  de  su  fallecimiento  escribió  a  su  Sría.  Illma.  el  Ca- 
bildo despidiéndose  de  él,  y  dándole  su  bendición.  Y  el  Cabildo 
aprehendió  la  jurisdicción  y  mandó  que  después  del  doble  se 
tocasen  las  campanas  a  sede  vacante.  La  carta  está  copiada  al 
folio  82  de  este  libro.  (Libro  5,  fol.  78). 

En  14,  fue  electo  por  provisor  y  vicario  general  el  señor  arce- 
diano Dn.  Agustín  de  Palma,  dejando  el  Cabildo  reservada  en  sí 
la  jurisdicción  voluntaria.  Y  en  otro  Cabildo  de  16  de  este  mes 
aceptó  y  juró  el  nombrado.  (Libro  5,  fol.  78  vto.). 

En  16,  insinuándose  que  había  expirado  la  jurisdicción  c!e  los 
vicarios  foráneos  de  esta  diócesis,  se  hicieron  nuevos  nombra- 
mientos y  también  el  de  visitador  general  para  continuar  lo  que 
hubiese  quedado  pendiente  de  la  visita  del  Illmo.  Sor.  Obispo. 
(Libro  5,  fol.  79). 

En  21,  se  admitió  a  oposición  a  la  dignidad  de  Tesorero  al 
maestro  Dn.  Juan  Fernández,  cura  de  la  Catedral;  y  se  dieron 
providencias  de  jurisdicción  voluntaria.   (Libro  5,  fol.  79  vto.). 

En  24,  fue  nombrado  el  señor  arcediano  por  vicario  del  con- 
vento de  Monjas  de  esta  ciudad  con  varias  facultades  que  aquí 
se  especificaron.  (Libro  5,  fol.  80). 

En  Io  de  abril,  con  motivo  de  que  el  día  4  del  mismo  se  cum- 
plían los  8  meses  de  término  del  edicto  convocatorio  a  oposición 
de  la  dignidad  de  Tesorero  y  que  sólo  había  un  opositor  se  pro- 
rrogó por  cuatro  meses  más  y  que  así  se  denunciase.  (Libro  5, 
fol.  80  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1682 


171 


En  2,  se  admitieron  a  oposición  a  la  dicha  Tesorería  al  Br. 
Dn.  Joseph  Melero  al  Dr.  Dn.  Pedro  Lozano  del  Valle,  y  al  doctor 
Tomás  Pereira.  (Libro  5,  fol.  81). 

Aquí  mismo  se  proveyó  acerca  del  alcance  de  cuentas  de  Pedro 
Paredes,  mayordomo  de  fábrica  de  esta  Santa  Iglesia:  se  dieron 
algunas  providencias  de  jurisdicción  voluntaria,  y  se  nombró 
por  capellán  del  convento  de  Monjas  de  esta  ciudad  al  padre  Juan 
Díaz  de  Vargas.  (Libro  5,  fol.  80  vto.). 

En  4,  se  despojó  de  la  plaza  de  bajonista  a  Diego  Bastardo, 
por  que  faltaba  mucho,  y  se  nombró  a  Francisco  Pérez  Camacho, 
clérigo  de  menores  órdenes.  (Libro  5,  fol.  81  vto.). 

En  6,  habiéndose  recibido  el  testamento  del  Illmo.  Sor.  Obispo 
y  los  inventarios  de  sus  bienes,  y  otros  papeles;  se  mandó  poner 
todo  en  el  archivo  capitular.  (Libro  5    fol.  82  vto.). 

En  7,  se  confirmó  la  licencia  dada  para  erigir  una  capilla  en  el 
Tuy;  y  se  concedió  otra  para  erigir  también  una  capilla  en  Catia. 
(Libro  5,  fol.  83). 

En  10,  se  trató  de  la  memoria  de  tres  misas  cantadas  en  las 
infraoctavas  de  la  Resurreción  del  Señor,  Asunción  de  Nuestra 
Señora  y  del  glorioso  príncipe  de  los  Apóstoles  San  Pedro;  que 
dispuso  por  su  testamento  Dn.  Manuel  Felipe  de  Tovar;  y  que 
se  cantasen  por  el  Cabildo  en  la  capilla  de  Nuestra  Señora  de 
Candelaria  de  la  Catedral;  y  se  mandó  al  albacea  que  exhibiese 
los  360  pesos  del  capital  de  esta  dotación.  Y  aquí  mismo  se  con- 
cedió licencia  para  el  ingreso  de  una  religiosa  en  el  convento  de 
esta  ciudad.  (Libro  5,  fol.  83). 

En  14,  se  mandó  hacer  presentación  al  señor  Gobernador  de 
los  dos  sujetos  opuestos  a  la  mayordomía  del  dicho  convento 
de  Monjas.  (Libro  5,  fol.  83  vto.). 

En  15,  se  mandaron  fijar  edictos  para  la  provisión  de  la  ma- 
yordomía de  esta  Santa  Iglesia  Catedral  y  del  hospital  de  San 
Pablo  y  asimismo  para  la  del  convento  de  Monjas,  no  obstante 
lo  dispuesto  en  el  Cabildo  anterior.  (Libro  5,  fol.  84). 

En  18,  se  dispuso,  que  se  trajesen  al  Cabildo  todos  los  papeles 
de  la  secretaría  del  Illmo.  Sor.  Acuña,  y  que  se  remitiesen  al  señor 
metropolitano  los  autos  de  concurso  al  curato  de  la  Catedral 
que  vacó  por  la  promoción  del  señor  Gamboa  como  se  mandaba 
por  un  ejecutorial  ganado  por  uno  de  los  opositores.  (Libro  5, 
fol.  84). 


172 


FUENTES   PAHA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  20,  se  admitió  a  Pedro  Paredes  a  oposición  a  la  mayor- 
domía  de  fábrica  de  la  Catedral,  y  se  le  mandaron  pagar  3.280 
pesos  del  alcance  que  resultó  a  su  favor  en  las  cuentas  del  tiempo 
que  obtuvo  la  misma  mayordomía  y  se  dió  una  providencia  en  la 
apelación  de  la  causa  seguida  por  un  vicario.  (Libro  5,  fol.  84  vto.). 

En  21,  se  admitió  la  memoria  de  misas  que  se  expresa  en  el 
Cabildo  de  10  del  corriente  mes;  y  se  mandó  dar  a  censo  el  capital 
exhibido  de  360  pesos.  (Libro  5,  fol.  85). 

En  22,  en  la  tercera  parte  de  este  Cabildo  se  dispuso  que  se 
diese  cuenta  al  Rey  de  la  vacante  de  esta  silla  episcopal  y  se  su- 
plicase a  Su  Majestad  concediese  como  otras  veces  a  esta  Santa 
Iglesia  la  tercera  parte  de  la  vacante,  y  que  al  efecto  se  diese  poder 
a  Dn.  Diego  Ignacio  de  Córdova,  dándole  200  pesos  por  su  agencia; 
y  que  asimismo  se  le  diesen  50  pesos  por  haber  alcanzado  la  Real 
Cédula  que  remitió  en  el  año  de  1680,  mandándose  a  los  oficiales 
reales  que  restituyesen  los  derechos  que  había  causado  el  em- 
barque de  cacao  hecho  por  la  Iglesia  para  vino  y  aceite.  Y  aquí 
mismo  se  admitió  la  oposición  a  la  mayordomía  del  convento  de 
Monjas,  hecha  por  el  proveedor  Pedro  Jaspe  de  Montenegro: 
y  se  concedió  licencia  para  la  erección  de  una  capilla  rural.  (Li- 
bro 5,  fol.  85  vto.). 

En  24,  se  mandó  hacer  la  nómina  para  la  provisión  de  la  ma- 
yordomía de  la  Catedral  en  el  alférez  Pedro  Paredes;  y  para  la 
del  convento  de  Monjas  en  el  proveedor  Pedro  Jaspe  de  Monte- 
negro. Y  al  folio  86  vto.;  habiéndose  recibido  las  presentaciones, 
se  les  mandó  hacer  saber  a  los  electos  para  que  diesen  las  fianzas; 
las  cuales  dió  y  se  admitieron  en  Cabildo  de  28  de  este  mes:  las 
del  otro  se  admitieron  en  Cabildo  de  4  de  mayo.  (Libro  5,  fol.  86). 

En  25,  se  concedió  licencia  al  R.  P.  Comendador  del  convento 
de  Nuestra  Señora  de  la  Merced,  que  estaba  fuera  de  la  ciudad 
para  que  se  trasladase  al  centro  de  ésta,  en  lugar  que  ahora  está 
edificado  con  calidad  de  traer  la  aprobación  del  Rey  dentro  de 
un  año.  (Libro  5,  fol.  86.). 

En  30,  se  acordó:  que  se  cambiasen  dos  tiendas  que  tenía  la 
Iglesia  contiguas  a  la  casa  del  capitán  Pedro  Ponte  de  Vilela 
por  otras  dos  que  éste  tenía  en  la  misma  calle,  atenta  la  utilidad 
que  resultaba  a  la  Iglesia.  Y  aquí  mismo  se  despachó  licencia  de 
confesar  a  un  clérigo.  (Libro  5,  fol.  87). 

En  2  de  mayo,  se  mandó  hacer  la  entrega  de  bienes  al  nuevo 
mayordomo  de  fábrica  el  alférez  Pedro  Paredes,  y  que  se  le  despa- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1682 


173 


chase  título  asignándole  la  renta  anual  de  400  pesos  como  lo  había 
obtenido  el  anterior  Dn.  Diego  Miquelena:  y  que  el  interino  el 
padre  Pedro  de  Vicuña,  rindiese  cuenta;  cuya  recepción  se  cometió 
al  señor  arcediano.  (Libro  5,  fol.  87  vto.). 

Aquí  mismo  se  dispuso:  que  se  escribiese  al  apoderado  del 
Cabildo  en  la  Corte,  para  que  en  uso  del  poder  que  tenía  del  Co- 
legio Seminario  pidiese  al  Rey  alguna  limosna  de  la  vacante  para 
el  mismo  seminario  asegurándole  los  costos.  (Libro  5,  fol.  88). 

En  8,  se  admitió  y  aprobó  una  capellanía  de  1.000  pesos  de 
principal  que  fundó  el  señor  Deán  Dn.  Sebastián  Moreno  en 
favor  de  los  capellanes  de  coro,  con  carga  de  30  misas  cada  año 
que  se  habían  de  celebrar  por  ellos  y  dar  el  recibo  de  réditos  al 
capellán  más  antiguo,  siendo  patrono  el  Cabildo.  (Libro  5,  fol. 
88  vto.). 

En  el  mismo  día,  atentas  las  faltas  que  habían  hecho  a  los 
sermones  los  religiosos  por  decir  que  no  se  les  pagaban,  se  acordó 
que  excepto  aquéllos  que  tenían  en  tabla  los  demás  se  pagasen 
a  los  que  los  predicasen  a  10  pesos  los  de  misterios,  y  a  6  los  de 
ferial;  y  que  se  hiciese  saber  al  mayordomo  de  fábrica.  (Libro  5, 
fol.  88  vto.). 

En  9,  se  mandó  hacer  la  entrega  de  bienes  al  nuevo  mayor- 
domo del  convento  de  Monjas,  Pedro  Jaspe  Montenegro;  y  que 
para  la  recepción  de  cuentas  al  antecesor  el  alférez  Antonio  Mejía 
de  Escobedo,  se  pasase  exhorto  al  señor  Gobernador  y  Cabildo 
secular  como  patronal,  para  que  nombrasen  persona  que  asistiese. 
(Libro  5,  fol.  89). 

En  11,  fueron  admitidos  unos  religiosos  franciscanos  para 
doctrineros  de  los  pueblos  que  estaban  a  su  cargo.  (Libro  5,  fol.  89). 

En  13,  en  la  tercera  parte  de  este  Cabildo  se  aceptó  el  patro- 
nato de  las  capellanías  fundadas  por  el  señor  Chantre  Dn.  Juan 
de  Gamboa,  a  saber  una  de  500  pesos  para  tres  misas  cantadas 
por  el  Cabildo  en  esta  Santa  Iglesia,  la  una  el  día  de  San  Ilde- 
fonso por  el  Illmo.  señor  Briceño,  la  otra  el  de  San  Juan  Evan- 
gelista por  el  testador,  y  la  otra  en  la  octava  de  la  conmemora- 
ción de  Difuntos.  Las  demás  consisten  en  la  mitad  del  remanente 
de  bienes  para  imponerse  y  decirse  misas  a  8  reales  por  las  Ben- 
ditas Animas:  y  que  la  otra  mitad,  se  entregase  a  la  cofradía  del 
Santísimo  Sacramento  de  esta  Santa  Iglesia  para  gastos  de  adornos 
y  cera.  Y  sigue  la  presentación  del  reconocimiento  de  los  dichos 
600  pesos;  y  de  los  4.500  a  que  alcanzó  la  fundación  de  misas  por 


174 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


las  Animas,  que  se  habían  de  celebrar  por  los  capellanes  de  coro; 
y  de  3.900  a  favor  de  la  cofradía  del  Santísimo.  Las  dos  primeras 
partes  de  este  Cabildo  son  de  providencias  de  la  jurisdicción 
voluntaria.  (Libro  5,  fol.  89  vto.). 

En  23,  se  mandaron  fijar  edictos  para  unas  doctrinas  vacantes. 
(Libro  5,  fol.  90). 

En  25  de  junio,  se  acordó  que  el  mayordomo  de  fábrica  se 
presentase  ante  el  señor  Gobernador  a  pedir  lo  que  se  restaba 
del  pontifical  del  Illmo.  Sor.  Acuña,  y  6.229  pesos,  que  su  Sría. 
Illma.  había  tomado  de  las  rentas  de  fábrica  de  la  Catedral:  y 
que  asimismo  se  pidiese  lo  que  el  mismo  señor  Obispo  había  co- 
brado en  la  visita  y  pertenencia  al  Colegio  Seminario.  (Libro  5, 
fol.  90). 

En  27,  habiendo  insinuado  el  señor  arcediano  como  juez  de 
diezmos  que  era  muy  trabajoso  el  método  establecido  por  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  de  haber  caja  común  para  recibir  los  productos  de 
diezmos,  se  dispuso  que  se  observase  la  práctica  antigua  de  des- 
pacharse recudimientos  a  los  interesados  en  particular;  y  al  Ca- 
bildo por  todos  sus  individuos:  y  que  también  se  diesen  recudi- 
mientos a  los  tenientes  de  cura,  y  sacristanes  de  las  ayudas  de 
parroquia  de  Nuestra  Señora  de  Altagracia  y  de  San  Pablo:  y 
que  el  mismo  señor  arcediano  retuviese  lo  tocante  al  Colegio 
Seminario.  (Libro  5,  fol.  91). 

En  3  de  julio,  habiéndose  recibido  un  exhorto  de  los  señores 
ministros  de  real  hacienda,  requiriéndose  al  Cabildo  sobre  cum- 
plimiento de  la  Real  Cédula  de  5  de  julio  de  1676  sobre  la  con- 
tribución de  mesadas  eclesiásticas  concedida  por  el  Sumo  Pon- 
tífice, el  Cabildo  prestó  su  obedecimiento  y  allanamiento  a  pa- 
garlas; y  al  efecto  dispuso  que  fuese  formando  la  razón  que  pedían 
aquellos  ministros.  (Libro  5,  fol.  91  vto.). 

En  13,  a  instancia  de  los  curas  de  la  Catedral,  se  dispuso  que 
pudiesen  retirar  los  dos  tenientes  de  curas  que  tenían  en  la  misma 
Santa  Iglesia,  hasta  que  mejorasen  las  rentas.  (Libro  5,  fol.  92). 

En  14,  se  mandó  dar  un  certificado  de  servicios  a  favor  del 
secretario  de  Cabildo  el  padre  Martín  Fernández  de  Algarín  y 
autorizó  este  Cabildo  un  notario  de  la  curia.  Y  aquí  mismo  se  con- 
cedió licencia  para  erección  de  una  ermita  en  el  sitio  de  Caricuao. 
(Libro  5,  fol.  92  vto.). 

En  20,  se  nombró  por  capellán  de  coro  al  padre  Juan  Bautista 
Navarro,  presbítero,  con  la  renta  anual  de  100  pesos  de  las  rentas 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1682  175 


de  fábrica  y  las  misas  cantadas  y  rezadas  adjudicadas  a  los  ca- 
pellanes de  coro.  Y  asimismo  se  nombró  por  organista  al  padre 
Joseph  de  León  con  la  renta  anual  de  200  pesos  de  la  fábrica,  y 
la  obligación  de  acudir  a  todo  lo  cantado  que  celebrase  el  Cabildo, 
de  misas,  vísperas  y  salves.  (Libro  5,  fol.  93). 

Aquí  mismo  se  dispuso,  que  pues  por  muerte  del  padre  Juan 
Torrico  (que  era  el  organista  anterior)  habían  vacado  dos  cape- 
llanías, la  una  de  800  pesos  de  principal  que  mandó  fundar  Pedro 
Alonzo  Sambrano,  con  carga  de  27  misas  rezadas  en  la  Catedral, 
y  la  otra  de  1.500  pesos  fundada  por  doña  Isabel  Marcano  con  la 
de  37  o  36;  de  las  cuales  era  patrono  el  Cabildo;  se  sirviesen  ambas 
por  los  capellanes  de  coro,  y  que  el  más  antiguo  diese  los  recibos 
de  los  réditos.  (Libro  5,  fol.  93). 

En  8  de  agosto,  se  nombró  por  teniente  cura  de  la  ayuda  de 
parroquia  de  Nuestra  Señora  de  Altagracia  de  esta  ciudad  al  padre 
Juan  Ignacio  Diez  Velasco.  (Libro  5,  fol.  93  vto.). 

En  18  de  septiembre,  se  admitió  un  opositor  a  la  doctrina 
de  Guama  y  Cocorote.  (Libro  5,  fol.  94). 

En  22,  se  admitió  otra  al  mismo  curato  y  doctrina.  (Libro  5, 
fol.  94). 

En  9  de  octubre,  se  hizo  la  nómina  para  la  provisión  del  propio 
curato.  (Libro  5,  fol.  94  vto.). 

En  10,  recibida  la  presentación  del  señor  Gobernador  se  mandó 
despachar  título  y  dar  colación  del  dicho  curato  al  padre  Do- 
mingo Carlos  Becerra.  (Libro  5,  fol.  94  vto.). 

En  17,  se  nombró  al  padre  Diego  Tomás  de  Paradas  por  cura 
capellán  de  los  sitios  de  Chirgua  y  de  Aguacaliente.  (Libro  5, 
fol.  95). 

En  26,  se  admitió  la  oposición  del  padre  Lorenzo  Sanz  de 
Suasola,  presbítero;  y  bajo  el  examen  que  había  sufrido  para 
otro  curato  fue  nominado  al  señor  Gobernador  para  la  provisión 
del  curato  y  doctrina  de  San  Miguel  de  Acarigua.  (Libro  5,  fol. 
95  vto.). 

En  27,  se  recibió  la  presentación  y  se  le  mandó  despachar 
título  y  dar  colación,  la  cual  se  cometió  al  vicario  de  Barqui- 
simeto.   (Libro  5,  fol.  95  vto.). 

En  30,  a  instancia  del  R.  P.  prefecto  de  las  Misiones  de  esta 
diócesis  y  en  cumplimiento  de  las  Reales  Cédulas  que  se  citan; 
se  erigió  en  curato  la  Villa  de  San  Carlos,  y  su  Iglesia  en  parroquia, 
por  entonces  con  un  solo  curato,  sin  embargo  de  lo  dispuesto  en 


176 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


la  erección,  por  no  ser  suficientes  las  rentas  para  dos  se  le  asignaron 
diezmos  y  todo  lo  demás  que  corresponde  a  tales  Iglesias  parro- 
quiales quedando  el  curato  a  cargo  del  mismo  R.  P.  prefecto  y 
otro  religioso  en  calidad  de  sacristán  con  la  sola  renta  de  primicias 
y  obvenciones;  porque  los  novenos  de  la  cura  de  Almas  y  el  de 
hospital  se  aplicaron  a  la  fábrica  de  la  Iglesia:  de  todo  lo  que 
se  dió  parte  al  señor  Gobernador.  (Libro  5,  fol.  96). 

En  17  de  noviembre,  se  admitió  la  dejación  del  curato  de  los 
pueblos  del  Río  del  Tocuyo  y  Capadare;  y  se  nombró  cura  inte- 
rino; y  asimismo  se  dió  licencia  para  mudar  la  Iglesia  del  curato 
de  Urama.  (Libro  5,  fol.  98  vto.). 

Año  de  1683. 

En  5  de  enero,  se  dispuso  que  al  bajonista  que  había  estado 
sirviendo  con  la  renta  de  50  pesos  anuales,  se  le  diesen  en  adelante 
otros  50  y  que  fuese  obligado  los  días  de  fiesta  que  no  hubiese 
música  a  acudir  a  primera  y  segundas  vísperas  y  misa  mayor 
a  ayudar  en  el  coro  al  sochantre  a  cantar  canto  llano;  y  que  el 
mayordomo  de  fábrica  le  pagase  por  medianías  como  a  los  demás 
ministros.  (Libro  5,  fol.  99). 

En  5  de  febrero,  atento  lo  informado  por  el  señor  arcediano 
provisor  del  estado  en  que  se  hallaba  la  fábrica  del  Colegio  Semi- 
nario, que  principió  en  9  de  octubre  de  1673  el  Illmo.  Sor.  Dn. 
Juan  Fernández  Ortiz  que  era  rector,  se  leyese  un  curso  de  ma- 
yores, señalándosele  la  renta  de  100  pesos  anuales  y  que  los  que 
entrasen  a  oirlo  lo  hiciesen  a  su  costa.  (Libro  5,  fol.  99  vto.). 

En  23,  se  admitió  la  dejación  de  un  curato  de  la  jurisdicción 
de  Coro  y  se  nombró  interino:  y  asimismo  se  admitió  un  opositor 
a  otro.  (Libro  5,  fol.  100). 

En  27,  se  recibió  la  presentación  y  se  le  mandó  despachar 
título  y  dar  colación,  la  cual  se  cometió  al  vicario  de  Barquisimeto. 
(Libro  5,  fol.  95  vto.). 

En  5  de  marzo,  atenta  la  necesidad  en  que  se  hallaba  la  Iglesia 
de  la  ciudad  de  Coro  a  peligro  de  acabarse  de  arruinar  por  lo  que 
había  padecido  en  la  tormenta  de  agua  que  allí  hubo  en  el  año 
anterior,  se  dispuso  que  se  le  prestasen  600  pesos  de  las  rentas 
del  hospital  de  la  misma  ciudad  que  entonces  no  tenía  enfermos. 
(Libro  5,  fol.  100). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1683  177 


En  17,  se  obedeció  la  bula  dirigida  a  este  obispado  para  reco- 
nocer por  arzobispo  de  Santo  Domingo  al  Illmo.  Sor.  maestro 
Dn.  Fr.  Domingo  Fernández  de  Navarrete:  y  se  dieron  facultades 
a  su  Sría.  Illma.  para  el  uso  del  pontifical,  cuando  volviese  con- 
sagrado de  Santa  Marta  y  entrase  por  pueblos  de  esta  diócesis. 
(Libro  5,  fol.  100  vto.). 

En  30  se  hizo  la  limosna  para  la  provisión  del  curato  de  San- 
tiago del  Río  del  Tocuyo  de  Carora;  y  al  siguiente  día  recibida 
la  presentación  se  le  mandó  despachar  título  y  dar  colación;  y  al 
electo  que  era  subdiácono  también  se  le  mandaron  despachar 
reverendas.  (Libro  5,  fol.  101). 

En  10  de  abril,  se  dispuso  que  el  capellán  del  hospital  de  Ma- 
racaibo,  atento  el  incremento  que  había  recibido  volviese  a  gozar 
la  antigua  asignación  de  100  pesos  anuales:  y  en  27  del  mismo  se 
hizo  el  nombramiento  de  capellán,  declarándose  que  pudiese 
ordenarse  con  aquella  renta  y  al  efecto  se  le  mandaron  despachar 
reverendas.  (Libro  5,  fol.  101  vto.). 

En  7  de  mayo,  habiéndose  tenido  noticia  de  estar  electo  por 
Obispo  de  esta  diócesis  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Diego  de  Baños  y 
Sotomayor,  que  lo  era  de  Santa  Marta,  se  dispuso  que  aunque 
la  noticia  no  era  jurídica  pues  se  estimaba  cierta,  se  denunciase 
con  repique  general  de  campanas:  que  se  escribiese  a  los  vicarios 
y  curas  para  que  le  obsequiasen  en  su  venida,  que  se  consideraba 
sería  por  tierra  y  a  su  Sría.  Illma.  se  le  escribió  suplicándole  que 
gobernase  el  obispado  desde  luego  que  entrase  a  él,  como  si 
hubiese  presentado  al  Cabildo  la  Cédula  de  la  Merced.  (Libro  5, 
fol.  102). 

En  28  de  junio,  se  nombró  por  pertiguero  a  Pedro  Ortiz  por 
fallecimiento  de  Luis  López  con  el  mismo  salario  de  100  pesos 
anuales  pagables  por  la  fábrica,  y  también  se  le  mandó  despachar 
título  de  fiscal  de  vara  del  Tribunal  eclesiástico.  (Libro  5,  fol. 
102  vto.). 

En  20  de  julio,  se  admitió  una  oposición  al  curato  de  Barqui- 
simeto;  y  se  mandó  a  los  vicarios  de  Nirgua  y  Tirgua  (esto  es  la 
Villa  de  San  Carlos)  para  rematar  separadamente  los  diezmos. 
(Lib  o  5,  fol.  103). 

Aquí  mismo  se  mandó  hacer  nueva  Cruz  para  los  curas  de  la 
Catedral  en  los  entierros;  y  que  se  comprase  un  juego  de  libros 
de  la  nueva  recopilación  en  30  pesos  para  la  sala  de  Cabildo.  (Li- 
bro 5,  fol.  103). 


13  —  Actat.  I. 


178 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  30,  se  admitió  un  opositor  a  la  doctrina  del  pueblo  de  Si- 
quisique.  (Libro  5,  fol.  103). 

En  6  de  agosto,  habiéndose  recibido  dos  exhortos  de  los  ofi- 
ciales reales,  el  uno  para  que  se  diese  razón  del  valor  de  los  diezmos 
en  los  años  anteriores  y  de  las  posesiones  de  beneficios  dadas  en 
esta  Santa  Iglesia,  con  el  fin  de  cobrar  las  mesadas  eclesiásticas 
y  otro  acerca  de  que  los  dos  reales  novenos  se  sacasen  antes  de 
sacarse  el  tres  por  ciento  del  Seminario;  se  pidió  testimonio  de 
ambos  para  poder  contestar:  y  en  efecto  en  31  de  este  mes  se 
mandaron  dar  las  razones  pedidas.  (Libro  5,  fol.  103  vto.). 

En  19,  se  admitió  una  oposición  al  curato  de  Barquisimeto. 
(Libro  5,  fol.  103  vto.). 

En  27,  se  hizo  la  nómina  para  la  provisión  del  curato  de  Siqui- 
sique  y  se  mandó  que  un  religioso  franciscano  presentado  para  la 
doctrina  del  Valle  de  la  Pascua  compareciese:  y  en  7  de  septiembre 
se  recibió  la  real  presentación  de  aquel  curato,  y  se  mandó  al 
electo  que  compareciese  a  recibir  la  colación.  (Libro  5,  fol.  104). 

En  10  de  septiembre,  se  dispuso,  que  se  formasen  constituciones 
para  el  gobierno  de  la  cofradía  de  las  Benditas  Animas  que  estaba 
fundada  en  esta  Santa  Iglesia  y  de  la  cual  era  mayordomo  el 
Ledo.  Dn.  Joseph  de  Arechederra,  sacristán  mayor  de  ella.  (Libro 
5,  fol.  104  vto.). 

En  28,  se  mandó  que  los  opositores  a  la  dignidad  de  Tesorero 
compareciesen  el  día  6  del  siguiente  octubre  a  las  tres  y  media 
de  la  tarde  a  recibir  puntos.  (Libro  5,  fol.  105). 

En  6  de  octubre,  se  mandó  que  junto  con  el  secretario  asistiese 
un  notario  a  los  actos  de  la  sobredicha  oposición.  (Libro  5,  fol.  105). 

En  26,  se  acordó  hacer  recurso  al  Rey  acerca  de  lo  que  requerían 
los  oficiales  reales  para  que  los  dos  reales  novenos  no  satisfaciesen 
el  tres  por  ciento  del  Seminario:  y  asimismo  se  acordó  informar  a 
Su  Majestad  lo  que  había  ocurrido  en  los  años  anteriores  en  cuanto 
a  la  cobranza  de  los  mismos  reales  novenos.  (Libro  5,  fol. 
105  vto.). 

En  2  de  noviembre,  se  hizo  nombramiento  de  vicario  foráneo 
de  Trujillo  y  de  mayordomo  de  aquel  convento  de  Monjas,  y  se 
mandaron  recibir  las  cuentas  del  antecesor.  (Libro  5,  fol.  106). 

En  9,  se  mandó  formar  la  nómina  para  la  provisión  de  la  Te- 
sorería para  remitirla  al  Rey  por  mano  del  señor  Gobernador. 
Y  aquí  mismo  se  dispuso  mandar  expensas  para  el  recurso  acerca 
de  los  reales  novenos;  y  se  previno  al  mayordomo  que  sacase  a 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1684  179 


parte  segura  la  plata  de  la  Iglesia  por  el  temor  que  había  de  in- 
vasión de  enemigos.  (Libro  5,  fol.  106). 

En  4  de  diciembre,  se  mandó  dar  razón  a  los  oficiales  reales 
del  modo  como  se  distribuían  las  cuartas  episcopal  y  capitular  y 
como  se  sacaba  el  tres  por  ciento  del  Colegio  Seminario:  y  que 
se  fes  insinuase  estar  ya  mandado  a  los  curas  y  sacristán  mayor 
diesen  la  razón  pedida.  (Libro  5,  fol.  106  vto.). 

En  7,  se  mandó  imponer  a  censo  el  capital  de  250  pesos  que 
destinó  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Marcos  de  Sobremontes,  Deán 
que  fue  de  esta  Catedral  para  que  en  ella  en  la  octava  de  la  conme- 
moración de  Difuntos  se  le  cantase  una  misa:  y  se  aceptó  era 
fundación  y  se  convirtieron  sus  bienes  de  temporales  en  espiri- 
tuales; lo  que  también  se  hizo  en  otras  semejantes  fundaciones  que 
quedan  referidas.  (Libro  5,  fol.  107). 

En  13,  habiéndose  recibido  la  real  presentación  para  el  curato 
de  Barqu:simeto.  cuya  nómina  remitió  el  Cabildo  el  día  anterior 
al  señor  Gobernador  se  mandó  al  maestro  Bernabé  de  Acuña 
electo  que  compareciese  a  recibir  colación  y  que  al  efecto  se  des- 
pache el  título.  (Libro  5,  fol.  107  vto.). 

Año  de  1684. 

En  28  de  enero,  habiendo  presentado  por  medio  de  apoderado 
el  Ledo.  Dn.  Nicolás  Fernández  Ortiz  cura  de  la  ciudad  de  Coro, 
con  su  real  despacho  fecho  en  Madrid  a  2  de  julio  del  año  anterior, 
en  que  es  promovido  a  la  dignidad  de  Chantre,  vacante  por  muerte 
del  señor  Ledo.  Dn.  Juan  de  Gamboa;  se  le  mandó  que  compa- 
reciese personalmente  a  recibir  la  colación  y  posesión  a  cuyo  fin 
se  le  admitió  la  renuncia  de  curato.  (Libro  5,  fol.  107  vto.). 

En  15  de  febrero,  se  admitió  la  fundación  de  2.000  pesos  de 
principal  que  hizo  al  señor  Dn.  Agustín  de  Palma,  arcediano, 
provisor  y  vicario  general  para  dotación  de  la  Catedral  de  moral 
en  el  Colegio  Seminario  a  fin  de  que  desde  luego  pudiese  empe- 
zarse a  leer  por  la  necesidad  que  de  ella  había;  y  que  aunque 
estaba  en  fábrica  el  Seminario  había  concluidas  algunas  piezas 
en  que  se  estaban  dando  estudios  y  se  reservó  para  después  el 
nombramiento  de  catedrático.  (Libro  5,  fol.  110). 

En  el  mismo  acto,  se  concedió  al  proveedor  Pedro  Jaspe  de 
Montenegro  por  los  beneficios  que  había  hecho  a  la  fábrica  del 


180 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Colegio  Seminario  que  la  agua  encañada  destinada  para  él  pudiese 
llevar  una  paja  a  su  casa  para  él  .y  los  demás  que  la  poseyesen. 
(Libro  5,  fol.  110). 

En  18,  se  dio  colación  a  un  clérigo  de  una  capellanía  y  se  ad- 
mitieron las  renuncias  de  los  curatos  de  Humucaro,  del  Tocuyo 
y  de  la  ciudad  de  Guanaguanare  y  se  nombraron  interinos.  (Li- 
bro 5,  fol.  110  vto.). 

En  10  de  marzo,  se  admitieron  opositores  a  los  curatos  vacantes. 
(Libro  5,  fol.  111). 

En  22  de  abril,  se  admitieron  otras  oposiciones.  (Libro  5, 
fol.  111). 

En  8  de  mayo,  habiendo  comparecido  el  señor  Ledo.  Dn.  Nicolás 
Fernández  Ortiz  y  hecho  la  profesión  de  la  fe  y  juramento  de  guar- 
dar los  estatutos  y  loables  costumbres  de  esta  Catedral  se  le  dió 
la  colación  de  la  dignidad  de  Chantre  y  posesión  en  la  silla  de  la 
sala  capitular  y  después  en  la  del  coro;  desde  la  cual  derramó 
monedas  de  plata.  (Libro  5,  fol.  111  vto.). 

En  12,  presentes  los  curas  de  la  Catedral  se  prohibió  a  las 
ayudas  de  parroquia  de  Nuestra  Señora  de  Altagracia  y  de  San 
Pablo  el  uso  de  Cruz  en  las  procesiones  generales  y  que  sólo  la 
pudiesen  usar  alrededor  del  distrito  de  ellas.  (Libro  5,  fol.  112). 

En  el  mismo  día,  recibida  la  presentación  para  el  curato  de 
Trujillo  en  Miguel  Suárez  de  Albin,  se  le  mandó  despachar  título 
y  dar  la  colación.  (Libro  5,  fol.  112). 

En  19  atenta  la  necesidad  en  que  quedó  la  Iglesia  de  Trujillo 
por  haberla  saqueado  el  enemigo  francés;  se  le  dieron  de  la  Cate- 
dral dos  ornamentos  cumplidos  el  uno  morado  y  el  otro  blanco 
y  un  paño  de  pulpito.  (Libro  5,  fol.  112  vto.). 

En  20,  habiéndose  recibido  la  presentación  a  la  sacristía  de 
Carora  se  mandó  al  padre  Diego  Tomás  de  Pozadas,  electo  que 
compareciese  a  recibir  colación.  (Libro  5,  fol.  112  vto.). 

En  2  de  junio,  se  dispuso  que  se  formase  un  libro  como  lo  hubo 
en  otro  tiempo,  para  asentar  en  él  los  remates  de  diezmos  y  lo 
tocante  a  ia  cuarta  capitular,  y  que  los  jueces  de  diezmos  no 
hiciesen  novedad  en  los  remates  y  que  remitiesen  al  Cabildo  lo 
tocante  a  la  dicha  cuarta:  y  asimismo  se  les  previno  que  las  pagas 
se  hiciesen  por  las  medianías  de  San  Juan  y  de  Navidad  y  que  no 
admitiesen  género  sino  dinero.  (Libro  5,  fol.  113). 

En  9  se  nombró  juez  de  diezmos  para  la  ciudad  del  Tocuyo 
al  Ledo.  Francisco  Torralva  de  Almodovar.  (Libro  5,  fol.  113). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1684 


181 


En  18,  se  recibió  una  carta  del  Illmo.  Sor.  Obispo  electo  fecha 
en  Maracaibo,  a  15  de  mayo,  en  la  cual  su  Sría.  Illma.  insinúa 
al  Cabildo  que  se  ha  abstenido  de  gobernar  porque  pudiese  con- 
tinuar el  visitador  que  allí  halló,  y  que  tampoco  no  remitía  sus 
poderes  porque  quería  que  el  Cabildo  continuase  hasta  que  per- 
sonalmente tomase  posesión:  el  Cabildo  insinuando  su  gratitud  y 
reconocimiento  mandó  copiar  la  carta  en  este  libro.  (Libro  o, 
fol.  113  vto.). 

En  8  de  julio,  se  acordó  que  de  cuenta  de  la  fábrica  de  la 
Iglesia  y  valiéndose  de  7.000  pesos  de  un  censo  redimido  por  el 
proveedor  Pedro  Jaspe  de  Montenegro  se  comprase  una  casa  con- 
tigua al  colegio  en  la  plaza  que  vendía  el  capitán  Luis  de  Bolívar 
en  7.100  pesos  y  la  cual  anteriormente  fue  de  la  Catedral  que  la 
hubo  de  los  bienes  del  señor  Deán  Dn.  Bartolomé  Escoto;  y  se 
vendió  para  pagar  las  dos  campanas  grandes;  y  que  se  aliñase 
y  aderezase  para  que  fuese  Palacio  episcopal  para  habitación  del 
Illmo.  Sor.  Obispo  Dn.  Diego  de  Baños  y  Sotomayor  que  se  estaba 
esperando  y  no  tenía  casa  donde  habitar.  (Libro  5,  fol.  114  vto.). 

En  23,  habiendo  participado  al  Cabildo  el  señor  Gobernador, 
citándolo  para  el  remate  que  se  iba  a  hacer  de  los  bienes  del  Illmo. 
señor  Dn.  Fr.  Antonio  González  de  Acuña;  se  acordó  hacer  con- 
tradicción formal  a  la  venta  de  lo  correspondiente  al  pontifical; 
pues  debía  entregarse  íntegro  a  la  Iglesia:  que  de  parte  de  ésta  se 
rematase  la  librería:  y  que  se  siguiese  la  demanda  para  el  pago 
de  más  de  12.000  pesos  que  su  Sría.  Illma.  quedó  debiendo  a 
esta  Santa  Iglesia  a  la  mesa  capitular  y  al  Colegio  Seminario. 
(Libro  5,  fol.  115  vto.). 

En  12  de  agosto,  habiendo  presentado  el  Illmo.  Sor.  Dr. 
Diego  de  Baños  y  Sotomayor  sus  bulas  expedidas  por  el  señor 
Inocencio  XI  en  15  de  febrero  de  1683  y  hecho  el  juramento 
y  profesión  de  la  fe,  se  le  dió  la  posesión  de  esta  diócesis  en  el 
altar  mayor  y  hechas  las  correspondientes  ceremonias  y  dádosele 
la  obediencia,  pasó  sin  los  pontificales  a  la  sala  de  coro  y  de  aquí 
a  la  de  la  sala  capitular:  fue  recibido  por  el  señor  Gobernador 
y  Capitán  general  y  Cabildo  secular  en  la  Iglesia  de  San  Pablo 
V  de  allí  vino  a  pie  de  capa  magna  hasta  la  del  convento  de  Monjas 
donde  esperaba  el  Cabildo,  clero  y  religiones  y  de  aquí  vestido 
de  pontifical  pasó  a  la  Catedral.  No  hay  copia  de  las  bulas  ni  del 
real  ejecutorial.  (Libro  5,  fol.  116). 


J82 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  24  de  noviembre,  se  hicieron  por  el  señor  Chantre  tres 
propuestas  y  se  reservaron  para  tratarse  con  su  Sría.  1  lima,  en  el 
siguiente  Cabildo.   (Libro  5,  fol.  117). 

En  Io  de  diciembre,  presente  el  lllmo.  Sor.  Obispo  en  la  sala 
capitular,  sin  embargo  de  lo  alegado  por  el  señor  Chantre  para 
que  en  la  colecta  de  la  misa  se  nombrase  a  Santa  Ana  y  no  a  San- 
tiago se  acordó  que  siguiese  la  costumbre;  pues  Santiago  era  título 
de  la  Santa  Iglesia;  de  lo  cual  interpuso  súplica  el  dicho  señor 
Chantre.  (Libro  5,  fol.  117  vto.). 

Aquí  mismo  se  acordó  sobre  el  otro  punto  de  los  tres  pro- 
puestos, que  el  secretario  de  Cabildo  recogiese  todas  las  Reales 
Cédulas  dirigidas  al  Cabildo  y  las  pusiese  en  el  archivo  capitular 
encuadernadas,  para  que  allí  pudiesen  verlas  los  señores  capitulares. 
(Libro  5,  fol.  117  vto.). 

Y  al  tercer  punto  se  acordó  que  se  examinase  el  reloj  para  ver 
el  mejor  modo  de  componerlo:  que  se  pusiese  en  la  sala  capitular; 
y  que  se  diese  la  llave  a  un  sacristán  para  que  lo  cuidase.  (Libro  5, 
fol.  117  vto.). 

En  este  propio  acto,  se  hizo  la  elección  de  juez  de  diezmos  en 
el  señor  arcediano  Dn.  Agustín  Palma;  se  le  confirieron  facultades 
para  el  desempeño  de  la  judicatura  y  nombrar  subalternos:  y  se 
mandó  que  hubiese  caja  general  para  custodiar  el  producto  de  los 
remates  y  que  de  sus  tres  llaves  tuviese  una  el  señor  Deán,  otra 
el  dicho  juez  y  otra  el  notario  del  juzgado.  (Libro  5,  fol.  117  vto.). 

En  15  de  diciembre,  se  mandaron  dar  100  pesos  al  abogado 
nombrado,  para  defender  el  espolio  del  lllmo.  Sor.  Acuña.  (Libro 
5.  fol.  118). 

Año  de  1685. 

En  23  de  febrero,  presente  el  lllmo.  Sor.  Obispo  en  la  sala 
capitular,  habiendo  dado  cuenta  el  señor  arcediano  del  estado  de 
los  remates  de  diezmos  se  dispuso:  que  algunas  veredas  se  pu- 
siesen en  administración  de  cuenta  de  los  interesados,  asegu- 
rándose antes  los  dos  reales  novenos  para  pagarse  en  la  misma 
cantidad  que  le  cupo  en  el  año  anterior.  (Libro  5,  fol.  118  vto.). 

En  28,  se  nombró  por  maestro  de  ceremonias  al  ministro  Dn. 
Joseph  Valero  de  Tovar,  presbítero  a  propuesta  del  lllmo.  Sor. 
Obispo  de  quien  era  familiar  y  se  señaló  el  mismo  salario  ante- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1686 


183 


nórmente  señalado  de  80  pesos  anuales,  pagables  por  la  fábrica. 
(Libro  5,  fol.  119). 

En  18  de  marzo,  presente  su  Sría.  Illma.  se  dio  facultad  al 
señor  arcediano  para  correr  con  las  administraciones  de  diezmos 
y  vender  los  frutos.  (Libro  5,  fol.  119). 

En  28  de  julio,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular 
se  mandó:  que  todos  los  martes  se  celebrase  Cabildo  después 
de  la  misa  mayor,  y  el  día  que  hubiese  embarazo  a  esta  hora  se 
hiciese  por  la  tarde  después  de  maitines.  (Libro  5,  fol.  119  vto.). 

Aquí  mismo,  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica  exhibiese 
razón  de  los  deudores:  que  todas  las  Reales  Cédulas  que  hablan 
con  el  Cabildo  se  pusiesen  en  el  archivo  de  la  sala,  de  la  cual  no 
pudiesen  sacarse  afuera.  (Libro  5,  fol.  120). 

También  se  nombró  al  señor  Chantre  para  que  por  medio  de 
personas  de  su  confianza  cobrase  lo  que  se  adeudaba  de  manuales 
y  se  le  señaló  un  dos  por  ciento.  (Libro  5,  fol.  120). 

Asimismo,  se  mandó:  que  cada  año  el  juez  de  diezmos  diese 
cuenta  de  los  remates  al  Cabildo,  y  que  cumplido  el  primer  tercio 
se  diese  a  cada  interesado  sus  hijuelas;  y  que  el  mismo  juez  cobrase 
por  sí  sin  intervención  de  algunos  de  los  señores  capitulares  y 
diese  las  libranzas  contra  los  diezmos.  (Libro  5,  fol.  120  vto.). 

En  31,  se  cometió  al  señor  Chantre  la  recolección  de  Reales 
Cédulas  y  ponerlas  en  libro  como  estaba  acordado,  ejecutándose 
con  arreglo  a  una  ley  que  aquí  se  cita.  (Libro  5,  fol.  120  vto.). 

En  3  de  agosto,  se  mandó  formar  inventario  de  las  capellanías 
tocantes  al  Cabildo.  (Libro  5,  fol.  120  vto.). 

En  2  de  octubre,  se  dispuso  que  el  señor  Chantre  para  el  cobro 
de  lo  que  se  adeudaba  de  las  dichas  capellanías  pudiese  nombrar 
procuradores.   (Libro  5,  fol.  121). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1686. 

En  14  de  febrero,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular 
se  dispuso  que  las  veredas  de  diezmos  que  no  se  habían  podido 
rematar  se  pusiesen  en  administración  del  mismo  modo  que  se 
practicó  en  el  año  anterior.  (Libro  5,  fol.  121). 

En  18  de  octubre,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular 
se  dispuso  a  instancia  del  señor  Deán  que  la  capellanía  que  el 


184 


FUENTES   PARA   I.A   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


cobraba  y  distribuía  de  las  misas  del  Santo  Cristo,  se  entregase 
al  señor  Chantre  como  nombrado  para  las  cobranzas  de  todas 
las  del  Cabildo.  (Libro  5,  fol.  122). 
No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1687. 

En  25  de  febrero,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular 
se  dispuso:  que  las  veredas  de  diezmos  que  no  se  habían  podido 
rematar  se  pusiesen  en  administración  como  se  había  practicado 
en  los  dos  años  anteriores;  y  se  suplicó  a  su  Sría.  Illma.  por  los 
señores  capitulares  que  nombrase  un  sustituto  al  señor  arcediano 
juez  de  diezmos  mientras  estaba  enfermo.  (Libro  5,  fol.  122  vto.). 

En  13  de  iunio,  habiéndose  recibido  una  Real  Cédula  fecha 
en  Buenretiro,  a  20  de  mayo  del  año  anterior,  en  la  cual  se  avisa 
al  Cabildo  la  resolución  de  que  los  indios  quedasen  libres  del 
trabajo  que  hacían  tres  días  cada  semana  a  los  encomenderos, 
y  que  sólo  pagasen  el  tributo  que  se  regulace;  y  que  el  Cabildo 
informase  de  la  diversidad  de  indios  que  había  en  esta  provincia; 
en  cuya  vista  prestado  el  obedecimiento  con  la  ceremonia  acostum- 
brada se  mandó  archivar  la  Cédula  y  copiarla  como  se  copió  en 
este  libro.  (Libro  5,  fol.  123). 

En  24  de  junio,  presentado  el  real  despacho  de  presentación 
del  señor  maestro  Dn.  Juan  Fernández  Ortiz,  cura  de  la  Ca- 
tedral a  la  dignidad  de  Tesorero,  dado  en  Madrid,  a  12  de  enero 
de  1686;  y  la  diligencia  de  la  colación  y  canónica  institución  que 
le  confirió  el  Illmo.  Sor.  Obispo;  habiendo  hecho  el  juramento 
y  la  profesión  de  la  fe,  y  la  renuncia  del  curato;  se  le  dió  por  su 
Sría.  Illma.  la  posesión  en  el  coro  y  después  en  la  sala  capitular. 
(Libro  5,  fol.  124  vto.). 

En  11  de  julio,  se  nombró  al  señor  Chantre  Ledo.  Dn.  Nicolás 
Fernández  Ortiz,  para  representar  todo  lo  que  conviniese  al  Ca- 
bildo en  la  sínodo  diocesana  que  se  había  de  celebrar  el  día  31 
del  siguiente  agosto.  (Libro  5,  fol.  126  vto.). 

En  19  de  septiembre,  con  motivo  de  haber  sido  promovido 
a  cura  rector  de  la  Catedral  el  secretario  de  Cabildo,  Martín  Fer- 
nández de  Algarín,  se  le  admitió  la  dejación  de  aquel  oficio,  y  se 
nombró  al  padre  Pedro  de  Vicuña,  presbítero,  sochantre.  (Libro 
5,  fol.  127). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1688 


185 


En  22  de  noviembre  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala,  se 
trató  de  elegir  juez  de  diezmos  por  fallecimiento  del  señor  arce- 
diano Dn.  Agustín  de  Palma;  y  habiéndose  determinado  que  co- 
rriese esta  judicatura  por  turno  entre  todos  los  señores  preben- 
dados a  un  año  cada  uno,  quedó  electo  el  señor  Deán  y  se  le  con- 
cedieron por  su  Illma.  y  Cabildo  facultades  para  el  desempeño 
del  oficio,  encargándosele  también  que  cobrase  la  cuarta  capitular 
y  lo  tocante  a  la  fábrica  de  la  Catedral.  (Libro  5,  fol.  127  vto.). 

En  el  mismo  día  se  dispuso  que  el  reloj  estuviese  a  cargo  de 
quien  supiese  cuidarlo  y  que  se  le  diesen  por  su  trabajo  100  reales 
de  la  fábrica.  (Libro  5,  fol.  128). 

Aquí  mismo  se  determinó:  que  se  diese  íntegramente  su  renta 
de  capellán  de  coro  al  padre  Alonzo  Prieto,  atentos  sus  buenos 
servicios  de  cerca  de  treinta  años  y  que  se  hallaba  enfermo  y 
pobre;  y  que  para  el  oficio  de  apuntador,  que  también  lo  obtenía 
lo  sirviese  el  padre  Miguel  Nieto  con  toda  la  renta.  (Libro  5, 
fol.  128). 

En  29  de  diciembre,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capi- 
tular se  nombró  al  señor  Chantre  Dn.  Nicolás  Fernández  Ortiz 
para  representar  los  derechos  de  la  Iglesia  y  del  Cabildo  en  la  causa 
de  espolio  del  Illmo.  Sor.  Acuña  con  facultad  de  poner  sustitutos 
aun  para  comparecer  en  la  real  Audiencia  de  Santo  Domingo 
que  había  de  determinarla  como  estaba  mandado  por  Su  Majes- 
tad; y  no  se  le  hizo  señalamiento  alguno  ni  él  lo  pidió.  (Libro  5, 
fol.  129). 

Ario  de  1688. 

En  22  de  marzo,  habiéndose  recibido  cuatro  Reales  Cédulas 
dirigic'as  a!  Cabildo,  la  una  encargándole  esté  a  la  mira  del  obrar 
del  Gobernador  acerca  de  la  libertad  de  los  indios  de  esta  Pro- 
vincia: otra  avisándole  de  haberse  mandado  que  la  Real  Audiencia 
de  Santo  Domingo  determine  la  causa  del  espolio  del  Illmo.  Sor. 
Acuña:  otra  aprobándose  la  erección  que  hizo  de  parroquia  en 
la  Villa  de  San  Carlos:  cuyas  fechas  no  se  citan,  ni  hay  copia  de 
ellas:  y  la  última  (que  sigue  copiada)  fecha  en  20  de  mayo  del 
año  anterior,  en  la  cual  se  dispone  que  en  esta  Santa  Iglesia  que 
sólo  tenía  cuatro  prebendados,  que  eran  las  dignidades  de  Deán, 
Arcediano,  Chantre  y  Tesorero,  se  criasen  y  erigiesen  cuatro 
canongías  destinándose  la  renta  de  una  de  ellas  para  el  Santo 


FUENTES   PARA   LA    HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Tribunal  de  Inquisición  de  Cartagena:  que  para  ello  incorporase 
a  la  cuarta  capitular  la  renta  de  los  dos  curatos  y  sacristía  mayor 
de  la  Cated  ral,  quedando  servidos  por  tenientes  nombrados  por 
Cabildo  y  presentados  al  señor  Gobernador  en  la  forma  que  se 
expresa:  y  que  de  estas  tres  canongías  la  una  fuese  de  gracia  y 
las  dos  de  oposición,  una  magistral  y  otra  penitenciaria,  prove- 
yéndose en  el  principio  la  magistral  de  merced  mientras  obtu- 
viese la  Tesorería  el  señor  maestro  Dn.  Juan  Fernández  Ortiz 
que  la  obtuvo  con  esta  carga:  y  por  último  se  avisa  los  electos  para 
las  tres  canongías  inclusive  la  penitenciaria.  El  Cabildo  habiendo 
obedecido  las  sobredichas  Reales  Cédulas,  respecto  de  la  última 
interpuso  súplica,  haciendo  ver  que  todos  quedarían  incongresos 
por  insuficiencia  de  las  rentas.  (Libro  5,  fol.  129  vto.). 

En  24,  se  comisionó  al  señor  Chantre  para  seguir  el  sobredicho 
recurso  de  súplica,  ocurriendo  a  documentarlo  ante  el  Illmo.  Sor. 
Obispo.  (Libro  5,  fol.  131  vto.). 

En  28.  precedida  la  presentación  del  real  despacho  dado  en 
20  de  mayo  del  año  anterior,  en  que  se  promueve  al  señor  Br. 
Dn.  Joseph  Melero,  cura  rector  más  antiguo  de  la  Catedral  a  la 
nueva  canongía  penitenciaria  y  la  colación  que  le  confirió  el  Illmo. 
Sor.  Obispo;  se  le  dió  posesión  en  la  silla  de  coro  y  después  en  la 
sala  capitular,  sin  embargo  de  la  contradicción  que  en  ambos 
actos  hizo  el  señor  Chantre  comisionado  del  Cabildo  para  el  re- 
curso de  súplica  que  queda  dicho.  Dio  esta  posesión  su  Sría.  Illma. 
unidamente  con  el  Cabildo.  (Libro  5,  fol.  132). 

En  el  mismo  día  precedida  presentación  del  real  despacho  dado 
en  27  de  mayo  del  año  anterior,  en  que  se  promueve  al  Ledo. 
Martín  Fernández  de  Algarín,  cura  menos  antiguo  de  la  Catedral, 
a  una  de  las  otras  dos  canongías  de  gracia,  y  la  colación  que  le 
confirió  el  Illmo.  Sor.  Obispo;  se  le  dio  posesión  semejantemente 
al  antecedente  canónigo  penitenciario,  sin  embargo,  de  igual 
contradicción  y  de  otra  que  se  hizo  por  uno  de  los  opositores  al 
mismo  curato  que  obtenía  y  de  cuyo  concurso  y  provisión  había 
apelado.  (Libro  5,  fol.  134). 

Nota:  que  al  tercer  canónigo  nombrado,  que  lo  era  el  señor 
Dr.  Dn.  Joseph  de  Arechederra,  sacristán  mayor,  según  se  ex- 
presa en  la  Real  Cédula  de  erección  de  estas  canongías,  no  tomó 
posesión  por  haber  fallecido,  según  se  expresa  en  el  siguiente 
Cabildo. 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1688  187 


En  30,  a  insinuación  del  señor  Chantre  para  que  cumpliese 
el  capítulo  décimo  de  la  erección,  en  cuanto  a  celebrar  la  misa 
todos  los  días  los  señores  canónigos,  pues  estaban  criadas  cuatro 
canongías  aunque  suprimida  una  para  la  Inquisición,  conside- 
rándose que  sólo  había  dos  canónigos  posesionados;  porque  el 
tercero  había  fallecido  y  que  aún  las  dignidades  no  estaban  com- 
pletas, cuyas  circunstancias  necesitaban  de  más  reflexión,  se 
reservó  para  otro  Cabildo  la  resolución.  (Libro  5,  fol.  138). 

En  6  de  abril,  se  acordó  remitir  al  Illmo.  Sor.  Obispo  la  duda 
de  sí  sólo  los  dos  canónigos  deberían  cantar  las  misas  de  todos 
los  días,  o  sí  habrían  de  entrar  en  semana  con  ellos  los  señores  dig- 
nidades. (Libro  5,  fol.  138  vto.). 

En  el  mismo  día,  habiendo  insinuado  el  señor  penitenciario 
la  obligación  que  tenía  el  Cabildo  de  hacer  el  nombramiento  de 
los  dos  tenientes  de  cura  principales,  conforme  a  lo  mandado 
por  el  Rey;  los  demás  señores  acordaron:  que  para  la  resolución 
de  la  duda  pendiente  en  este  punto  por  la  contradicción  hecha 
por  el  Cabildo  a  estas  nuevas  canongías,  y  que  entre  tanto  y  sin 
perjuicio  de  la  misma  súplica,  se  tratase  del  cobro  de  las  rentas 
de  los  curatos,  mandada  incorporar  a  la  cuarta  capitular.  (Libro 
5,  fol.  140  vto.). 

En  7  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  por  auto  extendido  a  continuación 
de  los  dos  Cabildos  antecedentes,  determinó,  entretanto  el  Rey 
y  su  Real  Audiencia  determinaban  otra  cosa:  que  pues  el  número 
de  canónigos  señalados  por  la  erección,  no  estaba  completo,  tur- 
nasen las  dignidades  haciendo  semana  con  los  canónigos;  y  que 
por  lo  respectivo  al  nombramiento  de  los  dos  tenientes  de  cura 
principales  en  atención  a  que  el  Cabildo  no  había  aceptado  lo 
mandado  por  Su  Majestad,  ya  su  Sría.  Illma.  tenía  nombrados 
los  dos  que  habían  de  servir,  quedando  a  cargo  del  Cabildo  el 
cobro  de  las  rentas  de  los  curatos.  (Libro  5,  fol.  141). 

En  28  el  Cabildo,  obedeció  lo  mandado  por  su  Sría.  Illma. 
e  interpuso  súplica,  así  por  lo  respectivo  a  turnar  las  dignidades 
con  los  canónigos,  como  en  cuanto  a  los  títulos  despachados  de 
tenientes  de  cura  principales  y  renta  asignada  a  éstos:  y  para 
recoger  las  rentas  de  los  curatos  y  distribuirlas,  se  nombró  por 
colector  al  sacristán  mayor  el  Br.  Dn.  Francisco  Galindo  y  Sayas. 
(Libro  5,  fol.  142). 

En  29  se  puso  copia  del  título  de  cura  interino  más  antiguo 
de  la  Catedral,  despachado  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  7  de  este 


188 


FUENTES   PAHA    LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


mes  al  Ixrdo.  Dn.  Juan  Díaz  de  Vargas  Machuca  con  la  renta  anual 
de  350  pesos  pagables  de  los  diezmos  y  sin  otra  obvención  que 
la  de  un  peso  por  la  intención  de  las  misas  que  celebrase  cantadas 
y  la  vela  en  los  entierros,  y  con  la  obligación  de  aplicar  misas  por 
pópulo  los  días  festivos  de  la  semana  que  le  tocase  y  están  también 
anotadas  aquí  las  diligencias  de  la  presentación  en  Cabildo  y  de 
la  posesión  dada  por  el  señor  provisor.  (Libro  5,  fol.  143). 

En  el  mismo  día  se  puso  igual  copia  del  otro  título  de  cura 
interino  menos  antiguo  de  la  Catedral,  despachado  con  las  propias 
circunstancias  al  Ledo.  Joseph  de  Heredia  en  10  de  este  mes. 
(Libro  5,  fol.  144  vto.). 

En  4  de  mayo,  se  mandó  a  los  sobredichos  curas,  que  entregasen 
al  colector  nombrado  la  ofrenda  de  los  bautismos,  no  reteniéndola 
para  sí  como  pretendían.  (Libro  5,  fol.  146  vto.). 

En  11  de  junio,  habiéndose  recibido  un  oficio  del  señor  comi- 
sario de  cruzada  y  una  Real  Cédula  sobre  publicación  de  las  bulas 
en  esta  Santa  Iglesia  el  domingo  13  de  este  mes,  el  Cabildo  prestó  su 
obedecimiento  y  quedó  dispuesto  al  recibimiento.  (Libro  5,  fol.  147). 

En  17  de  agosto,  se  dispuso  que  sin  embargo  de  la  súplica 
interpuesta  en  cuanto  a  las  canongías  aumentadas  e  incorporación 
de  los  curatos  a  la  cuarta  capitular  se  separase  en  la  caja  de  diezmos 
lo  correspondiente  a  la  canongía  suprimida  para  Inquisición  y  per- 
maneciese allí  en  depósito  hasta  la  resolución  del  Rey.  (Libro  6,  fol.  1 ) . 

En  20  se  acordó  que  la  renta  de  la  prebenda  que  vacase  se 
repartiese  conforme  a  la  erección;  y  se  reservó  para  otro  Cabildo 
el  acordar  si  en  este  repartimiento  había  de  entrar,  o  no,  la  ca- 
nongía de  la  Inquisición.  (Libro  6,  fol.  2). 

En  11  de  septiembre,  habiéndose  recibido  una  Real  Cédula 
fecha  en  10  de  junio  de  1688,  dirigida  a  los  Cabildos,  para  que 
antes  de  transferir  el  gobierno  a  los  prelados  electos,  les  constase 
haberse  presentado  en  la  Real  Audiencia,  o  ante  el  Gobernador 
y  hecho  el  juramento  de  guardar  el  real  patronato;  se  obedeció 
y  se  mandó  colocar  en  el  archivo.  (Libro  6,  fol.  2  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1689. 

En  7  de  enero,  por  haber  hecho  dimisión  Dn.  Francisco  Ga- 
lindo  y  Sayas  de  la  colecturía  de  obvenciones  de  los  curatos  de 
la  Catedral  se  nombró  al  Ledo.  Miguel  Nieto  y  se  le  señaló  de 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1689 


189 


renta  el  cuatro  por  ciento  de  lo  que  cobrase  y  que  se  suplicase  al 
Illmo.  Sor.  Obispo  lo  prefiriese  en  los  acompañamientos  de  los 
entierros.  (Libro  6,  fol.  3). 

En  21  habiéndose  intimado  al  Cabildo  un  auto  de  su  Sría. 
Illma.  (de  que  hay  testimonio  al  folio  6  vto.)  en  que  por  haber 
fallecido  el  sacristán  mayor  Dn.  Francisco  Galindo  y  Sayas, 
manda  agregar  las  rentas  de  la  sacristía  al  Cabildo,  reservándose 
200  pesos  para  el  teniente  sacristán  mayor  que  nombrase  su  Sría. 
Illma.;  reiteraron  algunos  señores  la  oposición  a  esta  agregación 
como  también  la  de  los  curatos;  y  se  reclamaron  los  nombra- 
mientos hechos;  mas  no  hubo  otra  resolución  que  la  de  pasar 
testimonio  de  esta  acta  a  su  Sría.  Illma.  (Libro  6,  fol.  4). 

En  8  de  febrero,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  la  sala  ca- 
pitular, insinuó  su  Sría.  Illma.  que  si  había  hecho  los  nombra- 
mientos de  los  tenientes  curas  principales,  fue  por  que  la  juris- 
dicción de  ellos  dimana  de  la  ordinaria  eclesiástica  y  que  así  se 
practicaba  en  otras  Iglesias;  y  que  por  esta  misma  práctica  había 
nombrado  al  teniente  sacristán  mayor;  si  bien  que  estos  nombra- 
mientos eran  Ínterin  el  Rey  declaraba  otra  cosa  a  la  consulta 
hecha  a  Su  Majestad :  que  en  cuanto  a  obvenciones  ya  tenía  puesto 
remedio  para  que  entregasen  al  colector.  Y  que  por  lo  respectivo 
a  nombrarse  aquellos  tenientes  curas  rectores  era  cuestión  de 
nombre.  A  cuya  insinuación  el  Cabildo  unánimemente  manifestó 
su  complacencia  en  ella,  su  obediencia  y  su  gratitud.  (Libro  6, 
fol.  5). 

Aquí  mismo  resolvió  su  Sría.  Illma  a  la  cuestión  agitada  sobre 
si  el  teniente  sacristán  mayor  debía  la  paz  al  coro  que  la  llevasen 
los  sacristanes  menores,  como  se  había  acostumbrado.  (Libro  6, 
fol.  5  vto.). 

En  el  mismo  día  se  puso  copia  del  título  de  teniente  sacristán 
mayor  despachado  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  al  Ledo.  Antonio 
Martínez  Nevado,  presbítero.  (Libro  6,  fol.  7  vto.). 

En  25  de  junio,  habiéndose  presentado  un  expediente  (de  que 
sigue  copia)  sobre  la  concesión  hecha  por  su  Sría.  Illma.  con 
acuerdo  del  Cabildo  al  proveedor  Pedro  Jaspe  de  Montenegro 
del  terreno  inmediato  al  cementerio  y  a  la  capilla  que  su  Sría. 
Illma.  estaba  fabricando  para  sí,  a  fin  de  que  allí  fabricase  capilla, 
para  colocar  un  cuadro  de  media  talla  que  se  había  hecho  en 
Nueva  España  del  Misterio  de  la  Santísima  Trinidad  y  que  allí 
llevando  el  título  de  patrono,  se  diese  sepultura  sin  pagar  derechos 


190 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


algunos  a  él  y  a  sus  esclavos  y  domésticos:  el  Cabildo  acordó 
que  así  se  ejecutase.  (Libro  6,  fol.  8). 

En  S  de  julio,  habiendo  insinuado  el  mayordomo  de  fábrica 
que  lo  era  el  maestro  de  campo  Dn.  Juan  de  Ibarra,  habérsele 
mandado  por  el  señor  Gobernador  que  diese  fianza  por  el  pon- 
tifical del  Illmo.  señor  Acuña  que  se  había  entregado  a  la  Iglesia 
el  Cabildo  resistió  y  mandó  ciar  cuenta  de  esta  ocurrencia  al  Illmo. 
Sor.  Obispo.  (Libro  6,  fol.  10  vto.). 

En  28  el  Cabildo  volvió  a  resistir  la  dación  de  la  dicha  fianza 
a  segunda  intimación  del  señor  Gobernador  e  interpuso  súplica 
para  la  Real  Audiencia.  (Libro  6,  fol.  11  vto.). 

En  12  de  agosto,  se  nombró  por  colector  de  observaciones  de 
los  curatos  y  sacristía  al  presbítero  Pedro  Fernández  de  Algarín. 
(Libro  6,  fol.  12). 

En  26  de  septiembre,  habiéndose  mandado  por  su  Sría.  Illma. 
a  su  secretario  que  manifestase  al  Cabildo  como  lo  hizo,  la  presen- 
tación del  señor  Gobernador  y  del  Cabildo  secular,  de  que  la  Iglesia 
les  cediese  el  tercio  de  solar  que  tenía  en  la  plaza  de  esta  ciudad 
y  que  por  él  se  le  daría  otro;  el  Cabildo  no  tuvo  a  bien  acceder 
al  cambio  y  acordó  que  si  quisiesen  comprarlo  se  vendería  por  su 
justo  valor,  y  éste  se  emplearía  en  fabricar  dos  tiendas.  (Libro  6, 
fol.  12  vto.). 

En  19  de  octubre,  habiéndose  pasado  al  Cabildo  el  real  des- 
pacho dado  en  Madrid,  a  23  de  junio  de  este  año  en  que  se  pro- 
mueve al  señor  canónigo  Dn.  Martín  Fernández  de  Algarín  a  la 
dignidad  de  Tesorero  vacante  por  promoción  del  señor  maestro 
Dn.  Juan  Fernández  Ortiz  a  la  chantría  y  un  decreto  de  su  Sría. 
Illma.  en  que  dispone  no  haber  lugar  la  colación  mientras  no 
llegase  el  despacho  de  la  promoción  que  causa  la  vacante,  se  mandó 
copia  de  todo  en  el  libro  capitular:  se  le  dió  la  colación  y  posesión 
por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  4  de  julio  del  siguiente  año  con  las 
ceremonias  acostumbradas  de  que  se  puso  copia  al  folio  28  de  este 
libro.  (Libro  6,  fol.  13). 

En  27,  habiéndose  recibido  una  carta  del  señor  Gobernador 
y  capitán  general  de  esta  Provincia  en  que  avisa  al  Cabildo  haber 
recibido  una  Real  Cédula  en  que  le  avisa  haber  muerto  la  señora 
Reyna  doña  Luisa  María  de  Borbón,  para  que  se  hiciesen  su- 
fragios por  su  alma,  el  Cabildo  insinuó  estar  pronto  a  cumplirlos 
por  su  parte.  (Libro  6,  fol.  15  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1690 


191 


Aquí  mismo  se  recibieron  dos  Reales  Cédulas  fechas  en  30  de 
diciembre  de  1688  la  una  dirigida  al  Cabildo  y  la  otra  al  señor 
Gobernador  en  aquélla,  previniéndole  que  esto  a  la  mira  de  lo  que 
se  manda  en  la  segunda;  y  en  esta  previniéndole  al  Gobernador 
que  desde  luego  se  quiten  los  corregidores  nombrados  para  cobrar 
el  tributo  de  cien  reales  a  cada  indio;  y  que  en  adelante  los  habi- 
tantes en  las  inmediaciones  de  esta  ciudad  y  diez  leguas  en  contorno 
pague  cada  uno  6  pesos  y  los  de  otras  partes  4:  y  que  los  de  nuevas 
reducciones  no  pagasen  alguno  en  el  término  de  10  años:  el  Ca- 
bildo mandó  poner  y  se  puso  copias  de  ambas  en  este  libro.  (Li- 
bro 6,  fol.  15  vto.). 

En  20  de  diciembre,  habiéndose  remitido  por  el  Illmo.  Sor. 
Obispo  el  real  despacho  de  21  de  abril  de  este  año  en  que  se  pro- 
mueve al  señor  Chantre  Dn.  Nicolás  Fernández  Ortiz  a  la  dig- 
nidad de  arcediano  vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dn. Agustín 
de  Palma,  el  Cabildo  prestó  su  obedecimiento  y  en  el  mismo  día 
se  le  dió  la  colación  e  hizo  la  profesión  de  la  fe  en  manos  del  mismo 
Illmo.  Sor.  Obispo;  y  seguidamente  su  Sría.  Illma.  con  el  Ca- 
bildo le  dió  la  posesión  en  la  silla  del  coro  con  las  ceremonias 
acostumbradas,  y  después  en  la  sala  capitular.  (Libro  6,  fol.  17  vto.). 

Año  de  1690. 

En  27  de  mayo,  se  recibió  el  duplicado  de  las  Reales  Cédulas 
sobre  tributos  de  los  indios,  y  también  otra  dirigida  al  Obispo  y 
Cabildo  (que  está  copiada  al  folio  32)  fecha  en  Madrid,  a  20  de 
septiembre  de  1689  en  que  a  consecuencia  de  lo  prevenido  en  la 
de  20  de  mayo  de  1687  y  de  haber  vacado  la  tesorería  se  previene 
que  la  canongía  que  obtenía  el  Ledo.  Dn.  Martín  Fernández  de 
Algarín,  promovido  a  aquella  se  proveyese  con  título  de  ma- 
gistral por  oposición  en  teólogo.  (Libro  6,  fol.  20). 

Aquí  mismo  se  recibió  también  una  carta  de  un  padre  de  la 
extinguida  compañía,  en  que  avisa  al  Cabildo  en  el  oficio  de  indios 
de  la  misma  compañía  que  en  Madrid  había  1971  pesos  y  2  reales 
en  escudos  de  oro  y  otras  cosas  que  podrían  valer  150  pesos  per- 
teneciente todo  a  esta  Santa  Iglesia;  en  cuya  vista  el  Cabildo 
quedó  en  dar  las  órdenes  convenientes.  (Libro  6,  fol.  20  vto.). 

En  29  del  mismo,  habiéndose  presentado,  se  dió  posesión  de 
la  canongía  de  merced  vacante  por  fallecimiento  de  Dn.  Francisco 


192 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Galindo  (el  cual  no  tomó  posesión)  al  Ledo.  Dn.  Juan  Díaz  de 
Vargas  Machuca  en  virtud  del  real  despacho  de  su  presentación 
fecho  en  Madrid  a  Io  de  octubre  de  1689  y  de  la  colación  que  le 
dió  el  Illmo.  Sor.  Obispo:  y  en  el  acto  de  la  posesión  se  reiteraron 
las  protestas  sobre  el  aumento  de  estas  y  las  otras  canongías. 
(Libro  6,  fol.  21). 

En  27  de  junio,  se  obedeció  la  Real  Cédula  sobre  recibimiento 
de  la  bula  de  la  Santa  Cruzada  y  el  Cabildo  quedó  dispuesto  a 
recibirla  el  domingo  2  del  siguiente  julio,  señalado  por  el  comisario 
para  la  publicación  en  esta  Santa  Iglesia.  (Libro  6,  fol.  24). 

En  4  de  julio  se  dió  posesión  de  la  chantría  vacante  por  pro- 
moción del  señor  Dn.  Nicolás  Fernández  Ortiz  al  arcedianato,  al 
maestro  Dn.  Juan  Fernández  Ortiz,  en  virtud  del  real  despacho 
de  su  presentación  dado  en  Madrid  a  27  de  junio  de  1689  y  de  la 
colación  que  se  le  dio  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  6,  fol.  24  vto.). 

En  3  de  agosto,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular 
se  dispuso  que  en  adelante  hubiese  dos  jueces  de  cuentas  para 
rever  las  de  diezmos  y  comunicar  las  resultas  a  su  Sría.  Illma. 
v  al  Cabildo;  y  se  nombraron  a  los  señores  canónigos,  penitenciario 
y  de  merced.  (Libro  6,  fol.  30  vto.). 

En  6  de  septiembre  se  dispuso  que  se  pasase  testimonio  de  la 
Real  Cédula  sobre  provisión  de  la  canongía  magistral,  al  Illmo. 
Sor.  Obispo  respecto  a  que  ya  había  llegado  el  tiempo  de  proveerse 
por  la  que  había  vacado  por  la  promoción  del  que  la  servía  a  la 
tesorería  y  aunque  se  reiteraron  las  protestas  de  suplicar  del 
aumento  de  canongías  la  mayor  parte  de  votos  fue  de  cumplirse 
lo  mandado  por  Su  Majestad  y  que  se  le  informase  del  estado  de 
las  rentas.  (Libro  6,  fol.  31). 

En  24,  se  puso  copia  en  este  libro  de  un  auto  de  20  del  mismo 
mes  del  señor  Gobernador  y  capitán  general  vicepatrono  real  en 
que  acompañando  testimonio  de  la  Real  Cédula  de  20  de  mayo 
de  1688  sobre  el  aumento  de  las  canongías,  incorporación  de  los 
curatos  y  sacristía  de  la  Catedral  a  la  cuarta  capitular  y  nombra- 
miento de  teniente  requiere  al  Cabildo  sobre  su  cumplimiento  y 
que  le  informe  del  estado  de  esto:  a  que  contestó  junto  con  el 
Illmo.  Sor.  Obispo  en  23  del  propio  mes  según  otra  copia  que 
sigue,  insinuando  lo  que  se  había  ejecutado  y  la  causa  porque  su 
Illma.  había  puesto  interinos  en  los  curatos  y  sacristía.  (Libro  6, 
fol.  33). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1691  193 


Año  de  1691. 

En  9  de  julio,  habiéndose  recibido  un  auto  de  su  Sría.  Illma- 
en  que  da  parte  al  Cabildo  de  haber  fijado  edictos  para  la  provi. 
sión  de  la  canongía  magistral  de  haber  admitido  dos  opositores  y 
señalado  día  para  iniciar  los  actos  unidamente  con  el  Cabildo  ante 
su  secretario  y  un  notario  público,  hubo  varios  pareceres  sobre 
si  su  Sría.  Illma,  podía  o  no  por  sí  solo  haber  actuado  lo  expre- 
sado sin  la  concurrencia  del  Cabildo  inclinándose  más  fundada- 
mente según  el  largo  dictamen  del  señor  penitenciario  a  la  parte 
negativa  y  todos  a  que  no  debía  asistir  notario;  y  se  resolvió  pasar 
copia  de  la  acta  a  su  Sría.  Illma.  habiendo  también  al  mismo 
tiempo  reiterádose  las  protestas  sobre  aumento  de  canongías. 
(Libro  6,  fol.  37). 

En  10  contestó  el  Illmo.  Sor.  Obispo  por  un  auto  que  sigue 
testimoniado  sosteniendo  sus  mandatos  y  reprendiendo  fuerte- 
mente al  señor  canónigo  penitenciario,  y  de  nuevo  señala  día 
para  iniciar  los  actos  con  los  capitulares  que  concurriesen:  y  que 
para  salvar  toda  nulidad  despacharía  título  de  notario  al  se- 
cretario. (Libro  6,  fol.  40). 

En  16,  obedeció  el  Cabildo  con  algunas  protestas  y  especial- 
mente por  lo  respectivo  a  aumento  de  prebendas  y  en  cuanto  a 
que  el  secretario  fuese  creado  notario  para  los  actos,  y  el  señor 
penitenciario  insinuó  su  sana  intención  en  lo  que  había  dicho 
y  largamante  se  vindicó.  (Libro  6,  fol.  43). 

En  17,  se  proveyó  otro  auto  por  su  Sría.  Illma.  insistiendo 
en  los  mismos  que  tenía  proveído  y  dándose  por  satisfecho  y  en 
el  mismo  acto  contestó  el  Cabildo  llanamente  obedeciendo  y  su- 
plicando a  su  Sría.  Illma.  se  sirviese  mirar  por  su  Cabildo.  (Libro 
6,  fol.  45). 

En  11  de  septiembre,  habiendo  pasado  oficio  el  comisario  del 
Santo  Oficio,  sobre  que  se  le  entregase  lo  correspondiente  a  la 
canongía  suprimida  para  remitirlo  al  Santo  Tribunal  de  Carta- 
gena en  depósito,  como  se  acordó  en  acta  de  17  de  agosto  de  1688 
y  que  se  pasase  testimonio  a  su  Sría.  Illma.  para  que  en  caso  de 
mandarse  por  el  Rey  que  se  entregase  si  sería  persona  legítima 
el  dicho  comisario.  (Libro  6,  fol.  46  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


14  —  AcUu,  i. 


194 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1692. 

En  10  de  abril,  se  obedeció  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo, 
que  con  sus  antecedentes  está  copiado  al  folio  49  vto.,  en  el  cual 
manda  se  entregue  al  comisario  de  Inquisición  lo  correspondiente 
a  la  canongía  suprimida  y  con  atención  a  lo  que  se  observaba 
en  la  metropolitana  de  Santo  Domingo,  según  un  certificado  allí 
insertó,  declara  que  del  contingente  se  sacase  la  porción  que 
correspondiese  en  cada  año  a  las  misas  que  tocasen  a  esta  canongía, 
así  conventuales  como  las  demás  de  erección  a  razón  de  2  pesos, 
y  las  de  manuales  conforme  a  la  limosna  que  tuviesen  señalada 
en  sus  fundaciones,  haciéndose  la  cuenta  entre  ocho  prebendados. 
(Libro  6,  foL  48). 

En  17,  habiéndose  recibido  un  despacho  del  Santo  Tribunal 
de  Cartagena,  en  que  corrige  al  Cabildo  por  el  decreto  que  puso 
de  retención  en  depósito  de  lo  correspondiente  a  la  canongía 
suprimida,  fulmina  censuras  y  multa  en  100  pesos  a  cada  uno 
de  los  señores  prebendados;  el  Cabildo  se  vindica  y  apela  para  el 
señor  inquisidor  general,  y  no  obstante  esta  apelación  y  que  aun 
antes  de  la  intimación  de  este  despacho  tenía  mandado  entregar 
lo  depositado,  se  allanó  a  entregar  la  multa,  y  en  efecto  la  entregó. 
(Libro  6,  fol.  48  vto.). 

En  21  de  mayo,  se  dió  posesión  de  la  dignidad  de  Chantre 
al  señor  Br.  Dn.  Joseph  Melero,  canónigo  penitenciario,  vacante 
por  fallecimiento  del  ministro  Dn.  Juan  Fernández  Ortiz,  ha- 
biéndose presentado  el  real  título  despachado  en  8  de  agosto 
de  1691,  y  las  diligencias  de  la  colación  dada  por  el  Illmo.  señor 
Obispo,  quien  unido  con  el  Cabildo  dio  la  dicha  posesión  con  las 
ceremonias  acostumbradas.  (Libro  6,  fol.  51  vto.). 

En  27,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular,  habién- 
dose recibido  una  Real  Cédula,  fecha  en  5  de  julio  de  1690,  diri- 
gida al  Obispo  y  Cabildo,  en  que  se  mandan  reemplazar  a  la  Iglesia 
siete  mil  y  cien  pesos  que  se  gastaron  de  sus  rentas  en  la  casa 
comprada  para  habitación  del  Illmo.  Sor.  Obispo:  su  Sría.  Illma. 
insinuó  haber  estado  ignorante  de  ésto  y  que  de  haberlo  sabido 
no  lo  hubiera  permitido  y  que  desde  luego  dejaría  la  casa,  no 
obstante  que  había  gastado  más  de  4.000  pesos  en  las  habitaciones 
que  la  había  aumentado,  pues  antes  bien  considerando  la  cor- 
tedad de  rentas  de  la  Iglesia,  había  socorrídola  de  sus  rentas  y 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1692  195 


gastado  más  de  8.000  pesos  en  una  nave  que  allí  tenía  fabricada 
de  ocho  capillas  de  calicanto:  y  se  acordó  que  se  examinase  de 
donde  se  habían  sacado  aquellos  7.100  pesos  para  tratarse  el  asunto 
en  otro  Cabildo;  y  los  señores  capitulares  suplicaron  a  su  Sría. 
Illma.  no  saliese  de  la  casa.  (Libro  6,  fol.  53  vto.). 

En  3  de  junio,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular 
se  nombraron  dos  señores  capitulares,  para  examinar  libros  y 
cuentas  acerca  de  lo  gastado  en  la  casa  episcopal.  (Libro  6,  fol.  54). 

En  el  mismo  día  y  acto,  habiéndose  recibido  una  Real  Cédula 
fecha  en  Madrid,  a  8  de  agosto  de  1691  (de  que  sigue  copia)  en  que 
se  dispone  que  la  canongía  penitenciaria  que  vacó  por  promoción 
del  señor  Br.  Dn.  Joseph  Melero,  se  proveyese  por  oposición  y 
que  en  adelante  así  ésta  como  la  magistral,  se  proveyesen  siempre 
que  vacasen  por  oposición  sin  nueva  Orden  real,  se  obedeció  y 
para  su  cumplimiento  se  mandó  copiar  en  el  libro  capitular.  (Li- 
bro 6,  fol.  55). 

Aquí  mismo,  recibida  otra  Real  Cédula  fecha  en  Madrid  a 
17  de  julio  de  1691,  sobre  que  se  diese  un  donativo  para  los  gastos 
del  casamiento  del  Rey  se  acordó  que  el  estado  actual  de  las  cortas 
rentas  del  Cabildo  y  sus  empeños  no  le  daba  lugar  a  servir  como 
deseaba.  (Libro  6,  fol.  55). 

En  18  de  julio,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular 
que  entró  a  ella  cuando  iniciado  el  acto,  con  motivo  de  oir  un  auto 
del  comisario  de  Inquisición  que  al  efecto  había  pasado  recado 
para  que  se  convocase  el  Cabildo  y  su  Sría.  Illma.  al  entrar  que 
aún  no  se  había  leido  el  contenido  del  auto  mandó  al  notario  que 
cesase  y  dijese  al  comisario  que  era  ministro  muy  inferior  para 
expedir  autos  al  Cabildo  que  si  era  en  asunto  de  la  canongía  su- 
primida se  entendiese  con  su  Illma.  por  peticiones  y  mandó  al 
Cabildo  y  a  sus  individuos  que  ninguno  oyese  ni  en  su  casa,  ni 
en  la  sala  autos  del  dicho  comisario  bajo  la  multa  de  200  pesos 
que  impuso  a  cada  capitular.  (Libro  6,  fol.  56). 

En  Io  de  diciembre,  con  motivo  de  no  poder  continuar  por 
enfermo  el  señor  Deán  en  el  oficio  de  juez  de  diezmos;  y  que  aun- 
que en  acta  de  22  de  noviembre  de  1687  se  había  acordado  junto 
con  el  Illmo.  Sor.  Obispo  que  esta  judicatura  turnase  entre  todos 
los  prebendados  un  año  cada  uno,  se  dudaba  si  debería  obser- 
varse ahora  por  no  haber  tenido  uso  desde  que  comenzó  el  turno 
en  el  dicho  señor  Deán;  se  acordó  remitir  en  consulta  este  asunto 
a  su  Sría.  Illma.  (Libro  6,  fol.  57). 


196 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  el  mismo  día,  su  Sría.  Illma.  proveyó  auto  disponiendo 
que  siguiese  el  turno  en  el  señor  Chantre,  por  la  legítima  excusa 
del  señor  arcediano  o  que  el  Cabildo  eligiese  como  quisiese.  (Libro 
6,  fol.  57  vio.). 

Inmediatamente,  el  Cabildo  acordó  ceder  sin  sufragio  en  el 
que  debía  tener  su  Sría.  Illma.  para  que  nombrase  como  le  pare- 
ciese. (Libro  6,  fol.  58). 

En  2  su  Sría.  Illma.  proveyó  otro  auto  devolviendo  al  Cabildo 
la  elección.  (Libro  6,  fol.  58  vto.). 

En  3  se  acordó:  que  la  elección  de  juez  de  diezmos  fuese  por 
votos,  y  habiendo  recaído  la  mayor  parte  en  el  señor  Tesorero 
Dn.  Martín  Eernández  de  Algarín,  fue  nombrado  por  juez  de 
diezmos  hasta  otra  elección.  (Libro  6,  fol.  59). 


Año  de  1693. 

En  17  y  24  de  marzo,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  la 
sala  capitular,  habiéndose  tratado  sobre  enviar  a  uno  de  los  señores 
capitulares  a  la  corte,  a  la  defensa  de  algunos  puntos,  por  último 
se  resolvió  que  para  el  principal  que  era  el  de  ocurrir  a  la  inteli- 
gencia de  una  Real  Cédula  publicada  por  el  señor  Gobernador 
sobre  que  las  haciendas  comprendidas  entre  la  legua  de  los  pueblos 
de  indios,  diezmasen  para  los  doctrineros,  se  nombrasen  como 
nombraron  dos  comisarios  que  lo  fueron  los  señores  Chantre  y 
canónigo  de  merced  para  representar  ante  el  señor  Gobernador. 
(Libro  6,  fol.  59  vto.). 

Sigue  una  diligencia  de  no  haber  querido  firmar  el  Cabildo 
antecedente  el  señor  Chantre.  (Libro  6,  fol.  61). 

En  26,  volvieron  los  señores  Chantre  y  canónigo  de  merced; 
y  habiendo  dado  razón  de  haber  practicado  su  comisión  y  de 
haberles  ofrecido  el  señor  Gobernador  que  trataría  el  asunto 
con  su  Sría.  Illma.  y  que  en  caso  de  haber  inconvenientes  infor- 
maría al  Rey,  se  dieron  las  gracias  a  los  dichos  comisarios.  (Libro 
6,  fol.  61  vto.). 

En  15  de  julio,  por  haber  hecho  dejación  el  presbítero  Dn. 
Pedro  Vicuña,  fue  nombrado  por  secretario  de  Cabildo  el  Ledo. 
Francisco  Pérez  Camacho,  presbítero,  maestro  de  capilla,  con  el 
mismo  salario  que  habían  tenido  los  antecesores.  (Libro  6,  fol.  62). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1694 


197 


En  2  de  diciembre,  prestó  el  Cabildo  su  conformidad  para  que 
el  Illmo.  Sor.  Obispo  pudiese  acceder  a  la  petición  de  doña  Mel- 
chora  Ana  de  Tovar,  de  que  se  le  concediese  en  la  nave  que  había 
fabricado  su  Sría.  Illma.  y  junto  a  su  capilla,  lugar  para  edificar 
otra  en  honor  de  San  Nicolás,  Obispo  de  Mira,  y  se  dejó  al  arbitrio 
de  su  Sría.  Illma.  el  señalamiento  de  lo  que  había  de  contribuir 
a  la  Iglesia,  pues  pedía  sepultura  allí  para  sus  domésticos.  (Libro 
6,  fol.  62). 

En  19,  se  obedeció  una  Real  Cédula  (de  que  sigue  copia)  dada 
en  Madrid,  a  8  de  octubre  de  1692,  en  que  con  motivo  de  haberse 
rematado  los  diezmos  por  entero  en  un  sólo  sujeto,  se  prohibe 
ésto,  y  se  manda  que  en  adelante  se  pregonasen  y  rematasen  por 
veredas.  (Libro  6,  fol.  63). 

Año  de  1694. 

En  5  de  julio,  se  obedeció  una  Real  Cédula  sobre  recibimiento 
y  publicación  de  la  bula  de  la  Santa  Cruzada  que  se  había  de  hacer 
el  domingo  11  de  este  mes.  (Libro  6,  fol.  63  vto.). 

En  25  de  noviembre,  se  mandó  copiar,  como  se  hizo  a  conti- 
nuación un  testimonio  de  la  Real  Cédula  de  10  de  febrero  del  año 
anterior,  ganada  por  el  albacea  del  alférez  Pedro  Paredes,  en 
que  se  declara  que  no  se  pague  alcabala  de  los  bienes  de  las  dos 
capellanías  de  coro,  que  fundó  en  esta  Santa  Iglesia  Catedral 
y  que  el  Illmo.  Sor.  Obispo  como  patrono  las  provea  sin  necesidad 
de  recurrir  al  señor  Gobernador,  no  obstante  lo  que  se  le  había 
prevenido  en  despacho  de  9  de  septiembre  de  1688.  (Libro  6, 
fol.  64). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


Año  de  1695. 

En  23  de  marzo,  se  admitió  al  Ledo.  Joseph  de  Heredia,  cura 
rector  de  la  Catedral,  al  ejercicio  de  arcediano  interino  que  le  hizo 
el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  virtud  de  la  ley  que  cita,  por  haber  muerto 
el  propietario  Dn.  Nicolás  Fernández  Ortiz  y  haber  quedado 
sólo  tres  prebendados  y  se  le  señaló  el  salario  de  500  pesos  anuales. 
(Libro  6,  fol.  65). 


198 


FUENTES  PARA   LA    HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  20  de  octubre,  consecuente  a  un  despacho  del  comisario 
general  subdelegado  de  la  Santa  Cruzada  de  Santo  Domingo  y 
distrito  de  su  Real  Audiencia,  quedó  constituido  comisario  en 
esta  diócesis  el  señor  Chantre  Br.  Dn.  Joseph  Melero,  por  haberse 
excusado  el  señor  Deán  con  motivo  de  tener  85  años  de  edad, 
y  estar  enfermo.  Y  sigue  copia  del  despacho.  (Libro  6,  fol. 
66  vto.). 

En  5  de  noviembre,  el  dicho  señor  Chantre  requirió  al  Ca- 
bildo con  un  despacho  del  señor  comisario  general  de  cruzada 
(de  que  sigue  copia)  en  que  se  prohibe  que  ningún  ministro  del 
tribunal  de  Inquisición  pueda  serlo  de  cruzada,  y  que  pues  él 
era  comisario  en  esta  diócesis  no  podía  ejercer  el  nombramiento 
que  había  recaído  en  él  por  la  excusa  del  señor  Deán:  y  éste  con 
vista  del  dicho  despacho  se  allanó  a  aceptar  la  comisaría  de  cru- 
zada, ínterin  hubiese  quien  pudiese  servirla  si  acaso  se  proveían 
las  dignidades  vacantes.  (Libro  6,  fol.  68  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


Año  de  1696. 

En  14  de  enero,  se  admitió  al  ejercicio  de  prebendado  interino 
por  nombramiento  del  Illmo.  Sor.  Obispo  al  Ledo.  Pedro  de  Lia- 
moza  del  mismo  modo  que  lo  estaba  el  Ledo.  Joseph  de  Heredia 
por  haber  cegado  éste.  (Libro  6,  fol.  70). 

En  8  de  febrero,  habiéndose  recibido  un  auto  del  Illmo.  Sor. 
Obispo  y  una  Real  Cédula  de  18  de  mayo  de  1695  (todo  inserto 
aquí  mismo)  sobre  la  forma  en  que  se  han  de  satisfacer  los  salarios 
de  los  ministros  de  esta  Santa  Iglesia  de  las  rentas  decimales  y 
no  de  la  fábrica  y  declarándose  que  los  nombramientos  de  ellos 
se  hiciesen  como  se  habían  hecho  hasta  entonces  y  previniéndose 
al  señor  Obispo  y  al  Cabildo  que  informasen  a  Su  Majestad  porque 
se  habían  aumentado  a  la  erección  y  con  que  orden  los  ministros, 
apuntador,  campanero,  sochantre,  maestros  de  capilla  y  cere- 
monias y  secretario  de  Cabildo;  y  porque  se  habían  satisfecho 
los  salarios  de  todos  de  las  rentas  de  fábrica;  el  Cabildo,  en  vista 
de  todo  prestó  su  obedecimiento  a  la  Real  Cédula  y  al  auto  de  su 
Sría.  Illma.  en  que  comisiona  al  señor  Chantre  para  hacer  el 
informe.  (Libro  6,  fol.  71  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1696 


199 


En  14  de  abril,  con  motivo  de  otro  auto  de  su  Sría.  Illma. 
de  12  de  marzo,  en  que  consecuente  a  la  dicha  Real  Cédula,  mandó 
que  se  satisfaciesen  de  la  fábrica  los  salarios  de  los  ministros  de 
la  Iglesia:  que  tenientes  de  cura  y  de  sacristán  mayor  se  pagasen 
de  las  rentas  de  los  curatos;  y  que  se  suprimiesen  los  oficios  au- 
mentados de  dos  capellanes  de  coro,  de  sochantre,  de  maestros 
de  capilla  y  de  ceremonias  y  de  bajonista  y  campanero;  dispo- 
niendo también  que  el  señor  Chantre  diese  providencia  para  el 
canto  y  el  señor  Tesorero  para  el  toque  de  campana  que  se  nom- 
brasen dos  clérigos  para  servir  el  uno  como  racionero  y  el  otro 
como  medio  racionero,  con  renta  de  100  pesos  cada  uno  de  la  mesa 
capitular;  y  que  subsistiese  el  secretario  de  Cabildo,  pero  pagado 
de  la  misma  mesa  capitular:  el  Cabildo  suplicó  de  estas  determi- 
naciones exponiendo  prolijamente  los  motivos  y  causas  del  acre- 
centamiento de  los  dichos  ministros  y  de  pagarse  sus  salarios  por 
la  fábrica,  y  probó  la  costumbre  generalmente  observada  de  no 
pagarse  de  las  rentas  de  las  dignidades  de  Chantre  y  de  Tesorero 
el  canto  y  toque  de  campanas;  y  asimismo  la  que  estaba  estable- 
cida en  esta  Catedral  después  que  tuvo  copioso  número  de  ca- 
pellanes de  coro  ordenados  in  sacris  de  vestirse  éstos  de  diáconos 
en  las  misas  y  también  los  ordenantes  que  enviaba  el  Illmo.  Sor. 
Obispo  a  ejercer  su  orden:  y  concluyó  pidiendo  a  su  Sría.  Illma. 
amparase  a  su  Cabildo  y  dejase  las  cosas  como  estaban  mientras 
recaía  la  real  resolución.  (Libro  6,  fol.  73). 

En  14  de  mayo,  fue  electo  el  señor  Chantre  Dn.  Joseph  Melero 
por  conciliario  del  Seminario,  por  dejación  que  hizo  de  este  empleo 
el  señor  Deán.  (Libro  6,  fol.  87  vto.). 

En  13  de  agosto,  habiéndose  recibido  una  Real  Cédula  diri- 
gida al  Illmo.  Sor.  Obispo  y  al  Cabildo  fecha  en  19  de  mayo  de 
1695  (de  que  sigue  copia)  en  que  a  consecuencia  del  recurso  hecho 
acerca  de  la  mutación  de  una  casa  de  las  excusadas,  se  declara 
que  en  las  elecciones  de  ésta  no  se  haga  resistencia  al  mayordomo 
de  fábrica  procediendo  éste  con  arreglo  a  la  erección,  eligiendo 
el  parroquiano  que  después  del  más  rico  le  siga  en  opulencia  de 
hacienda,  el  Cabildo  prestó  su  obedecimiento  y  suplicó  a  su  Illma. 
señalase  día  para  tratar  de  eset  asunto.  (Libro  6,  fol.  88). 

En  este  Cabildo  comenzó  a  autorizar  un  notario  público  que 
lo  era  Francisco  de  Mendoza,  y  nada  se  dice  de  esta  mutación 
ni  sí  el  secretario  había  dejado  o  había  fallecido.  (Libro  6,  fol. 
88  vto.)- 


200 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  Io  de  diciembre,  a  consecuencia  de  un  auto  del  Illmo.  Sor. 
Obispo  en  que  manda  el  Cabildo  que  elija  juez  de  diezmos  por 
estar  vaco  este  oficio  por  fallecimiento  del  señor  Tesorero  Dn. 
Martín  Fernández  de  Algarín  que  su  Sría.  Illma.  le  conferiría 
las  facultades  necesarias;  fue  electo  el  señor  Ledo.  Dn.  Juan  Díaz 
de  Vargas  Machuca,  canónigo  de  merced.  (Libro  6,  fol.  89  vto.). 

En  3  su  Sría.  Illma.  confirmó  la  elección  antecedente  y  con- 
fiirió  al  electo  las  facultades  necesarias.  (Libro  6,  fol.  90  vto.). 

Año  de  1697. 

En  10  de  enero,  se  dio  posesión  al  Dr.  Dn.  Diego  López,  pres- 
bítero de  la  canongía  magistral  en  depósito  a  consecuencia  de  una 
Real  Cédula  de  25  de  mayo  de  1696,  en  que  declarándose  por 
nulo  el  concurso  a  dicha  canongía  y  previniéndose  que  se  fijasen 
nuevos  edictos  se  nombró  al  dicho  presbítero  por  canónigo  ma- 
gistral en  depósito  hasta  que  se  verificase  la  provisión  de  propie- 
tario y  tuviese  las  mismas  preeminencias,  asiento  y  vestuario: 
sólo  se  omitió  la  colación  y  profesión  de  la  fe,  en  lo  de  más  fue 
dada  esta  posesión,  como  se  acostumbraba  darla  a  dos  propie- 
tarios, aun  con  la  ceremonia  de  derramar  monedas.  (Libro  6, 
fol.  91). 

En  15,  habiendo  presentado  el  señor  canónigo  Ledo.  Dn.  Juan 
Díaz  de  Vargas  Machuca  el  real  despacho  de  27  de  marzo  de  1696, 
de  su  promoción  a  la  dignidad  de  Chantre,  vacante  por  promoción 
del  señor  Br.  Dn.  Joseph  Melero  a  la  de  arcediano,  en  atención 
a  que  éste  no  había  recibido  el  suyo,  se  suspendió  como  lo  había 
dispuesto  el  Illmo.  Sor.  Obispo  el  darle  la  colación  y  posesión. 
(Libro  6,  fol.  93). 

En  25,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  la  sala  capitular, 
habiéndose  leído  una  Real  Cédula  de  25  de  mayo  de  1696,  diri- 
gida a  su  Sría.  Illma.  (que  sigue  copiada)  en  la  cual  se  declara 
por  nulo  el  concierto  hecho  para  la  canongía  magistral  por  haber 
expedido  los  edictos  solo  su  Sría.  Illma.  y  sin  concurrencia  del  señor 
Gobernador  y  por  haberse  hecho  la  votación  sin  los  requisitos 
prevenidos  por  las  bulas  pontificias  del  caso  y  se  manda  hacer 
nuevo  concurso;  e  igualmente  para  la  canongía  penitenciaria  a 
que  no  se  pusieron  edictos  por  no  haber  en  esta  diócesis  sujetos 
graduados  de  edad  de  cuarenta  años;  se  previene  que  se  expidan 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1697 


201 


enviándose  a  otras  diócesis,  debiéndose  estar  en  la  inteligencia 
de  que  por  la  bula  que  se  cita  en  caso  de  no  haberlos  en  aquella 
edad,  puede  elegirse  el  más  apto  teniendo  más  de  treinta  años: 
se  prestó  el  debido  obedecimiento  y  quedó  dispuesto  su  Sría. 
Illma.  y  el  Cabildo  a  su  cumplimiento.  (Libro  6,  fol.  95). 

En  13  de  febrero,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular 
propuesta  la  duda  de  si  el  señor  canónigo  magistral  electo  en 
depósito  debería  tener  voto  en  Cabildo;  pesadas  y  reflexionadas 
varias  razones,  atento  lo  prevenido  en  la  Real  Cédula  de  este 
nombramiento;  se  determinó  que  dos  señores  prebendados  pasasen 
a  consultar  el  caso  con  un  señor  oidor  que  se  hallaba  en  esta 
ciudad.  (Libro  6,  fol.  96  vto.). 

En  15,  habiéndose  presentado  otra  Real  Cédula  de  25  de  mayo 
de  1696  en  que  se  nombra  al  Dr.  Dn.  Juan  Francisco  Rivero, 
presbítero,  por  canónigo  penitenciario  en  depósito  hasta  la  pro- 
visión de  propietario,  se  le  dió  la  posesión  del  mismo  modo  que 
se  dió  al  canónigo  magistral  en  depósito  como  queda  explicado. 
(Libro  6,  fol.  98). 

En  16,  presentado  el  real  despacho  de  27  de  marzo  de  1696, 
en  que  se  promueve  al  Br.  Dn.  Joseph  Melero  al  arcedianato, 
vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dn.  Nicolás  Fernández  Ortiz, 
y  conferida  la  colación  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  y  asimismo  hecho 
el  juramento  y  profesión  de  la  fe,  se  le  dio  por  su  Sría.  Illma. 
y  el  Cabildo  la  posesión  con  las  ceremonias  acostumbradas.  (Li- 
bro 6,  fol.  101). 

En  el  mismo  día  se  dio  posesión  con  las  ceremonias  acostum- 
bradas de  la  dignidad  de  Chantre  al  señor  canónigo  de  merced, 
Dn.  Juan  Díaz  de  Vargas  Machuca,  precedida  la  colación  que 
le  dio  el  Illmo.  Sor.  Obispo  y  habiendo  hecho  el  juramento  y  pro- 
fesión de  la  fe.  El  real  despacho  lo  presentó  en  15  de  enero  de 
este  año  como  queda  dicho.  (Libro  6,  fol.  104). 

En  el  mismo  día,  habiendo  presentado  el  Dr.  Dn.  Félix  de 
Acuña,  presbítero,  el  real  despacho  dado  en  27  de  marzo  de  1696 
de  su  presentación  a  la  canongía  de  merced,  vacante  por  la  pro- 
moción antecedente  y  con  las  diligencias  de  la  colación  que  le 
confirió  el  Illmo.  Sor.  Obispo  se  le  dio  la  posesión  por  su  Sría. 
Illma.  junto  con  el  Cabildo  con  las  ceremonias  acostumbradas, 
juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  6,  fol.  105  vto.). 

En  21,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  la  sala  capitular,  se 
declaró  a  pluralidad  de  votos  que  los  dos  señores  canónigos  en 


202 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


depósito  magistral  y  penitenciario  tuviesen  en  Cabildo  voto  de- 
cisivo en  todas  las  materias  tocantes  a  la  hacienda  y  bienes  de  la 
Iglesia,  y  en  las  espirituales  sólo  consultivo,  entendiéndose  éste 
en  las  oposiciones  a  las  mismas  canongías  en  los  actos  que  se  di- 
rigían y  ordenaban  a  la  provisión  que  había  de  hacer  el  Rey, 
y  que  se  diese  cuenta  a  Su  iMajestad  de  la  propia  duda  y  de  esta 
declaración.  (Libro  6,  fol.  107  vto.). 

En  23,  el  Cabildo,  con  relación  a  lo  que  había  conferenciado 
con  el  Illmo.  Sor.  Obispo  sobre  los  concursos  a  las  canongías 
magistral  y  penitenciaria,  se  acordó  que  se  expidiesen  los  edictos 
con  término  de  sesenta  días,  y  que  desde  el  de  la  expedición  de 
ellos,  se  concediesen  cincuenta  para  comenzar  a  correr  aquel 
término,  pues  se  habían  de  remitir  a  los  vicarios  de  los  partidos 
y  ciudades:  y  que  esto  se  participase  a  su  Sría.  Illma.  por  dos 
diputados.  (Libro  6,  fol.  109  vto.). 

Aquí  mismo,  estimándose  necesario  que  hubiese  un  cuadrante 
para  que  se  supiese  lo  que  perdía  el  que  fallase  y  que  hubiese  quien 
cobrase  los  réditos  de  las  capellanías  del  Cabildo,  se  nombró  al 
señor  Dr.  Dn.  Félix  Acuña,  canónigo  de  merced:  y  también  se 
nombró  al  señor  Dr.  Dn.  Domingo  López,  magistral  en  depósito, 
por  elector  de  los  derechos  capitulares  y  parroquiales,  y  que  el 
antecesor,  que  lo  era  el  Ledo.  Dn.  Fernando  Arévalo,  diese  cuentas. 
(Libro  6,  fol.  110). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1698. 

En  22  de  abril,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular 
con  motivo  de  estar  podridas  las  maderas  del  techo  y  bóveda  de 
la  Capilla  del  Sagrario  y  de  San  Pedro:  y  que  para  determinar 
sobre  el  reparo,  el  mayordomo  informase  cuanto  dinero  había 
existente.  (Libro  6,  fol.  110  vto.). 

En  24,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular,  se  acordó 
que  antes  de  quitarse  el  retablo,  se  hiciese  nuevo  reconocimiento 
con  peritos  de  la  capilla  mayor,  su  techo  y  bóveda  subterránea, 
asistiendo  uno  de  los  señores  prebendados  y  el  mayordomo.  (Libro 
6,  fol.  111  vto.). 

En  28,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular,  presen- 
tado el  reconocimiento,  se  acordó:  que  se  quitase  el  altar  y  re- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1699 


203 


tablo  y  se  dejase  el  techo  de  la  capilla  mayor,  mientras  pasaba 
el  invierno  para  quitarlo  después,  y  proceder  a  su  reparo  y  al 
de  la  bóveda  de  madera,  y  se  dispuso  que  pasasen  dos  comisarios 
a  tratar  el  asunto  con  el  señor  vicepatrono  real.  (Libro  6,  fol. 
112  vto.)- 

En  19  de  agosto,  habiendo  participado  los  señores  comisarios 
estar  ya  impuesto  el  señor  vicepatrono  real  del  estado  de  la  capilla 
mayor  y  reparo  que  necesitaba,  se  mandó  al  mayordomo  de 
fábrica  que  diese  sus  cuentas,  para  saberse  lo  que  tenía  existente 
y  en  deudas  la  Iglesia.  (Libro  6,  fol.  114). 

En  25,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular,  habiéndose 
recibido  una  Real  Cédula  (que  sigue  copiada)  expedida  en  4  de 
febrero  de  este  año,  en  que  en  vista  de  lo  informado  a  conse- 
cuencia de  otra  Real  Cédula  de  18  de  mayo  de  1695,  se  dispuso 
que  los  oficios  aumentados  a  la  erección  que  era  apuntador,  cam- 
panero, sochantre,  maestro  de  capilla,  maestro  de  ceremonias  y 
secretario  da  Cabildo,  se  mantuviesen  con  calidad  de  por  ahora 
sin  novedad,  con  distinción  de  que  los  creados  para  mayor  culto 
se  les  pagase  su  estipendio  de  las  rentas  de  fábrica  y  que  a  los 
otros  que  eran  el  colector,  contador,  mayordomo,  apuntador  y 
secretario  de  Cabildo  se  les  pagase  de  la  mesa  capitular,  se  obe- 
deció y  acordó  su  puntual  cumplimiento.  (Libro  6,  fol.  114  vto.). 

En  15  y  26  de  septiembre,  habiéndose  tratado  acerca  de  un 
exhorto  del  señor  Gobernador,  acompañado  de  una  Real  Cédula 
de  30  de  diciembre  de  1697  en  que  se  pide  un  donativo  para  los 
gastos  de  un  armamento  marítimo  de  resguardo  para  las  costas 
de  Indias,  el  Cabildo  no  obstante  a  hallarse  incongruo  por  el  estado 
de  las  rentas  y  aumentos  de  ministros,  acordó  dar  de  su  mesa 
capitular  quinientos  pesos.  (Libro  6,  fol.  116). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1699. 

En  13  de  enero,  se  nombró  al  Ledo.  Dn.  Luis  Umpierres  Lo- 
zano por  colector  de  obvenciones  capitulares  y  de  los  curatos  y 
sacristía  de  la  Catedral,  y  también  de  los  réditos  de  capellanías, 
aniversarios  y  memorias  de  misas  tocantes  al  Cabildo,  señalándo- 
sele el  ocho  por  ciento  de  lo  que  cobrase,  y  con  calidad  de  dar 
cuentas  en  cada  medianía.  (Libro  6,  fol.  117  vto.). 


204 


FUENTES   FA KA    LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  14  de  julio,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  la  sala  capi- 
tular, se  acordó  hacerse  otro  reconocimiento  a  la  capilla  mayor 
a  presencia  de  su  Sría.  Illma.,  del  señor  Gobernador  3'  del  Cabildo 
para  examinar  también  si  convendría  no  sólo  repartirla  sino  tam- 
bién aumentarla.  (Libro  6,  fol.  118). 

Kn  Io  de  agosto,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular 
haciéndose  relación  de  todo  lo  acordado  anteriormente  acerca  de 
la  capilla  mayor  y  del  último  reconocimiento  practicado,  se  acordó: 
que  se  hiciese  de  nuevo  conforme  a  la  planta  que  se  había  formado, 
ofreciéndose  su  Sría.  Illma.  a  concurrir  por  su  parte:  y  que  esto 
se  participase  al  señor  vicepatrono  real  por  medio  de  los  dos  co- 
misarios que  se  nombraron.  (Libro  6,  fol.  118). 

Kn  17  de  septiembre,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capi- 
tular se  acordó  a  pluralidad  de  votos,  que  luego  se  trasladase  el 
altar  mayor  a  la  capilla  de  San  Pedro,  y  aun  los  colaterales  de 
Santísimo  Cristo,  y  de  la  Santísima  Virgen,  si  fuese  necesario; 
y  se  derribase  la  capilla  mayor  para  hacerse  de  nuevo  con  la  mayor 
amplitud  demostrada  en  la  planta,  y  que  se  construyese  de  bóveda 
de  ladrillo  y  que  también  se  construyese  la  nueva  sacristía,  allí 
mismo  delineada.  (Libro  6,  fol.  120). 

En  25,  presente  el  limo.  Sor.  Obispo  en  la  sala  capitular,  se 
nombró  al  señor  Chantre  Ledo.  Dn.  Juan  Díaz  de  Vargas  Ma- 
chuca por  obrero  mayor  de  la  nueva  fábrica  de  la  dicha  capilla 
ma3'or  y  sacristía,  y  se  aceptaron  los  donativos  hechos  por  su  Sría. 
Illma.  de  costear  14.300  ladrillos  calculados;  de  300  pesos  ofre- 
cidos por  el  señor  canónigo  de  merced  Dr.  Dn.  Félix  de  Acuña, 
y  de  100  cahizes  de  cal  por  el  dicho  Chantre.  Y  habiendo  éste 
pedido  que  se  le  diese  por  compañero  para  suplir  sus  ausencias  al 
Ledo.  Pedro  de  Vicuña,  y  llamándosele  a  Cabildo  donde  se  le  hizo 
esta  propuesta  y  también  la  que  pues  tenía  un  tejar  aperado 
vendiese  algún  ladrillo  con  equidad;  aceptó  la  primera,  y  en  cuanto 
a  la  segunda  ofreció  de  limosna  4.300  ladrillos,  y  que  comenzaría 
a  traerlos  desde  luego;  por  lo  que  se  le  dieron  las  gracias.  (Libro  6, 
fol.  123). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1700. 

En  9  de  junio,  habiéndose  presentado  el  señor  arcediano  Brl 
Dn.  Joseph  Melero,  con  el  real  despacho  de  20  de  septiembre  de. 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1700 


205 


año  anterior  en  que  es  promovido  a  la  dignidad  de  Deán,  vacante 
por  fallecimiento  del  Sr.  Dn.  Sebastián  Moreno;  y  las  diligencias 
obradas  ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  se  le  dio  por  su  Sría.  Illma., 
estando  con  el  Cabildo,  la  colación  y  seguidamente  la  posesión 
en  el  coro  y  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas, 
juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  6,  fol.  124  vto.). 

En  17  de  julio,  a  insinuación  del  señor  Deán,  se  acordó:  que 
se  tuviese  Cabildo  cada  semana  en  los  martes  y  viernes  como 
estaba  dispuesto  por  la  erección,  sin  ser  necesario  citación:  que 
ésta  preceda  en  los  extraordinarios;  y  que  el  que  no  pudiese  asistir 
a  los  ordinarios  lo  participase  al  señor  Deán  o  presidente:  y  asi- 
mismo se  dispuso  que  se  pasase  a  su  Sría.  Illma.  un  ejemplar 
del  cuadrante  que  se  formaba  en  la  Catedral  de  Guadalajara, 
y  había  traido  el  señor  Deán  al  Cabildo,  a  fin  de  que  se  viese  si 
del  mismo  modo  se  podría  formar  el  de  esta  de  Caracas  y  darse 
luego  principio  a  él.  (Libro  6,  fol.  128). 

En  20  se  acordó  suplicar  al  Illmo.  Sor.  Obispo  que  franquease 
os  inventarios  de  alhajas  y  ornamentos  de  esta  Santa  Iglesia  que 
estaban  en  el  archivo  eclesiástico,  y  que  destinase  persona  que 
asistiese  al  reconocimiento  que  había  dispuesto  el  Cabildo,  para 
añadir  lo  que  se  hubiese  aumentado,  y  anotar  lo  consumido.  (Libro 
6,  fol.  128  vto.). 

En  23,  a  instancia  de  su  Sría.  Illma.,  se  acordó  que  se  cantasen 
todos  los  días  las  horas  de  tercia  y  vísperas,  y  el  martirologio  en 
la  de  prima  que  siendo  las  vísperas  de  Santo  doble  se  tocasen  con 
tres  repiques,  y  asimismo  a  la  misa  mayor  y  hora  de  tercia,  siendo 
siempre  los  repiques  conforme  a  la  mayor  o  menor  solemnidad 
o  festividad,  dándose  principio  en  el  siguiente  día  víspera  de  la 
de  Santiago:  y  que  el  cuadrante  que  ya  lo  ha  visto  su  Sría.  Illma. 
se  pusiese  en  práctica  para  lo  cual  se  mandó  al  notario  contador 
de  la  Iglesia  que  se  impusiese  de  él.  (Libro  6,  fol.  129). 

En  27,  atento  lo  informado  por  el  notario,  se  dispuso  que  se 
formase  el  cuadrante,  poniéndose  en  él  todos  los  ministros  de  la 
Catedral:  que  en  cuanto  a  los  señores  capitulares  se  figurasen  cada 
día  siete  casillas  correspondientes  a  las  siete  horas  canónicas,  y 
en  ellas  signos  significativos  de  asistencias,  de  fallas,  de  enfer- 
medades, de  recles  y  de  licencias :  que  a  los  curas  y  sacristán  mayor 
se  les  pusiesen  dos  casillas  por  las  dos  asistencias  que  debían  hacer 
a  la  misa  mayor  y  vísperas,  y  otra  casilla  más  en  cada  sábado 
por  la  asistencia  a  la  salve  y  letanías  que  debían  hacer  en  virtud 


206 


FUENTES   PAHA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


de  lo  dispuesto  en  la  sínodo,  no  estando  ocupados  en  la  adminis- 
tración de  Sacramentos:  que  al  organista  se  le  pusiesen  cada  día  tres 
casillas  correspondientes  a  las  asistencias  de  tercia,  misa  mayor 
y  vísperas  en  los  días  que  se  debía  tocar  el  órgano,  con  más  las 
casillas  respectivas  a  la  misa,  salve  y  letanías  de  los  sábados: 
que  el  pertiguero,  sacristanes  y  monacillos,  se  les  pusiesen  dos 
casillas,  la  una  por  la  tercia  y  misa  mayor,  y  la  otra  por  las  vís- 
peras y  otra  más  los  sábados  por  la  salve.  Que  todos  ganasen  o 
perdisen  conforme  a  la  erección,  menos  los  curas  y  sacristán  mayor, 
a  quienes  se  les  babía  de  repartir  en  distribuciones  cuotidianas  la 
tercia  parte  de  sus  salarios:  y  que  este  cuadrante  comenzase  en 
los  maitines  del  día  Io  del  siguiente  agosto.  (Libro  6,  fol.  130). 

En  30,  se  dispuso  que  se  diese  cuenta  al  Illmo.  Sor.  Obispo 
de  la  resolución  antecedente,  a  fin  de  que  ordenase  lo  que  tuviese 
por  conveniente  para  que  todos  los  ministros  quedasen  enten- 
didos de  él.  (Libro  6,  fol.  130  vto.). 

En  3  de  agosto,  se  acordó:  que  las  misas  de  manuales  se  can- 
tasen por  turno  entre  los  señores  capitulares:  que  el  colector  for- 
mase cuaderno  para  asentar  los  celebrantes  y  asistentes,  y  que 
se  pusiese  tabla  en  la  sacristía:  y  que  también  se  cantasen  por  turno 
las  tres  misas  de  erección  de  cada  mes.  (Libro  6,  fol.  131). 

En  6,  se  acordó:  que  ínterin  se  ponía  en  práctica  la  erección 
en  cuanto  a  misas  cantadas  de  los  santos  y  ferias  mayores,  y  se 
hacía  la  asignación  del  triplo;  pues  solamente  estaban  asignados 
dos  pesos  por  cada  una  de  estas  misas,  se  cantasen  también  por 
turno  entre  los  señores  capitulares.   (Libro  6,  fol.  131). 

En  13,  se  dispuso:  que  el  que  estuviese  en  patitur  sin  salir  de 
su  casa  con  verdadera  enfermedad  ganase  no  sólo  lo  tocante  a  su 
prebenda  sino  también  la  acreencia  de  fallas  y  de  vacantes;  con 
tal  que  viniese  a  quebrantar  el  patitur  a  la  Iglesia,  y  que  no  siendo 
así  perdiese  todo  lo  que  hubiese  ganado:  y  que  los  que  estuviesen 
en  recle  sólo  ganasen  la  parte  que  le  tocaba  por  su  prebenda,  y 
no  aquellas  acreencias.  (Libro  6,  fol.  132). 

En  17,  se  dispuso,  que  pasasen  dos  comisarios  a  dar  las  gracias 
al  Illmo.  Sor.  Obispo,  por  lo  que  había  cooperado  a  los  sobredichos 
nuevos  establecimientos;  y  que  al  mismo  tiempo  tratasen  con  su 
Sría.  Illma.  sobre  dos  escritos  presentados  por  los  seis  capellanes 
de  erección  en  cuanto  al  mandamiento  de  cantar  las  horas  de 
tercia  y  vísperas  y  el  martirologio.  (Libro  6,  fol.  132  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1700 


207 


En  20  del  dicho  mes  de  agosto,  y  Io  de  septiembre,  se  acordó: 
que  las  quince  misas  cantadas  de  la  capellanía  de  doña  Elvira  y 
doña  Leonor  de  Montes,  y  la  del  día  de  Nuestra  Señora  de  las 
Nieves,  se  continuasen  cantando  por  el  Cabildo,  como  se  dispuso 
por  el  Illmo.  Sor.  Acuña  a  instancia  del  patrono;  y  que  el  colector 
solicitase  el  que  se  asignase  ceresuatario  particular  para  esto,  a 
fin  de  que  no  cobrase  todos  los  réditos  el  capellán  de  la  capellanía 
de  misas  rezadas  de  la  misma  fundación.  (Libro  6,  fol.  133). 

En  4  de  septiembre,  insinuándose  la  gran  falta  que  había  de 
concordancia  en  el  canto,  por  no  haber  sochantre  (como  antes 
lo  había  habido)  se  acordó  hacer  la  correspondiente  representación 
al  Illmo.  Sor.  Obispo  para  que  se  solicitase  algún  sujeto  idóneo 
que  sirviese  este  oficio.  (Libro  6,  fol.  134). 

En  10,  habiéndose  tratado  acerca  de  que  se  estaban  debiendo 
de  las  rentas  de  fábrica  más  de  20.000  pesos,  se  acordó:  que  se 
presentase  a  su  Sría.  Illma.  lo  que  se  había  tenido  presente  en 
este  Cabildo  a  fin  de  que  hiciese  que  el  maestro  de  campo  Dn. 
Juan  de  Ibarra,  mayordomo  de  fábrica  diese  sus  cuentas.  (Libro 
6,  fol.  135). 

En  14,  se  mandó  al  colector  que  reconociese  todas  las  escrituras 
de  su  cargo,  y  practicase  las  diligencias  de  aseguramiento  de  los 
censos  que  lo  necesitasen,  (Libro  6,  fol.  135  vto.). 

En  Io  de  octubre,  se  acordó:  que  los  capellanes  semaneros  de 
vestuario  si  faltasen  sin  causa  perdiesen  la  hora  conjunta  a  la 
misa,  y  se  procurase  que  estos  semaneros  no  fuesen  de  los  nece- 
sarios para  el  canto  por  su  mayor  aptitud.  (Libro  6,  fol.  136). 

En  5,  se  acordó:  que  los  capellanes  de  coro  que  hubiesen  de 
cantar  epístolas,  evangelios  o  lecciones  las  pasasen  antes;  y  que 
se  guardasen  la  costumbre  de  que  los  semaneros  sacasen  al  facistol 
los  libros  de  canto  y  los  registrasen  en  tiempo  y  que  faltando 
alguno  de  éstos  suplan  de  los  que  salieron  de  semana,  y  que  el 
señor  Deán  o  presidente  multase  a  los  omisos.  (Libro  6,  fol.  136  vto.). 

En  22,  se  acordó:  que  se  ejecutase  la  disposición  de  la  erección 
en  cuanto  a  cantarse  las  misas  mayores  conventuales  por  los 
señores  dignidades  en  los  días  de  primera  y  segunda  clase,  que  no 
la  cantase  el  prelado,  y  en  los  demás  días  y  ferias  mayores,  res- 
pecto de  la  que  se  canta  post  nonam,  por  los  señores  canónigos 
haciendo  hebdómada,  dándose  principio  a  esto  en  el  siguiente  año 
de  1701:  y  en  atención  a  que  por  el  estado  actual  de  las  rentas 
decimales  no  se  podía  observar  la  distribución  de  triplo;  se  dispuso 


208 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


que  el  señor  Deán  por  cada  misa  llevase  dos  pesos;  cada  dignidad 
doce  reales  y  cada  canónigo  diez;  y  asimismo  se  dispuso:  que 
las  tres  misas  de  erección  en  cada  mes,  las  de  los  santos  que  ocu- 
rriesen en  ferias  mayores  y  se  dicen  a  las  siete  después  de  tercia, 
y  la  misa  del  día  de  Navidad  después  de  prima:  se  cantasen  por 
turno  entre  todos  los  señores  capitulares  a  razón  de  10  reales 
cada  una  indistintamente  y  que  en  las  de  manuales  continuase  la 
costumbre.  (Libro  6,  fol.  137  vto.). 

En  18  de  noviembre,  se  acordó:  que  la  hora  de  sexta  en  los 
días  que  hay  dos  misas,  se  diga  inmediatamente  después  de  la 
del  santo  para  que  no  hubiese  duda  en  cuanto  a  lo  que  debe  perder 
el  que  faltase  a  ella  y  que  en  los  Santos  y  ferias  simples,  sea  la 
misma  hora  de  sexta  la  que  se  cante  antes  de  la  misa  conventual. 
(Libro  6,  fol.  139  vto.). 

En  20,  presentado  el  real  despacho  de  6  de  abril  de  este  año 
en  que  es  promovido  al  servicio  de  la  canongía  magistral  en  pro- 
piedad el  señor  Dr.  Dn.  Diego  López,  que  la  había  ofrecido  en 
depósito,  y  visto  con  las  diligencias  operadas  ante  el  Illmo.  Sor. 
Obispo;  se  le  dió  por  su  Sría.  Illma.  estando  junto  con  el  Cabildo 
la  colación  y  seguidamente  la  posesión  en  el  coro  y  sala  capitular 
con  las  ceremonias  acostumbradas  juramento  y  profesión  de  la  fe, 
Y  en  el  citado  real  despacho  se  hace  expresión  del  aumento  de 
canongías  y  de  los  autos  del  concurso.  (Libro  6,  fol.  140). 

En  el  mismo  día,  presentado  el  real  despacho  expedido  en  6 
de  abril  de  este  año,  en  que  es  promovido  el  señor  ministro  Dn. 
Bernabé  de  Acuña,  cura  doctrinero  del  pueblo  de  Guarenas,  a 
la  canongía  penitenciaria,  se  le  dió  la  colación  y  posesión  del 
mismo  modo  que  al  señor  magistral,  y  también  se  hace  mención 
en  este  real  despacho  del  aumento  de  canongías  y  autos  del  con- 
curso. (Libro  6,  fol.  143). 

En  26,  teniéndose  presente  nuevamente  la  Real  Cédula  de  20 
de  mayo  de  1687,  sobre  incorporación  de  los  curatos  y  sacristía 
de  la  Catedral  a  la  mesa  capitular,  se  determinó:  que  para  que 
en  adelante  no  hubiese  variación  en  los  salarios  asignados  a  los 
curas  de  esta  Santa  Iglesia  y  de  las  ayudas  de  parroquia,  se  pa- 
gasen de  los  novenos  de  diezmos  incorporados,  y  que  las  obven- 
ciones se  agregasen  a  la  mesa  capitular.  (Libro  6,  fol.  146  vto.). 

En  7  de  diciembre,  se  dispuso:  que  el  mayordomo  de  fábrica 
diese  expensas  para  el  seguimiento  de  la  causa  en  defensa  de  esta 
Santa  Iglesia  contra  la  pretensión  del  marqués  de  Mijares,  en 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1701 


209 


nombre  del  ministro  Fr.  Diego  Briceño,  sobre  que  se  le  entregasen 
los  15.000  pesos  que  había  recibido  del  espolio  del  Illmo.  señor 
Dn.  Fr.  Alonzo  Briceño.  (Libro  6,  fol.  147). 

En  17,  se  mandó  al  colector,  que  se  presentase  a  pedir  el  ase- 
guramiento de  las  dos  dotaciones  hechas  a  favor  del  Cabildo  por 
doña  Brígida  Morgado;  la  una  de  2.000  pesos  para  misas  cantadas 
y  rezadas  (cuyo  número  no  se  expresa)  y  la  otra  de  500  para  la 
fiesta  de  la  invención  de  la  Santa  Cruz,  pagándose  100  reales  por 
la  limosna  de  la  misa,  y  otros  tantos  por  el  sermón.  (Libro  6, 
fol.  148). 

Año  de  1701. 

En  26,  de  abril,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  se  obedecieron 
el  breve  pontificio,  y  Real  Cédula  de  11  de  abril  de  1700,  sobre  la 
concesión  de  un  millón  de  ducados  de  plata  sobre  las  rentas  ecle- 
siásticas de  Indias  para  los  gastos  de  la  guerra  contra  los  herejes 
escoceses.  (Libro  6,  fol.  148  vto.). 

En  2  de  mayo,  se  mandó  dar  certificado  a  doña  Melchora 
Ana  de  Tovar,  de  haber  construido  y  ornamentado  la  capilla  de 
San  Nicolás  con  motivo  de  que  intentaba  ocurrir  a  Su  Majestad. 
(Libro  6,  fol.  149  vto.). 

En  el  mismo  acto,  se  nombró  apoderado  del  Cabildo  en  la  corte 
en  primer,  segundo  y  tercer  lugar,  para  que  defendiese  allí  las 
causas  del  Cabildo,  y  especialmente  la  de  la  pretensión  del  padre 
Fr.  Diego  Briceño  acerca  del  espolio  del  Illmo.  señor  Briceño, 
pues  aunque  se  había  ganado  por  parte  de  la  Iglesia,  se  sabía  que 
se  hacia  recurso  al  consejo.  (Libro  6,  fol.  149  vto.). 

En  15  de  julio,  se  nombraron  por  jueces  contadores  de  diezmos 
a  los  señores  Deán  y  magistral  para  hacer  el  repartimiento  con- 
forme a  lo  dispuesto  en  acta  de  3  de  agosto  de  1690.  (Libro  6, 
fol.  150  vto.). 

En  21,  habiéndose  recibido  una  insinuación  del  Santo  Tri- 
bunal de  Inquisición,  se  mandaron  entregar  a  los  disputados  las 
rentas  de  diezmos  cobradas  y  pertenecientes  a  la  canongía  supri- 
mida y  las  de  obvenciones  que  le  correspondían.  (Libro  6,  fol.  151). 

En  22,  habiéndose  recibido  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo, 
acompañado  de  una  Real  Cédula  de  30  de  enero  de  1698  (que 
todo  está  copiado)  acerca  de  la  contribución  de  lo  tocante  a  la 
canongía  suprimida  y  en  que  también  se  confirman  las  provi- 


15  —  dctm,  i. 


210 


FUENTES   PARA   LA   HISTOKIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


ciencias  dadas  anteriormente  sobre  este  asunto;  el  Cabildo  prestó 
a  todo  su  obedecimiento  y  acordó:  que  se  ejecutase  lo  mandado 
por  su  Sría.  Illma.  en  cuanto  a  las  razones  que  debían  dar  el  juez 
de  diezmos  y  el  colector.  (Libro  6,  fol.  152). 

En  28,  habiéndose  recibido  otra  insinuación  del  Santo  Tri- 
bunal de  Inquisición,  se  mandó  hacer  la  entrega  de  todo  lo  cobrado 
perteneciente  a  la  canongía  suprimida  al  comisario  de  esta  ciudad. 
(Libro  6,  fol.  155). 

En  28  de  septiembre,  presentado  el  real  despacho  de  19  de 
julio  de  este  año,  en  que  es  promovido  el  señor  canónigo  de  merced 
Dr.  Dn.  Félix  de  Acuña  a  la  dignidad  de  Tesorero  vacante  por 
fallecimiento  del  señor  Ledo.  Dn.  Joseph  de  Heredia,  y  las  dili- 
gencias operadas  ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  le  dió  su  Sría.  Illma. 
estando  junto  con  el  Cabildo  la  colación  y  seguidamente  la  po- 
sesión en  el  coro  y  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas, 
juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  6,  fol.  156). 

En  14  de  octubre,  se  acordó  que  cuando  algún  dignidad  o  ca- 
nónigo estuviese  impedido  de  cantar  la  misa  que  le  tocaba  pasase 
al  que  respectivamente  le  siguiese  y  que  a  éste  se  le  asentase  en  el 
cuadrante  y  se  le  diese  la  limosna.  (Libro  6,  fol.  158). 

En  el  mismo  acto  refiriéndose  la  función  que  había  hecho  el 
Cabildo  el  día  29  del  mes  anterior  en  acción  de  gracias  de  la  exal- 
tación del  señor  Rey  Dn.  Felipe  V,  al  trono  de  España,  se  acordó: 
que  se  hiciesen  los  repiques,  iluminación  y  adorno  de  calles  para  el 
día  de  la  proclamación  en  esta  ciudad  que  sería  el  día  23  de  este 
mes  señalado  por  el  señor  Gobernador.  (Libro  6,  fol.  158  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


Año  de  1702. 

En  17  de  febrero,  presentado  el  real  despacho  de  9  de  mayo 
de  1700  en  que  es  promovido  el  señor  Chantre  Ledo.  Dn.  Juan 
Díaz  de  Vargas  Machuca,  a  la  dignidad  de  arcediano,  vacante 
por  promoción  del  señor  Br.  Dn.  Joseph  Melero  a  la  dignidad 
de  Deán  y  las  diligencias  operadas  ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo, 
le  dio  su  Sría.  Illma.,  junto  con  el  Cabildo  la  colación  y  seguida- 
mente la  posesión  en  el  coro  y  sala  capitular  con  las  ceremonias 
acostumbradas,  juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  6,  fol.  159). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1702  211 


En  7  de  mayo,  presentado  el  real  despacho  de  11  de  septiembre 
del  año  anterior,  en  que  es  promovido  el  señor  Dr.  Dn.  Gabriel 
Matías  de  Ibarra,  presbítero,  a  la  canongía  de  merced,  vacante 
por  promoción  del  señor  Dr.  Dn.  Félix  de  Acuña  a  la  dignidad 
de  Tesorero,  y  las  diligencias  operadas  ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo, 
le  dio  su  Sría.  Illma.  estando  junto  con  el  Cabildo  la  colación  y 
seguidamente  la  posesión  con  las  ceremonias  acostumbradas 
juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  6,  fol.  162). 

En  10,  habiéndose  recibido  una  Real  Cédula  de  17  de  octubre 
de  1701  (copiado  aquí  mismo)  en  que  por  lo  ocurrido  en  las  honras 
del  Rey  que  se  hicieron  de  parte  del  Cabildo  secular  en  esta  Santa 
Iglesia,  denegándose  el  Cabildo  a  asistir  por  no  habérsele  convi- 
dado; se  le  dice:  que  no  debió  reparar  en  materia  de  tan  corta 
substancia,  que  sólo  acreditaba  facilidad  y  ligereza  en  los  dictá- 
menes; y  que  estuviese  advertido  de  esto  para  evitar  disenciones 
en  adelante  el  Cabildo  prestó  llanamente  su  obedecimiento.  (Li- 
bro 6,  fol.  165  vto.). 

En  14,  presentado  el  real  despacho  de  27  de  febrero  de  1701, 
en  que  es  promovido  el  señor  Dn.  Juan  Díaz  de  Espino,  presbí- 
tero, a  la  dignidad  de  Chantre,  vacante  por  promoción  del  señor 
Dn.  Juan  Díaz  de  Vargas  al  arcedianato,  y  las  diligencias  operadas 
ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo;  le  dio  su  Sría.  Illma.  estando  junto  con 
el  Cabildo,  la  colación  y  seguidamente  la  posesión  en  el  coro  y 
sala  capitular,  con  las  ceremonias  acostumbradas:  la  profesión 
de  la  fe  la  hizo  en  6  de  julio,  y  no  se  dice  el  motivo  porque  se 
difirió.  (Libro  6,  fol.  166  vto.). 

En  5  de  julio,  se  aceptaron  las  gracias  que  por  medio  de  dos 
comisarios  dio  al  Cabildo  el  Santo  Tribunal  de  Inquisición  por  la 
entrega  de  rentas  de  la  canongía  suprimida.  (Libro  6,  fol.  169). 

En  8  de  agosto,  habiéndose  recibido  una  Real  Cédula  de  25 
de  julio  de  1701  (que  sigue  copiada)  en  la  cual  con  motivo  de  la 
guerra  contra  los  Moros,  se  pide  al  Cabildo  un  donativo,  se  acordó: 
que  se  haría  la  demostración  en  adelante,  que  le  permitiese  la 
cortedad  de  las  rentas.  (Libro  6,  fol.  170). 

Aquí  mismo  se  aceptó  la  dotación  de  2.366  pesos  de  capital, 
reconocidos  por  Dn.  Cristóbal  Loreto  de  Silva,  hecha  por  el  señor 
Deán  Dn.  Sebastián  Moreno,  para  establecimiento  de  dos  músicos, 
dándose  a  cada  uno,  cada  año  59  pesos  y  un  real,  mitad  de  sus 
réditos,  con  obligación  de  asistir  cada  uno  a  la  capilla  de  música, 
y  los  domingos  y  días  festivos  al  coro  a  la  tercia  y  misa  mayor, 


212 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


aplicadas  las  fallas  al  apuntador,  y  que  fuese  patrono  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  y  en  vacante  el  M.V.S.  Deán  y  Cabildo.  Y  también 
se  dispuso  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  que  todo  lo  que  estaba  de- 
vengado de  réditos  de  dicho  capital,  se  impusiese  a  censo,  y  que 
con  sus  réditos  se  distribuyesen  por  modo  de  aguinaldo  entre  los 
músicos  que  cantasen  la  fiesta  de  Navidad.  No  se  dice  a  cuanto 
montó  la  cantidad  de  réditos  para  la  nueva  imposición  y  todo 
quedó  a  cargo  del  mayordomo  de  fábrica.  (Libro  6,  fol.  170). 

En  6  de  septiembre,  se  dispuso  con  atención  al  estado  en  que 
estaba  el  edificio  de  la  Iglesia  que  de  los  nueve  altares  que  había, 
se  reservasen  tres  para  decir  misa  los  señores  prebendados,  y  que 
en  ellos  no  se  dijese  misa  por  otros,  hasta  que  todos  la  hubiesen 
celebrado.  (Libro  6,  fol.  173). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1703. 

En  14  de  abril,  habiendo  manifestado  el  señor  juez  de  diezmos 
el  estado  de  los  remates,  se  acordó:  que  se  consultase  a  su  Sría. 
Illma.  acerca  de  administraciones  en  que  era  necesario  poner 
algunas  veredas.  (Libro  6,  fol.  174). 

En  18,  atento  lo  conferenciado  con  el  Illmo.  Sor.  Obispo, 
se  acordó  prestar  el  Cabildo  su  consentimiento  para  que  se  pusiesen 
en  administración  las  no  rematadas.  (Libro  6,  fol.  174  vto.). 

Sigue  un  testimonio  del  consentimiento  prestado  al  mismo 
efecto  por  los  señores  oficiales  reales.  (Libro  6,  fol.  176). 

En  28  y  31  de  julio,  tratándose  sobre  una  petición  del  señor 
canónigo  de  merced,  acerca  de  que  se  hiciese  el  turno  de  semanas 
para  las  misas  mayores,  entrando  también  los  señores  dignidades, 
se  acordó:  que  se  hiciese  citación  de  todos  los  señores  capitulares 
para  resolver;  y  se  declaró  que  el  mismo  señor  canónigo  debía 
votar  aunque  la  petición  fuese  de  él:  pues  no  era  asunto  personal 
sino  de  su  canongía.  (Libro  6,  fol.  177  vto.). 

En  7  de  agosto,  habiéndose  conferenciado  el  asunto  antece- 
dente, y  resultado  varios  los  pareceres  y  que  se  inclinaban  más 
a  que  debían  hacer  semana  los  señores  dignidades,  por  estar  pen- 
diente el  mismo  punto  en  consulta  al  Rey,  y  que  así  se  había 
practicado  antes  de  la  resolución,  de  que  sólo  hiciesen  semana  los 
señores  canónigos;  se  acordó:  pasarlo  todo  al  Illmo.  Sor.  Obispo, 
para  que  se  sirviese  resolver  el  punto.  (Libro  6  fol.  179). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1703  2  1  3 


En  16,  proveyó  auto  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  declarando  que  el 
Cabildo  se  excedió  en  la  acta  de  22  de  octubre  de  1700  en  obrar 
contra  lo  proveído  y  determinado  en  8  de  abril  de  1698,  por  su 
Sría.  Illma.  en  que  se  manda  hacer  recurso  al  real  y  supremo  Con- 
sejo de  Indias,  y  a  la  Real  Audiencia  de  Santo  Domingo;  y  que 
se  continuase  observando  lo  determinado  allí  mismo  sin  hacer 
novedad  hasta  la  resolución  de  Su  Majestad  a  cuyo  fin  su  Sría. 
Illma.  confirmó  lo  dispuesto  en  el  citado  auto  así  en  cuanto  a 
semanas,  como  por  lo  respectivo  a  la  limosna  de  las  misas.  (Libro 
6,  fol.  187  vto.). 

En  17,  sin  embargo,  de  la  apelación  interpuesta  por  los  señores 
Deán  y  Chantre  del  auto  antecedente,  se  acordó  a  pluralidad  de 
votos  que  se  observase  haciendo  semana  los  canónigos  y  dig- 
nidades. (Libro  6,  fol.  188  vto.). 

En  11  de  noviembre,  habiéndose  recibido  una  Real  Cédula 
de  26  de  septiembre  de  1702  (que  aquí  mismo  está  copiada)  en  la 
cual  a  consecuencia  de  lo  informado  por  el  Cabildo,  se  manda 
que  en  adelante  los  mayordomos  de  fábrica  no  tengan  salario  fijo, 
sino  el  cuatro  por  ciento  de  lo  que  cobrasen  y  que  el  actual  Dn.  Juan 
de  Ibarra  rindiese  cuentas  dentro  de  cuatro  meses  y  se  hiciese 
cargo  a  él  y  a  su  fiador  de  las  partidas  que  se  hubiesen  hecho 
incobrables  por  omisión,  bajo  los  apremios  que  se  expresan;  el 
Cabildo  prestó  su  obedecimiento  y  mandó  poner  en  noticia  del 
Illmo.  Sor.  Obispo  esta  determinación.  (Libro  6,  fol.  192). 

En  Io  de  diciembre,  habiéndose  tratado  de  elegir  juez  de  diez- 
mos por  renuncia  que  hizo  el  señor  arcediano  Dn.  Juan  Díaz  de 
Vargas,  por  haber  salido  casada  la  elección  entre  los  señores  Te- 
sorero Dr.  Dn.  Félix  de  Acuña  y  canónigo  de  merced  Dn.  Gabriel 
Matías  de  Ibarra;  se  mandó  dar  cuenta  de  esto  al  Illmo.  Sor.  Obispo, 
para  con  su  mejor  acuerdo,  hacer  nueva  elección.  (Libro  6,  fol.  193). 

En  4,  con  lo  que  dijo  su  Sría.  Illma.  se  hizo  nueva  votación 
y  salió  electo  el  señor  Deán  Br.  Dn.  Joseph  Melero  por  juez  ge- 
neral de  diezmos  y  en  el  mismo  día  fue  confirmado  por  su  Sría. 
Illma.  y  le  confirió  las  facultades  correspondientes.  (Libro  6, 
fol.  194). 

En  15,  habiéndose  insinuado  de  parte  del  señor  arcediano  como 
comisario  de  la  Santa  Cruzada,  por  un  auto  (de  que  sigue  copia) 
que  el  día  21  de  este  mes  se  haría  en  esta  Santa  Iglesia  la  publi- 
cación de  la  bula,  trayéndola  del  convento  de  Monjas;  el  Cabildo 


214 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


se  ofreció  llanamente  al  recibimiento  y  aunque  el  señor  canónigo 
Dn.  Gabriel  de  Ibarra  contradijo  la  publicación  diciendo  que  el 
era  el  comisario  y  el  señor  arcediano,  el  Cabildo  dijo:  que  no  le 
tocaba  otra  cosa,  sino  asistir  como  lo  haría.  (Libro  6,  fol.  195). 

Año  de  1704. 

En  4  de  abril,  recibida  una  real  provisión  de  la  Audiencia 
de  Santo  Domingo,  fecha  en  8  de  marzo  de  este  año,  y  un  auto 
del  Illmo.  Sor.  Obispo  para  su  ejecución,  declarándose  en  aquélla 
que  deben  cumplirse  puntualmente  los  capítulos  cuarto,  décimo 
y  vigésimo  cuarto  de  la  erección  de  esta  Santa  Iglesia,  ínterin  que 
Su  Majestad  declarase  otra  cosa;  y  que  de  consiguiente  se  can- 
tarían las  misas  mayores  haciendo  turno  cada  semana  los  canó- 
nigos y  dignidades  en  los  días  clásicos;  el  Cabildo  acordó  su  cum- 
plimiento, comenzándose  desde  luego  el  turno  en  las  primeras 
vísperas  de  la  dominica  y  pagándose  el  triplo  por  la  limosna  de 
cada  misa,  y  que  se  diese  cuenta  al  Rey,  y  que  se  diesen  testi- 
monios de  todo  al  señor  Deán  por  nueva  súplica  que  hizo  en 
cuanto  a  insinuar  que  debían  corresponderle  aun  con  interrupción 
del  turno,  las  misas  de  los  días  de  Corpus,  primeros  días  de  las 
Pascuas,  el  de  Reyes,  domingo  de  Ramos,  Jueves  y  Viernes  Santos, 
sobre  que  hubo  varias  réplicas  en  el  mismo  acto:  todo  lo  cual  esta 
testimoniado.  (Libro  6,  fol.  197). 

En  11,  agitada  cuestión  en  cuanto  a  las  misas  celebradas  antes 
de  la  antecedente  declaratoria  por  la  dificultad  de  ajustarles  el 
triple  de  limosna  y  ver  lo  que  se  había  recibido  de  más  o  de  menos; 
se  determinó  por  último  poner  el  asunto  en  manos  del  Illmo.  Sor. 
Obispo  para  que  lo  determinase.  (Libro  6,  fol.  203  vto.). 

En  10  de  junio,  el  Cabildo  mandó  del  patronato  de  la  capellanía 
de  2.000  pesos  de  principal  fundada  por  Bartolomé  de  Sevilla 
para  una  misa  todos  los  días  festivos  de  precepto  a  la  hora  de 
las  once  en  esta  Santa  Iglesia,  presentó  por  capellán  a  Bernardo 
Vélez  de  Aguiar,  clérigo  de  menores.  (Libro  6,  fol.  205). 

En  15  de  noviembre,  se  acordó:  que  todos  los  años  perpetua- 
mente el  día  siguiente  al  de  la  conmemoración  de  difuntos  o  en 
el  inmediato,  si  aquél  estuviese  impedido  se  celebrase  solemne 
aniversario  por  los  señores  prebendados  difuntos,  con  vísperas 
y  vigilia  y  por  su  limosna  se  señaló  la  cantidad  de  25  pesos,  sacán- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1705  2  1  5 


dose  de  los  manuales  comunes  y  más  prontos  en  que  todos  fuesen 
interesados;  y  que  en  su  defecto  se  supliese  de  la  colecturía:  y  se 
señaló  la  distribución  de  la  limosna  entre  los  que  asistiesen  a  este 
aniversario.  (Libro  6,  fol.  206). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1705. 

En  5  de  junio,  se  eligieron  dos  comisarios  para  tratar  con  el 
Illmo.  Sor.  Obispo  acerca  del  cumplimiento  de  la  Real  Cédula 
sobre  cuentas  y  salario  del  mayordomo  de  fábrica.  (Libro  6, 
fol.  207). 

En  9  se  acordó  por  último,  por  modo  de  transación  que  la 
limosna  de  las  misas  conventuales  anteriores  al  día  19  de  agosto 
de  1703,  se  pagase  conforme  a  la  disposición  revocada  de  que  al 
señor  Deán  se  le  diesen  3  pesos,  a  los  dignidades  12  reales  y  a  los 
canónigos  10  reales,  y  que  de  aquel  día  en  adelante  se  observase 
el  triple;  quedando  a  salvo  el  derecho  del  señor  canónigo  de  merced 
que  no  asistió.  (Libro  6,  fol.  207  vto.). 

En  2  de  julio,  visto  el  reclamo  hecho  por  el  dicho  señor  canó- 
nigo de  merced  sobre  lo  acordado  en  la  acta  antecedente  se  dispuso 
que  ocurriese  donde  le  conviniese.  (Libro  6  fol.  208  vto.). 

En  4  de  agosto,  a  insinuación  del  señor  Deán  acerca  de  que  se 
determinase  sobre  el  fondo  de  donde  debían  sacarse  los  salarios 
del  mayordomo  de  fábrica,  y  de  los  seis  monacillos  en  el  concepto 
de  que  éstos  debían  estimarse  como  ministros  aumentados,  y  no 
los  seis  acólitos  de  la  erección  pues  aquéllos  no  estaban  ordenados 
y  andaban  en  hábito  secular,  se  acordó  en  cuanto  al  mayordomo, 
lo  mismo  que  anteriormente  se  dispuso,  de  que  fuesen  dos  comi- 
sarios a  tratar  el  asunto  con  su  Sría.  íllma.  y  por  lo  respectivo 
a  los  monacillos  se  reservó  para  otro  Cabildo.  (Libro  6,  fol.  209  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1706. 

En  15  de  mayo,  insinuándose  haber  fallecido  el  Illmo.  Sor. 
Dr.  Dn.  Diego  de  Baños  y  Sotomayor  en  este  día,  entre  las  nueve 
y  diez  de  la  mañana  en  esta  ciudad  en  su  palacio,  el  Cabildo  apre- 


216 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


hendió  la  jurisdicción  y  acordó:  que  se  tocase  la  sede  vacante  en 
la  forma  acostumbrada;  y  se  hiciese  el  doble  y  funeral  con  arreglo 
al  ceremonial  romano.  (Libro  6,  fol.  210). 

En  18,  por  no  haberse  podido  hacer  la  elección  de  provisor 
a  causa  de  varios  embarazos,  se  difirió  para  el  siguiente  día. 
(Libro  6,  fol.  210  vto.). 

En  19,  reservándose  el  Cabildo  la  jurisdicción  graciosa  y  vo- 
luntaria, y  la  provisión  de  beneficios  curados  y  simples;  se  pro- 
cedió a  la  votación  para  la  elección  de  provisor  y  vicario  general, 
hubo  dos  votos  a  favor  del  señor  Deán  y  dos  a  favor  del  señor 
arcediano;  y  el  señor  Deán  que  no  había  votado  dijo:  que  consentía 
en  la  elección  hecha  en  su  persona  sobre  que  se  agitó  cuestión 
y  a  pluraidad  de  votos  se  acordó  estar  casada  la  votación  y  se 
oyó  en  el  efecto  devolutivo  la  apelación  interpuesta  por  el  señor 
Deán,  a  quien  se  previno  hiciese  citación  para  continuar  por  la 
tarde  de  este  día.  (Libro  6,  fol.  211  vto.). 

En  el  mismo  día,  con  motivo  del  embarazo  de  los  inventarios 
que  se  estaban  haciendo  se  acordó  diferir  el  Cabildo  antecedente 
para  el  siguiente  día.  (Libro  6,  fol.  213). 

En  20,  habiéndose  el  señor  Deán,  con  mejor  acuerdo  apartado 
de  la  apelación  y  confesado  llanamente  estar  casada  la  votación 
hecha;  y  hecha  de  nuevo,  salió  electo  con  todos  los  votos  el  señor 
canónigo  de  merced  Dr.  Dn.  Gabriel  Matías  Martizaes  de  Ibarra, 
por  provisor  y  vicario  general  para  el  ejercicio  de  la  jurisdicción 
no  reservada  por  el  Cabildo  y  en  el  mismo  acto  aceptó  y  juró. 
(Libro  6,  fol.  213  vto.). 

En  26,  se  dio  nueva  jurisdicción  a  todos  los  vicarios  foráneos 
de  esta  diócesis,  y  se  confirmó  al  vicario  de  Monjas  de  Trujillo. 
(Libro  6,  fol.  214  vto.). 

En  28,  se  eligió  por  vicario  del  convento  de  Monjas  de  esta 
ciudad  al  Ledo.  Juan  Fernández  de  Algarín,  reservándose  el  Ca- 
bildo los  nombramientos  de  capellanes,  confesores,  médicos,  etc., 
y  las  entradas  de  religiosas,  profesiones,  cuentas  y  confirmación 
de  la  elección  de  abadesa.  (Libro  6,  fol.  215). 

En  7  de  junio,  se  eligió  al  señor  Deán,  en  calidad  de  apoderado 
para  representar  los  derechos  de  la  Iglesia  en  la  causa  del  espolio 
del  Illmo.  Sor.  Baños.  (Libro  6,  fol.  216). 

En  9  se  determinó  que  se  hiciese  inventario  de  los  ornamentos 
y  demás  del  servicio  de  esta  Santa  Iglesia,  y  que  el  teniente  sa- 
cristán mayor  diese  fianzas:  se  removió  al  Ledo.  Antonio  Martínez 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1706  217 


Nevado  que  servía  este  oficio,  y  se  nombró  al  Ledo.  Dn.  Luis 
Umpierres,  hasta  tanto  que  Su  Majestad  declarase  sobre  la  forma 
de  esta  provisión.  (Libro  6,  fol.  216  vto.). 

En  22,  habiéndose  tratado  acerca  de  las  capillas  de  la  Santí- 
sima Trinidad;  de  San  Nicolás,  y  de  la  Asunción  (que  es  la  deno- 
minada del  Pópulo)  que  ésta  se  estaba  alargando  a  la  parte  de 
adentro  y  que  en  la  nave  de  enfrente  usaban  de  las  sepulturas 
los  patronos  de  aquéllas  para  sus  esclavos,  se  acordó :  que  los  mismos 
patronos  presentasen  sus  despachos  y  que  no  se  abriesen  sepul- 
turas en  las  dichas  capillas.  Y  que  por  lo  respectivo  a  la  de  la 
Asunción  se  prosiguiese  la  fábrica  por  Dn.  Joseph  de  Oviedo  a 
su  costa,  y  no  de  las  obras  pías  que  dispuso  el  Illmo.  Sor.  Baños 
sobre  las  cuales  se  había  de  seguir  litigio  en  cuanto  así  los  bienes 
pertenecían  a  la  Iglesia.  (Libro  6,  fol.  218). 

En  27  de  julio,  habiéndose  recibido  dos  Reales  Cédulas  (que 
no  se  copiaron)  la  una  de  23  de  noviembre  de  1704  dirigida  al 
Illmo.  Sor.  Obispo  para  que  procediese  a  la  provisión  de  la  ma- 
yordomía  de  fábrica  de  la  Iglesia  parroquial  de  la  ciudad  de  San 
Sebastián  de  los  Reyes  y  la  otra  de  21  de  diciembre  del  mismo 
año  para  que  su  Sría.  Illma.  informase  sobre  erección  de  una  villa 
en  el  Valle  de  Orituco  y  de  hospital  en  aquella  ciudad;  el  Cabildo 
prestó  su  obedecimiento  y  dio  varias  providencias  para  el  cumpli- 
miento de  lo  prevenido  en  ellas.  (Libro  6,  fol.  221  vto.). 

En  7  de  agosto,  se  nombró  por  cura  y  vicario  foráneo  del  puerto 
de  La  Guaira  al  Ledo.  Dn.  Tomás  de  León  por  fallecimiento  del 
Ledo.  Dn.  Diego  López  Moreno.  (Libro  6,  fol.  222  vto.). 

En  17,  se  nombró  por  vicario  juez  eclesiástico  de  Valencia  al 
padre  Juan  Bautista  Navarro.  (Libro  6,  fol.  223). 

Aquí  mismo  se  nombró  para  una  de  las  plazas  de  músicos 
fundada  por  el  señor  Deán  Dn.  Sebastián  Moreno,  a  Juan  Joseph 
Falcón,  clérigo  de  menores.  (Libro  6,  fol.  223  vto.). 

En  27,  se  nombró  por  cura  capellán  del  Valle  de  Aguacaliente 
al  Ledo.  Dn.  Pedro  Berjumea.  (Libro  6,  fol.  223  vto.). 

En  17  de  noviembre,  se  nombró  por  capellán  de  coro  a  Juan 
Joseph  Falcón,  clérigo  de  menores  con  calidad  de  poner  quien 
sirviese  de  diácono  en  su  semana.  Aquí  mismo  se  habilitó  al  vicario 
del  Tocuyo  para  continuar  su  empleo;  y  se  mandaron  fijar  edictos 
para  la  mayordomía  de  la  Iglesia  parroquial  de  la  misma  ciudad. 
(Libro  6,  fol.  224). 


218 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1707. 

En  18  de  enero,  se  acordó:  que  se  prosiguiese  la  fábrica  am- 
pliándose  más  la  Iglesia:  de  suerte  que  el  altar  mayor  se  pusiese 
bajo  la  primera  bóveda  y  a  los  lados  se  formasen  arcos  del  mismo 
modo  que  habían  de  ser  lo  de  los  de  más  que  corría  hasta  la  puerta 
principal;  y  que  sin  embargo  de  que  el  señor  Gobernador  era  de 
este  mismo  parecer  y  lo  había  insinuado  se  le  participase.  (Libro 
6,  fol.  225). 

En  28  se  nombró  por  obrero  mayor  al  Ledo.  Dn.  Luis  Lozano, 
sacristán  mayor  de  esta  Catedral  y  colector  de  manuales,  y  que 
se  le  entregasen  5.147  pesos,  5  reales  del  espolio  del  Illmo.  Sor. 
Baños.  (Libro  6,  fol.  225  vto.). 

Aquí  mismo  se  nombró  por  capellán  de  coro,  a  Fernando  de 
Guadalupe,  clérigo  de  menores,  con  obligación  de  poner  en  su 
semana  quien  se  vistiese  de  diácono.  (Libro  6,  fol.  226). 

En  31,  se  trató  acerca  del  litigio  que  se  estaba  siguiendo  sobre 
las  dotaciones  que  hizo  el  Illmo.  Sr.  Dr.  Dn.  Diego  de  Baños 
para  varias  fiestas,  lámparas  y  ornato  de  la  capilla  que  había 
edificado  en  esta  Santa  Iglesia,  según  la  escritura  que  otorgó  en 
15  de  abril  de  1706  en  su  enfermedad  de  que  murió  el  día  15  del 
siguiente  mayo,  donando  también  a  la  misma  capilla  una  lám- 
para y  seis  blandones  de  plata  que  tenía  encargado  al  reino  de 
Nueva  España,  y  asimismo  una  imagen  de  Nuestra  Señora  del 
Pópulo  y  todos  sus  pontificales,  se  admitió  por  las  causas  que  se 
expresan  la  transación  propuesta  por  Dn.  Joseph  de  Oviedo, 
patrono  de  las  mismas  dotaciones,  de  que  cesase  el  litigio,  entre- 
gándosele las  dos  haciendas  destinadas  a  ellas,  y  que  por  su  parte 
cedería  en  dominio  y  propiedad  a  la  Iglesia  todos  los  ornamentos 
de  pontifical  y  del  oratorio,  y  un  organito  pequeño,  como  también 
una  custodia  para  que  usase  de  ella  la  Santa  Iglesia,  conviniendo 
en  que  se  guardase  y  conservase  en  el  Sagrario  que  se  hiciese  en 
la  Capilla  del  Pópulo;  y  que  daría  y  pagaría  a  la  Iglesia  3.500 
pesos,  y  que  no  haría  requerimiento  alguno  por  1.250  pesos  que 
tenía  gastados  en  misas  por  el  dicho  señor  Illmo.  y  costo  de  su 
entierro,  ni  tampoco  por  600  pesos  entregados  al  mayordomo  del 
hospital  de  caridad;  y  que  también  estaba  pronto  a  que  la  Iglesia 
pudiese  usar  cuando  lo  hubiese  menester  de  la  lámpara  y  blan- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1707 


219 


dones:  sobre  todo  lo  cual  se  había  de  otorgar  escritura.  (Libro  6, 
fol.  226  vto.). 

En  4  de  febrero,  se  determinó  crear  nuevamente  maestros  de 
ceremonias  y  en  efecto  se  nombró  al  Ledo.  Juan  Rodríguez  de  Men- 
doza, presbítero,  y  que  se  le  pagase  el  salario  de  las  rentas  de 
fábrica,  conforme  a  la  Real  Cédula  de  4  de  febrero  de  1698,  seña- 
lándose 60  pesos  anuales.  (Libro  6,  fol.  228). 

En  12  de  mayo,  se  expidieron  órdenes  para  que  se  intimase 
al  R.  P.  Prefecto  de  las  Misiones  de  Maracaibo  que  exhibiese 
las  bulas  en  cuya  virtud  había  comenzado  a  administrar  el  Sacra- 
mento de  la  Confirmación  de  cuya  prosecución  estaba  contenido 
por  el  vicario  de  aquel  partido.  (Libro  6,  fol.  228  vto.). 

Aquí  mismo  se  acordó  un  nombramiento  de  cura  capellán,  se 
mandaron  fijar  edictos  para  la  provisión  de  la  cátedra  de  Filo- 
sofía del  Seminario;  y  pagar  al  catedrático  que  la  dejó.  (Libro  6, 
fol.  229). 

En  6  de  julio,  se  obedecieron  varias  Reales  Cédulas  y  órdenes 
dirigidas  al  Illmo.  Sor.  Obispo,  sobre  diferentes  asuntos:  y  asi- 
mismo una  cuya  fecha  no  se  cita,  dirigida  al  Cabildo  para  que  in- 
formase sobre  la  pretensión  de  dar  grados  en  el  Seminario.  (Li- 
bro 6,  fol.  229  vto.). 

En  23,  se  nombró  a  Dn.  Juan  Lovera  y  Otañez,  por  mayor- 
domo interino  del  hospital  de  San  Pablo,  que  lo  era  en  propiedad 
de  la  Catedral.  (Libro  6,  fol.  230). 

En  18  de  octubre,  se  nombró  al  Ledo.  Dn.  Francisco  Mar- 
tínez de  Porras  por  catedrático  de  Filosofía  del  Seminario.  (Libro 
6,  fol.  230  vto.). 

En  17  de  noviembre,  habiéndose  recibido  una  carta  del  señor 
Gobernador  con  testimonio  de  una  Real  Cédula  de  13  de  marzo 
de  1705  (de  que  no  hay  copia),  sobre  un  donativo;  contestó  ei 
Cabildo  que  ya  había  entregado  al  anterior  Gobernador  qui- 
nientos pesos.  (Libro  6,  fol.  231). 

Aquí  mismo  se  mandó  dar  cuenta  al  Rey  de  las  funciones  hechas 
en  acción  de  gracias  del  parto  de  la  reina.  (Libro  6,  fol.  231  vto.). 

En  19,  teniéndose  noticia  cierta  de  que  venía  al  Cabildo  una 
Real  Cédula  con  fecha  de  20  de  octubre  de  1706  sobre  un  donativo 
y  empréstito  al  Rey  nuestro  señor  por  medio  del  señor  Virrey  de 
Nueva  España,  se  acordó  hacerse  por  el  Cabildo  entre  sus  seis 
individuos  a  prorrata  el  de  2.000  pesos,  y  que  se  librasen  a  Ve- 
racruz.  (Libro  6,  fol.  231  vto.). 


220 


FUENTES   PAUA    LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  14  de  diciembre,  se  dieron  providencias  acerca  de  una  queja 
del  señor  Gobernador  de  Maracaibo  contra  el  vicario;  y  sobre 
provisión  de  un  curato  de  aquel  partido.  (Libro  6,  foL  233). 

En  16,  se  dieron  otras  providencias  sobre  la  citada  querella 
del  señor  Gobernador  de  Maracaibo,  a  fin  de  que  se  justificasen 
imparcialmente  los  hechos.  (Libro  6,  fol.  234). 

Aquí  mismo  se  acordó:  que  se  entregasen  al  obrero  mayor  para 
la  continuación  de  la  fábrica  de  la  Iglesia  1 .035  pesos  cobrados 
en  los  diezmos  del  espolio  del  Illmo.  señor  Baños,  y  673  pesos, 
4  reales  de  los  excusados.  (Libro  6,  fol.  234  vto.). 

Año  de  1708. 

En  7  de  marzo,  se  recibieron  los  duplicados  de  las  Reales 
Cédulas  citadas  en  el  Cabildo  de  6  de  julio  del  año  anterior.  (Li- 
bro 6,  fol.  235). 

En  17,  habiéndose  recibido  varias  Reales  Cédulas  y  órdenes, 
se  acordó  en  cuanto  a  la  primera  (cuya  fecha  no  se  cita,  ni  hay 
copia  de  ella)  en  que  se  manden  hacer  rogativas  por  estar  preñada 
la  Reina;  que  se  avisase  a  Su  Majestad  haber  cumplido  el  Cabildo, 
no  sólo  estas  rogativas,  sino  también  la  acción  de  gracias  con  la 
noticia  que  tuvo  de  haber  parido  felizmente.  (Libro  6,  fol.  236  vto.). 

A  la  segunda  con  que  se  enviaba  una  libranza  contra  las  Reales 
Cajas  de  6.024  pesos  que  se  tomaron  en  Madrid  pertenecientes 
al  espolio  del  Illmo.  Sor.  Baños,  que  la  parte  de  esta  Santa  Iglesia 
se  presentase  ante  el  juez  del  espolio,  a  pedir  esta  misma  cantidad. 
(Libro  6,  fol.  236  vto.). 

A  la  tercera  en  que  se  pide  informe  sobre  un  alboroto  que 
hubo  en  esta  ciudad  con  motivo  de  enfermedad  y  demencia  del 
señor  Gobernador,  que  le  hiciese  el  informe  de  lo  que  ciertamente 
hubo.  (Libro  6,  fol.  236  vto.). 

A  la  cuarta,  en  que  se  pide  donativo  para  la  conquista  de  los 
reinos  de  Aragón  y  Valencia,  que  ya  el  Cabildo  había  servido  a 
este  efecto  con  2.000  pesos.  (Libro  6,  fol.  236  vto.). 

A  la  quinta  (que  sigue  copiada,  y  es  fecha  en  20  de  febrero  de 
1706)  en  que  se  concede  el  patronato  de  la  Capilla  de  Nuestra 
Señora  del  Pópulo  al  Illmo.  Sor.  Baños,  y  sepultura  allí  mismo 
que  se  entregase  original  a  Dn.  Joseph  de  Oviedo  y  Baños.  (Libro 
6,  fol.  236  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1708 


221 


A  la  sexta,  que  se  dice  ser  de  28  de  julio  de  1707,  en  que  se 
avisa  haberse  elegido  por  prelado  de  esta  Santa  Iglesia  y  diócesis 
al  señor  Dn.  Juan  de  Jáuregui  y  Barcena,  arcediano  de  la  Santa 
Iglesia  Catedral  de  la  Puebla  de  los  Angeles,  que  se  hiciesen  las 
demostraciones  de  regocijo  con  repique  general  de  campanas  y 
luminarias,  participándose  al  señor  Gobernador  y  que  se  escribiese 
la  enhorabuena  al  mismo  señor  electo.  (Libro  6,  fol.  236  vto.). 

A  la  séptima,  en  que  se  avisa  la  feliz  victoria  que  alcanzaron 
las  armas  de  Su  Majestad  en  los  campos  de  Almanza,  que  se 
informase  haberse  hecho  ya  la  correspondiente  acción  de  gracias. 
(Libro  6,  fol.  236  vto.). 

En  30  de  mayo,  se  acordó:  que  los  dineros  existentes  en  Vera- 
cruz  pertenecientes  al  espolio  del  Illmo.  Sor.  Baños,  sobre  que 
el  Cabildo  había  librado  los  2.000  pesos  de  su  donativo,  y  de  que 
todavía  tenía  necesidad  para  el  costo  de  traer  los  Santos  Oleos, 
se  pagasen  aquí,  entregándose  al  juez  de  espolio.  (Libro  6,  fol.  239). 

En  10  de  julio,  se  dieron  providencias  para  que  los  demás 
eclesiásticos  de  esta  diócesis,  contribuyesen  de  donativo  a  Su 
Majestad  lo  que  quisiesen.  (Libro  6,  fol.  240). 

En  20  se  mandaron  hacer  los  reparos  necesarios  en  el  espolio 
del  Colegio  Seminario  en  la  parte  que  se  había  arruinado,  y  que 
para  ello  se  entregase  el  dinero  que  había  existente  tocante  del  tres 
por  ciento  de  los  diezmos.  (Libro  6,  fol.  240  vto.). 

En  3  de  agosto,  se  subrogó  otro  comisionado  para  continuar 
la  causa  que  se  seguía  en  Maracaibo  sobre  agravios  hecho  al  señor 
Gobernador;  y  aquí  mismo  se  nombró  vicario  foráneo  del  Tocuyo. 
(Libro  6,  fol.  241  vto.). 

En  este  propio  acto  se  mandaron  entregar  dos  cantidades  de 
dinero  pertenecientes  a  la  fábrica,  al  obrero  mayor  para  la  con- 
tinuación del  edificio.  (Libro  6,  fol.  242). 

En  6,  habiéndose  recibido  tres  reales  Cédulas  duplicadas  de 
las  anteriormente  recibidas  y  expresadas;  y  otra  sobre  que  se 
informe  de  los  eclesiásticos  beneméritos  de  esta  diócesis;  el  Cabildo 
prestó  su  obedecimiento.  (Libro  6,  fol.  242). 

En  el  mismo  acto  se  recibió  una  carta  del  Exmo.  Sor.  Virrey 
de  Nueva  España,  en  que  dá  las  gracias  al  Cabildo  por  el  donativo 
de  los  sobredichos  2.000  pesos;  y  se  acordó  escribir  al  agente  que 
había  hecho  la  entrega  y  también  remitido  los  Santos  Oleos, 
dándole  las  gracias.  Y  al  propio  tiempo  se  dispuso  que  se  entre- 
gasen a  la  fábrica  los  2.000  pesos  del  dicho  donativo,  suplidos  de 


222 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


lo  que  existía  en  Veracruz  del  espolio  del  señor  Baños:  que  un 
clérigo  fuese  a  La  Guaira  a  recibir  los  Santos  Oleos  y  los  trajese 
hasta  la  Iglesia  de  Nuestra  Señora  de  Altagracia,  de  donde  en  la 
forma  acostumbrada  se  conducirían  a  la  Catedral;  y  se  dieron 
gracias  al  señor  Deán  por  haber  aumentado  hasta  1000  pesos  la 
cantidad  que  le  tocó  contribuir  en  aquellos  2.000.  (Libro  6,  fol. 
242  vto.). 

En  25  de  septiembre,  por  haber  fallecido  Pedro  Ortiz,  fue 
nombrado  por  pertiguero  Félix  Ortiz,  y  se  dieron  algunas  pro- 
videncias de  jurisdicción  gubernativa.  (Libro  6,  fol.  243). 

Aquí  mismo  se  mandaron  entregar  algunas  cantidades  de  di- 
nero del  espolio  del  señor  Baños  al  obrero  mayor  para  continuar 
la  fábrica  de  la  Iglesia.  (Libro  6,  fol.  243). 

En  23  de  octubre,  se  acordó  informar  al  Rey  de  haberse  ex- 
pedido las  órdenes  a  toda  la  diócesis  para  la  contribución  del 
donativo.  (Libro  6,  fol.  243  vto.). 

En  30,  se  acordó:  que  a  la  mayor  brevedad  se  techase  la  parte 
nuevamente  construida  de  esta  Santa  Iglesia  para  que  en  la  veni- 
dera cuaresma  se  pudiese  poner  allí  el  altar  mayor  y  coro:  y  los 
más  altares  que  cupiesen,  aumentándose  dos  arcos  más  de  los 
edificados  hasta  llegar  a  la  parte  antigua:  y  que  esta  se  descar- 
gase de  su  techo  por  estar  maltratado  con  el  rayo  el  día  7  de  este 
mes.  (Libro  6,  fol.  244). 

En  22  de  noviembre,  habiéndose  recibido  las  reales  presen- 
taciones hechas  por  el  señor  Gobernador  en  Dn.  Juan  de  Otalora 
para  el  curato  de  Coro,  en  Diego  Agustín  Romero  para  el  de  San 
Luis  de  Carigua  y  en  Joseph  de  Borando  para  el  del  Pedregal; 
en  el  mismo  acto  se  les  dió  la  colación  e  hicieron  la  profesión  de 
la  fe.  (Libro  6,  fol.  245). 

En  4  de  diciembre,  se  recibió  carta  del  señor  Dn.  Juan  Luis 
de  Jáuregui  y  Bárcena,  Obispo  electo  de  esta  diócesis,  en  que 
participa  al  Cabildo  el  recibo  de  la  suya,  y  le  avisa  que  aunque 
había  recibido  la  cédula  de  gobierno  aún  no  le  habían  llegado 
las  bulas  y  que  procuraría  venir  sin  perder  tiempo  con  cuyo  motivo 
se  mandó  hacer  otro  repique  general  de  campanas.  (Libro  6, 
fol.  246). 

Aquí  mismo  se  recibió  el  aviso  de  estar  cumplidas  las  libranzas 
del  donativo  entregado  el  resto  de  lo  que  existía  en  Veracruz  del 
espolio  del  Illmo.  Sor.  Baños;  y  haberse  gastado  89  pesos  en  el 
cajón  que  ahora  se  remitía.  (Libro  6,  fol.  246). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1709 


223 


En  este  propio  acto,  se  mandó  entregar  dinero  para  la  proce- 
cución  del  edificio  de  esta  Santa  Iglesia  al  obrero  mayor.  (Libro 
6,  fol.  246  vto.). 

Año  de  1709. 

En  21  de  enero,  se  mandó  dar  aviso  a  Su  Majestad  de  la  vacante 
del  arcedianato  por  fallecimiento  del  señor  Dn.  Juan  Díaz  de  Var- 
gas Machuca.  (Libro  6,  fol.  246  vto.). 

Aquí  mismo  se  mandaron  entregar  2.000  pesos  al  obrero  mayor 
para  continuar  el  edificio  de  la  Iglesia,  cuya  cantidad  pagó  el 
Cabildo  por  los  entregados  del  donativo  en  Veracruz,  del  espolio 
del  señor  Baños.  (Libro  6,  fol.  246  vto.). 

En  este  propio  acto  se  nombró  al  Ledo.  Dn.  Pedro  Vicuña 
por  capellán  y  mayordomo  de  la  nueva  Iglesia  que  se  había  hecho 
bajo  el  título  de  la  Santa  Cruz  y  Nuestra  Señora  de  Candelaria 
en  la  sabana  de  Anauco  de  esta  ciudad.  (Libro  6,  fol.  247). 

En  7  de  marzo,  se  mandaron  entregar  dineros  al  obrero  mayor, 
para  continuar  el  edificio  de  la  Iglesia,  y  entre  ellos  lo  que  entregó 
el  señor  Deán  de  lo  que  se  le  suplió  en  Veracruz  del  espolio  del 
señor  Baños.  (Libro  6,  fol.  247). 

En  (se  dejó  en  blanco)  át  marzo,  se  dispuso  en  atención  a  estar 
concluida  la  parte  de  la  Iglesia  contigua  a  la  Capilla  mayor  que 
también  estaba  hecha  de  nuevo  que  el  día  del  patriarca  señor 
San  Joseph,  19  del  mismo  se  hiciese  la  bendición  y  fiesta  de  dedi- 
cación con  toda  solemnidad  participándose  antes  al  señor  Go- 
bernador. (Libro  6,  fol.  247  vto.). 

En  este  mismo  acto  se  nombró  por  juez  general  de  diezmos 
al  señor  Tesorero  Dr.  Dn.  Félix  de  Acuña,  mientras  sanaba  el 
señor  Deán  de  su  enfermedad.  (Libro  6,  fol.  248). 

Aquí  también  se  nombró  al  Dr.  Dn.  Nicolás  de  Herrera,  cura 
de  la  Catedral,  por  rector  del  seminario.  (Libro  6,  fol.  248). 

En  12  de  agosto,  se  mandaron  poner  tejas  y  encerados  a  las 
claraboyas  de  la  Iglesia,  reedificar  las  habitaciones  de  los  sacris- 
tanes, hacer  un  aposento  para  custodia  de  muebles,  reparar  al- 
gunos ornamentos  y  hacer  algunos  frontales  para  los  altares 
de  la  Antigua,  de  Santa  Rosa  y  de  la  Asunción.  (Libro  6,  fol. 
248  vto.). 

Aquí  mismo  se  nombró  por  Capellán  de  coro,  al  presbítero 
Pedro  García  Castellanos.  (Libro  6,  fol.  248  vto.). 


224 


FUENTES  PAKA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  13  de  diciembre,  tratándose  de  la  continuación  del  edi- 
ficio de  la  Iglesia  hasta  su  frente  y  capilla  de  bautisterio;  se  dispuso 
el  cobro  de  varias  cantidades  y  de  los  legados  que  hizo  por  su 
testamento  el  señor  arcediano  difunto  Dn.  Juan  Díaz  de  Vargas 
Machuca.  Y  en  atención  a  que  el  tejar  de  Carguata  arriba  fue 
concedido  por  el  Illmo.  señor  Dn.  Diego  de  Baños,  y  que  la  Iglesia 
necesitaba  de  él  para  continuar  su  edificio  y  el  del  Seminario,  se 
mandó  al  mayordomo  que  se  presentase  al  Cabildo  secular  para 
que  fuese  libre  de  toda  pensión.  (Libro  6,  fol.  249). 


Año  de  1710. 

En  31  de  enero,  se  dió  providencia  para  reparar  la  Iglesia  de 
la  ciudad  de  Valencia,  y  proseguir  la  fábrica  de  su  hospital.  (Li- 
bro 6,  fol.  250). 

En  1 1  de  marzo,  se  mandó  cubrir  la  capilla  del  bautisterio 
de  esta  Santa  Iglesia  y  que  se  concluyese  la  nave  inmediata  a  ella. 
(Libro  6,  fol.  250). 

Aquí  mismo  se  nombró  al  Ledo.  Juan  Ignacio  Camacho  por 
capellán  de  una  de  las  dos  capellanías  que  fundó  Pedro  Paredes. 
Y  por  apuntador  de  coro  al  Ledo.  Pedro  Hipólito  de  León,  uno  de 
los  capellanes  de  él.  (Libro  6,  fol.  250  vto.). 

En  22,  se  mandó  liquidar  la  cuenta  de  lo  que  se  quedó  debiendo 
de  sus  rentas  al  señor  arcediano  Dn.  Juan  Díaz  de  Vargas  para 
cumplir  la  disposición  testamental  de  éste,  de  que  la  mitad  se 
aplicase  al  nuevo  edificio  de  la  Iglesia,  y  la  otra  mitad  se  le  dijese 
de  misas  a  8  reales  por  los  señores  capitulares.  (Libro  6,  fol.  251). 

En  30  considerándose  estar  pronta  la  venida  del  Illmo.  Sor. 
Dn.  Juan  de  Jáuregui  y  Bárcena,  Obispo  electo  de  esta  diócesis, 
se  nombraron  comisarios  para  ocurrir  a  recibirle  en  el  puerto  de 
La  Guaira,  y  que  se  hiciesen  los  gastos  de  cuenta  del  Cabildo. 
(Libro  6,  fol.  251  vto.). 

En  8  de  abril,  se  dispuso  que  por  peritos  se  examinase  la  an- 
tigua portada  de  la  Iglesia,  a  fin  de  reconocer  si  podría  servir  al 
nuevo  edificio.  (Libro  6,  fol.  252). 

En  31  de  mayo,  manifestó  el  Cabildo  estar  dispuesto  a  recibir 
la  bula  de  la  Santa  Cruzada  para  su  publicación  en  esta  Santa 
Iglesia,  el  día  9  del  siguiente  junio.  (Libro  6,  fol.  252  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1710 


225 


En  4  de  julio,  agitada  la  cuestión  sobre  el  modo  debían  ser 
examinados  los  religiosos  de  San  Francisco  propuestos  para  el 
servicio  de  las  doctrinas  de  los  pueblos  del  Valle  de  Petare,  de 
San  Mateo,  y  de  San  Nicolás;  se  resolvió  dar  comisión  al  R.  P. 
Provincial  para  examinarlos  y  remitir  su  censura  al  Cabildo. 
(Libro  6,  fol.  252  vio,). 

En  15,  se  mandaron  edictos  para  la  provisión  del  curato  de 
Trujillo;  y  se  nombró  vicario  foráneo  para  la  misma  ciudad;  y  se 
mandó  participar  al  señor  Gobernador  lo  acaecido  en  el  Valle 
de  los  Cerritos  de  Cocorote,  donde  los  vecinos  de  Barquisimeto 
habían  quemado  las  casas  por  temor  de  que  no  sirviesen  de  refugio 
a  los  enemigos  que  podrían  venir  por  el  mar.  (Libro  6,  fol.  254). 

Aquí  mismo,  habiéndose  visto  los  pareceres  de  los  oficiales 
acerca  de  ser  necesario  derribar  la  portada  y  hacerla  de  nuevo; 
se  acordó  que  se  participase  al  señor  Gobernador  a  fin  de  que  en 
vista  de  los  mismos  pareceres,  explicase  el  suyo.  (Libro  6,  fol.  255). 

En  29,  se  nombró  vicario  foráneo  para  la  ciudad  de  iMara- 
caibo  y  se  mandaron  expedir  edictos  para  la  provisión  de  la  sa- 
cristía mayor  de  Nirgua.  (Libro  6,  fol.  255  vto.). 

En  Io  de  agosto,  se  mandó  al  vicario  de  Valencia  que  hiciese 
reformar  las  cuentas  del  mayordomo  de  fábrica  difunto,  y  se  dieron 
otras  providencias  relativas  a  esta  mayordomía:  y  asimismo 
acerca  de  las  que  debían  dar  los  mayordomos  del  monasterio  de 
religiosos  Concepciones  el  de  esta  Santa  Iglesia,  y  el  del  hospital 
de  San  Pablo.  (Libro  6,  fol.  256). 

En  19,  visto  lo  que  dijo  el  señor  Gobernador  acerca  de  la  por- 
tada de  esta  Santa  Iglesia,  se  dispuso:  que  se  demoliese  la  antigua, 
y  se  hiciese  de  nuevo,  precediendo  la  formación  de  diseño  y  pro- 
cediéndose  desde  luego  al  acopio  de  materiales.   (Libro  6,  fol. 

256  vto.). 

En  26,  se  mandaron  expedir  edictos  para  el  curato  de  Tru- 
jillo y  mayordomía  de  aquella  Iglesia,  y  se  nombró  cura  interino. 
(Libro  6,  fol.  257). 

En  9  de  septiembre,  se  mandó  ejecutar  la  fábrica  de  la  por- 
tada de  esta  Santa  Iglesia,  conforme  al  diseño  formado,  y  que  se 
entregasen  varias  cantidades  de  dinero  al  obrero  mayor;  y  asi- 
mismo se  dispuso:  que  para  el  arco  correspondiente  a  la  Capilla 
de  San  Pablo  coadyuvase  la  Cofradía  a  su  costo.  (Libro  6,  fol. 

257  vto.). 


16  —  ácUt,  I. 


226 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  12,  se  nombró  por  capellán  de  coro  a  Francisco  Martínez 
Sifuentes,  colegial  del  Seminario,  con  calidad  de  dejar  sustituto 
mientras  iba  a  ordenarse,  y  se  apercibió  a  un  capellán  de  coro  que 
no  asistía.  (Libro  6,  fo..  258). 

En  16,  teniéndose  presente  el  auto  de  23  de  enero  de  1676 
acerca  de  la  capellanía  y  misas  cantadas  fundada  por  doña  Elvira 
y  doña  Leonor  de  Montes,  se  mandó  al  capellán  y  al  mayordomo 
de  fábrica  que  informasen  de  su  estado.  (Libro  6,  fol.  258  vto.). 

En  21  de  octubre,  con  motivo  de  haber  venido  a  esta  ciudad 
un  hombre  llamado  Claudio  Febres,  francés,  artífice  de  órganos, 
y  que  en  esta  Santa  Iglesia  sólo  había  un  órgano  pequeño;  se 
dispuso  que  desde  luego  se  tratase  de  hacer  uno  grande,  y  porque 
la  Iglesia  no  tenía  dineros  a  causa  de  estar  haciendo  mucho  gasto 
en  el  edificio,  ofrecieron  dar  el  señor  Deán  500  pesos,  el  señor 
Chantre  400,  el  señor  Tesorero  el  costo  de  los  fuelles,  el  señor 
penitenciario  150  pesos  y  el  señor  canónigo  de  merced  que  cos- 
tearía la  caja  y  se  aceptaron  las  ofertas  hechas  también  por  Dn. 
Luis  Umpierres,  sacristán  mayor,  de  costear  el  plomo  necesario, 
por  Dn.  Pedro  Hipólito  de  León  de  50  pesos  y  25  el  Ledo.  Dn. 
Andrés  Núñez,  cura  de  la  sabana  de  Ocumare;  y  se  acordó  que  se 
solicitasen  otras  contribuciones  al  efecto  entre  los  eclesiásticos, 
para  que  la  Iglesia  tuviese  menos  que  pagar.  (Libro  6,  fol.  259). 

En  27,  se  mandó  hacer  un  reconocimiento  judicial  para  en- 
mendar el  error  que  se  había  cometido  en  la  ejecución  de  la  portada 
y  que  se  participase  al  señor  Gobernador;  y  aquí  se  enuncia  que  el 
señor  Deán  Dn.  Joseph  Melero  intentaba  edificar  una  capilla  y 
que  sirviese  a  aquel  efecto.  (Libro  6,  fol.  259  vto.). 

En  4  de  noviembre,  se  recibió  el  aviso  del  señor  Gobernador 
de  estar  presto  al  reconocimiento  de  la  portada;  y  se  acordó, 
que  luego  que  viniese  se  procediese  a  él.  Y  aquí  mismo  se  man- 
daron fijar  edictos  para  la  provisión  del  curato  de  la  ciudad  de 
Carora.  (Libro  6,  fol.  261). 

En  17,  estando  ya  ajustado  el  contrato  de  hacerse  el  órgano 
en  1.500  pesos  para  el  operario  por  su  trabajo,  se  acordó:  que  se 
pagase  de  las  rentas  de  fábrica  lo  que  faltase  para  todo  el  costo 
y  se  nombró  al  Ledo.  Dn.  Luis  Lozano  por  interventor,  y  para 
recaudar  las  ofertas.  (Libro  6,  fol.  261  vto.). 

En  2  de  diciembre,  se  acordó:  que  el  que  había  hecho  el  diseño 
de  la  portada,  que  lo  fue  Dn.  Francisco  Andrés  de  Meneses  diese 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1711 


227 


las  reglas  para  trabajarla,  y  se  concertó  al  albañil  Juan  Pablo 
Cazorla  por  dos  pesos  diarios  por  su  trabajo.  (Libro  6,  fol.  262). 

En  5,  se  dispuso:  que  el  colector  de  manuales  diese  razón  de 
lo  que  se  estaba  debiendo  por  los  censuatarios;  y  a  los  capellanes 
de  coro  que  la  diesen  de  las  misas  cantadas  fundadas  por  el  señor 
Deán  Dn.  Francisco  López;  y  por  Sebastián  Díaz  que  se  les  habían 
encargado,  expresando  cuantas  habían  celebrado  y  cuantas  se 
les  habían  pagado  (Libro  6,  fol.  263). 

Aquí  mismo  se  mandaron  reparar  algunos  ornamentos  .y  hacer 
unos  cíngulos  de  cordón  de  seda  y  otros  de  hilo.  (Libro  6,  fol. 
263  vto.). 

En  12,  se  trató  de  dar  pasto  espiritual  a  unos  indios  gentiles 
que  salieron  a  los  Valles  de  Orituco  deseando  civilizarse.  (Libro  6, 
fol.  263  vto.). 

Año  de  1711. 

En  30  de  enero,  se  dieron  algunas  providencias  relativas  a 
mayordomías  de  fábricas  y  de  hospital  de  lugares  de  tierra  adentro: 
y  por  lo  respectivo  a  la  portada  de  la  Catedral,  se  mandaron  pagar 
50  pesos  al  que  hizo  el  diseño  y  entregar  algunos  dineros  al  obrero 
mayor.  (Libro  6,  fol.  264). 

En  28  de  marzo,  se  le  mandó  hacer  al  mismo  entrega  de  otros 
dineros.  (Libro  6,  fol.  265). 

En  Io  de  junio,  se  le  mandó  hacer  otra  entrega  de  dineros 
para  los  gastos  de  la  portada,  y  del  órgano,  poner  encerados  a  las 
claraboyas  y  unas  rejas  de  fierro  en  ventanas  de  la  misma  por- 
tada. (Libro  6,  fol.  265). 

En  10  de  julio,  se  dispuso:  que  se  repitiese  la  fijación  de  edictos 
para  varias  doctrinas  del  cargo  de  clérigos  que  estaban  vacantes; 
y  que  por  lo  respectivo  a  las  del  cargo  de  la  Religión  de  San  Fran- 
cisco, se  tratase  de  demarcarle  el  territorio  de  cada  uno  y  después 
de  esto,  de  que  el  R.  P.  Provincial  presentase  para  el  servicio  de 
las  que  estaban  vacantes.  (Libro  6,  fol.  266). 

Aquí  mismo,  se  trató  acerca  de  la  representación  hecha  a 
Su  Majestad,  sobre  que  no  percibiesen  diezmos  los  doctrineros  se- 
culares y  regulares,  y  que  entre  tanto  no  viniese  la  determinación 
prosiguiesen  sin  percibirlo.  (Libro  6,  fol.  266  vto.). 

En  26  de  agosto,  habiéndose  recibido  cuatro  Reales  Cédulas 
(de  que  no  se  pusieron  copias)  el  Cabildo  prestó  su  obedecimiento 


228 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


a  todas;  y  en  cuanto  a  la  una  que  es  fecha  en  11  de  enero  de  este 
año,  participándose  los  felices  sucesos  y  victorias  de  las  armas  de 
Su  Majestad  se  mandó  hacer  en  la  Catedral  y  en  toda  la  diócesis 
solemne  función  de  acción  de  gracias.  (Libro  7,  fol.  1). 

A  la  segunda  que  es  fecha  en  31  de  julio  de  1710  en  que  se  manda 
construir  cartel  eclesiástica  y  que  no  se  pusiesen  clérigos  presos 
en  el  colegio  seminario;  se  definió  la  resolución  de  arbitrios  para 
construirla.  (Libro  7  fol.  1). 

A  la  tercera  que  es  fecha  en  9  de  febrero  de  este  año  sobre 
que  se  procurase  tuviese  efecto  el  cobro  del  legado  de  20.000  pesos 
hecho  a  favor  de  la  Real  Hacienda  por  el  proveedor  Pedro  Jaspe 
de  Montenegro;  que  se  pidiese  el  auxilio  necesario.  (Libro  6,  fol.  1). 

A  la  cuarta,  que  es  fecha  en  el  mismo  día  participándose  los 
motivos  de  la  mutación  de  los  tribunales  de  la  Corte,  y  su  resti- 
tución a  ella;  y  previniéndose  no  se  diese  cumplimiento  a  lo  que 
viniese  firmado  de  los  ministros  de  un  Consejo  falso  e  intruso  que 
aunque  no  había  llegado  caso  de  recibir  cosa  alguna,  quedaba  el 
Cabildo  advertido.  (Libro  7,  fol.  1). 

En  2  de  septiembre,  atento  lo  dispuesto  en  la  Real  Cédula 
sobre  cartel  eclesiástica,  se  dispuso:  que  Ínterin  se  tomaban  los 
medios  oportunos  para  su  construcción,  se  pasasen  los  presos  en 
el  Seminario  a  dos  aposentos  del  hospital  de  San  Pablo  y  que  se 
intimase  al  rector,  despidiesen  los  huéspedes  que  tenían  en  el 
seminario  en  el  cual  sólo  habían  de  habitar  el  rector,  vice-rector, 
colegiales,  ministros  y  criados.  (Libro  7,  fol.  2). 

En  15,  por  haber  fallecido  Francisco  de  Mendoza,  notario 
público  que  había  servido  la  secretaría  del  Cabildo  y  el  empleo 
de  contador  de  las  rentas  decimales,  se  nombró  por  notario  pú- 
blico de  la  Audiencia  episcopal  a  Joseph  de  Salas.  Y  por  lo  respec- 
tivo a  secretaría  de  Cabildo  y  contaduría  de  diezmos,  se  acordó: 
que  se  solicitasen  personas  correspondientes,  y  se  dieron  provi- 
dencias acerca  de  que  continuasen  los  pagamentos  de  rentas  de 
diezmos.  (Libro  7,  fol.  3). 

En  18  se  resolvió  que  de  los  bienes  embargados  de  Francisco 
de  Mendoza,  se  sacase  el  dinero  correspondiente  para  pagar  a 
los  señores  prebendados  y  ministros  de  la  Iglesia  las  dos  medianías 
de  este  año.  (Libro  7,  fol.  3  vto.). 

En  20  de  octubre,  atenta  la  urgencia  de  concluir  la  portada 
se  dispuso,  que  se  sacase  el  dinero  que  había  en  las  arcas  deci- 
males y  se  entregase  al  obrero  mayor,  con  calidad  de  reintegrarse 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1712  229 


de  las  rentas  de  fábrica  o  de  lo  que  había  de  pagar  Dn.  Joseph 
Oviedo  por  el  compromiso  hecho  acerca  de  la  capilla  del  Pópulo. 
(Libro  7,  fol.  5). 

Aquí  mismo,  en  atención  a  haberse  concluido  el  órgano  grande 
y  compuéstose  el  pequeño  con  adición  de  un  registro  y  en  consi- 
deración a  la  equidad,  y  buena  voluntad  con  que  lo  había  ejecutado 
Dn.  Claudio  Febres,  se  le  mandaron  dar  200  pesos  de  remuneración 
de  cuenta  de  la  fábrica.  (Libro  7,  fol.  4  vto.). 

También  se  mandaron  entregar  sus  rentas  al  ministro  de  ca- 
pilla Francisco  Pérez  Camacho,  al  sochantre  Silvestre  de  Media- 
Villa  y  capellanes  de  coro.  Y  en  este  propio  acto,  se  nombró  por 
capellán  de  coro  al  Ledo.  Dn.  Juan  Joseph  del  Castillo.  (Libro  7, 
fol.  4  vto.). 

En  4  de  diciembre,  se  admitió  la  dotación  de  1.000  pesos  de 
principal  para  los  maitines  de  la  Inmaculada  Concepción  de  Nues- 
tra Señora,  por  el  Dr.  Dn.  Juan  Chirino,  presbítero.  (Libro  7, 
fol.  4  vto.). 

En  30,  se  nombró  por  notario  público  y  del  juzgado  de  diez- 
mos y  contador  y  cobrador  de  las  rentas  decimales  a  Dn.  Juan 
García  Márques  con  el  salario  anual  de  400  pesos.  (Libro  7,  fol.  6). 


Año  de  1712. 

El  11  de  enero,  se  aprobó  el  proyecto  del  vicario  de  la  ciudad 
de  San  Sebastián  de  los  Reyes,  sobre  la  construcción  de  nueva 
Iglesia  parroquial  de  la  dicha  ciudad  de  San  Sebastián.  (Libro  7, 
fol.  7). 

En  Io  de  marzo,  se  mandaron  entregar  dineros  al  obrero  mayor 
para  concluir  la  portada  de  esta  Santa  Iglesia,  hacer  las  puertas 
principales  y  ventanas  y  poner  barandas  a  la  tribuna  del  órgano. 
(Libro  7,  fol.  8). 

En  8  de  abril,  se  dispuso  que  las  veredas  de  diezmos  de  Bar- 
quisimeto,  se  pusiesen  en  administración  y  que  el  señor  juez  de 
diezmos  lo  participase  a  los  señores  oficiales  reales,  por  lo  respec- 
tivo a  la  cuarta  episcopal  y  novenos  reales.  (Libro  7  fol.  8). 

Aquí  mismo  se  dieron  dos  capellanías  de  libre  presentación 
a  Joseph  Falcón,  clérigo  de  menores,  músico  de  esta  Santa  Iglesia. 
Y  también  se  acordó  aquí  que  se  sacase  de  lo  depositado  en  la  arca 


230 


FUENTES   PARA    I.A   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


de  diezmos  lo  necesario  para  pagar  a  los  señores  prebendados  y  a 
la  canongía  suprimida.  (Libro  7,  fol.  8  vto.). 

En  11,  habiéndose  tenido  noticia  de  estar  promovido  a  este 
obispado  el  Illmo.  Sor.  ministro  Dn.  Francisco  de  Rincón,  arzo- 
bispo de  Santo  Domingo,  y  que  intentaba  venir  por  Coro,  se  hizo 
solemne  repique  de  campanas,  y  se  mandó  remitir  un  despacho 
al  vicario  de  aquella  ciudad  para  que  lo  entregase  a  su  Sría.  I lima, 
a  fin  de  que  desde  luego  pudiese  usar  de  la  misma  jurisdicción 
que  tenía  el  Cabildo  y  asimismo  se  hiciesen  algunas  prevenciones 
para  el  recibimiento.  (Libro  7,  fol.  9). 

En  25,  habiéndose  recibido  carta  del  mismo  Illmo.  Sor.  arzo- 
bispo, y  al  mismo  tiempo  presentádose  por  sus  apoderados  una 
Real  Cédula  fecha  en  Corella  a  18  de  octubre  de  1711  (la  cual 
sigue  copiada  al  folio  14)  dirigida  al  Cabildo  en  que  se  le  avisa 
habérsele  remitido  otra  Real  Cédula  de  10  de  julio  del  propio  año, 
previniéndole  que  sin  embargo  de  que  el  señor  Dn.  Juan  de  Jáu- 
regui  y  Barcena,  electo  Obispo  de  este  obispado,  se  presentase 
con  la  de  gobierno  que  anteriormente  se  le  expidió,  no  se  diese 
cumplimiento  por  haberse  determinado  que  no  obtuviese  la  pre- 
lacia de  esta  Iglesia:  y  que  desde  luego  que  se  presentase  per- 
sonalmente el  sobredicho  señor  arzobispo,  electo  Obispo,  le  dejase 
gobernar  mientras  obtenía  las  bulas:  el  Cabildo  mandó  poner 
copia  como  se  puso  en  este  libro  de  la  carta  poder  y  Real  Cédula, 
y  reservó  el  acordar  después.  (Libro  7,  fol.  10). 

En  28,  considerado  lo  dispuesto  en  la  citada  Real  Cédula  en 
cuanto  a  que  el  Illmo.  señor  arzobispo  se  presentase  personal- 
mente a  recibir  el  gobierno,  se  acordó  declarar  insubsistente  la 
anticipada  facultad  de  gobierno  que  se  dió  en  acta  de  25  de  este 
mes  y  solamente  se  concedió  la  del  uso  del  pontifical  y  de  prac- 
ticar la  visita,  haciéndose  presente  a  su  Sría.  Illma.  aquel  primer 
acuerdo  y  que  el  Cabildo  se  hallaba  embarazado  con  el  dicho 
real  mandato  para  no  conferirle  el  gobierno  hasta  que  viniese  a 
esta  ciudad:  y  sigue  copia  de  la  carta  en  que  hizo  esta  participa- 
ción su  Sría.  Illma.  (Libro  7  fol.  15  vto.). 

Sigue  copia  del  despacho  expedido,  confiriéndole  las  facul- 
tades para  el  ejercicio  del  pontifical  y  practicar  la  visita,  y  a  su 
margen  tiene  una  nota  de  haberse  suspendido  y  recogídose  con 
la  carta  que  lo  había  de  acompañar.  (Libro  7,  fol.  19). 

En  13  de  mayo,  se  mandaron  pagar  de  lo  depositado  en  la  caja 
de  diezmos  algunos  gastos  hechos  en  el  hospital  de  San  Pablo  por 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1712  231 


su  mayordomo  y  también  se  mandaron  sacar  algunos  dineros  perte- 
necientes al  Seminario  y  a  otros  interesados,  porque  aún  sub- 
sistía embargada  la  caja  con  los  bienes  de  Francisco  Mendoza. 
(Libro  7,  fol.  20). 

Aquí  mismo,  tratándose  del  nombramiento  de  secretario  del 
Cabildo  y  conceptuándose  deber  estar  este  empleo  en  algún 
eclesiástico  como  se  había  practicado  hasta  el  ingreso  del  sobre- 
dicho Francisco  de  Mendoza,  y  ser  así  conveniente  por  la  mayor 
decencia,  se  nombró  al  Ledo.  Francisco  Martínez,  clérigo,  pres- 
bítero, capellán  de  coro  con  el  salario  acostumbrado  de  50  pesos 
cada  año,  pagables  de  la  cuarta  capitular.  (Libro  7  fol.  20  vto.). 

También  se  dispuso  en  esta  acta,  que  se  informase  a  Su  Ma- 
jestad de  los  eclesiásticos  beneméritos  de  esta  diócesis.  (Libro  7, 
fol.  21). 

En  24,  con  noticia  dada  por  el  señor  juez  de  diezmos,  se  mandó 
que  se  rematasen  los  diezmos  de  Barquisimeto  en  uno  que  los  pre- 
tendía; y  que  se  pusiesen  en  administración  varias  veredas  de  la 
casa  que  no  se  habían  podido  rematar.  (Libro  7,  fol.  21). 

En  28,  se  dispuso,  que  de  la  caja  de  diezmos  embargada  con 
los  bienes  de  Francisco  Mendoza,  se  sacasen  las  cantidades  que 
había  en  ella  y  se  entregasen  a  los  partícipes  a  quienes  tocaban. 
Y  que  se  hiciese  el  remate  que  se  proponía  de  una  de  aquellas 
veredas  que  se  habían  mandado  poner  en  administración.  (Libro 
7,  fol.  21  vto.). 

En  3  de  junio,  manifestó  el  Cabildo  su  deferencia  a  recibir 
la  bula  de  la  Santa  Cruzada,  que  se  había  de  publicar  en  esta 
Santa  Iglesia  el  día  12  de  este  mes.  (Libro  7,  fol.  22). 

En  7,  se  dispuso:  que  se  sacasen  algunos  dineros  de  lo  tocante 
a  la  fábrica  en  los  diezmos  para  pagar  los  oficiales  que  habían 
concluido  el  edficio  de  esta  Santa  Iglesia,  y  para  hacer  algunos 
reparos  en  ella  y  en  el  Palacio  Episcopal.  (Libro  7,  fol. 
22  vot.). 

Faltan  aquí  los  folios  23,  24,  25  y  26,  que  no  se  hallaron  al  tiempo 
de  la  nueva  encuademación  de  este  libro;  y  en  el  27  hay  un  Cabildo 
cuya  fecha  no  se  sabe  por  haber  quedado  en  el  26:  en  él  se  nombró 
para  músico  de  la  capilla  a  Juan  Joseph  Falcón,  clérigo  de  me- 
nores. (Libro  7,  fol.  27). 

Aquí  mismo  se  mandaron  pagar  sus  salarios  a  los  ministros 
subalternos  de  esta  Santa  Iglesia,  y  se  encargó  al  ministro  de  ca- 
pilla la  enseñanza  de  música,  como  era  de  su  obligación,  perci- 


232 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


biéndole.  Y  en  este  propio  acto  se  dió  providencia  sobre  reedifi- 
cación de  la  enfermería  del  hospital  de  San  Pablo.  (Libro  7, 
fol.  27). 

En  5  de  octubre,  habiéndose  recibido  noticia  del  señor  comi- 
sionado en  La  Guaira,  de  haber  llegado  el  Illmo.  Sor.  ministro 
Dn.  Fr.  Francisco  del  Rincón,  y  que  al  siguiente  día  6  entraría 
a  esta  ciudad,  se  acordó  el  convite  al  clero  y  religiones  para  ir 
a  la  Iglesia  de  Nuestra  Señora  de  Altagracia  a  recibir  a  su  Sría. 
Illma.  haciéndose  al  efecto  las  debidas  prevenciones  por  el  mi- 
nistro de  ceremonias.  (Libro  7,  fol.  27). 

En  7,  estando  el  sobredicho  Illmo.  señor  en  la  sala  capitular 
y  sentado  en  la  silla  del  prelado,  hizo  manifestación  de  una  Real 
Cédula  de  18  de  octubre  de  1711  (que  es  el  original  del  testimonio 
que  se  cita  en  la  acta  de  25  de  abril  de  este  año,  y  que  también 
se  puso  aquí  otra  copia  con  adición  de  la  diligencia  del  juramento 
prestado  por  su  Sría.  Illma.  ante  el  señor  Gobernador)  y  en  su 
vista  el  Cabildo  obedeciéndola  manifestó  a  su  Sría.  Illma.  toda 
la  jurisdicción  que  en  él  residía.  (Libro  7,  fol.  27  vto.). 

En  22  de  noviembre,  habiéndose  contradicho  por  los  demás 
señores  capitulares  el  que  tomase  en  Cabildo  el  primer  asiento  el 
señor  Deán  ocupando  el  mismo  lugar  del  prelado  cuando  éste  no 
asista:  y  contestando  el  señor  Deán  los  fundamentos  y  causas 
que  tenía  para  ello  protestando  ocurrir  a  juez  competente  lo  que 
le  conviniese  sobre  la  quieta  y  pacífica  posesión  en  que  había 
estado  de  ejecutarlo  así;  y  quedó  sentado  en  el  propio  lugar.  (Li- 
bro 7,  fol.  29  vto.). 

En  este  mismo  acto,  se  recibieron  dos  Reales  Cédulas  de  igual 
tenor,  fechas  en  Guadarrama  a  20  de  octubre  de  1706  encargando 
al  Cabildo  concurra  por  su  parte  al  empréstito  que  había  de  pedir 
el  virrey  de  Nueva  España  y  habiéndose  obedecido  insinuó  el 
Cabildo  que  ya  con  la  noticia  que  tuvo  de  este  empréstito  había 
hecho  el  donativo  de  2.000  pesos  en  su  acta  de  19  de  noviembre 
de  1707,  y  estaba  ya  cumplido.  (Libro  7,  fol.  30). 

También  en  este  acto,  recibido  un  oficio  del  Illmo.  Sor.  Obispe 
en  que  solicita  informe  del  Cabildo  sobre  lo  que  se  hubiese  prac- 
ticado en  el  punto  de  paz  en  las  misas  y  venia  en  los  sermones, 
al  señor  Gobernador,  para  responder  a  un  exhorto  de  éste:  el 
Cabildo  mandó  hacer  desde  luego  el  informe  por  escrito:  mas 
no  hay  copia  de  esta  contestación.  (Libro  7,  fol.  30  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1713 


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Año  de  1713. 

En  24  de  enero,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  la  sala  capi- 
tular para  tratar  como  se  trató  del  cumplimiento  de  la  Real  Cé- 
dula en  que  se  manda  construir  cárcel  eclesiástica;  se  resolvió 
que  se  hiciese  a  espaldas  de  la  capilla  de  San  Pedro  a  derecha  e 
izquierda  del  callejón  de  entrada  al  cementerio,  aplicándose  a 
este  efecto  los  restos  que  había  de  algunas  condonaciones;  y  se 
nombró  por  interventor  de  la  obra  al  Ledo.  Dn.  Luis  Umpierres 
Lozano,  sacristán  mayor  de  esta  Santa  Iglesia.  (Libro  7,  fol.  30  vto.). 

En  este  propio  acto,  se  acordó  que  se  construyese  sacristía 
a  espaldas  de  la  capilla  mayor,  comprándose  al  efecto  una  tienda 
que  allí  tenía  Dn.  Andrés  de  la  Madriz  para  lo  cual  se  comisionó 
al  señor  Deán.  (Libro  7,  fol.  31). 

En  8  de  marzo,  habiendo  insinuado  el  señor  Deán  que  el  dicho 
Madriz,  no  vendía  la  tienda  sino  junto  con  otra  contigua  y  que 
por  cada  una  se  le  habían  de  dar  600  pesos;  y  que  lo  había  consul- 
tado con  su  Sría.  Illma.  y  estimaba  conveniente  la  compra  para 
que  las  ventanas  de  la  sacristía  quedasen  hacia  solar  propio  de  la 
Iglesia,  y  que  allí  mismo  se  podrían  fabricar  otras  piezas  nece- 
sarias a  la  Iglesia;  se  acordó:  que  en  esta  atención  y  a  que  el  precio 
parecía  justo,  se  hiciese  la  compra,  comisionándose  para  ella  al 
señor  Deán.  (Libro  7,  fol.  31  vto.). 

En  23,  se  mandaron  pasar  al  Illmo.  Sor.  Obispo  dos  Reales 
Cédulas  dirigidas  a  su  Sría.  Illma.  que  recibió  el  Cabildo,  la  una 
encargándole  vele  sobre  sus  subditos  a  fin  de  que  los  enemigos 
no  lograsen  sus  cautelosas  acechanzas;  y  la  otra  para  que  se  remi- 
tiese a  España  a  un  religioso  Capuchino.  (Libro  7,  fol.  32). 

Aquí  mismo,  habiéndose  recibido  una  Real  Cédula  (que  sigue 
copiada)  de  10  de  julio  de  1711,  avisando  al  Cabildo  haberse  re- 
vocado los  reales  despachos  expedidos  al  señor  Dn.  Juan  de  Jáu- 
regui  y  Bárcena  para  el  gobierno  de  este  obispado;  que  sí  estu- 
viese gobernando  los  suspendiese;  o  no  lo  recibiese  si  viniese;  el 
Cabildo  volvió  a  prestar  su  obedecimiento  a  esta  real  determinación. 
(Libro  7,  fol.  32  vto.). 

En  2  de  abril,  presentado  el  real  despacho  de  9  de  julio  del 
año  anterior,  en  que  es  promovido  el  señor  Tesorero  Dr.  Dn.  Félix 
de  Acuña  a  la  dignidad  de  arcediano,  vacante  por  fallecimiento 
del  señor  Dn.  Juan  Díaz  de  Espino,  y  las  diligencias  operadas 


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FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


entre  el  Illmo.  Sor.  Obispo;  estando  su  Sría.  Illma.  junto  con  el 
Cabildo  en  el  coro,  le  dio  la  colación  y  seguidamente  la  posesión 
con  las  ceremonias  acostumbradas  en  la  silla  del  mismo  coro  y 
de  la  sala  capitular  donde  hizo  la  profesión  de  la  fe  y  el  juramento. 
(Libro  7,  fol.  33). 

En  el  mismo,  presentado  el  real  despacho  de  9  de  julio  del 
año  anterior,  en  que  es  promovido  a  la  dignidad  de  chantre  (va- 
cante por  promisión  a  la  de  arcediano  del  señor  Dr.  Dn.  Félix 
de  Acuña,  quien  no  recibió  posesión  de  aquélla  y  pasó  de  la  Teso- 
rería al  arcedianato)  el  señor  penitenciario  Dn.  Bernabé  de  Acuña, 
y  presentadas  también  las  diligencias  operadas  ante  el  Illmo. 
Sor.  Obispo,  se  le  dió  la  colación  y  posesión  del  mismo  modo  que 
al  antecedente.  (Libro  7,  fo..  36). 

En  26,  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  se  trató  acerca  de  iniciar 
el  concurso  a  la  canongía  penitenciaria,  vacante  por  promoción 
del  señor  ministro  Dn.  Bernabé  de  Acuña  a  la  chantría  y  se  acordó 
que  se  formase  auto  para  hacer  la  participación  al  señor  Gober- 
nador, y  procederse  a  la  fijación  de  edictos.  (Libro  7,  fol.  40). 

Aquí  mismo  se  mandó:  que  la  propia  Cruz  y  peana  que  servía 
de  Sagrario  el  Jueves  Santo  para  el  monumento,  se  hiciese  de  nuevo 
de  la  mejor  madera  y  que  se  le  pusiesen  los  propios  cristales  y 
adornos  de  bronce  que  tenía  la  antigua.  (Libro  7,  fol.  40). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


Año  de  1714. 

En  10  de  abril,  se  mandó  justificar  la  costumbre  de  darse  las 
Pascuas  en  los  sermones  de  ellas,  primero  al  Illmo.  Sor.  Obispo, 
Cabildo  y  clero  y  después  al  señor  Gobernador  y  Cabildo  secular, 
y  que  no  perjudicase  el  acto  de  haberse  dado  primero  al  señor 
Gobernador  en  el  de  Pascua  de  Resurrección:  y  asimismo  se  mandó 
participar  esto  al  Illmo.  Sor.  Obispo  que  se  hallaba  en  la  ciudad 
de  Coro  en  la  visita.  (Libro  7,  fol.  40  vto.). 

En  20  de  junio,  se  dió  pleno  poder  y  facultad  al  señor  Deán 
para  la  defensa  del  Cabildo  en  el  punto  que  se  expresa  en  el  an- 
terior y  otros  incidentes  provocados  por  el  señor  Gobernador  en 
un  exhorto  contra  el  auto  del  señor  provisor  en  que  amparó  al 
Cabildo  en  la  costumbre  referida.  (Libro  7,  fol.  41). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1714 


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En  3  de  agosto,  tratándose  de  traer  en  procesión  de  rogativa 
por  peste  que  había  iniciado  en  la  ciudad  de  Coro,  a  la  gloriosa 
Santa  Rosalía  desde  su  ermita  a  esta  Santa  Iglesia  por  ser  abogada 
de  la  peste  en  esta  ciudad  de  Caracas;  habiendo  ocurrido  la  no- 
vedad al  comenzarse  el  acto  de  oponerse  el  señor  Gobernador  a 
que  los  señores  prebendados  llevasen  quitasoles  en  la  procesión; 
por  último  se  suspendió  ésta  y  el  Cabildo  ocurrió  a  hacer  justi- 
ficación de  la  costumbre  ante  el  señor  provisor,  habiéndose  traído 
la  imagen  de  la  Santa  por  el  clero  para  hacerle  ocho  días  de  fiestas 
en  la  Catedral.  (Libro  7,  fol.  41  vto.). 

Este  Cabildo  está  autorizado  por  Francisco  Joseph  Cedillo 
que  se  firma  secretario  de  Cabildo,  y  no  consta  su  nombramiento. 
(Libro  7,  fol.  41  vto.). 

En  8  de  septiembre,  presentado  el  real  despacho  dado  en 
Madrid,  a  31  de  diciembre  del  año  anterior,  en  que  es  promovido 
el  señor  Dr.  Dn.  Nicolás  de  Herrera  y  Ascanio,  a  la  canongía 
magistral  de  esta  Santa  Iglesia,  vacante  por  fallecimiento  del 
señor  Dr.  Dn.  Domingo  López  y  asimismo  un  despacho  del  Illmo. 
Sor.  Obispo  en  que  da  comisión  al  señor  Deán  para  dar  la  colación 
al  dicho  señor  Herrera  que  era  su  provisor  y  vicario  general,  el 
mismo  señor  Deán  estando  junto  con  el  Cabildo  en  el  coro,  le  dió 
la  colación  y  seguidamente  en  las  sillas  del  coro  y  sala  capitular 
la  posesión  con  las  ceremonias  acostumbradas,  juramento  y  pro- 
fesión de  la  fe.  (Libro  7,  fol.  43). 

En  22,  con  motivo  de  haber  llegado  las  bulas  al  Illmo.  señor 
Obispo  que  estaba  ausente,  se  dispuso:  que  se  diese  esta  noticia 
a  su  Sría.  Illma.  y  que  se  hiciese  solemne  función  de  acción  de 
gracias.  (Libro  7,  fol.  44  vto.). 

Aquí  mismo  habiéndose  recibido  dos  Reales  Cédulas  (que 
siguen  copiadas)  la  una  de  10  de  octubre  del  año  anterior  en  que 
se  solicita  un  donativo  para  los  gastos  del  sitio  puesto  a  Barcelona 
por  mar  y  por  tierra;  y  la  otra  de  21  de  abril  del  presente  año, 
sobre  que  se  suspendiese  la  exacción  de  las  mesadas  eclesiásticas 
por  haberse  acabado  el  tiempo  de  su  concesión  y  que  se  afianzasen 
las  que  ocurriesen,  mientras  se  expedía  por  Su  Santidad  la  pro- 
rrogación: el  Cabildo  prestó  a  ambas  su  obedecimiento.  (Libro  7, 
fol.  45). 

En  27,  presentado  el  real  despacho  de  10  de  marzo  de  este  año 
en  que  es  promovido  el  señor  canónigo  de  merced  Dr.  Dn.  Gabriel 
Matías  de  Ibarra  a  la  dignidad  de  Tesorero  vacante  por  dejación 


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FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


que  cíe  ella  hizo  Dn.  Antonio  Escalante  Barroso  (el  cual  no  tomó 
posesión);  y  asimismo  las  diligencias  operadas  ante  el  señor  pro- 
visor y  vicario  general,  estando  este  señor  con  el  Cabildo  en  el 
coro  de  esta  Santa  Iglesia,  le  dió  la  colación  y  separadamente  la 
posesión  en  las  sillas  de  él  y  de  la  sala  capitular  con  las  ceremonias 
acostumbradas  juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  7,  fol.  47). 

En  29,  presentado  el  real  despacho  de  10  de  marzo  de  este  año 
en  que  es  promovido  a  la  canongía  de  merced  el  señor  Dn.  Luis 
Umpierres  Lozano,  presbítero,  cura  de  esta  Santa  Iglesia,  y  las 
diligencias  operadas  ante  el  señor  provisor  y  vicario  general,  se 
le  dió  la  colación  y  posesión  del  mismo  modo  que  al  antecedente. 
(Libro  7,  fol.  50). 

En  22,  de  octubre,  por  fallecimiento  del  señor  Deán  Br.  Dn. 
Joseph  Melero,  se  nombró  por  juez  general  de  diezmos  al  señor 
Tesorero  Dr.  Dn.  Gabriel  Matías  de  Ibarra;  y  se  mandó  remitir 
testimonio  de  la  acta  al  Illmo.  Sor.  Obispo  ausente  en  su  visita 
para  la  confirmación,  y  para  entre  tanto,  le  confirió  jurisdicción 
el  señor  provisor  que  estaba  presente.  En  este  Cabildo  se  halla  la 
primera  vez,  la  expresión  de  haber  sido  citados  los  señores  capi- 
tulares por  cédula  ante  diem:  anteriormente  se  hacia  con  recado 
verbal  por  medio  del  pertiguero.  (Libro  7,  fol.  52  vto.). 

En  25,  de  diciembre,  habiéndose  presentado  el  señor  Dr.  Dn. 
Nicolás  de  Herrera  y  Ascanio,  canónigo  magistral,  provisor  y 
vicario  general,  con  un  poder  del  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Francisco 
del  Rincón,  otorgado  en  Maracaibo  a  20  de  octubre  de  este  año, 
las  bulas  de  Su  Santidad  el  señor  Clemente  XI,  expedidas  a  26 
de  febrero  de  1713,  en  Santa  María  la  mayor  de  Roma,  y  el  real 
ejecutorial  del  señor  Felipe  V  expedido  en  Madrid  a  26  de  abril 
de  este  año  de  1714,  se  dió  la  posesión  de  este  obispado  al  dicho 
apoderado,  primero  en  la  sala  capitular,  luego  en  el  coro,  y  después 
en  la  Audiencia  Episcopal  con  las  ceremonias  acostumbradas  e 
hizo  el  juramento  prevenido  en  las  bulas  y  el  de  guardar  los  esta- 
tutos de  esta  Santa  Iglesia,  según  todo  consta  del  testimonio  com- 
pulsado de  todo.  (Libro  7,  fol.  53  vto.). 

Año  de  1715. 

En  12  de  enero,  presentado  el  real  despacho  de  10  de  agosto 
del  año  anterior,  en  que  es  promovido  el  señor  Dr.  Dn.  Juan 
Chirino,  cura  que  había  sido  de  la  ayuda  de  parroquia  de  San 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1715 


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Pablo  y  actualmente  de  la  Catedral,  a  la  canongía  penitenciaria 
vacante  por  promoción  del  Señor  Dn.  Bernabé  de  Acuña,  y  asi- 
mismo las  diligencias  operadas  ante  el  señor  provisor  y  vicario 
general,  se  le  dio  por  éste,  estando  en  el  coro  con  el  Cabildo  la 
colación,  y  seguidamente  la  posesión  con  las  ceremonias  acostum- 
bradas juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  7,  fol.  57). 

En  5  de  febrero,  habiéndose  recibido  carta  del  Illmo.  Sor. 
Obispo  que  se  hallaba  en  Trujillo,  con  un  despacho  en  que  con- 
firma la  elección  de  juez  de  diezmos  hecha  por  el  Cabildo  en  22 
de  octubre  del  año  anterior,  se  prestó  el  obedecimiento  y  se  mandó 
poner  como  se  puso  copia  en  este  libro.  (Libro  7,  fol.  59). 

Aquí  mismo,  atenta  la  insinuación  hecha  por  su  Sría.  Illma. 
se  mandó  dar  principio  a  la  fábrica  de  la  sacristía  de  esta  Santa 
Iglesia,  precedida  participación  al  señor  vice-patrono  real  por 
diputación.  (Libro  7,  fol.  59). 

También  se  trató  aquí  de  las  capellanías  fundadas  por  doña 
Elvira  y  doña  Leonor  de  Montes,  y  se  mandó  al  colector  que  hi- 
ciese dimisión  de  ellas  ante  el  señor  provisor.  (Libro  7  fol.  59  vto.). 

En  25  de  abril,  habiéndose  presentado  el  Dr.  Dn.  Joseph 
Mijares  y  Solórzano,  con  un  título  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  en  que 
lo  nombra  por  uno  de  los  tenientes  de  cura  de  esta  Catedral  en  el 
curato  vacante  por  promoción  del  señor  Dr.  Dn.  Juan  Chirino, 
el  Cabildo  lo  hubo  por  presentado  y  mandó  poner  como  se  puso 
copia  de  él  en  este  libro.  (Libro  7,  fol.  60). 

En  6  de  agosto,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular 
se  eligió  por  conciliario  del  Seminario  al  señor  arcediano  Dr.  Dn. 
Félix  de  Acuña.  (Libro  7,  fol.  61). 

También  en  este  acto  se  dió  providencia  sobre  que  se  conti- 
nuase la  fábrica  de  la  sacristía.  (Libro  7,  fol.  61). 

En  19  de  noviembre,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  ca- 
pitular, tratándose  acerca  de  la  Real  Cédula  expedida  en  31  de 
diciembre  de  1712,  sobre  la  fiesta  de  los  desagravios,  se  acordó 
que  cada  año  perpetuamente  se  celebrase  en  la  Dominica  segunda 
de  adviento  con  la  mayor  ostentación  que  fuese  posible,  estando 
patente  el  Santísimo  Sacramento  y  la  imagen  de  Nuestra  Señora 
de  la  Concepción,  cantándose  después  de  nona  (celebrada  antes 
de  la  misa  de  la  Dominica)  misa  votiva  pro  re  gravi  del  Santísimo 
Sacramento,  con  las  oraciones  pro  gratiarum  actiene,  de  la  Inma- 
culada Concepción  y  colecta,  todo  bajo  de  una  conclusión,  y  las 
demás  circunstancias  correspondientes,  y  que  el  sermón  lo  pre- 


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FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


dicase  el  señor  magistral,  conmutándolo  con  el  que  había  de  pre- 
dicar en  la  Dominica  primera,  el  cual  lo  predicaría  la  religión 
de  Santo  Domingo:  que  en  la  procesión  se  cantase  el  himno  Pange 
Itngua,  hasta  la  puerta  del  Perdón,  en  que  comenzaría  solemne- 
mente el  Te  Deum  laudamus.  Y  su  Sría.  Illma.  ofreció  hacer  el 
inicio  en  este  año  cantando  la  misa  de  pontifical.  (Libro  7,  fol. 

61  vto.). 

Sigue  testimonio  de  la  citada  Real  Cédula  de  31  de  diciembre 
de  1712,  en  la  cual  enunciándose  los  beneficios  del  Cielo  que  reci- 
bieron las  armas  españolas  en  la  batalla  campal  que  tuvo  el  año 
de  1710  en  los  campos  de  Brihuega  y  Villa  Viciosa,  habiendo  dado 
el  sentimiento  de  las  profanaciones  que  allí  hicieron  los  herejes 
a  los  templos  y  sagradas  imágenes,  y  lo  más  doloroso  al  Santísimo 
Sacramento,  arrojado  y  puesto  en  precio  y  almoneda  con  sus  vasos 
sagrados;  se  manda  que  perpetuamente,  en  todas  las  ciudades, 
villas  y  lugares,  se  haga  una  solemne  fiesta  en  la  Dominica  inmediata 
al  día  de  la  Inmaculada  Concepción  de  Nuestra  Señora  de  desa- 
gravio al  Divino  Señor  Sacramentado,  en  manifestación  del  do- 
loroso y  justo  sentimiento  de  las  injurias  y  ultrajes  que  le  fueron 
hechos  por  los  enemigos  de  la  Religión,  cantándose  misa  votiva 
del  Santísimo  Sacramento  con  conmemoración  a  la  Inmaculada 
Concepción.  (Libro  7,  fol.  62  vto.). 

En  este  mismo  testimonio  está  inserto  el  primer  auto  de  su 
Sría.  Illma.  el  dictamen  de  los  maestros  de  ceremonias,  y  la  junta 
que  se  hizo  del  clero  en  el  Palacio  Episcopal  en  que  se  pres- 
tó  el    consentimiento    para    la    misma    fiesta.    (Libro    7,  fol. 

62  vto.). 

En  17  de  diciembre,  en  vista  de  una  real  provisión  del  Supremo 
Consejo  de  Indias,  fecha  en  el  Buen  Retiro  a  30  de  enero  de  este 
año  sobre  pertenencia  de  los  diezmos  de  la  costa  de  Bobures  y  de 
San  Pedro  en  la  Laguna  de  Maracaibo,  que  pretendía  el  Cabildo 
eclesiástico  de  Santa  Fé,  mediante  el  lilis  que  había  sobre  los 
mismos  terrenos  entre  los  Cabildos  seculares  de  Gibraltar  y  de 
Maracaibo,  y  asimismo  con  presencia  de  un  auto  del  Illmo.  Sor. 
Obispo  con  el  cual  se  pasó  al  Cabildo,  se  acordó  insinuar  que  éste 
quedaba  pronto  a  comparecer  en  el  Supremo  Consejo  a  la  defensa 
de  los  mismos  territorios  y  sus  diezmos.  (Libro  7,  fol.  65). 

Sigue  otro  testimonio  de  la  misma  real  provisión  con  un  cer- 
tificado de  su  intimación.  (Libro  7  ,fol.  67  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1716 


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Año  de  1716. 

En  27  de  junio,  presentado  el  real  despacho  de  20  de  junio 
de  1715  en  que  es  promovido  el  señor  arcediano  Dr.  Dn.  Félix 
de  Acuña  a  la  dignidad  de  Deán,  vacante  por  fallecimiento  del 
señor  Dn.  Joseph  Melero,  y  las  diligencias  operadas  ante  el  Illmo. 
Sor.  Obispo,  estando  su  Sría.  Illma.  junto  con  el  Cabildo,  le  dió 
la  colación  y  seguidamente  la  posesión  en  las  sillas  de  coro  y  sala 
capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas,  juramento  y  profe- 
sión de  la  fe.  (Libro  7,  fol.  71  vto.). 

En  29,  presentado  el  real  despacho  de  27  de  julio  de  1715  en 
que  es  promovido  el  señor  Chantre  maestro  Dn.  Bernabé  de 
Acuña  a  la  dignidad  de  arcediano,  se  le  dió  la  colación  y  posesión 
del  mismo  modo  que  se  expresa  en  la  nota  anterior.  El  real  des- 
pacho está  al  folio  70,  y  la  posesión  al  73.  (Libro  7,  fol.  73). 

En  14  de  julio,  habiéndose  recibido  una  carta  del  Tribunal 
de  la  Inquisición  de  Cartagena,  en  que  avisa  al  Cabildo  haber 
nombrado  al  comisario  de  esta  ciudad  para  percibir  la  renta  de 
la  canongía  suprimida,  se  mandó  copiar  en  el  libro  y  pasarse  original 
al  señor  juez  de  diezmos.  (Libro  7,  fol.  73  vto.). 

En  5  de  agosto,  presentado  el  real  despacho  de  5  de  octubre 
de  1715,  en  que  es  promovido  el  señor  penitenciario  Dr.  Dn. 
Nicolás  de  Herrera  y  Ascanio  a  la  dignidad  de  Chantre,  y  las  di- 
ligencias operadas  ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  estando  su  Sría. 
Illma.  con  el  Cabildo,  le  dió  la  colación  y  seguidamente  la  posesión 
en  el  coro  y  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas 
juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  7,  fol.  74). 

En  2  de  septiembre,  habiéndose  propuesto  siete  puntos  de 
dudas  acerca  de  misas  de  los  dignidades  y  canónigos,  de  las  de 
manuales  solemnes  y  de  estipendios  y  suplementos;  se  acordó 
que  se  citase  para  tratar  de  ellos.  (Libro  7  fol.  76). 

En  15,  se  acordó  que  las  misas  que  se  dijesen  a  las  siete  de 
la  mañana  después  de  prima,  a  saber:  las  de  los  primeros  lunes, 
viernes  y  sábados  de  cada  mes  conforme  a  la  erección  y  las  que 
según  ella  había  de  dotación,  y  otras  que  a  la  misma  hora  se  decían 
después  de  tercia,  así  en  Cuaresma  como  en  Témporas  y  vigilias, 
las  dijesen  los  señores  canónigos,  conforme  al  capítulo  10  de  la 
erección  latina:  que  no  habiendo  canónigo  que  la  cante  corra  al 
cuidado  de  los  señores  dignidades  por  su  turno:  que  en  los  días 


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FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


que  hubiese  cuatro  misas  cantadas,  y  que  no  hubiese  tantos  canó- 
nigos, habiendo  de  entrar  los  dignidades,  cantasen  éstos  las  pri- 
meras de  altar  mayor  por  su  turno,  y  las  demás  los  canónigos: 
que  en  los  días  de  primera  y  segunda  clase  que  hubiese  misa  de 
dotación,  cantase  el  señor  dignidad  la  que  se  celebra  a  las  nueve: 
que  separándose  la  distribución  de  la  misa,  y  lo  correspondiente 
a  los  capellanes,  lo  restante  se  distribuyese  entre  los  interesados 
y  canongía  de  inquisición  por  iguales  partes:  que  la  distribución 
de  las  dichas  misas  a  la  hora  de  las  siete  haya  de  ser  llevando  el 
celebrante  el  duplo  canonical  de  lo  que  gana  a  cada  hora  del  día, 
y  que  aunque  sea  el  celebrante  dignidad  sólo  lleve  el  duplo  cano- 
nical por  ser  subrogante  de  los  señores  canónigos:  que  la  regu- 
lación de  este  duplo  se  hiciese  por  el  contingente  del  año  anterior, 
a  fin  de  que  no  se  dilate:  que  a  las  misas  de  los  sábados  fundadas 
por  doña  Catalina  Mejía,  asistiesen  de  diáconos  los  capellanes, 
dándoseles  en  cada  año  100  reales,  y  que  lo  mismo  se  observase 
en  los  que  se  cantan  los  lunes  por  los  curas,  y  que  como  se  había 
acostumbrado,  se  diesen  de  la  colecturía  un  peso  a  los  capellanes 
asistentes  a  las  misas  de  manuales  y  asistiendo  los  diez,  a  real  cada 
uno.  (Libro  7,  fol.  76). 

En  2  de  diciembre,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capi- 
tular, se  dispuso:  que  en  la  parroquia  de  esta  Santa  Iglesia  hubiese 
dos  monacillos  como  estaba  concedido  por  las  constituciones 
sinodales  a  todas  las  demás  parroquias.  Y  asimismo  se  dispuso: 
que  se  nombrase  bajonista  y  también  quien  sirviese  las  dos  plazas 
de  música  fundadas  por  el  señor  Deán  Dn.  Sebastián  Moreno  en 
el  capital  de  2.366  pesos.  (Libro  7,  fol.  77). 

Año  de  1717. 

En  25  de  febrero,  expresándose  que  el  Illmo.  señor  Dn.  Fr. 
Francisco  del  Rincón,  con  motivo  de  su  traslación  al  arzobispado 
de  Santafé  se  despidió  del  Cabildo  desde  el  mismo  día  que  se  la 
participó,  que  fue  el  20  de  octubre  del  año  anterior,  y  estando  al 
presente  en  la  ciudad  de  Trujillo,  le  había  escrito  que  el  día  4  de 
este  presente  mes  saldría  de  allí,  y  que  al  tercero  día  estaría  fuera 
de  la  jurisdicción,  el  Cabildo  declaró  la  vacante  de  esta  silla  epis- 
copal, mandó  denunciarla  con  la  campana  y  señaló  el  día  27  para 
elegir  provisor.  (Libro  7,  fol.  77  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1717 


241 


En  27,  hecha  reservación  de  la  jurisdicción  graciosa  y  volun- 
taria, y  la  provisión  de  beneficios  curados  y  simples,  y  hecha  la 
votación  para  elegir  provisor  y  vicario  general,  por  haber  salido 
casada,  se  reservó  para  el  día  18  de  marzo,  el  repetirse.  (Libro  7, 
fol.  78). 

Aquí  mismo  se  acordó,  que  los  vicarios  de  esta  diócesis  y  sus 
tenientes  continuasen  en  sus  empleos.  (Libro  7,  fol.  78  vto.). 

En  Io  de  marzo,  con  motivo  de  haber  enfermado  el  señor 
Deán,  tuvo  a  bien  el  Cabildo  reservar  para  otro  día  la  elección 
de  provisor.  (Libro  7,  fol.  79). 

En  3,  fue  electo  a  pluralidad  de  votos  el  señor  Chantre  Dr. 
Dn.  Nicolás  de  Herrera  por  provisor  y  vicario  general,  quien  en 
el  mismo  acto  aceptó  y  juró,  y  por  lo  respectivo  a  la  jurisdicción 
reservada  en  el  Cabildo,  se  le  concedió  que  pudiese  despachar 
licencias  de  oratorios  y  hacer  su  visita,  de  dar  también  las  de 
altar  portátil,  de  celebrar,  predicar  y  confesar,  de  tener  el  gobierno 
del  Seminario,  y  de  encomendar  sermones.  (Libro  7,  fol.  79). 

En  11  se  reeligió  por  vicario  del  convento  de  religiosas  Con- 
cepciones de  esta  ciudad,  al  sobredicho  señor  Chantre,  reservando 
el  Cabildo  el  nombramiento  de  primero  y  de  segundo  capellán. 
(Libro  7,  fol.  80). 

Aquí  mismo  se  nombró  por  promotor  fiscal  a  Dn.  Pedro  Lo- 
renzo de  Urquia.  (Libro  7,  fol.  80). 

En  8  de  abril,  se  nombró  al  Dr.  Dn.  Francisco  Martínez  por 
cura  de  la  Catedral,  en  el  curato  vacante  por  fallecimiento  del 
Ledo.  Dn.  Francisco  Piñango,  y  aquí  se  dice  que  era  sacristán 
mayor  el  Dr.  Dn.  Juan  Francisco  Cubillán.  (Libro  7,  fol.  80  vto.). 

En  15,  habiéndose  recibido  varias  cartas  se  dieron  provi- 
dencias gubernativas  especialmente  para  nombramiento  de  sa- 
cristán mayor  de  Maracaibo.  (Libro  7,  fol.  81). 

En  20  de  mayo,  con  motivo,  de  estar  suspensa  la  obra  de  la 
sacristía  de  esta  Santa  Iglesia  Catedral  por  falta  de  medios,  se 
acordó  tomar  prestado  en  la  caja  de  diezmos  789  pesos  pertene- 
cientes al  hospital  de  San  Sebastián  y  266  pesos  al  de  Nirgua; 
respecto  a  que  ninguna  de  estas  ciudades  tenía  necesidad,  por  no 
estar  erigidos  sus  hospitales,  quedando  obligadas  las  rentas  de 
fábrica  al  reintegro.  (Libro  7,  fol.  81  vto.). 

En  este  Cabildo  comienza  a  autorizar  Dn.  Juan  de  Talavera, 
titulándose  secretario  de  Cabildo,  cuyo  nombramiento  no  consta. 
(Libro  7,  fol.  81  vto.). 


17  —  Acta*.  1. 


242 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  Io  de  junio,  se  nombró  por  sacristán  mayor  de  la  Catedral 
al  Ledo.  Dn.  Antonio  Chirino,  presbítero,  por  haber  renunciado 
el  Dr.  Dn.  Juan  Francisco  Cubillán.  (Libro  7,  fol.  82). 

En  el  mismo  día,  se  nombraron  cinco  examinadores  sinodales. 
(Libro  7,  fol.  82  vto.). 

En  6  de  agosto,  habiéndose  tenido  noticia  de  estar  electo 
Obispo  de  esta  diócesis  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Juan  Joseph  Escalona 
(no  se  dice  que  empleo  había  obtenido)  y  que  vendría  en  una 
flota  al  puerto  de  La  Guaira;  se  nombraron  comisionados  para 
obsequiarle,  y  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica  que  reparase 
el  palacio  Episcopal.  (Libro  7,  fol.  83). 

Volvió  a  autorizar  el  secretario  Dn.  Francisco  Joseph  Cedillo. 
(Libro  7,  fol.  83). 

En  13  de  noviembre,  habiéndose  recibido  unas  Reales  Cédulas 
dirigidas  al  Illmo.  Sor.  Obispo,  se  acordó  que  se  reservasen  para 
entregarlas  al  nuevo  electo  por  exigirlo  así  las  circunstancias  de 
ellas.  (Libro  7,  fol.  83  vto.). 

En  7  de  diciembre,  recibidas  otras  Reales  Cédulas  dirigidas 
también  a  su  Sría.  Illma.;  dio  igual  providencia  el  Cabildo;  y  aunque 
por  lo  respectivo  a  una  de  Io  de  junio  de  este  año,  en  que  se  dispone 
que  los  eclesiásticos  no  pagasen  derechos  de  los  embarques  de  cacao 
que  hiciesen  de  sus  rentas  eclssiásticas  o  bienes  patrimoniales,  se 
mandó  poner  copia  en  este  libro,  y  no  se  puso.  (Libro  7,  fol.  84). 

Año  de  1718. 

En  8  de  febrero,  a  instancia  de  algunos  vecinos  hacendados 
en  el  territorio  del  curato  de  la  sabana  de  Ocumare,  se  dieron 
providencias  sobre  su  desmembración  para  erección  de  otro. 
(Libro  7,  fol.  84  vto.). 

En  25,  se  nombró  a  Dn.  Antonio  Núñez  por  cura  capellán 
interino  de  aquella  parte  desmembrada.  (Libro  7,  fol.  87). 

En  Io  de  marzo,  se  acordó:  que  para  adorno  de  la  Iglesia  y 
especialmente  de  la  capilla  del  Sagrario  cuando  se  pone  en  ella 
el  monumento  se  encargase  una  colgadura  a  Nueva  España. 
(Libro  7,  fol.  88). 

En  8  se  dio  comisión  al  señor  Deán,  para  abrir  las  cartas  que 
viniesen  rotuladas  al  Cabildo  y  contestarlas.  (Libro  7  fol.  88  vto.). 

Vuelve  a  autorizar  el  Cabildo  Dn.  Juan  de  Talavera.  (Libro  7, 
fol.  88  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1718  243 


En  10  a  instancias  del  R.  P.  Prefecto  de  las  misiones  de  esta 
diócesis,  se  concedieron  facultades  a  los  religiosos  puestos  en  la 
Villa  de  Araure,  y  pueblos  de  Acarigua,  y  de  Cojedes  para  la 
administración  de  Sacramentos.  (Libro  7,  fol.  88  vto.). 

Aquí  mismo  se  dieron  providencias  relativas  a  los  hospitales 
de  las  ciudades  de  Valencia  y  de  Coro.  (Libro  7,  fol.  89). 

En  21,  habiéndose  presentado  un  escrito  de  contradicción  al 
nuevo  curato  erigido  en  el  Valle  del  Tuy,  se  mandó  compulsar 
testimonio  de  los  Cabildos  celebrados  sobre  este  asunto  y  pasar 
el  expediente  al  señor  provisor.  (Libro  7,  fol.  89  vto.). 

En  27  de  abril  atenta  la  ausencia  hecha  por  Dn.  Joseph  Mar- 
tínez, vice-rector  del  Seminario,  y  catedrático  de  teología  de  casos 
de  conciencia,  y  considerando  lo  expuesto  por  el  señor  Chantre 
Dr.  Dn.  Nicolás  de  Herrera  y  Ascanio,  rector,  se  nombró  para  el 
vice-rectorado  al  Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega,  y  para  la  cátedra 
al  Dr.  Dn.  Carlos  Barbosa.  Y  aquí  vuelve  a  autorizar  Dn.  Fran- 
cisco Cedillo  de  secretario.  (Libro  7,  fol.  90). 

En  27  de  mayo,  por  renuncia  que  hizo  el  sobredicho  señor 
Chantre  del  rectorado  del  Seminario,  se  nombró  a  pluralidad  de 
votos  al  Dr.  Dn.  Francisco  Martínez.  Y  aquí  mismo  se  dio  facul- 
tad al  señor  provisor  para  proveer  beneficios  simples.  (Libro  7, 
fol.  90  vto.). 

En  14  de  junio,  se  nombró  por  notario  público  del  juzgado 
eclesiástico  a  Joseph  Antonio  Reyes.  (Libro  7,  fol.  91). 

En  Io  de  agosto,  se  nombró  por  examinador  sinodal  al  R.  P. 
Fr.  Agustín  López,  del  Orden  de  San  Francisco.  (Libro  7,  fol. 
91  vto.). 

Vuelve  a  autorizar  Dn.  Juan  de  Talavera  en  calidad  de  Secre- 
tario. (Libro  7,  fol.  91  vto.). 

En  11  se  nombraron  un  religioso  de  San  Francisco,  dos  Domi- 
nicos y  un  Mercedario,  y  asimismo  a  un  clérigo  por  examinadores 
sinodales.  (Libro  7,  fol.  91  vto.). 

En  14  de  septiembre,  habiéndose  recibido  una  carta  del  Illmo. 
señor  Dr.  Dn.  Juan  Joseph  de  Escalona  y  Calatayud,  fecha  en 
Madrid,  a  27  de  junio  de  1717,  remitiéndole  sus  poderes,  bulas 
pontificias  de  su  promoción  a  este  obispado,  testimonio  de  su  con- 
sagración, y  real  ejecutorial  (de  lo  cual  sólo  se  copió  la  carta,  el 
testimonio  de  la  consagración  y  juramento,  el  real  ejecutorial 
de  primero  de  mayo  de  aquel  año,  y  el  poder,  pues  para  las  bulas 
aunque  se  inició  la  copia  quedó  en  blanco  el  campo  de  tres  hojas 


244 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


y  media,  como  en  disposición  de  proseguirse)  el  Cabildo  acordó: 
que  se  cantase  el  Te  Deum  solemnemente  y  señaló  el  siguiente 
día  para  dar  la  posesión.  (Libro  7,  fol.  92). 

En  15,  se  dio  la  posesión  a  su  Sría.  Illma.  en  la  persona  del 
señor  Chantre  Dr.  Dn.  Nicolás  de  Herrera  y  Ascanio,  uno  de  los 
poderistas  al  cual  se  le  sentó  en  las  sillas  correspondientes  de  la 
sala  capitular  y  del  coro,  y  derramó  muchas  monedas  de  plata 
y  luego  se  cantó  el  Te  Deum  con  repique  general.  (Libro  7,  fol. 
92  vto.). 

Aquí  mismo  se  denunció  el  nombramiento  de  provisor  y  vicario 
general,  Gobernador  del  obispado  hecho  en  el  dicho  señor  Chantre. 
Y  vuelve  a  autorizar  Dn.  Francisco  Cedillo  como  secretario. 
(Libro  7,  fol.  93). 

En  14  de  noviembre,  se  prestó  consentimiento  a  insinuación 
del  señor  juez  de  diezmos,  para  poner  en  administración  los  diez- 
mos de  cacao  de  Maracaibo.  (Libro  7,  fol.  101  vto.). 

En  18  de  diciembre,  habiéndose  recibido  tres  Reales  Cédulas 
la  una  de  13  de  noviembre  de  1717,  participando  la  forma  de 
despacharse  los  negocios  de  estos  reinos,  otra  de  12  de  febrero 
de  este  año  de  1718,  sobre  el  modo  de  hacer  representaciones  a 
Su  Majestad,  y  otra  sobre  que  los  expulsos  de  religiosos  no  ob- 
tengan beneficios;  se  prestó  su  obedecimiento,  y  no  se  puso  copia 
de  ellas  en  el  libro.  (Libro  7,  fol.  102). 

Año  de  1719. 

En  21  de  enero,  habiéndose  recibido  una  Real  Cédula  de  27 
de  mayo  de  1717,  sobre  establecimiento  de  virreinato  en  Santafé, 
y  agregación  de  este  obispado  a  aquella  real  audiencia,  y  remo- 
viéndolo de  la  de  Santo  Domingo,  y  asimismo  una  carta  del  nuevo 
Excmo.  Sor.  Virrey  acompañada  de  otra  Real  Cédula  del  Io  de 
julio  del  mismo  año,  en  que  es  nombrado  para  el  establecimiento 
de  este  virreinato;  el  Cabildo  prestó  su  obedecimiento  y  sigue 
testimonio  de  ambas  Reales  Cédulas.  (Libro  7,  fol.  102  vto.). 

En  13  de  abril,  se  recibió  el  duplicado  de  la  Real  Cédula,  sobre 
que  no  obtengan  beneficios  los  expulsos  de  religiones,  y  se  prestó 
nuevamente  su  obedecimiento.  Y  por  lo  respectivo  a  una  carta 
que  también  se  recibió  del  apoderado  del  Cabildo  en  la  corte,  se 
reservó  tratar  después.  (Libro  7,  fol.  106  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1719 


245 


En  18,  presentado  el  real  despacho  de  31  de  octubre  de  1718, 
en  que  es  promovido  el  señor  Dr.  Dn.  Joseph  Mijares  de  Solór- 
zano,  cura  de  la  Catedral,  a  la  canongía  magistral,  vacante  por 
ascenso  del  señor  Dr.  Dn.  Nicolás  de  Herrera  a  la  chantría;  y  asi- 
mismo las  diligencias  operadas  ante  el  señor  provisor  y  vicario 
general,  estando  este  señor  en  el  coro  con  el  Cabildo,  le  dio  la 
colación  y  seguidamente  la  posesión  con  las  ceremonias  acostum- 
bradas juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  7,  fol.  107). 

En  27,  se  mandaron  remitir  expensas  al  apoderado  del  Ca- 
bildo en  la  corte  para  el  seguimiento  del  litis  sobre  los  diezmos 
del  litis  de  Bobures  en  Maracaibo  con  el  Cabildo  de  Santafé. 
(Libro  7,  fol.  109  vto.). 

En  5  de  agosto,  se  dispuso:  que  pasase  un  diputado  a  recibir 
al  Illmo.  Sor.  Obispo,  cuando  desembarcase  en  La  Guaira,  y  que 
se  reparase  y  alhajase  el  Palacio  por  el  mayordomo  de  fábrica. 
(Libro  7,  fol.  110). 

Aquí  mismo  se  mandaron  poner  dos  rejas  de  ventana  a  las  capillas 
de  Nuestra  Señora  de  la  Antigua  y  de  San  Jorge.  (Libro  7,  fol.  110). 

Vuelve  a  autorizar  Dn.  Juan  de  Talavera  como  secretario  de 
Cabildo.  (Libro  7,  fol.  110). 

En  31,  se  mandó  franquear  de  la  cuarta  episcopal  de  diezmos 
al  señor  comisionado  para  recibir  al  Illmo.  Sor.  Obispo,  lo  que 
necesitase,  como  su  apoderado  que  era,  para  fletar  algún  barco 
que  fuese  a  traer  a  su  Sría.  Illma.  desde  Puerto  Rico,  donde  estaba 
detenido  por  falta  de  transporte.  (Libro  7,  fol.  110  vto.). 

En  5  de  diciembre,  citándose  una  Real  Cédula  (de  que  no  hay 
copia)  de  3  de  febrero  de  1716,  en  que  Su  Majestad  hizo  merced 
a  esta  Santa  Iglesia  de  la  tercia  parte  de  la  vacante  del  Illmo. 
Sor.  Dr.  Dn.  Diego  de  Baños,  sobre  que  se  estaban  practicando 
las  diligencias  de  su  cobro;  se  mandó  al  mayordomo  que  las  con- 
tinuase hasta  sacar  lo  líquido  que  se  restaba  de  esta  merced,  y 
de  otras  anteriormente  hechas,  y  trajese  las  resultas  para  dar 
cuenta  a  Su  Majestad.  (Libro  7,  fol.  110  vto.). 

Aquí  mismo  se  mandó  dar  cuenta  al  Illmo.  Sor.  Obispo  (que 
ya  estaba  en  esta  ciudad)  de  lo  ocurrido  sobre  la  cobranza  de  los 
diezmos  de  Maracaibo  en  la  parte  que  lindaba  con  el  arzobispado 
de  Santafé.  (Libro  7,  fol.  110  vto.). 

En  7,  se  dispuso  el  embarque  y  venta  de  algún  cacao  que  había 
en  Maracaibo  de  la  administración  de  sus  diezmos.  (Libro  7, 
fol.  111  vto.). 


246 


FUENTES   PARA    LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Aquí  mismo  se  mandó  hacer  un  dosel  de  color  morado  para  su 
Sría.  Illma.  y  unos  ornamentos.  (Libro  7,  fol.  112). 

En  12,  se  mandó  enladrillar  de  nuevo  el  presbiterio  y  al  mayor- 
domo de  fábrica  que  diese  cuenta  del  estado  de  los  censos.  (Libro  7, 
fol.  112). 

En  20  se  trató  acerca  de  la  asociación  que  debe  hacer  el  Ca- 
bildo al  Illmo.  Sor.  Obispo  desde  su  casa  a  la  Iglesia,  y  de  ésta 
a  aquélla  cuando  celebra  de  pontifical  o  viene  a  asistir  a  los  divinos 
oficios;  y  se  acordó  que  desde  luego  se  comenzase  a  observar  lo 
prevenido  en  el  ceremonial  de  obispos.  (Libro  7,  fol.  112  vto.). 

Aquí  mismo  se  enuncia  haberse  conferenciado  ya  sobre  formar 
estatutos  para  el  gobierno  de  esta  Santa  Iglesia,  y  se  dispuso  que 
en  ellos  se  pusiese  el  sobredicho  decreto  de  asociación.  (Libro  7, 
fol.  112  vto.). 

Año  de  1720. 

En  9  de  enero,  se  nombró  un  juez  de  diezmos  interino  por  la 
ausencia  que  había  de  hacer  el  propietario.  (Libro  7,  fol.  113). 

En  30,  se  prestó  consentimiento  para  que  en  el  próximo  año 
se  pusiese  en  administración  el  diezmo  del  cacao  de  Maracaibo. 
(Libro  7,  fol.  113). 

Aquí  mismo  se  mandó  hacer  el  cajón  para  la  testera  de  la 
sacristía  que  sirviese  para  vestirse  los  señores  prebendados.  (Li- 
bro 7,  fol.  113  vto.). 

En  12  de  febrero,  presentado  el  real  despacho  de  23  de  marzo 
de  1719  en  que  es  promovido  el  señor  Ledo.  Dn.  Alonzo  de  Escobar, 
presbítero,  a  la  canongía  de  merced,  vacante  por  fallecimiento  del 
señor  Dn.  Luis  Umpierres  Lozano,  y  las  diligencias  operadas 
ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  estando  su  Sría.  Illma.  junto  con  el 
Cabildo  en  el  coro,  le  dió  la  colación  y  seguidamente  la  posesión, 
allí  y  en  la  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas. 
(Libro  7,  fol.  114). 

En  9  de  abril,  recibida  una  Real  Cédula  (que  sigue  copiada) 
de  5  de  febrero  de  1719,  previniéndose  al  Cabildo  que  remitiese 
testimonio  de  todas  las  prebendas  que  existiesen  en  esta  Catedral 
y  razón  de  sus  rentas,  se  obedeció  y  se  mandaron  copiar  los  docu- 
mentos necesarios.  (Libro  7,  fol.  116  vto.). 

En  el  mismo  día,  fue  admitido  el  Dr.  Dn.  Carlos  Barbosa 
al  servicio  de  uno  de  los  curatos  de  esta  Santa  Iglesia,  vacante 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1720 


247 


por  promoción  del  Ledo.  Dn.  Diego  Ramírez  a  la  sacristía  mayor 
de  ella,  por  nombramiento  que  le  hizo  el  Illmo.  Sor.  Obispo  ínterin 
se  disponía  otra  cosa  por  el  Rey.  (Libro  7,  fol.  117  vto.). 

En  19  se  dispuso  que  en  conformidad  de  lo  dispuesto  en  la 
erección  se  hiciese  Cabildo  espiritual  y  que  al  efecto  se  formase 
un  libro  separado,  en  que  se  escribiesen:  y  en  éste,  habiéndose 
oído  al  maestro  de  ceremonias  se  acordó  que  no  se  admitiese  a 
ningún  eclesiástico  en  coro  estándose  oficiando,  sino  con  el  sobre- 
pelliz, y  bonete:  que  también  asistiesen  con  este  vestido  el  mi- 
nistro de  capilla  y  músicos  clérigos  en  la  tribuna:  y  que  se  hiciese 
inclinación  de  cabeza  al  Gloria  Patri  y  a  cualquiera  otro  verso 
en  que  se  invocase  a  la  Santísima  Trinidad,  y  se  pronunciasen  los 
Santísimos  nombres  de  Jesús  y  María.  (Libro  7,  fol.  119). 

En  10  de  junio,  se  mandaron  dar  documentos  al  Illmo.  Sor. 
Obispo  para  el  informe  que  por  su  parte  había  de  hacer  a  Su  Ma- 
jestad, acerca  del  número  de  prebendados  y  de  sus  rentas.  (Libro 
7,  fol.  119  vto.). 

En  11  habiéndose  entendido  que  por  parte  de  esta  ciudad  se 
solicitaba  en  el  Supremo  Consejo  aumento  de  prebendas  en  esta 
Catedral;  se  acordó  nombrar  apoderado  para  contradecirlo  y  se 
expusieron  las  razones  que  tenía  el  Cabildo  para  esto.  (Libro  7, 
fol.  120). 

En  14,  prestó  el  Cabildo  su  obedecimiento  a  una  Real  Cédula 
sobre  publicación  de  la  bula  de  la  Santa  Cruzada,  y  en  confor- 
midad de  lo  dispuesto  por  el  señor  comisario,  quedó  pronto  a  reci- 
birla el  día  de  la  publicación  que  se  había  señalado  para  el  21  de 
este  mes.  Primera  ocasión  que  se  hizo  la  publicación  el  día  de  San 
Juan.  (Libro  7,  fol.  120  vto.). 

En  8  de  octubre,  a  insinuación  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  se  de- 
terminó acopiar  documentos  para  informar  al  Rey,  acerca  de  ha- 
berse entregado  a  su  Sría.  Illma.  6.000  pesos  que  se  le  concedieron 
en  la  vacante  de  su  antecesor  por  resultar  algún  perjuicio  a  la 
concesión  hecha  a  la  Iglesia  de  la  tercera  parte.  (Libro  7,  fol.  121). 

Aquí  mismo  a  efecto  de  ver,  si  sería  conveniente  fabricar  unas 
tiendas  en  el  solar  de  esta  Santa  Iglesia  a  la  parte  del  Sur,  se 
mandó  hacer  el  cálculo  del  costo  al  mayordomo  de  fábrica  que 
lo  era  Dn.  Gabriel  Remigio  de  Ibarra.  (Libro  7,  fol.  121  vto.). 

Hecho  el  libro  destinado  para  Cabildos  espirituales,  y  signado 
con  el  número  7  duplicado,  se  irán  anotando  sus  actas  por  el  orden 
de  fecha  interpoladamente. 


248 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA   COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  11  del  dicho  mes  de  octubre,  se  mandaron  hacer  palios 
para  los  altares  y  purificadores  y  al  secretario  que  pusiese  testi- 
monio (lo  que  no  se  ejecutó)  de  todos  los  Cabildos  anteriores  que 
hubiese  sobre  cosas  espirituales.  (Libro  7,  fol.  duplicado  2). 

En  18,  con  presencia  y  parecer  del  maestro  de  ceremonias,  se 
dio  comisión  al  señor  penitenciario  para  que  viese  el  mejor  modo 
de  que  con  la  misma  Custodia  que  se  ponía  en  el  trono  para  expo- 
siciones del  Santísimo  Sacramento,  se  hiciese  la  procesión,  y  se 
evitasen  los  inconvenientes  que  traía  el  uso  de  dos  Custodias:  y 
también  se  mandó  que  cuando  hubiese  exposición  el  sacristán  mayor 
cerrase  la  puerta  colateral  a  la  calle  para  evitar  irreverencias. 
(Libro  7,  duplicado,  fol.  2). 

En  25,  se  dispuso:  que  el  señor  Tesorero  cuidase  del  aseo  y 
limpieza  de  la  sacristía  y  de  los  vasos  sagrados  y  ornamentos. 
(Idem  fol.  2  vto.). 

En  12  de  noviembre,  se  mandó  hacer  el  informe  a  Su  Ma- 
jestad de  lo  que  se  había  percibido  de  mercedes  de  vacantes  y 
de  las  que  no  habían  tenido  efecto:  y  que  al  mismo  tiempo  se 
pidiese  el  reintegro  de  ellas;  y  otra  nueva  en  la  vacante  del  Illmo. 
Sor.  Rincón.  (Libro  7,  fol.  121  vto.). 

Sigue  testimonio  de  una  Real  Cédula  circular  de  3  de  noviembre 
de  1716,  ratificándose  otra  de  8  de  agosto  de  1715,  sobre  distri- 
bución de  las  vacantes  de  los  Illmos.  Sres.  Obispos,  en  tres  partes, 
la  una  para  gastos  de  los  sucesores  en  pontificales  y  viaje,  otra 
para  la  Iglesia  vacante,  y  la  otra  para  obras  pías,  y  asimismo  de 
otra  Real  Cédula  de  26  de  enero  de  1719,  en  que  se  pone  a  cargo 
de  los  oficiales  reales  el  cobro  de  estas  vacantes  quitándosele  esta 
comisión  a  los  oidores  subdecanos  de  las  Audiencias.  Y  concluye 
este  testimonio  con  un  parecer  dado  acerca  de  los  6.000  pesos  dados 
al  Illmo.  Sor.  Escalona.  (Libro  7,  fol.  122). 

En  15,  se  acordó:  que  el  apuntador  tuviese  siempre  el  cua- 
drante en  la  Iglesia,  para  que  acabada  cada  hora  hiciese  el  apunte 
y  que  en  caso  de  enfermedad  remitiese  la  llave  al  señor  presidente 
del  coro  para  que  destinase  quien  supla  la  falta.  Y  aquí  mismo  se 
mandasen  hacer  manteles  de  altar  y  toallas.  (Libro  7,  duplicado, 
fol.  3). 

En  19,  se  mandó  hacer  un  aposento  para  custodia  del  monu- 
mento y  otros  muebles  de  la  Iglesia.  Y  que  la  cerca  que  se  estaba 
construyendo  en  el  terreno  de  la  Iglesia  se  hiciese  con  disposición 
de  poderse  fabricar  cinco  tiendas  para  alquilar.  (Libro  7,  fol.  124). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1721 


249 


En  3  de  diciembre,  se  mandaron  hacer  seis  hacheros  de  ma- 
dera pintados.  (Libro  7,  fol.  124  vto.). 

En  10  se  mandó  citar  para  elegir  juez  de  diezmos,  Tesorero 
de  éstos  y  notario  contador.  (Libro  7,  fol.  125). 

En  20,  con  el  parecer  del  ministro  de  ceremonias  y  aprobación 
de  su  Sría.  Illma.  se  dispuso:  que  en  los  huecos  de  las  puertas  que 
salen  al  trascoro,  se  formasen  dos  sillas  movibles  para  que  en  ellas 
se  siente  el  preste  de  los  oficios  cuando  va  vestido  de  capa  con  la 
preferencia  que  por  esto  le  corresponde.  (Libro  7,  duplicado  fol. 
3  vto.). 

En  23,  se  obedecieron  tres  Reales  Cédulas  (de  que  no  hay 
copia)  la  una  de  8  de  febrero  de  este  año,  sobre  que  se  envíe  no- 
ticia de  las  vacantes  de  los  prebendados  y  méritos  de  los  eclesiás- 
ticos, la  otra  de  17  de  marzo  de  este  mismo  año,  para  que  se  asegure 
la  mesada  eclesiástica  por  los  provistos;  y  la  otra  de  27  del  propio 
mes  de  febrero  en  que  se  pide  al  Cabildo  informe  acerca  del 
Virreinato  de  Santafé.  (Libro  7,  fol.  125). 

En  el  propio  acto,  teniéndose  presente  lo  acordado  en  30  de 
diciembre  de  1664,  y  en  Io  de  diciembre  de  1684,  acerca  del  juz- 
gado de  diezmos,  y  asimismo  con  respecto  a  lo  tratado  con  el 
Illmo.  Sor.  Obispo,  se  acordó:  que  el  juez  de  diezmos  no  llevase 
salario  alguno  y  que  pues  el  mismo  juez  estaba  encargado  del  cobro 
y  distribución,  no  se  pusiese  Tesorero  como  se  había  propuesto; 
y  que  cada  año,  se  pasase  a  su  Sría.  Illma.  la  razón  de  su  contin- 
gente y  de  los  rematadores  para  si  quisiese  hacer  los  cobros  por  sí. 
Y  aquí  mismo  se  suplicó  a  su  Sría.  illma.  nombrase  por  notario 
contador  a  Dn.  Juan  de  Talavera,  que  lo  era  del  Cabildo  y  había 
sido  sustituto  del  antecesor  Dn.  Francisco  Cedillo.  (Libro  7, 
fol.  125  vto.). 

Año  de  1721. 

En  Io  de  enero,  admitido  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  la  renuncia 
que  hizo  el  señor  Tesorero  Dn.  Gabriel  Matías  de  Ibarra  del  empleo 
de  juez  general  de  diezmos,  fue  elegido  el  señor  magistral  Dr.  Dn. 
Joseph  Mijares  de  Solórzano  y  se  suplicó  a  su  Sría.  Illma.  apro- 
base la  elección  y  le  diese  jurisdicción.  (Libro  7,  fol.  127). 

En  26,  presentado  el  real  despacho  de  30  de  agosto  de  1720, 
en  que  es  promovido  el  señor  Tesorero  Dr.  Dn.  Gabriel  Matías 
de  Ibarra  a  la  dignidad  de  arcediano,  vacante  por  fallecimiento 


250 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


del  señor  Dn.  Bernabé  de  Acuña,  y  las  diligencias  operadas  ante 
el  Illmo.  Sor.  Obispo,  estando  su  Sría.  Illma.  en  el  coro  con  el 
Cabildo  le  dio  la  colación,  y  seguidamente  la  posesión,  allí  y  en 
la  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas,  juramento  y 
profesión  de  la  fe.  (Libro  7,  fol.  127  vto.). 

En  4  de  febrero,  habiéndose  presentado  el  Dr.  Dn.  Carlos 
Barbosa  con  un  título  despachado  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo, 
en  que  le  nombró  por  cura  interino  de  la  Catedral,  el  Cabildo 
lo  aceptó  sin  perjucio  de  lo  determinado  en  cuanto  a  estas  pro- 
visiones en  la  Real  Cédula  de  20  de  mayo  de  1687;  la  cual  se  mandó 
hacer  presente  a  su  Sría.  Illma.  (Libro  7,  fol.  130). 

En  7  se  dispuso,  que  cuando  se  estuviese  cantando  misa  en  el 
altar  mayor  o  antes  inmediatamente,  no  se  celebrasen  misas  re- 
zadas en  los  altares  de  Nuestra  Señora  de  la  Antigua  y  de  San 
Jorge,  y  que  las  que  se  dijesen  en  otros,  no  se  tocase  entonces 
campanilla.  (Libro  7,  duplicado  fol.  4.) 

En  1 1  se  admitió  el  título  de  cura  propietario  de  la  Catedral 
hecho  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  el  Dr.  Dn.  Francisco  Martínez 
de  Porras  y  se  reservó  tratar  el  punto  del  perjuicio  en  esta  pro- 
visión, atento  lo  que  había  respuesto  su  Sría.  Illma.  (Libro  7, 
fol.  130  vto.). 

En  18,  se  acordó  dar  cuenta  al  Rey  sobre  el  sobredicho  punto 
por  no  haberse  observado  en  la  provisión  del  curato  de  la  Ca- 
tedral la  Real  Cédula  citada.  (Libro  7,  fol.  131). 

En  21,  se  dispuso  que  se  participase  al  señor  provisor  la  irre- 
siJencia  de  los  capellanes  de  las  dos  capellanías  fundadas  por  Pedro 
Paredes  y  el  número  de  fallas  que  tenían  para  que  se  cobrase  el 
importe  de  éstas  a  los  censuatarios,  y  se  celebrasen  las  misas.  Y 
lo  mismo  por  lo  respectivo  al  organista  en  las  misas  del  Santí- 
simo Cristo.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  4). 

Aquí  mismo  se  dispuso  también  pasar  carta  acordada  al  Illmo. 
Sor.  Obispo  sobre  que  se  cumpliese  la  asistencia  de  los  curas  de  la 
Catedral  al  coro  y  a  la  salve  y  letanías:  y  sigue  copia  de  la  carta. 
(Libro  7  duplicado,  fol.  4  vto.). 

En  4  de  marzo,  habiéndose  pasado  al  Cabildo  un  escrito  del 
sobredicho  cura  de  la  Catedral,  en  que  resiste  la  asistencia  al  coro 
y  a  la  salve  y  letanías,  como  se  lo  mandó  su  Sría.  Illma.;  se  acor- 
dó solicitar  testimonio  de  los  autos,  y  asimismo  se  mandó 
poner  y  se  puso  copia  del  título  del  propio  cura.  (Libro  7  fol. 
131  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1721  251 


En  6  se  acordó  dar  las  gracias  al  Illmo.  Sor.  Obispo  por  el 
mandato  hecho  de  la  asistencia  de  los  curas  al  coro  y  al  mismo 
tiempo  con  atención  a  lo  representado  en  el  escrito  citado,  se  su- 
plicó a  su  Sría.  Illma.  apremiase  al  cura  que  había  resistido  por 
las  razones  que  se  exponen:  e  igualmente  se  le  suplicase,  remo- 
viese de  este  conocimiento  al  teniente  provisor  Dn.  Francisco  de 
Hoces,  mediante  lo  que  había  ocurrido  con  éste.  Todo  lo  cual  se 
participó  a  su  Sría.  Illma.  por  carta  acordada,  de  que  sigue  copia; 
y  también  de  la  conversación  del  mismo  señor  Illmo.,  fecha  en 
Guarenas,  a  7  del  mismo  mes  y  año,  en  que  accedió  a  reservar 
en  sí  la  dicha  causa.  (Libro  7  duplicado,  fol.  5  vto.). 

En  16  de  abril,  habiéndose  recibido  dos  Reales  Cédulas,  la  una 
(de  que  se  puso  copia  en  el  folio  135  de  este  libro)  fecha  en  8  de 
febrero  de  1720,  sobre  que  se  de  cuenta  de  las  prebendas  que 
vacaren  y  de  los  méritos  de  los  eclesiásticos:  y  la  otra  de  27  del. 
mismo  mes  y  año  para  que  el  Cabildo  informase  sobre  la  resi- 
dencia del  señor  Virrey  de  Santafé  si  convendría  establecerla  en 
Cartagena  y  acerca  de  agregaciones  de  otros  lugares  a  este  virrei- 
nato, se  prestó  a  ambas  el  debido  obedecimiento.  (Libro  7,  fol.  134). 

Aquí  mismo  se  mandaron  remitir  expensas  al  apoderado  en 
la  Corte  para  el  litis  con  el  Cabildo  de  Santafé  sobre  diezmos; 
y  se  dispuso  que  se  diese  noticia  de  esto  al  Illmo.  Sor.  Obispo. 
(Libro  7,  fol.  134  vto.). 

En  22,  prestó  el  Cabildo  su  consentimiento  para  la  venta  de 
dos  tiendas  que  tenía  la  Catedral  cerca  de  San  Mauricio,  atenta 
la  utilidad  que  resultaba  de  su  venta,  según  la  representación 
hecha  por  el  mayordomo  de  fábrica,  que  se  dice  lo  era  Dn.  Manuel 
de  Uribe.  (Libro  7,  fol.  135). 

En  9  de  mayo,  con  atención  a  que  el  cura  que  había  resistido 
la  asistencia  al  coro  a  misa  mayor  y  vísperas  todos  los  días,  y  los 
sábados  a  la  salve  y  letanías,  estaba  ya  allanado  y  cumpliéndola 
se  dispuso  que  se  le  colocase  en  el  cuadrante  y  que  sus  fallas  se 
sacasen  de  la  tercera  parte  del  salario  que  tenía  asignado.  (Libro  7, 
duplicado,  fol.  10). 

En  13  se  mandó  dorar  el  retablo  del  altar  mayor  por  habér- 
sele añadido  el  cuerpo  principal  y  algunas  piezas.  (Libro  7, 
fol.  136). 

En  27,  presentadas  al  Illmo.  Sor.  Obispo  las  cuentas  del  señor 
juez  general  de  diezmos,  Dr.  Dn.  Gabriel  Matías  de  Ibarra,  y 
pasadas  al  Cabildo,  nombró  por  revisor  de  ellas  al  actual  juez 


252 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


el  señor  Dr.  Dn.  Joseph  Mijares  de  Solórzano.  (Libro  7,  fol. 
136  vto.)- 

En  14  de  julio,  habiéndose  expresado  difusamente  lo  ocurrido 
sobre  haberse  dado  el  primer  asiento  al  señor  provisor  Dn.  Fran- 
cisco de  Hoces  en  unos  exámenes  sinodales  que  (presidía  su  Sría. 
Illin. i.  y  el  segundo  al  señor  magistral  Dr.  Dn.  Joseph  Mijares 
de  Solórzano;  se  acordó,  que  éste  no  obstante  lo  que  se  le  había 
mandado  continuase  resistiendo  el  firmar  en  segundo  lugar;  pues 
debía  ser  el  primero  como  prebendado  por  las  razones  que  se 
expresan.  (Libro  7,  fol.  137). 

En  22,  se  acordó:  que  se  hiciesen  vasos  mayores  de  plata, 
para  la  Consagración  de  Oleos,  y  que  se  encargase  a  Nueva  Es- 
paña con  la  circunstancia  de  que  se  hiciesen  iguales  a  los  que  tu- 
viese la  Santa  Iglesia  Metropolitana  de  México.  (Libro  7,  fol. 
138  vto.). 

En  12  (así  está  postergado),  presentado  el  real  despacho  de 
24  de  agosto  de  1720,  en  que  es  promovido  el  señor  penitenciario 
Dr.  Dn.  Juan  Chirino,  a  la  dignidad  de  Tesorero  vacante  por 
promoción  del  señor  Dr.  Dn.  Gabriel  Matías  de  Ibarra  al  arce- 
dianato;  y  asimismo  las  diligencias  operadas  ante  el  Illmo.  Sor. 
Obispo,  estando  su  Sría.  Illma.  junto  con  el  Cabildo  en  el  coro 
le  dio  la  colación,  y  allí  seguidamente  la  posesión  y  en  la  sala  ca- 
pitular, con  las  ceremonias  acostumbradas  juramento  y  profesión 
de  la  fe.  (Libro  7,  fol.  139). 

En  30,  habiendo  participado  el  apoderado  que  nombró  el 
Cabildo  para  la  defensa  del  asunto,  de  haberse  despojado  al  señor 
magistral  del  asiento  y  tratamiento  que  le  correspondía  estando 
asistiendo  a  unos  exámenes  que  se  le  había  negado  el  recurso  de 
apelación;  se  acordó  que  se  acopiasen  documentos  probantes  del 
tratamiento  de  Señoría  que  se  daba  al  Cabildo  y  de  Señores  a  sus 
individuos,  para  ocurrir  donde  conviniese.  (Libro  7,  fol.  142  vto.). 

En  19  de  agosto,  se  acordó:  que  en  la  sacristía  principal  se 
erigiese  un  altar  para  que  en  él  pudiese  celebrar  cualquiera  de  los 
señores  capitulares  que  tuviese  impedimento  para  no  celebrar 
dentro  de  la  Iglesia:  que  se  costease  el  retoque  de  una  imagen 
de  la  Inmaculada  Concepción  para  la  misma  sacristía:  y  que  se 
hiciesen  seis  hacheros  de  madera  plateados  para  las  gradas  del 
presbiterio.  (Libro  7,  fol.  143). 

En  22,  se  mandó  al  maestro  de  capilla  y  músicos  que  obser- 
vasen el  decreto  de  asistir  en  la  tribuna  con  sobrepelliz  y  bonete, 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1721  25  3 


y  se  multó  en  4  reales  aplicados  para  la  fábrica,  a  cada  uno  por  cada 
vez  que  no  lo  cumpliese,  y  al  apuntador  se  previno  que  anotase 
estas  faltas  en  el  cuadrante.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  11). 

En  29,  insinuándose  prolijamente  la  fundación  de  las  misas 
cantadas  de  los  viernes  y  haberse  perdido  500  pesos  del  capital 
de  4.000  se  dispuso  que  continuase  la  orden  dada  de  que  siempre 
tuviese  luz  la  lámpara  del  altar  del  Santísimo  Cristo,  y  que  por  lo 
respectivo  a  lo  demás  acerca  del  estipendio  de  las  misas  y  de  los 
asistentes  se  solicitase  el  parecer  del  señor  Deán  que  no  había 
asistido  a  este  acto.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  11.) 

En  9  de  septiembre,  se  nombró  al  mayordomo  de  fábrica  que 
solicitase  judicialmente  el  paradero  de  1.900  pesos  que  se  hallaron 
en  el  Palacio  Episcopal,  cuando  se  hizo  el  inventario  de  los  bienes 
del  Illmo.  Sor.  Baños.  (Libro  7,  fol.  144). 

¡  En  12,  prosiguiéndose  el  asunto  de  las  misas  de  los  viernes 
se  dispuso:  que  el  mayordomo  de  fábrica  corriese  con  el  cobro  de 
réditos  de  esta  fundación,  llevando  el  ocho  por  ciento,  y  que  los 
capellanes  de  coro  cobrasen  los  100  reales  asignados  a  ellos:  y 
por  lo  respectivo  a  los  demás  puntos  se  reservó  la  resolución  para 
otro  Cabildo.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  12). 

En  16,  teniéndose  presente  un  oficio  de  Cabildo  secular  que  se 
recibió  el  día  2  del  corriente,  a  fin  de  que  por  el  eclesiástico  se 
nombrasen  diputados  para  asistir  a  una  junta,  en  que  se  iba  a 
tratar  sobre  subir  el  precio  de  la  arroba  de  carne  hasta  cuatro 
reales:  el  Cabildo  expuso  prolijamente  las  razones  que  había  para 
no  hacerse  tal  aumento,  y  que  no  debía  levantarse  el  precio  de  dos 
reales,  sin  gravamen  de  conciencia  y  gravísimo  perjuicio  del  bien 
público  y  denegándose  a  enviar  diputados  a  la  junta,  mandó 
pasar  testimonio  de  esta  acta  al  señor  Gobernador  y  al  Cabildo 
secular.  (Libro  7,  fol.  144  vto.). 

En  19,  se  acordó  con  el  parecer  del  señor  Deán  que  las  misas 
del  Santísimo  Cristo,  y  de  Nuestra  Señora  en  los  viernes  y  sá- 
bados, se  canten  indistintamente  por  los  señores  dignidades 
y  canónigos:  que  por  lo  respectivo  a  las  de  los  viernes  se  hiciese 
prorrateo  de  los  25  pesos  de  los  réditos  de  los  500  perdidos,  entre 
todos  los  interesados  para  rebajarle  a  cada  uno  su  parte:  que  en 
cuanto  a  las  de  la  Virgen  no  se  innovase:  y  que  en  caso  de  ocurrir 
en  los  mismos  días  misa  de  Rey  u  otra  que  se  deba  cantar  primero, 
la  haya  de  cantar  el  señor  dignidad  y  la  otra  según  el  turno.  (Li- 
bro 7,  duplicado,  fol.  12  vto.). 


254 


FUENTES   PAKA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  23  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica  que  cobrase  un  legado 
de  700  pesos  que  dejó  el  señor  Deán  Dn.  Joseph  Melero,  aplicados 
los  500  pesos  para  un  reloj  de  campana  para  la  Catedral  y  los 
200  para  un  trono  de  plata  de  exposiciones  del  Santísimo  Sacra- 
mento.  (Libro  7,  fol.  146). 

Aquí  mismo,  se  mandaron  hacer  hopas  para  los  monacillos, 
frontales  para  dos  altares,  y  velo  para  el  mayor  en  el  tiempo  de 
Pasión.  (Libro  7,  fol.  146). 

En  25,  se  nombró  un  diputado  para  intervenir  por  parte  del 
Cabildo  en  las  cuentas  del  mayordomo  de  fábrica  rendidas  ante 
el  prelado.  (Libro  7,  fol.  146  vto.). 

En  30,  para  el  cobro  de  los  700  pesos  del  sobredicho  legado 
del  señor  Deán  Melero,  se  mandó  ver  lo  que  se  le  adeudaba  de 
diezmos.  (Libro  7,  fol.  147). 

En  3  de  octubre,  relacionándose  el  acuerdo  de  2  de  noviembre 
de  1674  acerca  de  los  bienes  de  María  Pérez,  destinados  al  culto 
de  la  imagen  de  Nuestra  Señora  de  Candelaria,  y  Concepción 
de  la  Catedral  y  su  cofradía,  se  dispuso:  que  el  apoderado  del 
Cabildo,  con  copia  de  esta  y  de  aquella  acta,  se  presentase  al 
III  mo.  Sor.  Obispo,  pidiendo  que  el  administrador  Dn.  Juan  de 
Ulloa  rindiese  cuentas  y  presentase  las  escrituras  de  censos.  (Li- 
bro 7,  duplicado,  fol.  13  vto.). 

En  7  se  dispuso,  que  el  señor  juez  de  diezmos  participase  al 
Illmo.  Sor.  Obispo  y  a  los  señores  oficiales  reales,  el  aviso  que 
daba  el  juez  de  diezmos  de  coro  de  la  gran  penuria  que  allí  se 
padecía  a  fin  de  que  le  dijesen  lo  que  había  de  practicar  en  cuanto 
a  remates  de  diezmos.  (Libro  7,  fol.  147  vto.). 

En  10,  refiriéndose  la  fundación  hecha  por  el  señor  Chantre 
Dn.  Juan  de  Gamboa,  de  misas  cantadas  en  todos  los  lunes  del 
año  con  la  disposición  de  que  a  cada  capellán  de  coro  por  la  asis- 
tencia a  ellas  se  le  diesen  21  pesos  anualmente  con  la  obligación 
de  celebrar  21  misas  rezadas,  se  acordó  para  remediar  la  falta  de 
asistencia  experimentada,  que  la  tercera  parte  de  ésta  cuota  se 
reservase  para  distribuciones  a  fin  de  que  de  ella  se  sacasen  las 
fallas  y  se  distribuyesen  entre  los  interesados.  (Libro  7,  duplicado, 
fol.  14). 

En  13,  habiendo  dado  razón  el  señor  magistral,  de  su  comisión 
de  revisar  las  cuentas  dadas  por  el  señor  juez  de  diezmos  que 
acabó,  se  aprobaron  por  parte  del  Cabildo:  se  dieron  las  gracias 
al  mismo  señor  juez  y  se  le  mandó  entregar  testimonio  de  la  acta 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1721 


255 


al  señor  magistral,  para  que  lo  pasase  al  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Li- 
bro 7,  fol.  147  vto.). 

En  14,  se  volvió  a  tratar  sobre  la  administración  de  diezmos 
de  coro,  con  presencia  de  dos  cartas  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  y  de 
los  señores  oficiales  reales,  y  se  reservó  la  determinación  para  otro 
Cabildo,  quedando  copiadas  las  dichas  cartas.  (Libro  7,  fol.  148). 

Aquí  mismo,  habiendo  hecho  constar  el  mayordomo  de  fábrica 
que  a  su  antecesor  Dn.  Juan  de  Lovera,  se  entregaron  los  1.900 
pesos  que  se  expresan  en  el  Cabildo  de  9  de  septiembre  próximo 
se  le  mandó  que  se  presentase  con  el  documento  ante  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  para  que  se  examinase  en  las  cuentas  si  se  había  hecho 
cargo  de  esta  partida.  (Libro  7,  fol.  148  vto.). 

En  21,  se  volvió  a  tratar  el  asunto  de  los  diezmos  de  coro  y 
se  reservó  la  determinación.  (Libro  7,  fol.  149  vto.). 

En  4  de  noviembre,  se  dispuso:  que  se  insinuase  a  su  Sría. 
Illma.  los  inconvenientes  que  había  para  poner  en  administración 
los  diezmos  de  coro  y  que  el  Cabildo  no  obstante  se  sujetaba  a 
su  dictamen.  (Libro  7,  fol.  150). 

En  11,  con  lo  que  dijo  su  Sría.  Illma.  (cuya  carta  sigue  co- 
piada), se  dispuso  que  el  juez  de  diezmos  de  coro  practicase  exactas 
diligencias  para  el  remate  de  los  de  aquella  jurisdicción  y  que  sólo 
en  caso  de  ser  muy  bajas  las  posturas  se  pusiesen  en  administración. 
(Libro  7,  fol.  150  vto.). 

Aquí  mismo,  se  mandó  reparar  el  chapitel  de  la  torre  y  algunas 
bóvedas  de  la  Iglesia  dañadas  por  un  rayo.  (Libro  7,  fol.  151). 

En  5  de  diciembre,  se  mandó  a  los  sacristanes  que  no  permi- 
tiesen entrar  seculares  a  la  sacristía,  sino  solamente  los  que  fuesen 
a  ayudar  las  misas.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  15). 

En  9,  se  dispuso  que  en  los  censos  de  manuales  no  se  permi- 
tiesen traspaso  ni  mutación  de  finca,  sin  acuerdo  del  Cabildo. 
(Libro  7,  fol.  152). 

En  16,  habiéndose  recibido  noticia  del  estado  en  que  se  hallaba 
en  el  Supremo  Consejo  el  litigio  con  el  Cabildo  de  Santafé  sobre 
pertenencia  de  diezmos  en  las  partes  de  Maracaibo,  se  mandó  dar 
cuenta  a  su  Sría.  Illma.  (Libro  7,  fol.  152). 

En  22,  23  y  29  se  trató  acerca  de  la  renuncia  hecha  por  el 
señor  magistral  Dr.  Dn.  Joseph  Mijares  de  Solórzano  de  la  judi- 
catura de  diezmos  y  de  su  resistencia  a  proseguir,  no  obstante 
las  súplicas  que  se  le  hicieron  de  parte  del  Illmo.  Sor.  Obispo  y 
del  Cabildo.  Y  habiéndose  declarado  por  último  su  Sría.  Illma. 


256 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


de  que  no  era  conveniente  que  el  mismo  juez  cobrase  los  remates 
de  los  diezmos  e  hiciese  su  distribución  y  que  sería  mejor  nombrar 
un  Tesorero  y  dar  hijuelas  a  los  partícipes  para  el  cobro  de  su  con- 
tingente; el  Cabildo  accedió  a  que  se  diesen  las  hijuelas  y  no  se 
nombrase  Tesorero,  pero  que  se  destinase  persona  para  el  cobro 
de  la  cuarta  capitular  y  su  distribución  y  que  convenía  subsistiese 
la  judicatura  de  diezmos  para  dar  providencia.  (Libro  7,  fol. 
152  vto.). 

En  30,  proveyó  auto  su  Sría.  Illma.  en  el  cual  confirma  y 
aprueba  la  resolución  del  Cabildo  en  cuanto  a  darse  hijuelas  a  los 
partícipes  de  diezmos  después  de  hechos  los  remates  y  a  que  el 
Cabildo  tenga  quien  cobre  el  contingente  a  la  cuarta  capitular: 
manda  que  el  Cabildo  nombre  persona  que  asista  por  su  parte 
a  los  remates  sin  jurisdicción  y  reserva  ésta  en  su  Tribunal  o 
persona  que  su  Sría.  Illma.  tuviese  a  bien  nombrar.  (Libro  7, 
fol.  155). 

En  31,  fue  nombrado  por  el  Cabildo  para  asistir  a  los  remates 
de  diezmos  por  su  cuarta,  novenos  agregados  a  ella  y  noveno  y 
medio  de  la  fábrica  al  presbítero  Dn.  Diego  Ramírez,  sacristán 
mayor,  y  se  le  dio  la  instrucción  correspondiente  para  consentir 
o  no  en  los  remates.  (Libro  7,  fol.  156). 

Año  de  1722. 

En  Io  de  enero,  se  procedió  a  la  elección  de  jueces  adjuntos 
en  conformidad  de  lo  dispuesto  por  el  Santo  Concilio  de  Trento, 
y  costumbre  de  esta  Catedral  y  salieron  electos  los  señores  Deán 
Dr.  Dn.  Félix  de  Acuña  y  arcediano  Dr.  Dn.  Gabriel  ¿Matías  de 
Ibarra.  Y  este  es  el  primer  Cabildo  que  se  escribió  en  un  libro 
particular  destinado  para  sólo  elecciones,  que  se  mandó  formar 
a  fines  del  año  anterior,  según  un  certificado  del  secretario  de  Ca- 
bildo con  que  inicia.  (Libro  particular,  fol.  1). 

En  9  se  aprobaron  por  parte  del  Cabildo  las  fianzas  dadas 
por  Dn.  Manuel  de  Uribe  ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo  para  el  seguro 
de  las  rentas  que  manejaba  como  mayordomo  de  fábrica.  (Libro 
7  duplicado,  fol.  15  vto.). 

En  10,  habiéndose  hecho  saber  al  Cabildo  un  auto  del  Illmo. 
Sor.  Obispo  (de  que  no  se  puso  copia)  sobre  varios  puntos  de 
ceremonias  se  aceptaron  los  que  no  se  oponían  a  las  costumbres 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1722 


257 


y  práctica  de  la  Catedral,  y  se  representó  a  su  Sría.  Illma.  los 
inconvenientes  que  se  seguían  de  otros  tres,  a  saber:  el  uno  para 
que  en  las  procesiones  fuesen  los  señores  capitulares  del  mismo 
lado  que  estaban  en  el  coro,  otro  para  que  los  diáconos  asistiesen 
en  el  día  de  Ceniza  y  otros  semejantes  usasen  planetas;  y  el  otro, 
de  que  cuando  no  asistiese  su  Sría.  Illma.  en  las  procesiones  fuese 
el  preste  entre  el  señor  Deán  y  el  diácono.  (Libro  7,  duplicado, 
fol.  16). 

Sigue  copiado  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  sobre  que  se 
celebren  Cabildos  los  martes  y  los  viernes,  y  que  se  manden  cum- 
plir por  su  Sría.  Illma.  las  resoluciones  capitulares.  (Libro  7,  du- 
plicado, fol.  17). 

En  13,  se  nombraron  varios  apoderados  para  el  cobro  de  la 
cuarta  capitular  y  novenos  agregados  a  ella  en  las  ciudades  de 
tierra  adentro.  (Libro  7,  fol.  156  vto.). 

En  27,  se  nombró  al  secretario  Dn.  Juan  de  Talavera,  para 
cobrar  lo  tocante  a  la  cuarta  capitular  y  demás  anexo  a  ella  res- 
pectivo a  esta  ciudad,  y  recibir  los  cobros  de  tierra  adentro,  for- 
mar la  cuenta  de  misas  y  contingente  a  cada  uno  de  los  señores 
capitulares  y  hacer  la  distribución:  y  se  le  señalaron  150  pesos 
anuales  de  salario.  (Libro  7  fol.  157). 

En  30,  habiéndose  recibido  una  carta  (que  sigue  copiada)  del 
Illmo.  Sor.  Obispo,  satisfaciendo  a  los  reparos  puestos  por  el  Ca- 
bildo en  cuanto  a  los  tres  puntos  expresados  en  la  acta  de  10  de 
este  mes  insistiendo  en  lo  mandado,  y  sólo  en  cuanto  al  de  que 
el  diácono  vaya  junto  al  preste,  dejando  su  determinación  a  ar- 
bitrio del  Cabildo,  no  obstante  las  razones  de  su  fundamento; 
se  acordó  que  siguiese  la  costumbre  de  ir  el  preste  entre  dos  capi- 
tulares y  obedeciese  lo  demás  sin  perjuicio  de  la  costumbre  y  de 
los  recursos  que  se  hiciesen  por  el  Cabildo.  (Libro  7,  duplicado, 
fol.  17  vto.). 

En  5  de  abril,  antes  y  después  de  la  misa  mayor  celebrado 
Cabildo,  acerca  de  varios  recados  que  envió  el  señor  provisor, 
relativos  a  que  debía  hacerse  con  su  licencia  la  procesión  del  San- 
tísimo Sacramento  que  seguía  a  la  misa  de  la  madrugada  (supó- 
nese  ser  de  la  Resurrección  del  Señor)  y  por  haberse  hecho  por 
dentro  de  la  Iglesia,  reiterado  la  notificación  de  un  auto  para  que 
se  hiciese  otra  procesión  por  la  calle,  el  Cabildo  se  denegó  a  esto 
e  insinuó  la  costumbre  de  hacerse  la  tal  procesión  sin  preceder 
la  petición  de  licencia.  (Libro  7,  fol.  157). 


18  —  detat,  i. 


258 


FUENTES   PAKA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  28,  insinuándose  estar  concluido  el  altar  mayor,  se  dispuso 
que  se  perfeccionase  el  Sagrario,  pues  le  faltaba  el  segundo  cuerpo, 
y  que  hiciese  la  moldura  y  retoque  de  la  imagen  de  Santa  Rosa 
que  se  había  de  colocar  allí.  (Libro  7,  fol.  157  vto.). 

En  28  de  mayo,  se  nombró  un  revisor  de  las  cuentas  dadas 
ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  por  el  señor  juez  de  diezmos  del  tiempo 
que  las  manejó.  (Libro  7,  fol.  157  vto.). 

En  12  de  junio,  el  Cabildo  prestó  su  obedecimiento  a  la  Real 
Cédula,  sobre  publicación  de  la  bula  de  la  Santa  Cruzada,  y  estar 
pronto  a  recibirla  el  día  24  de  este  mismo  mes  indicado  por  el  señor 
comisario.  (Libro  7  duplicado,  fol.  19  vto.). 

En  Io  de  julio,  se  dispuso  hacerse  algunas  consultas  a  su  Sría. 
Illma.  y  al  señor  vicepatrono  regio,  acerca  de  proseguir  el  concurso 
de  la  canongía  penitenciaria,  que  estaba  parado,  por  no  haber 
vuelto  algunos  edictos  de  los  fijados.   (Libro  7,  fol.   160  vto.). 

En  4,  se  suspendió  la  resolución  del  acuerdo  antecedente  hasta 
que  hubiese  Cabildo  pleno,  y  estuviesen  completas  las  consultas. 
(Libro  7,  fol.  161  vto.). 

En  27,  se  aceptó  el  título  de  secretario  de  Cabildo  despachado 
por  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  a  Dn.  Juan  Joseph  Castillo,  clérigo 
presbítero  y  del  título  se  puso  testimonio  al  folio  176  vuelto  de 
este  libro.  (Libro  7,  fol.  162). 

Aquí  mismo  habiéndose  recibido  las  consultas  sobre  proseguir 
el  concurso  a  la  canongía  penitenciaria,  se  mandó  compulsar 
testimonio  de  éste  y  de  los  acuerdos  antecedentes  para  agregarlos 
a  los  autos.  (Libro  7,  fol.  162). 

En  28,  habiéndose  recibido  una  Real  provisión  de  la  Real 
Audiencia  de  Santafé  de  16  de  mayo  de  este  año  en  orden  a  la 
preferencia  de  asiento  y  tratamiento  del  M.V.S.  Deán  y  Cabildo 
en  los  actos  y  casos  que  se  expresan,  relativos  a  lo  acaecido  con  el 
señor  provisor,  se  obedeció  y  se  mandó  pasar  al  Illmo.  Sor.  Obispo 
con  expresiones  de  los  motivos  que  tuvo  el  Cabildo  para  este  re- 
curso y  de  la  buena  voluntad  con  que  siempre  deseó  complacer 
a  su  Sría.  Illma.  Y  sigue  testimonio  de  la  dicha  real  provisión. 
(Libro  7,  fol.  162  vto.). 

En  4  de  agosto,  por  ausencia  de  Dn.  Juan  de  Talavera  se 
nombró  por  receptor  de  la  renta  de  diezmos  del  Cabildo  al  Dr. 
Dn.  Francisco  de  la  Vega,  interinamente.  Y  aquí  mismo  se  insinuó 
haberse  remitido  a  su  Sría.  Illma.  la  real  provisión  antecedente. 
(Libro  7,  fol.  174). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1723 


259 


En  11,  se  acordó:  que  el  mayordomo  de  fábrica  y  el  apoderado 
del  Cabildo,  diesen  razón  de  los  censos  de  fábrica  y  de  manuales 
que  no  estuviesen  con  escritura,  y  que  el  apoderado  no  consistiese 
en  traspasos  sin  acuerdo  del  Cabildo.  (Libro  7,  fol.  174  vto.). 

En  27,  con  motivo  de  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  cuyo 
contenido  no  se  expresa,  el  Cabildo  protestó  que  no  le  parase 
perjuicio  en  cuanto  a  lo  resuelto  en  la  sobredicha  real  provisión 
de  preferencia  y  tratamiento.  (Libro  7,  fol.  175  vto.). 

En  1  °  de  septiembre,  se  mandaron  encuadernar  las  reales  Cé- 
dulas y  provisiones  dirigidas  al  Cabildo  que  andaban  sueltas  y 
que  de  las  que  estuviesen  en  autos  se  compulsase  testimonio  para 
agregarlo  en  la  misma  encuademación.  (Libro  7,  duplicado,  fol. 
20  vto.). 

En  20  de  octubre,  habiéndose  visto  un  título  de  cura  de  la 
Catedral  (de  que  sigue  copia)  despachado  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo 
a  favor  del  Dr.  Dn.  Cristóbal  de  Lizaurzabal,  el  Cabildo  lo  obe- 
deció protestando  no  le  parase  perjuicio  en  cuanto  le  tocaba 
hacer  tales  nombramientos.   (Libro  7,  fol.  178). 

En  los  demás  Cabildos  de  este  año,  no  hubo  acuerdo,  y  sólo 
se  pusieron  las  diligencias. 

Año  de  1723. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  jueces  adjuntos  los  señores 
Deán  Dr.  Dn.  Félix  de  Acuña  y  arcediano  Dr.  Dn.  Gabriel  Matías 
de  Ibarra.  (Libro  particular,  fol.  2). 

En  el  mismo  día  se  nombró  al  Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega 
por  colector  del  Cabildo  con  asignación  del  ocho  por  ciento,  me- 
diante renuncia  que  hizo  Dn.  Diego  Ramírez,  y  también  se  le 
facultó  el  asistir  a  los  remates  de  diezmos  por  parte  del  mismo 
Cabildo  para  admitirlos  y  aceptarlos  o  contradecirlos.  (Libro  7, 
fol.  182). 

En  12,  se  mandaron  revisar  las  cuentas  de  manuales  presen- 
tadas por  Dn.  Diego  de  Ramírez:  y  se  mandaron  pagar  a  los  mi- 
nistros lo  que  les  correspondía  según  el  cuadrante  formado  por 
el  apoderado  Ledo.  Dn.  Juan  de  Ponte.  (Libro  7,  fol.  182  vto.). 

En  19,  se  mandó  requerir  a  los  apoderados  del  Cabildo  en  tierra 
adentro  sobre  las  cobranzas  de  lo  perteneciente  a  la  cuarta  capi- 
tular. (Libro  7,  fol.  183). 


260 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  12  de  febrero,  se  trató  acerca  de  no  ser  conforme  que  tur- 
nasen los  señores  dignidades  en  las  misas  del  Santo  Cristo,  y  se 
suspendió  la  resolución  hasta  otro  Cabildo  de  mayor  concurrencia 
y  que  se  citase  a  los  señores  ausentes.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  23). 

En  27  de  abril,  se  mandaron  quitar  dos  aperturas  que  tenía 
el  Sagrario  del  altar  mayor.  (Libro  7,  fol.  183  vto.). 

En  25  de  mayo,  atenta  la  insinuación  hecha  de  haber  recaído 
el  marquesado  de  Torre  Casa  en  Dn.  Ignacio  de  Urbina,  se  dispuso 
que  se  le  hiciese  el  cumplimiento  correspondiente  de  parte  del 
Cabildo.  (Libro  7,  fol.  184). 

En  15  (así  está  postergado)  presentado  el  real  despacho  de 
16  de  abril  de  1722,  en  que  es  promovido  el  señor  Tesorero  Dr. 
Dn.  Juan  Chirino  a  la  dignidad  de  Chantre,  vacante  por  falle- 
cimiento del  señor  Dr.  Dh.  Nicolás  de  Herrera,  y  asimismo  las 
diligencias  operadas  ante  el  señor  Dr.  Dn.  Gabriel  Matías  de 
Ibarra,  comisionado  del  Illmo.  Sor.  Obispo  ausente;  estando  este 
señor  comisionado  con  el  Cabildo  en  el  coro  de  esta  Santa  Iglesia, 
le  dio  la  colación  e  inmediatamente  la  posesión  con  las  ceremonias 
acostumbradas  juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  7,  fol. 
184,  vto.). 

En  8  de  junio,  habiéndose  presentado  por  Dn.  Joseph  de 
Oviedo  una  Real  Cédula  (que  sigue  copiada)  de  8  de  agosto  de 
1716,  en  que  se  le  concede  al  patronato  de  la  capilla  de  Nuestra 
Señora  del  Pópulo,  el  Cabildo  obedeció  llanamente.  Y  aquí  mismo 
se  anuncia  que  esta  concesión  se  hacía  a  semejanza  de  otra  hecha 
por  real  despacho  de  5  de  noviembre  de  1701  a  doña  Alelchora 
de  Tovar  y  Baños,  que  es  el  patronato  de  la  capilla  de  San  Ni- 
colás de  Bari.  (Libro  7,  fol.  188  vto.). 

En  11,  con  motivo  de  no  efectuarse  la  contribución  de  la 
limosna  de  las  misas  del  Santo  Cristo  y  descuidos  que  se  notaban 
en  la  lámpara  de  su  altar  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica 
diese  razón  del  estado  de  la  dotación.  (Libro  7,  duplicado,  fol. 
23  vto.). 

En  23  de  julio,  se  mandó  copiar  y  en  efecto  se  copió  la  razón 
dada  por  el  mayordomo  de  la  dicha  dotación  y  de  lo  proveído 
por  el  Cabildo,  dando  comisión  al  señor  canónigo  de  merced  y 
al  secretario  para  remediar  todo  lo  relativo  a  sus  censos  y  distri- 
buciones. (Libro  7,  duplicado,  fol.  24  vto.). 

En  17  de  agosto,  se  acordó:  que  se  fabricase  una  bodega  in- 
mediata a  la  sacristía  para  custodia  de  alhajas  y  muebles  y  que 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1723 


261 


se  solicitase  al  efecto  el  consentimiento  del  Illmo.  Sor.  Obispo. 
(Libro  7,  fol.  191  vto.). 

En  7  de  octubre,  presentado  el  real  despacho  de  11  de  mayo 
de  1722,  en  que  es  promovido  el  señor  canónigo  de  merced  Dn. 
Alonzo  de  Escobar  a  la  dignidad  de  Tesorero,  vacante  por  pro- 
moción del  señor  Dr.  Dn.  Juan  Chirino;  y  asimismo  las  diligencias 
operadas  ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo;  estando  su  Sría.  Illma.  con 
el  Cabildo  en  el  coro,  le  dio  la  colación  y  seguidamente  la  posesión 
con  las  ceremonias  acostumbradas,  juramento  y  profesión  de  la  fe. 
(Libro  7,  fol.  192  vto.). 

En  14,  presentado  el  real  despacho  de  31  de  marzo  (así  está 
y  parece  debe  ser  de  mayo  para  que  sea  como  debe  ser  posterior 
al  antecedente)  de  1722,  en  que  es  promovido  el  señor  Dn.  Joseph 
de  Oyanguren  Villavicencio,  cura  del  puerto  de  La  Guaira  a  la 
canongía  de  merced,  vacante  por  promoción  del  señor  Dn.  Alonzo 
de  Escobar,  y  asimismo  las  diligencias  operadas  ante  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  estando  su  Sría.  Illma.  en  el  coro,  le  dio  la  colación 
y  seguidamente  la  posesión  con  las  ceremonias  acostumbradas, 
juramento  y  profesión  de  la  fe,  sólo  hubo  de  variación,  el  que  no 
le  sentó  por  su  mano  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  sino  que  mandó  lo 
hiciese  en  el  coro  el  maestro  de  ceremonias  y  en  la  sala  capitular, 
que  se  le  sentó  allí  en  la  silla  correspondiente  de  orden  de  su  Sría. 
Illma.  (Libro  7,  fol.  195). 

En  15,  se  admitió  la  dotación  que  proponía  hacer  una  persona 
devota  de  los  maitines  de  la  general  conmemoración  de  los  Difuntos; 
con  tal  que  se  asegurase  competentemente  y  que  lo  aprobase  el 
Illmo.  Sor.  Obispo:  y  sigue  un  auto  de  su  Sría.  Illma.  en  que 
accede  y  ofrece  dar  la  comprobación  luego  que  se  practicasen 
en  su  Tribunal  las  competentes  diligencias,  Y  aquí  mismo  declaró 
por  nulos  los  Cabildos  de  II  de  junio  y  23  de  julio,  relativos  a  las 
misas  del  Santísimo  Cristo.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  26). 

Sigue  copia  de  la  representación  y  memoria  hecha  acerca  de 
la  sobredicha  dotación  de  los  maitines  de  Difuntos,  y  su  distri- 
bución entre  los  ministros.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  27  vto.). 

En  26,  se  mandó  al  apoderado  general  del  Cabildo  procediese 
al  cobro  de  lo  que  debían  a  la  cuarta  capitular  los  arrendatarios 
de  diezmos.  (Libro  7,  fol.  197  vto.). 

En  29,  se  dio  satisfacción  a  lo  dispuesto  por  el  Illmo.  Sor. 
Obispo  en  el  auto  anteriormente  citado;  y  se  dispuso  que  se  con- 
sultase al  señor  juez  metropolitano  sobre  los  dos  puntos  repro- 


262 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


baclos  por  su  Sría.  Illma;  el  uno  en  cuanto  a  haber  el  Cabildo 
admitido  la  petición  en  que  se  le  propuso  la  dotación  de  los  mai- 
tines de  Difuntos,  y  el  otro  acerca  de  las  razones  que  mandó  dar 
sobre  el  estado  de  la  dotación  de  las  misas  del  Santísimo  Cristo. 
(Libro  7,  duplicado,  fol.  28). 

En  7  de  diciembre,  se  mandó  hacer  reconocimiento  de  todo  lo 
que  está  a  cargo  del  sacristán  mayor,  comisionándose  para  ello 
al  señor  Tesorero  j  se  dispuso:  que  la  plata  labrada  que  sirve 
cotidianamente  estuviese  separada  y  bajo  de  llave,  y  que  para 
custodiar  la  demás  se  hiciese  una  arca  con  dos  llaves,  de  las  cuales 
tuviese  una  el  dicho  señor  Tesorero  y  otra  el  sacristán  mayor. 
(Libro  7,  fol.  198  vto.). 

Aquí  mismo  el  Cabildo  accedió  con  protesta  por  haberse  hecho 
sin  su  consentimiento  al  aumento  de  la  renta  del  maestro  de  cere- 
monias hasta  completarle  anualmente  100  pesos  que  le  hizo  el 
Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  7,  fol.  198  vto.). 

En  13,  habiéndose  recibido  un  ejecutorial  del  Illmo.  señor 
metropolitano  de  Santo  Domingo  (que  aunque  se  mandó  copiar 
no  se  copió)  sobre  el  recurso  de  apelación  interpuesto  por  el  Ca- 
bildo en  la  competencia  que  tuvo  con  el  señor  provisor  y  vicario 
general  Ledo.  Dn.  Francisco  de  Hoces,  se  dispuso  que  se  presen- 
tase a  su  Sría.  Illma.  por  el  apoderado  del  Cabildo.  (Libro  7, 
fol.  199). 

Año  de  1724. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Teso- 
rero Dn.  Alonzo  de  Escobar  y  canónigo  de  merced  Dn.  Joseph  de 
Oyanguren.  (Libro  particular,  fol.  3). 

En  8  de  febrero,  habiéndose  recibido  la  resolución  de  la  con- 
sulta hecha  al  Illmo.  señor  metropolitano  sobre  los  dos  puntos 
que  se  refieren  en  el  Cabildo  de  29  de  octubre  del  año  anterior, 
determinándose  en  cuanto  al  primero  que  no  es  ofensivo  a  la 
jurisdicción  ordinaria  el  explotar  la  voluntad  del  Cabildo  sobre 
alguna  dotación  que  quiera  hacerse  antes  de  ponerse  en  práctica 
las  diligencias:  y  por  lo  respectivo  al  segundo  que  no  se  debieren 
declarar  por  nulos  los  Cabildos  de  1 1  de  junio  y  23  de  julio;  pues 
lo  dispuesto  en  ellos  era  de  la  jurisdicción  económica  del  Cabildo, 
se  acordó  que  de  la  acta  de  1 5  del  dicho  mes  de  octubre  se  borrasen 
las  palabras  que  decían  haberse  acordado  admitir  la  dotación  de 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1724 


263 


maitines  de  Difuntos,  quedando  en  la  inteligencia  de  que  el  Ca- 
bildo sólo  manifestaba  su  voluntad  de  estar  dispuesto  a  admitirla 
y  que  todo  se  participase  a  su  Sría.  Illma.  Y  sigue  copia  de  la  dicha 
resolución.  (Libro  7,  fol.  199  vto.). 

En  11,  se  dispuso  que  no  se  pusiese  la  llave  en  el  Sagrario 
los  jueves  para  el  renovó  antes  de  la  misa,  sino  que  al  tiempo  de 
salir  los  ministros  a  cantarla  la  llevase  el  diácono.  (Libro  7,  dupli- 
cado, fol.  29). 

En  15,  se  mandó  dar  cuenta  al  Illmo.  Sor.  Obispo  (que  estaba 
ausente)  de  la  renuncia  que  hacía  el  señor  Deán  Dr.  Dn.  Félix 
de  Acuña  del  empleo  de  conciliario  del  Seminario  Tridentino. 
(Libro  7,  fol.  203  vto.). 

En  7  de  marzo,  habiéndose  presentado  por  los  señores  alcaldes 
ordinarios  que  en  calidad  de  gobernadores,  cuyo  empleo  ejercían 
se  les  hiciese  venia  verbal  en  los  sermones  y  se  les  diese  paz;  el 
Cabildo  respondió  que  no  tenía  jurisdicción  para  decretar  este 
punto.  (Libro  7,  fol.  204  vto.). 

En  21,  se  mandó  reparar  un  corredor  contiguo  a  la  sacristía 
común.  (Libro  7,  fol.  205  vto.). 

En  28,  se  dispuso  que  pues  había  regresado  Dn.  Juan  de  Ta- 
lavera  continuase  el  empleo  de  receptor  de  las  cuartas  capitu- 
lares y  se  diesen  gracias  al  interino,  y  se  dispuso  también  que  la 
arca  de  la  custodia  de  este  dinero  de  diezmos  se  colocase  para 
mejor  seguridad  en  la  casa  del  señor  Tesorero.  (Libro  7,  fol.  2). 

En  5  de  mayo,  se  dispuso  que  se  formase  una  tabla  en  que  se 
pusiese  la  hora  fija  de  tocar  y  entrar  a  los  oficios  divinos  en  los 
días  en  que  es  extraordinaria.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  29  vto.). 

En  9,  habiéndose  recibido  la  anuencia  del  Illmo.  Sor.  Obispo 
para  la  elección  de  conciliario  del  Seminario,  se  hizo  ésta  en  el 
señor  Chantre  Dr.  Dn.  Juan  Chirino.  (Libro  7,  fol.  206). 

Aquí  mismo  recibida  otra  carta  de  su  Sría.  Illma.  acerca  de 
la  sobredicha  consulta  hecha  al  Illmo.  señor  metropolitano  en  que 
expresa  venerarla  y  estar  pronto  a  su  ejecución  sin  perjuicio  de  la 
jurisdicción  y  asimismo  insinúa  que  contestará  judicialmente 
cuando  pueda  tener  presentes  los  libros  capitulares  por  lo  res- 
pectivo a  los  Cabildos  anulados  se  acordó  que  se  le  remitiese 
testimonio  de  éstos.  Y  siguen  copiadas  las  dos  cartas.  (Libro  7, 
fol.  206  vto.). 

En  11,  presentado  el  real  despacho  de  19  de  septiembre  de  1723 
en  que  es  promovido  el  señor  Dr.  Dn.  Francisco  Martínez  de 


264 


FUENTES   PAKA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Porras,  presbítero,  cura  de  la  catedral  y  rector  del  Seminario  a 
la  canongía  penitenciaria,  vacante  por  promoción  del  señor  Dr. 
Dn.  Juan  Chirino  a  la  Tesorería,  y  asimismo  las  diligencias  ope- 
radas ante  el  señor  arcediano  Dr.  Dn.  Gabriel  Matías  de  Ibarra, 
comisionado  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  a  este  efecto:  estando  dicho 
señor  comisionado  junto  con  el  Cabildo  en  el  coro  le  dio  la  colación 
y  allí  mismo  la  posesión  de  su  respectiva  silla,  y  seguidamente  en 
la  sala  capitular,  todo  con  las  ceremonias  acostumbradas,  jura- 
mento y  profesión  de  la  fe.  (Libro  7,  fol.  207  vto.). 

En  19,  se  trató  acerca  de  las  fallas  que  hacían  al  coro  en  los 
domingos  dos  músicos  de  la  capilla,  que  tenían  esta  obligación 
y  se  acordó  dar  cuenta  al  señor  teniente  provisor  para  que  los 
apremiase  y  se  les  sacasen  las  fallas.  (Libro  7,  duplicado, 
fol.  30). 

En  16  de  junio,  insinuó  el  Cabildo  su  anuencia  para  la  publi- 
cación de  la  bula  de  la  Santa  Cruzada  en  la  Catedral  el  día  24  de 
este  mes.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  30  vto.). 

En  23,  habiéndose  recibido  sobrecarta  del  ejecutorial  del  señor 
metropolitano  en  la  competencia  con  el  señor  provisor,  sobre  lo 
ocurrido  en  la  procesión  del  Viernes  Santo,  y  mañana  de  Resu- 
rrección, cometida  su  intimación  y  ejecución  a  los  prelados  de  las 
religiones;  el  Cabildo  acordó  suspender  esto  y  comunicar  simple- 
mente el  auto  del  señor  metropolitano  a  su  Sría.  Illma.  que  estaba 
ausente  en  su  visita,  insinuándole  la  buena  voluntad  con  que  el 
Cabildo  quedaba  deseoso  de  la  paz,  a  fin  de  que  sin  estrépito  se 
cumpliese  lo  mandado  y  su  Sría.  Illma.  mirase  por  el  bien  de  su 
Cabildo.  (Libro  7,  fol.  211  vto.). 

En  27,  habiendo  presentado  sus  cuentas  el  Dr.  Dn.  Francisco 
de  la  Vega,  del  tiempo  que  fue  receptor  de  la  cuarta  capitular, 
se  mandaron  liquidar.  (Libro  7,  fol.  212,  vto.). 

Aquí  mismo  se  mandó  fabricar  una  oficina  para  efectos  conve- 
nientes, junto  al  aposento  inmediato  al  donde  estaban  los  ora- 
torios. (Libro  7,  fol.  212  vto.). 

En  4  de  julio  se  mandó  comunicar  vista  de  la  liquidación  de 
las  cuentas  de  diezmos  del  receptor  de  la  cuarta  a  este  mismo. 
(Libro  7,  fol.  213). 

En  11  se  mandó  al  apoderado  del  Cabildo  que  pidiese  ante  el 
señor  juez  de  diezmos  el  reintegro  de  algunas  cantidades  tocantes 
al  Cabildo  en  lo  que  había  perteneciente  a  la  testamentaría  del 
señor  Deán  Dn.  Joseph  Melero.  (Libro  7,  fol.  213  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1724 


265 


En  1  °  de  septiembre,  tratándose  de  las  fallas  de  dos  capellanes 
de  coro  de  capellanías  particulares  foráneas,  se  dispuso  que  se  su- 
plicase al  Tribunal  eclesiástico  les  compeliese  al  exhibo  de  lo  corres- 
pondiente a  las  mismas  fallas;  y  que  señale  algún  tanto  por  ciento 
al  colector  para  que  éste  cobrase  las  cuentas  de  las  propias  cape- 
llanías. (Libro  7,  duplicado,  fol.  31  vto.). 

En  13  de  octubre,  habiéndose  visto  una  consulta  del  maestro 
de  ceremonias  acerca  de  las  misas  de  Difuntos  del  primer  lía  no 
impedido  de  cada  mes,  se  suspendió  la  resolución  hasta  otro 
Cabildo  de  mayor  concurrencia.  (Libro  7,  duplicado,  fol. 
32  vto.). 

En  20,  se  volvió  a  tener  el  mismo  tratado,  y  se  suspendió  sin 
resolución.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  33). 

En  27  se  reiteró  el  mismo  tratado,  sin  resolución.  (Libro  7, 
duplicado,  fol.  33). 

En  10  de  noviembre,  habiéndose  continuado  el  tratado  se  de- 
terminó por  la  variación  de  pareceres,  que  se  remitiese  el  asunto 
al  Illmo.  Sor.  Obispo  a  fin  de  que  lo  determinase.  (Libro  7,  du- 
plicado, fol.  33  vto.). 

En  14,  recibida  la  contestación  de  su  Sría.  Illma.  (que  sigue 
copiada)  acerca  del  aviso  dado  por  el  Cabildo  del  recibo  del  ejecu- 
torial sobrecartado  sobre  lo  ocurrido  con  el  señor  provisor  se  dis- 
puso que  se  le  remitiese  éste  y  su  antecedente  en  testimonio  para 
su  cumplimiento.  (Libro  7,  fol.  216). 

Aquí  mismo  se  acordó  dar  gracias  a  su  Sría.  Illma.  por  haber 
restituido  a  Dn.  Juan  de  Talavera  al  oficio  de  notario  contador 
de  diezmos.  (Libro  7,  fol.  216). 

En  12  se  mandaron  coger  las  goteras  que  tenía  el  techo  de  la 
Iglesia  y  reparar  las  bóvedas.  (Libro  7,  fol.  217). 

En  15  y  22  se  trató  acerca  del  reparo  hecho  en  que  cuando 
se  celebraban  misas  solemnes  votivas  se  cantaba  antes  de  ellas 
tercia  votiva  correspondiente  a  la  solemnidad  y  no  la  hora  de  nona 
como  correspondía  según  las  rúbricas;  y  se  acordó  que  siguiese  la 
loable  costumbre  de  cantarse  la  tal  tercia  votiva  y  que  para  no 
faltar  a  la  rúbrica  se  rezase  antes  la  nona.  Y  a  instancia  de  uno 
de  los  señores  sufragantes  se  mandó  remitir  copia  de  esta  acta 
al  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  34). 


266 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1725. 

En  1  °  de  enero,  se  nombraron  por  adjuntos  a  los  señores  arce- 
diano Dr.  Dn.  Gabriel  Matías  de  Ibarra  y  magistral  Dr.  Dn.  Jo- 
seph  Martínez  de  Solórzano.  (Libro  particular,  fol.  3  vto.). 

En  2,  se  nombró  al  señor  Dr.  Dn.  Joseph  Martínez,  canónigo 
penitenciario  y  juez  de  diezmos  para  asistir  por  parte  del  Cabildo 
a  los  remates  y  admitir  posturas.  (Libro  particular,  fol.  4). 

En  12,  se  acordó  que  se  formasen  constituciones  y  regla  de 
coro  para  el  gobierno  de  esta  Santa  Iglesia,  se  nombró  al  efecto 
al  señor  arcediano  Dr.  Dn.  Gabriel  Matías  de  Ibarra  por  parte 
del  Cabildo  y  se  mandó  remitir  testimonio  de  este  acuerdo  al 
Illmo.  Sor.  Obispo  a  fin  de  que  por  la  suya  nombrase  otro  de  los 
señores  capitulares.  Y  que  hechas  las  constituciones  se  remitiesen 
al  Rey.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  35  vto.). 

En  30,  se  acordó  que  se  participase  al  Illmo.  Sor.  Obispo  haber 
vacado  por  fallecimiento  del  señor  Chantre  Dr.  Dn.  Juan  Chirino 
el  empleo  de  conciliario  del  Seminario,  pues  aunque  tocaba  al 
Cabildo,  quería  éste  obsequiar  a  su  Sría.  Illma.  (Libro  7,  fol.  218). 

En  13  y  20  de  febrero,  6  de  marzo,  habiéndose  tratado  sobre 
una  carta  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  en  que  insinúa  al  Cabildo  haber 
determinado  suspender  la  ejecución  del  ejecutorial  sobrecartado 
en  el  asunto  de  lo  ocurrido  con  el  señor  provisor  en  las  procesiones 
del  Viernes  Santo  y  mañana  de  Resurrección,  el  Cabildo  satisface 
a  las  razones  de  la  suspensión  e  insta  por  el  cumplimiento  de  lo 
decretado  allí.  (Libro  7,  fol.  218  vto.). 

En  20  de  abril,  se  mandó  copiar  y  se  copió  en  este  libro  una 
carta  del  Illmo.  Sor.  Obispo  en  que  acerca  de  lo  que  se  le  insinuó 
en  cuanto  a  la  formación  de  constituciones  y  regla  de  coro,  deter- 
mina suspender,  hasta  que  estuviese  más  cerca  de  esta  ciudad, 
pues  se  hallaba  en  la  de  Trujillo.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  36  vto.). 

Aquí  mismo  se  obedeció  la  determinación  de  su  Sría.  Illma. 
(que  sigue  copiada)  en  cuanto  a  la  misa  mensual  de  Réquiem  por 
los  difuntos,  que  no  es  carga  obligada  al  día  primero,  sino  al  primer 
día  desembarazado  de  cada  mes.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  36  vto.). 

En  30,  se  obedecieron  tres  Reales  Cédulas  (que  siguen  copiadas) 
dirigidas  al  Cabildo  la  una  de  20  de  noviembre  de  1723,  en  que  se 
declara  por  nulo  lo  determinado  por  la  real  audiencia  de  Santafé, 
sobre  haber  querido  preceder  el  provisor  al  Cabildo  en  los  exá- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1725 


267 


menes;  y  que  repuesto  el  expediente  al  estado  en  que  estaba  cuando 
se  llevó  a  la  audiencia,  determinase  el  Illmo.  Sor.  Obispo  oyendo 
a  las  partes  en  justicia.  (Libro  7,  fol.  222). 

Otra  de  22  de  marzo  de  1724  en  que  se  avisa  al  Cabildo  el 
encargo  que  se  hace  al  Illmo.  Sor.  Obispo  de  que  le  deje  en  la 
posesión  de  nombrar  juez  general  de  diezmos.  (Libro  7,  fol.  223  vto.). 

Y  otra  de  26  de  noviembre  de  1 724,  sobre  lo  ocurrido  con  el 
señor  provisor  en  cuanto  a  precedencias,  preferencias  y  acierto 
en  procesiones,  en  la  cual  se  manda  que  el  Cabildo  y  los  señores 
Deán  y  arcediano  usen  de  su  derecho  para  que  se  ejecute  en  todo 
y  por  todo  el  auto  del  Illmo.  señor  metropolitano.  (Libro  7,  fol.  224). 

En  26  de  mayo,  presentado  el  real  despacho  de  4  de  julio  de 
1724  en  que  es  promovido  el  señor  Dr.  Dn.  Fernando  Perera 
Lozano,  presbítero,  a  una  de  dos  raciones  aumentadas,  y  las  dili- 
gencias operadas  ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  estando  su  Sría. 
Illma.  con  el  Cabildo  en  el  coro  le  dio  la  colación  y  seguidamente 
la  posesión  allí  y  en  la  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostum- 
bradas, juramento  y  profesión  de  la  fe,  habiéndose  solamente 
alterado  en  cuanto  a  que  en  el  coro  lo  llevó  a  la  silla  el  maestro  de 
ceremonias  y  que  en  la  sala  capitular  se  le  dio  el  asiento  de  orden 
de  su  Sría.  Illma. :  y  en  la  acta  en  que  el  Cabildo  obedeció  el  real 
despacho  insinuó  que  aún  no  había  recibido  el  real  despacho  del 
indicado  aumento,  y  que  dudaba  cuál  era  la  renta  que  en  el  pre- 
sentado se  decía  estar  señalado.  Está  postergado  el  testimonio  de 
estas  diligencias  en  el  libro.  (Libro  7,  fol.  228  vto.). 

En  29  de  mayo,  se  acordó  que  se  suplicase  al  Illmo.  Sor.  Obispo 
se  sirviese  venir  a  la  sala  capitular  el  día  que  eligiese  para  tratar 
de  las  obligaciones  de  los  señores  racioneros  recientemente  creados. 
(Libro  7,  fol.  225  vto.). 

En  el  mismo  día  se  eligió  al  señor  penitenciario  Dr.  Dn.  Fran- 
cisco Martínez  de  Porras  por  conciliario  del  Seminario  de  parte 
del  Cabildo  por  fallecimiento  del  señor  Chantre  Dr.  Dn.  Juan 
Chirino.  (Libro  particular,  fol.  4  vto.). 

En  15  de  junio,  habiéndose  hecho  mención  de  haberse  aumen- 
tado una  canongía,  dos  racioneros  y  dos  medios  racioneros;  y 
considerándose  que  la  tenue  dotación  de  los  manuales  ya  se  hacia 
incapaz  de  contribuir  a  todos  los  interesados,  se  acordó:  que  que- 
dando las  misas  del  Santísimo  Cristo  y  de  la  Virgen  sin  alteración 
por  lo  respectivo,  a  las  demás  sólo  asistiesen  seis  capellanes  a 
oficiarlas,  dándose  un  real  a  cada  uno  entrando  por  turno  por  su 


268 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


antigüedad,  poniéndose  para  ello  clavija  y  que  otros  seis  reales 
quedasen  para  distribuciones.  Y  que  cuando  el  manual  fuese 
después  de  la  misa  conventual,  y  ésta  antes,  quedasen  libres 
de  asistir  a  la  misa  conventual  los  seis  capellanes  a  quienes  no 
tocase  el  turno,  quedando  obligados  a  asistir  a  la  misa  mayor: 
pero  que  este  decreto  no  se  ejecutase  hasta  que  su  Sría.  Illma. 
lo  confirmase.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  38). 

En  7  de  septiembre,  se  acordó  que  se  participase  al  Illmo.  Sor. 
Obispo  la  causa  y  fundamento  de  no  acompañarlo  al  regreso  de  la 
Iglesia  a  su  palacio,  habiéndose  de  seguir  hora  canónica  después 
de  la  misa  como  estaba  acordado  en  acta  de  22  de  diciembre  de 
1719;  y  que  sin  embargo  de  esto  quedaba  el  Cabildo  dispuesto  a 
ejecutar  lo  que  su  Sría.  Illma.  determinase.  (Libro  7,  duplicado, 
fol.  39  vto.). 

En  8,  habiéndose  tenido  noticia  de  que  el  comisario  del  Santo 
Oficio  había  de  pasar  recado  al  Cabildo  al  tiempo  de  estar  en  el 
coro  para  leerse  un  edicto,  y  que  se  mandaba  dar  asiento  al  notario 
entre  los  señores  dignidades;  el  Cabildo  previniendo  el  lance 
acordó,  darle  el  asiento  porque  no  se  perturbase  el  acto,  protes- 
tando de  ello  como  novedad  insólita  y  opuesta  al  ceremonial  de 
Obispos.  (Libro  7,  fol.  228). 

En  14,  habiendo  participado  los  señores  diputados  que  pasaron 
a  tratar  con  el  Illmo.  Sor.  Obispo  acerca  del  recado  que  se  espe- 
raba del  comisario  de  Inquisición,  que  su  Sría.  Illma.  disponía 
que  no  se  diese  asiento  al  notario  entre  los  dignidades;  y  que  en 
caso  de  dársele  se  le  señalase  después  de  los  curas,  y  que  el  recado 
lo  recibiese  el  señor  presidente  del  coro  fuera  de  éste;  el  Cabildo 
acordó  que  así  se  ejecutase  y  no  como  lo  había  dispuesto  en  su 
acta  de  8  de  este  mes.  (Libro  7,  fol.  232  vto.). 

En  15,  reiterado  el  tratado  acerca  del  recado  que  había  de 
enviar  el  comisario  de  Inquisición  y  en  el  mismo  acto  consultán- 
dose al  Illmo.  Sor.  Obispo  nuevamente  y  contestado  que  el  señor 
presidente  recibiese  al  notario  en  la  sala  capitular  y  le  diese  asiento 
de  taburete  se  acordó  que  así  se  ejecutase.  (Libro  7,  fol.  233  vto.). 

En  18,  participó  el  señor  arcediano  al  Cabildo  haber  recibido 
el  recado,  y  después  otros  de  protestas  y  el  Cabildo  le  dio  las 
gracias  y  reservó  acordar  después.  (Libro  7,  fol.  236  vto.). 

En  25,  se  acordó  dar  cuenta  al  Rey  de  lo  ocurrido  en  todo  lo 
referido  acerca  del  recado,  intento  de  silla  y  publicación  del  edicto. 
(Libro  7,  fol.  237). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1725 


269 


En  2  de  octubre,  se  dispuso  que  para  recursos  que  el  Cabildo 
intentaba  hacer  a  Su  Majestad  se  formase  cuenta  por  el  notario 
contador  de  las  rentas  capitulares  de  diezmos  en  cuatro  quin- 
quenios. (Libro  7,  fol.  238). 

En  9  al  mismo  efecto  se  mandó  hacer  una  justificación  de  la 
carencia  de  los  alimentos  y  vestuario.  (Libro  7,  fol.  238  vto.). 

En  12,  tratándose  de  las  obligaciones  y  privilegios  de  los  se- 
ñores racioneros  y  medios  racioneros,  y  teniéndose  presente  un 
certificado  (de  que  sigue  copia)  dado  por  el  maestro  de  ceremonias 
de  la  Santa  Iglesia  metropolitana  de  Santo  Domingo,  se  acordó: 
que  se  observase  y  guardase  lo  que  allí  se  expresa,  en  todo  lo  que 
no  fuese  contrario  a  costumbre  inmemorial.  Y  que  en  cuanto  a 
estipendio  fuese  en  las  misas  mayores  el  señalado  por  la  erección, 
y  por  lo  respectivo  a  las  otras  ante  mayores  de  rúbrica  y  de  erec- 
ción llevase  el  preste  el  duplo,  el  diácono  el  tanto  y  el  subdiácono 
el  medio  tanto:  y  en  las  de  dotación  cuatro  reales  el  diácono  y 
dos  el  subdiácono;  y  lo  mismo  el  cura  o  capellán  que  supliese  por 
éste.  Y  se  reservó  acordar  después  por  lo  tocante  a  dotaciones 
tenues.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  41). 

En  13,  se  aprobó  el  Cabildo  antecedente  por  el  Illmo.  Sor. 
Obispo  con  calidad  de  que  estando  presente  el  prelado  no  usasen 
los  señores  racioneros  y  medios  racioneros  de  sillas  iguales  con 
brazos.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  43  vto.). 

En  16,  se  dispuso  que  el  señor  Tesorero  hiciese  reconocimiento 
de  los  ornamentos  y  alhajas  de  la  sacristía  y  se  mandasen  hacer 
de  nuevo  las  sillas  del  presbiterio,  reparar  un  escaño  del  coro  y 
hacer  carpetas  encarnadas  y  moradas  para  dos  de  ellos.  (Libro  7, 
fol.  239). 

En  19,  habiéndose  comenzado  a  tratar  sobre  distribución  de 
las  dotaciones  tenues,  se  reservó  la  resolución  para  otro  Cabildo. 
(Libro  7,  duplicado,  fol.  44). 

En  23  dio  razón  el  señor  Tesorero  del  reconocimiento  de  la 
sacristía  y  se  dispuso  que  el  mayordomo  viniese  otro  día  a  la  sala 
a  dar  razón  de  las  existencias,  para  acordar  acerca  de  varias  cosas 
que  habían  de  hacerse.  (Libro  7,  fol.  239  vto.). 

En  26,  habiéndose  recibido  dos  representaciones  de  uno  de  los 
curas  de  la  Catedral,  de  que  el  Illmo.  Sor.  Obispo  mandó  co- 
municar vista  al  Cabildo,  la  una  en  que  se  pide  se  le  releve  de 
cantar  epístolas  en  suplemento  de  los  señores  medios  racioneros, 
y  la  otra  en  que  también  pide  relevación  de  las  asistencias  a  misas 


270 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


mayores,  vísperas  y  salves;  se  acordó  contestar  por  oficios  a  su 
Sría.  Illma.,  como  se  hizo  y  sigue  copia  de  ellos,  protestando  el 
Cabildo  no  entrar  como  parte  a  contender  en  juicio  con  el  dicho 
cura.  (Libro  7,  duplicado,  Gol.  44  vto.). 

En  31,  se  mandaron  hacer  algunos  ornamentos  y  utensilios 
que  se  expresan  en  la  acta  de  23  de  este  mes.  (Libro  7,  fol.  240). 

En  13  de  noviembre,  se  mandó  dar  al  colector  un  certificado 
del  contingente  de  las  obvenciones  y  manuales  para  el  informe  a 
Su  Majestad,  acerca  del  estado  en  que  quedaban  los  señores  capi- 
tulares con  el  aumento  de  una  canongía  y  de  las  raciones  y  medias 
raciones.  (Libro  7,  fol.  240  vto.). 

En    (así  está)  de  noviembre,  haciéndose  memoria  de  los 

Cabildos  de  2  de  noviembre  de  1674  y  de  3  de  octubre  de  1721 
acerca  de  la  cofradía  de  Nuestra  Señora  de  Candelaria  y  Concep- 
ción, se  dispuso  que  para  mejor  cumplir  las  misas  y  procesiones, 
se  omitiese  el  gasto  excesivo  que  se  hacia  en  pebetes,  y  que  se 
pasase  testimonio  de  las  mismas  actas  al  Illmo.  Sor.  Obispo  para 
que  se  sirviese  mandar  cumplir  el  primero  de  aquellos  Cabildos. 
(Libro  7,  duplicado,  fol.  47  vto.). 


Año  de  1726. 

En  Io  de  enero,  fueron  nombrados  por  adjuntos  los  señores 
arcediano,  Dr.  Dn.  Gabriel  Matías  de  I  barra  y  canónigo  de  mer- 
ced Dn.  Joseph  de  Oyanguren.  (Libro  particular,  fol.  4  vto.). 

En  8,  comunicada  vista  al  Cabildo  de  la  pretensión  del  cura 
de  la  Villa  de  Cura,  de  que  se  le  asignasen  diezmos  a  él  y  a  su 
Iglesia,  el  Cabildo  se  allanó  por  sí  y  por  la  Catedral  a  lo  que  su 
Sría.  Illma.  dispusiese  y  suplicó  que  se  hiciese  vereda  distinta 
de  la  primera  de  Aragua  en  que  estaba  incluida  la  misma  Villa. 
(Libro  7,  fol.  241). 

En  15,  se  dispuso  que  se  pusiese  esquila  dz  vuelta  en  la  torre 
para  el  gobierno  de  las  horas  canónicas.  (Libro  7,  fol.  242). 

En  25,  recibida  una  carta  del  señor  provisor  del  arzobispado 
de  Santafé  y  una  real  provisión  de  aquella  real  audiencia  (que 
no  sigue  copiada)  de  31  de  agosto  de  1725,  en  que  se  declara  haber 
hecho  fuerza  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  no  haber  otorgado  la  ape- 
lación del  Cabildo  en  la  competencia  con  el  señor  provisor  de  esta 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1726 


271 


diócesis  y  tratamiento  de  señor  se  acordó  pasarse  por  medio  de 
comisarios  a  su  Sría.  Illma.  (Libro  7,  fol.  242). 

Aquí  mismo  vista  una  representación  de  los  capellanes  de  coro, 
hecha  al  Illmo.  Sor.  Obispo  pidiendo  que  se  le  contribuyesen  12 
reales  por  cada  manual,  se  acordó  suplicar  a  su  Sría.  Illma.  que 
los  mandase  observar  lo  acordado  en  acta  de  15  de  junio  del  año 
anterior;  cuyo  contenido  se  reitera  aquí,  y  se  esfuerza  con  más 
razones  prolijamente.  (Libro  7,  fol.  243). 

En  el  mismo  día  se  acordó  dar  cuenta  por  medio  de  comisario 
al  Illmo.  Sor.  Obispo  de  las  faltas  de  residencia  de  los  capellanes 
de  coro.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  48  vto.). 

En  29  se  acordó:  que  lo  que  se  pagaba  a  los  capellanes  de  coro 
de  lo  que  le  tocaba  de  manuales,  supliéndose  de  la  mesa  capitular 
por  no  estar  pagos  los  réditos  de  las  dotaciones  se  reintegrase  del 
primer  dinero  que  se  cobrase  de  éstos,  porque  de  otro  modo  eran 
perjudicados  los  señores  capitulares,  asistentes  a  los  manuales. 
(Libro  7,  fol.  246). 

En  12  de  febrero,  habiéndose  tenido  noticia  de  que  el  Dr.  Dn. 
Pedro  Díaz  Cienfuegos,  cura  de  la  Catedral  había  pedido  ante  el 
Illmo.  Sor.  Obispo  testimonio  de  las  actas  sobre  incorporación 
de  los  curatos  a  la  mesa  capitular,  se  acordó  suplicar  a  su  Sría. 
Illma.  se  lo  denegase  y  comunicase  al  Cabildo  de  lo  que  pretendiese. 
(Libro  7,  fol.  246  vto.). 

Aquí  mismo  se  nombró  un  comisario  para  presentar  a  su  Sría. 
Illma.  la  real  provisión  de  la  real  audiencia  de  Santafé,  que  se 
cita  en  el  Cabildo  de  25  del  mes  anterior.  (Libro  7,  fol.  247  vto.). 

En  el  propio  acto  habiéndose  presentado  Dn.  Bernardo  Ro- 
dríguez del  Toro,  con  un  título  (que  sigue  copiado)  de  receptor 
del  real  fisco  de  la  Inquisición;  se  dispuso  que  el  contador  de 
diezmos  y  el  colector  le  entregasen  lo  correspondiente  a  la  canongía 
suprimida.  (Libro  7,  fol.  248). 

En  este  Cabildo  comienza  de  nuevo  a  autorizar  Dn.  Juan  de 
Talavera  como  secretario  de  Cabildo.  (Libro  7,  fol.  248). 

En  19  y  26  se  trató  acerca  de  la  vista  comunicada  al  Cabildo 
de  los  autos  formados  sobre  la  antedicha  pretensión  de  los  ca- 
pellanes de  coro  en  cuanto  a  manuales,  y  se  dispuso  el  nombra- 
miento de  procurador  y  de  abogado  a  arbitrio  del  señor  arcediano. 
(Libro  7,  fol.  249). 

En  Io  de  marzo,  habiéndose  recibido  carta  del  apoderado 
(que  sigue  copiada)  y  dos  reales  cédulas,  la  una  duplicada,  sobre 


272 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


nombramiento  de  juez  general  de  diezmos  y  la  otra  de  22  de  marzo 
de  1724  (que  sigue  copiada)  sobre  que  el  Cabildo  remita  con  jus- 
tificación su  instancia  relativa  a  que  no  se  introduzcan  novedades 
en  las  ceremonias  en  esta  Santa  Iglesia,  se  prestó  su  obedeci- 
miento y  se  mandaron  poner  las  dichas  copias.  (Libro  7,  fol. 
250  vto.)- 

Sigue  también  copiada  una  Real  Cédula  de  20  de  junio  de 
1724  en  que  se  aumenta  la  canongía  doctoral,  dos  raciones  y  dos 
medias  raciones  con  la  renta  anual  de  1.343  pesos  la  canongía; 
671  pesos  4  reales  a  cada  ración;  y  310  pesos  a  cada  media  ración, 
cuya  Real  Cédula  la  manifestó  su  Sría.  I lima,  al  Cabildo  para  que 
se  pusiese  esta  copia.  (Libro  7,  fol.  252). 

En  5,  presentado  el  real  despacho  de  4  de  julio  de  1724  en 
que  es  promovido  el  señor  Dn.  Cristóbal  de  Lizauzabal  a  una  de 
las  dos  raciones  aumentadas;  y  asimismo  las  diligencias  operadas 
ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo  estando  su  Sría.  Illma.  con  el  Cabildo 
en  el  coro,  le  dio  la  colación  y  seguidamente  la  posesión  con  las 
ceremonias  acostumbradas,  juramento  y  profesión  de  la  fe;  ha- 
biendo habido  en  estos  actos  lo  mismo  que  queda  expresado  res- 
pecto del  otro  señor  racionero  y  algunas  protestas  del  Cabildo  en 
cuanto  a  la  asignación  de  renta.  (Libro  7,  fol.  266). 

En  28,  habiéndose  recibido  por  medio  del  Cabildo  secular  la 
noticia  del  fallecimiento  del  señor  Rey  Dn.  Luis  I,  se  acordó  hacer 
la  correspondiente  función  fúnebre  con  sermón  por  el  señor  ma- 
gistral y  correspondientes  convites.  (Libro  7,  fol.  252  vto.). 

En  2  y  30  de  abril,  tratados  varios  puntos  acerca  de  la  co- 
branza de  la  cuarta  capitular,  cuentas,  pagamentos  y  demás 
relativos,  se  acordó  que  se  nombrasen  dos  señores  capitulares  por 
receptores;  que  se  hiciese  una  arca  de  dos  llaves  para  custodiar 
lo  que  se  fuese  cobrando:  que  en  los  meses  de  enero  y  junio  se  hi- 
ciese repartimiento,  que  diesen  cuentas  cada  año:  que  el  notario 
formase  la  cuenta  de  distribuciones  y  que  ante  él  corriesen  los 
remates  y  diese  las  hijuelas,  etc.  (Libro  7,  fol.  253  vto.). 

En  7  de  mayo,  se  mandó  al  colector  que  apurase  la  cobranza 
de  deudas  de  réditos  de  los  manuales  y  practicase  diligencias  para 
el  aseguramiento  de  los  capitales.  (Libro  7,  fol.  256  vto.). 

En  21  y  25  fueron  electos  por  receptores  de  la  cuarta  capi- 
tular los  señores  Tesorero  Dn.  Alonzo  de  Escobar  y  magistral 
Dr.  Dn.  Joseph  Mijares  de  Solórzano:  y  habiendo  ocurrido  la 
duda  de  si  los  señores  racioneros  podían  votai,  se  acordó  con  el 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1726 


273 


parecer  de  un  jurisconsulto  (que  sigue  copiado)  poder  sufragar 
en  todo  lo  que  mira  a  lo  temporal  y  espiritual,  menos  en  lo  que 
fuere  elección  canónica.  (Libro  particular,  fol.  5  vto.). 

En  25  de  junio,  se  trató  del  mejor  modo  de  cobrar  lo  que  se 
estaba  debiendo  en  las  ciudades  de  tierra  adentro  a  la  cuarta 
capitular;  y  también  para  que  se  entregase  lo  que  había  en  la  caja 
de  diezmos  perteneciente  al  Illmo.  Sor.  Dn.  Fr.  Francisco  del 
Rincón.  (Libro  7,  fol.  257). 

En  28,  habiendo  vacado  una  capellanía  de  2.000  pesos  fundada 
por  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Marcos  de  Sobremontes,  que  servía  el 
presbítero  Dn.  Antonio  Carrera,  el  Cabildo  como  patrono  presentó 
para  capellán  al  Br.  Dn.  Pedro  Nicolás  Matamoros,  por  ser  el 
clérigo  más  pobre.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  50  vto.). 

En  2  de  julio,  habiéndose  presentado  al  Br.  Dn.  Pedro  Ta- 
maron  con  un  título  de  cura  de  la  Catedral,  el  Cabildo  lo  contra- 
dijo y  protestó  ocurrir  al  Rey  a  pedir  el  cumplimiento  de  la  Real 
Cédula  por  la  cual  le  pertenece  el  hacer  tales  nombramientos. 
(Libro  7,  fol.  257  vto.). 

En  16,  se  dispuso  con  calidad  de  por  ahora  y  sin  perjuicio 
que  al  señor  racionero  se  le  diesen  por  el  diaconado  en  las  misas 
mayores  4  reales  y  en  las  demás  de  rúbrica  y  erección  a  2  reales; 
y  que  se  consultase  sobre  este  punto  al  Rey;  pues  parecía  que  en 
la  renta  fija  asignada  a  cada  ración,  se  comprendía  la  obligación 
de  diaconar  sin  estipendio  particular.  Y  aquí  mismo  se  declaró 
no  haber  lugar  la  pretensión  de  turnar  los  dichos  señores  en  las 
misas  del  Santísimo  Cristo  y  de  Nuestra  Señora:  todo  lo  cual 
consintieron  los  mismo  señores  racioneros  estando  presentes  y 
ofrecieron  no  hacer  alegación  alguna.  (Libro  7,  fol.  258  vto.). 

En  13  de  agosto,  se  aprobaron  las  cuentas  dadas  por  Dn.  Juan 
de  Talavera,  del  tiempo  que  recaudó  las  rentas  del  Cabildo.  (Libro 
7,  fol.  260  vto.). 

En  11  de  septiembre,  presentado  el  real  despacho  de  24  de 
noviembre  de  1725,  en  que  es  promovido  el  señor  Tesorero  Dn. 
Alonzo  de  Escobar  a  la  dignidad  de  Chantre  vacante  por  falleci- 
miento del  señor  Dr.  Dn.  Juan  Chirino,  y  asimismo  las  diligencias 
operadas  ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo  estando  su  Sría.  Illma.  con  el 
Cabildo  en  el  coro,  le  dio  la  colación  y  seguidamente  la  posesión 
allí  y  en  la  sala  capitular  por  propia  mano  con  las  ceremonias 
acostumbradas,  juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  7,  fol.  269). 


19  —  Actat.  I. 


274 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  12,  presentado  el  real  despacho  de  24  de  noviembre  de 
1725  en  que  es  promovido  el  señor  magistral  Dr.  Dn.  Joseph 
Mijares  de  Solórzano  a  la  dignidad  de  Tesorero,  vacante  por  la 
promoción  antecedente  se  le  dio  la  colación  y  posesión  en  todo 
igual  a  lo  allí  refeiido.  (Libro  7,  fol.  271  vto.). 

En  13,  presentado  el  real  despacho  de  11  de  julio  de  1725 
en  que  es  promovido  el  señor  Dn.  Diego  Muñoz  de  la  Trinidad, 
presbítero  a  una  de  las  dos  medias  raciones  aumentadas,  se  le  dio 
la  colación  y  posesión  del  mismo  modo  que  el  antecedente:  sólo 
hubo  de  variación  las  protestas  que  hizo  el  Cabildo  para  que  no 
se  perjudicase  el  recurso  hecho  sobre  la  escasez  de  rentas.  (Libro 
7,  fol.  274,  vto.). 

En  16  y  19,  habiendo  intimado  al  Cabildo  una  Real  Cédula 
(que  sigue  copiada  al  folio  263)  fecha  en  22  de  diciembre  de  1725 
en  que  se  declara  que  los  señores  provisores  no  prebendados  cuando 
concurran  a  Cabildo  deben  tener  asiento  después  del  señor  Deán, 
dignidad  o  canónigo  más  antiguo;  se  prestó  su  obedecimiento, 
haciéndose  la  protesta  de  ocurrir  a  Su  Majestad  en  vindicación 
de  los  derechos  d;l  Cabildo,  en  cuanto  el  lugar  señalado  para  el 
asiento  y  también  por  lo  respectivo  a  la  concurrencia  a  actos  de 
exámenes.  (Libro  7,  fol.  261). 

En  16,  se  obedecieron  los  reales  derpachos  de  las  prebendas 
de  que  queda  ya  hecha  mención;  y  habiendo  exhibido  de  sufragar 
a  los  señores  racioneros,  éstos  obedecieron  con  protesta.  (Libro  7, 
fol.  264). 

Sigue  un  testimonio  de  una  Real  Cédula  de  11  de  julio  de  1725 
en  que  se  manda  que  en  las  prebendas  de  oposición  luego  que 
vaquen  se  fijen  edictos  con  término  de  6  meses  y  que  en  primera 
ocasión  se  remitan  las  nóminas  a  Su  Majestad  y  que  no  verifi- 
cándolo se  consulten  por  el  real  consejo  y  cámara  sujetos  bene- 
méritos. (Libro  7,  fol.  265  vto.). 

En  11  de  octubre,  se  dispuso  que  las  misas  del  Santísimo 
Cristo  y  de  Nuestra  Señora  corriesen  por  turno  de  parte  indistin- 
tamente entre  los  señores  dignidades  y  canónigos:  y  que  las  misas 
de  erección  después  de  prima  las  cantase  el  señor  canónigo  a  quien 
tocase  por  turno  antes  de  aquéllas;  y  que  tocando  ambos  turnos 
a  uno,  cante  el  señor  canónigo  la  de  erección  y  la  otra  el  que  siga 
en  su  turno  y  que  esto  mismo  se  practicase  ocurriendo  algún 
manual  en  viernes  o  sábado,  y  se  revocaron  todos  los  demás  de- 
cretos anteriores  a  éste.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  51  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1727 


275 


En  15  de  noviembre,  se  acordó  que  el  apuntador  apuntase 
las  fallas  de  los  capellanes  de  coro  a  las  misas  del  Santísimo  Cristo 
y  de  la  Virgen  Nuestra  Señora  y  de  las  Benditas  Animas  y  que 
al  fin  del  año  de  su  montamiento  tomase  la  tercera  parte  y  las  dos 
restantes  se  distribuyesen  entre  los  a  .istentes.  (Libro  7,  dupli- 
cado, fol.  52). 

En  29  de  diciembre,  se  dispuso:  que  los  diezmos  del  partido 
de  coro  se  pusiesen  en  administración  con  consentimiento  de  los 
partícipes,  siempre  que  no  se  mejorasen  las  posturas  que  se  habían 
hecho,  las  cuales  eran  notablemente  bajas  según  aviso  de  aquel 
juez  particular  de  diezmos.  (Libro  7,  fol.  278  vto.). 

Año  de  1727. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  peni- 
tenciario Dr.  Dn.  Francisco  Martínez  de  Porras  y  racionero  Dr. 
Dn.  Cristóbal  de  Lizauzabal.  (Libro  particular,  fol.  8  vto.). 

En  7,  se  nombró  un  sujeto,  que  corriese  con  el  cargo  de  la 
percepción  de  las  primicias  tocantes  a  los  curatos  suprimidos  y 
agregados  a  la  mesa  capitular.  (Libro  7,  fol.  279). 

En  14,  habiéndose  presentado  un  título  (que  sigue  copiado) 
de  teniente  cura  de  la  Catedral,  el  Cabildo  lo  contradijo  por  ha- 
berse hecho  contra  lo  dispuesto  en  la  Real  Cédula  de  este  asunto. 
(Libro  7,  fol.  280). 

En  el  mismo  día  habiéndose  determinado  que  la  colecturía 
de  manuales  y  de  obvenciones  de  los  curatos  estuviese  anual- 
mente en  uno  de  los  señores  prebendados,  se  eligió  y  nombró 
al  señor  medio  racionero  Dn.  Diego  Muñoz  de  la  Ti  inidad,  y  se 
hicieron  varias  advertencias  y  mandatos  para  la  mejor  admi- 
nistración. (Libro  particular,  fol.  9). 

En  24,  a  insinuación  del  Illmo.  Sor.  Obispo  se  trató  acerca  de 
quitarse  la  costumbre  de  aplicar  misa  mayor  por  manual;  y  se 
resolvió  que  así  para  esto,  como  para  determinar  el  día  de  la  misa 
para  el  manual  y  también  para  traslaciones  de  otras,  cuando 
ocurren  tres  en  un  mismo  día  se  pusiese  el  asunto  en  manos  de  su 
Sría.  Illma.  quedando  el  Cabildo  allanado  a  observar  lo  que  de- 
terminase. (Libro  7  duplicado,  fol.  53). 

En  7  de  febrero,  se  acordó  la  observancia  del  decreto  de  su 
S -ía.  Illma.  sobre  el  tratado  antecedente:  se  dice  que  es  fecho 


276 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


en  31  de  enero,  y  aunque  se  mandó  poner  copia  en  este  libro, 
no  se  halla  en  él.  (Libro  7  duplicado,  f->l.  53  vto.). 

Hallóse  en  el  otro  al  folio  290  vto.  Es  la  determinación  de  su 
Sría.  Illma.  que  ocurriendo  manual  de  música  y  sermón  en  día 
colendo  de  gran  silemnidad  asista  la  música  a  la  misa  conventual 
y  se  pred'que  en  ella  el  sermón  y  la  misa  del  manual  se  anteponga 
o  posponga  al  primer  día  desembarazado:  que  en  los  días  colendos 
de  menor  solemnidad  y  en  los  feriados  se  cante  la  misa  de  la  do- 
tación después  de  prima,  y  la  música  y  sermón  se  haga  en  la  con- 
ventual: aunque  sería  bien  que  la  mús  ca  as'stiese  a  aquélla: 
que  si  el  manual  fuese  en  día  que  aunque  no  lo  hubiese,  debiese 
la  música  aústir  a  la  misa  conventual,  que  en  este  caso  le  queda 
la  obligación  de  asistir  a  la  del  manual,  por  no  poder  ganar  a  un 
tiempo  dos  d'stribuciones:  que  en  los  días  en  que  se  canta  la  misa 
solemne  pro  re  gravi  y  en  funciones  reales  y  exequias  que  se  ce- 
lebran a  las  nueve  de  la  mañana,  se  cante  la  misa  conventual 
depués  de  tercia  a  la  hora  acostumbrada,  siguiendo  después  aquélla 
de  la  de  las  nueve;  que  en  el  día  que  ocurriesen  más  de  tres  ma- 
nuales podría  el  Cabildo  anticipar  o  posponer  el  cuarto  y  demás, 
al  día  primero  que  hubiese  cabimiento;  para  todo  lo  cual  con- 
cedió su  Sría.  Illma.  las  disposiciones  necesarias.  (Libro  7,  fol. 
290  vto.). 

En  2  de  marzo,  presentado  el  real  despacho  de  20  de  julio  de 
1726  en  que  es  promovido  el  señor  arcediano  Dr.  Dn.  Gabriel 
Matías  de  Ibarra  a  la  dignidad  de  Deán  vacante  por  fallecimiento 
del  señor  Dr.  Dn.  Félix  de  Acuña  y  las  diligencias  operadas  ante 
el  Illmo.  Sor.  Obispo;  estando  su  Sría.  Illma.  con  el  Cabildo  en 
el  coro,  le  dio  la  colación  y  seguidamente  la  posesión  allí  y  en  la 
sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas,  juramento  y 
profesión  de  la  fe.  (Libro  7,  fol.  281  vto.). 

En  22  de  abril,  se  mandó  justificar  la  costumbre  de  llevar 
caudarios  de  sobrepelliz,  los  señores  prebendados  en  la  procesión 
del  Viernes  Santo,  para  ocurrir  al  Rey  a  donde  se  consideraba 
ocurría  el  señor  Gobernador  por  haber  hecho  en  aquella  procesión 
la  insinuación  de  que  no  debían  usarlos,  y  tomado  certificado  de 
ésto.  (Libro  7,  fol.  284  vto.). 

En  29,  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica  (que  lo  era  Dn. 
Manuel  de  Uribe  Gabiola)  que  se  hiciesen  sillas  aforradas  de 
damasco  y  terciopelo  para  la  sala  capitular;  y  que  se  hiciese  una 
distinguida  para  el  Illmo.  Sor.  Obispo  cuando  celebrase  de  pon- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1727  277 


tifical,  y  se  compusiesen  los  taburetes  y  se  pusiesen  barandas  en 
las  partes  del  coro.  (Libro  7,  fol.  285). 

En  10  y  20  de  junio,  se  trató  de  llevar  a  efecto  la  fundación 
de  una  capellanía  que  lispu  o  el  señor  Dr.  Dn.  Marcos  de  Sobre- 
montes  para  asistir  al  coro  a  las  horas  canónicas  y  celebrar  tres 
misas  cada  año;  siendo  su  renta  anual  el  producto  de  alquileres 
de  unas  tiendas:  y  el  Cabildo  como  patrono,  y  tomado  el  bene- 
plácito d-ú  Illmo.  Sor.  Obispo,  presentó  para  capellán  a  Dn.  Jo- 
seph  Antonio  Sopelano,  clérigo  de  menores:  y  sigue  copia  de  la 
fundación.  (Libro  7,  fol.  286). 

En  Io  de  julio,  se  dispuso  hacer  recurso  a  la  real  audiencia 
pidiendo  amparo  en  la  posesión  del  uso  de  caudas  en  la  procesión 
del  Viernes  Santo,  y  de  quitasoles  en  otras,  los  señores  prebendados: 
lo  cual  se  dispuso  con  motivo  de  un  exhorto  del  señor  Gobernador 
sobre  el  uso  de  caudales.  (Libro  7,  fol.  289). 

En  5  de  agosto,  habiéndose  recibido  dos  Reales  Cédulas  (que 
.siguen  copiadas)  la  una  de  22  de  diciembre  de  1725,  sobre  asiento 
y  lugar  de  los  señores  provisores  entre  el  Cabildo:  y  la  otra  de  20 
de  julio  de  1726,  en  que  se  manda  al  Cabildo  que  informe  sobre 
la  pretensión  de  fundación  de  convento  u  hospicio  d;  franciscanos 
en  el  puerto  de  La  Guaira  se  prestó  a  ambas  su  obedecimiento. 
(Libro  7,  fol.  290). 

En  7,  presentado  el  real  despacho  de  15  de  julio  de  1726,  en 
que  es  promovido  el  señor  Chantre  Dn.  Alonso  de  Escobar  a  la 
dignidad  de  arcediano,  vacante  por  promoción  del  señor  Dr.  Dn. 
Gabriel  Matías  de  Ibarra  al  deanato,  y  asimismo  las  diligencias 
operadas  ante  el  Illmo.  señor  Obispo,  en  que  dio  comisión  a  su 
provisor  el  señor  Dr.  Dn.  Agustín  de  Isturris;  estando  éste  en  el 
coro  le  dio  la  colación  y  seguidamente  la  posesión  allí  y  en  la  sala 
capitular  ante  el  secretario  de  su  Sría.  Illma.  y  después  el  Cabildo 
en  el  día  18  de  este  mismo  mes  a  representación  del  propio  señor 
arcediano  le  admitió  a  hacer  la  profesión  de  la  fe;  y  mandó  poner 
testimonio  díl  expediente  en  este  libro.  (Libro  7,  fol.  292  vto.). 

En  8,  presentado  el  real  despacho  de  26  de  agosto  de  1726 
en  que  es  promovido  el  señor  Tesorero  Dr.  Dn.  Joseph  Mijares  de 
Solórzano  a  la  dignidad  de  Chantre,  quien  dio  comisión  para  con- 
tinuarlas a  su  provisor;  se  le  dio  por  éste  la  colación  del  mismo 
modo  que  al  antecedente:  y  el  Cabildo  le  admitió  a  la  profesión 
de  la  fe  el  día  29  de  este  propio  mes.  (Libro  7,  fol.  296). 


278 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  10,  presentado  el  real  despacho  de  20  de  julio  de  1726 
(así  está)  en  que  es  promovido  el  señor  canónigo  de  merced  Dn. 
Joseph  de  O.yanguren  Villavicencio  a  la  dignidad  de  Tesorero,  y 
practicadas  iguales  diligencias  que  en  el  antecedente  le  dio  el  señor 
provisor  con  comisión  de  su  Sría.  Illma.,  la  colación  y  seguidamente 
la  posesión;  y  después  el  Cabildo  en  29  del  propio  mes  le  admitió 
a  la  profesión  de  la  fe.  (Libro  7,  fol.  299  vto.)- 

En  11,  presentado  el  real  despacho  de  31  de  agosto  de  1726 
en  que  es  promovido  el  señor  racionero  Dr.  Dn.  Fernando  Perosa 
Lozano  a  la  canongía  de  merced;  y  practicadas  las  diligencias  co- 
rrespondientes ante  el  señor  Provisor  y  vicario  general;  le  dio 
este  señor  en  el  coro  la  colación  y  allí  mismo  y  en  la  sala  capitular 
la  posesión.  Y  despm's  el  Cabildo  en  29  del  propio  mes,  le  admitió 
a  la  profesión  de  la  fe.  (Libro  7,  fol.  304). 

En  12,  presentado  el  real  despacho  de  26  de  agosto  de  1726 
(así  está)  en  que  es  promovido  el  señor  medio  racionero,  Dn.  Diego 
Muñoz  de  la  Trinidad,  a  la  ración  que  vacó  por  la  promoción 
antecedente  se  le  dió  la  colación  y  posesión  del  mismo  modo  que 
allí  se  expresa:  y  el  Cabildo  le  admitió  a  la  profesión  de  la  fe  el 
día  29  de  este  propio  mes:  sólo  hubo  de  diferencia  las  protestas 
que  reiteró  el  Cabildo  sobre  no  perjudicarse  el  recurso  hecho  en 
cuanto  al  aumento  de  prebendas.  (Libro  7,  fol.  307  vto.). 

En          de  agosto  (así  está)  presentado  el  real  despacho  de  20 

de  julio  de  1726  (así  está)  en  que  es  promovido  el  señor  Dr.  Dn. 
Joseph  Martínez  de  Porras,  presbítero,  a  la  media  ración,  vacante 
por  la  promoción  antecedente;  se  le  dio  la  colación  y  posesión  con 
iguales  circunstancias  de  todas  las  que  allí  se  expresa.  (Libro  7, 
fol.  311  vto.). 

En  17  de  septiembre,  a  insinuación  de  doña  Josepha  Mejía 
y  de  doña  Josepha  de  Ponte  Aguirre,  ofreció  el  Cabildo  de  sus 
rentas  1.000  pesos  para  la  fundación  de  convento  de  Carmelitas 
Descalzas  en  esta  ciudad.  (Libro  7,  fol.  315  vto.). 

En  30,  visto  un  certificado  (que  aunque  se  mandó  copiar  no 
se  cumplió)  en  el  cual  según  se  expresa,  se  afirma  que  es  costumbre 
en  la  Metropolitana  de  Santo  Domingo  que  los  señores  racioneros 
concurran  a  los  recibimientos  de  los  señores  dignidades  y  canó- 
nigos y  a  sus  presentaciones  en  la  sala  y  en  el  coro  y  que  tienen 
voto  en  lo  temporal  y  espiritual  y  en  las  elecciones  de  adjuntos 
y  otras,  excepto  las  de  canónigos  de  oficio,  el  Cabildo  se  allanó 
a  la  observancia  de  esta  práctica.  (Libro  7,  fol.  316). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1727 


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En  3  de  octubre,  se  dispuso  que  las  fallas  de  los  señores  pre- 
bendados se  aplicasen  a  la  fábrica  de  Iglesia  y  convento  de  Car- 
melitas Descalzas  de  esta  ciudad.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  55  vto.). 

En  10  se  determinó  consultar  al  Illmo.  Sor.  Metropolitano 
acerca  de  si  los  señores  racioneros  y  medios,  sin  embargo  de  estar 
su  renta  sujeta  a  cuota  determinada  se  les  había  de  acudir  con  la 
distribución  de  interesencia  cuando  ministraba  de  diácono  y  sub- 
diácono  en  las  misas  de  manuales.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  55  vto.). 

En  31  de  dicho  mes  de  octubre  y  28  de  noviembre,  agitada 
nuevamente  la  cuestión  del  punto  acordado  consultar  en  la  acta 
antecedente  por  último,  revocándose  esta  acta  y  las  demás  que 
hubiese  relativas  al  mismo  asunto,  se  resolvió  que  en  las  misas 
que  no  pasasen  sus  dotaciones  de  5  pesos  los  señores  racioneros 
y  medios  que  administrasen  de  diáconos  y  subdiáconos,  llevasen 
un  real  cada  uno  y  se  les  acudiese  justamente  con  la  distribución 
de  interesencia,  que  se  da  a  los  que  asisten  en  el  coro;  y  que  en 
las  que  excediesen  de  5  pesos  se  diesen  a  cada  uno  dos  reales  y  lo 
correspondiente  a  la  interesencia  igualmente  con  los  demás  señores 
capitulares.  (Libro  7,  dupl'cado,  fol.  55  vto.). 

En  12  de  diciembre,  el  Cabildo  con  acuerdo  del  Illmo.  Sor. 
Obispo  decretó:  que  en  adelante  los  sermones  panegíricos  que  se 
predicasen  en  la  Catedral,  no  excediesen  de  media  hora;  y  que 
llegada  y  cumplida  se  hiciese  seña  con  campanilla  por  su  Sría. 
Illma.  o  por  el  señor  presidente  del  coro  en  su  ausencia;  permi- 
tiéndose que  en  los  sermones  morales  u  otro  que  ocurriesen  de  seme- 
jante asunto  puedan  durar  una  hora  sin  pasar  de  ella.  (Libro  7, 
duplicado,  fol.  59). 

En  23,  con  acuerdo  también  de  su  Sría.  Illma.  decretó  el  Ca- 
bildo que  en  ausencia  o  impedimento  de  los  Illmos.  Sres.  prelados 
y  en  sede  vacante,  el  señor  Deán  celebrase  las  misas  que  aquellos 
señores  Illmos.  acostumbraban  cantar  y  constan  del  ceremonial 
de  Obispos  y  bendijesen  las  candelas,  cenizas  y  palmas  e  hiciesen 
la  procesión  de  Corpus  cantando  en  estas  bendiciones  la  misa  el 
mismo  señor  Deán:  y  en  su  ausencia  d  impedimento,  recayese 
todo  del  mismo  modo  en  la  dignidad  que  siguiere:  que  para  reem- 
plazar el  perjuicio  a  los  demás  señores  dignidades  se  señalase  y 
señaló  el  señor  Deán  la  cuarta  parte  de  las  misas  de  primera  y 
segunda  clase  pero  que  cuando  cantase  alguna  su  Sría.  Illma.; 
la  reemplazase  el  señor  Deán  cantando  la  primera  que  ocurriese 
del  turno  de  las  otras  tres  partes;  y  que  también  le  tocasen  dos 


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FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


más  que  sobraban:  y  se  señalaron  nominadamente  las  festividades 
tocantes  al  señor  Deán,  añadiéndole  también  las  de  fiestas  reales 
y  de  exequias  de  Sumos  Pontífices  o  personas  reales.  (Libro  7, 
duplicado,  fol.  59  vto.). 

Año  de  1728. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Deán 
Dr.  Dn.  Gabriel  Matías  de  Ibarra  y  canónigo  de  merced  Dr.  Dn. 
Fernando  Lozano  .(Libro  particular,  fol.  10  vto.). 

En  16,  se  eligió  al  pr2sbítero  Dn.  Juan  Joseph  del  Castillo 
por  colector  de  manuales  y  de  las  obvenciones  de  los  curatos 
agregados  a  la  mesa  capitrlar.  (Libro  7,  fol.  318). 

En  16  de  febrero,  se  acordó  consultar  al  Illmo.  Sor.  Obispo 
si  sería  bien  el  introducir  en  los  remates  de  diezmos  la  puja  de 
prometidos.  (Libro  7,  fol.  318  vto.). 

En  17  se  participó  haberse  tratado  con  su  Sría.  Illma.  el  asunto 
antecedente  y  que  había  respuesta  que  el  Cabildo  hiciese  lo  que 
estimase  más  conveniente;  pareciéndole  que  lo  sería  el  estable- 
cimiento de  la  dicha  puja  de  los  prometidos.  (Libro  7,  fol.  319). 

En  24,  se  mandaron  hacer  unos  cojines  morados  y  un  aliño. 
(Libro  7,  fol.  319  vto.). 

En  9  y  16  de  marzo,  habiendo  representado  el  señor  med'o 
racionero  Dr.  Dn.  Joseph  Martínez,  que  en  virtud  de  los  privi- 
legios que  expuso  se  le  considerase  presente  al  servicio  de  su  pre- 
benda a  las  horas  de  lección  de  la  aula  de  moral  de  esta  Universidad 
de  que  está  catedrático  se  acordó  por  último  que  ocurriese  al 
Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  7,  fol.  319  vto.). 

En  17,  a  insinuación  del  señor  Deán,  sobre  habérsele  desobe- 
decido por  un  ministro  en  cuanto  no  mudar  el  sagrario  para  poner 
el  monumento,  se  dispuso:  que  el  mismc  señor  Deán  viese  el  mejor 
modo  de  remediar  esta  ocurrencia;  y  que  después  de  la  Semana 
Santa  se  trataría  de  ella  con  los  dictámenes  que  faltaban.  (Libro  7, 
fol.  321). 

En  2  de  abril,  habiendo  expresado  el  señor  Deán  que  su  Sría. 
Illma.  le  había  insinuado  estimar  gravoso  al  Cabildo  las  solemnes 
completas  que  cantaba  antes  del  Miserere  en  los  Viernes  de  Cua- 
resma, y  que  conceptuaba  más  útil,  y  conforme  que  en  lugar 
de  ellas,  se  predicase  una  breve  plática  sobre  los  versos  del  Jíi- 
serere  y  que  se  repartiesen  entre  su  Sría.  Illma.,  señores  capitulares 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1728  281 


y  otros  ministros  de  la  Iglesia  conferenciando  el  asunto  en  que  se 
agitó  la  fuerza  de  la  loable  costumbre  inmemorial  de  las  dichas 
completas,  se  determinó  dejar  la  resolución  en  manos  del  mismo 
Illmo.  Sor.  Obispo;  y  que  al  efecto  se  le  pasase  testimonio.  (Libro 
7,  duplicado,  fol.  61). 

En  21  de  mayo,  se  trató  d'fusamente  acerca  de  los  estatutos 
o  regla  de  coro  formada  por  los  señores  Deán  Dr.  Dn.  Gabriel 
Matías  de  Ibarra,  y  penitenciario  Dr.  Dn.  Francisco  Martínez 
de  Porras,  las  adiciones  que  tenía  en  pliego  separado  el  señor 
Deán  y  anotaciones  del  Illmo.  Sor.  Obispo;  y  por  último  se  acordó 
aceptar  las  constituciones  con  las  modificaciones  que  constaban 
de  un  papel  que  rubricado  del  secretario  se  mandó  pasar  con 
testimonio  de  esta  acta  a  su  Sría.  Illma.;  e  igualmente  las  poste- 
riores protestas  que  hizo  el  señor  Deán  en  cuanto  al  tal  papel. 
''Libro  7  duplicado,  fol.  63). 

En  25,  se  mandaron  hacer  escaños  suficientes  para  asiento 
de  las  comunidades  religiosas  cuando  asisten.  (Libro  7,  fol.  322). 

En  5  de  junio,  se  acordó  atenta  la  calamidad  de  la  peste  de 
viruelas  y  de  la  gran  penuria  de  aguas  que  se  padecía  en  esta  ciudad, 
que  se  suplicase  al  señor  provisor  (estaba  ausente  el  Illmo.  Sor. 
Obispo)  se  hiciese  rogativa  pública  sacándose  un  día  la  imagen 
de  Nuestra  Señora  de  Copacavana  de  la  Iglesia  de  San  Pablo 
y  en  otro  la  de  Santa  Rosalía  de  la  suya,  y  trayéndose  a  la  Ca- 
tedral. (Libro  7  duplicado,  fol.  66  vto.). 

En  15,  el  Cabildo  como  patrono  de  una  capellanía  de  2.000 
pesos  fundada  por  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Marcos  de  Sobremontes, 
vacante  por  fallecimiento  de  Dn.  Pedro  Matamoros;  presentó 
para  capellán  a  Joseph  Miguel  de  Luna,  clérigo  de  menores  ór- 
denes. (Libro  7,  fol.  322  vto.). 

Aquí  mismo  se  manifestó  el  Cabildo  pronto  a  recibir  la  bula 
de  la  Santa  Cruzada,  que  se  había  de  publicar  el  día  27  Je  este 
mes,  y  se  dispensó  en  que  el  sermón  pudiese  pasar  de  media  hora. 
(Libro  7,  fol.  323). 

En  28,  habiéndose  intimado  de  mandato  del  Illmo.  Sor.  Obispo 
al  Cabildo  una  Real  Cédula  (cuya  fecha  no  se  expresa)  sobre  que 
a  los  dos  curas  de  la  Catedral  Dr.  Dn.  Pedro  Díaz  Cienfuegos  y 
Dr.  Dn.  Pedro  Tamaron  se  les  acudiese  con  las  rentas  y  obven- 
ciones de  los  curatos,  se  prestó  su  obedecimiento,  y  se  pidió  testi- 
monio de  ella  a  su  Sría.  Illma.  (Libro  7,  fol.  323). 


282 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  3  de  julio,  presentado  el  real  despacho  de  28  de  noviembre 
de  1727,  en  que  es  promovido  el  señor  racionero  Dr.  Dn.  Cristóbal 
de  Lizauzabal  a  la  canongía  magistral  vacante  por  promoción 
del  señor  Dr.  Dn.  Joseph  Mijares  de  Solórzano,  a  la  Tesorería, 
el  señor  provisor  y  vicario  general  con  encargo  del  Illmo.  Sor. 
Obispo  ausente  de  esta  ciudad  le  dió  la  colación  en  el  coro  de  esta 
Santa  Iglesia  y  seguidamente  la  posesión  allí  y  en  la  sala  capitular 
con  las  ceremonias  acostumbradas  ante  el  secretario  de  su  Sría. 
Illma.:  y  después  el  Cab  ido  en  30  de  este  mismo  mes  le  admit'ó 
a  la  profesión  de  la  fe.  (Libro  8,  fol.  3). 

En  6,  se  determinó  dar  poder  el  Cabildo  a  uno  de  sus  indi- 
viduos para  la  defensa  de  las  rentas  de  los  curatos  incorporados 
a  la  mesa  capitular  y  de  otros  pleitos  y  se  eligió  al  señor  magistral 
Dn.  Cristóbal  de  Lizauzabal.  (Libro  particular,  fol.  10  vto.). 

En  16,  habiéndose  recibido  el  testimonio  de  la  Real  Cédula 
enunciada  en  la  acta  de  28  del  mes  anterior;  cuya  fecha  es  de  19 
de  enero  de  este  año,  el  Cabildo  volvió  a  prestar  su  obedecimiento 
y  acordó  hacer  recurso  al  Rey,  exponiéndose  al  efecto  varias  ra- 
zones por  las  cuales  debía  seguir  la  observancia  de  otra,  en  que 
se  incorporaron  las  rentas  que  habían  d  *  recibir,  mientras  se 
resolvía  el  recurso:  y  se  insinuó  que  por  lo  respectivo  al  sacristán 
mayor  como  no  nominado  en  la  Cédula  Real  no  debía  hacerse 
novedad.  (Libro  7,  fol.  324). 

En  26,  hecha  por  el  señor  Deán  la  insinuación  de  que  a  su 
dignidad  tocaba  y  no  al  Cabildo  mandar  multar  y  penar  las  fallas 
de  los  ministros  del  coro;  y  sufragádose  sobre  este  punto  difusa- 
mente por  liltimo  se  resolvió:  que  sin  embargo  de  la  contradicción 
y  protesta  del  señor  Deán  mandase  el  Cabildo  hacer  el  pagamento 
de  los  salarios  de  los  ministros,  desfalcándose  las  fallas  en  la  forma 
acostumbrada  a  excepción  de  las  de  los  señores  capitulares,  las 
cuales  se  reservaron  para  ot-a  medianía:  y  el  señor  Deán  volvió 
a  contradecir  este  decreto  y  pidió  testimonio  de  él.  (Libro  8, 
fol.  1). 

En  5  de  octubre,  se  mandó  contestar  a  los  Cabildos  de  las 
catedrales  de  Córdova  y  de  Cádiz,  quedar  pronto  el  de  esta  de  Ca- 
racas a  la  extensión  del  culto  mandado  dar  a  los  santos  patronos 
de  aquellos  obispados.  (Libro  8,  fol.  6). 

En  19,  se  dispuso  con  acuerdo  del  Illmo.  Sor.  Obispo  que  se 
pusiese  en  práctica  la  constitución  de  la  regla  de  coro  (de  cuya 
confirmación  se  estaba  tratando)  en  que  se  manda  hacer  seña 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  ANO  1729 


285 


con  campana  para  entrar  al  trabajo  y  alzarlo  los  trabajadores  de 
fábrica  para  evitar  los  perjuicios  de  seguirse  éstos  por  el  toque 
de  las  horas  canónicas:  y  que  por  comisarios  se  participase  esto 
al  señor  Gobernador  y  justicia  ordinaria.  (Libro  8,  fol.  6). 

En  9  de  noviembre,  habiéndose  presentado  por  el  señor  Marqués 
de  Torrecasa  y  por  Dn.  Ignacio  Manuel  de  Urbina,  dos  títulos 
depachados  a  su  favor  de  familiares  del  santo  oficio,  se  mandó 
poner  copia  de  ellos  en  este  libro  y  así  se  cumplió.  (Libro  8,  fol.  7). 

Aquí  mismo  se  mandaron  dar  unos  testimonios  que  pidió  el 
señor  arcediano  de  Cabildos  relativos  a  la  regla  de  coro  y  Miserere 
de  Cuaresma.  (Libro  8,  fol.  7). 

En  11  de  diciembre,  presentado  el  real  despacho  de  29  de 
julio  de  1728  en  que  es  promovido  el  señor  canónigo  de  merced 
D-.  Dn.  Fernando  Perera  Lozano  a  la  dignidad  de  Tesorero  va- 
cante por  fallecimiento  del  señor  Dn.  Joseph  de  Ayanguren;  el 
señor  provisor  y  vicario  general  le  dio  la  colación  estando  en  el  coro, 
de  la  Catedral,  y  allí  mismo  y  en  la  sala  capitular  la  posesión  con 
las  ceremonias  acostumbradas.  Y  después  el  Cabildo  en  4  del  si- 
guiente enero,  le  admitió  a  la  profesión  de  la  fe.  (Libro  8,  fol. 
18  vto.). 

En  13,  presentado  el  real  despacho  de  14  de  julio  de  este  año 
en  que  es  promovido  el  señor  Dr.  Dn.  Lucas  Casimiro  de  Salas, 
presbítero  a  la  canongía  de  merced,  vacante  por  promoción  del 
señor  Dr.  Dn.  Fernando  Perera  Lozano  a  la  dignidad  de  Tesorero, 
el  señor  provisor  y  vicario  general,  precedidas  las  debidas  dili- 
gencias y  estando  en  el  coro  le  dio  la  colación  y  seguidamente  la 
posesión  allí  y  en  la  sala  capitular  y  después  el  Cabildo  en  3  de 
enero  siguiente  le  admitió  a  la  profesión  de  la  fe.  (Libro  8,  fol. 
15  vto.). 

Año  de  1729. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  arce- 
diano Dn.  Alonzo  de  Escobar  y  penitenciario  Dr.  Dn.  Francisco 
Martínez  de  Porras.  (Libro  particular,  fol.  11  vto.). 

En  7,  tratándose  de  la  paga  de  los  ministros  y  exacción  de 
multas  y  fallas;  y  hecha  por  el  señor  Deán  la  protesta  de  que  no 
se  le  perjudicase  su  derecho  reclamado,  se  defirió  la  resolución 
hasta  otro  Cabildo  pleno  para  resolverse  otra  cuestión  suscitada 
aquí  en  cuanto  no  deberse  observar  aún  las  constituciones  de  la 


284 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


nueva  regla  de  coro  por  estar  pasada  a  la  real  audiencia.  (Libro 
8,  fol.  10  vto.). 

En  8,  insinuó  el  Cabildo  su  deferencia  a  la  publicación  en 
esta  Santa  Iglesia  de  unos  edictos  del  santo  Tribunal  de  Inqui- 
sición; contestando  al  recado  que  al  efecto  envió  a  la  sala  el  co- 
misario de  esta  ciudad.  (Libro  8,  fol.  1  1  vto.). 

Aquí  mismo  se  agitó  nuevamente  la  cuestión  sobre  el  asiento 
que  se  había  de  dar  al  que  traía  aquel  recado  no  obstante  lo  acor- 
dado en  actas  de  14  y  15  de  septiembre  de  1725;  y  por  último  se 
resolvió  que  se  le  diese  asiento  en  taburete  al  lado  derecho  del 
secretario.  (Libro  8,  fol.  11  vto.). 

En  este  Cabildo  se  hace  mención  de  estar  sirviendo  el  oficio 
de  pertiguero,  Valentín  Picón.  (L'bro  8,  fol.  11  vto.). 

En  11,  habiéndose  cuestionado  sobre  si  antes  de  aprobarse  la 
regla  de  coro  había  de  observarse  una  constitución  de  ella  acerca 
de  fallarse  a  los  señores  capitulares  que  no  asistiesen  a  la  hora  de 
sexta  y  otras  que  se  rezasen  después  de  la  misa  cantada,  se  deter- 
minó consultar  el  punto  al  Illmo.  Sor.  Obispo  por  medio  del  señor 
Deán  quien  re'teró  su  protesta.  (Libro  8,  fol.  13). 

En  Io  de  febrero,  agitada  de  nuevo  la  misma  cuestión  con 
motivo  de  haber  mandado  su  Sría.  Illma.  que  se  fallase  al  que 
faltase  a  la  hora  de  sexta  y  otras  después  de  la  misa  cantada; 
hallándose  casada  la  votación  en  cuanto  a  la  aceptación  de  la  reso- 
lución, se  dispuso:  que  se  diese  testimonio  de  estas  actas  y  consultas 
a  los  señores  que  habían  apelado;  y  que  se  diese  noticia  a  los  au- 
sentes para  que  por  escrito  diesen  sus  dictámenes.  Y  al  folio  33 
vuelto  de  este  libro  se  puso  copia  de  la  consulta  y  de  la  resolución. 
(Libro  8,  fol.  13  vto.). 

En  8,  se  dispuso:  que  se  formase  una  razón  individual  de  los 
ornamentos  existentes,  para  en  su  vista  proveer  acerca  de  los  que 
piden  los  curas  del  sagrario.  (Libro  8,  fol.  22). 

En  15,  se  d'spuso  que  se  justificase  la  costumbre  de  no  asistir 
a  la  hora  de  sexta,  y  demás  horas  y  misas  de  que  queda  hecha 
mención  y  también  a  la  de  completas  el  que  ofició  las  vísperas 
solemnes,  ocurriéndose  al  efecto  al  Illmo.  Sor.  Obispo;  y  se  mandó 
se  copiase  a  continuación  (y  así  se  ejecutó)  el  dictamen  que  envió 
el  señor  arcediano  Dn.  Alonzo  de  Escobar:  y  que  se  recibiese 
loa  votos  de  los  demás  señores  capitulares  ausentes;  lo  que  también 
así  se  hizo  y  siguen  después  de  aquella  copia  (Libro  8,  fol.  22  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1729 


285 


En  18,  se  obedeció  una  Real  Cédula  (cuya  fecha  no  se  expresa) 
en  la  cual  se  declara  que  el  clero  de  esta  diócesis  no  es  obligada 
a  asistir  al  coro  de  la  Catedral,  quedando  reducida  su  obligación 
en  punto  de  asistencias  a  sólo  la  procesión  del  día  de  Corpus,  las 
de  rogaciones  y  a  las  generales  que  se  hiciesen  por  pública  causa. 
(Libro  7,  duplicado,  fol.  69  vto.). 

Aquí  mismo  se  acordó  suplicar  al  señor  provisor  que  mandase 
a  los  inquilinos  de  las  capellanías  de  coro  fundadas  por  Pedro 
Paredes  y  por  Dn.  Juan  Díaz  de  Vargas;  que  no  pagasen  los  ré- 
ditos a  los  capellanes  sin  libramiento  del  Cabildo  para  poderse 
sacar  las  fallas  e  invertirse  en  misas  como  se  dispone  en  sus  fun- 
daciones. (Libro  7  duplicado,  fol.  69  vto.). 

En  8  de  marzo,  cuestionados  dos  puntos,  el  uno  acerca  de 
suspenderse  a  los  señores  raconeros  y  medios  el  estipendio  asig- 
nado por  evangelios  y  epístolas  de  las  misas  de  erección  y  rúbricas 
a  causa  de  haberse  acortado  la  mesa  capitular,  por  haberse  segre- 
gado de  ella  los  novenos  de  los  curas;  y  otro  sobre  sí  de  este  acto 
debían  ser  excluidos  como  partes  los  mismo  señores  racioneros; 
por  último  se  difirió  la  resolución  para  otro  Cabildo.  (Libro  8, 
fol.  31  vto.). 

En  14,  en  vista  de  la  razón  dada  por  el  sacristán  mayor  de 
los  ornamentos  de  la  sacristía;  se  mandaron  hacer  algunos  nuevos 
pa«*a  uso  de  los  señores  capitulares  y  de  los  curas:  y  que  se  par- 
ticipase al  señor  provisor  por  estar  ausente  el  Illmo.  Sor.  Obispo 
para  que  diese  el  libramiento.  (Libro  8,  fol.  34  vto.). 

En  15,  se  dispuso,  que  se  diese  cuenta  a  Su  Majestad  de  la 
segregación  de  los  novenos  de  los  curas  de  la  mesa  capitular  y 
estado  en  que  quedaba  ésta:  y  que  Ínterin  se  determinaba  este 
recurso  se  continuase  pagándose  a  los  señores  racioneros  sus  esti- 
pendios de  evangelios  y  epístolas  en  las  misas  de  rúbrica  y  de 
erección.  (Libro  8,  fol  35.). 

En  11  de  abnl,  se  mandó  que  el  apoderado  del  Cabildo  se 
presentase  en  el  Tribunal  eclesiástico  al  seguimiento  de  la  causa, 
acerca  de  haberse  quitado  violentamente  de  mandato  del  señor 
Gobernador  los  quitasoles  que  llevaban  los  señores  prebendados 
en  la  procesión  del  Domingo  de  Ramos.  (Libro  8,  fol.  36). 

En  31  de  mayo,  se  determinó  consultar  a  la  Real  Audiencia 
sobre  la  inteligencia  del  capítulo  31  de  la  erección,  si  el  que  se 
retira  enfermo  al  campo  por  necesidad  haya  de  llevar  partitur 


286 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


o  licencia  y  cuanta  distancia  deba  considerarse  para  estimarse  por 
suburbios  los  que  así  se  nombran.  (Libro  8,  fol.  36  vto.). 

En  12  de  julio,  cumplido  el  trienio  de  los  señores  receptores 
de  la  cuarta  capitular;  fueron  nombrados  por  tales  para  otro  trienio 
los  señores  arcediano  Dn.  Alonzo  de  Escobar  y  penitenciario 
Dr.  Dn.  Francsco  Martínez  de  Porras.  (Libro  particular, 
fol.  12). 

En  20,  recibida  una  carta  del  Illmo.  Sor.  Obispo  Dr.  Dn. 
Juan  Joseph  de  Escalona  (de  la  cual  sigue  una  copia  al  folio  40 
vuelto)  participando  al  Cabildo  su  promoción  al  obispado  de 
Mechoacan,  se  acordó  su  contestación  y  nombramiento  hecho  en 
los  señores  Chantre  y  penitenciario  para  acompañar  a  su  Sría. 
Illma.  hasta  el  puerto  de  La  Guaira.  (Libro  8,  fol.  38). 

En  27,  se  acordó  que  los  señores  racioneros  y  medios  podían 
sufragar  en  las  elecciones  de  provisores  y  otras  que  no  fuesen 
canónicas  como  lo  es  la  prohibida  por  la  Ley  d';  Indias.  (Libro  8, 
fol.  38  vto.). 

En  30,  recibido  con  certificado  de  haberse  embarcado  en  el 
día  antecedente  por  la  mañana  el  Illmo.  Sor.  Obispo  siguiendo 
viaje  para  el  obispado  a  que  estaba  promovido,  se  declaró  haber 
vacado  esta  silla  se  mandó  tocar  sede  vacante,  aprehendió  el 
Cabildo  la  jurisdicción  y  señaló  el  día  Io  de  agosto  para  la  elección 
de  vicario  capitular.  (Libro  8,  fol.  39). 

En  Io  de  agosto,  se  eligió  por  vicaño  capitular  al  señor  Deán 
Dr.  Dn.  Gabiiel  Matías  de  Ibarra  dejando  el  Cabildo  reservada 
en  sí  casi  toda  la  jurisdicción  graciosa.  (Libro  particular,  fol. 
12  vto.). 

En  4,  se  hicieron  varios  nombramientos  de  vicarios  foráneos; 
se  confirmaron  otros,  se  nombró  promotor  fiscal,  y  alguacil  de  la 
cura.  (Libro  8,  fol.  41  vto.). 

En  4,  se  confirmaron  a  los  vicarios  de  Monjas  de  esta  ciudad 
y  de  la  de  Trujillo.  (Libro  8,  fol.  42). 

En  7,  se  confirmó  en  la  judicatura  general  de  diezmos  al  señor 
arcediano  Dn.  Alonzo  de  Escobar.  (Libro  particular,  fol.  13  vto.). 

En  9,  se  hizo  nuevo  nombramiento  de  vicario  foráneo  de  Gua- 
nare  y  de  síndico  del  convento  de  Monjas  de  Trujillo.  (Libro  8, 
fol.  42  vto.). 

En  20,  se  confirió  el  gobierno  del  seminario  a  su  rector  el  señor 
medio  racionero  Dr.  Dn.  Joseph  Martínez  de  Porras.  (Libro  8, 
fol.  43). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1730  287 


En  2  de  septiembre,  se  formó  la  terna  para  la  provisión  de 
mayordomo  de  fábrica  de  la  Catedral,  poniéndose  en  primer  lugar 
a  Dn.  Diego  de  Liendo.  Hallábase  vacante  por  renuncia  que  hizo 
Dn.  Sebastián  de  la  Toire.  (Libro  8,  fol.  43). 

En  13,  se  nombró  notario  para  el  vicariato  de  Valencia  y  se 
aumentó  el  salario  a  los  monacillos  de  aquella  parroquial.  (Li- 
bro 8,  fol.  44). 

En  22,  se  obedeció  una  real  provisión  de  la  real  audiencia  de 
Santo  Domingo  sobre  que  se  remitiese  testimonio  de  la  regla  de 
coro  y  de  la  bula  de  erección.  (Libro  8,  fol.  44). 

En  24,  se  excusó  el  Cabildo  de  introducirse  en  pagar  un  ex- 
horto al  señor  Gobernador  sobre  que  no  embarazase  sus  comi- 
siones a  un  señor  oido  •.  (Libro  8,  fol.  44  vto.). 

En  11  de  octubre,  se  nombró  mayordomo  de  fábrica  para  las 
Iglesias  de  los  pueblos  de  Guama  y  Cocorote.  (Libro  8,  fol.  45  vto.). 

En  11  de  noviembre,  se  mandó  solicitar  razón  de  la  renta 
decimal  del  curato  de  Guanare,  para  proveer  sobre  la  pretensión 
de  que  allí  hubiese  dos  curas:  y  aquí  mismo  se  nombró  síndico 
para  el  convento  de  Monjas  de  Trujillo.  (Libro  8,  fol.  44  vto.). 

En  15,  se  dio  providencia  acerca  de  proveerse  de  ministros 
competentes  unas  doctrinas  que  estaban  a  cargo  de  los  religiosos 
del  orden  de  San  Francisco.  (Libro  8,  fol.  46). 

En  2  de  diciembre,  se  nombró  a  Atanasio  Revenga  por  ca- 
pellán de  la  capellanía  de  1.500  pesos  fundada  por  el  Illmo.  Sor. 
Dn.  Marcos  de  Sobremontes,  con  carga  de  asistencia  al  coro  de 
esta  Catedral.  (Libro  8,  fol.  48). 

En  16,  se  mandaron  fijar  edictos  para  la  provisión  de  dos 
mayordomías  de  Carora  de  fábrica  y  de  hospital.  (Libro  8,  fol. 
48  vto.). 

Año  de  1730. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  canó- 
nigo de  merced  Dr.  Dn.  Lucas  Casimiro  de  Salas  y  racionero 
Dn.  Diego  Muñoz  de  la  Trinidad.  (Libro  particular,  fol.  14). 

En  17,  se  mandaron  expedir  edictos  para  la  mayordomía  de 
fábrica  de  Nirgua.  (Libro  8,  fol.  49). 

En  30,  tocado  nuevamente  el  punto  sobre  asistencia  de  los 
diáconos  de  la  misa  a  la  hora  de  sexta,  se  reservó  su  resolución 
al  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  8,  fol.  49  vto.). 


288 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  14  y  20  de  febrero,  considerada  la  necesidad  de  hacer 
algunos  ornamentos  para  la  Catedral  y  que  en  esta  y  otras  obras 
haya  interventor,  se  dispuso,  que  siempre  en  adelante  se  nombrase 
por  interventor  de  toda  obra  algún  señor  capitular.  (Libro  8, 
fol.  50). 

Aquí  mismo  mediante  la  noticia  que  se  había  tenido  de  apro- 
ximarse la  venida  del  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Joseph  Félix  Valverde, 
electo  Obispo  de  esta  diócesis;  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica 
que  reparase  el  palacio  Episcopal,  y  se  nombraron  diputados 
para  el  recibimiento  de  su  Sría.  III nía;  señalándosele  cuota  para  su 
subsistencia  de  cuenta  del  Cabildo  (Libro  8,  fol.  51). 

En  7  de  marzo,  se  nombró  capellán  para  el  hospital  de  Mara- 
caibo.  (Libro  8,  fol.  51  vto.). 

En  10,  a  insinuación  del  señor  Gobernador  de  Maracaibo  dio 
el  Cab'ldo  10  pesos  para  ayuda  de  una  expedición  dirigida  a  con- 
tener a  los  indios  iMotilones  que  hostilizaban  las  haciendas  de 
aquella  jurisdicción.  (Libro  8,  fol.  52). 

En  18,  se  dispuso:  que  se  reconociesen  en  la  librería  del  Semi- 
nario los  libros  que  allí  había  pertenecientes  a  la  Catedral.  (Libro 
8,  fol.  53  vto.). 

En  24  de  abril,  se  acordó:  que  se  solicitase  un  reloj  grande 
para  el  servicio  de  la  Iglesia  y  gobierno  de  esta  ciudad:  se  nombró 
al  señor  magistral  para  esta  solicitud  y  se  dieron  providencias  para 
su  pago.  (Libro  8,  fol.  54). 

En  12  de  mayo,  allanó  el  Cabildo  a  afianzar  una  libranza  de 
8.000  pesos  que  tiró  el  Illmo.  Sor.  Obispo  electo  contra  la  cuarta 
episcopal;  por  haberse  mandado  hacer  este  aseguramiento  en  un 
auto  del  señor  Gobernador.  (Libro  8,  fol.  54  vto.). 

En  27  de  junio,  se  mandó  hacer  saber  al  mayordomo  de  fábrica 
de  la  Catedral  la  disposición  de  que  ninguna  obra  se  hiciese  sin 
intervenir  en  ella  el  señor  capitular  que  se  nombrase;  y  para  los 
gastos  se  arreglase  a  las  constituciones  sinodales  de  esta  diócesis. 
(Libro  8,  fol.  56  vto.). 

En  3  de  julio,  teniéndose  noticia  de  aproximarse  la  venida  del 
Illmo.  Sor.  Obispo,  se  mandaron  hacer  los  gastos  de  recibimiento, 
almuerzo  en  Sancho-Orquiz,  comidas,  etc.,  de  cuenta  del  Cabildo. 
(Libro  8,  fol.  57). 

En  7  y  11,  habiéndose  propuesto  si  alguno  de  los  señores  capi- 
tulares podría  renunciar  al  derecho  que  tenía  a  las  misas  de  los 
viernes  y  sábados  al  Santísimo  Cristo  y  a  Nuestra  Señora;  se 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1730 


289 


declaró:  ser  obligados  todos  los  individuos  del  Cabildo  a  can- 
tarlas por  turno  y  que  no  pudiéndolo  cumplir  algún  señor  capi- 
tular por  estar  en  recle  o  de  partitur  supla  el  señor  capitular  inme- 
diato que  sigue,  sin  que  por  eso  se  quebrase  el  tumo;  con  tal  que 
no  hubiese  de  pasar  de  quince  días,  en  cuyo  caso  debía  quebrarse 
el  turno:  y  que  esto  no  se  entendiese  cuando  el  señor  capitular 
a  quien  tocaba  el  turno  estubiese  embarazado  con  otra  misa  can- 
tada: y  que  tocando  a  alguno  de  los  señores  dignidades  alguna  de 
aquellas  dos  misas  y  juntamente  otra  de  suplemento,  cante  la  de 
turno  y  no  la  del  suplemento,  la  cual  ha  de  pasar  al  que  siga  por 
el  turno  de  suplementos:  y  que  cuando  se  anteponga  la  del  sábado 
a  la  del  viernes,  no  por  esto  deje  de  cantar  aquélla  el  señor  capi- 
tular a  quien  tocare.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  71). 

En  14  de  noviembre,  se  concedió  una  capellanía  de  libre  pre- 
sentación y  se  hizo  un  nombramiento  de  teniente  de  vicario  de 
la  ciudad  de  Carora.  (Libro  8,  fol.  58). 

En  el  mismo  día  y  en  24  del  propio  mes,  vista  una  real  pro- 
visión de  11  de  marzo  de  este  año  (que  sigue  copiada)  en  la  cual 
se  declaran  las  preeminencias  y  prerrogativas  del  señor  teniente 
general,  auditor  de  guerra;  el  Cabildo  le  obedeció  y  dispuso  que  se 
cumpliese  todo  lo  relativo  a  ceremonias  cuando  asistiese  a  la 
Iglesia  en  ausencia  del  señor  Gobernador,  menos  la  purificación 
y  la  asistencia  a  oir  sermones  con  los  señores  prebendados  fuera 
del  coro;  pero  que  se  le  admitiese  en  él,  si  quisiese  venir.  (Libro  8, 
fol.  59). 

En  8  y  9  de  diciembre,  habiéndose  insinuado  por  el  señor 
Gobernador  que  se  diese  paz  en  la  misa  al  ilustre  Ayuntamiento 
de  esta  ciudad  en  la  Iglesia  del  convento  de  religiosas  de  la  Inma- 
culada Concepción,  como  patrono  de  ella;  el  Cabildo  aunque 
deseó  acceder,  hallándose  embarazado  con  lo  dispuesto  en  este 
punto  en  las  constituciones  sinodales,  consultó  a  un  abogado 
cuyo  dictamen  está  copiado  entre  ambas  actas  y  conformándose 
con  él  la  mayor  parte  de  los  señores  capitulares,  se  accedió  a  que 
se  diese  allí  la  paz  al  dicho  Ayuntamiento,  como  tal  patrono  con 
portapaz  y  superhumeral  por  un  acólito.  Y  uno  de  los  señores 
inconformes  protestó  ocurrir  al  Rey  con  los  fundamentos  que 
expuso  para  sostener  su  opinión  negativa.  (Libro  7,  duplicado, 
fol.  72  vto.). 

En  15,  a  insinuación  del  Cabildo  secular  se  le  dió  testimonio  de 
los  acuerdos  y  parecer  antecedentes.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  75). 


20  —  Actas,  i 


290 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  18,  a  instancia  del  señor  Deán,  vicario  capitular,  por  estar 
gravemente  enfermo,  se  nombró  por  teniente  provisor  al  Dr.  Dn. 
Pedro  Tamaron,  cura  de  la  Catedral.  (Libro  8,  fol.  63). 

En  22,  presentado  el  título  (aquí  mismo  copiado)  de  Comi- 
sario de  la  Santa  Cruzada  en  esta  diócesis,  despachado  al  señor 
canónigo  de  merced  Dn.  Lucas  Casimiro  de  Salas;  el  Cabildo  lo 
aceptó  y  se  ofreció  a  concurrir  con  lo  que  le  correspondiese.  (Li- 
bro 8,  fol.  63  vto.). 

En  el  mismo  día,  denunciándose  que  en  el  20  había  fallecido 
el  señor  Dr.  Dn.  Gabriel  Matías  de  I barra,  Deán  de  esta  Santa 
Iglesia,  provisor  y  vicario  capitular,  se  procedió  a  nuevo  nombra- 
miento, y  hecha  la  reserva  de  la  jurisdicción  graciosa  (exceptuadas 
algunas  partes)  y  de  las  causas  decimales,  de  lo  tocante  al  convento 
de  Monjas  en  lo  espiritual,  y  asimismo  del  régimen  del  Seminario; 
salió  electo  el  señor  Chantre  Dr.  Dn.  Joseph  Mijares  de  Solórzano, 
pero  por  haber  éste  renunciado  a  insistido  constantemente  en  ello, 
hubo  el  Cabildo  de  admitirle  la  renuncia,  y  reservó  la  elección  para 
la  tarde  de  este  día.  (Libro  particular,  fol.  14  vto.). 

En  24,  hecha  la  elección  en  el  señor  arcediano  Dn.  Alonzo  de 
Escobar,  sin  embargo,  de  lo  mucho  que  esforzó  sus  suplicaciones 
para  no  aceptar,  al  fin  hubo  de  allanarse  y  quedó  electo  provisor 
y  vicario  capitular.  (Libro  particular,  fol.  16  vto.). 

Ario  de  1731. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Chantre 
Dr.  Dn.  Joseph  Mijares  de  Solórzano,  y  medio  racionero  Dr.  Dn. 
Joseph  Martínez  de  Porras.  (Libro  particular,  fol.  18). 

En  el  mismo  día,  se  abrió  y  leyó  una  carta  del  apoderado  del 
Cabildo  en  la  corte,  en  que  remite  unas  Reales  Cédulas  duplica- 
das y  avisa  la  sentencia  dada  en  vista  del  asunto  de  la  segre- 
gación de  los  novenos  de  los  curas  de  la  Catedral  de  la  mesa  ca- 
pitular. (Libro  8,  fol.  65). 

En  16,  habiéndose  remitido  al  Cabildo  una  capellanía  de  libre 
presentación  para  que  nombrase  capellán;  se  acordó  con  motivo 
de  cierta  duda  consultar  profesor  de  derecho.  (Libro  7,  duplicado, 
fol.  75  vto.). 

En  30,  se  mandó  hacer  un  frontal  de  láminas  de  plata  cincelada 
para  el  altar  mayor  y  que  se  le  pusiese  nuevo  fleco  de  oro  de  Milán 
al  púlpito.  (Libro  8,  fol.  65). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1731  291 


En  26  de  febrero,  se  nombró  un  diputado  que  a  nombre  del 
Cab'ldo  y  de  su  cuenta  fuese  al  puerto  de  La  Guaira  a  obsequiar 
al  Illmo.  Sor.  Arzobispo  de  Santo  Domingo  que  había  desembar- 
cado allí.  (Libro  8,  fol.  65  vto.). 

En  11  de  abril,  a  insinuación  del  señor  Gobernador  acerca  de 
fundar  un  colegio  de  la  Compañía  de  Jesús  en  esta  ciudad,  el 
Cab'ldo,  no  solamente  prestó  su  consentimiento,  sino  que  también 
manifestó  su  complacencia  por  las  utilidades  de  tal  estableci- 
miento: y  se  ofreció  a  proporcionar  medios  al  efecto,  y  sigue  un 
testimonio  del  oficio  del  señor  Gobernador  y  de  lo  repuesto  por  el 
Cabildo  secular.  (Libro  8,  fol.  66). 

En  23,  con  motivo  de  excusa  del  señor  provisor,  se  cometió 
la  inspección  de  documentos  presentados  en  solicitud  de  dimi- 
sorias al  teniente  provisor  Dr.  Dn.  Pedro  Tamarón.  (Libro  8, 
fol.  68  vto.). 

En  28  de  mayo,  el  Cabildo  tuvo  a  bien  reservar  al  Illmo.  Sor. 
Obispo  la  resolución  sobre  el  remate  de  una  hacienda  denominada 
la  Obrapía  de  Cumanibare.  (Libro  8,  fol.  69). 

En  Io  de  junio,  se  nombró  capellán  de  una  capellanía  de  libre 
presentación  y  también  un  sacristán  menor  de  esta  Santa  Iglesia. 
(Libro  8,  fol.  69  vto.). 

En  el  mismo  día,  y  en  el  siguiente  se  trató  sobre  expedición 
de  letras  dimisoriales  a  un  diocesano  de  este  obispado  que  se 
hallaba  en  el  de  Puerto  Rico,  cuyo  Illmo.  Sor.  Obispo  las  pedía 
al  Cabildo  por  último  a  pluralidad  de  votos  se  le  mandaron  des- 
pachar. (Libro  7,  duplicado,  fol.  76). 

En  4  de  julio,  se  hizo  otro  nombramiento  de  diputados  del 
Cabildo  para  esperar  y  cumplimentar  al  Illmo.  Sor.  Obispo  en 
su  llegada.  (Libro  8,  fol.  70  vto.). 

En  20  y  21  se  subrogó  otro  diputado  por  haberse  excusado 
uno  de  los  electos.  (Libro  8,  fol.  71). 

En  2  de  agosto,  atentas  var  as  ocurrencias  en  cuanto  al  reci- 
bimiento del  Illmo.  Sor.  Obispo,  por  excusarse  los  señores  dipu- 
tados electos;  se  dispuso  hacerse  citación  de  todos  los  señores 
capitulares    al  efecto.  (Libro  8,  fol.  72). 

En  3,  se  declaró  tocar  a  la  dignidad  episcopal  y  de  consiguiente 
al  Cabildo  sede  vacante  la  provisión  de  tenientes  de  cura  de  las 
ayudas  de  parroquia  de  esta  ciudad;  y  se  nombró  al  Dr.  Dn.  Pedro 
Monasterios  para  la  de  Altagracia.  Y  sigue  el  certificado  de  una 
protesta,  y  de  una  carta  del  señor  arcediano.  (Libro  8,  fol.  73). 


292 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  4,  se  nombró  al  señor  magistral  Dn.  Cristóbal  de  Lizau- 
zabal  para  ir  a  La  Guaira  a  esperar  al  Illmo.  Sor.  Obispo  de  cuenta 
del  Cabildo.  (Libro  8,  fol.  76). 

En  14  de  septiembre,  se  mandó  retirar  al  dicho  señor  diputado 
por  no  haber  esperanza  de  próxima  venida  de  su  Sría.  Illma.  y 
que  dejase  encargado  al  vicario  de  La  Guaira  por  cualquiera  acon- 
tecimiento. (Libro  8,  fjL  77). 

En  25,  se  trató  acerca  de  despachar  dimisorias  a  un  preten- 
diente, y  se  dispuso  que  no  se  efectuase  el  despacho  hasta  que 
hubiese  competente  número  de  ordenados,  que  habían  de  ocu- 
rrir al  Illmo.  Sor.  Obispo  de  Puerto  Rico.  (Libro  8,  fol. 
77  vto.). 

En  27,  se  dio  comis'ón  para  el  seguimiento  de  unos  autos  acerca 
de  los  tenientes  de  cura  de  las  ayudas  de  parroquia  de  esta  ciudad 
cuyo  nombramiento  pretendían  hacerlo  los  curas  de  la  Catedral. 
(Libro  8,  fol.  78). 

En  12  de  octubre,  recibido  aviso  del  vicario  de  La  Guaira  de 
haber  llegado  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Joseph  FéTx  V?lverde,  se 
dispuso  que  el  señor  magistral  fuese  a  obsequiarla.  (Libro  8, 
fol.  79). 

En  13,  recibida  carta  de  su  Sría.  Illma.  con  sus  bulas,  el  Ca- 
bildo acordó  transferirle  la  jurisdicción  ínterin  tomaba  posesión. 
(Libro  8,  fol.  79  vto.). 

En  16,  se  dio  posesión  de  este  obispado  al  sobredicho  Illmo. 
Sor.  Dr.  Dn.  Joseph  Félix  Valverde,  precedido  el  juramento  pre- 
venido en  cumplimiento  del  real  ejecutorial  de  28  de  mayo  di  1728, 
en  qu;  se  dice  qui  al  tiempo  de  su  elección  era  Deán  de  la  Catedral 
de  Caracas:  y  sigue  testimonio  de  este  real  despacho  y  de  las  bulas 
del  señor  Benedicto  Papa  XIII,  dadas  en  San  Pedro  de  Rema  a 
15  de  noviembre  de  1728,  en  las  cuales  se  expresa  qu;  era  doctor 
en  teología,  natural  de  Granada  y  actualmente  Deán.  (Libro  8, 
fol.  80). 

En  19,  habiéndose  recibido  una  Real  Cédula  (que  no  sigue 
copiada)  en  que  se  manda  que  a  los  señores  racioneros  y  medios 
se  les  distribuya  su  renta  conforme  a  la  erección,  se  dispuso:  que 
así  se  ajecutase  por  el  notario  contador,  y  lo  mismo  en  cuanto  a 
vestuario,  pero  que  en  el  caso  de  cantar  el  evangelio  algún  señor 
medio  racionero,  sólo  llevase  lo  que  le  correspondía  como  tal  medio 
racionero,  y  que  el  que  de  fuera  del  Cabildo  supliese  por  ambos, 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1732  293 


o  por  alguno  de  ellos,  llevase  dos  reales  siendo  diácono,  y  uno 
siendo  subdiácono.  (Libro  7,  duplicado,  fol.  78). 

No  hubo  en  este  año  otro  Cabildo  de  que  hubiese  resul/ado 
acuerdo. 

Año  de  1732. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Chantre 
Dr.  Dn.  Joseph  Mijares  de  Solórzano  y  canónigo  de  merced  Dn. 
Lucas  Casimiro  de  Salas.  (Libro  particular,  fol.  19). 

En  12,  a  insinuación  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  relativo  a  la  fiesta 
de  colocación  del  Santísimo  Sacramento  en  el  nuevo  convento 
de  Carmelitas,  y  entrada  de  las  religiosas  fundadoras  que  se  pre- 
paraba para  el  día  19  de  marzo,  el  Cabildo  se  ofreció  a  acompañar 
a  su  Sría.  Illma.  y  dispuso:  que  se  contribuyesen  los  gastos  nece- 
sarios para  que  esta  función  se  hic'ese  con  toda  solemn  dad.  (L"- 
bro  8,  fol.  84). 

En  el  mismo  día  12,  habiéndose  comunicado  vista  al  Cabildo 
de  una  Real  Cédula  de  10  de  agosto  de  1731,  en  que  se  nombra 
al  señor  Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega  por  medio  racionero  de 
esta  Santa  Iglesia  en  depósito;  rrrentras  el  propietario  que  lo  era 
el  señor  Dr.  Dn.  Francisco  de  Ortega,  cura  de  Maracaibo  que  se 
hallaba  impedido,  podía  pasar  a  servirla  u  otra  cosa  se  disponía; 
se  insinuó  no  ofrecerse  reparo  y  estar  pronto  el  Cabildo  a  recibirlo : 
y  en  esta  ocasión  el  Illmo.  Sor.  Obispo  estando  en  el  coro,  junto 
con  el  Cabildo,  le  dio  la  posesión  allí  y  en  la  sala  capitular  sin 
esta  ceremonia  que  la  de  sentarlo  en  las  sillas.  (Libro  8,  fol.  86). 

En  15  de  febrero,  se  dispuso:  que  se  ocurriese  por  el  señor 
juez  general  de  diezmos  al  Illmo.  Sor.  Obispo  a  consultarle  acerca 
de  un  certificado  que  pedía  el  factor  de  la  compañía  Guipuzcoana 
del  valor  de  las  rentas  decimales.  (Libro  8,  fol.  84  vto.). 

En  19,  habiendo  el  Cabildo  dudado  fundadamente  sobre  la 
renta  que  debía  contribuirse  al  señor  medio  racionero  en  deposito 
y  asimismo  en  cuanto  a  la  del  señor  doctoral  cuyo  provisto  estaba 
para  venir:  se  dispuso  consultar  al  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  8, 
fol.  85  vto.). 

En  24,  presentado  el  real  despacho  de  6  de  agosto  de  1731, 
en  que  es  promovido  el  señor  arcediano  Dn.  Alonzo  de  Escobar 
a  la  dignidad  de  Deán,  vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn. 
Gabriel  Matías  de  Ibarra,  y  asimismo  las  diligencias  operadas  ante 


294 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


el  Illmo.  Sor.  Obispo;  estando  su  Srío.  Illma.  con  el  Cabildo  en 
el  coro  le  dio  la  colación  y  seguidamente  la  posesión  allí  y  en  la 
sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas,  juramento  y 
profesión  de  la  fe.  (Libro  8,  fol.  88). 

En  25,  presentado  el  real  despacho  de  3  de  agosto  de  1731 
(así  está)  en  que  es  promovido  el  señor  Chantre  Dr.  Dn.  Joseph 
iMijares  de  Solórzano  a  la  dignidad  de  arcediano  y  asimismo  las 
diligencias  operadas  ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo  se  le  dio  igualmente 
que  al  antecedente  la  colación  y  posesión.    (Libro  8,  fol.  89  vto). 

En  26,  presentado  el  real  despacho  de  3  de  agosto  de  1731 
en  que  es  promovido  el  señor  magistral  Dn.  Cristóbal  de  Lizau- 
zabal  a  la  dignidad  de  Chantre,  se  le  dio  la  colación  y  posesión 
por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  con  el  Cab'ldo  del  mismo  modo  que  a 
los  antecedentes.  (Libro  8,  fol.  104). 

En  9  de  mayo,  igualmente  se  dio  colación  y  posesión  de  la 
canongía  doctoral  (nuevamente  establecida)  al  señor  Dr.  Dn. 
Francisco  de  Hoces,  presbítero;  cuya  real  presentación  es  fecha 
en  27  de  junio  de  1724  y  está  acompañada  de  una  Real  Cédula 
de  17  de  agosto  de  1731  en  que  se  le  prorroga  el  término.  (Libro  8, 
fol.  106  vto.). 

En  13  y  16,  visto  el  dictamen  del  Illmo.  Sor.  Obispo  (de  que 
sigue  copia)  acerca  de  la  renta  que  deban  gozar  el  señor  doctoral 
y  el  señor  medio  racionero  en  depósito  el  Cabildo  conformándose 
con  lo  dictaminado  por  su  Sría.  Illma.,  acordó:  que  ú  señor  medio 
racionero  se  le  contribuyese  su  renta  conforme  a  la  erección  y 
al  señor  doctoral  según  la  cota  señalada  en  la  Real  Cédula  del 
establecimiento  de  esta  canongía.  (Libro  8,  fol.  91  vto.). 

En  el  mismo  día  16,  se  aceptó  la  fundación  de  1.000  pesos 
hecha  por  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Joseph  Félix  Valverd^,  para  la 
fiesta  del  Padre  Eterno  en  la  dominica  quinta  post  pascha,  con 
todas  las  circunstancias  que  se  refieren  en  una  representaron 
del  colector  de  manuales  inserta  en  este  mismo  Cabildo.  (Libro  7, 
duplicado,  fol.  79). 

En  16  de  junio,  insinuándose  haberse  conseguido  por  medio 
del  Illmo.  Sor.  Obispo  un  reloj  grande  de  campana  mayor,  se 
dispuso:  que  para  su  manejo  y  arreglo  hubiese  persona  destinada 
con  el  sueldo  anual  de  50  pesos  pagables  de  la  fábrica,  dejándose 
el  nombramiento  de  la  tal  persona  a  la  voluntad  de  su  Sría.  Illma. 
que  con  efecto  nombró  a  Dn.  Juan  Sánchez,  clérigo  tonsurado. 
(Libro  7  duplicado,  fol.  80). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1732 


295 


Aquí  mismo  con  acuerdo  de  su  Siía.  Illma.  se  nombró  al  mismo 
Sánchez  por  teniente  de  sacristán  mayor  Dn.  Diego  Ramírez 
con  la  renta  que  éste  le  señalase.  (Libro  7  duplicado,  f>L  80). 

En  29  de  agosto,  y  Io  de  septiembre,  se  trató  acerca  de  las 
cuentas  presentadas  de  dos  trienios  por  los  señores  receptores; 
y  se  nombraron  para  su  liquidación  a  dos  señores  capitulares;  y 
asimismo  para  el  trienio  siguiente  se  nombraron  por  receptores 
a  los  señores  Tesorero  Dr.  Dn.  Fernando  Lozano  y  canónigo  de 
merced  Dr.  Dn.  Lucas  Casimiro  de  Salas.  (Libro  7  duplicado, 
fol.  81  vto.). 

En  el  mismo  día  1  °  de  septiembre,  y  en  la  propia  acta  se  acordó 
no  aceptarse  el  manual  que  se  había  fundado  de  limosna  de  100 
reales  para  que  el  Cabildo  asistiese  a  la  fiesta  de  Santa  Rosalía 
en  su  Iglesia  y  que  desde  luego  pasase  a  los  curas  como  lo  disponía 
el  fundador  en  caso  de  no  aceptar  el  Cabildo.  (Libro  7  duplicado, 
fol.  82). 

En  9,  se  mandaron  coger  goteras  en  la  Iglesia  y  poner  una  imagen 
del  señor  San  Joséph  en  un  nicho  de  los  del  altar  mayor  que  estaba 
vacío.  (Libro  8,  fol.  93  vto.). 

En  14  de  octubre,  se  dispuso  que  a  los  señores  receptores  de 
la  cuarta  capitular  se  le  diesen  cada  año  50  pesos  para  reemplazo 
de  quiebras  en  los  recuentos.   (Libro  7,  duplicado,  fol.  82  vto.). 

En  23,  se  mandaron  pasar  las  cuentas  de  los  anteriores  señores 
receptores  a  un  tercero  para  liquidarlas  por  una  duda  que  se  ofreció 
a  los  señores  revisores.  (Libro  7  duplicado,  fol.  82  vto.). 

En  14  de  noviembre,  presentada  una  Real  Cédula  de  2  de 
julio  de  este  año  (de  que  no  hay  copia)  sobre  que  al  señor  medio 
racionero  en  depósito  se  le  contribuyese  el  respectivo  producto 
de  los  diezmos,  y  vacantes  que  hubiese  en  la  Iglesia;  el  Cabildo 
la  obedeció  y  mandó  ejecutar  con  protesta  de  que  no  fuese  per- 
judicado para  lo  que  debiese  representar  a  Su  Majestad.  (Libro  7 
duplicado,  fol.  83). 

En  el  mismo  día  se  aprobaron  las  sobredichas  cuentas  de  los 
señores  receptores.  (Libro  7  duplicado,  fol.  83  vto.). 

En  19  de  diciembre,  se  recibieron  tres  Reales  Cédulas  (que 
siguen  copiadas)  la  una  de  13  de  abril  de  1731,  en  que  se  aprueba 
la  resolución  del  Cabildo,  en  cumplir  una  libranza  de  8.000  pesos 
que  tiró  el  Illmo.  Sor.  Obispo  estando  electo,  sobre  las  rentas  de 
la  cuarta  episcopal':  y  las  otras  dos  que  son  fechas  en  9  de  marzo 
de  1731  y  2  de  julio  de  32,  en  que  se  manda  observar  la  costumbre 


296 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


de  llevar  quitasoles  los  señores  prebendados  en  las  procesiones 
(excepto  las  del  Santísimo  Sacramento)  y  caudatarios  en  la  del 
Viernes  Santo,  y  acordó  el  Cabildo  que  la  última  se  comunicase 
al  señor  Gobernador.  (Libro  8,  fol.  94). 

Al  folio  112  de  este  libro  hay  un  testimonio  de  la  citada  Real 
Cédula  de  2  de  julio  de  32,  y  del  obedecimiento  del  señor  Gober- 
nador. 

Año  de  1733. 

En  1  0  de  enero,  se  nombraron  por  adjuntos  a  los  señores  Te- 
sorero Dr.  Dn.  Fernando  I>ozano  y  penitenciario  Dr.  Dn.  Fran- 
cisco Martínez  de  Porras.  (Libro  particular,  fol.  19  vto.). 

En  3  de  febrero,  se  admitió  un  título  despachado  por  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  de  teniente  de  secretario  de  Cabildo  y  de  contador  de 
diezmos  a  Dn.  Vicente  Tejera  de  la  Mota.  (Libro  8,  fol.  97). 

En  5,  agitado  prolijamente  el  punto  propuesto  por  el  señor 
canónigo  de  merced,  sobre  sí  el  que  estaba  impedido  de  cantar 
una  misa  que  le  tocaba,  podía  encomendarse  a  quien  le  pareciese 
o  se  había  de  seguir  turno  especial  para  estos  suplementos  entre 
los  señores  prebendados  por  último  se  acordó:  que  se  llevase  el 
asunto  el  Illmo.  Sor.  Obispo  para  su  determinación;  y  llevado, 
tuvo  a  bien  su  Sría.  Illma.  reservarla  para  cuando  practicase  la 
visita  de  la  Catedral.  (Libro  8,  fol.  97  vto.). 

En  21  de  abril,  se  compulsó  testimonio  de  la  fundación  de 
1255  pesos  de  capital  hecha  por  el  señor  penitenciario  Dr.  Dn. 
Francisco  Martínez  de  Porras  para  cantarse  los  maitines  de  la 
fiesta  de  la  Santísima  Trinidad;  de  la  aceptación  del  Cabildo  y 
de  la  aprobación  del  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  7  duplicado, 
fol.  83  vto.). 

En  24,  accedió  el  Cabildo  a  un  oficio  verbal  del  tribunal  de 
inquisición  sobre  publicación  de  unos  edictos  ínter  missarum  so- 
lemnia.  (Libro  8,  fol.  100). 

En  19  de  mayo,  se  nombró  al  señor  medio  racionero  Dr.  Dn. 
Joseph  Martínez  de  Porras,  para  llevar  la  correspondencia  con  el 
apoderado  de  la  Corte  en  la  dependencia  sobre  los  novenos  de  los 
curas,  que  se  segregaron  de  la  cuarta  capitular.  (Libro  8,  fol.  100  vto). 

En  12  de  junio  y  7  de  julio,  cuestionado  prolijamente  el  punto 
de  lo  que  deba  llevar  un  señor  medio  racionero,  cuando  suple  por 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1734 


297 


un  señor  racionero  en  vestuarios,  por  último  se  acordó  remitirlo 
a  la  determinación  del  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  8,  fol.  101). 

En  14  de  agosto,  se  nombraron  revisores  para  las  cuentas 
presentadas  por  los  señores  receptores  de  la  cuarta  capitular. 
(Libro  8,  fol.  108). 

Aquí  mismo  se  determinó  aumentar  la  renta  del  apuntador  del 
coro,  señalándole  50  pesos  sobre  la  cuarta  capitular  en  lugar  de 
30  que  tenía.  (Libro  8,  fol.  108  vto.). 

En  17,  presente  su  Sría.  Illma.  en  la  sala  capitular  se  decretó: 
que  en  las  oposiciones  a  la  canongía  magistral  vacante  no  obstante 
que  estaba  opuesto  al  señor  medio  racionero  Dr.  Dn.  Joseph 
Martínez  de  Porras,  tuviese  voto  su  hermano  el  señor  canónigo 
penitenciario  Dr.  Dn.  Francisco  Martínez  de  Porras.  Y  se  señaló 
día  para  iniciar  los  actos.  (Libro  8,  fol.  108  vto.). 

No  hubo  otro  decreto  capitular  extendido  en  los  libros  en 
este  año.  , 

Año  de  1734. 

En  1°  de  enero,  se  nombraron  por  adjuntos  a  los  señores  Chan- 
tre Dr.  Dn.  Cristóbal  de  Lizauzabal  y  doctoral  Dr.  Dn.  Francisco 
de  Hoces.  (Libro  particular,  fol.  19  vto). 

En  18  se  nombró  al  sobredicho  señor  doctoral  para  asistir  por 
parte  del  Cabildo  a  una  junta  mandada  formar  sobre  propios, 
arbitrios  y  obras  públicas,  por  la  Real  Cédula  de  28  de  agosto  de 
1733,  de  la  cual  se  pasó  copia  al  folio  1  °  del  libro  9.  (Libro  8,  fol.  109). 

En  1 1  de  marzo,  fueron  recibidos  en  la  sala  el  señor  alguacil 
mayor  y  un  notario  de  la  Santa  Inquisición,  dándosele  asiento  al 
primero  en  silla  después  d;l  señor  presidente  (era  título  de  Cas- 
tilla) y  al  notario  en  taburete  al  lado  derecho  del  secretaiio;  y  a 
su  insinuación,  avisando  del  día  señalado  para  la  publicación 
de  los  edictos  generales  de  la  fe  y  función  de  este  acto;  el  Cabildo 
contestó  urbanamente,  y  dispuso  dar  cuenta  al  Illmo.  Sor.  Obispo, 
por  medio  de  dos  diputados  para  que  determinase  lo  correspon- 
diente a  ceremonias,  asientos  y  demás  relativo  a  esta  función. 
(Libro  8,  fol.  109  vto.). 

En  15,  su  Sría.  Illma.  determinó  el  modo  como  había  de  ser 
recibido  el  señor  comisario  y  ministros,  los  lugares  que  habían  de 
tener,  la  colocación  del  estandarte,  y  la  demás  forma  del  acto; 
y  atribuyendo  a  inadvertencia  el  no  habérsele  hecho  participación 


238  FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


por  el  señor  comisario  como  Obispo  y  como  Inquisidor  nato, 
mandó  poner  en  este  libro,  y  se  puso  copia  de  la  carta  de  aviso 
dado  a  su  Sría.  Illma.  por  el  Santo  Tribunal  de  Cartagena.  (Libro 
8,  fol.  110  vto.)- 

En  16,  el  Cabildo  se  conformó  con  la  anterior  determinación 
y  dispuso  complementar  el  señor  comisario  por  medio  de  un  dipu- 
tado y  que  sobre  el  recado  que  éste  había  de  llevar  se  consultase 
a  su  Sría.  Illma.  (Libro  8,  fol.  111  vto.). 

En  el  mismo  día,  determinó  su  Sría.  Illma.  que  fuese  al  cum- 
plimiento el  señor  diputado  acompañado  de  dos  capellanes  y  del 
secretario  en  nombre  del  Cabildo  (Libro  8,  fol.  112). 

En  6  de  abril,  a  insinuación  del  Illmo.  Sor.  Obispo  en  una 
carta  (que  sigue  copiada)  con  motivo  de  haberse  dispuesto  que 
cuando  no  pudiese  cantar  la  misa  algún  señor  canónigo  o  dignidad, 
se  pusiese  altar  portátil  en  el  presbiterio  para  el  que  hubiese  de 
cantarla,  se  determinó  que  en  caso  de  suplir  alguno  de  los  señores 
racioneros,  o  medios  racioneros,  en  tal  caso,  no  se  le  pusiese  altar 
portátil  como  a  los  de  fuera  del  Cabildo,  sino  que  pudiese  cantarla 
en  el  mayor  (pero  sin  que  se  entendiese  adquirir  derecho  a  él 
ni  al  turno  de  misas)  y  que  llevase  el  triplo  de  su  renta,  con  tal  que 
siendo  menor  de  ocho  reales  se  le  diesen  éstos:  que  siendo  por 
prima  llevase  el  duplo;  y  que  en  las  de  manuales  gozase  el  mismo 
estipendio  señalado  al  señor  canónigo  o  dignidad;  y  se  acordó 
que  se  llevase  este  Cabildo  a  su  Sría.  Illma.  para  su  confirmación. 
(Libro  7  duplicado,  fol.  84  vto.). 

En  7  confirmó  el  Illmo.  Sor.  Obispo  el  Cabildo  antecedente, 
expresando  que  el  caso  de  tales  suplementos  debe  ser  solamente 
cuando  los  señores  canónigos  estén  embarazados  con  legítimo 
impedimento  que  a  todos  conste  y  los  señores  dignidades  seme- 
jantemente impedidos  para  el  turno  de  suplemento:  que  no  siendo 
el  impedimento  legítimo  quedase  gravada  la  conciencia  del  que 
lo  protestase  en  lo  que  hubiese  de  ganar  en  aquella  hora;  y  que 
por  lo  respectivo  a  la  asignación  del  triplo  se  observase,  Ínterin 
se  resolvía  el  punto  que  se  estaba  batiendo  en  juicio  relativo  a 
esta  materia.  (Libro  7  duplicado,  fol.  87). 

En  25  de  mayo,  se  mandó  poner  copia  de  la  Real  Cédula  y 
su  obedecimiento  por  el  señor  Gobernador,  acerca  del  uso  de 
quitasoles  y  caudatarios  de  que  ya  queda  puesta  nota  en  su  res- 
pectivo lugar.  (Libro  8,  fol  .112). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1734 


299 


En  28,  habiendo  propuesto  el  Illmo.  Sor.  Obispo  devolver 
el  dinero  que  se  le  entregó  para  el  reloj  puesto  en  la  torre,  pues 
era  su  ánimo  hacer  donación  de  él  a  la  Iglesia,  y  que  asimismo 
estaba  dispuesto  a  entregar  a  ésta  más  de  2.000  pesos,  que  gastó 
en  reparar  el  palacio  Episcopal;  y  que  estimaba  por  muy  conve- 
niente el  que  ambas  cantidades  se  destinasen  para  el  sagrario 
de  plata  que  se  estaba  construyendo;  el  Cabildo  accedió  a  todo  y 
dio  las  gracias  a  su  Sría.  Illma.  (Libro  9,  fol.  4). 

En  9  de  junio,  presentado  el  real  despacho  de  14  de  febrero  de 
este  año  en  que  se  presenta  al  señor  Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega, 
medio  racionero  en  depósito  a  la  misma  prebenda  en  propiedad 
por  haberla  renunciado  el  Dr.  Dn.  Francisco  de  Ortega;  y  evacuadas 
las  competentes  diligencias  el  Illmo.  Sor.  Obispo  estando  con  el 
Cabildo  en  el  coro  le  dio  la  colación  y  seguidamente  la  posesión 
allí  y  en  la  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas,  jura- 
mento y  profesión  de  la  fe.  (Libro  9,  fol.  4). 

En  13  de  julio,  en  atención  a  que  la  erección  tanto  la  latina 
como  la  castellana  de  esta  Santa  Iglesia  se  había  ido  consumiendo 
por  no  haberse  hecho  segunda  impresión  y  que  sólo  se  hallaban 
dos  o  tres  en  todo  el  obispado,  se  dispuso:  que  se  pusiese  testi- 
monio de  ella  en  este  libro  autorizado  por  el  secretario;  y  en  efecto 
se  puso,  pero  fue  en  el  libro  7  duplicado  al  folio  89  vuelto.  (Libro 
9,  fol.  6  vto.). 

En  16,  se  determinó  irse  ocurriendo  al  Illmo.  Sor.  Obispo 
sobre  algunos  puntos  que  necesitaban  de  pronta  resolución,  Ín- 
terin se  concluía  la  aprobación  de  la  regla  de  coro :  y  en  efecto  aquí 
se  pidió  declararse  que  los  recles  pudieran  tomarse  por  horas  y 
y  no  por  días  enteros.  (Libro  9,  fol.  7). 

En  23,  fue  nombrado  el  Ledo.  Dn.  Luis  Punzel  por  colector 
de  manuales  y  observaciones,  por  haber  renunciado  el  presbítero 
Dn.  Juan  Joseph  Castillo.  (Libro  particular,  fol.  20). 

En  6  de  septiembre,  proveyó  auto  su  Sría.  Illma.  declarando 
que  se  tomasen  por  días  enteros  y  no  por  horas,  atentos  los  funda- 
mentos que  allí  mismo  se  expresan:  y  asimismo  declaró  los  días 
en  que  no  puede  tomarse,  y  cuanto  tiempo  de  residencia  ha  de 
haber  habido  para  tomarlo.  (Libro  9,  fol.  8). 

En  13,  habiéndose  tratado  acerca  de  la  noticia  que  se  tenía 
de  estar  provisto  para  una  media  ración  de  esta  Santa  Iglesia,  el 
Dr.  Dn.  Andrés  Alvarez  Cárdenas  y  de  lo  que  se  notaba  a  éste 
en  cuanto  a  que  parecía  no  estar  en  cabal  juicio,  se  decretó  ponerlo 


.500 


FUENTES   PANA    LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


todo  en  noticia  de  su  Sría.  Illma.  para  que  si  lo  tuviese  a  bien 
procediese  en  tiempo  a  la  competente  justificación.  (Libro  7  du- 
plicado, fol.  87  vto.). 

En  17  y  23,  habiéndose  tratado  largamente  sobre  el  antece- 
dente auto  relativo  a  recles,  aunque  a  pluralidad  de  votos  fue 
aceptado,  se  mandó  pasar  testimonio  de  esta  acta  y  de  la  Real 
Cédula  y  provisión  que  se  cita  al  Illmo.  Sor.  Obispo  para  que 
allí  ocurriesen  los  que  fueron  de  voto  contrario.  (Libro  9,  fol. 
9  vto.). 

En  2  de  noviembre,  el  Cabildo  por  sí  y  a  nombre  del  clero 
prestó  su  consentimiento  para  que  la  gloriosa  Santa  Rosalía  fuese 
elegida  por  Patrona  menos  principal  contra  la  epidemia  y  enfer- 
medades comunes  y  particulares  y  otras  necesidades;  y  que  se 
solicitare  la  elevación  del  rito  de  su  fiesta  :y  ofreció  que  conseguida 
la  gracia  de  Su  Santidad,  haría  voto  por  sí,  y  en  nombre  de  sus 
sucesores  de  ir  el  día  4  de  septiembre  capitularmente  desde  la 
Catedral  a  su  Iglesia  a  celebrar  la  misa  mayor  con  toda  solemnidad 
y  que  el  día  antes  pasase  un  señor  prebendado  a  capitular  las 
vísperas.  (Libro  9,  fol.  14). 

En  19,  se  nombraron  comisarios  para  obsequiar  a  los  señores 
Conde  de  San  Javier  y  Marqués  del  Toro,  por  la  participación 
que  hicieron  al  Cabildo  de  sus  títulos.  (Libro  9,  fol.  14  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  que  hubiese  habido  resolución  en  este 
año. 

Ano  de  1735. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Chantre 
Dr.  Dn.  Cristóbal  de  Lizauzabal  y  doctoral  Dr.  Dn.  Francisco 
de  Hoces.  (Libro  particular,  fol.  20  vto.). 

En  4  de  febrero,  cuestionado  prolijamente  el  punto  de  haber 
el  Illmo.  Sor.  Obispo  proveído  la  sacristía  mayor  de  esta  Santa 
Iglesia  y  dado  colación  de  ella  al  electo,  por  último  se  acordó 
poner  extrajudicialmente  ;1  asunto  en  manos  de  su  Sría.  Illma. 
con  los  documentos  que  podían  instruirle  del  derecho  del  Cabildo 
para  que  lo  amparase  en  él.  Y  que  para  lo  judicial  se  otorgase 
poder  por  el  Cabildo.  (Libro  7  duplicado,  fol.  97  vto.). 

En  8,  haciéndose  mención  de  la  diligencia  extrajudicial  que 
el  Cabildo  había  practicado  verbalmente  con  el  Illmo.  Sor.  Obispo, 
acerca  de  la  provisión  de  la  dicha  sacristía,  se  asentó  la  respuesta 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1735 


301 


de  su  Sría.  Illma.  de  que  en  cuanto  a  rentas  no  demandaría  el 
sacristán  electo  cosa  alguna  contra  la  incorporación  hecha  al  Ca- 
bildo y  que  siendo  necesario  le  haría  hacer  caución;  pero  que  en 
cuanto  a  la  provisión  no  podía  ceder;  y  se  mandó  compulsar  testi- 
monio de  este  Cabildo  y  del  antecedente  y  demás  necesarios; 
pero  no  se  dijo  a  que  fin.  (Libro  7  duplicado,  fol.  99). 

En  el  mismo  día  el  Cabildo  en  calidad  de  patrono,  presentó 
al  Ledo.  Dn.  Juan  Miguel  de  Salas,  presbítero,  para  capellán 
de  la  capellanía  de  1.000  pesos  de  principal  que  fundó  Joseph 
Ferraes,  vecino  que  fue  de  esta  ciudad.  (Libro  9,  fol.  15). 

En  23  de  marzo,  se  mandaron  pasar  al  señor  doctoral  unos 
autos  de  que  su  Sría.  Illma.  comunicó  visita  al  Cabildo  acerca  de 
la  posesión  de  una  media  ración  que  pedía  el  Dr.  Dn.  Andrés 
Alvarez  Cárdenas.  (Libro  9,  fol.  15  vto.). 

En  24,  presentado  el  real  despacho  de  6  de  septiembre  de 
1734  en  que  es  promovido  1  señor  medio  racionero  Dr.  Dn.  Joseph 
Martínez  de  Porras,  a  una  ración  vacante  por  fallecimiento  del 
señor  Dn.  Diego  Muñoz  de  la  Trinidad,  y  las  diligencias  operadas 
ante  el  Illmo.  Sor.  Obispo  estando  su  Sría.  Illma.  en  el  coro  con 
el  Cabildo,  le  dio  la  colación  y  seguidamente  allí,  y  en  la  sala  capi- 
tular la  posesión  con  las  ceremonias  acostumbradas,  juramento 
v  profesión  de  la  fe.  (Libro  9,  fol.  16). 

En  27,  se  dio  igualmente  colación  y  posesión  de  la  canongía 
magistral,  vacante  por  ascenso  del  señor  Dr.  Dn.  Cristóbal  de 
Lizauzabal,  al  señor  Di-.  Dn.  Gerónimo  de  Rada,  presbítero,  en 
virtud  del  real  despacho  de  6  de  septiembre  de  1734,  en  que  es 
presentado  para  ella.  (Libro  9,  fol.  18  vto.). 

En  29,  presentada  por  el  señor  Dr.  Dn.  Bernardo  Dacosta 
Romero,  presbítero,  una  Real  Cédula,  en  que  se  le  concede  en 
depósito  una  ración  de  esta  Santa  Iglesia,  a  que  estaba  presentado 
el  señor  Dn.  Cristóbal  Mendés  Cortés,  vecino  de  Mariquita, 
Ínterin  que  éste  pasaba  a  servirla,  o  Su  Majestad  dispusiese  otra 
cosa,  diclarándose  que  tuviese  las  mismas  preeminencias  de 
asiento,  vestuario  y  rentas:  vista  por  su  Sría.  Illma.  con  acuerdo 
del  Cabildo  se  le  dio  la  posesión  en  ;1  coro  y  sala  capitular.  (Li- 
bro 9,  fol.  21). 

En  12  de  agosto,  fueron  nombrados  por  hacedores  y  recep- 
tores de  la  cuarta  capitular  los  señores  Chantre  Dr.  Dn.  Cristóbal 
de  Lizauzabal  y  medio  racionero,  Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega. 
(Libro  particular,  fol.  21). 


302 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  20  de  diciembre,  se  acordó  que  para  que  la  Iglesia  no  fuese 
perjudicada  se  reglase  el  gasto  de  cera  en  las  funciones  dotadas 
a  proporción  de  lo  señalado  en  las  fundaciones.  (Libro  9,  fol. 
23  vto). 

Año  de  1736. 

En  Io  de  enero,  fueron  nombrados  por  adjuntos  los  señores 
racionero,  Dr.  Dn.  Joseph  iMartínez  de  Porras  y  medio  racionero 
Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega.  (Libro  particular,  fol.  22). 

En  13,  visto  el  reconocimiento  hecho  del  archivo  capitular 
por  dos  señores  dignidades  se  mandó:  que  el  secretario  se  hiciese 
cargo  por  inventario  de  todo  que  no  se  entregase  papel  alguno 
a  los  señores  capitulares  y  al  colector,  s'no  fuera  dejando  recibo: 
y  que  cada  año  se  nombrasen  diputados  para  reconocerlo.  (Libro 
7  duplicado,  fol.  99  vto.). 

En  10  de  febrero,  habiéndose  propuesto  por  dos  señores  pre- 
bendados la  compra  de  un  s^lar  y  dos  tiendas  de  la  fábrica,  a  fin 
de  construir  sus  casas;  se  difirió  la  determinación  para  Cabildo 
pleno  con  precedente  aviso  a  su  Sría.  Illma.  (Libro  9,  fol.  24). 

En  16,  .je  dispuso:  que  se  fabricasen  en  un  solar  vacío  que  tenía 
la  Iglesia  contiguo  a  ella  las  tiendan  de  alquilar  que  cupiesen,  y 
que  asimismo  se  tantease  el  costo  que  podría  tener  el  fabricar  otra 
en  un  solar  vacío  que  le  pertenecía  en  el  puerto  de  La  Guaira. 
(Libro  9,  fol.  24  vto.). 

En  25  de  mayo,  se  obedecieron  tres  reales  cédula-,  (que  siguen 
copiadas)  la  una  de  18  de  septiembre  de  1735,  dirigida  a  la  real 
audiencia  de  Santo  Domingo,  repitiéndosele  otra  de  5  de  mayo 
de  1730  sobre  la  regla  de  coro  de  esta  Santa  Iglesia,  para  que 
determinase  el  punto  de  su  ejecución;  oyendo  a  los  interesados. 
(Libro    9,    fol.  25). 

Otra  de  21  de  noviembre  de  1735,  en  la  cual  se  declara  por 
vía  de  explicación  de  la  erección  de  esta  Santa  Iglesia,  que  cuando 
los  prebendados  supliesen  en  las  misas  unos  por  otros,  gasten 
la  cota  que  les  corresponda  triplicada  y  duplicada,  con  precso 
respecto  a  lo  que  ganen:  que  no  siendo  capitular  el  que  suple, 
lleve  solamente  la  limosna  que  señala  la  sinodal  al  diácono,  y 
subdiácono:  que  en  los  manuales  y  aniversarios  siga  la  costumbre 
de  llevar  un  peso  el  preste  y  dos  reales  el  diácono  y  subdiácono; 
y  lo  demás  se  distribuya  por  iguales  partes  entre  todos  los  pre- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1736 


303 


bendados  a  excepción  de  los  que  en  su  fundación  tengan  asignada 
la  distribución:  que  el  señor  Deán  turne  en  las  misas  de  los  días 
clásicos  con  los  demás  señores  dignidades,  sin  embargo  de  lo  de- 
terminado en  el  Cabildo  del  año  de  1727,  el  cual  se  revoca  permi- 
tiéndosele solamente  la  del  día  de  Corpus  y  Jueves  Santo  en  caso 
de  no  celebrarla  el  prelado,  y  con  tal  que  se  reemplace  el  turno 
respectivamente,  a  quien  tocare  y  que  en  las  misas  extraordinarias 
de  Asunción,  pontificado,  real  nacimiento  o  coronación  y  funerales, 
no  se  debe  percebir  por  ellas  absolutamente  limosna  alguna  o  esti- 
pendio; y  que  estas  misas  no  celebrándolas  el  prelado,  toquen  al 
deanato,  y  en  su  defecto  a  la  dignidad  inmediata.  (Libro  9,  fol.  27). 

Y  la  otra  de  24  de  diciembre  del  mismo  año  de  35  en  la  cual 
se  previene  al  Cabildo  que  informe  sobre  la  pretensión  del  señor 
doctoral  de  que  se  le  diese  la  renta  que  tenía  asignada  por  la 
ereccón.  (Libro  9,  fol.  29). 

En  7  de  junoi,  presentado  el  real  despacho  de  2  de  octubre 
de  1735  en  que  se  concede  en  propiedad  al  señor  Dr.  Dn.  Ber- 
nardo Dacosta  Romero,  la  ración  que  tenía  en  depósito;  su  Sría. 
Illma.  estando  con  el  Cabildo  en  el  coro,  le  dio  la  colación  y  segui- 
damente allí,  y  en  la  sala  capitular  la  posesión  con  las  ceremonias 
acostumbradas,  juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  9,  fol. 
29  vto). 

En  31  de  agosto,  habiéndose  remitido  al  Cabildo  por  el  señor 
arcediano  Dr.  Dn.  Joseph  Mijares  de  Solórzano,  un  título  de 
comisario  de  la  santa  cruzada  despachado  a  su  favor  para  ausencias 
o  fallecimiento  del  que  existía;  se  manifestó  su  aceptación  y  se 
mandó  copiar,  y  se  copió  seguidamente.  (Libro  9,  fol.  31  vto.). 

En  12  de  septiembre,  se  nombró  nuevo  interventor  para  la 
obra  del  sagrario  de  plata  del  altar  mayor  que  se  estaba  cons- 
truyendo. (Libro  particular,  fol.  22). 

En  10  de  octubre,  habiendo  insinuado  el  Cabildo  el  señor 
canónigo  de  merced  Dr.  Dn.  Lucas  Casimiro  de  Salas,  que  se  ha- 
llaba con  motivos  inexcusables  de  pasar  a  la  ciudad  de  Cartagena, 
se  dispuso:  que  se  le  computasen  los  cuatro  meses  que  podía  tomar 
de  recle  y  que  cumplidos  se  suspendiese  el  apunte  del  cuadrante, 
hasta  otra  resolución.  (Libro  9,  fol.  33  vto.). 

Aquí  mismo  se  dispuso  el  informe  a  Su  Majestad  sobre  la 
causa  porque  no  se  pagaba  al  señor  doctoral  la  renta  conforme 
a  la  erección.  (Libro  9,  fol.  34). 


304 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  23,  considerándose  ser  muy  angustiada  la  capilla  mayor 
para  colocar  el  nuevo  sagrario  de  plata,  se  determinó  consultar 
al  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  9,  fol.  34  vto.). 

En  22  de  noviembre,  propuesto  por  los  señores  receptores  de 
la  cuarta  capitular,  los  medios  que  estimaron  oportunos  para  el 
mejor  cobro  de  las  rentas,  se  resolvió  pasar  el  asunto  al  Illmo. 
Sor.  Obispo  a  fin  de  que  se  sirviese  expresar  su  dictamen  para 
ejecutarlo  y  cumplirlo.  (Libro  9,  fol.  35  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  con  resolución  en  este  año. 

Año  de  1737. 

En  Io  de  enero,  fueron  nombrados  por  adjuntos  los  señores 
penitenciario  Dr.  Dn.  Francisco  Martínez  de  Porras  y  racionero 
Dr.  Dn.  Bernardo  Dacosta  Romero.  (Libro  particular,  fol.  22  vto.). 

En  26  de  febrero,  se  acordó  dar  cuenta  a  su  Sría.  I  lima,  del 
recibo  de  una  Real  Cédula  de  10  de  noviembre  de  1736,  en  la  cual 
denegándose  la  instancia  del  Cabildo  en  cuanto  a  la  incorporación 
de  los  novenos  de  los  curas  de  la  Catedral  a  la  mesa  capitular,  se 
concede  que  ésta  sea  libre  de  1.314  pesos  que  pagaba  anualmente 
en  salarios  de  ministros  sirvientes  de  la  Iglesia,  y  que  se  pagasen 
en  adelante  de  los  fon  Jos  de  la  rúbrica.  Y  al  folio  40  vuelto  de 
este  libro,  se  puso  testimonio  de  la  misma  Real  Cédula  y  dili- 
gencias de  su  obedecimiento.  (Libro  9,  fol.  38). 

En  4  de  mayo,  se  dispuso:  que  el  señor  canónigo  de  merced 
que  estuvo  ausente,  se  le  pagase  su  renta,  contándole  cuatro  meses 
de  recle  y  que  lo  pagase  de  éstos  la  ausencia,  se  computas  i  de 
fallas,  y  se  entregase  a  las  reverendas  M.  M.  Carmelitas,  a  quienes 
estaban  aplicadas.  (Libro  9,  fol.  38). 

En  24,  se  mandó  colocar  el  sagrario  de  plata  en  la  capilla 
mayor  y  que  al  efecto  se  sacase  el  altar  una  vara  afuera;  pues  no 
había  otro  remedio.  (Libro  9,  fol.  39). 

En  13  de  agosto,  recibido  el  decreto  de  la  Sagrada  Congre- 
gación de  ritos,  fecho  en  21  de  abril  de  1736,  en  que  aprueba  la 
elección  de  la  gloriosa  Virgen  Santa  Rosalía,  por  patrona  menos 
principal  de  esta  ciudad,  con  todos  los  privilegios  correspondientes, 
bajo  el  rito  de  doble  menor  sin  octava  (del  cual  hay  copia  al  folio 
42,  vto.,  de  este  libro)  el  Cabildo  acordó  su  publicación  e  insinuó 
estar  pronto  al  cumplimiento  del  voto  que  tenía  hecho.  (Libro  9, 
fol.  39  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1737 


305 


En  16  a  insinuación  del  Illmo.  Sor.  Obispo  se  informó  a  su 
Sría.  Illma.  que  se  estimaba  suficiente  para  el  oficio  de  maestro 
de  capilla  vacante  por  fallecimiento  de  Dn.  Silvestre  Media- 
Villa,  al  bajoncista  Miguel  Cervantes.   (Libro  9,  fol.  39  vto.). 

En  27,  consecuente  a  lo  ofrecido  en  la  acta  de  2  de  noviembre 
de  1734,  acerca  del  voto  a  Santa  Rosalía,  para  su  cumplimiento 
se  acordó:  que  la  víspera  pasase  el  señor  capitular  semanero  a  su 
Iglesia  con  seis  ministros  del  coro,  un  sacristán  y  dos  monacillos 
que  nombrase  el  señor  presidente  a  celebrar  las  vísperas,  repu- 
tándose presentes  en  la  puntuación  de  toda  la  tarde :  y  que  al  día 
siguiente,  adelantándose  los  oficios  hasta  la  hora  de  sexta  inclu- 
sive, se  diesen  a  la  hora  acostumbrada  tres  repiques  solemnes; 
y  que  dado  el  segundo  salga  el  Cabildo  capitularmente  con  sus 
ministros  y  pertiguero  de  manteo  y  bonete,  a  celebrar  la  tercia 
votiva  y  misa  solemne,  reservándose  para  ésta  la  música  y  sermón 
de  la  dotación  que  hay  en  la  misma  Iglesia,  después  de  cantada 
una  misa  por  el  capellán  de  ella  para  cumplirla.  Y  asimismo  se 
dispuso:  que  de  las  rentas  comunes  del  Cabildo  se  sacasen  16 
pesos,  de  los  cuales  se  habían  de  dar  dos  reales  a  cada  capellán 
y  4  al  sochantre,  8  reales  al  de  la  misa,  y  2  a  cada  diácono  y  lo 
restante  a  los  señores  capitulares  que  tuviesen  física  interesencia: 
y  que  de  todo  se  diese  cuenta  al  Illmo.  Sor.  Obispo  para  su  con- 
firmación. (Libro  9,  fol.  43  vto.). 

En  4  de  septiembre,  se  eligió  por  juez  general  de  diezmos, 
hallándose  vacante  este  oficio  por  fallecimiento  del  señor  Dn. 
Alonzo  de  Escobar,  al  señor  Chantre  Dr.  Dn.  Cristóbal  de  Lizau- 
zabal;  y  sigue  copia  de  las  facultades  concedidas  por  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  al  Cabildo  para  esta  elección  y  nombramiento.  (Libro 
9,  fol.  44  vto.). 

En  14,  habiéndose  presentado  el  señor  Dr.  Dn.  Manuel  de 
Sosa  y  Betancourt  con  el  real  despacho  de  25  de  noviembre  de 
1736,  en  que  determinándose  poner  en  ejercicio  la  dignidad  de 
maestrescuela,  es  promovido  a  ella  el  sobredicho  señor,  el  cual 
estaba  (aunque  sin  haberse  posesionado)  nombrado  medio  racio- 
nero en  depósito  por  el  Dr.  Dn.  Andrés  Alvarez  de  Riego1,  a  quien 
se  seguía  causa  acerca  de  sospecharse  no  estar  en  cabal  juicio, 
según  se  expresa  en  una  Real  Cédula  de  27  de  octubre  de  1735 


1    Otras  dos  veces  se  le  nombra  Priego  y  Pliego  -  (N.  del  E.). 


21  —  Acta*,  l. 


306 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


presentada  junto  con  el  dicho  real  despacho  practicadas  las  com- 
petentes diligencias  en  el  tribunal  del  señor  teniente  provisor; 
éste  estando  junto  con  el  Cabildo  en  el  coro,  le  dio  la  colación  y 
seguidamente  la  posesión  allí,  y  en  la  sala  capitular,  con  las  cere- 
monias acostumbradas,  juramento  y  profesión  de  la  fe:  y  firmó 
el  dicho  señor  teniente  provisor  después  del  señor  presidente  de 
Cabildo.  (Libro  9,  fol.  48). 

En  22  de  octubre,  se  recibió  el  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo 
en  que  confirma  el  Cabildo  del  día  27  de  agosto  de  este  año  del 
voto  a  Santa  Rosalía  y  no  se  puso  copia  de  él  como  se  mandó. 
(Libro  9,  fol.  46  vto.). 

En  24  se  mandaron  recoger  de  la  casa  del  señor  Deán  difunto 
algunos  libros  impresos  que  se  expresan,  y  que  se  archivasen  en 
la  sala  capitular,  y  también  una  erección  de  esta  Santa  Iglesia 
que  impresa  donó  un  señor  capitular.  (Libro  9,  fol.  47). 

En  29,  se  obedeció  y  mandó  copiar  en  el  libro  (y  lo  está  al 
folio  52)  una  Real  Cédula  de  7  de  julio  de  este  año,  en  que  se 
declara  al  señor  maestrescuela  de  esta  Santa  Iglesia,  y  a  sus 
sucesores  el  ejercicio  de  la  cancelaria  de  la  universidad,  como  lo 
tiene  el  maestrescuela  de  Salamanca,  y  asimismo  se  declara  la 
jurisdicción  del  señor  rector.  (Libro  9,  fol.  47  vto.). 

En  8  de  noviembre,  se  trató  sobre  cuenta  de  los  señores  recep- 
tores de  la  cuarta  capitular;  y  se  declaró  aquí  mismo;  que  el  sueldo 
del  teniente  secretario  lo  pagase  de  su  haber  el  secretario  y  notario 
contador  y  no  el  Cabildo,  pues  tenía  suficiente  renta  en  ambos 
oficios.  (Libro  9,  fol.  54  vto.). 

En  12,  se  mandaron  hacer  ornamentos  nuevos,  reparar  otros 
y  poner  vidrieras  a  las  claraboyas.  (Libro  9,  fol.  55). 

En  19,  se  obedeció  (y  sigue  copiada)  una  Real  Cédula  de  28 
de  abril  de  este  año  en  que  se  dispone  que  al  señor  doctoral  se  le 
contribuya  su  renta  conforme  a  la  erección,  cesando  la  cuota  que 
tenía  señalada.  (Libro  9,  fol.  55  vto.). 

En  10  de  diciembre,  a  insinuación  del  Illmo.  Sor.  Obispo 
ausente  en  la  visita,  se  dispuso:  que  Dn.  Jacob  de  Miranda,  orga- 
nista, fuese  maestro  de  capilla  interino,  y  que  dando  éste  como 
ofrecía  sujeto  hábil  para  organista  dentro  de  10  meses  se  le  con- 
firiese en  propiedad  la  maestría  de  capilla,  vacante  por  fallecimiento 
de  Dn.  Silvestre  Media-Villa.  (Libro  9,  fol.  57  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1738 


307 


En  13,  el  Cabildo  prestó  su  consentimiento  para  el  reconoci- 
miento de  unos  censos  que  no  se  dice  a  quien  pertenecían.  (Libro 
7  duplicado,  fol.  99  vto.). 

En  17,  recibidas  dos  reales  provisiones  de  la  audiencia  de 
Santo  Domingo,  la  una  para  que  se  remitan  a  ellas  las  constitu- 
ciones de  la  regla  de  coro;  y  la  otra  para  que  el  Illmo.  Sor.  Obispo 
revocase  y  repusiese  su  decreto  de  6  de  septiembre  de  1734  sobre 
recles,  se  dispuso :  que  por  medio  de  comisarios  se  presentasen  a 
su  Sría.  Ulma.  y  se  pidiese  el  cumplimiento  de  la  última,  pues  la 
primera  estaba  cumplida.  (Libro  9,  fol.  58). 

Año  de  1738. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  maes- 
trescuela Dr.  Dn.  Manuel  de  Sosa  y  Betancourt,  y  magistral 
Dr.  Dn.  Gerónimo  de  Rada.  Y  aunque  aquél  se  excusó,  el  Cabildo 
en  31  de  este  mes  le  mandó  que  aceptase  sin  réplica.  (Libro  par- 
ticular, fol.  23). 

En  25  de  febrero,  se  participó  al  Cabildo  por  el  señor  Dr.  Dn. 
Angel  Barreda,  esta  nombrado  por  comisario  de  inquisición  en 
ausencia  del  señor  doctoral  Dr.  Dn.  Francisco  de  Hoces.  (Libro 
9,  fol.  59). 

En  11  de  marzo,  vistos  dos  exhortos  del  señor  Gobernador, 
recibidos  en  7  de  enero,  se  acordó  en  cuanto  al  primero,  que  se 
supone  dirigirse  a  tomar  documentos  para  informar  a  Su  Ma- 
jestad acerca  de  la  capilla  de  San  Pedro,  cuya  cofradía  pretendía 
que  se  le  quitase  el  sagrario  de  la  parroquia,  se  mandaron  compulsar 
ciertos  testimonios  y  se  suplicó  al  señor  Gobernador  que  infor- 
mase ser  aquella  capilla  muy  adaptada  para  el  sagrario,  y  que 
caso  necesario,  se  le  asignase  a  la  cofradía  la  que  estubo  iniciada 
para  parroquia.  Y  en  cuanto  al  otro  que  se  supone  también  ser 
acerca  de  la  segregación  dz  los  novenos  de  los  curas  de  la  mesa 
capitular  se  insinuó  que  el  Cabildo  tenía  obedecida  la  Real  Cédula 
y  que  había  suplicado  de  ella.  (Libro  9,  fol.  60). 

En  27  de  marzo  y  en  11,  15  y  16  de  abril  tratándose  de  otro 
exhorto  del  mismo  señor  Gobernador,  acerca  de  la  dicha  capilla 
de  San  Pedro  y  del  sagrario  de  la  parroquia  colocado  en  ella;  se 
acordó  contestar  que  no  constaba  que  la  cofradía  hubiese  reinte- 
grado a  la  fábrica  lo  que  ésta  gastó  en  su  construcción,  conforme 
a  lo  acordado  en  5  de  septiembre  de  1670.  (Libro  9,  fol.  62). 


.308 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  18  de  abril,  a  insinuación  de  sus  obligaciones  se  mandó  al 
sacristán  mayor  que  en  el  cumplimiento  de  sus  obligaciones  se 
arreglase  a  las  disposiciones  del  derecho  canónico,  ceremonial 
romano,  derecho  de  la  sagrada  consagración  de  ritos,  y  lo  prevenido 
en  la  erección  y  en  actas  capitulares,  y  se  amonestó  acerca  de 
los  defectos  que  se  le  notaban.  (Libro  9  duplicado,  fol.  100). 

En  2  de  mayo,  se  recibió  el  decreto  del  Illmo.  Sor.  Obispo  en 
que  revoca  su  auto  de  6  de  septiembre  de  1734,  sobre  recles;  y 
se  mandó  al  apuntador  que  observase  en  esta  parte  lo  que  antes 
se  practicaba  y  aunque  se  mandó  poner  copia  del  dicho  decreto 
en  este  libro  no  se  halla  en  él,  ni  en  otro:  y  aquí  mismo  se  man- 
daron pagar  los  costos  que  se  habían  hecho  en  la  dependencia 
sobre  la  regla  de  coro.  (Libro  7  duplicado,  fol.  101  vto.). 

En  9,  se  nombró  a  uno  de  los  señores  capitulares  para  reconocer 
lo  que  se  necesitase  de  reparos  en  los  ornamentos  y  dar  razón 
después.  (Libro  9,  fol.  65). 

En  22,  presentado  el  real  despacho  de  28  de  febrero  de  este 
año  en  que  es  promovido  el  señor  arcediano  Dr.  Dn.  Joseph  Mi- 
jares de  Solórzano  al  deanato  vacante  por  fallecimiento  del  señor 
Dn.  Alonzo  de  Escobar;  se  le  dio  la  colación  por  el  señor  teniente 
provisor  estando  con  el  Cabildo  en  el  coro,  y  seguidamente  la  po- 
sesión allí,  y  en  la  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas, 
juramento  y  profesión  de  la  fe,  y  firmó  después  del  señor  pre- 
sidente. (Libro  9,  fol.  65  vto.). 

En  25,  presentado  el  real  despacho  de  22  de  febrero  (así  está) 
de  este  año,  en  que  es  promovido  el  señor  Chantre  Dr.  Dn.  Cris- 
tóbal de  Lizauzabal  al  arcedianato,  se  le  dio  la  colación  y  posesión, 
como  al  antecedente.  (Libro  9,  fol.  68). 

En  26,  presentado  el  real  despacho  de  28  de  febrero  de  este 
año  en  que  es  promovido  el  señor  canónigo  de  merced  Dr.  Dn. 
Lucas  Casimiro  de  Salas  a  la  dignidad  de  Chantre,  se  le  dio  la 
colación  y  posesión  lo  mismo  que  al  anterior.  (Libro  9,  fol.  71). 

En  27,  igualmente  se  dio  la  colación  y  posesión  de  la  canongía 
de  merced  al  señor  racionero  Dr.  Dn.  Bernardo  Dacosta  Romero, 
presentado  en  real  despacho  de  22  de  febrero  (así  está)  del  pre- 
sente año.  (Libro  9,  fol.  74). 

En  17  de  junio,  habiéndose  insinuado  por  el  señor  maestres- 
cuela lo  ocurrido  en  la  remisión  de  los  Santos  Oleos  consagrados 
en  Maracaibo  por  haberse  hecho  directamente  al  Ledo.  Dn.  Diego 
Ramírez,  o  intentar  el  señor  provisor  la  percepción  y  distribución 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1738  309 


de  ellos;  y  expuesto  largamente  los  fundamentos  de  tocar  al  Ca- 
bildo y  deberse  custodiar  en  la  Catedral  y  desde  ella  hacerse  la 
distribución;  se  difirió  la  resolución  para  Cabildo  pleno.  (Libro  9, 
fol.  77  vto.)- 

En  19  de  julio,  presentado  el  real  despacho  de  17  de  febrero 
de  1737  en  que  se  concede  en  depósito  al  señor  Dr.  Dn.  Juan 
Agustín  Naranjo  una  media  ración  que  obtenía  el  Dr.  Dn.  Andrés 
Alvarez  de  Priego,  se  le  dio  posesión  de  ella  por  el  señor  teniente 
provisor  en  el  coro  y  sala  capitular,  estando  junto  con  el  Cabildo, 
y  hizo  la  profesión  de  la  fe  y  todo  lo  demás  que  los  propietarios, 
menos  la  colación.  (Libro  9,  fol.  99). 

En  20,  habiéndose  recibido  el  testimonio  de  una  Real  Cédula 
de  5  de  octubre  de  1737,  sobre  que  todos  los  caudales  procedentes 
de  las  vacantes  de  arzobispados  y  obispados  desde  el  día  Io  de 
enero  de  1735  en  adelante,  y  asimismo  las  de  todas  las  prebendas 
y  de  otros  ministros  que  gozan  renta  en  los  diezmos,  se  aplicasen 
a  las  obras  pías  que  en  ella  se  expresan,  entregándose  al  efecto 
a  los  señores  oficiales  reales;  y  vista  con  el  auto  del  Illmo.  Sor. 
Obispo  y  otro  de  su  provisor,  en  que  hace  varios  mandatos  para 
el  puntual  cumplimiento  de  esta  Real  Cédula;  puéstose  un  acuerdo 
a  consecuencia  de  los  testimonios  e  insertó  en  el  que  sigue  exten- 
dido en  el  libro,  en  el  cual  insinuó  el  Cabildo  no  deber  entrar  en 
las  reales  cajas  el  producto  de  vacante  hasta  cumplido  un  año 
de  la  fecha  de  la  Real  Cédula  y  no  deberse  incluir  las  obvenciones 
y  manuales :  se  continuó  tratando  de  la  materia  en  este  Cabildo 
original,  y  se  determinó  que  sin  perjuicio  de  los  derechos  del 
Cabildo  y  de  la  providencia  de  su  Sría.  Illma.  se  pusiese  aquel 
testimonio;  y  que  después  se  trataría  de  los  puntos  tocados  por 
los  señores  capitulares  en  sus  votos.  (Libro  9,  fol.  80  vto.). 

Aquí  mismo  se  trató  también  de  una  real  provisión  del  supremo 
consejo  de  3  de  septiembre  de  1737,  y  un  auto  de  su  Sría.  Illma. 
(que  todo  está  copiado  al  folio  95  de  este  libro)  acerca  de  la  capilla 
de  San  Pedro  y  sagrario  de  la  parroquia  para  que  se  informase  lo 
que  la  fábrica  había  gastado  en  ella,  y  así  en  esta  acta  original 
como  en  la  que  está  inserta  en  el  mismo  testimonio,  insinuó  el 
Cabildo  tener  dado  su  cumplimiento,  luego  que  se  la  intimó  el 
señor  Gobernador,  y  se  mandó  devolver  otro  testimonio  al  señor 
provisor.  (Libro  9,  fol.  80  vto.). 

En  22,  se  mandó  satisfacer  el  costo  de  24  blandones  de  plata 
que  se  trajeron  por  medio  del  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  9,  fol.  98). 


310 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  5  de  agosto,  habiendo  representado  prolijamente  el  señor 
racionero  Dr.  Dn.  Joseph  Martínez  de  Porras,  acerca  de  no  haber 
aún  aceptado  el  nombramiento  de  adjunto  el  señor  maestres- 
cuela; protestando  éste  que  así  se  sometía  al  prelado  y  al  Ca- 
bildo, estando  por  su  dignidad  exento  de  su  jurisdicción  y  que 
con  este  mismo  pretexto  se  excusaba  de  algunos  otros  actos,  que 
le  incumbían  como  prebendado,  se  acordó  hacerse  citación  para 
tratar  en  otro  día  de  esta  materia  como  de  tanta  gravedad.  (Li- 
bro 9,  fol.  101  vto.). 

En  12,  el  Cabildo  prestó  su  consentimiento  para  que  se  pu- 
diese hacer  la  fundación  en  el  capital  de  1.200  pesos,  de  los  maitines 
de  la  Asunción  de  Nuestra  Señora  que  dejó  dotados  doña  Juana 
Solórzano,  y  que  vista  la  fundación  la  admitiría.  (Libro  9,  fol.  108). 

En  14,  se  hizo  la  admisión  de  esta  dotación.  (Libro  9,  fol. 
108  vto.). 

En  19,  se  reiteró  el  tratado  pendiente  del  día  5  de  este  mes, 
y  resultó  por  acuerdo  que  se  intimase  de  nuevo  el  de  31  de  enero, 
sobre  que  el  señor  maestrescuela  aceptase  el  nombramiento  de 
adjunto  y  prestase  el  juramento.  Y  sigue  una  diligencia  de  la 
respuesta  a  esta  intimación.  (Libro  9,  fol.  109). 

En  22,  fueron  nombrados  por  hacederos  y  receptores  de  la 
cuarta  capitular  los  señores  magistral  Dr.  Dn.  Gerónimo  de  Rada 
y  medio  racionero  Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega.  (Libro  particular, 
fol.  24  vto.). 

En  el  mismo  día  se  presentaron  las  cuentas  de  los  señores 
que  acabaron  la  receptoría,  y  se  les  dieron  las  gracias.  (Libro  9, 
fol.  112). 

En  26,  se  reiteró  el  acuerdo  sobre  que  el  señor  maestrescuela 
acepte  y  jure  el  nombramiento  de  adjunto.  (Libro  9,  fol.  113). 

En  29,  se  dispuso:  que  el  sobredicho  asunto  de  la  resistencia 
del  señor  maestrescuela  se  pasase  al  señor  doctoral  con  los  docu- 
mentos que  pidiese  para  exponer  los  derechos  del  Cabildo  y  que 
el  apoderado  usase  del  poder  en  esta  dependencia.  (Libro  9,  fol. 
113  vto.). 

En  2  de  septiembre,  se  mandó  contestar  una  carta  del  juez  de 
diezmos  de  Valencia,  cuyo  asunto  no  se  expresa.  (Libro  9,  fol.  114). 

En  9  presente  el  señor  maestrescuela,  se  hizo  que  el  notario 
expresase  la  palabra  que  estimó  menos  decente  cuando  recibió 
su  respuesta  a  la  intimación  de  la  acta  de  19  de  agosto  anterior, 
y  expresó  haber  sido  la  voz  emulación.  (Libro  9,  fol.  114  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1738 


311 


En  14,  presentado  ú  real  despacho  de  23  de  marzo  de  este 
año  en  que  es  promovido  el  señor  medio  racionero  Dr.  Dn.  Fran- 
cisco de  la  Vega  a  una  ración  vacante  por  ascenso  del  señor  Dr.  Dn. 
Bernardo  Dacosta,  el  señor  teniente  provisor,  estando  con  el  .Ca- 
bildo en  el  coro  le  dio  la  colación  y  seguidamente  la  posesión  allí 
mismo  y  en  la  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas, 
juramento  y  profesión  de  la  fe,  y  firmó  el  dicho  señor  teniente 
provisor,  después  del  señor  presidente.  (Libro  9,  fol.  166). 

En  15,  se  dio  igualmente  colación  y  posesión  de  la  media  ración 
que  dejó  el  señor  racionero  antecedentemente  expresado,  al  señor 
Dn.  Juan  Ignacio  Landaeta,  a  consecuencia  del  real  despacho  de 
su  presentación  fecho  en  Io  de  abril  de  este  año.  (Libro  9,  fol.  120). 

En  16,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores 
presentadas  en  el  Cabildo  de  22  de  agosto  anterior.  (Libro  9, 
fol.  115). 

Aquí  mismo  protestó  el  señor  medio  racionero  Dn.  Juan  Ignacio 
Landaeta,  que  no  consentía  en  que  firmase  primero  el  otro  señor 
medio  racionero  Dr.  Dn.  Juan  Agustín  Naranjo,  por  serlo  en 
depósito  y  el  Cabildo  acordó,  que  se  presentasen  los  reales  des- 
pachos de  ambos  para  proveer.  (Libro  9,  fol.  116). 

En  19,  habiendo  expuesto  el  señor  medio  racionero  Dn.  Juan 
Ignacio  Landaeta,  las  razones  que  tenía  para  preferir  al  señor 
medio  racionero  en  depósito  Dr.  Dn.  Juan  Agustín  Naranjo,  se 
difirió  la  resolución  hasta  oir  a  este  señor  que  estaba  ausente. 

En  23,  habiendo  exhibido  el  sobredicho  señor  Dr.  Dn.  Juan 
Agustín  Naranjo,  su  representación  acerca  de  la  preferencia  que 
pretende  en  asiento  y  fi  :ma  el  señor  medio  racionero  Dn.  Juan 
Ignacio  Landaeta  se  mandó  copiar  y  sigue  copiada.  (Libro  9, 
fol.  124). 

En  26,  exhibida  otra  representación  por  el  nominado  señor 
Dn.  Juan  Ignacio  Landaeta,  se  mandó  también  copiar  y  se  copió 
al  folio  130  vuelto  (Libro  9,  fol.  128). 

En  27,  insinuándose  lo  ocurrido  con  el  señor  maestrescuela 
Dr.  Dn.  Manuel  de  Sosa,  en  el  asunto  de  no  aceptar  el  nombra- 
miento de  adjunto,  y  demostrar  su  resistencia  a  sujeción  a  las 
providencias  de  la  jurisdicción  ordinaria,  en  la  causa  que  se  seguía 
sobre  esto,  y  de  que  había  resultado  ser  preso  en  la  sala  capitular; 
se  acordó  hacerse  como  se  hicieron  presentes  las  singularidades  de 
este  caso  para  haberse  consentido  en  el  hecho  de  la  posesión  sin 
adjuntos,  a  fin  de  que  en  lo  sucesivo  no  damnificase  ?1  privilegio 


312 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZL'ELA 


de  los  señores  capitulares;  y  para  cualquiera  otra  criminalidad  que 
hubiese  en  la  propia  causa,  o  en  distinta  se  nombró  en  lugar  del 
dicho  señor  maestrescuela,  al  señor  medio  racionero  Dr.  Dn. 
Francisco  de  la  Vega,  por  adjunto.  (Libro  9,  fol.  129). 

En  30,  se  reiteró  el  mismo  tratado,  y  aunque  se  mandó  poner 
copia  del  auto  del  señor  teniente  provisor,  relativo  a  la  sobredicha 
prisión  y  de  una  respuesta  dada  por  el  señor  presidente  del  Cabildo, 
no  se  halla  en  este  libro.  (Libro  9,  fol.  136). 

En  7  de  octubre,  se  acordó  con  vista  de  las  enunciadas  repre- 
sentaciones sobre  preferencia  en  asiento  y  firma  de  los  dos  señores 
medios  racioneros  propietarios  e  interino,  que  ocurriesen  al  señor 
provisor.  (Libro  9,  fol.  136  vto.). 

En  29  de  noviembre,  sin  embargo  de  no  haber  venido  la  con- 
sulta hecha  al  Illmo.  Sor.  Obispo  (ausente  en  visita)  sobre  nombra- 
miento de  juez  de  diezmos,  se  deliberó  hacerse  la  elección  por  la 
urgencia  del  tiempo  de  iniciar  los  pregones,  y  se  hizo  en  el  señor 
canónigo  de  merced  Dr.  Dn.  Bernardo  Dacosta  Romero.  Se  dio 
parte  a  su  Sría.  Illma.  y  se  pidió  la  confirmación  al  señor  provisor, 
y  en  efecto  la  concedió  ínterin  su  Sría.  Illma.  determinaba  otra 
cosa,  según  un  auto  de  que  sigue  copia.  (Libro  particular,  fol.  25). 

En  12  de  diciembre,  recibida  la  cuenta  de  gastos  del  apode- 
rado de  la  Corte,  se  mandó  pasar  a  la  vista  de  todos  los  señores 
capitulares  ausentes,  para  después  resolver  acerca  de  la  satisfac- 
ción del  alcance.  (Libro  9,  fol.  137). 

En  16,  se  prestó  consentimiento  para  el  reconocimiento  del 
censo  de  200  pesos  de  capital  perteneciente  al  Cabildo,  y  no  se 
especifica  más.  (Libro  9,  fol.  137). 

Ario  de  1739. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  jueces  adjuntos  los  señores 
Chantre  Dr.  Dn.  Lucas  Casimiro  de  Salas,  y  medio  racionero 
Dn.  Juan  Ignacio  Landaeta. 

En  3  de  febrero,  se  dispuso:  que  el  apoderado  del  Cabildo  en 
esta  ciudad,  bajo  dirección  del  señor  doctoral,  se  presentase  en 
la  causa  que  se  seguía  en  el  Tribunal  de  diezmos  sobre  cobros 
de  diezmos  de  una  hacienda  en  Ocumare  de  las  Monjas  Concep- 
ciones. (Libro  9,  fol.  138). 

En  6  se  mandó  pasar  al  señor  juez  de  diezmos,  una  carta  del 
vicario  de  San  Sebastián  acerca  de  algunos  hechos  de  los  vecinos 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1739 


313 


de  Cumaná  relativos  a  los  diezmos  de  algunos  confinantes  de  esta 
diócesis  que  pretendían  a  aquéllos  ser  de  aquella  provincia.  (Li- 
bro 9,  fol.  139). 

Aquí  mismo,  habiéndose  recibido  el  título  de  juez  de  diezmos 
despachado  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  al  señor  Dr.  Dn.  Bernardo 
Dacosta  Romero,  y  una  carta  de  su  Sría.  Illma.  insinuando  el 
Cabildo  que  no  tuvo  necesidad  de  ocurrir  al  señor  teniente  pro- 
visor para  darle  jurisdicción  provisionalmente,  pues  el  Cabildo 
tenía  fundada  la  presunta  de  su  Sría.  Illma.  en  el  caso;  se  mandó 
poner  copia  de  todo,  y  en  efecto  se  puso  al  folio  veinte  y  ocho 
vuelto  del  libro  particular  de  elecciones.  (Libro  9,  fol.  139). 

También  aquí  mismo  volvió  a  prestar  su  consentimiento  el 
Cabildo  para  A  reconocimiento  de  un  censo  que  se  expresa  en  la 
última  nota  del  año  anterior.  (Libro  9,  fol.  139  vto.). 

En  23,  el  Cabildo  accedió  a  insinuación  del  comisario  del 
Santo  Oficio  a  que  al  siguiente  día  se  publicase  un  edicto  en  la 
Catedral.  (Libro  9,  fol.  139  vto.). 

En  10  y  23  de  marzo,  el  Cabildo  a  insinuación  del  señor  juez 
de  diezmos  se  allanó  a  lo  mismo  en  que  conviniese  otros  partícipes 
en  cuanto  a  poner  en  administración  la  vereda  de  diezmos  de  la 
Villa  de  Cura.  (Libro  9,  fol.  140). 

Aquí  mismo  se  accedió  a  la  libertad  que  se  pretendía  de  una 
esclava  de  la  Iglesia,  y  que  con  su  precio  se  subrogase  otra  para 
el  oficio  de  lavandera.  (Libro  9,  fol.  141). 

En  7  de  abrU,  se  dispuso  que  se  ejecutasen  las  obras  de  varios 
ornamentos  para  las  sacristías  de  esta  Santa  Iglesia.  (Libro  9, 
fol.  141  vto.). 

En  10,  se  disputó  a  los  señores  Chantre,  maestrescuela  y 
canónigo  de  merced  para  tratar  con  el  Illmo.  señor  Obispo,  acerca 
de  muchas  cosas  que  necesitaba  la  Iglesia  para  su  ornato  y  esplendor 
del  culto  divino  y  tomar  los  medios  de  llevarlas  a  efecto,  según 
los  fondos  que  tuviese  la  fábrica  conviniendo  también  el  señor 
vicepatrono  regio.  (Libro  9,  fol.  142). 

En  14  y  15,  se  mandó  al  mayordomo  cumpliese  la  libranza 
tirada  por  el  Cabildo  para  los  ornamentos  dispuestos  y  se  acordó 
dar  cuenta  al  Illmo.  Sor.  Obispo  de  la  resistencia  que  hizo  el 
mismo  mayordomo  a  cumplirla  para  que  obligase  a  éste  a  dar  la 
correspondiente  satisfacción  al  Cabildo  y  que  se  procediese  a  la 
recepción  de  sus  cuentas  y  aseguramiento  de  la  administración  de 
los  caudales  de  fábrica.  (Libro  9,  fol.  143  vto.). 


314 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  24,  recibida  la  noticia  de  estar  electo  Obispo  de  Santa 
Marta  el  señor  Dr.  Dn.  Joseph  Mijares  de  Solórzano,  Deán,  se 
acordó  celebrarla  con  repique  general,  Te  Deum,  ir  el  Cabildo  capi- 
tularmente  a  darle  la  enhorabuena,  iluminaciones  y  fuegos  de 
cuenta  del  Cabildo:  ponerle  faldutorio,  almohada,  y  tapete  en  su 
silla,  y  destinar  dos  capellanes  de  coro  para  ayudarle  la  misa. 
(Libro  9,  fol.  145  vto.). 

En  8  de  mayo,  se  denegó  al  Padre  Dn.  Jacob  de  Miranda  la 
petición  que  hizo  de  que  se  le  contribuyesen  las  rentas  de  maestro 
de  capilla  y  de  organista;  pues  no  había  cumplido  la  promesa  de 
dar  enseñado  uno  para  el  órgano,  y  hacia  mucha  falta:  y  se 
dispuso  que  se  noticiase  esto  al  Illmo.  Sor.  Obispo  por  medio  de 
dos  señores  capitulares  que  iban  a  la  ciudad  del  Tocuyo  a  asistir 
a  la  consagración  del  Illmo.  Sor.  Obispo  de  Puerto  Rico,  cuyo 
nombre  no  se  expresa,  y  en  cuanto  a  la  petición  que  hicieron 
ambos  señores  de  que  se  le  prestasen  ornamentos  para  celebrar 
en  el  tránsito,  quedó  sin  resolverse  por  haberse  inclinado  la  mitad 
de  los  señores  concurrentes  a  no  haber  facultades  para  tal  prés- 
tamo. (Libro  9,  fol.  147). 

En  23,  de  junio,  se  mandó  avisar  al  Illmo.  Sor.  Obispo  haber 
fallecido  el  señor  penitenciario  para  tratar  de  iniciar  el  concurso 
a  esta  canongía.  (Libro  9,  fol.  148). 

En  26,  insinuándose  que  se  habían  de  hacer  el  siguiente  día 
las  honras  por  el  dicho  señor  penitenciario,  y  que  si  la  Univer- 
sidad intentase  concurrir  a  ella  no  se  debía  acceder,  por  no  ser 
conveniente  su  asistencia  a  presencia  del  Cabildo,  y  que  así  se 
había  observado  anteriormente  en  igual  caso:  se  dispuso  dar  este 
aviso  al  señor  maestrescuela  para  que  providenciase  en  tiempo; 
y  en  efecto  ofreció  providenciar.  (Libro  9,  fol.  148  vto.). 

En  3  de  julio,  el  Cabildo  en  vista  de  un  expediente  remitido 
por  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  se  allanó  a  que  se  pagase  al  padre  Dn. 
Jacob  de  Miranda  la  renta  de  maestro  de  capilla  interino,  que  se 
escribiese  a  éste  que  compareciese  a  manifestar  su  habilidad  para 
tal  maestro  de  capilla;  y  que  a  Ambrosio  Carreño,  a  quien  había 
enseñado  a  tocar  el  órgano,  se  le  diese  la  renta  de  50  pesos.  (Libro 
9,  fol.  149). 

En  7,  habiendo  participado  el  Illmo.  Sor.  Obispo  al  Cabildo 
el  nombramiento  que  había  hecho  de  teniente  provisor  en  el  Dr. 
Dn.  Juan  Pérez  Hurtado,  se  mandó  poner  y  se  puso  a  continuación 
copia  de  la  carta.  (Libro  9,  fol.  150). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1739  315 


En  10,  tuvo  a  bien  el  Cabildo  por  medio  de  un  diputado  insi- 
nuar al  señor  factor  de  la  compañía  Guipuzcoana  que  pagaría 
por  sí  algunas  telas  que  le  habían  sacado  para  ornamentos,  en 
caso  que  no  pagase  el  mayordomo  de  fábrica.  (Libro  9,  fol.  150  vto.). 

En  14  del  mismo  julio:  el  Cabildo  insinuó  al  Illmo.  Sor.  Obispo 
la  timidez  en  que  se  hallaba  para  acceder  a  una  propuesta  de  su 
Sría.  Illma.  de  establecer  un  teniente  de  sochantre  con  renta  de 
la  fábrica  sin  la  real  aprobación  de  este  nuevo  establecimiento. 
(Libro  9,  fol.  151). 

En  el  mismo  día  fue  electo  por  consiliario  del  Seminario  el 
señor  canónigo  de  merced  Dr.  Dn.  Bernardo  Dacosta  Romero. 
(Libro  particular,  fol.  31). 

En  4  de  agosto,  habiéndose  recibido  carta  de  su  Sría.  Illma. 
(que  sigue  copiada)  en  que  dispone  que  el  Cabildo  proceda  a  la 
expedición  de  edictos  para  la  canongía  penitenciaria,  que  se  le 
remitan  al  lugar  donde  se  hallase  para  firmarlos  y  que  se  tratase 
sobre  convocar  también  a  los  no  cuadragenarios,  se  reservó  para 
otro  acto  el  tratado.  (Libro  9,  fol.  152). 

En  21,  vista  una  carta  dirigida  al  Cabildo  desde  Segovia  por 
el  Illmo.  Sor.  Dn.  Juan  García  Abadiano  (que  sigue  copiada) 
participándole  estar  electo  Obispo  de  esta  diócesis,  se  dispuso  su 
contestación;  y  a  pluralidad  de  votos  se  acordó  suspender  la  parti- 
cipación de  esto  al  Illmo.  Sor.  Obispo  que  estaba  gobernando, 
hasta  ocasión  más  oportuna.  (Libro  9,  fol.  153). 

En  31,  presentado  el  real  título,  en  que  es  promovido  el  señor 
Chantre  Dr.  Dn.  Lucas  Casimiro  de  Salas  al  arcedianato,  vacante 
por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn.  Cristóbal  de  Lizauzabal;  y 
practicadas  las  previas  diligencias  ante  el  señor  teniente  provisor, 
le  dió  éste  la  colación  en  el  coro,  y  seguidamente  la  posesión  allí 
mismo  y  en  la  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas, 
juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  9,  fol.  155). 

En  2  de  septiembre,  se  accedió  mediante  insinuación  del  Illmo. 
Sor.  Obispo  y  de  la  reverenda  madre  priora  del  convento  de  Car- 
melitas de  esta  ciudad,  a  asistir  el  Cabildo  a  la  fiesta  de  la  dedi- 
cación de  su  Iglesia.  (Libro  9,  fol.  159  vto.). 

En  7,  presentado  el  real  título,  en  que  es  promovido  el  señor 
maestrescuela  Dr.  Dn.  Manuel  de  Sosa  y  Betancourt  a  la  dig- 
nidad de  Chantre  vacante  por  promoción  del  señor  Dr.  Dn.  Lucas 
Casimiro  de  Salas,  y  practicadas  las  previas  diligencias,  se  le  dió 
por  el  señor  teniente  provisor  colación  en  el  coro,  y  seguidamente 


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FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


la  posesión  allí  mismo,  y  en  la  sala  capitular,  con  las  ceremonias 
acostumbradas,  juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  9,  fol.  160.). 

En  11,  habiéndose  recibido  un  auto  del  señor  teniente  provisor 
para  que  el  Cabildo  nombrase  terceros  en  el  juicio  de  cuentas  del 
mayordomo  de  fábrica  Dn.  Di?go  de  Liendo,  se  acordó  insinuar 
al  dicho  señor  teniente  provisor  que  en  atención  a  no  constar 
la  especial  comisión  del  Illmo.  Sor.  Ob'spo,  ni  estar  el  procedi- 
miento de  este  juicio  conforme  a  la  erección,  sinodal  y  leyes  reales, 
omitía  el  Cabildo  por  ahora  el  tal  nombramiento.  (Libro  9,  fol.  165). 

En  17,  presentado  el  real  título  en  que  el  señor  Dr.  Dn.  Pedro 
Tamaron  y  Romeral,  cura  de  la  Catedral  es  promovido  a  la  dignidad 
de  maestrescuela;  y  practidadas  las  previas  diligencias,  el  señor 
teniente  provisor  le  dió  la  colación  en  A  coro  y  seguidamente  la 
posesión  allí  y  en  la  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostum- 
bradas, juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  9,  fol.  166  vto.). 

En  18,  vista  la  determinación  del  sobredicho  señor  teniente 
provisor,  de  que  el  mayordomo  ocurriese  al  Illmo.  Sor.  Obispo, 
el  Cabildo  accedió  sin  perjuicio  de  su  derecho.  (Libro  9, 
fol.  166). 

En  25,  habiéndose  recibido  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  en 
que  declara  nulo  todo  lo  obrado  por  su  teniente  provisor  en  la 
causa  sobre  haberse  resistido  el  señor  maestrescuela  a  la  acep- 
tación d=d  nombramiento  de  adjunto,  estimándose  por  su  dignidad 
exento  de  ser  juzgado  por  jueces  eclesiásticos;  y  alzando  su  Sría. 
Illma.  el  conocimiento  en  este  punto  por  haberse  hecho  recurso 
al  Rey,  manda  seguir  de  nuevo  la  causa  en  cuanto  a  que  el  Cabildo 
manifestase  el  privilegio  de  adjuntos:  el  Cabildo  expresando  difu- 
samente los  fundamentos  del  tal  privilegio,  hace  presente  a  su 
Stía.  Illma.  el  ejecutorial  ganado  ante  el  señor  metropolitano  en 
este  punto,  contra  el  Illmo.  Sor.  Escalona,  y  la  cual  cédula  expe- 
dida en  26  de  noviembre  de  1724,  y  bajo  de  varias  protestas  dis- 
puso que  se  exhibiese  testimonio  de  estos  documentos.  Y  aunque 
el  señor  doctoral  en  su  voto  hace  mención  de  otra  Real  Cédula 
expedida  en  el  mismo  caso  en  22  de  marzo  del  dicho  año  de  24, 
no  se  mandó  incluir  en  el  testimonio.  (Libro  9,  fol.  171  vto.). 

En  8  d .  octubre,  hecho  nombramiento  de  los  señores  maestres- 
cuela y  medio  racionero  Vega  para  ir  a  La  Guaira  al  recibimiento 
del  nuevo  prelado  electo,  se  suspendió  por  haber  alegado  aquél 
estar  por  su  dignidad  exento  de  comisiones  del  Cabildo  y  hallarse 
pendiente  el  asunto  en  el  real  y  supremo  consejo.  (Libro  9,  fol.  175). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1739 


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En  10  de  noviembre,  aunque  en  el  principio  de  esta  acta  con 
diversidad  de  pareceres,  al  fin  unánimemente  se  acordó  enviar 
dos  señores  capitulares,  que  lo  fueron  los  sobredichos  señores 
maestrescuela  y  medio  racionero  para  el  recibimiento  del  Illmo. 
Sor.  Dn.  Juan  García  Abadiano,  cuando  allí  arribase,  y  asimismo 
se  hicieron  otras  diputaciones  para  almuerzo  en  el  s'tio  de  la 
Venta,  para  muías  de  silla,  para  comidas  en  esta  ciudad,  para 
expensas  y  para  camas;  y  se  dispuso  que  los  señores  receptores 
de  la  cuarta  capitular  suministrasen  lo  necesario.  (Libro  9,  fol. 
176  vto.). 

En  19,  habiéndose  recibido  un  requerimiento  del  señor  Gober- 
nador y  Capitán  general  sobre  que  se  diese  la  posesión  de  este 
obispado  al  Illmo.  Sor.  Dn.  Juan  García  Abadiano  en  obedeci- 
miento del  real  ejecutorial  y  bulas  pontificias  que  remitió  al  Ca- 
bildo: de  que  resultaba  que  siendo  cura  de  la  Iglesia  de  Santa 
Olaya  de  Segovia,  fue  electo  Obispo  de  esta  diócesis  por  pro- 
moción del  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Joseph  Félix  Valverde  al  obispado 
de  Michoacán,  y  que  estaba  ya  consagrado,  se  acordó  el  obedeci- 
miento y  se  dispuso  la  función  de  acción  de  gracias  y  quedó  el 
Cabildo  llano  a  dar  la  posesión  luego  que  compareciese  su  Sría. 
Illma.  (Libro  9,  fol.  178  vto.). 

En  22,  hizo  su  entrada  a  esta  ciudad  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Juan 
García  Abadiano;  y  recib'do  con  las  correspondientes  solemni- 
dades en  la  Iglesia  ayuda  de  parroquia  de  Nuestra  Señora  de 
Altagracia,  pasó  a  la  Santa  Iglesia  Catedral  y  se  le  dio  la  po- 
sesión en  el  altar,  coro  y  sala  capitular,  y  en  ésta  hizo  la  profesión 
de  la  fe.  Y  siguen  copiadas  las  bulas  expedidas  por  el  señor  Cle- 
mente XII  en  22  de  diciembre  de  1738:  el  testimonio  de  la  consa- 
gración hecha  en  Madrid  el  día  28  de  junio  de  este  año  de  39; 
y  el  real  ejecutorial  expedido  en  8  de  abril  del  mismo  año.  (Libro 
9,  fol.  179  vto.). 

En  27,  se  nombró  al  señor  arcediano  por  diputado  para  parti- 
cipar al  Illmo.  Sor.  Obispo  el  estado  del  concurso  a  la  canongía 
penitenciaria  y  a  los  señores  doctoral  y  merceda/io  para  partici- 
parlo al  señor  vicepatrono  real.  (Libro  9,  fol.  191). 

En  18  de  diciembre,  se  trató  acerca  de  aumentar  la  renta  al 
maestro  de  ceremonias  y  se  acordó  diputar  dos  señores  para  con- 
ferir el  asunto  con  el  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  9,  fol.  193). 


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FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1740. 

En  1 0  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Chantre 
y  canónigo  de  merced:  y  aquí  mismo  habiéndose  tratado  acerca  de 
la  inquietud  causada  en  este  privilegio  por  el  Illmo.  Sor.  Valverde, 
se  mandó  pasar  noticia  de  la  contestación  del  Cabildo  y  del  ejecu- 
torial y  real  cédula  allí  citada  al  Illmo.  Sor.  Abadiano.  Y  sigue 
un  auto  original  de  este  Illmo.  señor  en  que  declara  indubitable 
el  mismo  privilegio  en  esta  Santa  Iglesia  se  manifiesta  pronto  a 
hacerlo  cumplir  en  obedecimiento  de  lo  mandado  en  el  citado  ejecu- 
torial y  en  la  Real  Cédula;  y  aprueba  el  sobredicho  nombramiento. 
(Libro  particular,  fol.  31  vto.). 

En  7,  se  declaró  a  pluralidad  de  votos  susbsistentes  el  poder 
dado  en  la  Corte  por  el  Cabildo  a  Dn.  Francisco  Sancho  Ojeda 
y  se  disputó  al  señor  canónigo  de  merced  Dn.  Bernardo  Romero 
para  tratar  con  él  los  asuntos  y  especialmente  con  el  anterior 
apoderado  Dn.  Joseph  Serrano.  (Libro  9,  fol.  194). 

En  12,  visto  el  cuadrante  se  mandó  poner  en  él  el  decreto 
acostumbrado.  (Libro  9,  fol.  194  vto.). 

En  22,  insinuándose  los  perjuicios  que  resultaban  de  los  re- 
mates de  diezmos  hechos  en  la  tierra  adentro  por  los  jueces  parti- 
culares, se  dispuso  que  para  el  remedio  se  nombrase  un  señor 
prebendado  que  con  título  de  juez  general  pasase  a  la  ciudad  de 
Barquisimeto,  y  que  en  ella  conociese  de  los  diezmos  de  allí  y  demás 
partes  de  aquellos  partidor,  sus  remates  y  administraciones  y  del 
cobro  de  las  cuartas  episcopales  y  capitulares,  señalándosele  un 
ocho  por  ciento  con  obligación  de  dar  fianzas.  Y  a  efecto  de  poner 
esto  en  ejecución  se  mandó  pasar  t\  acuerdo  al  Illmo.  Sor.  Obispo, 
quien  a  continuación  proveyó  auto  confirmando  todo  lo  que  queda 
expresado.  (Libro  9,  fol.  195). 

En  Io  de  febrero  a  insinuación  del  señor  juez  general  de  diezmos 
por  no  haber  comparecido  postores,  se  dispuso  que  sí  dentro  del 
segundo  día,  continuados  los  pregones  no  hubiese  quien  diese  lo 
mismo  que  en  el  año  anterior,  o  más,  se  pusiesen  en  administración 
las  veredas  no  rematadas,  supuesto  el  consentimiento  dtl  Illmo. 
Sor.  Obispo  y  solicitándose  el  de  los  señores  oficiales  reales.  (Libro 
9,  fol.  200  vto.). 

En  5,  consecuente  a  un  decreto  del  Cabildo  de  29  de  enero, 
se  puso  testimonio  del  título  de  cura  rector  de  la  Catedral,  des- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1740 


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pachado  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  a  Dn.  Francisco  Javier  de 
Ayesterán  por  promoción  del  señor  Dr.  Dn.  Pedro  Tamarón. 
(Libro  9,  fol.  201  vto.). 

En  19,  se  dispuso  poner  en  administración  los  diezmos  del 
Tuy  y  se  dieron  varias  disposiciones  para  el  cobro,  remisiones  y 
demás  consecuentes  por  medio  de  un  administrador  con  fianza; 
obligándose  las  cuartas  episcopal  y  capitular  a  abonar  los  reales 
novenos,  según  las  mayores  posturas  anteriormente  hechas.  Y 
aquí  mismo  por  lo  respectivo  a  los  remates  de  tierra  adentro,  se 
nombró  al  señor  canónigo  de  merced  Dr.  Dn.  Bernardo  Dacosta 
Romero,  para  que  pasase  por  tiempo  de  tres  años  a  la  ciudad  de 
Barquisimeto,  según  lo  acordado  en  22  del  mes  antecedente, 
declarándosele  por  presente  a  todo  en  la  catedral,  atenta  la  uti- 
lidad del  ejercicio  de  su  comisión.  Y  sigue  un  auto  del  Illmo.  Sor. 
Obispo  en  que  aprueba  esta  acta  y  se  obliga  al  cumplimiento  de 
lo  que  le  toca  (Libro  9,  fol.  207). 

En  21,  de  marzo,  el  Cabildo,  como  patrono  de  una  capellanía 
de  500  pesos  de  principal  fundada  por  el  señor  arcediano  Dn.  Agus- 
tín de  Palma,  presentó  por  capellán  de  ella  al  Dr.  Dn.  Blas  Arraes 
en  calidad  de  catedrático  de  moral  de  la  Universidad  conforme 
a  la  fundación.  (Libro  9,  fol.  210). 

En  29,  se  diputaron  dos  señores  capitulares  para  tratar  con  el 
Illmo.  Sor.  Obispo,  sobre  nombramiento  de  juez  general  de  diezmos 
de  los  que  se  rematan  en  esta  ciudad,  por  haber  pasado  el  que  lo 
era  a  la  misma  judicatura  en  tierra  adentro.  (Libro  9,  fol.  210  vto.). 

En  31,  hecho  aquel  tratado,  se  eligió  al  señor  medio  racionero 
Dn.  Juan  Ignacio  Landaeta,  por  juez  general  de  diezmos  interino, 
mientras  regresaba  el  propietario.  Y  sigue  un  auto  del  Illmo.  Sor. 
Obispo  en  que  confirmó  esta  acta,  y  mandó  despachar  el  título. 
(Libro  particular,  fol.  34). 

En  4  de  abril,  se  difirió  para  otro  Cabildo  el  tratado  sobre 
un  auto  de  su  Sría.  Illma.  acerca  de  continuarse  la  fábrica  aumen- 
tada al  palacio  episcopal.  (Libro  9,  fol.  211). 

En  5,  se  dispuso  que  se  pasase  aviso  al  señor  canónigo  de 
merced  ausente  en  Barquisimeto  con  la  judicatura  de  diezmos; 
por  sí  quisiese  votar  en  la  provisión  de  la  canongía  penitenciaria. 
(Libro  9,  fol.  211  vto.). 

En  9,  continuándose  el  tratado  suspenso  en  4  de  este  mes 
acerca  del  palacio  episcopal,  se  refiere  todo  lo  ocurrido  anterior- 
mente acerca  de  él  y  que  era  propio  de  la.  dignidad  episcopal  con 


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FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


el  gravamen  de  un  censo  de  7.100  pesos  a  favor  de  la  fábrica, 
conforme  a  la  Real  Cédula  que  se  cita:  y  se  acordó  a  pluralidad  de 
votos,  no  poderse  acceder  por  el  Cabildo  al  auto  del  Illmo.  Sor. 
Obispo  mandando  exhibir  al  mayordomo  de  fábrica  la  cantidad 
calculada  para  concluir  el  edificio  y  al  mismo  tiempo  insinuó  el 
Cabildo  el  agravio  que  se  le  irrogaba  en  que  el  Illmo.  Sor.  Obispo 
hubiese  dispuesto  por  si  sólo  de  las  rentas  de  fábrica,  cuando 
esto  compete  simultáneamente  con  el  Cabildo.  (Libro  9,  fol. 
212  vto,). 

En  6  de  mayo,  a  instancia  del  señor  maestrescuela  se  le  dio 
testimonio  de  la  acta  de  nombramiento  de  adjuntos  en  este  año 
y  auto  de  su  confirmación.  (Libro  9,  fol.  216). 

En  17  y  20,  a  insinuación  del  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Joseph  Mi- 
jares de  Solórzano,  Deán,  electo  Obispo  de  Santa  iMarta  sobre 
que  se  le  había  acabado  el  recle  de  que  estaba  usando  y  necesidad 
de  tiempo  para  las  disposiciones  de  su  viaje  se  le  concedió  con  apro- 
bación del  Illmo.  Sor.  Obispo  diocesano,  que  pudiese  usar  de 
licencia  todo  el  tiempo  que  necesitase  y  a  su  misma  insinuación 
se  determinó  que  pasasen  al  señor  dignidad  a  quien  correspondiesen 
los  patronatos  de  la  capilla  de  Nuestra  Señora  del  Pilar  y  de  la 
obra  pía  de  Chuao.  (Libro  9,  fol.  216). 

En  el  mismo  día  20,  con  motivo  de  haber  insistido  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  en  que  se  reparasen  las  casas  episcopales  de  cuenta 
de  la  fábrica  y  mandado  al  mayordomo  hiciese  la  contribución 
de  gastos:  el  Cabildo  insinuando  su  derecho  perjudicado  con  esta 
disposición  y  el  de  la  Iglesia  con  el  indicado  gasto,  determinó 
bajo  de  varias  protestas  ocurrir  al  Rey  dando  cuenta  de  todo,  y 
también  al  señor  vicepatrono  regio  para  lo  que  conviniese  Ínterin 
venía  la  real  resolución.  (Libro  9,  fol.  217  vto.). 

En  21  de  junio,  se  dispuso,  que  en  la  sala  capitular  a  hora 
determinada  por  dos  señores  capitulares  con  el  secretario  se  ma- 
nifestasen a  los  señores  oficiales  reales  conforme  a  su  solicitud 
los  libros  donde  constaban  las  cuartas  tocantes  al  prelado  y  al 
Cabildo  en  los  diezmos,  para  hacer  un  informe  al  Rey.  (Libro  9, 
fol.  219  vto.). 

En  23  de  agosto,  habiéndose  hecho  saber  al  Cabildo  de  man- 
dato del  señor  provisor,  una  Real  Cédula  fecha  en  7  de  diciembre 
de  1731,  en  que  se  aumenta  a  los  mayordomos  de  fábrica  de  esta 
Santa  Iglesia,  y  del  seminario,  el  cuatro  por  ciento  que  gozaban, 
hasta  un  seis  por  ciento,  el  Cabildo  no  aceptó  la  providencia,  por 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1741 


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no  ser  inmediatamente  del  Illmo.  Sor.  Obispo  y  faltar  la  simul- 
taneidad del  Cabildo  y  pidió  testimonio  para  el  recurso  que  le 
conviniese.  (Libro  9,  fol.  220  vto.). 

En  6  de  noviembre,  con  motivo  de  ausencia  de  uno  de  los 
señores  adjuntos,  y  estar  el  otro  impedido,  y  haberse  prevenido 
por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  al  Cabildo,  que  subrogase  otros  para  el 
seguimiento  de  una  causa  contra  dos  señores  capitulares,  subrogó 
a  los  señores    maestrescuela  y   doctoral.  (Libro  particular,  fol. 

34  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1741. 

En  Io  de  enero,  fueron  nombrados  por  adjuntos  los  sobre- 
dichos señores  maestrescuela  y   doctoral.  (Libro  particular,  fol. 

35  vto.). 

En  30  se  acordó,  que  se  pusiesen  en  administración  algunas 
veredas  de  diezmos  y  se  nombraron  dos  señores  capitulares  con 
asignación  de  un  tres  por  ciento  para  recoger  los  frutos  y  expen- 
derlos y  se  participó  al  Illmo.  Sor.  Obispo  por  su  parte,  y  a  fin 
de  que  mandase  practicar  las  correspondientes  diligencias  con  los 
señores  oficiales  reales.  (Libro  9,  fol.  221). 

En  7  de  marzo,  se  acordó  pasar  al  señor  doctoral  un  escrito 
que  se  había  remitido  al  Cabildo  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  sobre 
pretensión  de  un  sujeto  a  las  capellanías  que  mandó  fundar  el 
señor  arcediano  Dn.  Juan  de  Vargas.  (Libro  9,  fol.  222  vto.). 

En  4  de  abril,  habiéndose  recibido  por  medio  del  señor  Go- 
bernador y  Capitán  general,  una  Real  Cédula  fecha  en  27  de 
agosto  de  1740,  en  que  atentos  los  informes  hechos  a  Su  Ma- 
jestad, acerca  de  haber  dado  su  consentimiento  el  Illmo.  Sor. 
Dr.  Dn.  Joseph  Félix  Valverde  para  la  promoción  al  obispado  de 
Michoacán,  y  sin  embargo  de  lo  representado  por  el  Cabildo 
se  declara:  no  haberse  debido  dar  posesión  de  éste  de  Caracas  al 
Illmo.  Sor.  Dn.  Juan  García  Abadiano,  y  ser  nulo  el  mismo  acto 
y  todos  sus  consecuentes:  se  enuncia  haber  Su  Majestad  ocurrido 
al  Sumo  Pontífice  por  el  breve  subsanatorio  ad  cautelam  de  lo 
obrado  y  de  las  suspensiones  y  penas  incurridas;  y  se  manda  que 
en  caso  de  haber  fallecido  el  dicho  señor  Valverde,  se  tocase  a 
sede  vacante  y  ejerciese  el  Cabildo  la  jurisdicción  que  le  competía 


22  —  Actat,  i 


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FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


y  el  Illmo.  señor  Abadiano  se  retirase  al  Puerto  de  La  Guaira; 
absteniéndose  de  todo  acto  y  función  episcopal:  el  Cabildo  expre- 
sando que  el  Illmo.  Sor.  Valverde  había  fallecido  el  día  23  de 
febrero  de  este  año  y  que  actualmente  se  estaba  tocando  la  sede 
vacante,  dispuso  que  se  citase  para  la  elección  de  vicario  capitular 
y  para  lo  que  se  ofreciese  entre  tanto,  nombró  al  señor  arcediano 
que  era  presidente.  (Libro  9,  fol.  223). 

Sigue  copiada  la  citada  Real  Cédula.  (Libro  9,  fol.  224  vto.). 

En  7,  en  vista  de  un  exhorto  del  señor  Gobernador  acerca 
de  que  no  votasen  en  la  elección  el  provisor  capitular,  los  señores 
racioneros  y  medios,  y  en  atención  a  que  un  racionero  y  un  medio, 
renunciaron  sus  votos  sin  perjuicio,  se  dispuso:  que  otro  señor 
medio  racionero  que  no  accedió  a  ésto,  dedujese  su  derecho  dentro 
de  segundo  día  y  que  se  hiciese  saber  al  otro  señor  racionero  au- 
sente. (Libro  9,  fol.  228). 

En  10,  continuándose  el  tratado,  se  ventiló  antes,  si  debía 
salir  de  la  sala  el  señor  Chantre,  como  que  fue  el  que  representó 
al  señor  Gobernador,  y  habiéndose  acordado  que  saliese  y  veri- 
ficándolo; se  dispuso  citación  para  ver  las  representaciones  de  los 
señores  racioneros  y  medios.  (Libro  9,  fol.  229). 

En  11,  proseguido  el  mismo  tratado  se  acordó  a  pluralidad 
de  votos  que  los  señores  racioneros  y  medios,  votasen  en  la  elección 
de  vicario  capitular  y  que  a  este  efecto  se  citase.  (Libro  9, 
fol.  231). 

En  12,  sin  embargo  de  las  protestas  hechas  por  el  señor  Chantre 
en  cuanto  al  voto  de  los  señores  racioneros  y  de  haberse  salido 
de  la  sala  protestando  de  nulidad,  se  procedió  a  la  elección  de 
vicario  capitular,  y  en  efecto  se  hizo  en  el  Dr.  Dn.  Angel  Barreda, 
con  las  mismas  reservas  de  jurisdicción  hechas  en  la  anterior  sede 
vacante,  menos  la  de  entender  en  los  conventos  de  Monjas:  y  en 
el  mismo  acto  compareció  y  aceptó.  (Libro  particular,  fol. 
36  vto.). 

En  13  y  14,  se  acordó  a  pluralidad  de  votos  consultarse  por 
medio  de  dos  diputados  a  la  Universidad,  comunidades  y  abogados 
acerca  de  varios  puntos  relativos  a  la  posesión  dada  al  Illmo.  Sor. 
Abadiano  y  ejercicios  de  éste  en  órdenes  y  jurisdicción.  (Libro  9, 
fol.  233  vto.). 

En  19,  se  dispuso  que  el  señor  canónigo  de  merced,  que  se 
hallaba  en  la  comisión  de  la  judicatura  de  diezmos  en  tierra  adentro 
regresase  a  esta  ciudad.  (Libro  9,  fol.  235). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1741 


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En  29,  se  mandó  poner  preso  a  un  notario  por  una  falta  de 
atención  que  tuvo  con  el  Cabildo,  y  especialmente  con  el  señor 
Tesorero.  (Libro  9,  fol.  235  vto.). 

En  2  y  10  de  mayo,  con  vista  de  las  consultas  hechas  acerca 
de  los  ordenados  y  licenciados,  y  otros  ejercicios  de  orden  y  juris- 
dicción por  el  Illmo.  Sor.  Abadiano,  se  acordó  no  deberse  innovar 
en  casa  alguna  hasta  la  resolución  del  Rey,  y  consecución  del 
breve  de  Su  Santidad.  (Libro  9,  fol.  236). 

En  26,  conferenciando  el  punto  de  si  se  había  de  dar  posesión 
dú  deanato  al  señor  arcediano  Dr.  Dn.  Lucas  Casimiro  de  Salas 
y  a  los  demás  señores  provistos  en  las  multas,  por  estar  aún  en  esta 
ciudad  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Joseph  Mijares  de  Solórzano,  Deán, 
electo  Obispo  de  Santa  Marta,  sin  embargo  de  que  había  recibido 
la  Real  Cédula  de  gobierno  y  tenerse  noticia  de  estar  expedidas 
sus  bulas,  se  acordó  que  se  ejecutasen  los  reales  despachos  dándose 
a  los  provistos  la  posesión  y  que  para  la  seguridad  en  tales  casos 
en  lo  de  adelante,  se  consultase  al  Rey  (Libro  9,  fol.  239). 

En  2  y  3  de  junio,  considerándose  que  una  representación 
hecha  por  el  señor  racionero  Dr.  Dn.  Joseph  Martínez  de  Porras 
acerca  de  las  facultades  conferidas  al  señor  vicario  capitular  y 
reservaciones  hechas  en  la  misma  elección,  era  perjudicial  al 
Cabildo,  se  dispuso,  que  se  comunicase  vista  al  promotor  fiscal,  y 
pasase  el  asunto  al  mismo  señor  vicario  capitular.  (Libro  9,  fol.  242). 

En  9,  a  insinuación  del  señor  Gobernador  sobre  ser  defectuosa 
a  rectora  del  hospicio  y  enfermería  de  Nuestra  Señora  de  la 
Caridad,  se  dio  comisión  al  señor  canónigo  de  merced  para  remediar 
lo  que  conviniese.  (Libro  9,  fol.  244). 

En  12,  el  Cabildo  sede  vacante  por  medio  del  señor  Chantre 
dio  en  el  coro  la  colación  de  la  dignidad  de  Deán  al  señor  arcediano 
Dr.  Dn.  Lucas  Casimiro  de  Salas,  mediante  el  real  despacho  de 
presentación;  y  las  previas  diligencias  evacuadas  al  mismo  fin, 
y  seguidamente  le  dio  la  posesión  allí  mismo  y  en  la  sala  capitular 
con  las  ceremonias,  juramento  y  demás  acostumbrado.  Hallábase 
vacante  el  deanato  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn.  Francisco 
Martínez  de  Porras,  el  cual  no  recibió  posesión  y  a  éste  se  había 
conferido  por  promoción  del  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Joseph  Mijares 
de  Solórzano  al  obispado  de  Santa  Marta.  (Libro  9,  fol.  244  vto.). 

En  13,  de  mismo  modo  se  dio  la  colación  y  posesión  del  arce- 
dianato  al  señor  canónigo  de  merced  Dr.  Dn.  Bernardo  Dacosta 
Romero.  (Libro  9.  fol.  251). 


324 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  15,  igualmente  se  dio  colación  y  posesión  de  la  canongía 
de  merced  al  señor  racionero  Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega.  (Li- 
bro 9,  fol.  251). 

En  19,  se  nombraron  seis  examinadores  sinodales.  (Libro  9, 
fol.  251,  vto.). 

En  23,  se  nombró  al  señor  arcediano  Dr.  Dn.  Bernardo  Dacosta 
Romero  por  vicario  del  convento  de  Monjas  Concepciones  que 
vacó  por  la  promoción  del  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Joseph  Mijares 
de  Solórzano.  (Libro  9,  fol.  252). 

En  26,  no  obstante  la  oposición  de  dos  señores  capitulares  se 
mandaron  dar  a  la  parte  del  Illmo.  Sor.  Abadiano  unos  testimonios 
que  pidió  de  la  Real  Cédula  del  asunto  de  su  posesión  y  otras  cosas 
relativas.  (Libro  9,  fol.  263). 

En  7  de  julio,  habiendo  insinuado  el  señor  doctoral  Dr.  Dn. 
Francisco  de  Hoces,  como  comisario  del  Santo  Oficio,  estar  nom- 
brado por  receptor  en  esta  ciudad,  Dn.  Miguel  de  Ascanioy  Guerra, 
se  mandaron  entregar  a  éste  las  rentas  de  la  canongía  suprimida. 
(Libro  9,  fol.  264). 

En  14  y  15,  se  volvió  a  tratar  el  asunto  de  la  representación  del 
señor  racionero  Dr.  Dn.  Joseph  Martínez  sobre  reservaciones  del 
Cabildo  en  la  elección  de  vicario  capitular  y  conferenciando  proli- 
jamente el  asunto  se  declaró  residir  en  el  Cabildo  sede  vacante, 
no  obstante  el  nombramiento  de  vicario  capitular,  la  competente 
jurisdicción  para  el  conocimiento  de  una  causa  del  dicho  señor 
racionero  y  que  éste  contestase  la  demanda  ante  el  juez  que  había 
comisionado.  Y  por  algún  exceso  de  expresiones  en  sus  represen- 
taciones se  mandó  comparecer  en  la  sala  al  promotor  fiscal  para 
corregirle.  (Libro  9,  fol.  265). 

En  17,  se  presentó  capellán  para  una  capellanía  formada  de  dos 
fundadas  por  el  señor  arcediano  Dn.  Juan  de  Vargas,  de  que  es 
patrono  el  Cabildo;  y  asimismo  se  nombró  un  capellán  de  coro 
de  erección,  y  se  hicieron  varios  nombramientos  de  vicarios  y  de 
curas  interinos.  (Libro  9,  fol.  270  vto.). 

En  21,  se  revocó  el  nombramiento  primero  hecho  en  la  acta 
antecedente,  y  se  hizo  en  otro  sujeto  idóneo.  (Libro  9,  fol.  272). 

En  5  de  agosto,  a  insinuación  del  señor  Gobernador  y  a  fin  de 
dársele  la  satisfacción  que  pedía  de  un  agravio  del  señor  provisor, 
se  mandó  a  éste  que  desde  luego  admitiese  a  un  escribano  a  quien 
había  repudiado,  a  tiempo  de  hacerle  saber  un  exhorto  del  mismo 
señor  Gobernador.  (Libro  9,  fol.  272  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1741 


325 


En  14,  se  trató  sobre  cobranzas  de  diezmos  de  tierra  adentro, 
y  se  determinó  nombrar  un  vicario  superintendente  y  de  diezmos 
con  varias  facultades  y  señalamiento  de  un  dos  por  ciento,  con  tal 
que  diese  fianzas.  (Libro  9,  fol.  275). 

En  el  mismo  día  se  hizo  un  nombramiento  de  capellán  interino 
de  coro,  en  el  padre  Antonio  Hernández  que  era  músico  de  la 
tribuna.  (Libro  9,  fol.  276  vto.). 

En  16,  se  dispuso  hacer  la  función  de  acción  de  gracias  al 
Altísimo,  con  repiques,  Te  Deum,  misa  y  sermón  de  magistral, 
y  con  iluminaciones  por  la  victoria  conseguida  por  las  armas 
españolas,  contra  los  ingleses  en  la  ciudad  de  Cartagena:  y  se  mandó 
celebrar  también  en  toda  la  diócesis.  (Libro  9,  fol.  277). 

En  29  y  31,  se  obedeció  un  despacho  del  Illmo.  Sor.  Nuncio 
Apostólico,  y  una  carta  acordada  del  real  y  supremo  consejo, 
cometiéndose  en  aquél  ciertas  facultades  del  muy  reverendo  padre 
guardián  del  convento  de  San  Francisco,  y  para  su  actuación  se 
le  concedió  uno  de  los  notarios  eclesiásticos:  y  aunque  se  mandó 
poner  testimonio  de  todo  en  este  libro  no  se  puso:  ni  tampoco  se 
expresa  el  asunto  del  dicho  despacho  y  carta.  (Libro  9,  fol.  278). 

En  18  de  septiembre,  se  mandaron  devolver  al  vicario  de  Ma- 
racaibo  y  juez  de  diezmos  de  aquel  partido,  unos  autos  formados 
acerca  de  la  introducción  de  los  interesados  del  arzobispado  de 
Santafé  en  la  percepción  de  diezmos  en  los  sitios  de  los  Bobures 
y  San  Pedro,  para  que  teniendo  presentes  las  Reales  Cédulas 
anteriormente  ganadas,  continuase  los  mismos  autos,  hasta  po- 
nerlos en  estado  de  ocurrir  al  real  y  supremo  consejo  con  informe 
que  haría  el  Cabildo.  (Libro  9,  fol.  279  vto.). 

En  27,  a  pluralidad  de  votos,  se  nombró  por  teniente  de  cura 
de  la  ayuda  de  parroquia  e  iglesia  de  San  Pablo  al  maestro  Dn. 
Joseph  Daniel  de  Castro.  (Libro  9,  fol.  280  vto.). 

En  4  de  octubre,  se  aprobaron  las  cuentas  del  último  año  del 
trienio  de  los  señores  receptores  de  la  cuarta  capitular.  (Libro  9, 
fol.  281). 

En  el  mismo  día  fueron  nombrados  por  receptores  para  otro 
trienio  los  señores  magistral  Dr.  Dn.  Gerónimo  de  Rada  y  mer- 
cedario  Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega,  que  eran  los  propios  del 
anterior.  (Libro  particular,  fol.  37  vto.). 

En  7,  se  dispuso  hacerse  recurso  al  Rey  sobre  la  pretensión 
de  un  religioso  asistente  real  a  exámenes  de  curatos,  de  que  se  le 
diese  asiento  después  del  señor  presidente,  con  preferencia  a  los 


326 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


demás  señores  capitulares  y  se  mandaron  suspender  los  concursos 
hasta  la  real  resolución.  (Libro  9,  Sol.  282). 

En  14,  no  obstante  lo  representado  por  algunos  señores  capi- 
tulares en  razón  a  la  suspensión  de  los  concursos  a  curatos  por 
la  competencia  suscitada,  y  de  haberse  propuesto  un  medio  pru- 
dente para  proseguirlos,  se  dispuso  a  pluralidad  de  votos  no  mo- 
verse en  lo  determinado.  (Libro  9,  fol.  282  vto.). 

En  23,  se  nombró  al  Dr.  Dn.  Joseph  Francisco  Atienza,  por 
cura  interino  de  Valencia.  (Libro  9,  fol.  285). 

En  3  y  8  de  noviembre,  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica 
de  la  Catedral,  diese  cuentas;  se  hizo  aplicación  de  algunos  pro- 
ductos de  la  obra  pía  de  Cumanibare  a  las  Iglesias  de  San  Pablo 
de  esta  ciudad  y  de  la  parroquial  de  la  de  San  Felipe,  y  se  nombró 
al  señor  canónigo  de  merced  Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega,  por 
visitador  del  convento  de  Carmelitas.  (Libro  9,  fol.  286). 

En  17,  se  trató  de  que  un  clérigo  isleño  manifestase  las  licencias 
con  que  había  venido.  (Libro  9,  fol.  287  vto.). 

En  21,  se  nombró  al  Dr.  Dn.  Juan  Pérez  Hurtado,  por  rector 
del  seminario,  cuyo  oficio  vacó  por  renuncia  que  de  él  hizo  el 
Dr.  Dn.  Blas  Arraes.  (Libro  9,  fol.  288). 

En  23,  se  dispuso  que  a  las  dos  puertas  colaterales  de  la  calle 
se  les  pusiesen  canceles  con  puertas  y  se  diputó  para  ésto  al  señor 
arcediano.  (Libro  9,  fol.  289). 

En  18  de  diciembre,  se  denegó  el  Cabildo  a  pluralidad  de  votos 
a  poner  juez  de  diezmos  inte.ino,  mientras  el  propietario  que  lo 
era  el  señor  arcediano  Dr.  Dn.  Bernardo  Dacosta  Romero,  pasaba 
en  calidad  de  recle  a  la  ciudad  de  Guanare.  (Libro  9,  fol.  290). 

En  20,  habiendo  hecho  dejación  de  la  judicatura  de  diezmos 
el  dicho  señor  arcediano,  fue  nombrado  por  juez  general  de  diezmos 
el  señor  Deán  Dr.  Dn.  Lucas  Casimiro  de  Salas.  (Libro  particular, 
fol.  38). 

Año  de  1742. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Chantre 
y  mercedario.  (Libro  particular,  fol.  38  vto.). 

En  3  de  febrero,  considerándose  que  ya  parecía  estudiosa  la 
omisión  de  algunos  predicadores  del  Orden  de  Santo  Domingo 
en  faltar  a  la  salutación  al  Cabildo  en  sus  sermones;  pues  en  uno 
de  los  últimos  notados,  se  había  producido  el  predicador  haciendo 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1742  3  2  7 


cierta  aplicación  de  un  sagrado  texto  en  agravio  del  Cabildo;  se 
acordó  requerir  sobre  todo  al  prelado  de  aquel  convento:  y  hecho 
el  requerimiento  se  dio  cumplida  satisfacción  de  haber  procedido 
de  inadvertencia  lo  primero  y  equivocación  del  predicador  en  lo 
segundo,  según  se  expresa  en  un  auto  del  dicho  prelado,  que  sigue 
copiado.  (Libro  9,  fol.  291). 

En  12  de  marzo,  se  hizo  cierta  elección  en  el  Dr.  Dn.  Joseph 
Francisco  Machado,  y  se  le  mandó  despachar  título,  pero  no  se 
expresa  de  que  hubiese  sido,  ni  hay  por  donde  inferirse.  (Libro  9, 
fol.  295). 

En  16  de  abril,  habiéndose  querellado  el  señor  teniente  Gober- 
nador del  proceder  en  una  causa  por  el  señor  Chantre,  se  mandó 
pasar  al  señor  provisor.  (Libro  9,  fol.  296). 

En  7  de  mayo,  se  trató  de  iniciar  el  concurso  a  la  canongía 
doctoral  vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn.  Francisco 
de  Hoces.  (Libro  9,  fol.  296  vto.). 

En  9,  considerada  la  práctica  de  otras  catedrales,  se  trató  de 
nombrar  defensor  de  los  derechos  de  la  Iglesia  y  Cabildo  en  la 
vacante  de  la  canongía  doctoral,  y  en  efecto  se  nombró  a  los  señores 
arcediano  Dr.  Dn.  Bernardo  Dacosta  Romero,  y  maestrescuela 
Dr.  Dn.  Pedro  Tamarón.  Y  aunque  también  se  había  dispuesto 
hacérseles  asignación  de  salario  en  las  rentas  de  la  vacante,  se 
resolvió  dejarlo  a  la  voluntad  del  Rey  y  que  se  diese  cuenta  a  Su 
Majestad.  (Libro  9,  fol.  297). 

En  18,  habiéndose  tratado  de  firmar  un  exhorto  al  señor  Go- 
bernador acerca  de  venia  en  los  sermones  por  no  haber  concurrido 
todos  los  señores  capitulares,  se  mandó  a  los  ausentes  bajo  la 
multa  de  cien  pesos  que  concurriesen  al  siguiente  día  a  firmarlo. 
(Libro  9,  fol.  298). 

En  19,  habiéndose  querellado  los  señores  Chantre  y  racionero 
Martínez  acerca  de  la  disposición  antecedente,  después  de  expre- 
sadas sus  representaciones,  se  les  mandó  salir,  y  salieron  de  la 
sala  dejando  firmada  la  acta  en  esta  parte;  y  proseguida  se  acordó 
que  todos  (a  excepción  de  aquellos  dos  señores)  firmasen  al  exhorto; 
y  que  se  borrasen  todas  las  cláusulas  contenidas  en  la  dicha  re- 
presentación del  señor  Chantre.  (Libro  9,  fol.  299). 

En  23,  atento  un  exhorto  del  señor  Gobernador,  sobre  que  se 
prosiguiesen  los  concursos  a  curatos,  bajo  la  conminación  de  que 
mandaría  suspender  la  renta  a  los  interinos,  se  acordó,  salvo  el 
recurso  hecho  en  cuanto  a  as'ento  del  asistente  real  que  se  prosi- 


328 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


guiesen  dichos  concursos  y  se  abriesen  otros,  precidiendo  el  señor 
magistral  Dr.  Dn.  Gerónimo  de  Rada,  en  su  casa,  con  facultad 
para  las  providencias  necesarias,  hasta  estar  en  estado  de  for- 
marse las  ternas,  y  que  entonces  se  trajesen  los  autos  al  Ca- 
bildo. (Libro  9,  fol.  303). 

En  28,  habiendo  insinuado  el  señor  magistral  que  también 
firmaba  el  exhorto  el  señor  Gobernador  acerca  de  venia  o  salu- 
tación de  los  predicadores  al  Cabildo;  se  mandó  pasar  esta  acta 
al  mismo  señor  Gobernador  a  quien  ya  estaba  pasado  aquel  exhorto. 
(Libro  9,  fol.  304). 

En  Io  y  5  de  junio,  habiéndose  denegado  el  señor  Gobernador 
a  dar  su  consentimiento  para  la  expedición  de  edictos  para  la 
canongía  magistral,  sino  se  daba  el  segundo  asiento  al  asistente 
real;  el  Cabildo  insistiendo  en  lo  que  tenía  acordado,  y  que  no  se 
debía  innovar  hasta  la  resolución  del  Rey,  requirió  al  señor  Go- 
bernador con  los  perjuicios  que  se  seguían  de  la  dilación.  (Libro  9, 
fol.  305). 

En  8,  por  haber  renunciado  el  señor  magistral  la  providencia 
a  concurso  de  curatos,  se  nombró  al  señor  provisor  y  vicario  ge- 
neral capitular  y  atento  el  exhorto  del  señor  Gobernador  para  que 
no  se  hiciesen  los  exámenes  en  casa  particular,  tuvo  a  bien  el  Ca- 
bildo, sin  perjuicio  de  sus  facultades  dejar  a  arbitrio  del  mismo  señor 
Gobernador  la  asignación  de  lugar,  como  no  fuese  la  sala  capitular. 
(Libro  9,  fol.  306  vto.). 

En  11,  presentado  el  real  título,  en  que  el  señor  Dr.  Dn.  Pedro 
Díaz  Cienfuegos,  siendo  cura  de  la  Catedral,  es  promovido  a  la 
canongía  penitenciaria,  vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn. 
Francisco  Martínez  de  Porras,  el  Cabildo  por  medio  del  señor 
presidente  le  dio  la  colación  en  el  coro  y  seguidamente  la  posesión 
allí  y  en  la  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas, 
juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  9,  fol.  307). 

En  3  de  julio,  presentado  el  real  título,  en  que  el  señor  medio 
racionero  Dr.  Dn.  Juan  Agustín  Naranjo,  se  le  confiere  en  pro- 
piedad la  misma  media  ración,  que  obtenía  en  depósito,  por  haberse 
hecho  constar  en  el  supremo  consejo  y  cámara  estar  ciertamente 
demente  el  señor  Dn.  Andrés  Alvarez  de  Pliego;  se  le  dio  la  colación 
y  posesión  del  mismo  modo  que  se  expresó  en  la  antecedente  nota: 
y  quedó  en  asiento  después  del  otro  señor  medio  racionero.  (Li- 
bro 9,  fol.  311). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1742 


329 


En  30,  se  acordó  que  se  procediese  a  la  fijación  de  edictos  para 
la  canongía  doctoral,  atenta  la  angustia  del  término  señalado  para 
la  provisión,  dándose  asiento  después  del  señor  presidente  al  asis- 
tente real  sin  perjuicio  de  los  derechos  del  Cabildo,  y  de  lo  que  el 
Rey  declarase  en  este  punto.  (Libro  9,  fol.  314). 

En  31  de  agosto,  se  acordó  llevar  a  efecto  lo  dispuesto  en  el 
Cabildo  antecedente:  y  éste,  aquél  y  otros  Cabildos  relativos  a 
canongías  son  celebrados  por  los  señores  dignidades  y  canónigos. 
(Libro  9,  fol.  315). 

Nota:  que  las  actas  de  provisión  de  canongías  están  exten- 
didas en  sus  respectivos  autos  y  que  de  algunas  extendidas  en  los 
libros  capitulares,  se  pondría  testimonio  de  ellos. 

En  24  de  septiembre,  por  haber  hecho  dejación  el  señor  ma- 
gistral del  encargo  de  receptor  de  la  cuarta  capitular,  se  nombró 
al  señor  medio  racionero  Dr.  Dn.  Juan  Agustín  Naranjo.  (Libro 
particular,  fol.  39). 

En  12  y  13  de  octubre,  precedida  conferencia  sobre  la  equivo- 
cación que  tenía  la  cédula  de  citación  y  aclarándose  ser  no  para 
tratar  del  recibimiento  del  Illmo.  Sor.  Abadiano  que  había  avisado 
tener  ya  la  cédula  de  gobierno,  sino  para  acordar  acerca  de  dár- 
sele una  comida;  y  asimismo  considerándose  no  haber  ya  tiempo 
para  ésta,  se  acordó  omitirla  y  que  le  hiciese  un  cortejo  de  des- 
pensa. (Libro  9,  fol.  315). 

En  16,  habiendo  comparecido  en  la  sala  capitular  el  Illmo. 
señor  Dr.  Juan  García  Abadiano,  y  dándosele  asiento  en  la  silla 
obispal,  manifestó  dos  reales  cédulas,  ambas  fechas  en  17  de  marzo 
de  este  año  de  42,  dirigida  la  una  al  Cabildo  y  la  otra  al  mismo 
señor  Illmo.  en  que  haciéndose  relación  de  estar  ya  su  Sría.  Illma. 
absuelto  ad  cautelatn  de  las  censuras  y  penas  en  que  hubiese  in- 
currido por  los  ejercicios  nulos  de  jurisdicción  y  orden  practicados 
sin  legítima  posesión  en  este  obispado  y  haber  confirmado  Su 
Santidad  lo  dispuesto  por  su  Nuncio,  se  manda  al  Cabildo  que  le 
entregue  el  gobierno  de  esta  diócesis  mientras  se  despachan  las 
bulas  o  se  revalidan  las  anteriormente  despachadas:  en  cuyo  obe- 
decimiento y  de  las  demás  diligencias  manifestadas  (que  de  todo 
sigue  copia)  el  Cabildo  le  entregó  toda  su  jurisdicción  para  que 
desde  luego  gobernase  e  hizo  el  juramento  acostumbrado.  (Libro 
9,  fol.  317  vto.). 

En  el  mismo  día,  y  en  27  de  noviembre,  y  4  de  diciembre, 
habiéndose  tratado  sobre  conceptuarse  que  había  algún  fraude  en 


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FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


las  cuartas  de  primicias,  tocantes  a  la  sacristía  mayor,  incor- 
porada a  la  cuarta  capitular  por  t'dtimo  se  acordó  que  se  previniese 
al  colector  pusiese  todo  el  cuidado  conveniente  en  la  recaudación, 
como  se  había  estilado  y  acostumbrado.  (Libro  9,  fol.  321  vto.). 

Año  de  1743. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  ma- 
gistral y  penitenciario.   (Libro  particular,  fol.  39  vto.). 

En  25,  fue  nombrado  por  consiliario  del  seminario  por  falle- 
cimiento del  señor  arcediano  Dr.  Bernardo  Dacosta  Romero,  el 
señor  penitenciario  Dr.  Dn.  Pedro  Díaz  Cienfuegos.  (Libro  par- 
ticular, fol.  40). 

En  5  de  febrero,  se  recibieron  y  obedecieron  las  cuatro  reales 
cédulas  siguientes.  Una  de  10  de  agosto  de  1741  (de  que  no  hay 
copia),  mandándose  informar  al  Cabildo  sobre  la  pretensión  de 
edificarse  una  ermita  extramuros  de  esta  ciudad,  dedicada  a  la 
Santísima  Trinidad.  (Libro  9  fol.  324). 

Otra  de  17  de  noviembre  del  mismo  año  avisándose  el  recibo 
del  informe  del  Cabildo  sobre  haber  tocado  la  sede  vacante:  la 
cual  tampoco  está  copiada.  (Libro  9,  fol.  324). 

Otra  de  12  de  mayo  de  1742,  para  que  se  informase  de  los  mo- 
tivos que  había  habido  para  la  administración  de  diezmos:  la  cual 
sigue  copiada;  y  se  mandó  hacer  el  informe  a  los  señores  Chantre 
y  maestrescuela.  (Libro  9,  fol.  324). 

Y  otra  que  también  sigue  copiada  de  11  de  julio  del  mismo 
año  de  42,  para  que  en  la  casa  episcopal,  quedasen  cargados  no 
solamente  los  siete  mil  y  cien  pesos  que  ya  estaban  impuestos 
sobre  ella,  sino  también  los  3.247  pesos  que  tomó  para  concluirla 
el  Illmo.  Sor.  Dn.  Juan  García  Abadiano,  otorgándose  la  competente 
escritura  de  reconocimiento  a  favor  de  la  fábrica  a  quien  los  se- 
ñores Illmos.  Obispos  como  dueños  de  la  misma  casa  debían  pagar 
sus  réditos  anualmente:  que  lo  mismo  se  practicase  en  cuanto  al 
valor  de  dos  tiendas  que  tomó  para  ampliación  de  la  propia  casa 
el  Illmo.  Sor.  Valverde  y  pertenecían  a  una  capellanía  que  se 
cobrasen  los  réditos  que  quedó  debiendo  este  señor  Illmo.  pagán- 
dose de  su  espolio:  y  que  los  libramientos  contra  las  rentas  de 
fábrica  no  los  pudiesen  dar  los  prelados  por  sí  solos  sino  junto 
con  el  Cabildo.  (Libro  9,  fol.  324). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1743 


331 


En  13,  15,  19  y  28  de  febrero,  presentado  el  real  ejecutorial 
dado  en  23  de  julio  de  1742,  para  que  al  Illmo.  Sor.  Dn.  Juan 
García  Abadiano,  se  diese  posesión  de  este  obispado;  y  asimismo 
un  testimonio  de  las  bulas  de  Su  Santidad,  autorizado  por  un 
notario  apostólico  de  Segovia,  se  controvertió  largamente  el 
punto,  de  si  podría  dársele  la  posesión  en  virtud  de  este  testi- 
monio, y  de  asegurarse  en  el  real  ejecutorial  que  se  había  dado 
el  pase  en  el  supremo  consejo  a  las  bulas  originales  no  obstante 
faltar  la  presentación  de  éstas,  o  de  su  trasunto  dado  en  la  da- 
taría de  Roma;  y  habiendo  sido  de  parecer  unos  señores,  de  que 
no  se  podía,  según  las  doctrinas,  que  expusieron,  y  otros  (entre 
los  cuales  es  notable  el  voto  del  señor  penitenciario  extendido 
difusamente  al  folio  335,  pues  en  él  refiere  todo  lo  acaecido  en  este 
asunto  desde  su  principio)  de  que  podría  dársele  la  posesión  según 
otras  doctrinas  que  también  expusieron:  por  último  se  acordó, 
que  todo  se  pusiese  en  noticia  del  mismo  Illmo.  Sor.  Obispo  por 
medio  de  dos  comisarios.  (Libro  9,  fol.  330  vto.). 

En  21  de  marzo,  habiendo  insinuado  los  señores  comisarios 
que  su  Sría.  Illma.  era  también  de  parecer  que  se  suspendiese  la 
posesión  hasta  recibir  documento  más  auténtico,  convino  también 
el  Cabildo  en  esto.  (Libro  9,  fol.  345). 

En  23  habiendo  hecho  renuncia  el  señor  Deán  de  la  judi- 
catura de  diezmos  de  determinó  suspender  la  resolución  entre 
tanto  se  solicitaban  ejemplares  de  esto.  Y  en  primero  del  siguiente 
abril  (según  está  al  folio  41  del  libro  particular)  se  admitió  y  se 
nombró  al  señor  canónigo  de  merced  Dr.  Dn.  Francisco  de  la 
Vega.  (Libro  10,  fol.  1). 

En  28,  atenta  una  insinuación  del  señor  Gobernador  sobre  la 
necesidad  de  fortificaciones  para  resistir  a  los  ingleses  que  según 
noticias,  pretendían  volver  a  invadir  el  puerto  de  La  Guaira  o 
el  de  Cabello,  y  hallarse  exhaustas  las  reales  cajas,  se  acordó  que 
por  vía  de  préstamo  se  entregasen  cuatro  mil  ochocientos  y  más 
pesos  que  estaban  en  la  arca  del  tesoro,  y  que  el  mayordomo  de 
lo  existente  en  su  poder,  entregase  hasta  llenar  la  cantidad  de 
doce  mil,  tomando  los  competentes  resguardos.  Y  al  folio  5  de  este 
libro  hay  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo  en  que  conviene  en  este 
préstamo.  (Libro  10,  fol.  1  vto.). 

En  30,  presentado  un  trasunto  dado  en  Roma  de  las  nuevas 
bulas  expedidas  por  el  Santísimo  Padre  Benedicto  XIV,  al  Illmo. 
Sor.  Dn.  Juan  García  Abadiano,  en  30  de  mayo  de  1742,  con  re- 


332 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


ferencia  a  todo  lo  acaecido;  y  asimismo  dos  Reales  Cédulas,  la 
una  de  17  de  marzo  del  mismo  año  dirigida  al  Cabildo,  y  otra 
de  igual  fecha  dirigida  a  su  Sría.  Illma.,  avisándose  en  ambas 
habérsele  nombrado  nuevamente  por  Obispo  de  esta  diócesis, 
para  que  se  le  entregase  el  gobierno  de  ella,  mientras  se  expedían 
las  bulas  y  previniéndose  en  la  última  que  solamente  percibiese 
las  rentas  desde  el  jiat  de  Su  Santidad  y  que  en  el  Ínterin  se  le 
contribuyesen  tres  mil  pesos  anualmente  de  la  vacante:  todo  lo 
cual  con  el  pase  dado  en  el  supremo  consejo  a  las  bulas,  está  co- 
piado al  folio  11  vuelto  y  siguientes  de  este  libro,  se  prestó  el 
debido  obedecimiento  a  todo  y  en  el  mismo  día  se  le  dio  la  po- 
sesión, siendo  al  efecto  llevado  desde  su  palacio  episcopal  a  la 
Catedral,  y  ejecutado  todo  con  arreglo  al  pontifical,  pasó  a  la  sala 
capitular,  donde  hizo  el  juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  10, 
fol.  2  vto.)- 

En  1  °  de  abril  recibido  un  oficio  del  señor  Gobernador  en  que 
remitió  testimonio  de  dos  Reales  Cédulas,  la  una  sobre  el  censo 
del  palacio  episcopal,  que  ya  queda  referido;  y  la  otra  sobre  que 
los  hospitales,  corriesen  de  cuenta  del  mismo  señor  Gobernador, 
se  hizo  la  contestación  de  su  recibo,  y  para  el  cobro  de  réditos  de 
aquel  censo,  se  mandó  al  mayordomo  se  presentase  a  pedir  que  se 
pagasen  los  del  tiempo  del  Illmo.  Sor.  Valverde,  de  su  espolio, 
y  por  medio  de  dos  diputados  se  mandó  poner  en  noticia  del  Illmo. 
Sor.  Abadiano  la  primera  de  dichas  Reales  Cédulas.  (Libro  10, 
fol.  4). 

En  el  mismo  día  se  contestó  otro  oficio  del  señor  Gobernador 
sobre  no  haberse  aún  entregado  los  doce  mil  pesos  del  préstamo 
y  se  mandó  pasar  el  libramiento  al  mayordomo.  (Libro  10,  fol. 
5  vto.). 

En  26,  se  participó  a  su  Sría.  Illma.  el  estado  del  concurso  a 
la  canongía  doctoral  y  especialmente  lo  acordado  en  cuanto  al 
asiento  del  asistente  real.  (Libro  10,  fol.  6  vto.). 

En  30,  vino  un  poder  del  receptor  de  lo  tocante  a  la  canongía 
de  inquisición  se  le  mandó  entregar  lo  existente  y  lo  que  en  adelante 
correspondiese:  y  sigue  testimonio  del  poder.  (Libro  10,  fol.  7). 

En  21  de  junio,  habiéndose  reclamado  por  el  señor  magistral, 
sobre  la  oposición  hecha  por  el  señor  Chantre  de  que  los  canónigos 
hebdomadarios  algunas  veces  encomendasen  la  capitula  de  vísperas 
a  los  dignidades  por  no  ser  decoroso  a  éstos,  sin  embargo  de  la 
costumbre  que  había  de  hacerse  así  esta  encomienda,  y  cantar  la 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1743 


333 


misa  el  señor  canónigo;  pidiendo  al  mismo  tiempo  que  en  adelante 
no  fuese  necesario  hacer  la  dicha  encomienda,  sino  que  fuese  por 
turno;  que  se  preceptuase  a  todos  que  asistiesen  a  la  prima,  siguién- 
dose algún  manual:  que  las  misas  del  Santísimo  Cristo  y  de  la 
Santísima  Virgen  las  cantasen  sólo  los  canónigos;  y  que  cada  uno 
de  los  señores  dignidades  cumpliese  el  oficio  a  que  está  destinado 
por  la  erección,  hecha  una  dilatada  contestación  por  el  señor 
Chantre  y  tocado  también  otro  punto  de  la  falta  de  asistencia 
del  Cabildo  a  las  tres  misas  mensuales  de  erección;  por  último  se 
acordó  pasarlo  todo  al  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  10,  fol.  18  vto.). 

En  20  de  septiembre,  el  señor  medio  racionero  Dn.  Juan  Ig- 
nacio Landaeta,  presentó  un  título  despachado  a  su  favor  de  no- 
tario y  comisario  del  santo  oficio  en  ausencia  del  de  esta  ciudad: 
se  ofreció  el  Cabildo  a  auxiliarle,  y  se  puso  copia  a  continuación. 
(Libro  10,  fol.  41  vto.). 

En  15  de  octubre,  se  insinuó  el  Illmo.  Sor.  Obispo  la  urgencia 
de  otorgarse  la  escritura  de  reconocimiento  del  censo  cargado  sobre 
el  palacio  episcopal.  (Libro  10,  fol.  43  vto.). 

En  21  y  23  se  determinó  informar  al  Rey  con  documentos,  de 
que  en  sede  plena  se  han  hecho  los  gastos  de  fábrica,  con  inter- 
vención del  prelado  y  en  sede  vacante  sólo  los  precisos  para  el 
culto  divino.  (Libro  10,  fol.  44). 

En  la  misma  acta  de  23,  se  mandó  también  informar  al  Rey 
no  ser  conveniente  el  reconocimiento  de  8,873  pesos  4  reales  que 
sacó  el  Illmo.  Sor.  Abadiano,  a  más  de  los  mandados  reconocer 
para  la  fábrica  del  palacio;  y  que  se  consultase  a  Su  Majestad, 
quien  pagaría  los  réditos  en  sede  vacante,  y  quien  había  de  hacer 
los  reparos  del  mismo  palacio.  (Libro  10,  fol.  45). 

En  26  de  noviembre,  habiéndose  presentado  por  el  presbítero 
Dn.  Mauro  de  Tovar,  como  albacea  fideicomisario  del  Illmo. 
Sor.  Dr.  Dn.  Joseph  Mijares  de  Solórzano,  Deán,  que  fue  de 
esta  Catedral  y  dignísimo  obispo  de  Santa  Marta,  el  testimonio 
de  una  escritura  de  fundación  de  una  capellanía  de  9.243  pesos 
y  5  reales  de  principal  para  un  ministro  maestro  de  ceremonias 
supernumerario  con  obligación  de  asistir  todos  los  días  a  misa 
mayor  y  vísperas,  y  enseñar  latinidad,  y  doctrina  cristiana  a  los 
sacristanes  y  monacillos  de  esta  catedral  y  celebrar  treinta  misas 
cada  año,  nombrándose  por  patrono  el  Cabildo,  se  aceptó  este  pa- 
tronato y  fundación.  (Libro  10,  fol.  45  vto.). 


334 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  4  de  diciembre,  se  nombró  por  capellán  de  la  sobredicha 
capellanía  al  licenciado  Dr.  Juan  Antonio  de  Ponte,  clérigo  pres- 
bítero, con  calidad  de  renunciar  la  capellanía  de  coro  que  obtenía 
por  prevenirlo  así  la  fundación.  (Libro  particular,  fol.  42). 

Año  de  1744. 

En  Io  de  enero,  fueron  nombrados  por  adjuntos  los  señores 
maestrescuela  y  canónigo  de  merced.  (Libro  particular,  fol. 
42  vto.). 

En  17,  se  acordó  hacerse  rogativas  con  motivo  de  intentar 
los  ingleses  invadir  a  esta  provincia.  (Libro  10,  fol.  46). 

En  24,  se  obedecieron  las  tres  Reales  Cédulas  siguientes.  La 
una  de  19  de  diciembre  de  1742,  declarándose  que  al  asistente 
real  en  los  concursos  y  oposiciones  a  curatos  en  sede  vacante, 
se  dé  el  asiento  inmediato  al  que  presidiese  el  acto  dejando  a 
arbitrio  del  Cabildo  el  concurrir  a  ellos  en  cuerpo  de  comunidad, 
o  nombrar  quien  los  presida:  y  en  esta  cédula  en  su  enunciativa 
se  expresa,  que  a  los  prelados  de  los  conventos  se  les  daba  asiento 
entre  los  canónigos  y  a  los  padres  de  provincia  entre  los  dignidades. 

Otra  de  13  de  junio  de  1743,  en  que  por  lo  respectivo  a  asiento 
del  asistente  en  concursos  a  curatos  se  reitera  la  anterior  declara- 
toria y  en  cuanto  al  lugar  donde  se  hayan  de  hacer  en  sede  vacante 
se  declara  no  poderse  ni  deberse  hacer  en  casas  particulares,  porque 
este  privilegio  sólo  compete  al  obispo,  o  a  su  provisor,  y  en  sede 
vacante  en  el  coro,  o  sala  capitular;  y  aquí  mismo  se  aprueba  el 
que  al  asistente  real  en  la  canongía  doctoral  se  le  diese  el  asiento 
inmediato  al  presidente.  (Libro  10,  fol.  51). 

Y  otra  del  mismo  día  en  que  se  declara  que  al  Cabildo  ni  en 
sede  vacante,  ni  en  sede  plena  no  le  compete  la  venia  que  en  los 
sermones  piden  los  predicadores  al  Illmo.  Sor.  Obispo  y  al  señor 
Gobernador.  Y  aquí  mismo  se  aprobó  al  señor  Gobernador  de  que 
hubiese  hecho  las  honras  de  los  militares  en  el  convento  de  San 
Francisco  por  aquella  vez.  (Libro  10,  fol.  50). 

En  5  de  febrero,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor 
magistral  Dr.  Dn.  Gerónimo  de  Rada  es  promovido  al  arcedianato 
vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn.  Bernardo  Dacosta 
Romero,  el  señor  provisor,  con  comisión  del  Illmo.  Sor.  Obispo, 
le  dio  colación  estando  en  el  coro  y  allí  mismo  y  en  la  sala  capitular 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1744 


335 


la  posesión  con  las  ceremonias  acostumbradas,  juramento  y  pro- 
fesión de  la  fe.  (Libro  10,  fol.  53). 

En  3  de  marzo,  a  exhorto  de  los  señores  oficiales  reales,  sobre 
satisfacción  de  las  vacantes  de  curatos,  el  Cabildo  mandó  dar 
razón  de  la  Real  Cédula  denominada  de  vacante.  (Libro  10,  fol. 
57  vto.). 

En  17  se  trató  de  nombrar  un  agente  para  defender  en  el  Tri- 
bunal metropolitano  hecho  contra  la  jurisdicción  del  Cabildo,  y 
se  reservó  para  otro  Cabildo.  (Libro  10,  fol.  58  vto.). 

En  3  de  julio,  se  acordó  el  nombramiento  de  un  sujeto  que  de 
su  cuenta  y  riesgo,  dando  fianza  y  contribuyéndosele  un  cuatro 
por  ciento  fuese  a  tierra  adentro  a  cobrar,  y  traer  lo  que  se  adeu- 
daba a  la  cuarta  capitular,  a  cuyo  fin  se  pidió  su  consentimiento 
por  lo  respectivo  a  vacantes  a  los  señores  oficiales  reales.  (Libro 
10,  fol.  59  vto.). 

En  17,  con  referencia  a  otro  acuerdo  de  30  de  junio  de  este  año 
se  reiteró  el  mandato  de  remitirse  una  razón  a  los  señores  oficiales 
reales  de  la  vacantes  de  curatos  proveídos  por  el  Cabildo  y  sigue 
copia  de  la  razón  formada.  Y  por  lo  respectivo  a  otra  insinuación 
de  los  mismos  oficiales  reales  de  que  el  Cabildo,  por  ser  de  su  cargo 
las  rentas  decimales  debía  pagar  lo  tocante  a  las  tales  vacantes, 
se  defendió  haciendo  ver,  que  esto  no  contaba  de  la  Real  Cédula 
de  vacantes,  y  exponiendo  varias  razones  congruentes.  (Libro  10, 
fol.  60  vto.). 

En  29  de  agosto,  se  reeligió  para  otro  trienio  por  receptores 
de  la  cuarta  capitular  a  los  señores  mercedario  Dr.  Dn.  Francisco 
de  la  Vega,  y  medio  racionero  Dr.  Dn.  Juan  Agustín  Naranjo. 
(Libro  particular,  fol.  43). 

En  7  de  septiembre,  se  obedeció  una  Real  Cédula  ganada  a 
instancia  del  señor  Chantre,  e  intimada  de  mandato  del  señor 
Gobernador:  es  fecha  en  3  de  octubre  de  1742;  y  en  ella  insinuán- 
dose la  cuestión  agitada  sobre  que  los  señores  racioneros  y  medios 
racioneros  no  debían  tener  igualdad  con  los  señores  dignidades 
y  canónigos,  y  que  no  habían  de  votar  en  la  elección  de  vicario 
capitular,  ni  en  los  demás  actos  jurisdiccionales,  se  declara  que  se 
observe  la  erección  y  particularmente  lo  dispuesto  en  el  capítulo 
41  de  ella  y  que  se  guarde  a  los  dignidades  y  canónigos  la  distinción 
que  les  corresponde:  Y  sigue  testimonio  de  esta  Real  Cédula  y 
de  su  intimación  al  folio  69.  (Libro  10,  fol.  67). 


336 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  el  mismo  acto  se  aceptó  el  título  de  receptor  interino  de 
lo  tocante  a  la  canongía  de  inquisición,  despachado  a  Dn.  Blas 
de  Landaeta  y  se  puso  copia  de  él  al  folio  72  vto.  (Libro  10,  fol. 

67  vto.)- 

En  9,  a  nueva  instancia  de  los  señores  oficiales  reales  sobre 
las  vacantes  de  curatos  y  sacristías,  reiteró  el  Cabildo  lo  que  antes 
tenía  expuesto,  y  lo  esforzó  con  otras  razones.   (Libro  10,  fol. 

67  vto). 

En  11,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de 
la  cuarta  capitular.  (Libro  10,  fol.  77). 

En  10  de  noviembre,  se  mandó  entregar  lo  que  correspondía 
al  seis  por  ciento  impuesto  sobre  todas  las  rentas  eclesiásticas 
por  Real  Cédula  de  23  de  octubre  de  1741  dirigida  a  su  Sría.  Illma. 
(Libro  10,  fol.  78). 

En  Io  de  diciembre,  se  trató  acerca  del  pago  de  réditos  atra- 
sados de  un  censo  de  4.000  pesos,  reconocido  por  Joseph  Joaquín 
de  Vildasola  perteneciente  a  la  fábrica.  (Libro  10,  fol.  78  vto.). 

En  31,  recibido  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  en  que  manda 
se  cite  a  los  señores  racioneros  y  medios  para  la  elección  de  ad- 
juntos, se  acordó  que  el  apoderado  del  Cabildo  se  presentase  en 
aquel  tribunal  con  testimonio  de  la  Real  Cédula  en  cuya  virtud 
no  se  les  debía  citar.  (Libro  10,  fol.  79). 

Año  de  1745. 

En  Io  de  enero,  los  señores  dignidades  y  canónigos  fin  los 
señores  racioneros:  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  arce- 
diano y  penitenciario.  (Libro  particular,  fol.  43  vto.). 

En  22  de  febrero,  se  obedeció  y  mandó  ejecutar  un  auto  del 
señor  metropolitano  (que  sigue  copiado)  en  que  declara  nulo  lo 
obrado  contra  el  señor  racionero  Dr.  Dn.  Joseph  Martínez  de 
Porras  en  sede  vacante,  manda  tildar  todas  las  expresiones  inju- 
riosas contenidas  en  unas  actas  capitulares;  y  declara  que  ti  Ca- 
bildo habiendo  nombrado  provisor,  no  les  es  facultativo  ejercer 
la  jurisdicción  ordinaria  contenciosa.  (Libro  10,  fol.  80). 

En  4  de  marzo,  por  haber  muerto  el  secretario  Dn.  Juan  de 
Talavera,  se  trató  de  nuevo  nombramiento;  y  por  haber  caído 
parte  de  votos  en  el  notario  Dn.  Joseph  Ferrero,  y  parte  en  el 
señor  medio  racionero  Dr.  Dn.  Juan  Agustín  Naranjo,  insinuán- 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1745 


337 


dose  que  convenía  que  el  secretario  fuese  de  corpore  capituli,  y 
que  no  tuviese  la  notaría  de  diezmos,  se  resolvió  ponerlo  todo  pre- 
sente al  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  10,  fol.  84  vto.). 

En  18,  habiéndose  presentado  Dn.  Miguel  de  Urosa,  vice- 
secretario del  Illmo.  Sor.  Obispo,  con  un  título  en  que  se  le  nombra 
por  secretario  de  Cabildo,  el  Cabildo  sin  perjuicio  de  sus  derechos 
y  por  evitar  toda  competencia,  acordó  recibirlo.  (Libro  10,  fol. 
85  vto.). 

En  12  de  abril,  habiéndose  intimado  al  Cabildo  de  parte  del 
señor  Gobernador,  una  Real  Cédula  de  27  de  marzo  de  1744 
(que  no  está  copiada)  acerca  de  que  el  Cabildo  no  saliese  en  la 
procesión  del  Viernes  Santo  con  caudatarios,  vaya  o  no  vaya  el 
vicepatrono  y  que  en  las  demás  no  llevasen  quitasoles  no  lleván- 
dolo el  mismo  señor  vicepatrono,  prestado  el  obedecimiento  hizo 
el  Cabildo  una  insinuación  de  las  circunstancias  de  la  dicha  pro- 
cesión y  modo  de  su  concurrencia,  y  le  pareció  por  ahora  tomar 
el  medio  de  no  asistir  a  ella,  a  cuyo  fin  consultó  al  Illmo.  Sor. 
Obispo.  (Libro  10,  fol.  86). 

Sigue  un  auto  de  su  Sría.  Illma.  en  que  no  estima  conveniente 
la  enunciada  omisión,  atenta  la  antigua  costumbre  y  escándalo 
que  se  seguiría,  y  previene  al  Cabildo  que  asista  con  arreglo  a 
la  citada  Real  Cédula  y  que  después  hiciese  su  recurso  al  soberano. 
(Libro  10,  fol.  87  vto.). 

En  13,  conferenciado  el  mismo  asunto,  fueron  de  parecer  unos 
señores  que  se  asistiese  como  siempre  sin  llevar  caudatario;  y 
otros  de  que  se  tomase  el  medio  de  concurrir  con  capas  pluviales, 
como  se  hacía  en  todas  las  demás  procesiones,  y  por  último  se 
dispuso  participarlo  a  su  Sría.  Illma.  para  que  se  sirviese  declarar 
lo  que  le  pareciese.  (Libro  10,  fol.  88  vto.). 

En  27,  habiéndose  presentado  Dn.  Carlos  Fábrega  con  un  título 
despachado  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  en  que  le  nombra  por  te- 
niente de  secretario  de  Cabildo,  y  notario  contador  de  diezmos 
el  Cabildo  lo  aceptó  y  recibió  bajo  las  protestas  hechas  antes  en 
el  nombramiento  de  secretario.  (Libro  10,  fol.  90  vto.). 

En  30,  se  dispuso,  que  el  señor  presidente  mandase  a  los  mi- 
nistros del  coro  que  cumpliesen  su  obligación  rezando  digne, 
atente  et  devote.  (Libro  10,  fol.  91  vto.). 

En  4  de  mayo,  se  insinuó,  que  el  día  30  del  próximo  abril  por 
la  tarde,  estando  el  Cabildo  dispuesto  para  asistir  a  la  procesión 
de  la  imagen  de  la  Divina  Pastora  para  colocarla  en  su  ermita, 


23  —  Acta*,  i 


338 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


omitió  el  ejecutarlo  por  evitar  la  competencia  que  en  el  mismo  acto 
se  tuvo  con  el  señor  provisor  sobre  querer  presidir  al  Cabildo: 
sobre  lo  cual,  continuado  el  tratado  al  siguiente  día;  el  Cabildo 
expresando  todo  lo  acaecido  en  aquel  acto,  y  las  tres  Reales  Cé- 
dulas y  ejecutorial  de  este  asunto,  mandó  a  su  apoderado  que  se 
presentase  a  su  Sría.  I lima,  a  practicar  justificación  de  todo  y 
asimismo  sobre  que  el  propio  señor  provisor  siempre  tomaba 
en  el  coro  la  segunda  silla,  aunque  el  presidente  actual  estuviese 
en  otra  inferior.  (Libro  10,  foL  92). 

En  27,  se  acordó  que  el  colector  de  manuales  procediese  a 
compeler  el  otorgamiento  de  escrituras  de  reconocimiento  a  los 
que  la  tenían.  (Libro  10,  fol.  96  vto.). 

En  3  y  5  de  junio,  se  acordó  que  se  pasase  al  Illmo.  Sor.  Obispo 
el  libro  capitular  y  no  a  su  provisor,  como  éste  pedía,  para  que 
acerca  del  punto  de  lo  que  se  había  de  testar  en  las  actas  sobre 
lo  ocurrido  con  el  señor  Martínez  conforme  a  lo  prevenido  por  el 
señor  metropolitano,  dispusiese  lo  que  le  pareciese,  sin  perjuicio 
de  los  derechos  del  Cabildo.  (Libro  10,  fol.  97  vto.). 

En  15,  con  motivo  del  fallecimiento  de  Dn.  Diego  de  Liendo, 
mayordomo  de  fábrica,  se  acordó  poner  presentes  al  Illmo.  Sor. 
Obispo  las  Reales  Cédulas  del  caso  y  capítulo  de  la  erección  a 
fin  de  que  concurriese  con  el  Cabildo  a  la  nueva  elección  y  toma  de 
cuentas.  (Libro  10,  fol.  99  vto.). 

En  Io  de  julio,  vista  la  determinación  de  su  Sría.  IUma.  de 
proceder  a  la  provisión  sin  concurrencia  del  Cabildo,  se  determinó 
hacer  el  competente  recurso,  y  que  al  efecto  se  pidiesen  por  el 
apoderado  del  Cabildo  los  documentos  necesarios.  (Libro  10, 
fol.  100  vto.). 

En  6,  se  reiteró  el  mandato  de  que  se  otorgasen  escrituras  de 
reconocimiento  de  los  censos  de  manuales.  (Libro  10,  fol.  101  vto.). 

En  23,  se  mandó  a  los  capellanes  de  coro  foráneos,  que  presen- 
tasen las  fundaciones  de  sus  capellanías  para  tratar  de  las  fallas. 
(Libro  10,  fol.  102  vto.). 

En  27,  por  haber  resistido  dos  capellanes  el  obedecer  a  la  ante- 
cedente disposición,  el  Cabildo  fundando  su  jurisdicción  económica, 
pasó  dos  diputados  al  Illmo.  Sor.  Obispo  a  pedir  satisfacción  de 
este  agravio.  (Libro  10,  fol.  103). 

En  4  de  agosto,  el  Cabildo  se  denegó  a  pluralidad  de  votos  a 
entrar  en  la  calificación  de  fianzas  dadas  por  Dn.  Joseph  Antonio 
Veroiz  electo  mayordomo  de  fábrica  por  no  habérsele  concedido 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1746 


339 


por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  intervención  en  su  nominación  y  se  hi- 
cieron las  congruentes  protestas.  (Libro  10,  fol.  104  vto.). 

En  6,  insinuada  la  real  provisión  que  contiene  la  regla  de  coro 
o  constituciones  de  esta  Santa  Iglesia,  se  obedeció  por  el  Cabildo 
y  a  pluralidad  de  votos  se  dispuso  su  puntual  ejecución.  (Libro  10, 
fol.  105  vto.). 

En  27,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de 
la  cuarta  capitular.  (Libro  10,  fol.  109). 

En  31,  deliberó  el  Cabildo  que  lo  que  había  existente  de  fallas 
de  los  señores  capitulares,  se  entregase  a  las  reverendas  madres 
Carmelitas.  (Libro  10,  fol.  110). 

En  24  de  septiembre,  habiendo  requerido  el  señor  vicepatrono 
real  sobre  que  lo  tocante  en  los  diezmos  a  hospitales  no  fundados 
se  pasase  a  las  reales  cajas;  el  Cabildo  contestó  que  esto  debía 
entenderse  con  el  señor  juez  general  de  diezmos.  (Libro  10,  fol.  111). 

En  Io  de  octubre,  se  deliberó  hacer  recurso  al  Rey  acerca  de 
estos  puntos;  el  uno  de  la  provisión  de  mayordomo  de  fábrica  hecho 
por  sólo  el  prelado;  otro  de  nombramiento  de  secretario  de  Cabildo 
igualmente  hecho;  otro  sobre  la  concurrencia  del  señor  provisor 
con  el  Cabildo  a  procesiones;  otro  sobre  caudatarios  en  la  del 
Viernes  Santo,  y  otro  sobre  asiento  del  asistente  real  en  canongía, 
asistiendo  el  Cabildo.  (Libro  10,  fol.  114). 

En  22,  se  mandaron  hacer  algunos  reparos  de  ornamentos  y 
de  adornos  de  la  Iglesia.  (Libro  10,  fol.  114  vto.). 

En  20  de  diciembre,  intimado  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo 
a  fin  de  que  en  el  juicio  de  las  cuentas  presentadas  por  los  here- 
deros de  Dn.  Diego  de  Liendo,  el  Cabildo  nombrase  un  tareero 
contador,  se  denegó  a  esto,  y  dispuso  continuar  la  defensa  de  su 
jurisdicción  simultánea,  para  el  nombramiento  de  mayordomo, 
toma  de  cuentas,  y  demás  relativo  a  las  rentas  de  fábrica.  (Libro 
10,  fol.  115). 

Año  de  1746. 

En  Io  de  enero,  los  señores  dignidades  y  canónigos  eligieron 
por  jueces  adjuntos  a  los  señores  maestrescuela  y  mercedario. 
(Libro  particular,  fol.  44  vto.). 

En  19  de  febrero,  el  Cabildo  accedió  a  la  propuesta  del  señor 
juez  de  diezmos,  de  que  se  pusiesen  en  administración  las  veredas 
de  diezmos  que  no  se  habían  podido  rematar  con  las  seguridades 


340 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


competentes  y  con  consentimiento  de  los  demás  interesados.  (Li- 
bro 10,  fol.  116  vto.). 

En  Io  de  marzo,  se  volvió  a  reiterar  el  tratado  antecedente  y 
sigue  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo  en  que  también  conviene 
en  las  administraciones.  (Libro  10,  fol.  117). 

En  17,  se  diputaron  dos  señores  capitulares  para  tratar  con  el 
Illmo.  Sor.  Obispo  acerca  de  la  procesión  del  Viernes  Santo  en 
cuanto  a  la  asistencia  del  Cabildo  a  ella,  que  le  parecía  omitirla 
como  no  necesaria,  a  fin  de  evitar  cuestiones.  (Libro  10,  fol.  118). 

En  15  de  abril,  se  contradijo  por  los  señores  dignidades  y  canó- 
nigos la  asistencia  de  los  señores  racioneros  y  medios  a  los  Ca- 
bildos de  la  admisión  para  las  dos  procesiones  que  siguen.  (Libro 
10,  fol.  119). 

En  19,  presentado  el  real  título,  en  que  el  señor  arcediano 
Dr.  Dn.  Gerónimo  de  Rada,  es  promovido  a  la  dignidad  de  Deán, 
vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn.  Lucas  Casimiro  de 
Salas,  el  señor  provisor  con  comisión  del  Illmo.  Sor.  Obispo, 
le  dio  en  el  coro  en  presencia  del  Cabildo  la  colación  y  allí  mismo 
y  en  la  sala  capitular  la  posesión  con  las  ceremonias  acostumbradas, 
juramento  y  profesión  de  la  fe  y  firmó  el  señor  provisor  después 
del  señor  arcediano.  (Libro  10,  fol.  120). 

En  20,  presentado  el  real  título  en  que  el  señor  Chantre  Dr. 
Dn.  Manuel  de  Sosa  y  Betancourt,  es  promovido  a  la  dignidad 
de  arcediano;  se  le  dio  la  colación  y  posesión  con  iguales  circuns- 
tancias que  las  que  hubo  en  la  del  señor  Deán.  (Libro  10,  fol.  126). 

En  21,  presentado  el  real  título,  en  que  el  señor  Tesorero  Dr. 
Dn.  Fernando  Perera  Lozano,  es  promovido  a  la  dignidad  de 
Chantre,  se  le  dio  la  colación  y  posesión  del  mismo  modo  expre- 
sado en  las  dos  notas  antecedentes.  (Libro  10,  fol.  131  vto.). 

En  22,  presentado  el  real  título  en  que  el  señor  mercedario 
Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega,  es  promovido  a  la  dignidad  de  Te- 
sorero, se  le  dio  la  colación  y  posesión  en  todo  igual  a  las  circuns- 
tancias antecedentemente  expedidas.   (Libro  10,  fol.  137  vto.). 

En  25  del  mismo  abril,  presentado  el  real  título  en  que  el 
señor  racionero  Dr.  Dn.  Joseph  Martínez  de  Porras,  es  promo- 
vido a  la  canongía  de  merced  (o  de  gracia)  se  le  dio  asimismo  la 
colación  y  posesión.  (Libro  10,  fol.  144). 

En  26,  presentado  el  real  título,  en  que  ;1  señor  Dr.  Dn.  Jo- 
seph Lorenzo  de  Borges  Méndez,  es  promovido  a  la  canongía 
doctoral,  vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn.  Francisco 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1746  341 


de  Hoces,  se  le  dio  la  colación  y  posesión  del  mismo  modo  que  a 
los  antecedentes:  y  en  cuyos  actos  consta,  que  era  pertiguero 
Tomás  de  Bustamante.  (Libro  10,  fol.  150  vto.). 

En  28,  presentado  el  real  título  en  que  el  señor  Dr.  Dn.  Juan 
Fernández  Quintana,  es  promovido  a  la  ración  vacante  por  el 
sobredicho  ascenso  del  señor  Dr.  Dn.  Joseph  Martínez  de  Porras, 
se  le  dio  la  colación  y  posesión  con  iguales  circunstancias.  (Libro 
10,  fol.  156,  duplicado). 

En  10  de  mayo,  se  obedecieron  las  dos  reales  cédulas  siguientes: 
la  una  (que  no  está  copiada)  de  25  de  febrero  del  año  de  1745, 
participándose  el  desposorio  de  la  serenísima  Infanta  doña  María 
Teresa,  con  el  serenísimo  Delfín  de  Francia,  y  se  acordó  hacerle 
la  función  de  acción  de  gracias  con  misa  solemne,  sermón  y  pro- 
cesión, expuesto  el  Santísimo  Sacramento.  (Libro  10,  fol.  162  vto.). 

La  otra  (que  sigue  copiada)  es  de  27  de  julio  del  mismo  año, 
en  que  se  manda  al  Illmo.  Sor.  Obispo  Dr.  Dn.  Juan  García  Aba- 
diano,  que  restituyese  a  la  fábrica  la  cantidad  de  nueve  mil  y  dos 
pesos,  que  últimamente  había  sacado  para  la  continuación  de  la 
obra  del  palacio  obispal.  (Libro  10,  fol.  163). 

En  esta  misma  Real  Cédula  se  dispone  que  el  Cabildo  diese 
cuenta  con  justificación  de  la  propiedad  de  la  misma  casa  obispal, 
y  se  previniese  que  no  se  gasten  las  rentas  de  fábrica  ni  se  apliquen, 
ni  distribuyan,  sino  es  en  la  forma  dispuesta  en  el  título  4  y  capí- 
tulo 21  del  sínodo  de  esta  diócesis  con  intervención  del  ,eñor 
vicepatrono  real,  dándole  antes  cuenta  de  ello,  siempre  que  exceda 
el  gasto  de  cien  pesos.  (Libro  10,  fol.  164). 

En  20,  se  dispuso  darse  50  pesos  de  gratificación  remuneratoria 
de  las  rentas  de  fábrica  a  un  niño  que  cantaba  en  la  tribuna  sin 
renta.  (Libro  10,  fol.  164  vto.). 

En  4  de  julio,  se  mandó  copiar  y  se  copió  en  el  folio  prece- 
dente a  esta  acta,  un  breve  expedido  en  Roma  a  16  de  febrero  de 
1743,  en  que  se  concede  que  las  facultades  sólitas,  no  dejándolas 
comunicadas  los  Illmos.  señores  Obispos,  las  ejerzan  en  sede 
vacante  los  vicarios  capitulares.  (Libro  10,  fol.  167). 

En  15,  prestó  su  consentimiento  el  Cabildo,  en  virtud  del  auto 
del  señor  provisor  para  el  reconocimiento  de  un  censo  de  dos  mil 
pesos  que  fundó  doña  Estefanía  de  San  Juan,  y  de  éste  era  pa- 
trono el  Cabildo,  no  se  dice  si  era  capellanía  o  dotación  de  fiesta. 
(Libro  10,  fol.  168). 


342 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  22,  prestó  su  consentimiento  el  Cabildo  para  el  reconoci- 
miento de  otro  capital  de  mil  y  doscientos  pesos,  dotación  hecha 
por  doña  Juana  Mijares  de  Solórzano,  para  los  maitines  de  la 
Asunción  de  Nuestra  Señora,  y  accedió  a  que  lo  verificase  Dn. 
Andrés  Miguel  de  la  Madriz.  (Libro  10,  fol.  169). 

En  7  de  octubre,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  re- 
ceptores de  la  cuarta  capitular.  (Libro  10,  fol.  169  vto.). 

En  8  de  noviembre,  se  deliberó  tener  apoderado  en  la  Corte, 
con  salario  de  cien  pesos  anuales,  y  se  nombraron  en  primer  lugar 
a  Dn.  Miguel  Díaz,  en  segundo  a  Dn.  Juan  de  Samaniego,  y  en 
tercero  a  Dn.  Lucas  Asafra,  y  se  mandaron  librar  doscientos  pesos. 
(Libro  10,  fol.  170  vto.). 

En  25,  se  aprobó  el  poder  otorgado  por  un  escribano.  (Libro 
10,  fol.  171  vto.). 

En  6  de  diciembre,  recibida  la  noticia  del  fallecimiento  del 
Rey  el  señor  Dn.  Felipe  V,  se  determinó  hacer  la  función  de 
exequias  con  sermón  por  el  señor  Tesorero,  y  para  tratar  el  asunto 
con  el  señor  Gobernador  se  diputaron  a  dos  señores.  (Libro  10, 
fol.  172). 

En  7,  con  acuerdo  del  señor  Gobernador  se  señaló  el  día  14 
de  este  mes  para  la  función  del  Cabildo  y  el  15  para  la  del  señor 
Gobernador  y  ciudad,  y  se  dieron  las  disposiciones  para  que  el 
túmulo  se  hiciese  entre  el  mayordomo  de  Iglesia  y  procurador 
de  ciudad  y  se  hiciese  la  seña  doble;  y  que  también  se  cantasen 
vísperas.  El  Illmo.  Sor.  Obispo  estaba  ausente  y  dio  y  se  le  dieron 
los  avisos  competentes.  (Libro  10,  fol.  173). 

En  20,  el  Cabildo  aceptó  el  convite  de  llevar  desde  la  Ca- 
tedral la  imagen  de  Nuestra  Señora  de  Candelaria  para  colocarla 
en  su  Iglesia  y  se  ofreció  cantar  la  misa  al  siguiente  día,  y  a  que 
el  señor  maestrescuela  predicase.  (Libro  10,  fol.  174  vto.). 

En  23,  se  ratificó  la  acta  de  6  de  agosto  de  1745  sobre  que  se 
guarden  y  cumplan  las  constituciones  de  la  regla  de  coro.  (Libro 
10,  fol.  175). 

Año  de  1747. 

En  Io  de  enero,  los  señores  dignidades  y  canónigos  eligieron 
por  adjuntos  a  los  señores  arcediano  y  canónigo  de  merced.  (Libro 
particular,  fol.  45). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1747  343 


En  5,  se  trató  acerca  de  la  función  de  acción  de  Gracias  por 
la  coronación  del  señor  Dn.  Fernando  VI,  y  aunque  se  acordó 
hacer  una  entre  ambos  Cabildos,  eclesiástico  y  secular,  por  haberse 
opuesto  éste,  hizo  cada  uno  la  suya.  (Libro  10,  fol.  175  vto.). 

En  23  de  marzo,  se  accedió  al  nombramiento  de  un  arbitro 
por  parte  de  la  fábrica,  y  de  otro  por  parte  de  la  cofradía  de  San 
Pedro,  para  acordar  lo  que  se  había  de  pagar  a  la  fábrica  de  los 
entierros  que  hiciese  la  cofradía  a  algunos  que  no  fuesen  hermanos: 
y  que  en  caso  de  no  estar  acordes  los  dos  árbitros,  resolviese  el 
Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  10,  fol.  176). 

En  7  de  mayo,  refiriéndose  haber  fallecido  el  Illmo.  Sor.  Dr. 
Dn.  Juan  García  Abadiano,  el  día  antecedente  entre  cuatro  y 
cinco  de  la  mañana,  tocádose  inmediatamente  la  sede  vacante  y 
sepultádose  el  propio  día  por  la  tarde,  se  nombró  al  señor  peni- 
tenciario para  asistir  al  inventario.  (Libro  10,  fol.  177). 

En  9,  los  señores  dignidades  y  canónigos  dejando  reservada 
en  el  Cabildo  la  jurisdicción  voluntaria  (con  algunas  excepciones) 
y  también  la  provisión  de  beneficios  curados  y  simples,  y  las  vi- 
carías y  capellanías  de  los  monasterios  de  Monjas,  se  procedió 
a  la  elección  de  vicario  capitular:  y  aunque  salió  electo  el  señor 
Deán  Dr.  Dn.  Gerónimo  de  Rada,  por  haber  renunciado  en  el 
mismo  acto,  se  eligió  al  señor  maestrescuela  Dr.  Dn.  Pedro  Ta- 
marón.  (Libro  particular,  fol.  45  vto.). 

En  24,  se  dio  el  pase  a  la  comunicación  que  de  las  facultades 
sólitas  (que  siguen  copiadas)  hizo  el  Illmo.  Sor.  Obispo  difunto 
al  Dr.  Dn.  Pedro  Nicolás  Monasterios,  cura  de  la  Iglesia  vice- 
parroquial  de  Altagracia.  (Libro  10,  fol.  178). 

En  16  de  junio,  se  deliberó  en  conformidad  de  lo  anterior- 
mente acordado,  excluir  a  los  señores  racioneros  y  medios  de  los 
Cabildos  sobre  admisión  de  los  presentados  a  prebendas  y  el  tínico 
medio  racionero  asistente  aceptó  con  protesta.  (Libro  10,  fol. 
182  vto.). 

En  21,  el  Cabildo  sede  vacante,  compuesto  de  los  señores  dig- 
nidades y  canónigos,  dio  por  medio  del  señor  vicario  capitular  (a 
quien  al  efecto  comisionó)  la  colación  y  seguidamente  la  posesión 
con  las  ceremonias  acostumbradas,  juramento  y  profesión  de  la 
fe,  al  señor  Dn.  Simón  Marciano  Malpica,  de  una  ración  de  esta 
Santa  Iglesia,  vacante  por  promoción  del  señor  Dn.  Onofre  Ro- 
mero Marmalejo,  que  estaba  presentado  para  ella  aunque  no  tomó 
posesión.  (Libro  10,  fol.  183). 


344 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  27,  se  aceptó  la  fundación  de  500  pesos  de  capital  para  dos 
misas  cantadas,  la  una  en  la  octava  de  San  Juan  Bautista  y  la 
otra  el  día  de  San  Lucas  Evangelista,  hecha  por  el  señor  Dr.  Dn. 
Lucas  Casimiro  de  Salas,  Deán,  que  fue  de  esta  Santa  Iglesia. 
(Libro  10,  fol.  186). 

En  6  y  11  de  julio,  tratándose  de  la  formación  de  la  terna  para 
la  provisión  de  un  curato  se  deliberó  excluir  a  los  señores  racio- 
neros y  medios  en  virtud  de  lo  dispuesto  en  el  capítulo  41  de  la 
erección,  mandado  observar  por  Real  Cédula  de  3  de  octubre  de 
1742.  (Libro  10,  fol.  187)*. 

En  31,  el  Cabildo  sede  vacante  compuesto  de  los  señores  digni- 
dades y  canónigos,  dio  por  medio  del  señor  Deán  colación  y  pose- 
sión con  las  ceremonias  acostumbradas,  juramento  y  profesión 
de  la  fe,  al  señor  Dr.  Dn.  Carlos  de  Herrera,  cura  de  la  Santa 
Iglesia  Catedral  de  la  canongía  magistral,  vacante  por  promoción 
del  señor  Dr.  Dn.  Gerónimo  de  Rada.  (Libro  10,  fol.  189). 

En  2  de  agosto,  vista  una  representación  de  los  señores  racio- 
neros y  medios,  querellándose  de  habérseles  excluido  para  la  for- 
mación de  ternas  de  los  curatos,  en  la  elección  de  vicario  capi- 
tular, y  en  la  de  jueces  adjuntos,  y  la  concurrencia  a  las  colaciones 
y  posesiones  de  prebendas,  se  acordó  a  pluralidad  de  votos  y  bajo 
recíprocas  protestas  admitírseles  a  las  nominaciones  de  curas  y  de 
vicarios  foráneos,  y  otras  semejantes,  ínterin  que  se  resolvía  otra 
cosa  por  el  soberano.  (Libro  10,  fol.  193  vto.). 

En  4,  atentas  las  protestas  hechas  por  el  señor  arcediano  sobre 
la  resolución  antecedente  se  dio  comisión  general  al  señor  vicario 
capitular  para  formar  las  ternas  de  curatos  quedando  reservado  al 
Cabildo  el  despacho  del  título.  (Libro  10,  fol.  197  vto.). 

En  el  mismo  se  nombró  por  capellán  de  coro  a  Dn.  Alejandro 
Carreño,  tonsurado.  (Libro  10,  fol.  199). 

En  6  de  septiembre,  se  concedieron  tres  capellanías  de  jure 
devoluto  interinamente  hasta  la  sede  plena  a  tres  capellanes  de 
coro.  (Libro  10,  fol.  199  vto.). 

En  19,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de 
la  cuarta  capitular.  (Libro  10,  fol.  200  vto.). 

En  20,  sin  embargo  de  haber  reclamado  el  señor  Tesorero 
Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega,  se  le  relevase  del  encargo  de  re- 
ceptor de  la  cuarta  se  le  eligió  y  se  le  nombró  por  compañero  al 
señor  racionero  Dr.  Dn.  Juan  Fernández  Quintana.  (Libro  par- 
ticular, fol.  47  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1748 


345 


En  11  de  octubre,  se  dispuso  que  sin  embargo  de  lo  acordado 
en  acta  de  8  de  noviembre  del  año  anterior,  se  suspendiese  la 
asignación  de  cien  pesos  al  apoderado  en  la  Corte,  y  que  en  lugar 
de  los  doscientos  allí  mandados  remitir  se  le  enviasen  trescientos 
y  que  se  omitiese  el  dar  cuenta  sobre  la  casa  episcopal.  (Libro  10, 
fol.  202  vto.). 

En  2  de  noviembre,  se  trató  sobre  el  traspaso  de  un  censo  de 
la  fábrica  y  se  mandó  probar  la  existencia,  valor  y  libertad  de  la 
nueva  finca.  (Libro  10,  fol.  203  vto.). 

En  17  y  24,  habiendo  insinuado  el  señor  vicario  capitular  el 
estado  en  que  estaba  la  obra  pía  denominada  de  Cumanibare  de 
que  era  patrono  la  dignidad  obispal,  se  acordó  que  el  mismo  señor 
vicario  diese  las  providencias  congruentes  a  su  seguridad  y  cobro 
de  réditos,  y  que  diese  aviso  de  la  cantidad  que  en  efecto  se  cobrase 
para  su  distribución.  (Libro  10,  fol.  204). 

En  28,  se  admitió  al  señor  Deán  la  renuncia  del  vicariato  de 
monjas  Concepciones  de  esta  ciudad  y  se  nombró  al  señor  ma- 
gistral Dr.  Dn.  Carlos  de  Herrera.  (Libro  10,  fol.  206  vto.). 

En  15  de  diciembre,  se  dieron  varias  providencias  de  juris- 
dicción gubernativa.  (Libro  10,  fol.  207  vto.). 

En  10,  se  concedió  a  Dn.  Miguel  de  las  Mariñas  un  censo  de 
450  pesos  de  capital,  perteneciente  a  la  fábrica,  y  redimido  por 
doña  Ana  de  Aquino.  (Libro  10,  fol.  208). 

En  20,  se  aprobó  un  nombramiento  de  teniente  cura.  (Libro 
10,  fol.  208  vto.). 

En  22,  se  dejó  a  arbitrio  del  señor  provisor  el  providenciar 
en  el  asunto  de  un  matrimonio  nulo.  (Libro  10,  fol.  209). 

Año  de  1748. 

En  Io  de  enero,  los  señores  dignidades  y  canónigos  eligieron 
por  adjuntos  a  los  señores  Tesorero  y  doctoral.  (Libro  particular, 
fol.  48  vto.). 

En  12,  19,  27  y  30  se  dieron  varias  providencias  de  la  juris- 
dicción gubernativa;  se  hizo  el  nombramiento  de  dos  examinadores 
sinodales  y  se  despacharon  unos  títulos  de  curas,  y  otros  asuntos 
se  remitieron  al  señor  vicario  capitular.  (Libro  10,  fol.  209  vto.). 

En  6  y  9  de  febrero,  se  dieron  también  otras  varias  providencias 
de  la  dicha  jurisdicción.  (Libro  10,  fol.  212  vto.). 


346 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Kn  29,  se  concedió  una  capellanía  de  coro  a  Dn.  Cristóbal 
Fernández  Feo;  el  oficio  de  apuntador  a  Dn.  Miguel  Fernández 
Rincón:  y  se  concedieron  dos  capellanías  de  libre  presentación 
al  sacristán  menor  de  la  Iglesia  Dn.  Marcos  Guía.  (Libro  10, 
fol.  214). 

Fn  5  de  marzo,  se  dieron  algunas  providencias  de  jurisdicción 
gubernativa  y  entre  ellas  el  nombramiento  de  sustituto  a  un 
capellán  de  coro,  enfermo.  (Libro  10,  fol.  215). 

Fn  12,  se  mandó  pasar  al  señor  vicario  capitular  la  renuncia 
que  hizo  del  oficio  de  sacristán  mayor  de  esta  Santa  Iglesia  el 
presbítero  Dn.  Diego  Tomás  Pantoja.  (Libro  10,  fol.  216). 

En  26  y  27,  aunque  se  propuso  el  dejar  al  señor  vicario  capi- 
tular toda  la  jurisdicción  reservada  al  Cabildo;  por  último  no  se 
tuvo  por  conveniente  y  se  despacharon  algunos  expedientes. 
(Libro  10,  fol.  216  vto.). 

En  2  y  4  de  abril,  se  despacharon  también  otros  expedientes 
relativos  a  la  jurisdicción  reservada.  (Libro  10,  fol.  218  vto.). 

En  26,  haciéndose  mención  de  hallarse  vacantes  las  dos  plazas 
de  música,  que  servían  Dn.  Miguel  Cervantes  y  Fr.  Isidro  de 
León,  y  que  el  maestro  de  capilla  estaba  instruyendo  a  algunos 
que  al  mismo  tiempo  servían  en  la  tribuna,  se  dispuso  que  de  las 
vacantes  de  las  mismas  plazas.se  diesen  150  pesos  al  dicho  maestro 
para  él  y  para  aquellos  músicos  en  calidad  de  gratificación  remune- 
ratoria. (Libro  10,  fol.  219  vto.). 

En  10  y  17  de  mayo,  se  dieron  algunas  providencias  de  juris- 
dicción gubernativa;  y  se  concedieron  dos  dotes  a  mujeres  de  obras 
pías  de  la  mitra.  (Libro  10,  fol.  220  vto.). 

En  26,  se  recibieron  y  obedecieron  diez  Reales  Cédulas,  diri- 
gidas unas  al  Illmo.  Sor.  Obispo  y  otras  al  Cabildo,  de  las  cuales 
las  dirigidas  a  éste  son  las  siguientes:  Una  de  27  de  agosto  de  1747 
(que  sigue  copiada)  sobre  intimación  de  la  Real  Cédula  de  las 
fuerzas,  declarándose  cuando  deba  intimarse,  y  asimismo  deter- 
minándose que  aunque  en  esta  Catedral  deben  gozar  los  señores 
capitulares  del  privilegio  de  adjuntos  en  las  causas  criminales, 
no  lo  tienen  los  señores  racioneros  y  medios  por  no  ser  del  cuerpo 
del  Cabildo  (Libro  10,  fol.  222). 

Otra  de  10  de  septiembre  del  mismo  año  de  47  (que  también 
sigue  copiada)  en  que  se  desaprueba  el  nombramiento  de  mayor- 
domo de  fábrica  de  esta  Santa  Iglesia  hecho  por  el  Illmo.  Sor. 
Obispo  por  si  solo;  se  dispone  que  en  caso  de  no  ratificarlo  el 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1748  347 


Cabildo  se  vuelva  a  hacer  de  nuevo :  y  se  manda  que  en  lo  sucesivo, 
para  tales  nombramientos  y  recepción  de  cuentas  sea  concurriendo 
simultáneamente  el  Cabildo,  conforme  a  lo  dispuesto  y  prevenido 
en  el  capítulo  21  de  la  erección.  (Libro  10,  fol.  238). 

Y  otra  de  27  de  febrero  de  este  año  de  1748,  que  no  sigue 
copiada,  en  la  cual  se  dispone  que  por  ahora  se  mantenga  a  los 
señores  racioneros  y  medios  en  la  posesión  de  votar  en  los  nom- 
bramientos de  provisor  en  sede  vacante  y  de  jueces  adjuntos. 
(Libro  10,  fol.  221). 

En  28,  se  dieron  algunas  providencias  de  jurisdicción  guber- 
nativa. (Libro  10,  fol.  224). 

En  el  mismo  día,  se  vio  y  aceptó  el  título  de  comisario  del 
Santo  Oficio  en  esta  ciudad  despachado,  según  la  copia  extendida 
aquí  mismo,  a  favor  del  señor  canónigo  de  merced  Dr.  Dn.  Joseph 
Martínez  de  Porras.  (Libro  10,  fol.  244  vto.). 

En  31,  se  mandó  al  mayordomo  de  fábrica  Dn.  Joseph  Antonio 
Veroiz,  que  presentase  sus  cuentas  para  en  su  vista  acordar  sobre 
si  conviniese  el  ratificar  su  nombramiento  de  mayordomo.  (Li- 
bro 10,  fol.  248  vto.). 

En  7  y  11  de  junio,  se  dieron  algunas  providencias  de  juris- 
dicción gubernativa.  (Libro  10,  fol.  249  vto.). 

En  21,  se  acordó  asistir  el  Cabildo  al  recibimiento  y  publi- 
cación de  la  bula  de  la  Santa  Cruzada  el  día  24  de  este  mes:  y  aquí 
mismo  se  trató  sobre  una  providencia  del  señor  Gobernador  rela- 
tiva a  una  Real  Cédula  sobre  mesadas  eclesiásticas  de  los  curas. 
(Libro  10,  fol.  251  vto.). 

En  28,  se  dieron  algunas  providencias  de  la  jurisdicción  guber- 
nativa; y  asimismo  se  trató  sobre  las  cuentas  de  fábrica  presentadas. 
(Libro  10,  fol.  252  vto.). 

En  2  de  julio,  se  proveyó  la  plaza  de  bajonista  en  Dn.  Caye- 
tano Castro,  con  la  renta  de  cien  pesos  pagables  por  la  fábrica 
anualmente;  se  nombró  también  a  Dn.  Francisco  Atilano  para  una 
plaza  de  músico  con  los  60  de  su  dotación;  y  se  le  aplicó  la  renta 
de  50  pesos  al  otro  músico  Dn.  Manuel  Pacheco.  (Libro  10, 
fol.  263). 

En  4,  se  mandaron  pasar  al  señor  provisor  dos  reales  Cédulas 
sobre  misiones  y  doctrinas  de  religiosos  para  tratar  de  su  cum- 
plimiento. (Libro  10,  fol.  254). 

En  5,  se  mandó  dar  al  señor  teniente  Gobernador  el  testimonio 
de  una  real  provisión,  relativa  a  privilegios  del  mismo,  y  se  insinuó 


.348 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


no  haberse  pretendido  por  sus  antecesores  ni  haberse  practicado 
el  ceremonial  que  allí  se  expresa.  (Libro  10,  fol.  255  vto.). 

En  16,  se  vieron  los  cuadrantes  de  la  medianía  primera  de 
este  año.  (Libro  10,  fol.  257). 

En  23,  de  julio,  y  6  de  agosto,  se  resolvió  y  acordó  con  consen- 
timiento del  señor  vicepatrono  real  hacer  la  compra  de  unas  lozas 
de  piedra  mármol  traídas  de  Genova  por  España  a  esta  ciudad, 
para  cubrir  el  presbiterio  de  esta  Santa  Iglesia.  (Libro  10,  fol. 
257  vto.). 

En  13,  con  consentimiento  del  señor  vicepatrono  real  se  acordó 
repararse  las  dos  naves  de  la  Iglesia  más  inmediata  a  la  de  en- 
medio:  se  presentó  capellán  para  una  capellanía  de  dos  mil  set< - 
cientos  pesos  de  capital  fundada  por  Blas  Luis  Custodio  de  que 
es  patrono  el  Cabildo,  y  se  concedió  otra  de  300  pesos  de  jure 
devoluto.  (Libro  10,  fol.  259  vto.). 

En  23  de  agosto  y  6  de  septiembre,  aunque  se  mandó  entregar 
bajo  de  fianza  la  renta  del  señor  medio  racionero  Dr.  Dn.  Juan 
Agustín  Naranjo,  a  su  apoderado,  por  último  se  dispuso  que  no 
se  le  entregase:  y  aquí  mismo  se  nombraron  revisores  para  las 
cuentas  de  los  señores  receptores  de  la  cuarta  y  se  mandó  a  éstos 
diesen  razón  de  si  habían  ya  entregado  estos  dineros  pertenecientes 
a  un  hospital.  (Libro  10,  fol.  260  vto.). 

En  9  del  mismo  septiembre,  se  proveyó  una  capellanía  de  coro, 
en  Joseph  Antonio  Gómez,  clérigo  de  menores  y  se  dio  la  razón 
de  la  entrega  de  dineros  de  un  hospital  expresada  en  la  antece- 
dente acta.  (Libro  10,  fol.  263  vto.). 

En  18,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de 
la  cuarta  capitular.  (Libro  10,  fol.  264  vto.). 

En  4  de  octubre,  refiriéndose  estar  ya  enlosado  el  presbiterio, 
se  dispuso  que  también  se  enlosase  igualmente  el  crucero  y  calle 
de  peregrinos,  y  que  se  reparase  el  coro.  (Libro  10,  fol.  265). 

En  11,  se  trató  de  darse  providencia  sobre  que  los  curas  colados, 
asegurasen  la  mesada  eclesiástica.  (Libro  10,  fol.  266  vto.). 

En  18,  visto  el  consentimiento  del  señor  vicepatrono  real  se 
mandó  ejecutar  el  enlosado  del  crucero,  y  calle  de  peregrinos,  y 
composición  del  coro.  (Libro  10,  fol.  267). 

En  22  y  25,  se  dispuso  que  la  cantidad  correspondiente  al  seis 
por  ciento  impuesto  sobre  las  rentas  eclesiásticas  se  remitiese  en 
plata  al  Rey  en  un  navio  de  la  compañía  Guipuzcoana.  No  se  ex- 
presa el  total.  (Libro  10,  fol.  268). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1749 


349 


En  el  mismo  día  25,  se  trataron  dos  puntos;  el  uno  acerca  de 
las  facultades  sólitas  comunicadas  al  Dr.  Dn.  Pedro  Monasterios 
por  haber  fallecido  éste;  y  el  otro  en  cuanto  a  la  provisión  de 
cura  en  la  ayuda  de  parroquia  de  Altagracia  por  haberse  mandado 
en  una  Real  Cédula,  que  se  proveyese  según  las  reglas  del  real 
patronato.  (Libro  10,  fol.  271). 

En  26,  conferidos  los  dos  puntos  antecedentes,  se  resolvió  en 
cuanto  al  segundo  de  la  provisión  del  curato,  que  se  cumpliese 
lo  dispuesto  en  la  Real  Cédula:  y  por  lo  respectivo  al  primero  de 
las  facultades  sólitas  se  acordó  a  pluralidad  de  sufragios  que  usase 
de  ellas  el  señor  provisor  en  virtud  del  breve  remitido  por  el  Ca- 
bildo de  Popayán;  y  que  se  diese  cuenta  al  Rey  en  cuanto  a  la 
falta  del  pase  del  Consejo.  (Libro  10,  fol.  272). 

En  27,  28  y  29  de  noviembre,  recibido  un  exhorto  del  señor 
Gobernador  sobre  una  censura  fulminada  y  publicada  por  el  señor 
comisario  de  la  santa  cruzada,  el  Cabildo  aunque  pasó  a  éste  una 
diputación  para  que  absolviese  al  sujeto  excomulgado  y  se  tratase 
el  asunto,  no  consiguió  esto,  y  se  lo  participó  al  señor  Gobernador; 
y  el  señor  provisor  llevó  testimonio  de  todo  para  proseguir  la  causa 
por  su  parte  contra  el  señor  comisario  en  cuanto  a  conceptuar 
vulnerada  su  jurisdicción.   (Libro   10,   fol.  278). 

En  10  de  diciembre,  por  haber  fallecido  el  Ledo.  Dn.  Juan 
Ignacio  Camacho,  se  nombró  por  sochantre  a  Dn.  Ambrosio  Ca- 
rreño;  y  para  el  oficio  de  organista,  que  éste  tenía,  se  nombró 
a  Dn.  Pedro  Joseph  Cosió.  (Libro  10,  fol.  281). 

En  17,  se  dispuso  que  luego  que  se  publicase  la  paz,  se  tra- 
jesen de  la  Nueva  España  los  seis  blandones  de  plata  que  allí 
se  habían  construido,  e  importaron  8.443  pesos  y  un  real:  y  tam- 
bién se  mandó  pagar  al  que  había  tocado  las  campanas  por  estar 
enfermos  los  esclavos  de  la  Iglesia.  (Libro  10,  fol.  282  vto.). 

En  23,  aprobadas  las  cuentas  del  mayordomo  de  fábrica  Dn. 
Joseph  Antonio  Veroiz,  atentas  sus  resultas,  y  lo  dispuesto  en  la 
Real  Cédula  de  10  de  septiembre  de  1747;  unánimente  se  ratificó 
el  nombramiento  de  tal  mayordomo,  y  se  mandó  participar  al 
señor  vicepatrono  regio.  (Libro  10,  fol.  283  vto.). 

Año  de  1749. 

En  Io  de  enero,  con  asistencia  de  los  señores  racioneros  y 
medios  en  virtud  de  lo  dispuesto  en  la  Real  Cédula  de  27  de  agosto 


350 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


de  1747;  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  penitenciario  y 
mercedario.  (Libro  particular,  fol.  49  vto.). 

En  7,  habiéndose  recibido  la  noticia  de  estar  electo  por  obispo 
de  esta  diócesis  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Manuel  Jiménez  Bretón, 
residente  en  Málaga,  se  mandó  hacer  solemne  repique  de  campanas 
en  todas  las  Iglesias  de  esta  ciudad  con  participación  al  señor  Go- 
bernador y  Capitán  general.  (Libro  10,  fol.  284). 

En  10,  se  dieron  las  disposiciones  congruentes  para  el  recibi- 
miento del  dicho  señor  Illmo.  en  La  Guaira,  y  en  esta  ciudad  de 
cuenta  del  Cabildo  y  a  su  costa  y  se  nombraron  varios  diputados 
al  efecto.  (Libro  10,  fol.  285  vto.). 

En  21,  se  proveyó  una  capellanía  de  coro  de  erección  en  .1 
Br.  Dn.  Joseph  Antonio  Sabino  y  Gómez.  (Libro  10,  fol.  286  vto.). 

En  24,  se  proveyeron  cinco  capellanías  de  jure  devoluto  las  tres 
en  Dn.  Felipe  Cantador,  diácono,  y  las  dos  restantes  en  el  Ledo. 
Dn.  Francisco  de  Ibarra.  (Libro  10,  fol.  287  vto.). 

En  4  de  febrero,  se  trató  del  despacho  de  unas  dimisorias  y 
de  otras  providencias  gubernativas.  (Libro  10,  fol.  289). 

En  25  y  27,  se  nombraron  otros  señores  comisarios  para  el  reci- 
bimiento del  Illmo.  Sor.  Obispo,  y  composición  del  palacio  y 
oratorio,  y  se  admitió  la  excusa  de  uno.  (Libro  10,  fol.  289  vto.). 

En  18  de  marzo,  se  tuvo  a  bien  no  admitir  la  renuncia  del 
empleo  de  rector  del  seminario  al  Dr.  Dn.  Gabriel  Ramón  de 
Ibarra.  (Libro  10,  fol.  281  vto.). 

En  el  mismo  día  con  motivo  de  haberse  introducido  un  escri- 
bano a  la  sala  con  un  escrito  que  parece  ofendía  al  señor  vicario 
capitular,  y  a  uno  de  los  señores  prebendados  (excluido  éste  de 
la  sala)  se  acordó  que  se  le  diese  providencia,  y  que  al  efecto 
lo  trajese  el  notario  de  la  causa  con  sus  autos.  (Libro  10, 
fol.  292). 

En  23  de  abril,  a  instancia  de  Dn.  Juan  Francisco  León,  se 
mandó  dar  un  certificado  del  valor  de  las  rentas  decimales  en  ciertos 
quinquenios  y  sigue  testimonio  del  mismo  certificado.  (Libro  10, 
fol.  294). 

En  29,  se  nombraron  por  examinadores  sinodales  al  Dr.  Dn. 
Bernardo  Rodríguez  de  Valenzuela,  y  al  reverendo  padre  Fr. 
Agustín  de  Quevedo.  (Libro  10,  fol.  297). 

En  16,  de  mayo,  se  denegó  el  Cabildo  a  dar  al  señor  Gober- 
nador un  certificado  que  le  pidió  de  sus  hechos  sobre  contener 
una  porción  de  gente  armada  que  entró  a  esta  ciudad  porque  en 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1749  351 


tal  asunto  no  debía  hacerlo  y  ofreció  informar  al  Rey.  (Libro  10, 
fol.  297  vto.). 

En  19,  se  volvió  a  denegar  este  certificado  y  se  acordó  informar 
a  Su  Majestad  lo  acaecido  en  esta  ciudad  en  los  días  19  y  20  del 
mes  anterior,  sin  especificar  personas  y  enunciando  lo  que  el 
Cabildo  practicó  para  contener  la  gente  armada  del  campo  que 
acometió  a  esta  ciudad:  y  sigue  testimonio  de  las  cartas  de  este 
asunto.  (Libro  10,  fol.  298  vto.). 

En  23,  se  trató  de  firmar  el  informe  sobredicho;  y  asimismo 
de  cooperar  con  buenos  oficios  a  fin  de  que  se  accediese  a  una 
representación  sobre  que  a  los  factores  de  la  compañía  Guipuz- 
coana,  se  les  permitiese  volver  a  ajustar  y  liquidar  sus  cuentas. 
(Libro  10,  fol.  307  vto.). 

En  18  de  junio,  recibida  noticia  del  fallecimiento  del  Illmo. 
Sor.  Dn.  Manuel  Antonio  Jiménez  Bretón,  electo  Obispo  de  esta 
diócesis;  se  acordó  hacerse  seña  general  de  campanas  y  fanción 
de  honras;  y  que  concluida  se  hiciese  solemne  repique  de  campanas 
por  otra  noticia  recibida  al  mismo  tiempo  de  estar  electo  Obis- 
po el  Illmo.  Sor.  Dn.  Manuel  Machado  y  Luna.  (Libro  10, 
fol.  309). 

En  20  y  21,  habiendo  propuesto  el  señor  vicario  capitular  la 
fundada  duda  en  que  se  hallaba  de  si  subsistía  o  no  su  nombra- 
miento, conceptuándose  nueva  vacante  por  el  fallecimiento  del 
Illmo.  Sor.  Bretón,  que  sucedió  después  de  estar  despachadas 
sus  bulas  y  que  desde  luego  en  cualquiera  caso  renunciaba  el 
mismo  vicariato:  el  Cabildo  no  le  admitió  la  renuncia  y  le  rati- 
ficó el  nombramiento  concediéndole  de  nuevo  las  mismas  facul- 
tades que  antes  obtenía.  (Libro  10,  fol.  310). 

En  19  y  22  de  agosto,  se  trató  de  la  seguridad  y  nuevo  reco- 
nocimiento de  dos  censos  el  uno  de  la  fábrica  y  el  otro  de  colecturía, 
sin  más  expresión.  (Libro  10,  fol.  313). 

En  30,  obedeciéndose  una  real  provisión  de  la  audiencia  de 
Santo  Domingo  y  atendiéndose  a  la  insinuación  de  un  oidor  des- 
tinado a  sosegar  algunas  turbulencias  de  esta  provincia,  el  Cabildo 
se  ofreció  a  cooperar.  (Libro  10,  fol.  133  vto.). 

En  26  de  septiembre,  y  3  de  octubre,  se  acordó  volver  a  in- 
formar al  Rey  sobre  los  acaecimientos  en  esta  ciudad,  después 
del  hecho  del  día  19  de  abril,  relativos  a  él.  (Libro  10,  fol.  315). 

En  10  de  octubre,  se  dieron  algunas  providencias  de  juris- 
dicción gubernativa.  (Libro  10,  fol.  317  vto.). 


352 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  14  y  17,  se  volvió  a  tratar  el  punto  de  una  recusación  hecha 
al  señor  vicario  capitular,  y  a  algunos  señores  capitulares;  y  por 
último  se  resolvió  que  votase  en  este  Cabildo  el  mismo  señor 
vicario  como  maestrescuela  y  los  otros  señores  recusados;  y  que 
los  autos  se  volviesen  al  señor  vicario  para  que  procediese  en 
ellos  conforme  a  derecho.  (Libro  10,  fol.  318). 

En  el  mismo  día  17,  se  recibió  una  carta  del  padre  del  Illmo. 
señor  Bretón,  desde  la  ciudad  de  Orduña,  en  que  remitió  un 
testimonio  de  una  cláusula  de  su  testamento  en  que  donó  unas 
aras  a  esta  Santa  Iglesia  y  avisa  que  el  fallecimiento  de  su  Sría. 
Illma.  sucedió  el  día  30  de  marzo  de  este  año.  (Libro  10,  fol.  324). 

En  4  de  noviembre,  se  nombraron  revisores  para  las  cuentas 
de  los  señores  receptores  de  la  cuarta.  (Libro  10,  fol.  329). 

En  el  mismo  día  y  en  el  17,  se  acordó  dar  cuenta  al  Rey  de 
haberse  hecho  el  aniversario  de  militares  en  la  Iglesia  del  puerto 
de  La  Guaira  con  motivo  de  estar  allí  el  señor  Gobernador.  (Libro 
10,  fol.  ibid.). 

En  11,  se  admitió  al  Dr.  Dn.  Gabriel  Ramón  de  Ibarra  la 
renuncia  del  empleo  de  rector  del  seminario.  (Libro  10,  fol.  330  vto.). 

En  14,  presentado  el  real  título,  en  que  el  señor  maestrescuela 
Dr.  Dn.  Pedro  Tamarón,  es  promovido  a  la  dignidad  de  Chantre, 
vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn.  Fernando  Perera 
Lozano,  y  practicadas  las  previas  diligencias  en  el  Cabildo,  se  le 
dio  colación  por  medio  del  señor  Deán  en  el  coro  y  allí  mismo 
y  en  la  sala  capitular  la  posesión  con  las  ceremonias  acostumbradas, 
juramento  y  profesión  de  la  fe.  (Libro  10,  fol.  331  vto.). 

En  18  y  25,  se  nombró  al  señor  magistral  Dr.  Dn.  Carlos  de 
Herrera  por  rector  del  seminario:  y  cuestionado  aquí  mismo  el 
punto  de  si  debía  valer  el  voto  dú  señor  doctoral  remitido  por 
escrito  con  causa  de  estar  despachado  unos  autos  de  cobranza 
de  la  Iglesia,  quedó  sin  resolución  y  sigue  testimonio  del  dicho 
voto.  (Libro  10,  fol.  337). 

En  5  de  diciembre,  se  nombraron  dos  señores  capitulares  para 
obsequiar  al  nuevo  señor  Gobernador  de  esta  provincia.  Y  aquí 
mismo  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de  la 
cuarta  capitular.  (Libro  10,  fol.  343  vto.). 

En  9,  a  representación  de  los  mismos  señores  receptores  acerca 
de  que  consideraban  sin  competente  seguridad  el  dinero  existente 
en  la  caja  perteneciente  al  seis  por  ciento  deducido  para  el  real 
subsidio  de  las  rentas  de  todos  los  señores  capitulares,  y  que  no 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1750 


353 


se  podía  remitir  a  España  hasta  que  se  avisase  el  recibo  de  la 
cantidad  remitida  y  se  respondiese  a  una  consulta,  se  acordó  que 
se  entregase  a  cada  uno  de  los  mismos  señores  lo  que  había  pagado 
para  que  lo  retuviese  y  a  su  tiempo  lo  entregase:  y  sólo  resistió 
uno  de  los  dichos  señores.  (Libro  10,  fol.  345  vto.). 

En  16,  se  nombró  al  Br.  Dn.  Juan  Joseph  Tinoco  por  capellán 
de  la  capellanía  de  coro  foráneo  fundada  por  el  señor  arcediano 
Dn.  Juan  Díaz  de  Vargas  Machuca.  Y  aquí  mismo  quedaron 
citados  los  señores  capitulares  para  concurrir  todos  a  la  habitación 
del  señor  Gobernador  a  la  publicación  de  unos  reales  despachos. 
(Libro  10,  fol.  348  vto.). 

En  23,  presentado  el  real  despacho,  en  que  el  señor  Tesorero 
Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega,  es  promovido  a  la  dignidad  de 
maestrescuelas  vacante  por  promoción  del  señor  Dr.  Dn.  Pedro 
Tamarón,  a  la  chantría;  se  le  dio  por  medio  del  señor  Deán  la 
colación  en  el  coro  y  allí  mismo  y  en  la  sala  capitular  la  poseeión 
en  la  forma  acostumbrada.  (Libro  10,  fol.  349  vto.). 

Año  de  1750. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  maes- 
trescuela y  doctoral.  (Libro  particular,  fol.  51). 

En  19  de  febrero,  se  aceptó  la  dotación  de  las  completas  y 
maitines  de  la  víspera  de  la  festividad  de  Corpus  hecha  por  el 
señor  Chantre  Dr.  Dn.  Fernando  Perera  Lozano,  en  el  capital 
de  dos  mil  y  cuatrocientos  pesos,  nombrando  por  patrono  a  la 
dignidad  de  Tesorero  y  en  su  vacante  a  la  inmediata  o  según 
dispusiese  el  Cabildo.  (Libro  10,  fol.  355  vto.). 

En  23,  se  admitió  la  renuncia  que  de  su  oficio  hizo  la  abadesa 
del  monasterio  de  religiosas  Concepciones  y  se  nombró  una  en  ca- 
lidad de  presidente  hasta  el  nuevo  capítulo.  (Libro  10,  fol.  356  vto.). 

En  3  de  marzo,  se  aceptó  la  dotación  de  los  maitines  y  misa 
cantada  de  la  mañana  del  primer  día  de  Pascua  de  Resurrección, 
en  el  capital  de  dos  mil  doscientos  pesos,  hecha  pro  el  señor  Deán 
Dn.  Alonzo  de  Escobar;  y  se  hizo  en  esta  acta  la  asignación  a  todos 
los  ministros  y  a  la  fábrica:  y  asimismo  se  dispuso  que  la  misa  de 
manual  se  cante  el  día  inmediato  después  de  los  tres  de  Pascua 
por  la  limosna  de  los  diez  pesos  que  excedía  a  la  dotación  de  los 
maitines.  (Libro  10,  fol.  357  vto.). 


24  —  Acta*,  i 


354 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  5,  a  instancia  del  vicariato  capitular,  se  nombró  poi  teniente 
provisor  para  solo  lo  contencioso  al  Dr.  Dn.  Juan  Antonio  Montero. 
Y  aquí  mismo  se  admitió  al  señor  magistral  la  renuncia  del  vica- 
riato de  las  religiosas  Concepciones:  y  se  nombró  al  señor  peni- 
tenciario Dr.  Dn.  Pedro  Díaz  Cienfuegos.  (Libro  particular, 
fol.  52). 

En  7  y  10  se  trató  de  la  asistencia  del  Cabildo  a  la  procesión 
del  Viernes  Santo  por  la  tarde,  con  motivo  de  que  se  estaba  no- 
tando la  falta  de  algunos  señores  que  no  tenían  impedimento  a 
fin  de  ponerse  regla  fija  en  esto;  como  también  en  cuanto  a  la  venía 
que  se  pedía  al  Cabildo  por  los  cabos  militares  para  introducirse 
marchando  en  esta  procesión;  se  resolvió  a  plura'idad  de  votos 
que  debía  asistir  el  Cabildo  por  ser  costumbre  inmemorial  y  ha- 
berse proba  lo  para  el  recurso  sobre  caudatanos;  si  bien  que  aún 
se  reservó  por  esto  mismo  y  por  el  punto  de  asistencia  con  plu- 
viales, y  también  en  cuanto  a  la  imposición  de  alguna  pena  para 
otro  Cabildo,  con  lo  que  dijesen  los  señores  ausentes.  Y  en  cuanto 
al  otro  punto  se  acordó,  pasar  oficio  al  señor  Gobe.nador  parti- 
cipando aquella  ocurrencia.  (Libro  10,  fol.  359). 

En  17,  21  y  24  de  abril,  se  acordó,  que  el  mayordomo  de  su 
propio  caudal,  y  no  del  de  la  Iglesia  siguiese  unas  apelaciones  que 
había  interpuesto  en  causas  de  ciertos  censos,  y  que  cuando  hu- 
biese de  seguir  alguna  apelación  se  consultase  al  Illmo.  Sor.  Obispo 
en  sede  plena.  (Libro  10,  fol.  365). 

En  28,  a  instancia  de  uno  de  los  señores  racioneros  se  acordó 
a  pluralidad  de  votos  dar  la  vista  de  los  autos  sobre  amparo  de 
los  señores  racioneros  y  medios  en  la  posesión  de  votar  y  de  otras 
prerrogativas  a  fin  de  seguir  el  juicio  de  propiedad,  y  se  comisionó 
para  esto  al  señor  provisor.  (Libro  10,  fol.  369  vto.). 

En  6  de  mayo,  se  volvió  a  tratar  de  este  asunto  con  vista  de 
lo  representado  por  otro  señor  racionero  y  excluidos  de  la  sala 
el  mismo  y  el  otro  señor  racionero  y  medio  racionero,  se  reiteró 
la  comisión  al  señor  provisor  para  esta  causa.  (Libro  10,  fo).  371). 

En  22,  se  mandó  componer  el  órgano  y  pagar  al  relojero  los 
50  pesos  que  le  estaban  señalados  anualmente  por  el  cuido  del 
reloj.  (Libro  10,  fol.  373  vto.). 

En  26,  con  lo  expuesto  por  el  señor  provisor  se  comisionó  al 
teniente  provisor  para  la  causa  de  los  señores  racioneros.  (Libro 
10,  fol.  374  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1750  3  55 


En  16  de  junio,  el  Cabildo  quedó  dispuesto  a  la  publicación 
y  recepción  de  la  bula  de  la  santa  cruzada  el  día  24  de  este  mes. 
(Libro  10,  fol.  375). 

En  19,  se  concedió  a  Dn.  Marcos  Montesinos  una  capellanía 
de  coro  foránea  fundada  por  Pedro  Paredes,  que  renunció  Dn.  Fe- 
lipe Cantador.  (Libro  10,  fol.  376). 

En  28  de  julio,  cuestionado  largamente  el  punto  de  si  se  per- 
mitiría al  mayordomo  de  fábrica  seguir  una  apelación  sobre  la 
aprobación  de  cuentas  del  tiempo  que  lo  fue  Dn.  Diego  de  Liendo, 
los  más  señores  capitulares  fueron  de  parecer  ser  perjudicial  a 
la  Iglesia  la  misma  apelación  y  se  mandó  hacer  saber  esto  al  ma- 
yordomo. (Libro  10,  fol.  376  vto.). 

En  7  de  agosto,  sin  embargo,  de  lo  expuesto  por  el  señor  doc- 
toral se  reiteraron  los  votos  de  la  acta  antecedente.  (Libro  10, 
fol.  381  vto.). 

En  27,  insinuándose  haber  llegado  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn. 
Manuel  Machado  y  Luna  al  puerto  de  La  Guaira,  y  vístose  las 
bulas  que  de  allí  remitió  despachadas  en  Santa  María  la  mayor 
de  Roma  a  6  de  octubre  de  1749  en  que  se  insinúa  ser  de  48  años 
de  edad  y  natural  de  la  Villa  de  Cáceres  de  la  provincia  de  Extre- 
madura y  asimismo  el  real  ejecutorial  expedido  en  4  de  noviembre 
del  mismo  año,  y  el  testimonio  de  su  consagración  en  Puerto  Rico 
por  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Francisco  Julián  Antolino  (que  todo  sigue 
copiado);  el  Cabildo  prestó  a  todo  su  obedecimiento  y  quedó 
dispuesto  a  dar  la  posesión  del  mismo  día  que  entrase  su  Sría. 
Illma.  y  señaló  para  recibirle  la  Iglesia  viceparroquial  de  Nuestra 
Señora  de  Altagracia:  era  su  Sría.  Illma.  capellán  real  de  honor, 
y  fiscal  de  la  real  capilla.  (Libro  11,  fol.  1). 

En  31,  se  dio  la  posesión  traído  su  Sría.  Illma.  en  procesión 
desde  la  sobredicha  Iglesia  y  se  le  dio  en  el  coro  y  sala  capitular; 
e  hizo  la  profesión  de  la  fe.  (Libro  11,  fol.  3). 

En  19  de  septiembre,  a  instancia  del  procurador  general,  se 
acordó  informar  al  Rey  acerca  de  los  perjuicios  resultantes  de  ha- 
berse crecido  la  limosna  de  la  bula  de  la  santa  cruzada.  (Libro  11, 
fol.  13). 

En  30  de  octubre,  vi  ..ta  una  Real  Cédula  (no  se  dice  su  fecha 
ni  hay  copia)  sobre  que  el  señor  medio  racionero  Dr.  Dn.  Juan 
Agustín  Naranjo  se  restituyese  al  servicio  de  su  prebenda,  el 
Cabildo  acordó  recibirle.  (Libro  11,  fol.  13  vto.). 


356 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  3  de  diciembre,  presentadas  las  cuentas  de  fábrica  por  el 
mayordomo;  el  Cabildo  deputó  al  señor  Deán  para  conferenciar 
con  su  Sría.  Illma.  la  forma  de  recibirlas  simultáneamente.  (Libro 
11,  fol.  14). 

En  17,  estando  presente  el  Illmo.  Sor.  Obispo  se  trató  del 
asunto  de  la  apelación  interpuesta  en  el  juicio  de  cuentas  de 
Dn.  Diego  de  Liendo,  y  reproducidos  los  votos  del  otro  Cabildo 
celebrado  acerca  del  propio  asunto,  su  Sría.  Illma.  dijo:  que  para 
resolver  oiría  al  señor  provisor  y  al  señor  doctoral.  Y  por  lo  res- 
pectivo a  cuentas  de  fábrica  del  mayordomo  Dn.  Joseph  Antonio 
Veroiz,  se  nombraron  a  dos  st  ñores  capitulares  poi  comisarios  de 
parte  de  su  Sría.  Illma.  y  del  Cabildo.  (Libro  11,  fol.  15). 

Sigue  un  decreto  del  Illmo.  Sor.  Obispo  en  que  insinuando 
ser  su  voto  que  se  siga  la  sobre  licha  apelación  y  se  le  den  expensas 
al  mayordomo  lo  manda  participar  al  Cabildo.  (Libro  11,  fol.  17). 

Año  de  1751. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  arce- 
diano y  chantre.  (Libro  particular,  fol.  55). 

En  29,  se  dispuso  que  se  reintegrase  lo  que  los  señores  capi- 
tulares tomaron  en  calidad  de  depósito  de  lo  tocante  de  seis  por 
ciento  al  real  subsidio;  y  que  esto  y  lo  demás  que  se  fuese  perci- 
biendo se  tuviese  depositado  por  los  señores  receptores  de  la 
cuarta  a  la  disposición  del  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  11,  fol.  17  vto.). 

Aquí  mismo,  se  trató  acerca  de  la  renta  del  señor  medio  racio- 
nero Dr.  Dn.  Juan  Agustín  Naranjo,  del  tiempo  que  estuvo  en 
España  de  mandato  del  Rey;  y  se  acordó,  que  pues  esta  ida  no  fue 
por  voluntad  de  Su  Majestad,  ni  por  cosas  de  su  real  servicio 
se  distribuyese  con  lo  demás  que  hubiese  de  fallas.  (Libro  11, 
fol.  ibid.). 

En  2  de  marzo,  se  volvió  a  tratar  el  asunto  de  la  acta  de  17 
de  diciembre  anterior  sobre  apelación  del  mayordomo  en  las  cuentas 
de  su  antecesor;  y  hecho  aquí  el  cómputo  de  votos,  resultó  la 
mayor  parte  en  que  la  siguiese  el  mayordomo  a  costa  de  la  fábrica 
y  se  mandó  pasar  el  escrito  a  su  Sría.  Illma.  para  que  lo  proveyese, 
teniendo  presente  una  representación  del  Deán  relativa  a  su  voto, 
que  fue  de  los  de  contrario  parecer  (y  sigue  copiada)  pero  concluye 
en  ella  mudando  de  voto,  con  tal  que  el  Cabildo  asegure  las  resultas 
a  la  Iglesia.  (Libro  11,  fol.  19). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1751  35  7 


En  23,  se  nombraron  revisores  para  las  cuentas  de  los  señores 
receptores  de  la  cuarta.  (Libro  11,  fol.  22  vto.). 

En  26  de  abril,  a  consecuencia  de  una  instancia  del  señor 
medio  racionero  Dr.  Dn.  Juan  Agustín  Naranjo,  remitida  por 
su  Sría.  Illma.  al  Cabildo  sobre  la  pretensión  de  que  se  le  entre- 
gasen sus  rentas  correspondientes  al  tiempo  que  estuvo  en  España, 
el  Cabildo  con  más  extensión  de  fundamentos  reiteró  su  negativa 
hecha  en  acta  de  29  de  enero  de  este  año.  (Libro  11,  fol.  23). 

En  29,  a  consecuencia  del  real  título  en  que  el  señor  mercedario 
Dr.  Dn.  Joseph  Martínez  de  Porras,  es  promovido  a  la  dignidad 
de  Tesorero,  vacante  por  ascenso  del  señor  Dr.  Dn.  Francisco  de 
la  Vega,  a  la  maestrescolía;  practicadas  las  diligencias  y  recibida 
la  colación  de  mano  de  su  Sría.  Illm.  en  su  palacio,  el  señor  pro- 
visor y  vicario  general  a  presencia  del  Cabildo  le  dio  la  posesión 
en  el  coro  y  sala  capitular  en  la  forma  acostumbrada.  (Libro  11, 
fol.  26  vto.). 

En  4  de  mayo,  del  mismo  modo  se  dio  posesión  al  señor  racio- 
nero Dr.  Dn.  Juan  Fernández  Quintana  de  la  canongía  de  merced, 
vacante  por  la  antecedente  promoción  con  arreglo  al  real  título 
presentado.  (Libro  11,  fol.  29  vto.). 

En  6  igualmente  se  dio  posesión  al  señor  medio  racionero  Dn. 
Juan  Ignacio  Landaeta  de  la  ración  vacante  por  la  antecedente 
promoción,  conforme  al  real  título  presentado.  (Libro  11,  fol.  34). 

En  10,  semejantemente  se  dio  posesión  al  señor  Dn.  Juan 
Joseph  Arechederra,  presbítero,  de  la  media  ración  vacante  por 
la  antecedente  promoción  conforme  al  real  título;  solo  hubo 
de  variación  el  que  se  presentó  la  partida  de  bautismo  y  el  título 
de  presbítero.  Y  en  esta  posesión  y  las  antecedentes  y  en  sus 
respectivos  Cabildos  asistieron  los  señores  racioneros  y  medios 
racioneros.   (Libro  11,  fol.  39). 

En  las  diligencias  de  esta  posesión  se  dice  que  era  perdiguero 
Dn.  Tomás  Vásquez  Bustamante.  (Libro  11,  fol.  46  vto.). 

En  18,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de 
la  cuarta  capitular;  y  se  reeligió  para  otro  trienio  a  los  señores 
maestrescuela  y   canónigo  de  merced.  (Libro  11,  fol.  47). 

En  22  de  junio,  el  Cabildo  acordó  conformarse  con  lo  que  de- 
terminase el  Illmo.  Sor.  Obispo  acerca  de  aseguramiento  de  las 
obras  pías  fundadas  por  el  Illmo.  Sor.  Baños  en  cuanto  a  la  venta 
de  la  finca  que  pretendía  Dn.  Francisco  Javier  de  Oviedo,  en 


358 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


calidad  de  patrono,  y  se  insinuó  que  éste  parecía  no  ser  de  los 
legítimamente  llamados  al  patronato.  (Libro  11,  fol.  48). 

En  27,  se  recibió  testimonio  de  una  Real  Cédula  e  instrucción 
(de  que  no  hay  copias,  ni  se  expresa  la  fecha)  sobre  subsistencia 
de  la  compañía  Guipuzcoana  y  se  prestó  el  obedecimiento.  (Libro 
11,  fol.  48  vto.). 

En  9  de  julio,  se  aceptó  sin  perjuicio  de  la  fábrica  y  del  Ca- 
bildo la  fundación  hecha  por  el  señor  Tesorero  Dr.  Dn.  Joseph 
Martínez  de  Porras,  conforme  a  la  última  voluntad  del  señor 
Dr.  Dn.  Francisco  Martínez  de  Porras,  de  creación  de  ministros 
para  el  servicio  de  esta  Santa  Iglesia.  No  se  expresa  más.  (Li- 
bro 11,  fol.  49  vto.). 

En  13,  especificándose  los  perjuicios  resultantes  de  la  sobre- 
dicha fundación  se  expresa  ser  ésta  de  aumento  de  renta  a  dos 
músicos  de  la  tribuna  y  no  ser  conveniente  que  tenga  patrono 
particular,  ni  que  se  incorpore  la  misma  fundación  a  las  rentas 
de  fábrica.   (Libro  11,  fol.  50). 

En  17  de  agosto,  se  mandaron  empedrar  las  calles  pertene- 
cientes a  la  Iglesia.  (Libro  11,  fol.  51). 

En  12  de  octubre,  a  instancia  de  los  señores  oficiales  reales, 
se  mandó  al  notario  de  diezmos  y  al  colector,  diesen  un  certificado 
de  las  rentas  de  los  señores  capitulares  para  las  mesadas  eclesiás- 
ticas. (Libro  11,  fol.  51  vto.). 

En  9  de  noviembre,  se  obedecieron  dos  Reales  Cédulas,  la  una 
de  11  de  octubre  de  1749,  sobre  que  al  señor  medio  racionero  Dr. 
Dn.  Juan  Agustín  Naranjo,  se  le  entregasen  todas  las  rentas  des- 
pachadas de  su  prebenda:  y  la  otra  de  26  de  octubre  de  1750,para 
que  no  se  den  posesiones  de  prebendas  sin  las  representaciones 
originales.  No  hay  copia  de  ellas.  (Libro  11,  fol.  52  vto.). 

Aquí  mismo  se  recibió  aviso  del  consejo  de  haberse  recibido 
los  dos  mil  pesos  remitidos  del  seis  por  ciento.  (Libro  11,  fol.  ¿bid.). 

También  se  recibió  en  este  acto  testimonio  de  otra  Real  Cé- 
dula (cuya  fecha  no  se  cita)  participándose  los  desposorios  de  la 
Serenísima  Señora  Infanta  Doña  María  Antonia  con  el  Serení- 
simo Señor  Duque  de  Saboya;  y  se  acordó  hacer  la  función  de 
acción  de  gracias.  (Libro  11,  fol.  53). 

E  igualmente  recibido  otro  testimonio  de  otra  Real  Cédula 
sobre  cobro  de  vacantes  mayores  y  menores,  se  acordó  justifi- 
car las  que  había  pagado  el  Cabildo.  (Libro  11,  fol.  ¿bid.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1752   359 


En  12,  se  dispuso  la  sobredicha  función  de  acción  de  gracias 
con  exposición  y  sermón.  (Libro  11,  fol.  54). 

En  23,  citándose  la  referida  Real  Cédula  sobre  vacantes  y 
expresándose  ser  de  19  de  marzo  de  1750,  se  dispuso  pasar  al  señor 
Gobernador  el  comprobante  de  lo  que  el  Cabildo  tenía  entregado 
en  cajas  reales  de  todas  las  vacantes  de  prebendas  y  dar  cuenta 
de  ello  al  Rey,  para  hacer  constar  no  haber  habido  morosidad 
alguna  en  el  Cabildo.  (Libro  11,  fol.  55). 

No  hay  otro  Cabildo  en  este  año. 

Año  de  1752. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  maes- 
trescuela y  doctoral:  y  se  anotó  aquí  haber  recaído  tres  votos 
en  un  señor  medio  racionero.  (Libro  particular,  fol.  56). 

En  Io  de  febrero  expresándose  que  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn. 
Manuel  Machado  y  Luna,  había  fallecido  el  día  29  del  mes  anterior, 
como  a  las  8  de  la  noche,  y  sepultándose  su  cadáver  en  un  sepulcro 
nuevo  que  se  erigió  en  el  presbiterio  de  esta  Santa  Iglesia  al  lado 
de  la  epístola,  se  declaró  la  sede  vacante  y  se  mandó  citar  para 
elegir  vicario  capitular.  (Libro  1L  fol.  5*7). 

En  3,  se  eligió  por  vicario  capitular  al  señor  magistral  Dr.  Dn. 
Carlos  de  Herrera  con  la  sola  reserva  de  las  cuentas  de  fábrica  y 
nombramiento  de  ministros  de  la  Iglesia  al  Cabildo  y  de  la  admi- 
nistración temporal  y  espiritual  de  los  dos  monasterios  de  Monjas 
de  esta  ciudad  a  los  señores  chantre  Dr.  Dn.  Pedro  Tamarón, 
vicario  del  de  Carmelitas  y  al  señor  penitenciario  D.  D.  Pedro 
Díaz  Cienfuegos  del  de  Concepciones.  (Libro  particular,  fol.  58). 

En  22,  con  motivo  de  haberse  denegado  la  retención  de  que  los 
bienes  del  espolio  del  sobredicho  Illmo.  Sor.  Obispo  se  entregasen 
inmediatamente  a  la  Igles'a  bajo  de  fianza  Ínterin  determinaba 
otra  cosa  el  Rey  para  evitar  su  pérdida  como  se  estaba  experimen- 
tando con  los  de  los  antecesores,  se  acordó  informar  de  todo  a 
Su  Majestad.  (Libro  11,  fol.  58). 

En  21  de  marzo,  se  obedecieron  varios  reales  despachos  diri- 
gidos unos  al  Illmo.  Sor.  Obispo,  y  otros  al  Cabildo:  ninguno  de 
ellos  está  copiado,  algunos  están  ya  citados:  y  de  otros  se  ofrece 
ir  dando  providencias.  Los  que  hay  de  necesidad  de  especificarse, 
son  el  de  10  de  agosto  de  1749,  en  que  se  remite  el  decreto  de 


360 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


concesión  de  rito  doble  con  octava  a  las  fiestas  de  San  Fernando 
y  de  Santa  Isabel.  Otro  de  igual  fecha  remitiéndose  otro  decreto 
sobre  celebrarse  tres  misas  en  el  día  de  la  conmemoración  de  di- 
funtos. Otro  de  10  de  junio  de  1751  con  el  de  dispensa  de  trabajar 
en  algunos  días  feriados.  Y  otro  de  12  de  septiembre  extendiendo 
el  jubileo  de  año  santo.  (Libro  11,  fol.  59). 

En  23  de  marzo,  se  trató  sobre  un  real  despacho  de  5  de  oc- 
tubre de  1751  y  breve  relativo  a  exacción  del  subsidio  de  dos 
millones  de  ducados;  y  por  haber  venido  equivocado  el  breve  se 
acordó  conferenciar  el  asunto  con  el  señor  Gobernador.  (Libro  11, 
fol.  61). 

En  11  de  abril,  se  mandaron  revisar  las  cuentas  de  los  señores 
receptores  de  la  cuarta.  (Libro  11,  fol.  61  vto.). 

En  22,  por  los  señores  capitulares  presente^  a  esta  acta,  y 
otros  ausentes,  según  las  diligencias  que  siguen,  se  dieron  qui- 
nientos sesenta  pesos  en  donativo  gracioso  para  socorro  de  las 
reales  cajas  y  a  fin  de  que  pudiese  pagar  a  la  tropa.  (Librol  1,  fol.  62). 

En  19  de  mayo,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  recep- 
tores. (Libro  11,  fol.  65). 

En  16  de  junio,  quedó  el  Cabildo  dispuesto  a  recibir  la  bula 
de  la  santa  cruzada  y  a  asistir  a  su  publicación  en  esta  Santa 
Iglesia  el  día  24  de  este  mes.  (Libro  11,  fol.  65  vto.). 

En  20,  a  instancia  del  señor  vicario  capitular  se  le  nombró 
por  teniente  al  Dr.  Dn.  Francisco  de  Ibarra,  clérigo  subdiácono 
catedrático  de  cánones:  Es  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Francisco  de 
Ibarra  último  Obispo  y  primer  Arzobispo  de  esta  diócesis.  (Libro 
11,  fol.  66). 

En  7  de  septiembre,  teniéndose  noticia  de  hallarse  electo 
Obispo  de  esta  diócesis  el  Illmo.  Sor.  Dn.  Francisco  Julián  de 
Antolino;  se  hicieron  varias  diputaciones  para  su  recibimiento. 
(Libro  11,  fol.  67  vto.). 

En  el  mismo  acto  habiéndose  comunicado  por  el  señor  Gober- 
nador al  Cabildo  estar  sometido  al  mismo  señor  el  conocimiento 
del  espolio  del  Illmo.  Sor.  Luna,  se  dispuso  que  el  mayordomo  de 
fábrica  ocurriese  a  representar  lo  conveniente  a  la  Iglesia.  (Li- 
bro 11,  fol.  68). 

En  16,  se  mandó  cumplir  una  real  orden  de  10  de  julio  de  este 
año  para  que  el  señor  Tesorero  Dr.  Dn.  Joseph  Martínez,  fuese 
puesto  en  libertad  de  la  prisión  en  que  se  hallaba.  (Libro  11, 
fol.  69  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1753  561 


En  6  de  octubre,  se  proveyó  una  capellanía  de  coro  en  Dn. 
Francisco  Quintana:  y  aquí  mismo  se  mandó  hacer  el  pago  de  una 
deuda  del  Illmo.  Sor.  Luna.  (Libro  11,  fol.  70). 

En  13,  se  obedeció  una  real  orden  en  que  se  proviene  que  a  los 
oficiales  de  tropa  y  milicias  se  les  den  en  esta  Santa  Iglesia  en 
concurrencia  con  el  Cabildo  secular  los  asientos  que  les  corres- 
ponden por  la  Ley  real  de  Indias.  (Libro  11,  fol.  70  vto.). 

En  18  de  noviembre,  cuestionado  el  punto  de  una  disposición 
testamental  del  Illmo.  Sor  Luna,  de  que  se  entregasen  a  sus  al- 
baceas  para  un  comunicado  cuatro  mil  pesos  por  otros  tantos  de 
que  le  hizo  gracia  el  Rey  en  cuanto  a  si  esta  donación  debía  esti- 
marse como  bienes  patrimoniales;  el  Cabildo  ratificando  otro 
acuerdo  que  tuvo  y  se  extendió  en  los  autos  del  espolio  de  que 
se  debía  estimar  tal  donación  como  bienes  patrimoniales  de  que 
podía  disponer  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en  vida  y  en  muerte  expuso 
los  fundamentos  de  este  acuerdo  contra  un  escrito  del  señor  doc- 
toral y  acordó  que  se  presentase  testimonio  de  esta  acta,  en  los 
mismos  autos.  (Libro  11,  fol.  71  vto.). 

En  21,  se  nombró  por  colector  al  Ledo.  Dn.  Ignacio  Cabrices 
presbítero,  por  haber  renunciado  Dn.  Luis  Punzel.  (Libro  parti- 
cular, fol.  60). 

En  5  de  diciembre,  se  mandaron  hacer  algunos  ornamentos  de 
otros  del  pontifical  del  Illmo.  Sor.  Luna:  Y  se  proveyó  un  pedi- 
mento del  señor  doctoral  acerca  de  la  justificación  que  intentaba 
hacer  de  las  causas  porque  no  asistía  a  los  Cabildos.  (Libro  11, 
fol.  75). 

Año  de  1753. 

En  Io  de  enero,  se  reeligieron  por  adjuntos  a  los  señores  maes- 
trescuela y  doctoral.  (Libro  particular,  fol.  61). 

En  12,  es  recibida  la  noticia  de  hallarse  electo  obispo  de  Puerto 
Rico  el  señor  Tesorero  Dr.  Dn.  Joseph  Martínez  de  Porras,  se 
dispuso  cantarse  Te  Deum,  expuesto  el  Santísimo,  con  repique 
general  en  esta  ciudad  continuados  por  tres  noches  con  iluminación 
y  fuegos  de  cuenta  del  Cabildo:  que  se  le  pusiese  faldistorio,  almo- 
hada y  tapete  en  su  asiento;  y  que  se  señalasen  dos  capellanes  de 
coro  para  ayudarle  con  sobrepelliz  a  las  misas  rezadas.  (Libro  11, 
fol.  76  vto.). 


362 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  18,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  8  de  octubre  de  1752, 
en  que  se  asigna  renta  en  los  diezmos  a  los  curas  le  las  parroquias 
de  esta  ciudad  y  puerto  de  La  Guaira.  (Libro  11,  fol.  78). 

En  6  de  febrero,  se  prestó  consentimiento  por  el  Cabildo  para 
el  reconocimiento  de  un  censo  de  una  capellanía  fundada  por 
doña  Estefanía  de  San  Juan,  de  que  es  patrono:  No  dice  el  capital. 
(Libro  11,  fol.  79). 

En  15,  se  obedecieron  las  bulas  y  ejecutorial  del  limo.  Sor. 
Dn.  Francisco  Julián  de  Antolino,  que  siendo  Obispo  de  Puerto 
Rico  fue  trasladado  a  este  de  Caracas:  y  se  acordó  ponerse  en 
posesión  a  su  Sría.  Illma.  (Libro  11,  fol.  79  vto.). 

En  17,  refiriéndose  que  su  Sría.  Illma.  llegó  a  esta  ciudad  sin 
las  bulas  el  día  doce  de  este  mes,  se  le  dió  la  posesión  viniendo  a 
la  Iglesia  de  su  palacio,  y  de  un  altar  erigido  en  la  puerta  de  él, 
donde  tomó  los  pontificales;  y  la  tomó  después  de  las  ceremonias 
prevenidas  en  la  silla  del  coro,  y  en  la  de  la  sala  capitular  y  aquí 
hizo  la  profesión  de  la  fe.  Y  sigue  testimonio  de  las  bulas  expedidas 
en  Santa  María  la  Mayor  de  Roma  a  25  de  septiembre  de  1752 
y  del  real  ejecutorial  dado  en  7  de  noviembre  del  mismo  año. 
(Libro  11,  fol.  81). 

En  2  de  marzo,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  21  de  marzo 
de  1752  en  que  se  dispone  que  en  caso  de  fallecimiento  de  los 
sujetos  en  quienes  estén  prevenidas  algunas  prebendas  se  dé  la 
posesión  a  los  provistos  en  las  resultas  como  si  se  hubiese  veri- 
ficado el  ascenso.  (Libro  11,  fol.  91). 

En  20,  se  mandó  hacer  un  ornamento  morado,  y  componer  otros. 
(Libro  11,  fol.  ibid.). 

En  27,  se  declaró  no  deberse  seguir  apelación  sobre  haberse 
mandado  hacer  en  el  tribunal  de  Gobierno  la  entrega  de  cuatro 
mil  pesos  a  los  albaceas  del  Illmo.  Sor.  Luna  para  lo  que  su  Sría. 
Illma.  les  comunicó.  (Libro  11,  fol.  92). 

Aquí  mismo  se  mandó  hacer  un  cáliz  con  unos  pectorales  y 
cadenas  que  fueron  del  espolio  del  dicho  Illmo.  Sor.  Luna:  y  un 
guión  de  la  misma  tela  del  palio.  Y  se  aprobaron  las  cuentas  de 
los  señores  receptores  de  la  cuarta  capitular.  (Libro  11,  fol.  ibid.). 

En  2  de  mayo,  se  nombraron  dos  señores  capitulares  para 
asistir  al  inventario  de  los  bienes  patrimoniales  del  Illmo.  Sor. 
Antolino.  (Libro  11,  fol.  92  vto.). 

En  13  de  junio,  en  obedecimiento  de  una  real  orden  de  28  de 
febrero  de  este  año;  se  mandaron  entregar  al  señor  Tesorero  Dr. 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1753 


363 


Dn.  Joseph  Martínez  de  Porras  sus  rentas  del  tiempo  que  estuvo 
preso.  Y  sigue  testimonio  de  la  dicha  real  orden.  (Libro  11,  fol. 
93  vto.). 

En  26,  a  la  vista  comunicada  al  Cabildo  de  los  reales  despachos 
de  provisión  de  la  dignidad  de  Tesorero,  y  sus  resultas  a  pluralidad 
de  votos  se  puso  el  reparo  de  que  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Joseph 
Martínez,  según  se  vociferaba  no  aceptaba  el  obispado  de  Puerto 
Rico  por  sus  enfermedades.  (Libro  11,  fol.  95). 

En  3  de  julio,  habiendo  el  Illmo.  Sor.  Obispo  de  esta  diócesis 
contestado,  que  justificada  la  vacante  de  la  dicha  dignidad  estaba 
dispuesto  a  dar  la  colación;  el  Cabildo  quedó  conforme  con  esta 
determinación.  (Libro  11,  fol.  97). 

En  5,  a  consecuencia  de  un  oficio  del  señor  Gobernador  sobre 
que  al  Illmo.  Sor.  Martínez  se  le  diesen  también  las  rentas  obven- 
cionales de  manuales  del  tiempo  que  estuvo  preso:  cuestionado  el 
asunto  fueron  de  parecer  unos  señores  de  que  no  debían  entre- 
gársele; otros  de  que  aunque  no  le  correspondían  se  le  entregasen; 
y  otros  de  que  debía  accederse  a  su  instancia  en  esta  parte:  por 
último  se  determinó  pasar  testimonio  de  esta  acta  al  señor  Gober- 
nador, junto  con  un  certificado  del  secretario:  del  cual,  del  oficio 
y  de  una  consulta  sigue  copia.  (Libro  11,  fol.  98). 

En  25  de  septiembre,  examinados  los  bienes  entregados  del 
espolio  del  Illmo.  Sor.  Luna  y  separados  algunos  para  su  uso  en 
la  Iglesia;  se  dispuso  que  otros  se  incluyesen  con  los  que  habían 
de  sacarse  a  almoneda.  (Libro  11,  fol.  106  vto.). 

En  23  de  octubre,  concluidas  las  diligencias  acerca  de  la  pro- 
moción a  la  dignidad  de  Tesorero  del  señor  mercedario  Dr.  Dn. 
Juan  Fernández  Quintana,  por  haber  fallecido  el  día  3  de  este  mes 
el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Joseph  Martínez,  que  había  hecho  oposi- 
ción, sin  embargo  de  haber  ya  obtenido  las  bulas  de  su  promoción 
al  obispado  de  Puerto  Rico,  y  pretendía  gozar  la  misma  dignidad 
de  Tesorero  hasta  su  salida,  en  caso  de  permitírselo  sus  enferme- 
dades; se  dió  la  colación  al  sobredicho  señor  mercedario,  y  seguida- 
mente la  posesión  en  el  coro  y  sala  capitular  por  el  señor  provisor 
con  comisión  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  y  con  las  ceremonias  acostum- 
bradas a  consecuencia  del  real  despacho  de  presentación.  (Libro 
11,  fol.  107). 

En  24,  se  le  dio  colación  y  posesión  semejantemente  de  la  ca- 
nongía  de  merced  al  señor  racionero  Dn.  Simón  Marciano  de 


364 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Malpica,  en  virtud  del  real  título  de  presentación.  (Libro  11, 
fol.  117  vto.). 

En  20  de  noviembre,  se  dispuso  blanquear  la  sacristía  y  poner 
respaldo  decente  en  los  cajones  de  revestirse  y  también  el  de  fundir 
algunas  campanas  que  estaban  quebradas  en  la  torre,  de  las  peque- 
ñas. (Libro  11,  fol.  122  vto.). 

En  4  de  diciembre,  con  lo  proveído  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo 
se  mandó  ejecutar  la  antecedente  disposición  precediendo  el  con- 
sentimiento del  señor  vicepatrono  real.  (Libro  11,  fol.  123). 

En  31,  se  dio  colación  y  posesión  de  la  ración  vacante  por  la 
promoción  del  señor  iMalpica,  al  Sor.  Dr.  Dn.  Domingo  Hermoso 
de  Mendoza,  cura  y  vicario  del  puerto  de  La  Guaira,  se  le  dio 
por  el  señor  provisor  y  vicario  general  estando  con  el  Cabildo  en 
el  coro  y  sala  capitular,  y  con  las  ceremonias  acostumbradas. 
(Libro  11,  fol.  124  vto.). 

Año  de  1754. 

En  Io  de  enero,  se  eligieron  por  adjuntos  a  los  señores  arce- 
diano y  Tesorero.  (Libro  particular,  fol.  62). 

En  8,  se  dispuso  la  forma  con  que  había  de  adornarse  la  testera 
de  la  sacristía  sobre  los  nuevos  cajones  de  revestirse,  y  que  allí 
se  colocasen  las  imágenes  de  los  santos  patronos  como  lo  habían 
estado  antes  y  en  el  medio  un  Crucifijo,  y  lo  demás  con  láminas 
y  espejos.  (Libro  11,  fol.  130). 

En  19,  con  consentimiento  del  señor  vicepatrono  real  el  Ca- 
bildo procedió  al  remate  de  bienes  entregados  del  espolio  del 
Illmo.  Sor.  Luna.  (Libro  11,  fol.  130  vto.). 

En  9,  de  marzo,  con  acuerdo  del  Illmo.  Sor.  Obispo  se  dispuso: 
que  los  bienes  que  no  se  habían  podido  rematar  dejándose  algunos 
que  pudiesen  servir  a  la  Iglesia,  los  demás  se  entregasen  al  ma- 
yordomo para  que  los  pudiese  vender  aún  por  la  tercera  parte 
menos  de  su  avalúo.  (Libro  11,  fol.  131  vto.). 

En  4  de  abril,  aunque  el  Illmo.  Sor.  Obispo  por  haber  muerto 
el  mayordomo  de  fábrica  Dn.  Joseph  Antonio  Veroiz,  propuso 
que  interinamente  prosiguiese  su  hijo  Dn.  Pedro  Veroiz,  el  Cabildo 
a  pluralidad  de  votos  no  accedió  y  propuso  el  que  se  despachase 
a  la  mayor  brevedad  la  provisión  en  propiedad.  (Libro  11,  fol.  133). 

En  16  mediante  otro  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo  a  pluralidad 
de  votos  se  accedió  a  que  Dn.  Pedro  Veroiz  fuese  mayordomo 
interino.  (Libro  11,  fol.  134  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1754 


365 


En  10  de  mayo,  se  accedió  a  otro  auto  de  su  Sría.  Illma.  para 
que  quedando  el  dicho  Veroiz  de  mayordomo  interino,  rindiese  la 
cuenta  de  su  padre,  y  se  procediese  a  la  fijación  de  edictos  para 
la  provisión  en  propiedad.  Y  sigue  testimonio  de  los  citados  autos. 
(Libro  11,  fol.  139). 

En  21,  con  acuerdo  del  Illmo.  Sor.  Obispo  se  hizo  a  los  dos 
músicos  cantores  de  la  capilla  el  aumento  de  cuarenta  pesos  a 
cada  uno,  de  las  rentas  de  fábrica,  sobre  sesenta  que  gozaban, 
se  creó  un  músico  más  con  renta  de  doscientos  pesos,  por  la  circuns- 
tancia que  concurrían  en  él,  y  se  señalaron  cincuenta  pesos  a  cada 
uno  de  dos  triples  anualmente  y  para  todo  se  pidió  consentimiento 
al  señor  vicepatrono  real.  (Libro  11,  fol.  143  vto.). 

En  24,  28  y  31  de  mayo,  tratado  el  asunto  de  una  querella  del 
señor  mercedario,  por  haberle  negado  la  entrega  de  su  renta  en 
una  medianía,  el  señor  maestrescuela  como  receptor,  con  motivo 
de  una  deuda  de  diezmos  a  que  había  salido  responsable;  y  cues- 
tionádose  si  el  mismo  podía  a  un  mismo  tiempo  ser  receptor  y 
juez  de  diezmos:  por  último  se  transó  amigablemente  el  asunto 
con  entregarle  la  renta  y  que  el  señor  juez  de  diezmos  cobrase  la 
deuda.  (Libro  11,  fol.  144  vto.). 

En  5  de  junio,  a  pluralidad  de  votos  se  dispuso  que  todos  los 
caudales  de  fábrica,  que  entregasen  en  dinero  los  herederos  del 
difunto  mayordomo  Dn.  Joseph  Antonio  Veroiz,  se  pusiesen  en 
la  arca  de  tres  llaves  que  tenía  la  Iglesia,  y  que  esta  arca  estuviese 
en  poder  de  los  mayordomos  bajo  sus  fianzas.  (Libro  11,  fol.  152). 

En  8,  habiéndose  recibido  un  oficio  del  Illmo.  Sor.  comisario 
general  de  cruzada,  sobre  que  se  reciba  la  bula  con  las  debidas 
solemnidades,  siempre  que  venga  su  traslado  auténtico  e  impreso, 
el  Cabildo  quedó  dispuesto  a  ello:  y  en  este  mismo  acto  insinuó 
el  señor  comisario  de  esta  ciudad  estarlo  también  para  la  recepción 
y  publicación  que  se  había  de  hacer  el  día  24  de  este  mes.  (Libro 
11,  fol.  155). 

En  11,  movida  cuestión  sobre  si  el  señor  comisario  de  cruzada 
debía  ponérsele  oficio  en  el  cuadrante  cuando  estuviese  ocupado, 
mediante  a  que  se  consideraba  no  ser  tribunal  esta  comisaría  se 
acordó  a  pluralidad  de  votos  que  siguiese  la  costumbre  y  estilo 
de  ponerle  oficio.  (Libro  11,  fol.  156  vto.). 


366 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  12,  teniéndose  presente  la  Real  Cédula  de  21  de  noviembre 
de  1735  se  acordó  por  estar  enfermo  el  señor  Deán,  que  el  señor 
arcediano  cantase  la  misa  del  día  de  Corpus  con  la  condición  de 
que  si  le  tocase  había  también  de  cantar  la  del  Jueves  Santo,  el 
que  fuese  arcediano.  (Libro  11,  fol.  160). 

En  15,  con  acuerdo  del  Illmo.  Sor.  Obispo  (que  sigue  copiado) 
se  dispuso:  que  por  no  haberse  podido  hacer  por  las  calles  la  pro- 
cesión del  día  de  Corpus,  se  hiciese  en  el  domingo  infra-octavo 
por  la  mañana  y  los  reverendos  padres  Dominicos  hiciesen  la  suya 
por  la  tarde,  y  se  expresa  en  aquel  acuerdo  que  aún  estando  toda 
la  octava  impedida  por  lluvias  debía  hacerse  después  en  día  opor- 
tuno y  más  a  propósito.  (Libro  11,  fol.  161  vto.). 

En  18,  a  instancia  del  Tesorero  de  la  santa  cruzada  se  volvió 
a  obedecer  la  disposición  del  Illmo.  Sor.  comisario  general,  de  que 
se  reciba  la  bula  viniendo  su  traslado  auténtico  e  impreso,  y  para 
auxiliar  a  sus  ministros  y  a  los  predicadores.  (Libro  11,  fol.  164). 

En  28  de  junio  y  Io  de  julio,  se  trató  de  la  provisión  de  la 
mayordomía  de  fábrica  de  esta  Santa  Iglesia,  y  se  hizo  la  terna 
proponiéndose  en  primer  lugar  a  Dn.  Juan  Nicolás  de  Ponte, 
en  segundo  a  Dn.  Francisco  de  Tovar,  y  en  tercero  a  Dn.  Manuel 
Blanco  de  Villegas:  y  acordó,  participar  esta  nominación  al  Illmo. 
Sor.  Obispo  que  estaba  ausvnte  y  había  refundido  en  el  Cabildo 
sus  facultades  para  esta  mayordomía,  según  consta  del  testimonio 
que  sigue  a  la  acta  de  2  de  mayo  de  este  año.  (Libro  11,  fol.  165). 

En  3  y  6  de  julio,  se  recibió  la  contestación  de  su  Sría.  Illma. 
aprobando  la  nominación  antecedente.  (Libro  11,  fol.  167). 

En  9,  con  vista  de  un  auto  del  señor  Gobernador  relativo  a 
la  acta  de  21  de  mayo  de  este  año,  sobre  creación  de  una  plaza  de 
música,  y  aumento  de  rentas  a  las  establecidas,  se  mandó  remitir 
al  mismo  señor  Gobernador  el  testimonio  que  pedía  de  la  erección 
y  dar  cuenta  de  todo  al  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  11,  fol.  168  vto.). 

En  12,  se  consultó  a  su  Sría.  Illma.  sobre  un  exhorto  del  señor 
Gobernador  en  que  pedía  los  autos  originales  de  la  provisión  de 
la  mayordomía  y  en  19  del  mismo  con  lo  que  contestó  su  Sría. 
Illma,  se  acordó  a  pluralidad  de  votos  remitírselos,  y  los  testi- 
monios de  otros  instrumentos.  (Libro  11,  fol.  169  vto.). 

En  19,  se  volvió  a  determinar  con  lo  contestado  por  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  que  se  remitiese  la  misma  contestación  al  señor  Go- 
bernador con  los  otros  testimonios  sobre  las  dichas  plazas  de 
músicos.  (Libro  11,  fol.  170  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1754  367 


En  30,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de 
la  cuarta  capitular,  y  un  cuadrante  que  las  acompañó.  (Libro  11, 
fol.  182). 

En  2  de  agosto,  se  acordó  que  en  punto  de  ceremonias  para 
que  no  hubiese  variedad,  se  previniese  al  maestro  de  ellas  que 
dispusiese  en  el  altar  lo  que  no  tuviese  duda,  que  el  señor  Deán 
procediese  contra  los  transgresores;  y  que  habiendo  duda,  se 
observase  la  costumbre,  ínterin  el  Cabildo  determinase,  hacién- 
dolo presente  al  señor  Deán,  o  presidente  y  éste  al  Cabildo.  (Li- 
bro 11,  fol.  182  vto.). 

En  13,  se  propuso  tratarse  en  otro  Cabildo  de  más  concurrencia 
sobre  sí  de  las  capellanías  y  memorias  de  misas  que  sirve  el  Ca- 
bildo se  había  de  pagar  tres  por  ciento  al  seminario.  (Libro  11, 
fol.  184). 

En  20,  recibido  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  con  testimonio 
de  una  Real  Cédula  sobre  informar  al  Rey  de  los  méritos  de  los 
eclesiásticos  de  esta  diócesis:  se  difirió  para  otro  Cabildo  la  reso- 
lución acerca  de  informar  con  justificación  de  los  individuos  del 
Cabildo.  (Libro  11,  fol.  184  vto.). 

En  23,  recibido  un  exhorto  del  señor  vicepatrono  real  sobre 
que  en  la  votación  para  la  terna  de  la  provisión  de  mayordomo 
no  debieron  votar  los  señores  racioneros  y  medios,  y  que  con  esta 
exclusión  en  primer  lugar  Dn.  Juan  Ignacio  Lecumberri,  presen- 
taba a  éste,  se  difirió  el  acuerdo  para  otro  Cabildo.  (Libro  11, 
fol.  185). 

En  27  (excluidos  los  señores  racioneros  como  también  se  hizo 
en  el  antecedente  bajo  de  protestas)  a  pluralidad  de  votos  resultó 
no  aceptar  la  dicha  presentación;  y  tanto  para  esto,  como  para 
determinar  en  dos  cuestiones  agitadas,  la  una  sobre  aceptar  un  voto 
escrito  por  un  ausente  estimándose  sin  causa,  y  la  otra  sobre  lo 
representado  por  los  señores  racioneros;  se  mandó  pasar  testi- 
monio al  señor  Illmo.  Obispo.  Y  sigue  copia  de  los  votos  dados 
por  escrito.  (Libro  11,  fol.  187). 

En  31,  recibida  una  carta  de  su  Sría.  Illma.  sobre  que  los 
señores  penitenciarios  y  doctoral,  fuesen  a  dar  al  señor  Gober- 
nador la  satisfacción  que  pedía,  por  lo  que  produjeron  en  sus 
votos  de  la  elección  de  mayordomo  el  señor  doctoral  se  allanó, 
y  se  dijo  que  el  señor  penitenciario  ausente  haría  lo  mismo.  (Li- 
bro 11,  fol.  198). 


368 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Aquí  mismo,  vista  una  representación  de  los  señores  racioneros, 
sobre  las  ocurrencias  antecedentes,  se  les  mandaron  dar  los  testi- 
monios que  peJían.  (Libro  11,  fol.  198). 

En  6  y  13  de  septiembre,  con  vista  de  lo  determinado  por  el 
lllmo.  Sor.  Obispo,  dejando  al  Cabildo  la  resolución  de  estos 
asuntos  por  estar  gravemente  enfermo;  cuestionados  nuevamente, 
y  excluidos  los  señores  racioneros,  se  acordó  a  pluralidad  de  votos, 
admitirse  la  presentación  hecha  en  Dn.  Juan  Ignacio  Lecumberri, 
y  se  le  mandó  despachar  título  y  dar  las  fianzas;  y  asimismo  que 
se  diesen  los  testimonios  pedidos  para  recurso  al  Rey.  (Libro  11, 
fol.  202). 

En  20,  excluidos  los  señores  racioneros  bajo  de  protestas  y  re- 
tirado espontáneamente  de  la  sala  el  señor  arcediano,  después  de 
haber  expuesto  varias  cosas,  por  los  demás  señores  se  admitieron 
las  fianzas  del  sobredicho  Lecumberri.  (Libro  11,  fol.  212). 

En  24  y  25,  con  vista  de  la  escritura  otorgada,  se  mandó  des- 
pachar el  título  y  hacer  la  entrega  de  bienes  por  inventario;  se 
dispuso  que  los  herederos  del  antecesor  renliesen  cuentas,  y  que 
el  dinero  existente  estuviese  en  la  arca  de  tres  llaves.  (Libro  11, 
fol.  216). 

En  27,  se  acordó  el  remitir  al  lllmo.  Sor.  Obispo  las  relaciones 
de  méritos  de  los  señores  prebendados  en  cumplimiento  de  la  pre- 
vención hecha  a  este  fin.  (Libro  11,  fol.  218). 

En  28  y  30,  congregado  el  Cabildo  en  virtud  de  citación  hecha 
a  los  presentes  en  el  anterior  Cabildo,  y  a  los  ausentes  por  medio 
del  secretario  para  tratar  los  puntos  pendientes,  el  recurso  intentado 
por  el  señor  doctoral  acerca  de  la  majordomía  de  fábrica  proveída, 
y  de  los  señores  racioneros  por  habérseles  excluido  de  votar  en 
ella:  el  señor  Deán  protestando  de  nulidad  por  no  haberse  hecho 
la  citación  por  él,  y  también  los  señores  racioneros  y  medios,  se 
retiraron  de  la  sala;  ventilado  el  asunto  de  la  citación,  conclu- 
yéndose con  que  el  Cabildo  pudo  mandar  citar,  y  de  que  esta  acta 
era  continuación  de  otra  antecedente;  se  acordó  remitirse  al  Rey 
testimonio  de  los  autos  de  la  dicha  provisión  y  darse  los  que  pedían 
el  señor  Deán  y  los  señores  racioneros.  (Libro  11,  fol.  220). 

En  el  propio  acto,  se  acordó  dar  otro  igual  testimonio  al  señor 
penitenciario.  (Libro  11,  fol.  227). 

En  30  de  octubre,  se  dio  comisión  al  señor  magistral  para  el 
examen  de  las  cuentas  del  anterior  mayordomo  Veroiz.  Y  el  dinero 
manifestado  se  mandó  poner  en  la  caja,  y  que  de  sus  tres  llaves 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1755  369 


tuviese  una  su  Sría.  Illma.  otra  el  señor  Deán  (quien  no  la  admitió, 
y  se  puso  en  el  señor  Chantre)  y  la  otra  el  mayordomo,  y  que  la 
arca  estuviese  en  su  poder.  (Libro  11,  fol.  227  vto.). 

En  8  de  noviembre,  recibido  un  oficio  del  Illmo.  Sor.  Obispo, 
en  que  accede  a  lo  dispuesto  en  la  acta  antecedente,  nombra  al 
señor  maestrescuela  por  su  parte  para  presenciar  la  entrega  y 
previene  que  a  ésta  asistan  todos  los  señores  capitulares,  el  Cabildo 
acordó  que  así  se  practicase.  (Libro  11,  fol.  229). 

En  15,  el  señor  Chantre  solo,  por  no  haber  concurrido  los 
demás  señores,  hizo  ante  el  secretario  renuncia  de  la  llave,  insi- 
nuando que  la  quería  el  señor  arcediano.  (Libro  11,  fol.  230). 

En  3  de  diciembre,  a  instancia  de  los  señores  oficiales  reales, 
se  les  mandó  dar  un  certificado  por  quinquenio  de  las  rentas  deci- 
males. (Libro  11,  fol.  231). 

Año  de  1755. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  peni- 
tenciario y  doctoral.  (Libro  particular,  fol.  63). 

En  18  de  febrero,  con  acuerdo  del  Illmo.  Sor.  Obispo  se  aceptó 
la  donación  hecha  a  esta  Santa  Iglesia  por  el  Dr.  Dn.  Juan  Joseph 
de  Castro,  presbítero,  de  dos  imágenes,  la  una  de  Nuestro  Señor 
Jesucristo  crucificado  y  la  otra  de  la  Santísima  Virgen  María 
Nut  stra  Señora,  con  condición  de  colocarse  y  de  sacarse  en  pro- 
cesión el  Jueves  Santo:  Y  se  acordó  hacerse  nuevo  retablo  para 
altar,  Cruz  para  la  imagen  del  Señor,  y  vestidos  para  ambas  a 
costa  de  las  rentas  de  fábrica,  con  consentimiento  del  señor  vice- 
patrono  real.  (Libro  11,  fol.  231  vto.). 

En  11  de  marzo,  se  dieron  cincuenta  pesos  de  las  rentas  de 
fábrica,  por  modo  de  gratificación  a  un  músico  que  había  servido 
sin  renta  un  año.  (Libro  11,  fol.  233). 

Aquí  mismo,  a  instancia  del  mayordomo  de  fábrica  sobre  si 
también  costearía  las  mesas  y  faldones  para  la  procesión  del  Jueves 
Santo  con  las  sobredichas  imágenes;  se  acordó  que  sólo  por  esta 
primera  vez  lo  hiciese;  pero  que  en  adelante  fuesen  de  cuenta 
del  que  hiciese  la  procesión  (que  se  dice  era  la  parroquia)  y  que 
el  mayordomo  solo  franquease  para  ella  las  imágenes  y  sus  ves- 
tidos; pe-o  se  mandó  que  antes  se  diese  cuenta  de  esto  al  Illmo. 
Sor.  Obispo.  (Libro  11,  fol.  234). 


25  —  Actat,  1 


370 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  28  de  abril,  se  accedió  a  la  permuta  de  finca  de  un  censo 
de  2.000  pesos,  reconocido  por  el  señor  medio  racionero  Dr.  Dn. 
Juan  Agustín  Naranjo.  (Libro  11,  fol.  235  vto.). 

En  9  de  mayo,  se  nombraron  revisores  para  las  cuentas  de  los 
señores  receptores.  (Libro  11,  fol.  236). 

En  10  de  junio,  se  aprobaron.  (Libro  11,  fol.  236  vto.). 

En  4  de  julio,  se  dispuso  que  la  moneda  de  pesetas  que  hubiese 
en  la  caja  de  la  Iglesia  se  fuese  consumiendo  en  sus  gastos  hasta 
que  cumplido  el  año  asignado  para  recogerla  se  entregase  en  la 
real  contaduría  con  la  rebaja  dispuesta  en  real  pragmática.  (Li- 
bro 11,  fol.  237). 

En  Io  de  agosto,  se  aprobó  el  cuadrante  de  la  primera  me- 
dianía; y  se  insistió  en  la  disposición  antecedente  ¿obre  consumo 
de  la  moneda  antes  de  recogerse  por  el  grave  quebranto  que  habría 
en  el  cambio.  (Libro  11,  fol.  238). 

En  6,  habiéndose  avisado  del  puerto  de  La  Guaira  que  el  Illmo. 
Sor.  Obispo,  Dn.  Francisco  Julián  de  Antolino  estaba  gravemente 
enfermo  y  próximo  a  la  muerte,  se  deputó  a  un  señor  capitular 
para  que  fuera  a  asistirle  y  se  le  concedieron  facultades  para  en 
caso  de  morir,  ocurrir,  asistir  al  inventario,  y  recoger  el  pontifical. 
(Libro  11,  fol.  239). 

En  7,  llegada  la  noticia  de  haber  fallecido  su  Sría.  Illma.  este 
día  a  las  ocho  y  media  de  la  mañana,  se  mandó  tocar  la  sede  va- 
cante, se  ratificó  la  comisión  dada  para  La  Guaira;  y  se  nombró 
a  otro  señor  capitular  para  los  inventarios  de  esta  ciudad  en  virtud 
del  requerimiento  del  señor  Gobernador.   (Libro  11,  fol.  240). 

En  11,  por  estar  ausente  en  La  Guaira  el  señor  maestrescuela; 
se  difirió  la  elección  de  vicario  capitular  y  se  puso  certificado  de 
la  carta  que  se  le  escribió.  (Libro  11,  fol.  241  vto.). 

En  12,  aunque  se  hicieron  tres  escrutinios  no  resultó  elección 
y  en  13  hechos  por  la  mañana  cuatro,  tampoco  resultó;  y  en  éste 
hubo  varias  protestas  especialmente  en  cuanto  al  cómputo  de  votos 
pues  habiendo  uno  más  en  uno  de  los  nominados  respecto  de  los 
que  recayeron  en  otros,  no  se  hubo  por  hecha  la  elección:  y  pro- 
seguido por  la  tarde  el  acto,  resultó  en  el  señor  penitenciario 
Dr.  Dn.  Pedro  Díaz  Cienfuegos.  (Libro  particular,  fol.  63  vto.). 

En  14,  habiendo  comparecido  el  dicho  señor  penitenciario 
aceptó  y  prestó  el  juramento  y  se  le  confirió  toda  la  jurisdicción 
contenciosa  y  graciosa,  reservándose  solamente  el  gobierno  del 
seminario  para  el  señor  magistral  Dr.  Dn.  Carlos  de  Herrera, 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1755 


371 


como  su  rector,  el  de  los  dos  conventos  de  monjas  de  esta  ciudad 
para  sus  vicarios  el  mismo  señor  penitenciario  que  lo  era  el  de 
concepciones,  y  el  dicho  señor  magistral  del  de  carmelitas:  y  al 
Cabildo  los  nombramientos  de  vicarios  foráneos  cuando  fuese 
necesario,  las  cuentas  de  fábrica  de  la  Catedral,  el  nombramiento 
de  ministros  de  ella,  la  provisión  de  beneficios  de  libre  presen- 
tación y  la  distribución  del  producto  de  obras  pías.  (Libro  parti- 
cular, fol.  72  vto.). 

En  23,  del  mismo  agosto,  a  instancia  de  uno  de  los  padres  que 
intentaban  fundar  en  esta  ciudad  un  colegio  de  la  Compañía  de 
Jesús,  se  le  concedió  a  este  fin  todo  lo  que  estuviese  devengado 
y  que  se  devengase  en  la  sede  vacante  de  la  obra  pía  denominada 
de  Cumanibare,  dando  por  una  vez  doscientos  pesos  para  la  fábrica 
de  la  Iglesia  de  la  ciudad  de  San  Felipe,  y  quinientos  para  el 
dote  de  una  mujer  que  pretendía  ser  monja.  (Libro  11,  fol. 
243  vto.). 

En  26,  se  reiteró  la  concesión  de  una  dote  de  800  pesos  a  una 
mujer  en  la  obra  pía  de  Cata.  (Libro  11,  fol.  245). 

Aquí  mismo  se  acordó  a  pluralidad  de  votos  que  por  entonces 
y  hasta  que  se  hiciese  declaratoria  en  sede  plena  continuase  la 
costumbre  de  pedir  recles  por  medio  de  algún  criado  y  no  perso- 
nalmente, y  que  el  encomendar  las  lecciones  en  maitines  cantados, 
se  hiciese  por  el  señor  Deán.  (Libro  11,  fol.  245  vto.). 

En  3  de  octubre,  se  mandaron  devolver  al  señor  vicario  ca- 
pitular unos  autos  sobre  las  obras  pías  que  mandó  fundar  el  Illmo. 
Sor.  Baños  y  se  denegó  un  dote  que  se  pedía  de  otra.  (Libro  11, 
fol.  249). 

En  4,  se  mandó  hacer  saber  al  señor  canónigo  de  merced  lo 
resuelto  sobre  recles  en  la  acta  de  26  de  agosto  y  darle  la  vista 
que  pedía.  (Libro  11,  fol.  250). 

En  7,  se  dispuso  que  toda  la  moneda  antigua  de  pesetas  que 
hubiese  en  la  caja  se  fuese  gastando  antes  que  cesase  el  término 
para  recogerla  y  cambiarla  al  peso  y  que  se  fuese  reponiendo  la 
misma  que  se  sacase  en  moneda  corriente.  (Libro  11,  fol.  ibid.). 

En  14,  se  volvió  a  tratar  acerca  de  la  petición  del  sobredicho 
señor  canónigo  de  merced,  y  reservó  para  otro  acto  de  mayor 
concurrencia.  (Libro  11,  fol.  253). 

En  4  de  noviembre,  se  proveyó  sobre  nuevo  reconocimiento 
de  dos  censos  pertenecientes  a  la  fábrica:  se  concedieron  25  pesos 
de  gratificación  sobre  las  rentas  de  fábrica  a  un  músico  de  la 


372 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


tribuna:  y  para  tratar  de  una  recusación  que  se  hacía  al  señor 
vicario  capitular  se  trajeron  los  autos.  (Libro  12,  fol.  1). 

En  14,  se  remitió  al  señor  vicario  capitular  un  escrito  del  señor 
mercedario  en  asunto  con  el  secretario  y  ambos  salieron  de  la 
sala.  (Libro  12,  fol.  2). 

En  18,  resistió  el  Cabildo  hacer  contribución  alguna  de  las 
impuestas  por  el  Ilustre  Ayuntamiento  para  reforzar  la  toma  de 
las  aguas  que  entran  a  la  ciudad  por  no  habérsele  tratado  cosa 
alguna  sobre  este  asunto  en  particular,  sino  en  común  con  el 
clero.  (Libro  12,  fol.  2  vto.). 

En  28,  se  denegó  la  pretensión  de  establecimiento  de  vicariato 
en  la  Villa  de  Ospino,  y  también  el  informar  sobre  fundación  de 
colegio  de  niñas  en  esta  ciudad,  hasta  que  la  pretendiente  presen- 
tase documentos.  (Libro  12,  fol.  4). 

En  9  de  diciembre,  a  instancia  del  apuntador  de  coro  Dn.  Mi- 
guel Fernández  Rincón,  se  mandó  pasar  al  señor  provisor  una  ie- 
presentación  sobre  el  tiempo  que  no  servía  un  capellán  foráneo  su 
capellanía.  (Libro  12,  fol.  5). 

Año  de  1756. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  arce- 
diano y  mercedario.  (Libro  particular,  fol.  74). 

En  16,  20,  23  y  24  se  dieron  algunas  providencias  de  la  juris- 
dicción graciosa.  (Libro  12,  fol.  6). 

En  30,  atento  lo  expuesto  por  el  mayordomo  de  fábrica  con 
manifestación  de  los  autos  sobre  aseguramiento  del  censo  de  la 
dotación  hecha  por  el  señor  Dr.  Dn.  Francisco  Martínez  de  Porras, 
se  le  mandó  que  pidiese  adjudicación  de  la  finca  que  era  una 
hacienda  y  que  cuidase  de  ella.  (Libro  12,  fol.  7). 

En  6  y  13  de  febrero,  se  acordó  a  pluralidad  de  votos  que  unas 
veredas  de  diezmos  que  no  tenían  buenas  posturas  se  pusiesen  en 
administración  siempre  que  los  remates  de  ellas  no  fuesen  como  en 
el  año  anterior.  (Libro  12,  fol.  8). 

En  23,  se  acordó  que  el  sacristán  mayor  Dn.  Diego  Pantoja 
hiciese  la  renuncia  de  la  sacristía  ante  el  Cabildo  y  no  ante  el 
señor  provisor.  (Libro  12,  fol.  9). 

En  27  de  marzo,  se  dispuso  que  para  la  solución  de  la  deuda 
de  Dn.  Diego  de  Liendo  a  la  Iglesia  se  pidiese  adjudicación  de  una 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1756 


373 


casa  y  que  se  pagase  a  los  herederos  el  valor  del  exceso,  que  ascendía 
a  3.162  pesos  y  cinco  reales  y  que  se  practicasen  todas  las  dili- 
gencias necesarias  para  que  quedase  libre  de  otro  cualquiera 
gravamen.  (Libro  12,  fol.  9  vto.). 

En  2  de  abril,  habiéndose  recibido  la  noticia  de  estar  promo- 
vido al  obispado  de  Cartagena  de  Indias  el  señor  arcediano  Dr. 
Dn.  Manuel  de  Sosa  y  Betancourt;  se  dispuso  que  se  cantase  Te 
Deum,  expuesto  el  Santísimo,  con  repique  de  campanas  en  todas 
las  iglesias :  que  se  le  pusiese  faldistorio,  tapete  y  almohada,  en  su 
asiento  del  coro;  que  se  asignasen  dos  capellanes  de  coro  para 
ayudarle  las  misas  rezadas  en  la  Catedral:  que  el  Cabildo  fuese 
a  darle  la  enhorabuena;  y  que  por  tres  noches  se  continuasen  los 
repiques  con  luminarias  y  fuegos  a  costa  del  Cabildo.  (Libro  12, 
fol.  10). 

En  6,  recibido  un  pliego  rotulado  al  Illmo.  Sor.  Obispo  de 
esta  diócesis,  el  Cabildo  determinó  no  abrirlo  por  que  no  tenía 
el  sello  real  y  dispuso  reservarlo  hasta  la  sede  plena.  (Libro  12, 
fol.  11). 

En  27  y  30  con  acuerdo  del  señor  vicepatrono  real  se  admitió 
a  Dn.  Diego  Pantoja  la  renuncia  de  la  sacristía  mayor  de  esta 
Santa  Iglesia,  y  se  mandaron  fijar  edictos  para  su  provisión  y 
que  los  exámenes  se  hiciesen  en  la  sala  capitular  a  presencia  del 
Cabildo.  (Libro  12,  fol.  11  vto.). 

En  4  de  mayo,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  recep- 
tores de  la  cuarta  capitular  y  se  les  encargó  que  solicitasen  y 
recaudasen  de  los  bienes  del  espolio  del  Illmo.  Sor.  Obispo  los 
30  pesos  gastados  por  el  señor  prebendado  que  fue  a  asistirle  a 
La  Guaira.  (Libro  12,  fol.  12  vto.). 

En  7,  se  mandaron  hacer  unos  candeleros  de  plata  y  dos  varas 
de  palio  para  que  el  de  los  curas  tuviese  seis,  pues  sólo  tenía  cuatro; 
y  que  en  estos  y  otros  adornos  de  la  Iglesia  se  invirtiesen  varios 
muebles  de  pontificales  viejos.  (Libro  12,  fol.  13). 

En  11,  refiriéndose  el  estado  en  que  aún  estaba  la  causa  del 
espolio  del  Illmo.  Sor.  Abadiano,  y  el  haberse  concluido  las  de  los 
espolios  de  los  Illmos.  Sres.  Valverde  y  Luna,  se  acordó  que  el 
mayordomo  ocurriese  al  Rey  a  pedir  se  entregase  el  espolio  del 
Illmo.  Sor.  Antolino,  y  que  también  ocurriese  a  la  real  audiencia 
de  Santo  Domingo  para  la  conclusión  de  la  causa  del  Illmo.  Sor. 
Abadiano.  (Libro  12,  fol.  13  vto.). 


374 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Aquí  mismo  se  trató  de  proseguir  el  expediente  de  las  cuentas 
del  mayordomo  Dn.  Joseph  Antonio  Veroiz.  (Libro  12,  fol.  ¿bid.). 

En  18,  habiendo  consultado  el  colector  del  real  subsidio,  si 
procedía  al  cambio  de  doce  mil  pesos  que  tenía  en  pesetas  por  la 
moneda  nueva  mejicana  a  razón  de  cinco  pesetas  por  un  peso, 
como  estaba  mandado;  se  le  mandó  que  hiciese  la  consulta  al  señor 
Gobernador  y  capitán  general.  (Libro  12,  fol.  15  vto.). 

En  21,  se  reiteró  lo  acordado  en  la  acta  de  11  de  este  mes  en 
ambas  partes,  y  se  corrigió  al  mayordomo  el  mal  estilo  de  la  repre- 
sentación que  dio  motivo  a  esto.  (Libro  12,  fol.  16). 

En  25,  se  mandó  dar  testimonio  de  una  Real  Cédula  al  colec- 
tor del  real  subsidio  para  el  ocurso  al  señor  Gobernador,  en  cuanto 
al  cambio  de  moneda.  (Libro  12,  fol.  17). 

En  el  mismo  día  se  recibió  el  parte  que  dio  al  Cabildo  el  señor 
magistral  Dr.  Dn.  Carlos  de  Herrera  de  estar  nombrado  comisario 
de  la  santa  cruzada  en  esta  diócesis.  (Libro  12,  fol.  18). 

En  28  de  mayo  y  Io  de  junio,  se  evacuaron  los  exámenes  de 
opositores  a  la  sacristía  mayor  de  la  Catedral.  (Libro  12,  fol.  18  vto.). 

En  4  de  junio,  recibida  insinuación  del  señor  comisario  sobre 
publicación  de  la  bula  el  día  24  el  Cabildo  se  manifestó  estar  pronto 
al  recibimiento  y  puso  presente  que  el  mismo  día  era  el  octavo 
de  la  solemnidad  de  Corpus  en  que  había  de  haber  procesión  por 
la  tarde,  a  fin  de  que  el  señor  comisario  determinase  lo  que  le 
pareciese.  (Libro  12,  fol.  19). 

Aquí  mismo  y  en  las  actas  de  11  y  12  del  mismo  mes,  se  trató 
del  cambio  de  moneda  se  insinuó  el  que  había  hecho  la  fábrica  de 
diez  y  nueve  mil  pesos  de  cuatro  pesetas  a  razón  de  cinco  por  cada 
peso  fuerte  y  se  dispuso  que  lo  mismo  se  practicase  por  el  colector 
del  real  subsidio  con  el  dinero  que  tenía.  (Libro  12,  fol.  19  vto.). 

En  15,  no  obstante  el  reclamo  hecho  por  el  señor  doctoral, 
se  acordó  dar  comisión  al  señor  vicario  capitular  para  la  terna  de 
la  sacristía  mayor  y  despachar  título.  (Libro  12,  fol.  21). 

En  18,  habiéndose  recibido  una  real  orden  circular  de  17  de 
marzo  de  este  año  dirigida  al  Illmo.  Sor.  Obispo  para  que  cuide 
de  que  no  se  entre  sino  en  algún  caso  urgente  a  la  clausura  de 
las  monjas,  se  mandó  hacer  saber  a  los  vicarios  de  los  conventos. 
(Libro  12,  fol.  21  vto.). 

En  13,  de  julio,  habida  larga  conferencia  sobre  darse  posesión 
al  señor  Dr.  Dn.  Francisco  de  Tovar  del  arcedianato,  a  causa  de 
estar  presente  en  esta  ciudad  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Manuel  de 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1756 


375 


Sosa,  electo  Obispo  de  Cartagena  que  lo  obtenía,  quedó  casada  la 
votación,  mas  al  siguiente  día  el  Cabildo  unánimente  acordó 
que  se  la  diese.  (Libro  12,  fol.  22  vto.). 

Sigue  testimonio  del  real  título  en  que  se  expresa  que  el  dicho 
señor  era  doctoral  del  arzobispado  de  Santo  Domingo  y  las  dili- 
gencias de  la  colación  y  posesión  dada  en  22  de  este  mes  de  julio. 
(Libro  12,  fol.  26  vto.). 

En  23,  conferenciada  la  duda  de  si  se  habían  de  pasar  en  calidad 
de  recle  un  número  de  días  que  cayeron  en  cuaresma,  del  que  tomó 
un  señor  capitular  se  dispuso  que  el  apuntador  certificase  lo  que 
se  había  practicado  en  tales  casos.  (Libro  12,  fol.  2). 

En  7  de  agosto,  se  nombró  a  Dn.  Juan  de  Ascanio  por  vicario 
de  Puerto  Cabello.  (Libro  12,  fol.  30). 

En  13,  se  recibió  una  cuarta  de  misas  de  las  legadas  por  un 
difunto  y  se  mandó  hacer  un  balandrán  encarnado  al  pertiguero 
por  estar  inútil  el  que  tenía.  (Libro  12,  fol.  ibid.). 

En  27,  se  acordó  hacer  nueva  lámpara  para  el  altar  mayor 
y  doce  blandones  para  las  misas  rezadas  todo  de  plata;  Crucifijos 
para  los  altares,  y  una  oficina  para  guardar  utensilios  de  la  sa- 
cristía. (Libro  12,  fol.  30  vto.). 

En  31,  se  concedió  a  Dn.  Manuel  Gedler  un  censo  de  800  pesos 
de  la  fábrica  que  redimió  el  señor  Dr.  Dn.  Pedro  Díaz  Cienfuegos. 
(Libro  12,  fol.  31). 

En  7  de  septiembre,  se  trató  de  proveer  en  una  causa  matri- 
monial cumpliendo  un  ejecutorial  del  señor  metropolitano  y  de 
esta  misma  causa  se  trató  en  14,  17  y  24  de  este  mismo  mes.  (Li- 
bro 12,  fol.  32). 

En  10,  por  haber  concurrido  un  solo  señor  capitular,  éste 
obligó  al  secretario  a  que  extendiese  la  diligencia  de  lo  ocurrido 
en  este  acto.  (Libro  12,  fol.  ibid?). 

En  27,  recibida  noticia  de  estar  electo  Obispo  de  esta  diócesis 
el  Illmo.  Sor.  Diego  Antonio  Diez  Madroñero,  se  mandó  hacer 
un  solemne  general  repique.  (Libro  12,  fol.  34). 

En  28,  habiéndose  pasado  al  Cabildo  las  bulas  y  real  ejecutorial 
del  dicho  Illmo.  Sor.  Madroñero  que  se  hallaba  en  Madrid,  siendo 
vicario  general  de  la  ciudad  y  partido  de  Alcalá  de  Henares,  y  un 
poder  para  que  en  su  nombre  recibiese  la  posesión  y  gobernase 
el  obispado  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Manuel  de  Sosa  y  Betancourt: 
reconocido  todo  el  Cabildo  prestó  su  obedecimiento  y  al  siguiente 
día  29  dio  al  dicho  señor  apoderado  la  posesión  en  el  coro  y  sala 


376 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


capitular;  derramó  monedas  e  hizo  la  profesión  de  la  fe  en  la  forma 
acostumbrada.  Fueron  expedidas  las  bulas  en  Roma  a  24  de  mayo  de 
1756,  siendo  Papa  el  señor  Benedicto  XIV.  (Libro  12,  fol.  34  vto.). 

En  22  y  26  de  octubre,  con  motivo  de  la  prisión  del  señor 
penitenciario  por  el  Illmo.  Sor.  Gobernador  del  obispado,  el  Ca- 
bildo extensamente  expuso  sus  derechos  en  cuanto  a  la  fracción 
del  privilegio  de  adjuntos  y  mandó  a  su  apoderado  que  siguiese 
la  causa  sobre  nulidad  de  los  hechos.  (Libro  12,  fol.  43  vto.). 

En  el  mismo  día  22,  fue  elegido  por  juez  adjunto  en  lugar  del 
señor  arcediano,  por  su  promoción  al  obispado  de  Cartagena,  el 
señor  Chantre.  (Libro  particular,  fol.  75). 

En  27,  se  acordaron  las  prevenciones  necesarias  para  el  reci 
bimiento  del  Illmo.  Sor.  Obispo  diocesano,  a  su  venida  de  España: 
y  se  hizo  aquí  expresión  de  las  personas  que  se  habían  de  convidar 
para  los  días  de  obsequio  en  esta  ciudad.  (Libro  12,  fol.  49). 

En  9  de  noviembre,  se  mandó  al  señor  doctoral  que  insistiese 
en  pedir  adjudicación  a  la  Iglesia  de  una  casa  que  fue  de  Dn. 
Diego  de  Liendo  a  cuenta  de  los  alcances  de  éste  en  sus  cuentas 
del  tiempo  que  fue  mayordomo  de  fábrica.  (Libro  12,  fol.  50  vto.). 

En  10,  no  obstante  haberse  declarado  por  el  señor  Gober- 
nador del  obispado  estar  ileso  del  privilegio  de  adjuntos  y  que 
en  el  caso  ocurrido  con  el  señor  penitenciario  no  debió  éste  go- 
zarlo; el  Cabildo  acordó  dar  cuenta  al  Rey  de  todo  lo  acaecido. 
(Libro  12,  fol.  51). 

En  16,  se  volvió  a  tratar  de  este  asunto  con  motivo  de  haber 
sido  preso  el  apoderado  del  Cabildo  porque  no  hizo  la  entrega  de 
autos  en  el  término  señalado  y  se  acordó  que  se  entregasen  los 
autos  y  se  pidiese  testimonio  de  ellos  para  el  recurso  dispuesto. 
(Libro  12,  fol.  52). 

En  20,  se  obedeció  una  Real  Cédula  (que  sigue  copiada)  fecha 
en  24  de  julio  de  este  año,  declarándose  nula  la  provisión  de  la 
mayordomía  de  fábrica  de  esta  Santa  Iglesia,  en  Dn.  Juan  Ignacio 
Lecumberri,  y  subsistente  en  Dn.  Juan  Nicolás  de  Ponte,  como 
propuesto  en  primer  lugar  con  mayor  número  de  votos,  por  ser 
válidos  los  de  los  señores  racioneros  y  medios  racioneros,  decla- 
rándose también  subsistente  el  privilegio  de  votar  éstos  en  tales 
elecciones.  (Libro  12,  fol.  54). 

En  26  de  noviembre  y  3  de  diciembre,  se  aprobaron  las  fianzas 
del  nuevo  mayordomo  y  se  le  mandó  otorgar  la  escritura  con  las 
debidas  mancomunidades.   (Libro  12,  fol.  56  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1757  377 


En  10  de  diciembre,  previniéndose  el  lance  que  se  esperaba 
en  el  despacho  del  título  al  mayordomo  porque  el  señor  Gober- 
nador del  obispado  intentaba  firmar  primero,  hechas  las  refle- 
xiones congruentes,  se  acordó  que  el  señor  Deán  debía  firmar 
primero  pues  las  mayores  facultades  que  aquél  tenía  del  Illmo. 
señor  propietario,  lo  dejaban  siempre  en  la  cualidad  de  su  pro- 
visor. (Libro  12,  fol.  57  vto.). 

En  14,  reiterado  el  mismo  tratado  y  esforzadas  más  las  razones 
del  antecedente  acuerdo,  se  determinó  despachar  el  Cabildo  por  su 
parte  título  en  forma,  y  que  proveyese  auto,  para  que  el  ante- 
cesor hicic  se  la  entrega  inclusive  la  arca  del  tesoro.  (Libro  12, 
fol.  59  vto.). 

En  22,  se  accedió  a  que  Dn.  Manuel  Felipe  de  Tovar,  reco- 
nociese un  censo  de  quinientos  pesos  a  favor  de  la  fábrica  de  esta 
Santa  Iglesia,  el  cual  había  tenido  antes  doña  Catalina  Arias. 
(Libro  12,  fol.  62). 

En  24,  se  dispuso  remitir  al  supremo  consejo  testimonio  de  los 
autos  de  la  prov'sión  de  la  mayordomía  de  fábrica  por  lo  ocurrido 
en  el  punto  controvertido  con  el  señor  Gobernador  del  obispado 
en  punto  de  firmas.  (Libro  12,  fol.  62  vto.). 

Ario  de  1757. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  arce- 
diano y  magistral.  (Libro  particular,  fol.  76). 

En  11  y  14,  en  obedecimiento  de  una  Real  Cédula  de  13  de 
septiembre  de  1755  sobre  que  el  Cabildo  informase  acerca  de  la 
pretensión  de  fundarse  colegio  de  la  Compañía  de  Jesús  en  Mara- 
caibo,  se  acordó  que  para  verificarlo  se  acopiasen  documentos: 
y  en  la  primera  de  estas  actas  se  expuso  que  al  señor  Deán  no  se 
le  cometían  negocios  del  Cabildo  atentas  sus  obligaciones  y  también 
se  hizo  alguna  insinuación  acerca  de  la  circunspección  en  dictarse 
los  Cabildos.  (Libro  12,  fol.  63). 

En  18,  tratándose  acerca  de  la  dilación  del  juicio  de  cuentas 
del  mayordomo  Dn.  Joseph  Antonio  Veroiz,  se  acordó,  relevar 
al  señor  magistral  como  lo  tenía  pedido  el  mismo  y  pasar  el  expe- 
diente al  señor  Gobernador  del  obispado.  (Libro  12,  fol.  67). 

En  21,  se  aprobó  la  formación  de  un  libro  y  de  un  cuaderno  para 
que  el  apuntador  tomase  razón  en  el  primero  de  todos  los  ministros 


378 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


de  esta  santa  Iglesia  y  en  el  segundo  las  órdenes  que  se  le  comuni- 
casen por  el  Cabildo  o  por  el  señor  presidente.  (Libro  12,  fol.  71). 

En  7  de  febrero,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  9  de  noviembre 
de  1756  sobre  que  el  Cabildo  informase  acerca  de  la  pretensión 
de  erigirse  en  esta  ciudad  una  Iglesia  dedicada  a  Nuestra  Señora 
de  la  Luz.  Y  en  Io  de  marzo  se  acordó  hacerse  el  informe  de  no 
ser  conveniente  esta  fundación  por  haber  otras  de  mayor  necesidad. 
(Libro  12,  fol.  72). 

En  8,  9  y  15  se  trató  acerca  del  pagamento  de  mil  y  cincuenta 
pesos  que  debía  hacer  el  mayordomo  de  fábrica  por  el  dorado  y 
materiales  del  altar  del  Santísimo  Cristo.  (Libro  12,  fol.  72  vto.). 

En  18,  se  admitieron  al  heredero  del  mayordomo  difunto  Dn. 
Pedro  Veroiz  las  propuestas  que  hizo  sobre  el  pago  del  resto  de  su 
alcance  que  ascendía  a  16.282  pesos,  3  reales  con  las  condiciones 
que  se  tuvieron  por  convenientes.  (Libro  12,  fol.  74  vto.). 

En  15  y  16  de  marzo,  se  trató  de  la  función  de  colocación  de 
las  imágenes  del  Santísimo  Cristo,  y  de  la  Santísima  Virgen  de 
Dolores  en  su  altar  de  esta  Santa  Iglesia;  y  se  refiere  lo  acaecido 
con  el  señor  Gobernador  del  arzobispado  en  un  extraño  e  irregular 
embarazo  que  hizo  el  día  destinado  para  la  función  que  el  Ca- 
bildo había  dispuesto  a  su  costa.  (Libro  12,  fol.  78). 

En  29  de  marzo  y  15  de  junio,  seguidamente  se  volvió  a  tratar 
del  recibimiento  del  Illmo.  Sor.  Dn.  Diego  Antonio  Diez  Ma- 
droñera, y  se  dieron  algunas  disposiciones  más,  y  se  nombró  otro 
comisario  para  entender  en  las  funciones  de  esta  ciudad  con  el 
otro  nombrado.  (Libro  12,  fol.  80). 

En  5  de  julio,  expresándose  estar  ya  en  esta  ciudad  el  dicho 
Illmo.  Sor.  Obispo,  se  acordó  tratar  con  su  Sría.  Illma.  para  hacer 
algunos  ornamentos  para  la  Iglesia,  y  adornar  los  altares  de  Nuestra 
Señora  y  de  San  Jorge.  (Libro  12,  fol.  83). 

En  8,  habiéndose  suscitado  alguna  duda  en  cuanto  al  suple- 
mento del  turno  del  señor  canónigo  hebdomadario  cuando  éste 
falta,  se  acordó  que  se  observase  la  constitución  de  la  regla  de 
coro  literalmente.  Y  aunque  el  señor  maestrescuela  propuso  re- 
nunciar la  judicatura  de  diezmos  se  le  suplicó  que  prosiguiese. 
(Libro  21,  fol.  83  vto.). 

En  9,  se  trató  de  pasar  oficio  al  Illmo.  Sor.  Obispo  sobre  curso 
de  las  cuentas  de  Dn.  Joseph  Antonio  Veroiz  y  de  Dn.  Juan 
Ignacio  Lecumberri.  (Libro  12,  fol.  85). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1757 


379 


En  22,  se  acordó  que  el  mayordomo  anterior  al  actual,  de  su 
alcance  pagase  lo  que  se  debía  al  oficial  de  su  trabajo  y  materiales 
en  el  dorado  del  altar  del  Santísimo  Cristo:  y  que  se  hiciesen 
algunos  utensilios  para  el  servicio  de  la  Iglesia.  (Libro  12,  fol.  86). 

En  14  de  agosto,  presentado  el  real  título  en  que  el  señor 
Dr.  Dn.  Blas  Arrais,  cura  de  la  Catedral,  es  promovido  a  una 
media  ración,  vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn.  Juan 
Joseph  de  Arechederra,  se  le  dio  la  colación  (sin  imposición  de 
bonete)  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  estando  su  Sría.  Illma.  en  el 
coro  con  el  Cabildo  le  dio  la  posesión  allí  y  después  en  la  sala 
capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas.  (Libro  12,  fol.  87). 

En  6  de  septiembre,  se  reiteró  oficio  al  Illmo.  Sor.  Obispo 
sobre  las  cuentas  de  Veroiz.  (Libro  12,  fol.  90). 

En  7  y  9,  se  recibió  el  aviso  de  haber  llegado  el  señor  Gober- 
nador Dn.  Felipe  Ramírez,  y  se  disputaron  dos  señores  capitulares 
para  cumplimentarle.  (Libro  12,  fol.  91). 

En  27,  se  mandó  al  colector  de  manuales  dar  razón  del  estado 
de  ellos.  (Libro  12,  fol.  91  vto.). 

En  11  de  octubre,  se  reiteró  oficio  al  Illmo.  Sor.  Obispo  sobre 
hacer  algunos  utensilios  para  la  Iglesia  como  estaba  acordado. 
(Libro  12,  fol.  ibuL). 

En  14,  se  acordó  a  pluralidad  de  votos  que  para  evitar  dila- 
ciones en  las  cuentas  del  mayordomo  Veroiz,  procediese  por  sí 
solo  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  en  quien  al  efecto  el  Cabildo  ponía 
sus  facultades  de  concurrencia  simultánea.  (Libro  12,  fol.  92). 

En  25  y  27,  atentas  algunas  expresiones  de  un  auto  de  su 
Sría.  Illma.  sobre  lo  antecedente  y  en  que  determinaba  proceder 
en  el  juicio  de  cuentas  por  sí  solo,  hasta  que  al  tiempo  de  la  de- 
terminación de  ellas  concurriese  el  Cabildo,  se  deliberó  dejarle 
obrar,  así  con  protesta  de  ocurrir  después  al  Rey  a  fin  de  que  no 
parase  el  curso  de  estos  autos.  (Libro  12,  fol.  93  vto.). 

En  31,  se  acordó  llevar  a  efecto  el  dicho  recurso  por  modo  de 
consulta,  y  que  no  parase  el  juicio  de  las  cuentas.  (Libro  12, 
fol.  96). 

En  15  de  noviembre,  se  acordó  hacer  el  informe  al  Rey  expre- 
sando ser  útil,  conveniente  y  necesaria  la  fundación  de  colegio  de 
la  Compañía  de  Jesús  en  Maracaibo.  (Libro  12,  fol.  97  vto.). 

En  18,  el  Cabildo  accedió  a  que  se  dividiesen  en  cinco  veredas 
las  dos  de  diezmos  del  partido  de  San  Sebastián  y  también  la 
principal  de  esta  ciudad.  (Libro  12,  fol.  98  vto.). 


380 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  2  de  diciembre,  reservó  el  Cabildo  el  acordar  acerca  de  lo 
que  se  debía  disponer  de  una  hacienda  de  cacao,  que  en  el  Valle 
de  Yare  dejó  a  esta  Santa  Iglesia  el  señor  Dr.  Dn.  Francisco  Mar- 
tínez de  Porras.  (Libro  12,  fol.  99). 

En  3  y  6,  se  obedecieron  dos  Reales  Cédulas  (de  que  no  hay 
copia)  fechas  en  23  de  junio  de  este  año,  para  que  se  diese  razón 
del  modo  como  se  distribuían  los  diezmos  y  se  remitiese  testi- 
monio de  la  erección:  y  se  mandó  remitir  aquella  razón  a  los  se- 
ñores oficiales  reales.  (Libro  12,  fol.  99  vto.). 

En  8,  recibida  la  noticia  de  estar  electo  Obispo  de  Durango 
en  Nueva  España  el  señor  Chantre  Dr.  Dn.  Pedro  Tamarón,  se 
mandó  hacer  (con  previa  participación  del  Illmo.  Sor.  Obispo 
diocesano)  solemne,  general  repique  de  campanas;  cantar  el  Te 
Deum,  expuesto  el  Santísimo:  que  se  le  pusiese  en  la  silla  del  coro 
faldistorio,  alfombra  y  tapete:  que  le  ayudasen  a  misa  dos  cape- 
llanes de  coro  vestidos  de  sobrepelliz  que  el  Cabildo  pasase  en 
forma  capitular  a  darle  la  enhorabuena:  y  que  se  continuasen  los 
repiques  por  tres  noches,  con  luminarias  y  fuegos  a  costa  del 
Cabildo.  (Libro  12,  fol.  100  vto.). 

En  10,  convino  el  Cabildo  en  que  la  hacienda  de  cacao  corres- 
pondiente a  la  fábrica  de  esta  Santa  Iglesia  que  le  donó  el  señor 
Dr.  Dn.  Francisco  Martínez  de  Porras,  se  vendiese  en  remate, 
porque  así  le  sería  más  útil;  y  reservó  el  tratar  después  con  el 
Illmo.  Sor.  Obispo  sobre  distribución  y  destino  de  sus  réditos. 
(Libro  12,  fol.  101). 

En  13,  en  vista  de  unos  autos  seguidos  en  el  tribunal  eclesiás- 
tico consecuente  a  una  Real  Cédula  sobre  entrega  a  la  Iglesia  del 
espolio  del  Illmo.  Sor.  Antolino,  se  mandó  al  mayordomo  que  se 
presentase  pidiendo  el  cumplimiento  de  lo  mandado  en  ella.  Y 
aquí  mismo  se  previno  al  propio  mayordomo  que  bajo  la  dirección 
del  señor  doctoral  pidiese  lo  conveniente  para  la  conclusión  del 
juicio  de  cuentas  de  Dn.  Joseph  Antonio  Veroiz,  mayordomo  que 
fue  de  la  fábrica;  y  se  hicieron  algunas  insinuaciones  acerca  de 
no  haber  sido  culpable  el  Cabildo  en  la  demora.  (Libro  12,  fol.  193). 

Año  de  1758. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  maes- 
trescuela y  canónigos  de  merced.  (Libro  particular,  fol.  77). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1758 


381 


En  13  de  febrero,  se  aprobaron  los  cuadrantes  de  la  segunda 
medianía  del  año  anterior.  (Libro  12,  fol.  106  vto.). 

En  7,  se  acordó  hacerse  algún  obsequio  para  el  recibimiento 
del  Illmo.  Sor.  Dn.  Felipe  Ruíz  de  Arismendi,  arzobispo  de  Santo 
Domingo  que  venía  a  consagrarse,  pero  habiendo  insinuado  un 
señor  capitular  que  esto  no  convenía  escribirse  hasta  que  se  tratase 
con  el  Illmo.  Sor.  Obispo  diocesano  se  quedó  sin  firmar  la  acta. 
(Libro  12,  fol.  ibid.). 

En  11,  se  trató  acerca  de  los  remates  de  los  diezmos  de  Cau- 
cagua,  y  el  Cabildo  se  conformó  con  lo  proveido  por  su  Sría.  Illma. 
(Libro  12,  fol.  107). 

En  14,  se  acordó  comprarse  por  la  Iglesia  una  casa  que  vendía 
al  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Pedro  Tamarón  para  cuatro  mil  pesos 
haciendo  gracia  de  lo  más  que  valía,  y  que  en  adelante  si  hubiese 
quien  pagase  su  total  valor  se  impusiese  a  censo.  (Libro  12,  fol. 
107  vto.). 

En  21  y  22,  se  acordó  estar  pronto  el  Cabildo  a  concurrir  a 
tomar  las  cuentas  presentadas  por  los  herederos  del  mayordomo 
Dn.  Joseph  Antonio  Veroiz.  (Libro  12,  fol.  108  vto.). 

En  28,  visto  un  auto  en  que  el  Illmo.  Sor.  Obispo  comisiona 
al  señor  arcediano  para  la  dicha  toma  de  cuentas  de  Veroiz,  el 
Cabildo  también  le  nombró  por  su  parte;  y  por  lo  respectivo  a 
lo  que  se  disponía  de  que  para  lo  contencioso  de  este  negocio  pasase 
a  su  tribunal  de  justicia;  el  Cabildo  aceptó  sin  perjuicio  del  recurso 
pendiente  en  cuanto  a  la  simultaneidad  con  el  prelado.  (Libro  12, 
fol.  111). 

En  4  de  marzo,  en  atención  a  haber  insinuado  el  Illmo.  Sor. 
Obispo  no  ser  conveniente  ni  conforme  a  derecho  el  refundirse  la 
sobredicha  comisión  en  un  solo  individuo;  se  nombró  por  parte 
del  Cabildo  al  señor  Tesorero.  (Libro  12,  fol.  112). 

En  9,  se  aceptó  la  donación  de  unos  papeles  de  música  hecha 
por  el  señor  medio  racionero  Dr.  Naranjo,  y  en  cuanto  a  la  compra 
de  otra  que  tenía  el  maestro  de  capilla  se  mandó  investigar  si  había 
necesidad.  (Libro  12,  fol.  114). 

En  14,  con  acuerdo  del  Illmo.  Sor.  Obispo  se  dispuso  que  el 
dinero  necesario  para  la  compra  de  la  casa  que  fue  del  Illmo.  Sor. 
Dr.  Dn.  Pedro  Tamarón,  y  asimismo  para  reparar  otra  que  tenía 
la  Santa  Iglesia  cerca  de  la  de  Altagracia,  se  diese  por  los  here- 
deros de  Dn.  Joseph  Antonio  Veroiz  a  cuenta  de  su  alcance:  y 
aquí  mismo  se  entregó  la  llave  de  la  arca  del  tesoro  que  tenía 


382 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


aquel  señor  Illmo.  como  Chantre  al  señor  Deán.  (Libro  12, 
fol.  115). 

En  1 1  de  abril,  se  trató  acerca  del  ejercicio  de  la  jurisdicción 
simultánea  en  el  juicio  de  cuentas  de  fábrica  y  reservó  el  Cabildo 
exponer  sus  derechos  con  vista  de  unos  documentos  que  nece- 
sitaba. (Libro  12,  fol.  116). 

En  14,  no  tuvo  a  bien  el  Cabildo  que  se  comprasen  unos  papeles 
de  música  por  no  haber  ejecutores  en  la  capilla  de  música;  e  insinuó 
que  sería  conveniente  establecer  algunas  plazas.  (Libro  12,  fol.  117). 

En  21,  el  Cabildo  acordó  insinuar  al  Illmo.  Sor.  Obispo  que 
su  simultáneidad  conforme  al  capítulo  21  de  la  erección  y  reales 
cédulas  que  se  citan  debía  ser  a  todos  los  actos  y  providencias 
de  la  provisión  de  la  mayordomía  de  fábrica  y  recepción  de  cuentas 
en  la  sala  capitular  con  el  prelado  y  en  su  ausencia  solo  el  Cabildo, 
sin  introducción  del  señor  provisor  en  cosa  alguna.  (Libro  12, 
fol.  117  vto.). 

En  27,  se  aprobó  el  informe  hecho  sobre  ser  útil  la  fundación 
de  colegio  de  la  Compañía  de  Jesús  en  Maracaibo,  y  se  nombraron 
revisores  de  las  cuentas  de  los  señores  receptores.  (Libro  12,  fol. 
118  vto.). 

En  12  de  mayo,  fueron  electos  para  otro  trienio,  por  receptores 
de  la  cuarta  capitular  los  señores  maestrescuela  y  racionero 
Hermoso.  (Libro  12,  fol.  120). 

En  19,  por  no  haber  aceptado  el  señor  maestrescuela  se  nombró 
al  señor  doctoral.  (Libro  12,  fol.  120  vto.). 

En  8  de  junio,  precedida  la  presentación  en  tiempo  congruo 
del  real  despacho  en  que  el  señor  maestrescuela  Dr.  Dn.  Francisco 
de  la  Vega,  es  promovido  a  la  dignidad  de  Chantre,  vacante  por 
promoción  del  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Pedro  Tamarón  al  obispado 
de  Durango,  y  habiendo  quedado  suspensa  la  ejecución,  hasta  que 
este  señor  Illmo.  recibió  las  bulas,  se  le  dio  la  colación  por  el  Illmo. 
Sor.  diocesano  (sin  expresión  de  imposición  de  bonete)  y  después 
su  Sría.  Illma.  junto  con  el  Cabildo  le  dio  la  posesión  en  el  coro 
y  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas  y  precedida 
también  la  renuncia  que  hizo  el  sobredicho  señor  Obispo  de  Du- 
rango de  la  chantría  con  calidad  de  gozar  su  renta  hasta  este  día. 
(Libro  12,  fol.  121  vto.). 

En  10,  semejantemente  se  dio  colación  y  posesión  de  la  dignidad 
de  maestrescuela  al  señor  Tesorero  Dr.  Dn.  Juan  Fernández 
Quintana,  a  consecuencia  de  su  real  despacho  y  previas  diligencias. 
(Libro  12,  fol.  124). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1758 


383 


En  12,  igualmente  se  dio  colación  y  posesión  de  la  dignidad 
de  Tesorero  al  señor  magistral  Dr.  Dn.  Carlos  de  Herrera.  (Li- 
bro 12,  fbl.  125  vio.). 

En  16,  con  acuerdo  del  Illmo.  Sor.  Obispo  se  dispuso:  que  de 
cuenta  de  la  fábrica  y  en  utilidad  suya,  se  reimprimiesen  las  cons- 
tituciones sinodales  de  esta  diócesis,  y  el  índice  manuscrito  que 
acompañaban  a  los  que  habían  quedado  de  la  primera  impresión. 
(Libro  12,  fol.  127  vto.). 

En  20,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de  la 
cuarta  capitular  y  se  prohibió  que  de  ella  se  pagasen  testimonios 
para  informes  sin  orden  del  Cabildo.  (Libro  12,  fol.  128). 

En  27,  haciéndose  memoria  de  estarse  reparando  una  de  las 
naves  de  la  Iglesia,  que  corresponde  al  altar  de  San  Jorge,  por 
haberse  arruinado  e  insinuándose  la  urgencia  de  reparar  los  techos 
de  otras;  se  mandó  al  mayordomo  que  se  presentase  a  obtener 
las  competentes  licencias  para  este  otro  reparo,  para  hacer  algunos 
ornamentos  y  para  asear  toda  la  Iglesia  y  sus  altares.  (Libro  12, 
fol.  128  vto.). 

En  5  de  julio,  se  mandó  que  se  hiciese  reconocimiento  de  lo 
que  había  de  repararse.  (Libro  12,  fol.  130  vto.). 

En  18,  se  vieron  los  cuadrantes  de  la  primera  medianía  de  este 
año.  (Libro  12,  fol.  131). 

En  11  de  agosto,  el  Cabildo  convino  con  lo  decretado  por  su 
Sría.  Illma.  en  cuanto  a  los  sobredichos  reparos  y  también  en  cuanto 
a  ornamentos;  mas  no  se  especifican.  (Libro  12,  fol.  ibid.). 

En  7  de  septiembre,  se  mandó  al  mayordomo  que  informase 
el  estado  de  las  imágenes  antiguas  del  Santísimo  Cristo  de  San 
Juan  y  de  Santa  María  Magdalena,  y  del  retablo  en  que  estaban 
para  ver  si  se  podrían  donar  a  la  Iglesia  de  San  Lázaro  que  lo 
pedía.  (Libro  12,  fol.  132). 

En  19,  se  dispuso  constituir  apoderado,  para  que  en  unión  de 
los  otros  interesados  defendiese  el  punto  de  que  se  pagasen  diezmos 
de  las  haciendas  de  los  Jesuítas.  (Libro  12,  fol.  133  vto.). 

En  28  de  septiembre,  y  7  de  octubre,  precedida  alguna  insi- 
nuación del  Cabildo  acerca  de  lo  que  le  compete  en  la  mayordomía 
de  fábrica,  admitió  por  lo  que  le  tocaba  la  admisión  que  hizo  de 
ella  Dn.  Juan  Nicolás  de  Ponte.  (Libro  12,  fol.  134  vto.). 

En  3  de  octubre,  se  aceptó  la  dotación  de  un  manual  de  misa 
cantada  el  día  15  de  diciembre  octava  de  la  Inmaculada  Concepción 


384 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


de  Nuestra  Señora,  hecho  en  el  capital  de  600  pesos  por  el  Illmo. 
Sor.  Dr.  Dn.  Pedro  Tamarón.  (Libro  12,  fol.  135). 

En  14,  se  acordó  hacer  recurso  sobre  la  pertenencia  de  los 
diezmos  de  la  Villa  de  Perijá.  (Libro  12,  fol.  136  vto.). 

En  20,  el  Cabildo  unánimemente  haciendo  memoria  de  los 
méritos  y  servicios  del  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Pedro  Tamarón,  acordó, 
que  cuando  se  tuviese  noticia  de  su  fallecimiento  se  le  hiciese, 
no  solamente  el  novenario  de  misas  cantadas  como  si  actualmente 
fuese  del  gremio  de  esta  Santa  Iglesia,  sino  que  la  primera  fuese 
solemne.  (Libro  12,  fol.  137). 

En  24,  mediante  insinuación  del  Illmo.  Sor.  Obispo  se  acordó 
que  se  hiciese  funeral  por  el  Sumo  Pontífice,  difunto  el  señor 
Benedicto  XIV,  y  en  otro  día  la  función  de  acción  de  gracias  por 
la  exaltación  del  señor  Clemente  XIII:  y  aquí  mismo  se  trató 
de  la  provisión  de  la  mayordomía  de  fábrica.  (Libro  12,  fol.  138). 

En  8  de  noviembre,  se  insinúa  haberse  nombrado  al  señor 
doctoral  para  el  seguimiento  de  la  defensa  de  las  causas  de  diezmos 
con  los  Jesuitas,  por  apoderado  del  Illmo.  Sor.  Obispo  y  del  Ca- 
bildo y  se  mandaron  dar  expensas.  (Libro  12,  fol.  138  vto.). 

En  16  de  diciembre,  el  Cabildo  por  su  parte  eligió  para  ma- 
yordomo de  fábrica  en  propiedad  al  único  opositor  Dn.  Joaquín 
de  Castillo  Beitía.  (Libro  12,  fol.  139  vto.). 

Año  de  1759. 

En  Io  de  enero,  se  eligieron  por  adjuntos  a  los  señores  maes- 
trescuela y  doctoral.  (Libro  particular,  fol.  78  vto.). 

En  5,  se  dispuso  poner  presente  al  Illmo.  Sor.  Obispo  y  al 
señor  vicepatrono  real  los  derechos  del  Cabildo  sobre  que  el  asiento 
del  asistente  real  a  los  exámenes  de  una  canongía,  debía  tener  no 
el  asiento  inmediato  a  su  Siía.  Illma.  sino  al  señor  Deán  o  pre- 
sidente del  Cabildo.  (Libro  12,  fol.  140). 

En  13,  vista  la  resistencia  del  señor  vicepatrono,  se  acordó 
ceder,  sin  perjuicio,  el  asiento  del  lado  derecho  de  su  Sría.  Illma. 
al  asistente  real  a  fin  de  que  no  se  parase  el  curso  de  las  oposiciones 
a  la  magistral.  (Libro  12,  fol.  141). 

En  13  de  febrero,  se  dispuso  el  señalamiento  perpetuo  de  un 
dos  por  ciento  deducible  anualmente  de  la  cuarta  capitular  para 
la  defensa  de  lo  que  le  ocurriese  al  Cabildo  y  a  sus  individuos,  en 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1759 


385 


causas  relativas  a  sus  prebendas  no  siendo  contra  el  Cabildo  y 
acordándole  por  éste  en  caso  de  duda.  (Libro  12,  fol.  142). 

En  5  de  marzo,  se  trató  acerca  de  las  fianzas  del  nuevo  mayor- 
domo de  fábrica  Dn.  Joaquín  Castillo  Beitía,  y  se  dispuso  que  el 
señor  doctoral  expusiese  para  responder  el  traslado  comunicado 
por  un  decreto  del  Illmo.  señor  Obispo:  y  en  22  se  mandó  citar 
a  todos  los  señores  capitulares  para  determinar.  (Libro  12,  fol.  1J3.) 

En  10  de  abril,  a  consecuencia  de  un  auto  del  Illmo.  señor 
Obispo  con  una  Real  Cédula  de  12  de  septiembre  del  año  anterior, 
en  que  se  participa  el  fallecimiento  de  la  señora  doña  María  Bár- 
bara de  Portugal,  reina  de  España,  se  acordó  hacer  el  funeral  de 
exequias  con  la  pompa  acostumbrada  en  semejantes  casos.  (Li- 
bro 12,  fol.  145). 

En  20,  se  dispuso  que  el  mayordomo  de  fábrica  hiciese  los 
costos  de  cera  y  túmulo;  y  se  mandó  convidar  al  señor  Gober- 
nador, y  al  Ilustre  Ayuntamiento  por  medio  de  dos  señores  dipu- 
tados, y  a  las  religiones  por  el  maestro  de  ceremonias;  y  que  éste 
impusiere  a  los  prelados  del  responso  que  habían  de  cantar  en  el 
túmulo  antes  de  la  misa:  y  se  insinuó  que  el  señor  tesorero  Dr. 
Dn.  Carlos  de  Herrera,  se  había  hecho  cargo  del  sermón.  (Libro 
12,  fol.  146). 

En  24,  se  dispuso  que  el  señor  doctoral  defendiese  el  punto  de 
una  casa  que  fue  del  Illmo.  Sor.  Baños  y  se  pretendía  que  fuese 
perteneciente  a  la  obra  pía  de  casa  de  enseñanza  de  niñas.  (Libro 
12,  fol.  146  vto.). 

En  28,  habiéndose  excusado  el  mayordomo  de  fábrica  Dn.  Juan 
Nicolás  de  Ponte,  de  hacer  los  gastos  del  sobredicho  funeral,  se 
dio  cuenta  a  su  Sría.  Illma.  para  que  diese  providencia  para  e^to 
y  demás  gastos  de  la  Iglesia,  pues  aunque  estaba  electo  otro  por 
mayordomo  él  había  seguido  administrando  las  rentas  después  de 
su  renuncia.  (Libro  12,  fol.  147). 

En  9  y  18  de  mayo,  comunicada  vista  de  la  escritura  de  fianza 
del  nuevo  mayordomo,  el  Cabildo  insinuando  sus  facultades  en 
el  caso  y  querellándose  dt  1  modo  con  que  se  le  comunicó  esta  vista; 
suplicó  a  su  Sría.  Illma.  le  mandase  pasar  los  autos  y  le  invitó 
a  que  concurriese  a  la  sala  para  lo  que  fuese  de  jurisdicción  simul- 
tánea, o  le  dejase  obrar  por  si  solo.  (Libro  12,  fol.  148). 

En  17,  se  mandó  reparar  y  alquilar  la  casa  comprada  al  Illmo. 
Sor.  Tamarón.  (Libro  12,  fol.  148  vto.). 


26  —  Acias,  i. 


386 


FUENTES  PARA  LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  28,  se  volvió  a  tratar  en  vista  de  otro  auto  de  su  Sría.  I lima, 
sobre  la  escritura  de  fianza  del  mayordomo  y  hechas  sus  obje- 
ciones el  Cabildo  volvió  a  insinuar  lo  que  le  competía  por  su  juris- 
dicción cumulativa  y  protestando  de  nulidad,  siempre  que  no 
proveyese  como  juez  en  este  asunto  y  en  el  de  las  cuentas  de  fá- 
brica, se  allanó  a  todo  lo  que  su  Sría.  Illma.  quisiese,  sin  per- 
juicio de  la  real  determinación.  (Libro  12,  fol.  150). 

En  2  de  junio,  allanándose  el  Cabildo  a  exponer  no  estar  bien 
otorgada  la  escritura  del  mayordomo;  hechas  varias  protestas  en 
cuanto  a  jurisdicción  simultánea,  acordó  ocurrir  al  Rey.  (Libro  12, 
fol.  151  vto.). 

En  16,  el  Cabildo  bajo  las  antedichas  protestas  convino  en  que 
se  admitiese  al  nuevo  mayordomo  don  Joaquín  Castillo  Beitía, 
la  renuncia  que  hacía  del  derecho  que  tenía  a  la  misma  mayor- 
domía.  (Libro  12,  fol.  154  vto.). 

En  2  de  julio,  el  Cabildo  bajo  iguales  protestas  firmó  el  edicto 
convocatorio  a  nueva  provisión.  (Libro  12,  fol.  155  vto.). 

En  17,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores  y 
los  cuadrantes.  (Libro  12,  fol.  156). 

En  24  bajo  las  antedichas  protestas,  se  accedió  a  que  se  exone- 
rasen al  anterior  mayordomo  Dn.  Juan  Nicolás  de  Ponte,  del 
cuidado  de  lo  correspondiente  a  la  mayordomía.  (Libro  12,  fol. 
156  vto.). 

En  14  de  agosto,  con  atención  a  no  haber  habido  pretendiente 
a  la  dicha  mayordomía  y  usando  la  Iglesia  del  privilegio  que  le 
competía  y  derecho  de  que  la  sirvan  sus  fieles,  se  determinó  pro- 
ceder a  votación  para  eligir  a  tres  vecinos  de  esta  ciudad  y  pro- 
ponerlos al  señor  vicepatrono  real  y  en  efecto  fueron  electos  Dn. 
Pedro  Blanco  de  Ponte,  Dn.  Fernando  Lovera  y  Otañes  y  Dn. 
Miguel  de  Aristeguieta ;  lo  que  se  notició  a  su  Sría.  Illma.  y  en  17 
de  este  mismo  mes  se  formó  la  terna.  (Libro  12,  fol.  158). 

En  21,  avisado  el  Cabildo  por  decreto  de  su  Sría.  Illma.  de 
estar  presentado  el  sobredicho  Dn.  Pedro  Blanco  y  Ponte  para  la 
mayordomía,  el  Cabildo  proveyó  haberlo  por  presentado.  (Libro  12, 
fol.  159). 

En  25,  se  accedió  a  que  el  antecesor  le  hiciese  la  entrega  y 
nada  se  dice  de  fianza.  (Libro  12,  fol.  159  vto.). 

En  6  de  septiembre,  se  trató  sobre  señalamiento  al  mayordomo 
de  un  ocho  por  ciento  en  lugar  del  seis  que  gozaba  y  se  determinó 
ocurrir  para  esto  al  Rey.  (Libro  12,  fol.  160). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1760 


387 


En  28,  se  determinó  para  el  dos  por  ciento  que  llevaban  los 
mayordomos  del  dinero  custodiado  en  la  arca  del  tesoro,  y  otros 
inconvenientes  que  esta  arca  se  pusiese  con  sobre  caja  y  en  lugar 
bien  asegurado  en  la  sacristía  de  esta  Santa  Iglesia,  y  que  en  la 
entrega  de  los  demás  bienes  al  nuevo  mayordomo  se  separasen 
los  inútiles.  (Libro  12,  fol.  161). 

En  3  de  octubre,  se  denegó  la  pretensión  del  mayordomo  de 
que  se  le  nombrase  abogado  defensor  de  las  causas  de  cobros, 
pues  el  señor  doctoral  sólo  conceptuaba  de  su  obligación  la  defensa 
de  derechos,  fueros  y  privilegios  y  que  corriesen  como  siempre  con- 
forme a  lo  dispuesto  en  la  regla  de  coro.  (Libro  12,  fol.  163). 

En  21,  se  accedió  a  que  se  hiciese  el  traspaso  de  uno  de  los 
censos  de  fábrica  que  tenía  doña  Paula  de  Liendo  a  doña  Isabel 
Arratía.  (Libro  12,  fol.  163  vto.). 

En  10  de  noviembre,  se  trató  del  mismo  censo,  y  se  dice  ser 
de  mil  pesos.  (Libro  12,  fol.  164). 

En  20,  se  accedió  a  la  disposición  de  su  Sría.  Illma.  en  los  fune- 
rales que  habían  de  hacerse  por  el  señor  Rey  Dn.  Fernando  VI 
por  el  Cabildo  y  por  la  ciudad.  (Libro  12,  fol.  165). 

En  3  de  diciembre,  se  dispuso  la  dicha  función  de  funerales: 
que  se  encomendase  el  sermón  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo,  por  estar 
vacante  la  magistral  y  no  hallarse  alguno  de  los  señores  capitu- 
lares en  posibilidad  para  predicarlo:  y  que  se  hiciese  el  convite 
al  señor  Gobernador  y  al  Cabildo  secular  por  diputación  de  dos 
señores  capitulares;  y  por  el  maestro  de  ceremonias  a  las  reli- 
giones advirtiendo  a  sus  prelados  del  responso  que  habían  de 
cantar  en  el  túmulo  antes  de  la  vigilia;  y  que  el  mayordomo  de 
fábrica  ocurriese  a  los  gastos.  (Libro  12,  fol.  165  vto.). 

Año  de  1760. 

En  Io  de  enero,  se  eligieron  por  adjuntos  a  los  señores  arce- 
diano y  canónigo  de  merced.  (Libro  particular,  fol.  80). 

En  11,  el  Cabildo  se  denegó  a  responder  a  la  vista  de  una 
presentación  del  mayordomo  de  que  se  le  diese  dinero  de  la  caja; 
porque  al  efecto  debía  su  Sría.  Illma.  venir  a  la  sala  en  uso  de  la 
jurisdicción  simultáneay  no  comunicar  tal  vista.  (Libro  12,  fol.  166). 

En  15,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  27  de  septiembre  del 
año  anterior  sobre  lo  ocurrido  con  motivo  de  la  provisión  de  la 


388 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


mayordomía  de  fábrica  en  Dn.  Juan  Nicolás  de  Ponte  (no  se 
específica  la  determinación,  ni  hay  copia)  y  se  dispuso  que  otra 
igual  dirigida  al  Illmo.  Sor.  Obispo  se  la  presentase  el  apoderado 
del  Cabildo.  (Libro  12,  fol.  166  vto.) 

En  26,  a  consecuencia  de  aviso  de  estar  nombrado  comisario 
de  inquisición  en  esta  ciudad  el  señor  racionero  Dr.  Dn.  Domingo 
Hermoso,  se  le  mandó  obsequiar  por  dos  comisarios  de  parte  del 
Cabildo.  (Libro  12,  fol.  167). 

En  8  de  febrero,  el  Cabildo  con  motivo  de  otro  auto  de  su  Sría. 
Illma.  ratificó  lo  acordado  en  la  acta  de  11  del  próximo  enero  en 
cuanto  a  jurisdicción  simultánea.  (Libro  12,  fol.  167  vto.). 

Sigue  copia  de  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo  protestando 
también  por  su  parte,  y  determinando  dar  cuenta  a  Su  Majestad 
en  el  mismo  asunto.  (Libro  12,  fol.  168  vto.). 

En  4  y  6  de  marzo  dio  el  Cabildo  cumplida  satisfacción  a  todo 
lo  que  se  expresó  en  el  auto  antecedente  y  concluyó  suplicando 
a  su  Sría.  Illma.  determinase  por  sí  solo  en  los  asuntos  de  juris- 
dicción simultánea  mientras  resultaba  real  resolución.  (Libro  12, 
fol.  170). 

En  10,  refiriéndose  lo  ocurrido  con  el  Illmo.  Sor.  Obispo  en 
cuanto  a  denegarse  el  Cabildo  a  darle  dos  asistentes  por  obligación 
a  sus  concurrencias  a  rosarios  y  que  si  lo  harían  por  convite;  atentos 
los  procedimientos  violentos  que  se  experimentaron,  se  determinó 
seguir  formalmente  los  recuross  necesarios,  pidiéndose  antes  la 
revocación  del  auto  de  su  Sría.  Illma.  de  mandato  y  conminaciones. 
(Libro  12,  fol.  174  vto.). 

Sigue  un  auto  en  testimonio  en  que  Ínterin  resulta  real  deter- 
minación, dispone  su  Sría.  Illma.  que  para  el  ejercicio  de  la  juris- 
dicción simultánea  se  pasen  las  instancias  desde  su  tribunal  al 
Cabildo,  y  después  a  su  Illma.  estando  en  la  ciudad;  y  estando 
fuera  primero  al  Cabildo  y  que  después  se  le  remita  testimonio 
de  la  acta:  y  que  en  adelante  todos  los  libramientos  para  el  mayor- 
domo se  diesen  simultáneamente.  (Libro  12,  fol.  177). 

En  27,  se  accedió  con  protestas  a  que  el  interventor  nom- 
brado por  el  real  vicepatronato,  firmase  en  las  determinaciones 
de  la  recepción  de  cuentas  de  un  mayordomo  de  fábrica,  antes  del 
comisionado  del  Cabildo,  sin  embargo  de  que  éste  con  el  del  prelado 
no  eran  meros  liquidadores  sino  delegados.  (Libro  12,  fol.  178  vto.). 

En  9  de  abril  el  Cabildo  accedió  a  las  disposiciones  del  Illmo. 
Sor.  Obispo,  sobre  las  funciones  para  la  acción  de  gracias  por  la 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1760 


389 


exaltación  al  trono  de  España  del  señor  Dn.  Carlos  III:  y  se  mandó 
hacer  el  convite  al  señor  vicepatrono  y  al  ilustre  ayuntamiento 
por  diputación  de  los  señores  Tesorero  y  doctoral  y  a  las  reli- 
giones por  el  maestro  de  ceremonias.  (Libro  12,  fol.  179  vto.). 

En  10,  no  se  admitió  la  excusa  del  señor  doctoral  a  la  dicha 
diputación  que  fundaba  en  no  ser  dignidad  y  en  estar  de  misa  mayor 
en  los  días  del  convite.  (Libro  12,  fol.  180  vto.). 

En  12,  accedió  el  Cabildo  a  la  función  que  el  ilustre  ayunta- 
miento propuso  hacer  también  de  acción  de  gracias.  Y  por  lo 
respectivo  a  la  bendición  del  nuevo  pendón  que  había  de  servir  en 
la  jura,  se  denegó,  estimando  ser  esto  una  novedad  jamás  vista  de 
traerse  el  pendón  a  este  fin  en  cuerpo  de  ciudad.  (Libro  12,  fol.  181). 

En  19,  se  determinó  que  para  ejercer  el  poder  del  Cabildo  en 
la  Corte  hubiese  a  más  del  apoderado  que  existía,  dos  más  en 
segundo  y  tercero  lugar,  y  que  se  remitiesen  diez  fanegas  de  cacao 
para  expensas.  (Libro  12,  fol.  182). 

En  2  de  mayo,  con  motivo  de  haberse  presentado  el  señor 
doctoral  pidiendo  suspensión  de  la  obra  que  se  estaba  haciendo 
en  la  sacristía  para  custodia  de  la  arca  del  tesoro;  el  Cabildo  pidió 
a  su  Sría.  Illma.  que  ni  a  él  ni  a  ningún  señor  prebendado  admi- 
tiese tales  representaciones  en  asuntos  ya  determinados;  e  insinuó 
que  en  la  sacristía  no  había  los  oratorios  que  aquél  anunciaba, 
aunque  acaso  antiguamente  habría  servido  para  esto  alguna  pieza. 
(Libro  12,  fol.  183). 

En  con  motivo  de  un  auto  del  señor  provisor  en  que  emba- 
razaba al  Cabildo  el  libre  uso  de  su  cuarta  capitular,  el  Cabildo 
resistió  e  insinuó  los  motivos  de  haber  ido  a  provocar  aquella  deter- 
minación uno  de  los  señores  receptores,  y  apeló  y  protestó  otros 
recursos.  (Libro  12,  fol.  184). 

En  15,  visto  otro  auto  del  señor  provisor  sobre  el  mismo  asunto, 
el  Cabildo  acordó  que  su  apoderado  se  presentase  en  el  tribunal 
eclesiástico  a  pedir  revocación  del  antecedente,  y  seguir  los  re- 
cursos. (Libro  12,  fol.  186  vto.). 

En  16,  se  reprodujo  la  acta  antecedente  con  motivo  de  que  el 
señor  provisor  disponía,  que  el  Cabildo  demandase  en  su  tribunal 
al  sobredicho  señor  receptor.  (Libro  12,  fol.  188  vto.). 

En  17,  se  acordó  poner  en  noticia  del  señor  vicepatrono  real 
toda  la  ocurrencia  de  los  tratados  antecedentes  a  fin  de  que  mediase 


1    Hay  un  espacio  en  blanco  en  el  original  (N.  del  E.). 


390 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


en  el  asunto  y  que  a  su  tiempo  si  se  pidiese  la  intimación  de  la 
fuerza,  se  sirviese  hacerlo  con  brevedad.  (Libro  12,  fol.  189). 

En  20  de  mayo,  4  y  6  de  junio,  se  trató  sobre  un  auto  del  señor 
provisor,  en  que  mandaba  se  observase  la  constitución  sinodal  y 
regla  de  coro,  en  cuanto  a  que  los  que  van  en  las  procesiones  con 
pluviales,  no  se  quiten  los  bonetes,  ni  hagan  cortesía  a  persona 
alguna,  ni  a  comunidad:  y  asimismo  teniéndose  presente  la  queja 
del  ilustre  ayudamiento  en  este  punto  y  noticia  que  allí  daba 
de  tener  apelado  del  citado  auto;  el  Cabildo  le  insinuó  que  cuando 
observó  lo  dispuesto  en  aquel  auto,  no  sabía  que  estuviese  apelado 
y  oída  libremente  la  apelación  y  expresando  la  costumbre  inme- 
morial de  quitarse  el  bonete  y  hacer  cortesía  al  ayuntamiento 
los  que  aunque  tuviesen  capa  pluvial  no  llevaban  estola;  se  ma- 
nifestó pronto  a  observarlo  si  se  revocaba  el  auto.  (Libro  12, 
fol.  191). 

En  7  de  junio,  habiéndose  intimado  un  auto  del  señor  provisor 
al  señor  Deán,  a  instancias  de  los  curas  de  la  Catedral,  sobre 
que  a  ellos  tocaban  las  misas  cantadas  que  no  fuesen  de  erección 
o  dotación  y  que  se  les  diesen  los  derechos  de  unas  que  habían 
cantado  unos  señores  prebendados  que  no  eran  de  aquéllas;  el 
Cabildo  insinuó  el  derecho  que  tenía  a  todas  las  que  se  cantasen 
en  el  cuerpo  de  la  Iglesia,  y  que  por  éste  podía  haber  permitido 
a  algunos  de  sus  individuos  el  cantar  las  de  su  devoción  particular, 
y  que  esta  práctica  era  costumbre  inalterada;  y  acordó  que  su 
apoderado  se  presentase  a  defender  este  punto.  (Libro  12,  fol.  195). 

En  16,  se  nombró  apoderado  del  Cabildo  para  la  real  audiencia 
de  Santo  Domingo.  (Libro  12,  fol.  196). 

En  17,  se  mandó  al  colector  de  manuales  Dn.  Joseph  Ignacio 
Cabrices  presbítero,  que  en  cumplimiento  de  un  edicto  del  Illmo. 
Sor.  Obispo  diese  razón  de  ellos  a  su  Sría.  Illma.  con  presentación 
de  las  escrituras:  y  aquí  mismo  se  reiteró  el  poder  del  Cabildo  al 
mismo  colector  para  representar  en  su  nombre.  (Libro  12,  fol. 
196  vto.). 

En  20,  presentadas  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de  la 
cuarta  capitular,  el  Cabildo  se  abstuvo  de  recibirlas  ínterin  se 
declaraba  el  punto  del  libre  uso  de  sus  rentas,  embarazado  por 
el  auto  del  señor  provisor.  (Libro  12,  fol.  197). 

En  23,  prestó  el  Cabildo  su  consentimiento  para  el  reconoci- 
miento de  un  censo  de  mil  pesos  de  capital  por  Dn.  Diego  de  Ibarra 
a  favor  de  la  fábrica.  (Libro  12,  fol.  198). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1760 


391 


En  23,  se  requirió  al  colector  de  manuales  para  que  los  presen- 
tase en  visita.  (Libro  12,  fol.  198  vto.). 

En  Io  de  julio,  se  dispuso  que  se  tratase  de  sacar  el  testimonio 
de  los  autos  sobre  haberse  embarazaso  el  uso  de  la  cuarta  capitular, 
para  el  recurso.  (Libro  12,  fol.  ibid.). 

En  5,  se  trató  sobre  que  se  pusiese  en  la  caja  el  alcance  con- 
fesado por  el  mayordomo  Dn.  Juan  Nicolás  de  Ponte.  (Libro  12, 
fol.  199). 

En  22,  se  aprobaron  los  cuadrantes.  (Libro  12,  fol.  200  vto.). 

En  30,  se  accedió  a  la  instancia  del  ilustre  ayuntamiento 
sobre  que  se  sacase  en  rogativa  por  falta  de  lluvias  a  Nuestra  Se- 
ñora de  Copacavana  en  el  día  que  señalase  el  Illmo.  Sor.  Obispo. 
(Libro  12,  fol.  201). 

En  12  de  agosto,  a  insinuación  del  Illmo.  Sor.  Obispo  se  deter- 
minó poner  la  caja  del  dinero  de  la  Iglesia  en  la  sacristía  ínterin 
se  acababa  la  pieza  que  se  estaba  construyendo  y  que  se  le  hiciese 
caja.  (Libro  12,  fol.  202). 

En  26,  se  trató  sobre  las  cuentas  de  Dn.  Joseph  Antonio  Veroiz, 
y  aseguramiento  de  su  alcance.  (Libro  12,  fol.  203  vto.). 

En  31,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor  Dr.  Dn. 
Pedro  Juan  Díaz  Orgaz,  cura  rector  de  la  Catedral,  es  promovido 
a  la  canongía  magistral  vacante  por  promoción  del  señor  Dr.  Dn. 
Carlos  de  Herrera  a  la  dignidad  de  Tesorero;  y  hecha  la  colación 
por  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo  su  Sría.  Illma.  estando  con  el 
Cabildo  en  el  coro,  le  dio  allí  y  en  la  sala  capitular  la  posesión 
en  la  forma  acostumbrada,  (Libro  12,  fol.  204). 

En  12  de  septiembre,  convino  el  Cabildo  en  que  se  rematasen 
una  casa  y  una  hacienda  para  el  pago  de  los  alcances  de  Dn.  Jo- 
seph Antonio  Veroiz  y  que  ambos  pudiesen  reconocer  a  censo  el 
valor  de  los  remates.  (Libro  12,  fol.  206). 

En  16,  19  y  20  se  trató  sobre  hacer  recurso  al  Rey  en  cuanto 
al  asiento  del  asistente  en  las  oposiciones  a  canongías  y  se  acordó 
no  hacerse  por  ahora.  (Libro  12,  fol.  207). 

En  23,  recibido  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo  en  que  para 
la  toma  de  cuentas  presentadas  por  Dn.  Juan  Ignacio  Lecumberri, 
del  tiempo  que  fue  mayordomo  de  fábrica,  da  comisión  por  su  parte 
al  señor  arcediano,  se  suspendió  la  determinación  del  Cabildo 
hasta  otra  ocasión  de  mayor  número  de  vocales.  (Libro  12,  fol. 
208  vto.). 


392 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  26  y  27,  atento  lo  dispuesto  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  acerca 
de  la  sobre  caja  hecha  a  la  arca  del  tesoro  para  su  custodia  en 
la  sacristía  se  acordó  nombrar  peritos  para  su  reconocimiento  y 
se  dispuso  que  las  otras  dos  llaves  que  se  le  habían  hecho  a  la 
sobre  caja  tuviese  una  el  señor  Tesorero  y  otra  el  secretario.  (Li- 
bro 12,  fol.  209). 

En  3  de  octubre,  habiéndose  recibido  dos  Reales  Cédulas  de 
igual  tenor  y  fechas  en  27  de  septiembre  del  año  anterior:  cuyos 
principales  ya  se  habían  recibido,  sobre  lo  ocurrido  en  la  pro- 
visión de  la  mayordomía  en  Dn.  Juan  Nicolás  de  Ponte;  se  mandó 
archivar  la  dirigida  al  Cabildo,  y  remitir  la  otra  al  Illmo.  Sor. 
Obispo.  (Libro  12,  fol.  211). 

En  29,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor  Dr.  Dn. 
Joseph  Francisco  Machado,  cura  de  la  parroquial  de  Nuestra 
Señora  de  Altagracia  de  esta  ciudad,  es  promovido  a  la  canongía 
penitenciaria,  vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn.  Pedro 
Díaz  Cienfuegos,  el  Illmo.  Sor.  Obispo  estando  con  el  Muy  Vene- 
rable Sor.  Deán  y  Cabildo  en  el  coro,  le  dio  allí  la  posesión  y  en 
la  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas  y  la  colación 
se  la  dio  antes  por  un  auto.  (Libro  12,  fol.  212). 

En  31,  se  volvió  a  tratar  sobre  si  sería  conveniente  admitir 
censos  en  los  remates  de  los  bienes  del  mayordomo  Veroiz,  y  se 
suspendió  la  determinación.  (Libro  12,  fol.  213  vto.). 

En  5  de  noviembre,  se  acordó  hacer  un  enrejado  de  fierro  sobre 
maderos  para  colocar  la  arca  del  tesoro.  (Libro  12,  fol.  214). 

En  18,  con  lo  que  dijo  el  Illmo.  Sor.  Obispo  se  dispuso  que 
este  enrejado  con  la  arca  estuviese  en  el  rincón  de  una  pieza  si- 
guiente a  la  sacristía.  (Libro  12,  fol.  214  vto.). 

En  22,  por  último  se  resolvió  que  se  admitiesen  las  posturas 
hechas  a  los  bienes  del  mayordomo  Dn.  Joseph  Antonio  Veroiz 
por  el  alcance  de  sus  cuentas  para  reconocerse  a  censo  a  favor  de 
la  fábrica  el  total  de  cada  remate  (Libro  12,  fol.  215). 

En  25,  se  accedió  a  que  dos  de  los  dichos  remates  se  verificasen 
en  el  señor  magistral  Dr.  Dn.  Pedro  Juan  Díaz  y  en  Dn.  Pedro 
Manuel  Aguado:  no  se  expresan  las  cantidades.  (Libro  12,  fol, 
216  vto.). 

En  6  de  diciembre,  habiendo  insinuado  el  señor  doctoral  que 
convenía  hacer  protesta  de  parte  del  Cabildo  sobre  que  en  ningún 
tiempo  se  le  impusiese  como  gravamen  capitular  la  voluntaria 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1761 


393 


asistencia  a  los  ejercicios  espirituales  que  se  hacen  anualmente  en 
el  seminario,  y  también  para  que  allí  tuviesen  distinción  de  silla 
los  señores  que  asistiesen  se  reservó  para  otro  Cabildo  de  mayor 
concurrencia  el  determinarse.  (Libro  12,  fol.  217). 

Año  de  1761. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Tesorero 
y  magistral.  (Libro  particular,  fol.  81). 

En  23,  se  protestó  no  parase  perjuicio  al  Cabildo  en  la  presen- 
tación de  capellán  para  una  capellanía  fundada  por  el  señor  Deán 
Dn.  Alonzo  de  Escobar,  mientras  no  se  le  pasasen  los  autos  de  su 
provisión.  (Libro  12,  fol.  218  vto.). 

En  26,  27  y  29  hechas  las  debidas  protestas  sobre  haberse 
denegado  el  señor  provisor  a  la  remisión  de  los  autos  de  la  sobredicha 
capellanía  (cuyo  principal  no  se  expresa)  presentó  para  capellán 
a  Dn.  N.  (así  está)  Maestre  de  la  Mota,  o  bien  en  caso  de  que 
justificase  derecho,  o  bien  en  el  de  no  justificarlo;  y  mandó  a  su 
apoderado  presentase  testimonio  de  esta  acta.  (Libro  12,  fol.  219). 

En  30,  con  acuerdo  del  Illmo.  Sor.  Obispo  se  accedió  a  que 
el  día  9  del  próximo  febrero,  se  celebrase  el  funeral  de  exequias 
por  la  Reina  la  señora  doña  María  Amalia  de  Sajonia;  que  pre- 
dicase el  sermón  el  señor  magistral  que  se  hiciesen  los  costos  de 
túmulo  y  cera  por  el  mayordomo  de  fábrica;  y  que  se  hiciese  el 
convite  al  señor  Gobernador  y  al  ilustre  ayuntamiento  por  dos 
señores  capitulares  diputados  a  las  religiones  por  el  ministro 
de  ceremonias;  y  que  éste  advirtiese  a  los  prelados  del  responso 
que  habían  de  cantar  ante  el  túmulo.  Y  en  el  auto  que  sigue  copiado 
de  su  Sría.  Illma.  se  dice  que  al  otro  día  se  haría  la  misma  función 
por  parte  de  la  ciudad.  (Libro  12,  fol.  221). 

En  5  de  febrero,  se  prestó  por  el  Cabildo  su  consentimiento 
para  poner  en  administración  dos  veredas  de  diezmos.  (Libro  12, 
fol.  222). 

En  12  de  marzo,  se  accedió  a  que  Dn.  Martín  de  Tovar,  Dn. 
Martín  Colón,  Dn.  Juan  Ramírez  y  Dn.  Pedro  Veroiz,  recono- 
ciesen las  cantidades  en  que  habían  rematado  los  bienes  del  mayor- 
domo Dn.  Joseph  Antonio  Veroiz.  No  se  expresan  los  capitales. 
(Libro  12,  fol.  222  vto.). 

En  3  de  abril,  el  Cabildo  como  patrono  de  una  capellanía  fun- 
dada por  Dn.  Juan  Blanco  Infante  y  doña  Isabel  de  Ponte,  pre- 


394 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


senté  para  capellán  a  Dn.  Domingo  Blanco  Uribe.  (Libro  12, 
fol.  223). 

En  4,  aunque  el  señor  doctoral  insinuó  no  estar  obligado  a 
hacer  escritos  sobre  un  patronato  de  capellanía  que  obtenía  el 
Cabildo  se  defirió  la  resolución.  (Libro  12,  fol.  224). 

En  17,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  13  de  diciembre  del 
año  anterior  en  que  se  reprende  al  señor  provisor  y  al  señor  doctoral 
el  haberse  opuesto  al  uso  de  las  facultades  del  Cabido  en  la  libre 
administración  de  sus  rentas.  (Libro  12,  fol.  225). 

En  19  de  mayo,  se  accedió  a  la  fijación  de  edictos  para  la  pro- 
visión de  la  mayordomía  de  fábrica  vacante.  (Libro  12,  fol.  226). 

En  9  de  junio,  se  previno  al  apoderado  del  Cabildo  se  presen- 
tase al  señor  provisor  instando  por  el  obedecimiento  de  la  sobre- 
dicha Real  Cédula  pues  instaba  el  nombramiento  de  receptores 
de  la  cuarta.  (Libro  12,  fol.  227). 

En  16  de  junio  y  Io  de  julio,  se  acordó  que  una  cantidad  de 
dinero  exhibida  de  cuenta  del  alcance  del  mayordomo  Veroiz,  se 
destinase  a  la  paga  de  ministros  en  esta  medianía  por  estar  va- 
cante la  mayordomía  y  que  lo  sobrante  se  pusiese  en  la  caja.  (Li- 
bro 12,  fol.  227  vto.). 

En  el  mismo  día  Io,  se  accedió  a  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo, 
sobre  que  no  se  nombrasen  receptores  de  la  cuarta,  hasta  que  no 
estuviesen  aprobadas  las  cuentas  que  presentó  a  su  Sría.  Illma. 
el  uno  de  los  que  acabaron;  y  se  nombraron  revisores,  todo  sin 
perjuicio.  (Libro  12,  fol.  228). 

En  3,  con  atención  a  no  haber  habido  opositor  a  la  mayordomía 
de  fábrica  de  que  la  sirvan  sus  fieles  se  propusieron  a  Dn.  Miguel 
de  Aristeguieta  en  primer  lugar,  en  segundo  a  Dn.  Joseph  Palacios 
y  Sojo  y  en  tercero  a  Dn.  Martín  de  Tovar  y  Blanco.  (Libro  12, 
fol.  230  vto.). 

En  7,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores,  sin 
hacerse  mención  de  lo  ocurrido  con  el  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro 
12,  fol.  231  vto.). 

En  10,  se  eligieron  por  receptores  de  la  cuarta  para  otro  trienio  a 
los  señores  penitenciarios  y  racionero  Landaeta.  (Libro  12,  fol.  232). 

En  17,  se  firmó  la  terna  de  la  mayordomía  de  fábrica  para  su 
provisión.  (Libro  12,  fol.  233). 

En  21,  se  admitió  un  nuevo  fiador  a  Dn.  Martín  Colón  para  el 
reconocimiento  de  lo  que  había  comprado  de  los  bienes  del  ma- 
yordomo Veroiz.  (Libro  12,  fol.  ibid.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1761  395 


En  24,  con  acuerdo  del  Illmo.  Sor.  Obispo  se  hubo  por  pre- 
sentado a  Dn.  Miguel  de  Aristeguieta  para  el  servicio  de  la  ma- 
yordomía  de  fábrica.  (Libro  12,  fol.  233  vto.). 

En  28,  se  trató  sobre  las  fianzas  ofrecidas  por  Dn.  Martín  de 
Tovar  Baños  para  el  reconocimiento  de  lo  que  había  rematado  de 
los  bienes  de  Dn.  Joseph  Antonio  Veroiz  y  lo  mismo  acerca  de 
Dn.  Martín  Colón.  (Libro  12,  fol.  234). 

En  31,  se  accedió  a  la  petición  de  Dn.  Miguel  de  Aristeguieta, 
excusándose  a  servir  la  mayordomía  por  causas  que  expuso.  (Li- 
bro 12,  fol.  235). 

En  4  de  agosto,  se  contestó  políticamente  al  aviso  dado  por 
los  señores  Dn.  Joseph  Ferrer  de  la  Puente  y  Dn.  Antolín  de 
Liendo  de  sus  títulos  de  oidores  honorarios.  (Libro  12,  fol.  236). 

En  14,  se  conformó  el  Cabildo  con  las  fincas  y  fiador  ofrecido 
por  Dn.  Martín  Colón  para  el  reconocimiento  de  un  censo.  (Libro 
12,  fol.  ibi(L). 

En  18,  tratándose  de  formar  nueva  terna  para  la  provisión 
de  la  mayordomía  de  fábrica;  por  no  haber  resultado  acuerdo 
y  ser  muy  diversos  los  pareceres  especialmente  en  cuanto  a  con- 
servarse la  costumbre  de  que  los  mayordomos  fuesen  de  las  fa- 
milias nobles  de  esta  ciudad,  sin  embargo,  de  que  no  fuesen  llanos, 
y  más  en  el  caso  de  nombrarse  sin  pretensión  de  alguno,  pues 
no  se  les  exigía  fianza;  se  dispuso  dar  cuenta  de  todo  al  Illmo. 
Sor.  Obispo.  (Libro  12,  fol.  236  vto.). 

En  18  de  septiembre,  se  accedió  a  que  se  dividiesen  las  cuatro 
veredas  de  diezmos  del  partido  de  la  ciudad  de  coro.  (Libro  12, 
fol.  240). 

En  24,  el  Cabildo,  en  el  supuesto  de  haberse  estimado  válida 
la  terna  resultante  de  los  más  votos  de  la  acta  de  18  del  mes  an- 
terior y  de  haberse  presentado  al  primero,  que  lo  fue  el  Ledo.  Dn. 
Diego  Obelmejía;  lo  hubo  por  presentado  como  lo  había  hecho 
el  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  12,  fol.  241). 

En  28,  tratándose  sobre  haberse  excusado  el  dicho  Obelmejía 
de  aceptar  la  mayordomía  aunque  hecho  varios  votos  accedién- 
dose  a  la  excusa  por  haberse  ingerido  aquí  varios  puntos  y  entre 
ellos  especialmente  el  de  deberse  aumentar  el  seis  por  ciento  al 
mayordomo,  y  de  que  el  señor  doctoral  fuese  obligado  a  defender 
las  cobranzas  de  deudas,  por  último  se  decretó  que  se  pasase  la 
acta  de  su  Sría.  Illma.  (Libro  12,  fol.  241  vto.). 


396 


FUENTES   PARA    !.A   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  2  de  octubre,  en  virtud  de  auto  de  su  Sría.  Illma.  para 
que  se  acordase  únicamente  sobre  el  punto  de  la  dicha  excusa; 
se  acordó  unánimemente  estimarse  por  bastantes  las  causas  en 
que  se  fundaba.  (Libro  12,  fol.  245  vto.). 

En  13,  sin  perjuicio  de  los  derechos  de  la  Iglesia,  se  eligió  a 
Dn.  Juan  Ignacio  de  Lecumberri  para  nueva  terna  en  lugar  del 
dicho  Obelmejía.  (Libro  12,  fol.  246). 

En  16,  se  hubo  por  presentado  para  la  mayordomía  de  fábrica 
al  sobredicho  Lecumberri  como  lo  había  hecho  el  Illmo.  Sor. 
Obispo.  (Libro  12,  fol.  247). 

En  20,  insinuándose  estar  ya  firmado  el  título  de  mayordomo; 
se  acordó  que  se  hiciese  la  entrega  de  bienes.  (Libro  12,  fol.  247  vto.). 

En  20  de  noviembre  y  1  °  de  diciembre,  se  dispuso  que  en  adelante 
para  el  mejor  manejo  de  los  manuales  se  nombrase  cada  año  el 
día  Io  de  enero,  un  contador:  que  este  nombramiento  recayese 
en  uno  de  los  señores  capitulares,  con  las  mismas  rentas  seña- 
ladas al  colector  e  iguales  cargas,  a  excepción  de  la  de  ser  apo- 
derado del  Cabildo:  que  del  mismo  fondo  se  costease  archivo 
para  custodiar  las  escrituras,  y  se  hiciese  un  libro  en  que  estuviesen 
asentados,  y  otro  para  las  cuentas.  (Libro  12,  fol.  248). 

No  hubo  otro  acuerdo  en  este  año. 


Año  de  1762. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Chantre 
y  penitenciario.  (Libro  particular,  fol.  82). 

En  12  de  febrero,  atento  el  aviso  dado  por  el  señor  arcediano 
Dr.  Dn.  Francisco  de  Tovar  de  estar  nombrado  por  comisario 
de  la  santa  cruzada  de  esta  diócesis;  se  acordó,  que  por  medio 
de  dos  señores  diputados  se  le  obsequiase.  (Libro  12,  fol.  250). 

En  30  de  abril,  se  nombraron  revisores  para  las  cuentas  de  los 
señores  receptores  de  la  cuarta  capitular,  y  para  las  del  colector 
de  manuales:  y  a  éste  se  mandó  que  dirigido  por  el  señor  doctoral 
cumpliese  el  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  en  que  le  mandaba 
diese  razón  de  si  estaban  cumplidas  las  cargas  de  manuales.  (Li- 
bro 13,  fol.  1). 

En  28  de  mayo  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  recep- 
tores. (Libro  13,  fol.  1  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1762 


397 


En  15  de  junio,  insinuó  el  Cabildo  estar  dispuesto  a  recibir 
la  bula  de  la  santa  cruzada  y  a  todo  lo  demás  correspondiente 
para  la  publicación  el  día  24  de  este  mes.  (Libro  13,  fol.  2). 

En  6  y  30  de  julio,  se  accedió  a  que  del  caudal  de  la  Iglesia, 
se  diesen  seis  mil  pesos  al  señor  Dn.  Francisco  Solórzano  Már- 
quez de  Mijares,  para  su  reconocimiento  a  censo.  (Libro  13, 
fol.  2  vto.). 

En  13,  20  y  21  del  mismo  mes  se  accedió  a  que  Dn.  Pedro  Ve- 
roiz  reconociese  a  censo  3.282  pesos  2  reales  último  resto  del  al- 
cance del  mayordomo  Dn.  Joseph  Antonio  Veroiz.  (Libro  13, 
fol.  3). 

En  24  de  septiembre,  a  instancia  de  los  señores  oficiales  reales 
se  mandó  darles  razón  de  las  rentas  del  Cabildo  en  un  quinquenio: 
y  se  dispuso  que  el  colector  en  nombre  del  Cabildo  hiciese  opo- 
sición a  dos  capellanías  la  una  fundada  por  el  señor  Dn.  Alonzo 
de  Escobar  y  la  otra  por  Dn.  Ignacio  Vásquez  a  que  parecía  estar 
llamado  el  Cabildo  por  patrono  y  capellán.  (Libro  13,  fol.  5). 

En  6  de  octubre,  el  Cabildo  nombró  diputado  para  que  junto 
con  el  nombrado  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  para  el  examen  de 
las  cuentas  presentadas  por  el  actual  mayordomo  de  fábrica 
Dn.  Juan  Ignacio  Lecumberri  de  otro  tiempo  que  anteriormente 
lo  había  sido.  (Libro  13,  fol.  5  vto.). 

En  12  y  16,  se  accedió  a  lo  dispuesto  por  su  Sría.  Illma.  en 
cuanto  a  que  las  cuentas  de  los  mayordomos  de  fábrica  se  rindiese 
y  recibiesen  con  las  formalidades  prescritas  en  su  auto  que  está 
copiado  al  folio  9  vto.  de  este  libro.  (Libro  13,  fol.  6). 

En  19  y  21  atentas  las  insinuaciones  hechas  por  los  señores 
oficiales  reales,  sobre  que  se  les  franquease  en  calidad  de  préstamo 
el  caudal  de  la  fábrica  para  ocurrir  a  los  gastos  de  la  guerra;  y 
considerada  la  respuesta  del  Illmo.  Sor.  Obispo,  se  acordó  estar 
pronto  el  Cabildo  al  préstamo  de  lo  que  fuese  necesario  y  se  pu- 
diese, con  calidad  de  ser  en  el  último  extremo  de  la  necesidad 
y  de  ser  este  delito  el  primero  que  se  reintegrase  con  preferencia 
a  todo,  a  fin  de  que  no  sucediese  lo  que  se  estaba  experimentando 
en  el  recobro  de  doce  mil  pesos  anteriormente  prestados  y  aún 
no  pagados.  (Libro  13,  fol.  8). 

En  2  de  diciembre,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor 
Chantre  Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega,  es  promovido  a  la  dignidad 
de  Deán,  vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn.  Gerónimo 
de  Rada;  y  conferida  la  colación  por  medio  de  un  auto  del  señor 


398 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


provisor,  éste,  estando  con  el  muy  venerable  señor  Deán  y  Ca- 
bildo, le  dio  la  posesión  en  el  coro  y  sala  capitular  en  la  forma 
acostumbrada  y  firmó  después  del  señor  arcediano  presidente. 
(Libro  13,  fol.  11). 

Año  de  1763. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  arce- 
diano y  doctoral.  (Libro  particular,  fol.  83). 

En  3,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor  maestres- 
cuela Dr.  Dn.  Juan  Fernández  Quintana,  es  promovido  a  la  dig- 
nidad de  Chantre;  y  conferida  la  colación  por  impositionem  birreti 
por  el  señor  provisor  y  vicario  general  éste  estando  con  el  muy 
venerable  señor  Deán  y  Cabildo  le  dio  la  posesión  en  el  coro  y 
sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas  y  firmó  después 
del  señor  Deán.  (Libro  13,  fol.  13). 

En  25  y  26,  se  trató  de  sostener  la  posesión  de  la  Villa  de  San 
Jaime  y  sus  diezmos,  contra  las  pretensiones  del  Cabildo  de  San- 
tafé.  (Libro  13,  fol.  15  vto.). 

En  21  de  marzo,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor 
doctoral  Dr.  Dn.  Joseph  Lorenzo  de  Borges  Méndez,  es  promovido 
a  la  dignidad  de  maestrescuela;  el  señor  provisor  y  vicario  general 
le  dio  la  colación  y  posesión  del  mismo  modo  que  queda  dicho 
en  la  del  señor  Chantre.  (Libro  13,  fol.  17  vto.). 

En  27,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor  magistral 
Dr.  Dn.  Pedro  Juan  Díaz  Orgaz,  es  promovido  a  la  dignidad  de 
Tesorero  vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn.  Carlos  de 
Herrera;  el  señor  provisor  y  vicario  general  le  dio  la  colación  y 
posesión  igualmente  que  al  de  la  anterior  nota.  (Libro  13,  fol.  19). 

En  19  de  abril,  se  dispuso  que  el  apoderado  del  Cabildo  se 
presentase  en  el  tribunal  del  señor  provisor  a  representar  de  hecho 
y  derecho  sobre  la  pretensión  de  un  señor  racionero  que  quería 
administrar  el  Santísimo  Viático  a  un  señor  medio  racionero. 
(Libro  13,  fol.  21). 

En  22,  se  nombró  diputado  para  que  junto  con  el  del  Illmo. 
Sor.  Obispo  examinase  las  cuentas  del  mayordomo  Dn.  Juan 
Nicolás  de  Ponte.  (Libro  13,  fol.  21  vto.). 

En  13  de  mayo,  se  nombraron  revisores  para  las  cuentas  de  los 
señores  receptores  de  la  cuarta.  (Libro  13,  fol.  22). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1764 


399 


En  10  de  junio,  los  señores  dignidades  y  canónigos  en  vista 
de  un  auto  del  Illmo.  Sor.  Obispo  iniciando  dos  concursos  a  las 
canongías,  doctoral  y  magistral,  protestaron  el  perjuicio  que  se 
irrogaba  en  proveer  de  este  modo;  pues  aunque  así  hubiese  simul- 
taneidad era  divisiva  y  no  unitiva  como  correspondía  y  se  había 
siempre  practicado.  (Libro  13,  fol.  23). 

En  5  de  julio,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores. 
(Libro  13,  fol.  24). 

En  15,  se  aprobaron  los  cuadrantes.  (Libro  13,  fol.  24  vto.). 

Sigue  un  testimonio  de  dos  Reales  Cédulas,  con  sus  respectivos 
autos  de  obedecimiento  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  y  de  su  provisor 
a  quienes  son  dirigidas,  la  una  de  16  de  enero  de  este  año,  en  que 
se  declara  no  ser  deferible  la  pretensión  del  ilustre  Ayuntamiento 
de  que  el  prelado  y  Cabildo  le  hiciesen  cortesía  en  las  preten- 
siones a  que  concurren  ambos  cuerpos  al  tiempo  de  incorporarse 
y  de  despedirse.  (Libro  13,  fol.  25). 

Y  la  otra  en  que  expresándose  el  recurso  hecho  por  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  y  por  su  provisor,  acerca  de  la  Real  Cédula  de  13  de 
diciembre  de  1760  en  que  se  mandó  reprender  al  dicho  provisor 
y  al  señor  doctoral  Borges  por  haber  embarazado  un  libramiento 
del  Cabildo  tirado  sobre  su  cuarta  capitular;  se  dispone  que  no 
obstante  esta  determinación  pudiesen  las  partes  usar  de  los  re- 
cursos interpuestos  para  el  señor  metropolitano  y  real  audiencia. 
(Libro  13,  fol.  ibid.). 

En  18  de  octubre,  el  Cabildo  obedeció  estas  dos  Reales  Cé- 
dulas y  reservó  el  tratar  sobre  los  autos  proveídos  en  ellas  para 
otro  acto  de  mayor  concurrencia  de  señores  capitulares.  (Libro 
13,  fol.  26). 

En  22  de  noviembre,  se  encomendó  al  señor  arcediano  el  examen 
de  los  autos  de  la  capellanía  fundada  por  doña  Leonor  y  doña 
Elvira  de  Montes  para  responder  a  un  traslado  comunicado  al 
Cabildo  en  el  tribunal  eclesiástico.  (Libro  13,  fol.  27). 

No  hubo  otro  Cabildo  con  resolución  en  este  año. 

Año  de  1764. 

En  1 0  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Chantre 
y  penitenciario.  (Libro  particular,  fol.  84). 

En  10,  se  aprobaron  los  cuadrantes.  (Libro  13,  fol.  27). 


400 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  27,  recibido  un  testimonio  de  la  Real  Cédula  de  6  de  no- 
viembre, dirigida  al  ilustre  Ayuntamiento,  sobre  que  todas  las 
personas  que  ejerzan  empleos  públicos  juren  de  defender  la  Inma- 
culada Concepción  de  Nuestra  Señora  y  para  que  en  el  escudo 
de  sus  armas  pudiese  poner  esta  orla:  «Ave  María  Madre  Santí- 
sima de  la  Luz  sin  pecado  concebida»;  y  asimismo  para  que  pu- 
diese tener  oratorio  en  la  casa  de  Ayuntamiento;  se  acordó  dar 
expresivas  gracias  y  enhorabuenas  a  aquel  cuerpo.  (Libro  13, 
fol.  27  vto.). 

En  1 0  de  febrero,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor 
Dr.  Dn.  Luis  Joseph  de  Vargas  cura  de  esta  Santa  Iglesia,  es 
promovido  a  una  media  ración  vacante  por  fallecimiento  del 
señor  Dr.  Dn.  Blas  Arraiz;  y  dada  la  colación  por  impositionem 
birreti  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo  estando  su  Sría.  Illma.  en  el  coro 
con  el  Cabildo  le  dio  la  posesión  en  la  forma  acostumbrada.  (Li- 
bro 13,  fol.  28  vto.). 

En  9  de  junio  (no  hubo  otro  Cabildo  en  los  meses  antecedentes 
porque  en  ellos  fue  horrenda  la  mortandad  con  la  peste  de  vi- 
ruelas) se  acordó  el  recibimiento  de  la  bula  de  la  santa  cruzada, 
que  se  había  de  publicar  el  día  24  de  este  mes.  (Libro  13,  fol.  30). 

En  10  de  julio,  recibido  del  tribunal  eclesiástico  un  testimonio 
de  la  Real  Cédula  de  18  de  marzo  de  este  año,  confirmándose  el 
señalamiento  al  mayordomo  de  fábrica  de  esta  Santa  Iglesia, 
de  un  dos  por  ciento  sobre  el  seis  que  antes  llevaba;  el  Cabildo 
acordó  que  daba  su  obedecimiento  luego  que  el  mayordomo  se 
presentase  con  la  Real  Cédula  en  la  sala.  (Libro  13,  fol.  31). 

En  11,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de 
la  cuarta  con  la  condición  de  que  los  cien  pesos  pagados  al  con- 
ductor de  los  edictos  de  las  canongías  se  reintegrasen  de  las  va- 
cantes de  éstas.  Y  aquí  mismo  fueron  reelectos  para  otro  trienio 
los  mismos  señores  receptores.  (Libro  13,  fol.  31  vto.). 

En  27,  se  vieron  los  cuadrantes  y  se  providenció  acordar  de 
ellos.  (Libro  13,  fol.  32). 

En  7  de  agosto,  se  nombró  por  consiliario  del  seminario  por 
parte  del  Cabildo  al  señor  penitenciario  Dr.  Dn.  Joseph  Fran- 
cisco Machado  por  haber  pasado  a  la  dignidad  de  maestrescuela 
el  que  lo  obtenía  a  ser  incompatible  aquel  oficio  con  esta  dignidad. 
(Libro  13,  fol.  32). 

En  9,  con  motivo  de  haberse  querellado  los  señores  racioneros 
y  medios  de  que  se  les  hubiese  excluido  del  Cabildo  antecedente, 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1765 


401 


y  tenídose  varias  consideraciones  respecto  de  la  posesión  en  que 
se  hallaban;  por  último  se  acordó  pasar  testimonio  de  la  acta  al 
Illmo.  Sor.  Obispo  para  que  determinase.  (Libro  13,  fol.  32  vto.). 

En  28  de  septiembre,  se  acordó  a  la  pretensión  de  Dn.  Joseph 
Rodríguez  de  Mejorada,  de  reconocer  a  censo  el  capital  de  2.550 
pesos,  perteneciente  a  la  fábrica,  y  redimido  por  Dn.  Pedro  Manuel 
Aguado,  siempre  que  justificase  el  competente  valor  de  las  fincas: 
Y  por  lo  respectivo  a  la  pretensión  del  señor  maestrescuela  que 
fue  de  dictamen  de  que  no  se  le  diese,  pidiendo  se  le  diese  testi- 
monio de  la  acta  para  representar  con  ella  por  sí;  se  dispuso  que 
se  citase  para  otro  Cabildo.  (Libro  13,  fol.  34  vto.). 

En  17  de  octubre,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  Io  de  di- 
ciembre, del  año  anterior,con  inserción  de  la  constitución  apostólica 
expedida  por  el  señor  Clemente  XIII,  sobre  los  nombramientos 
que  hacían  algunos  misioneros  regulares  de  jueces  conservadores, 
previniéndose  que  toda  se  observase  y  cumpliese  a  excepción  de 
la  cláusula  en  que  Su  Santidad  avocaba  así  el  conocimiento  de 
las  causas  de  que  conocían  los  jueces  conservadores,  por  haberse 
interpuesto  suplica  de  ella.  Y  sigue  copia  de  la  dicha  Real  Cé- 
dula. (Libro  13,  fol.  35  vto.). 

En  26,  se  accedió  a  que  el  mismo  censo  redimido  por  Dn.  Pedro 
Manuel  de  Aguado  lo  reconociese  Dn.  Marcos  García  Naranjo, 
se  justificase  ser  competentes  las  fincas.  (Libro  13,  fol.  39). 

No  hubo  otro  Cabildo  con  acuerdo  capitular  en  este  año. 

Año  de  1765. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Teso- 
rero y  mercedario.  (Libro  particular,  fol.  85). 

En  28  de  febrero,  por  haber  fallecido  Dn.  Ignacio  Cabrices, 
colector  de  manuales  y  apoderado  del  Cabildo  en  esta  ciudad  se 
nombró  a  pluralidad  de  votos  por  apoderado  al  señor  medio  racio- 
nero Dr.  Dn.  Luis  Joseph  de  Vargas:  y  en  cuanto  al  de  colector 
se  omitió,  insinuándose  haber  pendiente  competencia  con  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  sobre  el  tal  nombramiento  y  recepción  de  sus  cuentas. 
(Libro  13,  fol.  40  duplicado). 

En  23  de  abril,  se  nombraron  revisores  para  las  cuentas  de  los 
señores  receptores  de  la  cuarta.  (Libro  13,  fol.  41). 

En  2  de  mayo,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  29  de  enero  del 
año  anterior,  en  que  se  manda  al  Cabildo  ocurra  a  la  real  au- 


27  —  Acta*.  I. 


402 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


diencia  del  distrito  a  usar  de  su  derecho  en  cuanto  a  la  paga  de 
diezmos  de  una  hacienda  de  los  Jesuítas.  (Libro  13,  fol.  41  vto.). 

En  6,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor  medio  racio- 
nero Dr.  Dn.  Luis  Joscph  de  Vargas  es  promovido  a  la  canongía 
magistral  vacante  por  promoción  del  señor  Dr.  Dn.  Pedro  Juan 
Díaz  Orgaz,  y  conferida  la  colación  el  señor  provisor  y  vicario 
general  estando  en  el  coro  con  el  muy  venerable  señor  Deán  y 
Cabildo  le  dio  allí  la  posesión  y  después  en  la  sala  capitalar  en  la 
forma  acostumbrada.   (Libro  13,  fol.  42). 

E  igualmente  se  dio  colación  y  posesión  al  señor  Dr.  Dn. 
Francisco  de  Ibarra,  rector  del  seminario  de  la  canongía  doctoral, 
vacante  por  promoción  del  señor  Dr.  Dn.  Joseph  Lorenzo  de  Borges, 
en  vista  del  real  despacho  expedido  a  su  favor.  (Libro  13,  fol.  44). 

En  21  y  31,  habiendo  consultado  el  ilustre  Ayuntamiento  al 
eclesiástico  sobre  su  intento  de  traer  el  real  pendón  a  la  Iglesia 
la  víspera  y  día  de  Apóstol  Santiago,  patrón  de  esta  ciudad  y  de 
poner  en  él,  como  lo  tenía  concedido  su  escudo  de  armas  con  la 
inscripción  u  orla  «Ave  María  Madre  Santísima  de  la  Luz  conce- 
bida sin  pecado  en  el  primer  instante  de  su  ser  natural»;  se  con- 
testó pidiéndose  la  real  Cédula  en  que  se  hubiese  mandado  la 
enunciada  traída  del  pendón  a  la  Iglesia.  (Libro  12,  fol.  47). 

En  4  de  junio,  a  instancia  de  los  señores  oficiales  reales,  se 
mandó  darles  razón  de  las  rentas  del  Cabildo  en  el  último  quin- 
quenio para  cobrar  la  mesada  eclesiástica  a  los  provistos  en  pre- 
bendas. (Libro  13,  fol.  47  vto.). 

En  14  y  18  recibido  un  oficio  del  ilustre  Ayuntamiento  sobre 
la  referida  traída  del  pendón,  y  una  Real  Cédula  en  que  se  manda 
hacerse  la  función  correspondiente,  como  si  no  estuviese  hecha  la 
que  con  él  debió  hacerse  en  la  real  proclamación;  el  Cabildo  se 
allanó  a  recibirlo  el  día  del  Apóstol  Santiago  y  en  cualquiera  otro, 
siempre  que  viniese  con  sólo  el  escudo  de  las  armas  del  Rey,  sin 
acompañamiento  de  las  de  la  ciudad  o  se  le  manifestase  privi- 
legio expreso  derogativo  de  las  leyes,  que  prohiben  poner  en  el 
real  pendón  otras  armas:  y  por  último  se  dispuso  participar  al 
señor  Gobernador  este  acuerdo  a  fin  de  que  si  tuviese  alguna 
real  orden  relativa  al  caso  la  pasase  al  Cabildo.  (Libro  13,  fol.  48). 

En  25,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de 
la  cuarta  capitular  y  no  se  accedió  a  la  renuncia  que  hacía  de  su 
nombramiento  de  receptor  el  señor  penitenciario,  con  motivo  de 
estar  padeciendo  algún  mal  en  los  ojos.  (Libro  13,  fol.  53). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1765 


405 


En  5  y  6  de  julio,  recibido  un  oficio  del  señor  Gobernador 
acerca  de  lo  que  se  le  participó  sobre  el  pendón  real  insinuando 
conceptuar  estar  aprobado  por  el  Rey  del  modo  que  se  hallaba 
con  el  escudo  de  las  reales  armas  en  parte  superior  y  en  la  inferior 
las  de  esta  ciudad,  el  Cabildo  se  allanó  (sin  perjuicio)  a  recibirlo. 
(Libro  13,  fol.  54). 

En  9  y  10,  en  vista  de  otro  oficio  del  ilustre  Ayuntamiento, 
sobre  si  habría  reparo  en  que  se  pusiese  en  el  mismo  pendón  real 
la  orla  concedida;  el  Cabildo  se  allanó  también  sin  perjuicio  de  lo 
que  Su  Majestad  determinase.  (Libro  13,  fol.  55). 

En  12,  se  aprobaron  los  cuadrantes  de  la  primera  medianía 
de  este  año.  (Libro  13,  fol.  56). 

En  16  y  19,  habiéndose  participado  por  el  señor  provisor  al 
Cabildo  una  Real  Cédula  de  7  de  marzo  del  año  anterior,  en  que 
se  dispone  el  orden  con  que  se  había  de  celebrar  en  esta  Iglesia 
la  función  del  recibimiento  del  real  pendón,  previniéndose  que  un 
prebendado  y  dos  capellanes  saliesen  a  recibirlo  a  la  ciudad;  y 
a  la  vuelta  los  acompañasen  hasta  la  puerta  de  la  Iglesia,  el  Ca- 
bildo prestó  su  obedecimiento  y  nombró  al  señor  Tesorero  y  a  dos 
capellanes  al  efecto.  (Libro  13,  fol.  56  vto.). 

En  9  de  agosto,  habiéndose  quejado  el  ilustre  ayuntamiento 
de  que  no  se  hubiese  dado  paz  a  todos  sus  individuos  en  la  sobre- 
dicha función,  se  reservó  el  acuerdo  para  otro  acto  de  precedida 
citación.  (Libro  13,  fol.  57  vto.). 

En  18  de  octubre,  se  acordó  ocurrir  al  supremo  consejo  a  la 
continuación  de  la  causa  sobre  diezmos  de  la  orilla  de  la  laguna 
de  Maracaibo.  (Libro  13,  fol.  58). 

En  el  mismo  día  y  en  12  de  noviembre,  se  accedió  a  la  dispo- 
sición del  Illmo.  Sor.  Obispo,  de  que  en  la  Catedral  como  en  las 
demás  iglesias  se  hiciese  una  función  fúnebre  por  los  que  habían 
fallecido  en  la  peste  de  viruelas.  (Libro  13,  fol.  58). 

En  23  de  noviembre,  presentado  el  real  despacho  en  que  el 
señor  Dr.  Dn.  Juan  de  Mendoza  Colmenares,  cura  de  la  Catedral, 
es  promovido  a  una  media  ración  vacante  por  ascenso  del  señor 
Dr.  Dn.  Luis  Joseph  de  Vargas;  y  conferida  la  colación  por  el  señor 
provisor  y  vicario  general,  el  mismo  señor  estando  con  el  muy 
venerable  señor  Deán  y  Cabildo,  le  dio  la  posesión  en  el  coro  y 
en  la  sala  capitular  en  la  forma  acostumbrada.  (Libro  13,  fol.  59). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


404 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


Año  de  1766. 

En  Io  de  enero,  se  eligieron  por  adjuntos  a  los  señores  ma- 
gistral y  doctoral.  (Libro  13,  rol.  60  vto.). 

En  14,  se  aprobaron  los  cuadrantes  de  la  antecedente  medianía. 
(Libro  13,  fol.  61). 

En  21  de  enero  y  4  de  febrero,  se  acordó  el  hacerse  algunos 
ornamentos  y  que  para  los  que  habían  de  traerse  de  España,  se 
remitiese  cacao  y  también  se  dispuso  comprar  esclavos  para  sub- 
rogar los  que  estaban  inútiles  del  servicio  de  la  Iglesia.  (Libro 
13,  fol.  ib  id.). 

En  18  del  mismo  febrero,  se  nombró  por  apoderado  del  Ca- 
bildo en  esta  ciudad  y  receptor  de  las  rentas  obvencionales  al 
señor  doctoral  Dr.  Dn.  Francisco  de  Ibarra,  por  haber  renun- 
ciado este  empleo  el  señor  Dr.  Dn.  Luis  de  Vargas.  (Libro  13, 
fol.  62). 

En  4  de  marzo,  se  nombraron  revisores  para  las  cuentas  de  ma- 
nuales. (Libro  13,  fol.  62  vto.). 

En  8  de  abril,  se  nombraron  otros  para  las  cuentas  de  los 
señores  receptores.  (Libro  13,  fol.  63). 

En  29,  se  aprobaron  ambas  cuentas;  y  se  nombró  por  recep- 
tor al  señor  magistral  en  lugar  del  señor  penitenciario  que  renunció 
por  haber  perdido  enteramente  la  vista.  (Libro  13,  fol.  ibid.). 

En  2  de  mayo,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor 
Dn.  Manuel  de  Granda,  cura  de  la  Catedral,  es  promovido  a  una 
media  ración  vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn.  Juan 
Agustín  Naranjo,  el  señor  provisor  le  dio  la  colación  y  después 
estando  en  el  coro  con  el  muy  venerable  señor  Deán  y  Cabildo 
le  dio  allí  y  en  la  sala  capitular  la  posesión  con  las  ceremonias 
acostumbradas.  (Libro  13,  fol.  64). 

En  6  de  junio  el  Cabildo  se  prestó  como  siempre  a  recibir  la 
bula  de  la  santa  cruzada  que  se  había  de  publicar  el  día  24  de  este 
mes.  (Libro  13,  fol.  66). 

En  14,  se  obedecieron  dos  Reales  Cédulas,  la  una  de  25  de 
febrero  de  este  año,  para  que  anualmente  se  remita  a  Su  Majestad 
los  cuadrantes  de  diezmos  y  los  de  obvenciones;  y  la  otra  de  13 
de  marzo  siguiente  en  que  se  manda  que  corriese  el  pendón  real  de 
esta  ciudad  según  demostraba  su  diseño.  (Libro  13,  fol.  67). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1767  405 


En  15,  se  aprobaron  los  cuadrantes  de  la  antecedente  medianía, 
y  se  mandó  llevar  al  señor  provisor  un  certificado  de  multas  im- 
puestas a  algunos  capellanes  para  que  proveyese  acerca  de  ella. 
(Libro  13,  fol.  67  vto.). 

En  12  de  agosto,  se  dispuso  la  función  de  acción  de  gracias 
por  el  desposorio  del  señor  Dn.  Carlos,  príncipe  de  Asturias,  con 
la  señora  princesa  de  Parma  doña  Luisa,  y  se  nombraron  dos 
señores  diputados  para  participarlo  al  señor  provisor,  y  convidar 
al  señor  Gobernador  y  señores  alcaldes  regidores  y  oficiales  reales. 
(Libro  13,  fol.  68  vto.). 

En  24  de  octubre,  habiéndose  tratado  acerca  de  las  ruinas 
causadas  por  el  terremoto  del  día  21  de  este  mes,  se  acordó  hacerse 
un  reconocimiento  de  todo  el  edificio  de  esta  Santa  Iglesia  por  un 
ingeniero,  tres  albañiles  y  un  Jesuíta  director  de  la  fábrica  del 
colegio  de  su  instituto  en  esta  ciudad.  (Libro  13,  fol.  70  vto.). 

En  23  de  diciembre,  habiéndose  recibido  tres  oficios  del  señor 
Gobernador,  relativos  al  funeral  hecho  en  esta  Santa  Iglesia  por 
la  señora  Reina  Madre  doña  Isabel  Farnesio,  sobre  haber  pre- 
dicado el  señor  magistral  llevando  cauda  y  caudatario,  no  habér- 
sele hecho  el  debido  obsequio  en  los  sermones  de  este  funeral  y 
del  otro  que  se  hizo  por  parte  del  ilustre  Ayuntamiento,  y  faltá- 
dose  al  convite  acostumbrado  hacerse  por  dos  señores  diputados, 
se  reservó  la  resolución  para  otro  acto.  (Libro  13,  fol.  71). 

Año  de  1767. 

En  Io  de  enero,  se  eligieron  por  adjuntos  los  señores  arce- 
diano y  mercedario.  (Libro  13,  fol.  72). 

En  13,  se  aprobaron  los  cuadrantes.  (Libro  13,  fol.  72  vto.). 

En  23,  intimada  prohibición  al  Cabildo  por  el  señor  provisor 
en  cuanto  a  acordar  acerca  de  los  tres  oficios  del  señor  Gober- 
nador, relativos  a  los  sobredichos  funerales,  se  mandaron  pasar 
los  mismos  oficios  al  dicho  señor  provisor.  (Libro  13,  fol.  ibid.). 

En  27,  el  Cabildo  reservó  para  otro  acto  responder  al  dicho 
señor  provisor  por  lo  respectivo  a  su  prevención  de  que  expusiese 
su  derecho  en  actas  capitulares  sobre  los  tres  puntos  reclamados 
por  el  señor  Gobernador.  (Libro  13,  fol.  73). 

En  3  de  febrero,  recibido  otro  oficio  del  señor  Gobernador 
sobre  que  el  Cabildo  acordase  en  los  puntos  reclamados,  se  acordó 


406 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


bajo  de  varias  protestas,  citarse  al  efecto  a  todos  los  señores  capi- 
tulares: y  así  en  ésta,  como  en  las  actas  antecedentes  el  Cabildo 
insinuó  su  allanamiento  a  obedecer  las  Reales  Cédulas  del  caso. 
(Libro  13,  fol.  73  vto.). 

En  28,  se  suspendió  para  otro  acto  con  citación  aun  de  los 
señores  ausentes  para  tratar  acerca  de  lo  pedido  por  el  señor 
arcediano,  en  cuanto  a  que  en  calidad  de  licencia  por  no  poder 
usar  de  recle  en  la  Cuaresma,  pudiese  ausentarse  de  esta  ciudad 
huyendo  del  contagio  de  viruelas.  (Libro  13,  fol.  75  vto.). 

En  27  de  marzo,  tratándose  de  los  tres  puntos  reclamados 
por  el  señor  Gobernador  en  los  funerales  de  la  señora  Reina  Madre; 
y  según  lo  expresado  en  los  largos  sufragios  de  los  señores  capitu- 
lares resulta,  por  lo  respectivo  al  punto  de  venia  en  los  sermones 
no  haberse  faltado  al  señor  Gobernador,  pues  aunque  primero 
se  hizo  cortesía  al  Cabildo  fue  sólo  acatamiento  de  cabeza,  y  al 
dicho  señor  con  expresión  de  palabras:  al  segundo  que  no  llevó 
el  señor  magistral  verdadero  caudatario,  sino  un  ministro  que  la 
enderezase  en  las  varias  encrucijadas  para  llegar  al  pulpito  como 
se  hace  en  el  Viernes  Santo  para  la  adoración  de  la  Cruz:  y  al 
tercero  que  la  falta  de  convite  procedió  de  no  haber  habido  lugar 
por  el  estrecho  tiempo  que  hubo,  y  por  estarse  aún  en  las  fun- 
ciones relativas  al  terremoto  del  día  21  de  octubre.  Y  se  acordó 
pasar  testimonio  de  una  acta  al  señor  provisor.  (Libro  13,  fol. 
76  vto.). 

En  Io  de  abril  el  Cabildo  dijo  no  ofrecerle  reparo  en  lo  pro- 
veído sobre  lo  antecedente  por  el  señor  provisor,  pero  no  se  espe- 
cifica la  providencia.  (Libro  13,  fol.  85). 

En  16,  con  motivo  de  haberse  intentado  por  el  señor  Gober- 
nador que  el  piquete  de  tropa  de  custodia  del  Santo  Sepulcro  en 
la  procesión  del  Viernes  Santo,  fuese  inmediato  al  paso,  de  suerte 
que  quedaría  entre  el  clero  el  Cabildo  suplicó  al  señor  provisor 
no  permitiese  hacerse  esta  novedad.  (Libro  13,  fol.  86). 

En  5  de  mayo,  se  obedecieron  tres  reales  despachos,  el  uno  de 
20  de  junio  de  1766,  sobre  los  bienes  de  los  que  mueren  ab  in- 
testato:  otro  de  8  de  septiembre  del  mismo  año,  declarándose 
el  asiento  que  en  los  concursos  a  canongías  ha  de  tener  el  asis- 
tente real:  y  otro  de  4  de  diciembre  del  propio  año,  sobre  que  se 
pagasen  diezmos  de  las  haciendas  de  los  colegios  de  la  Compañía 
de  Jesús.  (Libro  13,  fol.  86  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1767 


407 


En  16  de  junio,  se  nombraron  revisores  para  las  cuentas  de  los 
señores  receptores.  (Libro  13,  fol.  87). 

En  30,  el  Cabildo  por  su  parte  nombró  al  señor  mercedario 
para  el  examen  de  las  cuentas  del  mayordomo  de  fábrica  Dn. 
Pedro  Blanco  de  Ponte  dadas  por  sus  herederos.  (Libro  13,  fol. 

87  vto.). 

En  7  de  julio,  se  recibió  con  exhorto  del  señor  Gobernador, 
un  testimonio  de  la  Real  Cédula  sobre  extrañamiento  de  los  Je- 
suítas. (Libro  13,  fol.  88). 

En  14,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de 
la  cuarta  capitular.  (Libro  13,  fol.  ibid.). 

En  7  de  agosto,  se  acordó  suplicar  a  un  ingeniero,  pasase  al 
reconocimiento  especial  de  los  daños  causados  en  la  torre  de  esta 
Santa  Iglesia  con  el  terremoto  del  año  anterior.  (Libro  13,  fol. 

88  vto.). 

En  18  y  26,  con  el  parecer  de  este  ingeniero  y  de  los  alarifes, 
convino  el  Cabildo  en  que  se  derribase  el  remate  y  tercer  cuerpo 
de  la  torre  y  que  hecho  se  hiciese  nuevo  reconocimiento  del  estado 
en  que  quedase  el  segundo.  (Libro  13,  fol.  89). 

En  15  de  septiembre,  a  pluralidad  de  votos  de  los  señores  dig- 
nidades y  canónigos,  se  acordó  que  desde  luego  se  siguiese  el  juicio 
petitorio  o  de  propiedad  sobre  voto  de  los  señores  racioneros  en 
las  elecciones  y  demás  que  no  les  corresponde  por  derecho  y  que 
se  encargase  de  la  defensa  el  señor  doctoral,  y  se  hiciese  los  costos 
de  cuenta  del  Cabildo.  (Libro  13,  fol.  90). 

En  9  de  octubre,  se  dispuso  que  el  señor  doctoral  presentase 
en  el  tribunal  eclesiástico  el  agravio  irrogado  al  Cabildo  por  haber 
un  cura  de  la  Catedral  hecho  en  la  iglesia  de  San  Mauricio  las 
honras  del  señor  Tesorero  Dr.  Dn.  Pedro  Juan  Díaz  Orgaz;  pues 
por  haber  sido  sepultado  en  la  misma  Catedral,  y  héchose  el 
entierro  por  el  Cabildo  correspondía  que  por  el  mismo  se  hiciese 
aquella  función,  como  siempre  se  había  practicado.  (Libro  13,  fol.  91). 

En  13,  se  tuvo  a  bien  no  proceder  a  acordar  sobre  el  testimonio 
de  un  acuerdo  del  ilustre  ayuntamiento  hasta  que  lo  trajese  a  la 
sala  el  escribano;  pues  omitiendo  esta  ceremonia  lo  dejó  en  la 
casa  del  secretario.  Se  trata  en  él  del  establecimiento  de  fiesta 
de  acción  de  gracias  por  los  beneficios  recibidos  en  el  terremoto 
del  año  anterior.  (Libro  13,  fol.  92). 

En  14,  se  mandó  hacer  nuevo  monumento  y  velo  morado  para 
cubrir  el  altar  mayor,  y  también  se  mandó  componer  el  sagrario, 


408 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


frontal  y  blandones  de  plata;  y  que  las  piezas  que  les  faltaban  las 
entregase  el  sacristán  mayor  o  las  pagase.  (Libro  13,  fol.  92  vto.). 

En  16,  habiéndose  decretado  por  el  señor  provisor  que  se 
hiciese  en  la  Catedral  la  función  de  honras  funerales  por  el  señor 
Tesorero  Dr.  Dn.  Pedro  Juan  Díaz,  se  acordó,  que  después  de 
ejecutado  el  colector  devolviese  a  los  herederos  los  derechos  to- 
cantes al  Cabildo.  (Libro  13,  fol.  93). 

Aquí  mismo,  insinuándose  haberse  aceptado  con  la  calidad  de 
por  ahora  la  función  de  Cuarenta  Horas,  dispuesta  por  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  en  acción  de  gracias  de  los  beneficios  recibidos  en  el 
terremoto;  se  dispuso  que  por  esta  vez  se  pagasen  sus  gastos  por 
el  mayordomo  de  fábrica  como  se  había  hecho  en  el  año  anterior; 
pero  que  no  se  entendiese  establecimiento  perpetuo.  (Libro  13, 
fol.  ib  id.). 

En  20,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  20  de  mayo  de  este 
año,  en  que  se  insertan  dos  breves,  el  uno  para  rezarse  en  los 
sábados  el  oficio  de  la  Inmaculada  Concepción  de  Nuestra  Señora, 
y  el  otro  para  añadir  Mater  Inmaculada  en  las  letanías  lauretanas. 
(Libro  13,  fol.  93  vto.). 

En  10  de  noviembre,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  21  de 
junio  de  este  año  en  que  se  declara  que  el  asistente  real  a  opo- 
siciones de  canongías,  tenga  asiento  después  del  señor  Deán, 
que  asista  o  no  asista  el  Illmo.  Sor.  Obispo.  Y  se  mandó  pagar 
al  apoderado  en  la  corte,  lo  que  había  gastado  en  este  recurso. 
(Libro  13,  fol.  94). 

En  17  y  18,  visto  el  reconocimiento  hecho  del  segundo  cuerpo 
de  la  torre  después  de  descargado  el  tercero,  se  acordó:  que  aquél 
también  se  derribase,  y  que  hecho  esto  se  reconociese  el  primero; 
en  inteligencia  de  que  la  torre  debería  quedar  lo  mismo  o  en  mejor 
forma  que  lo  estaba.  (Libro  13,  fol.  94  vto.). 

En  4  de  diciembre,  a  pluralidad  de  votos  se  informó  al  señor 
provisor  que  los  señores  canónigos  de  oficio,  no  habían  dejado  de 
hacer  su  semana  aunque  hubiesen  estado  de  oficio  y  que  consi- 
guientemente no  era  justa  la  pretensión  del  señor  magistral  de  no 
hacer  la  semana  que  le  había  tocado  estando  de  oficio.  (Libro  13, 
fol.  95  vto.). 

En  17,  a  insinuación  del  señor  provisor  se  dio  un  ornamento, 
cáliz  y  vinageras  para  la  capilla  que  se  iba  a  erigir  en  una  reduc- 
ción de  indios  gentiles  y  vagos  cerca  de  Río  de  Apure.  (Libro  13, 
fol.  97). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1768  409 


Año  de  1768. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Chan- 
tre y  doctoral.  (Libro  particular,  fol.  87). 

En  15,  se  obedeció  una  real  orden  de  27  de  octubre  del  año 
anterior  para  que  anualmente  se  remitiesen  certificados  del  pro- 
ducto del  diezmo  de  cacao.  (Libro  13,  fol.  97  vto.). 

En  12  de  febrero,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  14  de  julio, 
de  aquel  año,  dirigida  al  Illmo.  Sor.  Obispo,  por  quien  fue  comu- 
nicada al  Cabildo  en  la  cual  se  dispone  que  el  mismo  Cabildo, 
con  el  secular,  se  avisen  recíprocamente  para  todos  los  actos  y 
funciones  extraordinarias  que  no  sean  de  las  comunes  anuales,  y 
que  tienen  día  fijo.  (Libro  13,  fol.  98). 

En  15  de  abril,  se  dispuso  que  se  hiciesen  de  nuevo  tres  cam- 
panas de  las  de  la  torre,  y  otras  pequeñas  para  el  reloj,  y  asimismo 
el  construirse  unas  oficinas  contiguas  a  la  sacristía.  (Libro  13, 
fol.  98  vto.). 

En  26,  se  acordó  que  se  pagase  de  la  fábrica  el  costo  de  745 
pesos  que  había  tenido  la  reimpresión  de  las  constituciones  sino- 
dales, y  asimismo  la  gratificación  al  que  la  había  agenciado  por 
encargo  del  Illmo.  Sor.  Obispo.  (Libro  13,  fol.  99). 

En  29,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  25  de  noviembre  del 
año  anterior  en  que  se  manda  al  Cabildo  que  informe  sobre  las 
ausencias  que  con  motivo  de  las  viruelas  hacían  los  señores  arce- 
diano y  doctoral,  y  sobre  el  percibo  de  sus  rentas;  y  se  acordó 
que  el  apuntador  de  coro  diese  un  certificado  de  lo  resultante  de 
los  cuadrantes.  (Libro  13,  fol.  100). 

En  6  y  27  de  mayo,  se  examinaron  y  aprobaron  las  cuentas  de 
los  señores  receptores  de  la  cuarta  capitular.  (Libro  13,  fol.  100  vto.). 

En  7  de  junio,  manifestó  el  Cabildo  estar  dispuesto  como 
siempre  a  recibir  la  bula  de  la  santa  cruzada  que  se  había  de  pu- 
blicar el  día  24  del  corriente,  y  a  ejecutarlo  sin  interés  alguno. 
(Libro  13,  fol.  101). 

En  12  de  julio,  se  aprobaron  los  cuadrantes  de  la  próxima 
medianía.  (Libro  13,  fol.  101  vto.). 

En  2  de  agosto,  insinuándose  haber  fallecido  el  señor  Deán 
Dr.  Dn.  Francisco  de  la  Vega,  que  era  juez  de  diezmos,  se  mandó 
remitir  a  su  Sría.  Illma.  testimonio  de  una  Real  Cédula  para  su 
instrucción  en  cuanto  al  modo  de  nombramiento  para  este  oficio. 
(Libro  13,  fol.  ibid.). 


410 


FUENTES   PARA    LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  19,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  21  de  abril  de  este  año, 
en  que  refiriéndose  los  acaecimientos  que  hubo  en  los  funerales 
de  la  señora  Reina  Madre,  se  encarga  a  ambos  Cabildos  y  al  pro- 
visor la  paz  y  buena  armonía  y  que  procedan  los  competentes 
avisos  para  toda  función  extraordinaria.  (Libro  13,  fol.  102  vto.). 

Sigue  testimonio  de  un  auto  de  29  del  próximo  julio,  proveído 
por  el  señor  provisor  y  vicario  general  en  que  insinuando  el  estado 
actual  de  las  asistencias  de  los  señores  capitulares  al  coro  y  altar, 
a  causa  de  haber  muchos  enfermos,  y  algunos  tomado  recle;  dis- 
pone que  cesasen  en  él,  y  que  en  adelante  no  se  concediese  a  un 
tiempo  a  tantos  prebendados  que  faltando  de  la  Iglesia,  hubiese 
de  quedar  ésta  en  menos  número  de  siete,  los  tres  para  el  altar 
y  los  cuatro  para  el  coro.  (Libro  13,  fol.  103). 

En  30,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor  mercedario 
Dn.  Simón  iMariano  de  Malpica,  es  promovido  a  la  dignidad  de 
Tesorero,  vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn.  Pedro  Juan 
Díaz  Orgaz,  el  señor  provisor  le  dio  la  colación  y  después  estando 
con  el  Cabildo  en  el  coro  le  dio  allí  y  en  la  sala  capitular  la  po- 
sesión con  las  ceremonias  acostumbradas.  (Libro  13,  fol.  103  vto.). 

En  Io  de  diciembre,  con  lo  dispuesto  por  el  Illmo.  Sor.  Obispo 
se  procedió  a  la  votación  para  nombramiento  de  juez  general  de 
diezmos  y  habiendo  salido  electo  el  señor  provisor  Ledo.  Dn.  Lo- 
renzo Fernández  de  León,  racionero  electo  de  esta  Santa  Iglesia, 
se  mandó  pasar  testimonio  de  la  acta  a  su  Sría.  Illma.  para  su 
confirmación.  (Libro  particular,  fol.  87  vto.). 

En  3,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor  racionero 
Dn.  Juan  Ignacio  Landaeta,  es  promovido  a  la  canongía  de  merced; 
el  señor  provisor  le  dio  la  colación  y  posesión,  como  al  de  la  nota 
antecedente.   (Libro  13,  fol.  105). 

En  27,  el  Cabildo  accedió  por  su  parte  a  que  se  dividiesen  en 
más  número  las  veredas  de  diezmos  principal  de  esta  ciudad  y 
la  de  Capaya.  (Libro  13,  fol.  106). 

En  Io  de  octubre,  accedió  también  a  la  división  de  la  vereda 
de  Los  Altos.  (Libro  13,  fol.  ¿bid.). 

En  3,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor  provisor, 
Ledo.  Dn.  Lorenzo  Joseph  Fernández  de  León  es  promovido  a 
la  sobredicha  ración  vacante,  el  señor  arcediano  con  comisión 
especial  del  Illmo.  Sor.  Obispo  le  dio  la  colación  y  seguidamente  es- 
tando en  el  coro  con  el  Cabildo  le  dio  allí  y  en  la  sala  capitular  la 
posesión  con  las  ceremonias  acostumbradas.  (Libro  13,  fol.  106  vto.). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1769 


411 


En  11,  tratándose  de  realizar  el  informe  mandado  dar  sobre 
las  ausencias  de  los  señores  arcediano  y  doctoral,  y  aceptada  una 
representación  verbal  que  en  el  acto  y  antes  de  retirarse  de  la 
sala  hiciesen  ambos  señores:  y  decretándose  que  no  debían  firmar 
en  este  acuerdo;  se  dispuso  que  según  el  resultado  de  los  docu- 
mentos formados  y  de  otros  que  habían  de  formarse,  se  hiciese 
el  informe.  (Libro  13,  fol.  108). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


Año  de  1769. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  maes- 
trescuela y  mercedario.  (Libro  particular,  fol.  89). 

En  10,  se  aprobó  el  cuadrante  de  la  última  medianía.  (Libro 
13,  fol.  110). 

En  6  y  7  de  febrero,  recibido  un  oficio  del  señor  Gobernador 
sobre  que  el  Cabildo  nombrase  diputados  para  inventario  de  los 
bienes  del  espolio  del  Illmo.  Sor.  Dn.  Diego  Antonio  Diez  Ma- 
droñera, que  había  muerto  en  Valencia,  estando  en  su  pastoral 
visita,  el  día  3  de  este  mes:  y  atentos  los  documentos  que  asegu- 
raban este  acaecimiento,  el  Cabildo  declaró  la  vacante  de  la  silla 
obispal:  mandó  tocar  la  sede  vacante  y  que  se  hiciese  el  funeral 
correspondiente.  Y  nombró  para  asistir  al  inventario  en  esta  ciudad 
al  señor  doctoral  y  en  Valencia  al  señor  racionero  Dn.  Lorenzo 
Fernández  de  León.  (Libro  13,  fol.  111). 

En  7,  se  recibió  el  certificado  del  entierro  del  dicho  Illmo. 
Sor.  Obispo.  (Libro  13,  fol.  112). 

En  9,  fue  nombrado  por  provisor  y  vicario  general  capitular 
el  señor  arcediano  Dr.  Dn.  Francisco  de  Tovar  con  toda  la  juris- 
dicción voluntaria  graciosa,  sin  reservación  alguna.  (Libro  par- 
ticular, fol.  90). 

En  10,  se  señaló  el  día  13  para  el  funeral  por  el  dicho  Illmo. 
Sor.  Obispo,  y  se  dispuso  que  por  diputación  de  dos  señores  ca- 
pitulares se  convidase  al  señor  Gobernador  y  al  ilustre  Ayunta- 
miento y  por  el  maestro  de  ceremonias  a  las  religiones  que  el 
pertiguero  avisase  de  ésto  a  los  señores  capitulares  ausentes:  y 
que  se  suplicase  al  mismo  señor  Gobernador  por  oficio  el  que  diese 
orden  al  albacea  de  su  Sría.  Illma.  para  hacer  los  gastos  del  es- 
polio. (Libro  13,  fol.  112  vto.). 


412 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  11,  por  haberse  insinuado  que  no  había  dinero  para  el  dicho 
costo  se  dispuso;  que  con  anuencia  del  señor  vicepatrono  y  con  las 
debidas  reservas  se  hiciese  por  el  mayordomo  de  fábrica.  (Libro 
13,  fol.  113). 

En  17  y  18,  atendiéndose  al  desamparo  en  que  quedaba  el 
palacio  episcopal,  y  que  era  necesario  hubiese  quien  cuidase  de 
él,  en  la  sede  vacante  y  asimismo  de  los  archivos  allí  fijos  y  arca 
de  depósitos,  e  insinuándose  también  que  en  este  tiempo  de  va- 
cante cesaba  el  rédito  del  censo  allí  cargado  y  que  tampoco  no  era 
decente  el  alquilar  piezas,  se  acordó,  que  prestando  su  consenti- 
miento el  señor  vicepatrono  real  pudiese  habitarlo  el  señor  vicario 
capitular.  (Libro  13,  fol.  113  vto.). 

En  25,  se  dispuso  que  las  facultades  sólitas  presentadas  por 
el  señor  racionero  Dn.  Lorenzo  Fernández  de  León  a  quien  las 
comunicó  con  otras  extraordinarias  el  Illmo.  Sor.  Obispo  se  re- 
mitiesen para  decretar  el  pase  que  se  pedía  al  señor  vicario  capi- 
tular. (Libro  13,  fol.  114). 

En  11  de  marzo,  se  mandó  pasar  al  señor  vicario  capitular  sin 
prejuicio  de  las  facultades  del  Cabildo,  una  representación  del 
señor  Tesorero  sobre  diez  fallas  que  le  había  puesto  el  señor  maes- 
trescuela presidente  y  se  dejó  en  el  libro  testimonio  de  ella.  (Li- 
bro 13,  fol.  115  vto.). 

En  21  de  abril,  se  acordó  que  la  fiesta  de  San  Jorge  que  se  debía 
trasladar  por  caer  en  dominica,  se  celebrase  votiva  en  el  mismo 
día,  por  no  ser  clásica  la  dominica,  y  ser  fiesta  dotada  por  el  muy 
ilustre  Ayuntamiento  desde  el  año  de  1597,  contra  el  gusano  de  las 
labranzas.  (Libro  13,  fol.  118  vto.). 

En  5  y  9  de  mayo,  se  acordó  que  las  cuentas  de  los  señores 
receptores  se  revisasen;  y  que  al  predicado  del  sermón  del  funeral 
del  Illmo.  Sor.  Obispo,  que  lo  fue  el  Dr.  Dn.  Juan  Antonio  Eguia- 
rreta,  se  le  pagasen  25  pesos  por  el  mayordomo  de  fábrica,  al  cual 
se  le  reprendió  el  haber  querido  tasar  menos.  (Libro  13,  fol.  119). 

En  19,  se  mandó  componer  un  ornamento  y  que  se  citase  para 
tratar  de  preces  pro  eligendo  episcopo.  (Libro  13,  fol.  120). 

En  el  mismo  día  y  en  el  23  tratándose  de  la  representación  del 
señor  racionero  Ledo.  Dn.  Lorenzo  Joseph  Fernández  de  León, 
sobre  unas  fallas  que  se  le  habían  puesto;  por  último  atentas 
varias  incidencias,  se  mandó  pasar  este  asunto  al  señor  vicario 
capitular  para  su  determinación.  (Libro  13,  fol.  121). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1769  413 


En  2  de  junio,  tratándose  sobre  haberse  denegado  el  señor 
racionero  Dn.  Lorenzo  Fernández  de  León  a  vestirse  en  la  misa 
de  Rey,  y  también  el  señor  medio  racionero  Dn.  Manuel  de  Grada, 
insinuando  aquél  haber  estado  en  inteligencia  de  no  ser  este  ves- 
tuario de  obligación;  quedó  suspensa  la  continuación  del  tratado 
para  otro  día.  (Libro  13,  fol.  123  vto.). 

En  6,  se  prosiguió  y  se  declaró  ser  de  la  obligación  de  los  señores 
racioneros  y  medios,  vestirse  en  aquellas  misas.  Y  por  lo  respec- 
tivo a  lo  representado  por  el  dicho  señor  Fernández,  querellándose 
de  agravio,  se  mandó  citar.  (Libro  14,  fol.  1). 

En  9,  tratándose  de  la  dicha  representación  y  de  otra  remitida 
en  este  mismo  día  y  copiada  aquí,  expuesta  varias  ocurrencias 
por  los  señores  sufragantes  se  acordó,  que  ambas  representaciones 
se  remitiesen  al  señor  vicario  capitular,  y  que  se  diese  cuenta  de 
todo  al  Rey.  (Libro  14,  fol.  4). 

En  16,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de 
la  cuarta  capitular.  (Libro  14,  fol.  15). 

En  17,  a  insinuación  del  señor  vicario  capitular,  se  acordó  que 
se  pusiese  a  censo  la  tercera  parte  del  dinero  existente  en  la  arca 
del  tesoro  y  al  efecto  se  solicitó  el  consentimiento  del  señor  vice- 
patrono  real.  (Libro  14,  fol.  16). 

En  20,  se  devolvió  al  señor  juez  de  diezmos  una  providencia 
con  que  comunica  la  vista  al  Cabildo  de  la  representación  de  un 
diezmero,  por  estar  falta  de  urbanidad.  (Libro  14,  fol.  17). 

En  26,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor  maestres- 
cuela Dr.  Dn.  Joseph  Lorenzo  de  Borges  Méndez,  es  promovido 
a  la  dignidad  de  Chantre  vacante  por  ascenso  del  señor  Dr.  Dn. 
Juan  Fernández  Quintana,  al  deanato  (de  que  no  recibió  posesión 
por  haber  fallecido)  se  le  dio  la  colación  con  comisión  del  Cabildo 
por  el  señor  arcediano  vicario  capitular,  y  seguidamente  la  posesión 
en  el  coro  y  sala  capitular  en  la  forma  acostumbrada.  (Libro  14, 
fol.  18). 

En  Io  de  julio,  semejantemente  se  dio  colación  y  posesión  de 
la  dignidad  de  maestrescuela  al  señor  magistral  Dr.  Dn.  Luis 
Joseph  de  Vargas,  en  vista  de  su  real  despacho  y  diligencias  pre- 
liminares. (Libro  14,  fol.  32  vto.). 

En  4,  recibida  una  Real  Cédula  de  17  de  diciembre  del  año 
anterior  en  que  se  manda  que  el  Illmo.  Sor.  Obispo  y  el  Cabildo 
informen  sobre  lo  representado  por  el  señor  maestrescuela  acerca 
de  la  falta  de  asistencia  de  tres  catedráticos,  por  serlo  el  señor 


414 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


doctoral  y  un  cura  de  la  Catedral  en  quienes  se  estimaba  incom- 
patibilidad, y  por  la  ausencia  del  otro,  se  acordó  hacerse  el  informe 
y  se  denegó  un  señor  racionero  el  testimonio  que  pidió  de  su  con- 
trario parecer  y  protestas.  (Libro  14,  fol.  26  vto.). 

En  18,  se  reeligió  por  receptores  de  la  cuarta  capitular  a  los 
señores  Chantre  Dr.  Dn.  Luis  de  Vargas  y  mercedario  Dn.  Juan 
Ignacio  Landaeta.  (Libro  14,  fol.  29). 

Aquí  mismo,  se  accedió  a  que  Dn.  Carlos  Bertancourt,  dando 
competentes  fianzas  y  fincas  reconociese  el  capítulo  de  250  pesos 
perteneciente  a  las  misas  del  Santísimo  Cristo.  (Libro  14,  fol.  ibid.). 

En  28,  se  mandó  hacer  un  fragmento  de  tela  blanca  para  todos 
los  días  y  la  fundición  de  varias  campanas  para  la  torre:  y  asimismo 
ocurrir  al  Rey  pidiendo  el  espolio  del  Illmo.  Sor.  Madroñero. 
(Libro  14,  fol.  30). 

En  4  de  agosto,  recibida  dos  providencias  del  señor  juez  de 
diezmos  reparada  ya  la  falta  de  urbanidad,  aunque  con  protestas 
y  hechas  otras  de  parte  del  Cabildo  se  acordó  se  devolviese  la  de 
asunto  de  no  querer  pagar  diezmos  un  esclavo  para  que  se  ventilase 
el  punto  entre  éste  y  el  diezmero:  y  se  accedió  a  la  división  de  varias 
veredas  de  diezmos.  (Libro  14,  fol.  31). 

En  18,  se  mandaron  solicitar  los  autos  del  préstamo  de  doce 
mil  pesos  hecho  a  la  real  hacienda  en  el  año  de  43  para  tratar 
de  su  cobro.  (Libro  14,  fol.  33  vto.). 

En  16,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  6  de  mayo  de  este  año, 
en  que  se  manda  observar  lo  dispuesto  en  las  leyes,  respecto  de 
la  ausencia  que  habían  hecho  con  motivo  de  huir  del  contagio 
de  viruelas  los  señores  arcediano  y  doctoral.  (Libro  14,  fol.  34). 

Aquí  mismo,  a  pluralidad  de  votos,  se  acordó  que  las  Reales 
Cédulas  que  viniesen  dirigidas  al  prelado  debía  sacarlas  y  cum- 
plirlas el  señor  vicario  capitular  por  la  plenitud  de  facultad  con 
que  se  había  hecho  su  nombramiento.  (Libro  14,  fol.  34  vto.). 

En  22  de  septiembre,  recibido  el  aviso  de  haber  fallecido  el 
Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Pedro  Tamarón,  Obispo  de  Durango,  y  hecho 
el  funeral  a  que  el  Cabildo  estaba  comprometido  por  especiales 
circunstancias,  se  contestó  al  señor  presidente  que  hizo  la  parti- 
cipación. (Libro  14,  fol.  38). 

Aquí  mismo,  se  dispuso  que  se  tratase  de  comenzar  los  gastos 
de  provisión  de  la  canongía  magistral.  (Libro  14,  fol.  ibid.). 

En  26,  se  obedecieron  tres  Reales  Cédulas;  la  una  de  23  de 
mayo  de  este  año,  para  que  las  cuentas  de  fábrica  se  presenten 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1770 


415 


a  los  señores  vicepatronos  reales;  otra  de  igual  fecha,  en  que  se 
remite  el  breve  de  prorrogación  de  las  facultades  del  Excmo.  Sor. 
Patriarca  de  Indias:  y  en  otra  de  28  de  junio  para  que  se  infor- 
mase sobre  la  pretensión  de  doña  Bárbara  Galindo,  de  entrar  en 
religión.  (Libro  14,  fol.  38  vto.). 

En  6  y  10  de  octubre,  los  señores  dignidades  y  canónigos 
iniciaron  los  autos  de  concurso  a  la  canongía  magistral.  (Libro  14, 
fol.  39). 

En  13,  se  contestó  al  señor  Gobernador  estar  ya  inteligenciado 
de  la  real  disposición  antedicha,  relativa  a  cuentas  de  fábrica; 
y  se  mandó  avisar  el  recibo  de  ésta  y  de  las  otras  reales  cédulas. 
(Libro  14,  fol.  41  vto.). 

En  17,  se  ratificó  por  bien  hecha  la  remisión  al  señor  vicario 
capitular  de  una  carta  del  señor  Gobernador  de  Maracaibo,  en  que 
se  interponía  para  que  se  le  diese  licencia  a  un  cura  para  ir  allá, 
y  se  contestó  la  dicha  carta.  (Libro  14,  fol.  43). 

En  17  y  21  de  noviembre,  se  accedió  a  la  pretensión  del  señor 
Dn.  Francisco  de  Ponte,  que  se  le  concediesen  cuatro  a  seis  mil 
pesos  del  caudal  de  fábrica  para  reconocerlo  como  siempre  que 
diese  competentes  fianzas  y  fincas.  (Libro  14,  fol.  34  vto.). 

No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


Año  de  1770. 

En  Io  de  enero,  fueron  electos  por  adjuntos  los  señores  Teso- 
rero y  doctoral.  (Libro  particular,  fol.  92). 

En  20,  a  pluralidad  de  votos  se  acordó  nombrar  a  Dn.  Miguel 
Uroza,  por  su  grave  enfermedad  un  teniente  de  secretario  y  de 
notario  de  diezmos.  (Libro  14,  fol.  47). 

En  23,  se  nombró  para  los  dichos  oficios  a  Dn.  Andrés  Be- 
tancourt,  no  obstante  la  contradicción  del  señor  juez  de  diezmos 
que  decía  tocarle  a  él  el  nombramiento  de  notario  de  diezmos. 
(Libro  14,  fol.  48  vto.). 

En  30  del  mismo  y  Io  de  febrero,  se  firmó  el  título  del  teniente 
secretario  y  notario  de  diezmos:  se  aprobó  el  cuadrante  de  la 
última  medianía  y  se  acordó  que  Dn.  Miguel  de  Uroza  cometiese 
la  formación  del  repartimiento,  ínterin  estaba  pendiente  la  com- 
petencia con  el  señor  juez  de  diezmos  sobre  nombramiento  de 
notario.  (Libro  14,  fol.  50  vto.). 


416 


FUENTES  PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


En  9,  reiterándose  el  tratado  sobre  el  mismo  teniente  se  sus- 
pendió el  acuerdo  para  otro  acto  que  no  fuese  autorizado  por  él, 
sino  por  el  propietario.  (Libro  14,  fol.  53). 

En  15  y  16,  habiéndose  tenido  noticia  privada  de  estar  electo 
Obispo  de  esta  diócesis  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Mariano  Martí, 
que  lo  era  de  Puerto  Rico,  se  acordaron  varias  diputaciones  para 
recibirlo  en  La  Guaira,  para  las  comidas  en  esta  ciudad,  para  la 
composición  del  palacio,  y  para  la  conducción  del  equipaje  y  fa- 
milia: autorizó  estos  cabildos  el  notario  Dn.  Nicolás  de  Jáuregui. 
(Libro  14,  fol.  53  vto.). 

En  12  de  marzo,  hechas  algunas  insinuaciones  de  lo  ocurrido 
y  remediado  en  punto  de  convite  y  diputaciones,  se  acordó  que  en 
la  tarde  de  este  día,  se  trajese  en  rogativa  a  Santa  Rosalía,  pa- 
trona  contra  la  peste  y  se  hiciesen  las  dos  fiestas  acostumbradas 
por  haber  muchas  enfermedades;  y  haber  hecho  la  petición  el  muy 
ilustre  Ayuntamiento.  (Libro  14,  fol.  56). 

En  16,  cuestionado  si  para  el  asunto  que  sigue,  y  se  propuso 
en  este  caso  deba  hacerse  la  citación  por  papeleta  o  quedar  citados 
los  presentes  y  avisarse  a  los  ausentes,  no  resultó  acuerdo.  (Libro 
14,  fol.  58). 

En  20,  tenida  noticia  cierta  de  estar  electo  el  sobredicho  Illmo. 
Sor.  Martí  por  Obispo  de  esta  diócesis,  se  acordó  que  con  previa 
participación  al  señor  Gobernador  se  diese  un  solemne  general 
repique  de  campanas,  3'  que  al  siguiente  día  se  cantase  el  Te  Deum, 
convidándose  a  las  comunidades  de  religiosos  para  asistir.  (Libro 
14,  fol.  59  vto.). 

En  27,  se  mandaron  continuar  las  preces  por  la  peste  hasta  el 
sábado  de  Pasión,  y  habiéndose  tratado  aquí,  sobre  si  ya  debía 
ponerse  en  la  colecta  el  nombre  del  Illmo.  Sor.  Obispo  electo, 
atentas  las  otras  demostraciones  hechas,  se  dispuso  que  se  citase. 
(Libro  14,  fol.  60). 

En  30  y  31,  vistas  las  representaciones  del  Dr.  Dn.  Miguel  de 
Uroza,  querellándose  del  señor  vicario  capitular  y  habiéndose 
retirado  de  la  sala  espontáneamente  este  mismo  señor  después  de 
expuestos  los  derechos  de  tal  vicario  capitular  en  el  caso,  se  acordó 
a  pluralidad  de  votos  haber  lugar  el  recurso  de  recusación;  y  que 
para  examinar  las  causas  se  trajesen  los  autos  a  la  sala  y  que 
entre  tanto  no  innovase  el  dicho  señor  vicario.  (Libro  14,  fol.  62 
duplicado). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1770 


417 


En  3  de  abril,  a  pluralidad  de  votos  se  mandó  poner  en  libertad 
al  dicho  Dr.  Uroza  bajo  de  caución  y  juratoria,  se  hubo  por  recu- 
sado al  señor  vicario  capitular,  y  se  cometió  la  causa  al  señor 
doctoral,  y  al  Dr.  Dn.  Bernardo  Rodríguez  de  Valenzuela:  y  que 
se  participase  con  la  debida  urbanidad  al  mismo  señor  vicario. 
(Libro  14,  fol.  67  vto.). 

En  7,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  9  de  diciembre  del  año 
anterior  en  que  se  manda  observar  otra  inserta  en  ella  de  18  de 
octubre  de  1767  renovando  las  penas  impuestas  a  los  Jesuitas 
y  a  los  que  les  diesen  auxilios  o  no  diesen  cuenta  de  lo  que  su- 
piesen: y  se  acordó  pasarla  original  quedando  testimonio,  al  señor 
vicario  capitular  para  la  debida  ejecución.  (Libro  14,  fol.  70). 

Aquí  mismo  se  obedeció  otra  Real  Cédula  de  14  de  enero  de 
este  año,  en  que  se  manda  informar  al  Cabildo  sobre  la  pretensión 
de  fundarse  convento  de  San  Francisco  en  La  Guaira,  y  se  mandó 
citar  para  hacer  el  informe.  (Libro  14,  fol.  71  vto.). 

También  se  trató  de  la  causa  del  Dr.  Uroza  y  se  mandó  citar: 
y  por  lo  respectivo  a  la  entrega  que  él  mismo  y  su  hermano  como 
herederos  del  secretario  Dn.  Miguel  de  Uroza  debían  hacer  de  lo 
que  estaba  en  su  poder  perteneciente  a  esta  secretaría,  se  sus- 
pendió hasta  otro  Cabildo,  y  que  entretanto  se  hiciese  cargo  de 
las  llaves  de  dos  cajas  el  notario  Jáuregui  que  estaba  actuando. 
(Libro  14,  fol.  73). 

En  24,  se  acordó  dar  traslado  de  la  apelación  del  fiscal  al 
Dr.  Uroza  que  la  entrega  de  papeles  que  estaban  en  poder  de  los 
herederos  del  secretario  difunto  los  recibiese  el  notario  Jáuregui; 
y  se  diputaron  dos  señores  capitulares  para  el  informe  de  con- 
vento de  San  Francisco  en  La  Guaira.  (Libro  14,  fol.  73  vto.). 

Aquí  mismo,  se  obedeció  una  Real  Cédula  sobre  recibimiento 
de  la  bula  de  la  santa  cruzada  y  en  su  vista  y  de  oficio  del  señor 
comisario  quedó  el  Cabildo  al  cumplimiento  de  todo  lo  que  le 
tocaba.  (Libro  14,  fol.  75  vto.). 

En  27,  del  mismo  y  4  de  mayo,  se  nombraron  revisores  para  el 
examen  de  las  cuentas  de  los  señores  receptores  de  la  cuarta. 
(Libro  14,  fol.  75  vto.). 

En  8,  mandaron  hacer  varios  utensilios  de  la  Iglesia  y  orna- 
mentos: y  blanquear  las  paredes,  precediendo  consentimiento  del 
señor  vicepatrono  real.  (Libro  14,  fol.  77). 

En  18,  se  acordó  comunicar  al  Cabildo  todas  su  facultades  al 
Illmo.  Sor.  Obispo  electo,  luego  que  llegase  a  La  Guaira,  y  que 


28  —  Actai.  1. 


418 


FUENTES   I-ARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


se  le  participase  por  los  señores  comisionados.  (Libro  14, 
fol.  78). 

Aquí  mismo,  se  mandó  hacer  citación  para  otros  dos  asuntos 
por  el  señor  capitular  más  digno  que  estuviese  en  la  ciudad,  por 
estar  fuera  de  ella  el  señor  arcediano  y  hallarse  vacante  el  deanato. 
(Libro  14,  fol.  78  vto.). 

En  25,  por  renuncia  hecha  por  el  señor  penitenciario,  se  nombró 
por  consiliario  del  seminario  al  señor  Chantre  Dr.  Dn.  Joseph 
Lorenzo  de  Borges  Méndez.  (Libro  14,  fol.  80). 

También  se  acordó  aquí:  se  pasase  a  los  señores  receptores 
de  la  cuarta  una  petición  de  los  herederos  de  Dn.  Miguel  de  Uroza, 
sobre  el  pago  de  516  pesos  que  suplió  en  un  repartimiento.  (Libro 
14,  fol.  80  vto.). 

En  29,  se  aprobaron  las  cuentas  de  los  dichos  señores  recep- 
tores y  se  dieron  varias  disposiciones  para  el  pago  de  algunas  can- 
tidades, y  se  suplicó  a  los  mismos  señores  continuasen  por  otro 
trienio,  no  obstante  la  renuncia  que  habían  hecho.  (Libro  14, 
fol.  81). 

Aquí  mismo,  tratándose  sobre  algunas  ausencias  del  señor 
vicario  capitular  sin  participación  al  Cabildo  y  especialmente  en 
la  última  hecha  al  puerto  de  La  Guaira,  no  obstante  que  era  comi- 
sionado para  el  recibimiento  de  su  Sría.  Illma.  dejando  comisionado 
al  señor  maestrescuela,  se  acordó  que  a  éste  se  le  subsanase  la 
jurisdicción  de  parte  del  Cabildo  y  que  se  avisase  por  carta  a 
aquél,  y  para  acordar  en  este  punto  de  participación  se  citase. 
(Libro  14,  fol.  82). 

En  Io  de  junio,  se  aceptó  una  escritura  de  aseguramiento  de 
una  deuda  de  la  cuarta  capitular,  y  se  mandó  pasar  a  los  señores 
receptores  para  su  cobro.  (Libro  14,  fol.  84). 

Aquí  mismo,  se  nombró  al  señor  medio  racionero  Dr.  Dn.  Juan 
de  Mendoza  por  receptor  de  la  cuarta  capitular  por  haber  instado 
el  señor  mercedario  se  le  admitiese  la  renuncia.  (Libro  14,  fol.  ibid.). 

En  15,  estando  ya  en  esta  ciudad  el  Illmo.  Sor.  Dr.  Dn.  Mariano 
Martí,  presentada  al  Cabilto  la  Real  Cédula  de  9  de  octubre  de 
1769  en  que  se  encarga  se  le  entregue  el  gobierno  mientras  recibía 
las  bulas;  se  obedeció  llanamente,  y  se  acordó  participarlo  al  señor 
Gobernador.  (Libro  14,  fol.  85). 

En  3  de  julio,  presentado  el  cuadrante  de  la  primera  medianía 
por  Dn.  Francisco  Quintana  apuntador  del  coro;  se  nombraron 
dos  señores  capitulares  que  lo  revisasen.  (Libro  14,  fol.  86). 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1770  4  1  9 


En  6,  admitida  la  renuncia  que  hacía  del  empleo  de  receptor 
el  señor  Chantre  se  mandó  citar  para  nuevo  nombramiento.  (Li- 
bro 14,  fol.  86  vto.). 

También  se  aprobó  el  cuadrante,  corregidos  algunos  errores, 
y  aunque  reclamó  el  señor  racionero  Fernández  contra  las  licencias, 
patitur  y  recles  del  señor  arcediano,  y  pidió  testimonio  de  este 
Cabildo  o  de  su  voto,  se  le  denegó.  (Libro  14,  fol.  87). 

En  13,  se  nombró  por  receptor  al  señor  doctoral  Dr.  Dn.  Fran- 
cisco de  Ibarra,  y  se  admitió  a  este  mismo  señor  la  renuncia  del 
oficio  de  colector  de  manuales.  (Libro  14,  fol.  88). 

En  14  de  agosto,  se  obedecieron  las  bulas  y  real  ejecutorial 
despachadas  a  favor  del  Illmo.  señor  Dr.  Dn.  Mariano  Martí, 
para  posesionarse  de  este  obispado,  y  se  acordó  que  se  le  diese 
el  día  y  hora  que  eligiese  su  Sría.  Illma.  (Libro  14,  fol.  89). 

En  el  mismo  día  por  la  tarde  se  dio  la  posesión  al  dicho  Illmo. 
Sor.  Obispo,  viniendo  procesionalmente  desde  la  Iglesia  del  ora- 
torio de  San  Felipe  Neri;  y  después  de  hechas  las  ceremonias 
correspondientes  en  el  altar  mayor  fue  conducido  al  coro,  donde 
se  le  dio  en  la  silla  competente,  y  seguidamente  en  la  sala  capitular. 
(Libro  14,  fol.  90  vto.). 

Sigue  testimonio  de  las  bulas  expedidas  por  el  señor  Clemente 
XIII  en  Santa  María  la  Mayor  de  Roma  a  23  de  enero  de  1769; 
mas  se  conoce  ser  error  de  pluma,  y  que  debe  ser  1770,  así  porque 
en  aquella  fecha  aún  no  había  muerto  el  señor  Obispo,  antecesor, 
como  porque  el  certificado  de  las  mismas  bulas  es  dado  en  7  de 
febrero  de  1770.  (Libro  14,  fol.  91  vto.). 

En  22,  presentado  el  real  despacho  en  que  el  señor  Chantre 
Dr.  Dn.  Joseph  Lorenzo  de  Borges  Méndez,  es  promovido  a  la 
dignidad  de  Deán,  vacante  por  fallecimiento  del  señor  Dr.  Dn. 
Juan  Fernández  Quintana  (quien  no  recibió  posesión)  el  Illmo. 
Sor.  Obispo  le  dio  la  colación  despachando  título  en  forma  con 
la  expresión  de  imponerle  bonete  en  el  mismo  acto,  y  después 
estando  su  Sría.  Illma.  con  el  Cabildo  en  el  coro  le  dio  la  po- 
sesión allí  y  en  la  sala  capitular  con  las  ceremonias  acostumbradas, 
habiéndose  añadido  a  la  publicación  del  real  despacho  la  del  título 
de  colación.  (Libro  14,  fol.  94  vto.). 

En  29,  se  obedeció  una  Real  Cédula  de  21  de  febrero  de  este 
año,  dirigida  al  Cabildo,  en  que  atentas  las  disenciones  que  había 
habido  con  el  señor  racionero  Ledo.  Dn.  Lorenzo  Joseph  Fer- 
nández de  León,  se  encarga  y  manda  guardar  la  debida  tran- 


420 


FUENTES   PARA   LA   HISTORIA  COLONIAL  DE  VENEZUELA 


quilidad  y  armonía;  y  después  de  dos  votaciones  sobre  la  llana 
ejecución  de  lo  mandado,  por  último  quedó  en  suspenso  lo  pedido 
y  protestando  por  el  dicho  señor  racionero,  suponiendo  falso  el 
informe  que  motivó  esta  real  resolución.  (Libro  14,  fol.  97  vto.). 

En  31,  presentado  el  real  despacho,  en  que  el  señor  maestres- 
cuela Dr.  Dn.  Luis  Joseph  de  Vargas,  es  promovido  a  la  dignidad 
de  Chantre,  se  le  dio  la  colación  y  posesión  por  el  Illmo.  Sor. 
Obispo,  del  mismo  modo  que  le  fue  dada  al  señor  Deán.  (Libro 
14,  fol.  100). 

En  13  de  septiembre,  se  mandó  a  los  opositores  a  la  canongía 
magistral  que  presentasen  los  títulos  de  sus  grados.  Y  debe  adver- 
tirse porque  no  se  extraña  la  falta,  que  muy  rara  vez  se  ha  exten- 
dido acuerdo  en  los  libros  sobre  canongías,  sino  que  todos  se 
escriben  en  los  autos  de  sus  respectivos  concursos.  (Libro  14, 
fol.  103). 

Sigue  otro  auto  sobre  el  escrito  presentado  por  uno  de  los 
opositores  sobre  que  a  otro  se  le  mandase  deducir  acertó;  pues 
proponía  toda  la  teología;  y  se  mandó  pasar  al  Illmo.  Sor.  Obispo. 
(Libro  14,  fol.  104). 

En  8  de  octubre,  habiéndose  suplicado  verbalmente  por  el 
reverendo  padre  provincial  de  San  Francisco,  que  el  Cabildo 
informase  a  su  reverendísimo  comisario  de  Indias,  sobre  el  estado 
de  esta  provincia  religiosa  se  acordó  a  pluralidad  de  votos  que  lo 
representase  por  escrito.  (Libro  14,  fol.  104  vto.). 

En  15,  se  acordó  a  pluralidad  de  votos  hacerse  el  informe  y 
sigue  testimonio  del  memorial  presentado  por  el  reverendo  padre 
provincial  y  de  un  documento  que  presentó.  (Libro  14,  fol.  107). 

En  19,  se  nombró  por  colector  de  manuales  al  señor  racionero 
Dr.  Dn.  Domingo  Hermoso  de  Mendoza.  (Libro  14,  fol.  112). 

En  29,  se  acordó  que  se  comprasen  o  hiciesen  de  nuevo  los  dos 
órganos  de  la  tribuna:  que  en  los  días  de  solemnidad  el  maestro 
de  capilla  solicitase  músicos  que  la  ayudasen:  que  se  comprasen 
unos  papeles  de  misas  de  canto  Gregoriano  para  el  coro:  que  se 
le  pusiese  una  ventana  al  bautisterio,  por  haber  quedado  obscu- 
recido con  un  corredor  contiguo:  se  le  hiciese  una  alacena,  y  se 
adornase  la  imagen  que  allí  está  colocada:  que  se  hiciesen  algunos 
aposentos  en  el  solar  del  cementerio  para  custodia  de  muebles 
y  de  materiales  para  la  torre;  y  también  un  lugar  común,  y  que 
se  techase  el  hueco  que  había  entre  las  capillas  de  San  Nicolás  y 
Nuestra  Señora  del  Pilar:  que  se  pusiese  un  crucifijo  con  respaldo 


ACTAS  DEL  CABILDO  ECLESIASTICO  DE  CARACAS  -  AÑO  1770 


421 


en  el  pulpito,  y  otros  pequeños  en  los  altares,  una  ventana  en  la 
capilla  de  San  Jorge,  y  se  hiciese  nuevo  altar  de  San  Liborio:  que 
se  hiciese  adorno  de  plata  a  la  ampolleta  de  medir  tiempo  en  los 
sermones,  nueva  campana  para  los  cuartos  del  reloj,  un  dosel 
para  silla  episcopal,  pabellón  para  el  sagrario  del  altar  mayor, 
alfombra  grande  para  el  presbiterio  y  una  colgadura,  precediendo 
anuencia  del  señor  vicepatrono  real.  (Libro  14,  fol.  103). 
No  hubo  otro  Cabildo  en  este  año. 


FE  DE  ERRATA 


Pág.  Línea  Dice  Léase 

27  11  cuarentena  cuaresma 

52  8  impresión  imposición 

55  22  perdiguero  pertiguero 

63  35  exhibido  eximido 

63  39  Agregar  al  final:  (Libro  I,  f°  190). 

66  37  observaciones  obvenciones 

69  4  juró  puso 

102  1  solemnemente  solamente 

102  27  pacistol  facistol 


INDICE 


Estudio  preliminar 
Nota  preliminar  . 


Año  de  1580    2 

Año  de  1582    5 

Año  de  1583    7 

Año  de  1584    9 

Año  de  1585    9 

Año  de  1586    11 

Año  de  1587    11 

Año  de  1588    13 

Año  de  1589    14 

Año  de  1590    14 

Año  de  1592    16 

Año  de  1593    18 

Año  de  1594    20 

Año  de  1595    21 

Año  de  1596    21 

Año  de  1597    23 

Año  de  1598    23 

Año  de  1599    26 

Año  de  1600    28 

Año  de  1601   31 

Año  de  1602    32 

Año  de  1603    34 

Año  de  1604    36 

Año  de  1605    37 

Año  de  1606    40 

Año  de  1607    44 

Año  de  1608    48 


XI 
1 


Año  de  1609    51 

Año  de  1610   53 

Año  de  1611   56 

Año  de  1612   57 

Año  de  1613   59 

Año  de  1614   61 

Año  de  1615   62 

Año  de  1616   64 

Año  de  1617   67 

Año  de  1618   68 

Año  de  1619   71 

Año  de  1620    74 

Año  de  1621   75 

Año  de  1622    76 

Año  de  1623    76 

Año  de  1624    81 

Año  de  1625    83 

Año  de  1626    85 

Año  de  1627    87 

Año  de  1628    88 

Año  de  1629    90 

Año  de  1630    91 

Año  de  1631   92 

Año  de  1632    93 

Año  de  1633    96 

Año  de  1634    99 

Año  de  1635    99 


426 


INDICE 


Año  de 

1  (>"><> 

100 

no  de 

Ano  de 

1637 

102 

A  ño  op 

Ano  de 

1638  . 

105 

Año  de 

Año  <le 

1639 

107 

A  ño  de 

Año  de 

1640 

109 

Año  OP 

Año  de 

1641 

111 

Año  dp 

í  111''  uc 

Año  de 

1642 

113 

Año  dp 

11  no  uc 

Año  de 

1643 

1 14 

A  ño  de 

Ano  de 

1644 

1 14 

A  ño  de 

Año  de 

1645 

114 

Año  op 

A  ño  de 

1646   

||5 

^Vño  de 

Año  de 

1647 

U6 

Año  de 

A  ño  de 

1648 

117 

Año  de 

Año  de 

1649 

117 

Año  dr 

*  ■  1  Hf  UC 

Año  de 

1650 

117 

Año  dp 
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Año  de 

1651 

117 

Año  dp 

.  i  l  ■    '  uc 

Año  de 

1652 

118 

Año  de 

Año  de 

1653 

118 

Año  de 

A  ño  de 

1654   

1 20 

Año  de 

Año  de 

1655 

120 

Año  de 

Año  de 

1656 

121 

Año  op 

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Año  de 

1657 

122 

A  ño  dp 

-  1 1 1  w    u  c 

Año  de 

1658 

123 

A  ño  op 
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Año  de 

1659 

125 

Ano  de 

Año  de 

1660 

128 

Año  dp 

i  Ü1W  uc 

Año  de 

1661 

129 

Año  de 

Año  de 

1662 

132 

Año  de 

Año  de 

1663 

133 

Año  op 

i  111W  uc 

Ano  de 

1664 

134 

Año  op 
-  1 1IU    u  c 

Año  í  p 

1665 

136 

Año  op 

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Año  de 

1666 

137 

Año  op 

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Año  op 

1667 

139 

Año  op 

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Año  de 

1668 

140 

Año  op 

i  111U  uc 

Año  de 

1669 

141 

Año  dp 

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Año  op 

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1670 

144 

Año  op 
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Año  de 

1671 

146 

Año  op 

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1672 

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Año  op 
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1673 

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Año  op 

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A.ño  de 

Año  de 

1675 

159 

Año  op 

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Año  op 

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1676 

160 

A.ño  de 

A.ño  de 

1677 

161 

Año    o  p 
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Ano  de 

Ano  de 

Año  de 

1679   

  164 

Año  de 

Año  de 

1680   

  165 

Año  de 

Año  de 

1681  

  166 

Año  de 

Año  de 

1682   

  169 

Año  de 

Año  de 

1683   

  176 

Año  de 

684    179 

685    182 

686    183 

687    184 

688    185 

689    188 

690    191 

691   193 

692    194 

693    196 

694    197 

695    197 

696    198 

697    200 

698    202 

699    203 

700    204 

701    209 

702    210 

703    212 

704    214 

705    215 

706    215 

707    218 

708    220 

709    223 

710   224 

711   227 

712   229 

713   233 

714   234 

715   236 

716   239 

717   240 

718   242 

719   244 

720    246 

721    249 

722    256 

723    259 

724    262 

725    266 

726    270 

727    275 

728    280 

729    283 

730    287 

731    290 


INDICE 


427 


Año  de  1732    293 

Año  de  1733    296 

Año  de  1734    297 

Año  de  1735    300 

Año  de  1736    302 

Año  de  1737    304 

Año  de  1738    307 

Año  de  1739    312 

Año  de  1740    318 

Año  de  1741    321 

Año  de  1742    326 

Año  de  1743    330 

Año  de  1744    334 

Año  de  1745    336 

Año  de  1746    339 

Año  de  1747    342 

Año  de  1748    345 

Año  de  1749    349 

Año  de  1750    353 

Año  de  1751    356 


Año 

de 

1752   

  359 

Año 

de 

1753   

  361 

Año 

de 

1754   

  364 

Año 

de 

1755   

  369 

Año 

de 

1756   

  372 

Año 

de 

1757   

  377 

Año 

de 

1758   

  380 

Año 

de 

1759   

  384 

Año 

de 

1760   

  387 

Año 

de 

1761  

  393 

Año 

de 

1762   

  396 

Año 

de 

1763   

  398 

Año 

de 

1764   

.......  399 

Año 

de 

1765   

  401 

Año 

de 

1766   

  404 

Año 

de 

1767   

  405 

Año 

de 

1768   

  409 

Año 

de 

1769   

  411 

Año 

de 

1770   

  415 

SE  TERMINO  DE  IMPRIMIR  ESTE  LIBRO, 
REALIZADO  EN  LOS  TALLERES  DE 
ITALGRAFICA,  C.  A.,  CARACAS, 
EN  EL  MES  DE  NOVIEMBRE  DE  1963 


6298  K  35611 

11-02-00  32180     MC  lll 


1  1012  01223  8582